Boletín Oficial N° 3223 - Concordia, 13 de julio de 2023

SUMARIO
 
Los Decretos y Resoluciones conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
 
Decretos: 947/2023, 948/2023, 949/2023, 950/2023, 952/2023, 953/2023, 954/2023, 955/2023 y  957/2023.-  Resoluciones: 37.049, 38.050, 38.051, 38.052, 38.052, 38.053 38.054, y 38.055.-
 
 
DECRETO N° 947/2.023
Concordia, 10 de Julio de 2.023
 
VISTO el contenido del expediente N° 230 "C"/2021
 
CONSIDERANDO
Que a fs. 1 del Expediente n° 230 "C"/2021 el Coordinador General de Central de Transito y Transporte, Inspector Walter Baez eleva informe a la Dirección de Recursos Humanos, la falta sin justificación al servicio desde día 25/06/2021 hasta el día 21/07/2021 de la Agte. Laura Cabrera, Legajo n°2899.
Que a fs. 2, 3, 4 y 5 obra informes y planillas del Área de Control de horario.
Que a fs. 7 toma intervención la Dirección de Higiene y Seguridad Laboral e informa al respecto.
Que a fs. 9 obra nota de descargo de la Agente María Laura Cabrera, Legajo n°2899. 
Que a fs. 10 obra informe de la Unión Obreros y Empleados Municipales de Concordia (U.O.E.M.C) comunicando que la Agente María Laura Cabrera, Legajo N° 2899 prestó servicios en esa institución.
Que a fs. 12 toma intervención la Dirección de Asuntos y emite Dictamen 1013/21 requiriendo información a la Dirección de Recursos Humanos si la Agente Agente María Laura Cabrera, Legajo N° 2899 posee actualmente cargo gremial en el Sindicato Unión Obreros y Empleados Municipales de Concordia
Que a fs. 13 la Dirección de Recursos Humanos informa lo solicitado en el Dictamen N° 1008/21
Que a fs. 14 nuevamente toma intervención la Dirección de Asuntos Jurídicos y emite Dictamen N° 1131/21, expresando que a los fines de esclarecerlos hechos denunciados, establecer formas y circunstancias respecto como sucedieron los mismos y consecuentemente determinarla responsabilidad que les pueda caber al o los agentes municipales involucrados, se deberá instruir una Información Sumaria pertinente entre los agentes mencionados, designando como instructor sumariante al Dr. Christian Mazariche.
Que a fs. 16 obra Decreto N° 1069/2021. De fecha 30/09/2021.
Que a fs. 21 nuevamente toma intervención la Dirección de Asuntos Jurídicos Dictamen N° 1353/21 formulando una aclaración con respecto al Decreto 1069/2021.
Que a fs. 22 obra Decreto N° 1233/2021 de fecha 12/11/2023. Dejando sin efectos el Decreto N° 1069/2021 de fecha 30/09/2021
Que a fs. 24 y 25 nuevamente toma intervención la Dirección de Asuntos emitiendo el Dictamen N° 1627/21 y 1308/21 respectivamente.
Que a fs. 26 obra nota del Instructor Sumariante a la Dirección de Asuntos Jurídicos informando que correspondería la realización de un Sumario Administrativo ya que se encuentra individualizada la supuesta autora de las inasistencias ocurridas. Aconsejando la realización de un Sumario Administrativo para la Agente municipal Señora María Laura Cabrera, legajo N° 2899 en virtud de la conducta reprochada.
Que a fs. 27 y 28 obra Dictamen N° 60/22 aconsejando disponer la Instrucción de Sumario administrativo a la Agente Municipal Cabrera María Laura Legajo N° 2899 en virtud de los elementos administrativos provistos que fundamentan el encuadre legal en las normas de los artículos 16 inciso a), 20, 97 inciso y 31 inciso a), c) y h) de la Ordenanza Municipal N° 11275/49 y sus modificatorias. Designando como instructor sumariante al Dr. Christian Mazariche.  
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por la Ley Provincial N° 10027 - Régimen Municipal -Modificada por la Ley Provincial N° 10082; según T.O. Decreto 4706/12 del Poder Ejecutivo Provincial.
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA
 
ARTICULO 1°.- Déjese sin efectos el Decreto 1233/2021. De fecha 12/11/2021
 
ARTICULO 2°.- Disponer la Instrucción de Una Información Sumaria a Agente Municipal Señora María Laura Cabrera, legajo N° 2899 en virtud de los elementos administrativos provistos que fundamentan el encuadre legal en las normas de los artículos 16 inciso a), 20, 97 inciso y 31 inciso a), c) y h) de la Ordenanza Municipal N° 11275/49 y sus modificatorias de acuerdo a lo informado y las constancias obrantes en el Expediente interno N° 230 "C"/21
 
ARTICULO 3°.- Designase instructor Sumariante al Dr. Christian Mazariche. Quien en el acto administrativo que corresponda deberá disponer de las diligencias necesarias para reunir todos los antecedentes que se relacionan al hecho motivo de la instrucción Sumarial ordenada.
 
ARTICULO 4°.- Notificar a la Central de Transito y Transporte, luego gírese las presentes actuaciones a la Dirección de Asuntos Jurídicos a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 1° del presente Decreto.
 
