Boletín Oficial N° 3216 - Concordia, 30 de junio de 2023

SUMARIO
 
La siguiente Ordenanza, Decretos y Resoluciones
conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
 
Ordenanzas: 38.022.- Decretos: 877/2.023 y 883/2.023.- Resoluciones: 38.026, 38.028, 38.030, 38.031, 38.033 y 38.034.-
 

Concordia, 9 de Junio de 2023
 
Expte. N° 27.448-SC.
 
ORDENANZA  SOBRE MODIF. ART. 1° DE LA ORDENANZA N° 35.001 “RÉGIMEN  DE  PROMOCIÓN
Y FOMENTO DE LA ECONOMÍA SOCIAL DE LA ROVINCIA DE ENTRE RÍOS”.
 
EL  HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
 
ARTÍCULO 1º.- Modifíquese el Artículo 1° de la Ordenanza N° 35.001, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
“ADHIERASE el Municipio de Concordia a la Ley Nacional Nº 26.117 de Promoción y Regulación del Microcrédito, al Decreto del Poder Ejecutivo Nacional Nº 189/2004 de Creación del Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social, a la Ley Provincial 10.151 “Régimen de promoción y fomento de la Economía Social de la provincia de Entre Ríos” modificada por Ley Provincial Nº 11.021/22, y a la Ley Provincial Nº 11.019/2022 “Régimen de Microcréditos en la Provincia de Entre Ríos”, las cuales que como ANEXO I, ANEXO II, ANEXO III y ANEXO IV, respectivamente, pasaran a formar parte integrante de la presente Ordenanza”.
 
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese publíquese, regístrese y archívese.
 
SALA DE SESIONES “EVA PERON” 8 de Junio de 2023
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente
ROXANA BEATRIZ RONCO
Sub Secretaria
a/c Secretaría
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 21 de junio de 2023
 
ORDENANZA N°  38.022
 
Téngase por Ordenanza Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
Dr. GUILLERMO SATALIA MENDEZ
Secretario de Desarrollo Productivo y Participación Ciudadana
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DECRETO N° 883/2.023
Concordia, 29 de junio de 2023
 
VISTO que se ha reintegrado a sus funciones, el Señor Secretario de Gobierno y Hacienda, Cr. SIERRA ALVARO ENRIQUE, en el día de la fecha en horas de la mañana y,
 
CONSIDERANDO:
Que se encontraba a cargo de la Secretaria de Gobierno y Hacienda la Sra. Secretaria de Desarrollo Urbano, Arq. MIREYA LOPEZ BERNIS.
Que en consecuencia corresponde proceder a dictar la presente disposición.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal, por el Articulo 107° de la Ley 10.027, modificada a través s de la Ley N° 10.082-Ley Orgánica de los Municipios de Entre Ríos, según T.O. Decreto N° 4706/12 del Poder Ejecutivo Provincial.
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Reintegrase a sus funciones y cargo al Señor Secretario de Gobierno y Hacienda, Cr. SIERRA ALVARO ENRIQUE, a partir del día de la fecha y en horas de la mañana.
 
ARTICULO 2°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
Arq. MIREYA LOPEZ BERNIS
Secretaria de Desarrollo Urbano
a/c Secretaria de Gobierno y Hacienda.
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DECRETO N° 877/2.023
Concordia, 27 de junio de 2023
 
VISTO, el ACTA DE RECEPCIÓN DEFINITIVA de la obra: "PROVISIÓN DE MATERIALES Y MANO DE OBRA PARA LA CONSTRUCCIÓN DE DESAGÜES EN AV, SALTO URUGUAYO ENTRE MISIONES Y AV. CHAJARI", suscripta entre la MUNICIPALIDAD DE CONCORDIA Y la Empresa "HUGO ROBERTO GOÑE"; y,
 
