ESTA EN VIGENCIA EL CONTROL DE ALCOHOLEMIA A EMPLEADOS MUNICIPALES

Publicado en nuestro sitio web: 11-07-2006 - Fuente: (Direccion de Prensa)

El Departamento Ejecutivo promulgó la Ordenanza 33.169 que establece “para los empleados municipales el control de los niveles de alcoholemia cuando lo crea conveniente y/o por requerimiento del superior jerárquico”. La iniciativa del presidente municipal Juan Carlos Cresto fue consensuada con los gremios municipales y aprobada recientemente por el Concejo Deliberante. “El método será fiable, económicamente factible y de reconocido rigor científico, de manera de que se garantice la accesibilidad permanente al mismo”, señala la Ordenanza. La norma dictamina que “en todos los casos el mencionado control se hará solo cuando el agente municipal esté cumpliendo servicios para el municipio

En caso de accidentes de tránsito protagonizado  por vehículos o máquinas  municipales y/o accidentes de trabajo, el superior  jerárquico, o los empleados involucrados, podrán solicitar, en el momento de ocurrencia del hecho, el análisis previsto en la Ordenanza.


            El proceso de extracción de muestras podrá ser supervisado por un delegado que la entidad gremial reconocida en la Ordenanza Nº  11.275/49, Artículo 34º designe a tal fin.


Los empleados que se sometieren al examen previsto y se les detectaren niveles de alcoholemia superiores a lo normal, de ello se dejará constancia mediante acta confeccionada por el personal involucrado  en el control, ratificado por el superior jerárquico y, opcionalmente por el delegado  gremial y se pondrá en conocimiento del Departamento Ejecutivo quien  lo podrá separar de sus funciones habituales y se lo derivará al Grupo de Apoyo Municipal   a efectos de tratar su adicción”, indica la medida.


En caso  de que los empleados municipales se encontraren ingiriendo bebidas alcohólicas en su lugar de trabajo, se deberá  comunicar al Departamento Ejecutivo quien podrá determinar la suspensión  de los mismos y la reubicación si lo considera conveniente.


Los empleados municipales que se negaren al examen previsto en el Artículo 1º de la presente norma, se dejará constancia por acta confeccionad por el personal involucrado en el control y ratificada por el Superior Jerárquico  y de manera opcional por el delegado gremial y se comunicará al Departamento Ejecutivo.


La Municipalidad de Concordia, creará un Grupo de Apoyo Municipal de la adicción al alcohol, integrado  por profesionales especializados, quienes atenderán las derivaciones respectivas y cualquier empleado municipal podrá solicitar voluntariamente los servicios de dicho grupo cuando lo considere necesario”.


 El Departamento Ejecutivo Municipal podrá disponer, a requerimiento del Grupo de Apoyo Municipal y por el tiempo que lo estime conveniente, licencia con goce de haberes o la afectación a otra tarea compatible con su tratamiento, con la debida supervisión y avances probados del  mismo


La norma deroga el Artículo 31º inciso b) de la Ordenanza 11.275/49, el Artículo 31º bis de la Ordenanza 24.035/88 y toda otra norma  que se oponga a la presente.


Finalmente, la ordenanza faculta al Departamento Ejecutivo Municipal a reglamentar e instrumentar las medidas administrativas pertinentes para el cumplimiento de la presente norma”, finaliza.


 


 


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