CONSIDERANDO:
Que en la Ciudad de Concordia, Departamento Concordia, Provincia de Entre Ríos, a los Treinta y un (31) días del mes de Mayo del año 2023, en la Subsecretaría de Ingeniería, de la Secretaría de Desarrollo Urbano, de la Municipalidad de Concordia, con la presencia del M.M.O. Hugo R. GOÑE, en su carácter de Representante Técnico de la empresa "HUGO ROBERTO GOÑE", y por la otra parte, el Ingeniero Carlos Sebastián SCEVOLA, en su carácter de Inspector de obra, en representación de la Municipalidad de Concordia, se procede a firmar el Acta de Recepción Definitiva correspondiente a la obra: "PROVISIÓN DE MATERIALES Y MANO DE OBRA PARA LA CONSTRUCCIÓN DE DESAGÜES EN AV. SALTO URUGUAYO ENTRE MISIONES Y AV. CHAJARI", gestionada mediante la Orden de Compra Directa N° 2199/2022.
Que en virtud de ello, este Departamento Ejecutivo Municipal considera atinente aprobar el Acta de Recepción Definitiva correspondiente a la Obra: "PROVISIÓN DE MATERIALES Y MANO DE OBRA PARA LA CONSTRUCCIÓN DE DESAGÜES EN AV. SALTO URUGUAYO ENTRE MISIONES Y AV. CHAJARI", suscripta entre la MUNICIPALIDAD DE CONCORDIA Y la empresa "HUGO ROBERTO GOÑE".
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Ejecutivo Municipal por el Artículo 107°, Incisos ñ), q) y u) de la Ley N° 10.027 y su modificatoria - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Apruébese el ACTA DE RECEPCIÓN DEFINITIVA, de fecha 31 de Mayo de 2023, correspondiente a la Obra: "PROVISIÓN DE MATERIALES Y MANO DE OBRA PARA LA CONSTRUCCIÓN DE DESAGÜES EN AV. SALTO URUGUAYO ENTRE MISIONES Y AV. CHAJARI", efectuada por el Ingeniero Carlos Sebastián SCEVOLA, en su carácter de Inspector de obra, en representación de la Municipalidad de Concordia, y por la otra parte, el M.M.O. Hugo R. GOÑE, en su carácter de Representante Técnico de la empresa "HUG OBERTO GOÑE"; en virtud de lo considerado precedentemente.
 
ARTICULO 2°.- Tome nota la Subsecretaría de Ingeniería, de la Secretaría de Desarrollo Urbano; cumplido, gírese a la Dirección de Compras y Suministros, a sus efectos.
 
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese, a la Secretaría de Gobierno y Hacienda y oportunamente, archívese.
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
Arq. MIREYA LOPEZ BERNIS
Secretaria de Desarrollo Urbano
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DECRETO N° 883/2.023
Concordia, 29 de junio de 2023
 
VISTO que se ha reintegrado a sus funciones, el Señor Secretario de Gobierno y Hacienda, Cr. SIERRA ALVARO ENRIQUE, en el día de la fecha en horas de la mañana y,
 
CONSIDERANDO:
Que se encontraba a cargo de la Secretaria de Gobierno y Hacienda la Sra. Secretaria de Desarrollo Urbano, Arq. MIREYA LOPEZ BERNIS.
Que en consecuencia corresponde proceder a dictar la presente disposición.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal, por el Articulo 107° de la Ley 10.027, modificada a través s de la Ley N° 10.082-Ley Orgánica de los Municipios de Entre Ríos, según T.O. Decreto N° 4706/12 del Poder Ejecutivo Provincial.
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Reintegrase a sus funciones y cargo al Señor Secretario de Gobierno y Hacienda, Cr. SIERRA ALVARO ENRIQUE, a partir del día de la fecha y en horas de la mañana.
 
ARTICULO 2°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
Arq. MIREYA LOPEZ BERNIS
Secretaria de Desarrollo Urbano
a/c Secretaria de Gobierno y Hacienda.
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Concordia, 9 Junio de 2023
 
N° 9.706
 
VISTO:
Que la Sra. Herminda Benita Ojeda solicita un plan especial de pago por la deuda en concepto de Contribución por Mejoras Pavimento y Cordón Cuneta correspondiente al inmueble registrado en la Cuenta N° 265-17, Partida Provincial N° 161.999, Partida Municipal N° 70.994, inscripta a nombre de POZZI JUAN CARLOS Y OTRA; y,
 
CONSIDERANDO:
Que la contribuyente recurre ante este Cuerpo Deliberativo a fin de manifestar su voluntad de abonar la referida deuda mediante un plan especial de pago que se encuentre dentro de sus posibilidades, debido a que es muy elevada y de otra manera no puede cancelarla.
Que la recurrente, jubilada con ingresos muy escasos, explica difícil situación económica, como así también personal y, por ende, no posee los recursos económicos suficientes para afrontar un importe tan alto en las condiciones que le exige la Dirección General de Rentas.
Que un estudio socio-económico es una actividad que al documentarse nos permite conocer el entorno social, económico, familiar, académico y laboral de un/una contribuyente en particular.
Que a la solicitante se le ha realizado el respectivo estudio para conocer su estado actual, para permitir de esta manera un mejor análisis de la situación y en definitiva tomar una decisión al respecto.
Que lo peticionado a fojas 1 del Expediente Externo N° 1.310.808 está acompañado de copias de documental, a fin de acreditar tales extremos.
 
Por ello:
 
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCION
 
ARTÍCULO 1°.- Conceder un plan especial de pago a la contribuyente Herminda Benita Ojeda, DNI N° 5.272.116, por la deuda en concepto de Contribución por Mejoras Pavimento y Cordón Cuneta correspondiente al inmueble registrado en la Cuenta N° 265-17, Partida Provincial N° 161.999, Partida Municipal N° 70.994, inscripta  a  nombre  de  POZZI JUAN CARLOS  Y OTRA,  en sesenta (60) cuotas, sin intereses de financiación, el cual deberá suscribir ante las Oficinas de la Dirección General de Rentas.
 
ARTÍCULO 2°.- Comunicar a la contribuyente que habiéndose atrasado en dos (2) cuotas consecutivas o tres (3) alternadas del Convenio de Pago, el beneficio otorgado por la presente quedará sin efecto y podrá el Departamento Ejecutivo Municipal reclamar la cancelación total de la deuda con más los intereses y gastos correspondientes.
 
ARTÍCULO 3°.- Dese conocimiento de la presente a la Dirección General de Rentas de la Subsecretaría de Hacienda de la Municipalidad de Concordia a los fines pertinentes.
 
ARTÍCULO 4°.- Remitir copia de la presente a la Sra. Herminda Benita Ojeda para su notificación y demás efectos.    
 
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
SALA DE SESIONES “EVA PERON” 8 de Junio de 2023
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente
ROXANA BEATRIZ RONCO
Sub Secretaria
a/c Secretaría
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 23 de junio de 2023
 
RESOLUCION N°  38.026
 
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
Cr. ALVARO ENRIQUE SIERRA
Secretario de Gobierno y Hacienda.
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Concordia, 12 Junio de 2023
 
N° 9.709
 
VISTO:
Que los Sres. Agustín Matías Valentini y Valeria Yuzefoff solicitan se tenga a consideración una rebaja en lo adeudado en concepto de Tasa General Inmobiliaria correspondiente al inmueble registrado en la Cuenta N° 276-14, Partida Provincial N° 120.248, Partida Municipal N° 74.694, inscripta a nombre de VALENTINI AGUSTIN MATIAS Y OTRA; y,
 
CONSIDERANDO:
Que los contribuyentes recurren ante este Cuerpo Deliberativo a los fines de poder reestructurar la referida deuda y considerar una posible reducción de la misma, debido a que es muy elevada y de otra manera no pueden cancelarla.
Que los recurrentes, con ingresos muy escasos, manifiestan difícil situación económica, como así también personal y, por ende, no poseen los recursos económicos suficientes para afrontar un importe tan alto en las condiciones que les exige la Dirección General de Rentas.
Que un estudio socio-económico es una actividad que al documentarse nos permite conocer el entorno social, económico, familiar, académico y laboral de un/una contribuyente en particular.
Que a los solicitantes se les ha realizado el respectivo estudio para conocer sus estados actuales, para permitir de esta manera un mejor análisis de la situación y en definitiva tomar una decisión al respecto.
Que lo peticionado a fojas 1 del Expediente Externo N° 1.326.987 está acompañado de copias de documental, a fin de acreditar tales extremos.
 
Por ello:
 
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCION
 
ARTÍCULO 1°.- Conceder un plan especial de pago a la contribuyente Valeria Yuzefoff, DNI N° 30.691.429, por la deuda en concepto de Tasa General Inmobiliaria correspondiente al inmueble registrado en la Cuenta N° 276-14, Partida Provincial N° 120.248, Partida Municipal N° 74.694, inscripta a nombre de VALENTINI AGUSTIN MATIAS Y OTRA, en treinta y seis (36) cuotas, sin intereses de financiación, el cual deberá suscribir ante las Oficinas de la Dirección General de Rentas.
 
ARTÍCULO 2°.- Comunicar a la contribuyente que habiéndose atrasado en dos (2) cuotas consecutivas o tres (3) alternadas del Convenio de Pago, el beneficio otorgado por la presente quedará sin efecto y podrá el Departamento Ejecutivo Municipal reclamar la cancelación total de la deuda con más los intereses y gastos correspondientes.
 
ARTÍCULO 3°.- Dese conocimiento de la presente a la Dirección General de Rentas de la Subsecretaría de Hacienda de la Municipalidad de Concordia a los fines pertinentes.
 
ARTÍCULO 4°.- Remitir copia de la presente a los Sres. Agustín Matías Valentini y Valeria Yuzefoff para su notificación y demás efectos.
 
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
SALA DE SESIONES “EVA PERON” 8 de Junio de 2023
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente
ROXANA BEATRIZ RONCO
Sub Secretaria
a/c Secretaría
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 23 de junio de 2023
 
RESOLUCION N°  38.028
 
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
Cr. ALVARO ENRIQUE SIERRA
Secretario de Gobierno y Hacienda.
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Concordia, 22 de Junio de 2023
 
Nº 9.723
 
VISTO:
Que en el 2023 se cumplen 40 años ininterrumpidos de vida democrática en el país, siendo el período de estabilidad democrática más extensa en nuestra historia y que la escuela N 17 “Gral. M. M. de Güemes”(ExComercio 2) llevará adelante la “Muestra 40 años de Democracia” ,y;
 
CONSIDERANDO:
Qué, el proyecto institucional “40 años de Democracia” consistirá en una muestra, con charlas y diferentes actividades con el fin de que los jóvenes estudiantes conozcan la etapa democrática de nuestro país, desde una mirada a nivel local, nivel provincial y nacional.
Que, con el objetivo de recuperar la memoria, la muestra consistirá en una exposición con banners y proyecciones sobre distintos hechos en estos 40 años ininterrumpidos de vida democrática en el país. Además, se realizarán charlas, una obra de teatro sobre la temática; y culminaría con un gran festival de la democracia, con la participación de bandas de estudiantes de las escuelas secundarias del Departamento Concordia”.
Que, la muestra se está trabajando institucionalmente con los docentes de la escuela, los alumnos y la comunidad educativa con el fin de fomentar los valores democráticos y la participación estudiantil.
Que, el aniversario de los 40 años de democracia constituye un hecho oportuno para reafirmar el compromiso ciudadano con la  construcción de una escuela, ciudad y un país próspero, promover la cultura democrática y fortalecerla.
Que, la muestra se realizará en las instalaciones de la escuela N°17 “Gral. M.M.de Güemes”(Próspero Bovino 1520)del 3 al 7 de Julio con invitación abierta a todas las comunidades educativas del departamento Concordia.
Que, esta propuesta educativa coincide con los objetivos y lineamientos definidos en el programa del Honorable Concejo Deliberante “Democracia 40 años” aprobado por unanimidad, con el fin de acompañar, apoyar y resaltar las actividades que las instituciones de Concordia realizan para conmemorar este hecho histórico.-
 
Por ello:
 
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCION
 
ARTÍCULO 1º.- Declárese de Interés Municipal, y Educativo la Muestra ”40 años de Democracia” de la escuela N°17 “Gral. M. M. de Güemes” (Ex comercio 2), a desarrollarse del 3 al 7 de Julio en las instalaciones de la institución ubicada en Próspero Bovino 1520.-
 
ARTÍCULO 2º-. Entréguese  una copia de la presente y certificado a los interesados.-
 
ARTÍCULO 3º-. Comuníquese, publíquese, regístrese  y archívese.-
 
SALA DE SESIONES “EVA PERON” 22 de Junio de 2023
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente
ROXANA BEATRIZ RONCO
Sub Secretaria
a/c Secretaría
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 23 de junio de 2023
 
RESOLUCION N°  38.030
 
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
Cr. ALVARO ENRIQUE SIERRA
Secretario de Gobierno y Hacienda.
Concordia, 22 de Junio de 2023
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Nº 9.722
 
VISTO:
La solicitud del Delegado Departamental del Programa Educación en Ciencias, Profesor Carlos Gatto de declarar de Interés Municipal y Educativo la Instancia Departamental de la Feria de Educación 2023, y;
 
CONSIDERANDO:
Que, las ferias son un proceso educativo que nace en el aula y se extiende a través del ciclo escolar y se instala en las instituciones reuniendo a todos los niveles y modalidades del sistema educativo entrerriano.
Que, las Ferias de Educación consisten en un proyecto áulico que tiene como objetivo enriquecer la enseñanza y favorecer el aprendizaje, mediante la indagación.
Que, son una herramienta articuladora de los factores precedentes mencionados, permitiendo aprender y manifestar saberes y socializar el conocimiento.
Que en la actualidad, los proyectos desarrollan contenidos con Arte, Deportes, Ciencias, Tecnología.
Que, en este 2023 la instancia Departamental de la Feria de Educación se realizará el lunes 26 de Junio en el Centro de Convenciones con la presentación de más de 80 trabajos  áulicos, elaborados por estudiantes de todos los niveles.
 
Por ello:
 
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCION
 
ARTÍCULO 1º.- Declárese de Interés Municipal, y Educativo la Instancia Departamental de la Feria  de Educación 2023 a desarrollarse el 26 de junio del 2023 en el Centro de Convenciones.-
 
ARTÍCULO 2º.- Entréguese  una copia de la presente y certificado a los interesados.-
 
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, regístrese  y archívese.-
      
SALA DE SESIONES “EVA PERON” 22 de Junio de 2023
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente
ROXANA BEATRIZ RONCO
Sub Secretaria
a/c Secretaría
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 23 de junio de 2023
 
RESOLUCION N°  38.031
 
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
Cr. ALVARO ENRIQUE SIERRA
Secretario de Gobierno y Hacienda.
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Concordia, 21 Junio de 2023
 
N° 9.720
 
VISTO:
Que la Dirección de Discapacidad solicita se declare de Interés Municipal el Curso “La Discapacidad como un Juicio”;       y,
 
CONSIDERANDO:
Que se solicito por vía instancia telefónica a la Secretaría de Salud de la Municipalidad de Concordia, haga un informe más amplio respecto del Proyecto “La Discapacidad como un Juicio” emitiendo un informe más desarrollado de éste y que dicho pedido se concretó de este modo teniendo en cuenta que el curso se dictó el día 30 de mayo del corriente año, adjuntando en el expediente la respuesta emitida.     
 
Por ello:
 
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCION
 
ARTÍCULO 1°.- Declarar  de  Interés  Municipal  el  Curso  “La Discapacidad como un Juicio”, llevado a cabo los días 30 de Mayo y 7 de Junio del corriente año.
 
ARTÍCULO 2.- Comunicar a los interesados.
 
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
SALA DE SESIONES “EVA PERON” 15 de Junio de 2023
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente
ROXANA BEATRIZ RONCO
Sub Secretaria
a/c Secretaría
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 23 de junio de 2023
 
RESOLUCION N°  38.033
 
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
Dr. MAURO JAVIERN GARCIA
Secretario de Salud.
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Concordia, 22 Junio de 2023
 
N° 9.724
 
VISTO:
La capacitación  “Manejo Intrahospitalario de ACV Agudo y redes de derivación;  y,
 
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la organización Mundial de la salud (OMS) se entiende por accidente cerebro vascular (ACV) a “un síndrome clínico de desarrollo rápido debido a una perturbación focal de la función cerebral de origen vascular y de más de 24 horas de duración” (Minsal, 2023). Se clasifican en dos tipos: ACV isquémico y ACV hemorrágico.
Que, según estadística globales, una de cada cuatro personas mayores de 25 años tendrá un ACV a lo largo de su vida.
Que, en nuestro país se producen aproximadamente 5500 ACV al año siendo una patología de relevancia para la salud pública.
Que el ACV en nuestro país, es la primera causa de discapacidad y la tercer causa de mortalidad.
Que, esta capacitación será de gran beneficio para la comunidad de Concordia, dando posibilidad tanto de información veraz como de tratamientos específicos y oportunos con una mayor remisión de secuelas de ACV, cuyo objetivo es aumentar las chances de independencia posterior al evento y disminuir la mortalidad.
Que, además otro de los objetivos es el de mejorar el tratamiento del ACV, según los estándares nacionales e internacional.
Que Asimismo es valiosa la generación de un equipo de ACV interdisciplinario e intrahospitalario en el Hospital Masvernat que aplique el protocolo de ACV correspondiente y esté a cargo de la unidad de ACV.
Que, la misma estará a cargo del DR. Agustín Apesteguía, coordinadas por Servicio UTI Adultos e Iniciativa Angels.
Que, la modalidad será presencial contando con una inscripción previa sin costo, estas jornadas se darán  con el fin de capacitar a diferentes efectores de la ciudad y alrededores.
 
Por ello:
 
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCION
 
ARTÍCULO 1º.- Declárese de Interés Educativo Municipal La capacitación “Manejo intrahospitalario de ACV Agudo y redes de derivación”  a realizarse el 1 ° de Julio de 2023, en el salón Auditorium UNER, sito en Tavella 1424 de 9 a 12 hs.
 
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
SALA DE SESIONES “EVA PERON” 22 de Junio de 2023
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente
ROXANA BESTRIZ RONCO
Sub-Secretaria
a/c Secretaría
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 23 de junio de 2023
 
RESOLUCION N° 38.034
 
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, regístrese y archívese.-
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
Dr. MAURO JAVIERN GARCIA
Secretario de Salud