ARTICULO 5°.- Comuníquese, regístrese, publíquese y archívese.-
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
ALDO DAMIAN ALVAREZ
Secretario de Gobierno y Hacienda
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DECRETO N° 948/2.023.
Concordia, 10 de Julio de 2.023
 
VISTO el Convenio celebrado entre la Municipalidad de Concordia, representada por su Presidente Municipal, Dr. Enrique Tomas Cresto, por una parte y por la otra parte la Cooperativa de Trabajo "20 de junio" limitada, representada por su Presidente Dn. Javier Eduardo Nepote y,
 
CONSIDERANDO:
Que dicho Convenio tiene como objeto facilitar el traslado de los niños del Barrio Mendieta a la escuela Yuqueri N°31.
Que la Municipalidad realizara un aporte mensual de Pesos Cuatrocientos Cuarenta Mil (440,000,00) a la Cooperativa, el plazo de duración del presente se acuerda por el término de (7) siete meses a partir del 1° de mayo de 2.023.
Que los aportes acordados tendrán como destino y finalidad atender los gastos emergentes inherentes al traslado de los niños del barrio Mendieta a la Escuela Yuquerí N° 31, ida y vuelta
Que el referido Convenio consta de cinco (5) clausulas y forma parte integrante del presente Decreto.
Que la presente medida se dicta en uso de la atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107, incisos a), ll), n), ñ), q), r) y u) de la Ley N° 10.027 modificada por la Ley N° 10.082 - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.-
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Ratifíquese en todos los términos, el Convenio celebrado entre la Municipalidad de Concordia, representada por su Presidente Municipal, Dr. Enrique Tomas Cresto, por una parte y por la otra parte la Cooperativa de Trabajo "20 de Junio" Limitada representada por su Presidente Dn. Javier Eduardo Nepote cuyo texto forma parte integrante del presente Decreto Como Anexo I.
 
ARTICULO 2°.- Disponer reconocer y abonar, la suma de Pesos CUATROCIENTOS CUARENTA MIL con 00/100 ($440.000,00.-) a la Cooperativa para dar cumplimiento a la Cláusula tercera del presente convenio.
 
ARTICULO 3°.- Los gastos que demande el cumplimiento del presente Convenio, serán imputados a las partidas correspondientes al Presupuesto General de la Administración Pública Municipal para el Ejercicio Económico pertinente.-
 
ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y oportunamente archívese.-
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
ALDO DAMIAN ALVAREZ
Secretario de Gobierno y Hacienda
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DECRETO N° 949/2.023.
Concordia, 10 de Julio de 2.023
 
VISTO
El Decreto N° 1.344 del 1° de diciembre de 2021 y,
 
CONSIDERANDO
Que mediante el Decreto citado en el Visto del presente, se establecen los integrantes del Directorio de la Caja Municipal de Préstamos S.E.M., designados por la Municipalidad de Concordia, según Artículo 9° del Estatuto de la mencionada Caja.
Que conforme los lineamientos dispuestos por esta la gestión municipal, corresponde designar a la Sra. María Noel Giacomelli DNI 28.678.265 como Vocal Titular del Directorio de la Caja Municipal de Préstamos S.E.M., en reemplazo del Sr. Alberto Darío Armanazqui DNI 14.998.523.
Que el Vocal Titular Sr. Alberto Darío Armanazqui ha cumplido con responsabilidad y dedicación las tareas que le fueron encomendadas.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por la Ley 10.027 y sus modificatorias.
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA
 
ARTICULO 1°.- Desaféctese al Sr. Alberto Darío Armanazqui como Vocal Titular del Directorio de la Caja Municipal de Préstamos S.E.M., a partir del día de la fecha.
 
ARTICULO 2°.- Agradécese al Sr. Alberto Darío Armanazqui por los servicios prestados en el desempeño de su función.
 
ARTICULO 3°.- Desígnese a la Sra. María Noel Giacomelli DNI 28.678.265 Vocal Titular del Directorio de la Caja Municipal de Préstamos S.E.M., a partir del día de la fecha.
 
ARTICULO 4°.- Comuníquese, regístrese, publíquese, notifíquese a los interesados y archívese.
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
ALDO DAMIAN ALVAREZ
Secretario de Gobierno y Hacienda
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DECRETO N° 950/2.023.
Concordia, 10 de Julio de 2.023
 
VISTO, el contenido del Expediente Interno N° 691 Letra "D" del año 2023; y,
 
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto del Departamento Ejecutivo Municipal N° 766/2023, de fecha 31 de Mayo de 2023, obrante de fojas 21 a 22 vta., se aprueba el procedimiento Licitatorio para el Primer Llamado a la Licitación Privada N° 57/2023, para la "ADQUISICIÓN DE ARTEFACTOS DE ILUMINACIÓN LED PARA ALUMBRADO PÚBLICO EN CALLE MOULINS ENTRE BV YUQUERI Y LAPRIDA.
Que de fojas 24 a 26, constan actuaciones de la Dirección de Compras y Suministros referidas a entregas y remisiones de Pliegos de Bases y Condiciones Particulares efectuadas para la Licitación antes mencionada.
Que de fojas 27 a 28, obra Acta de Apertura de fecha 14 de Junio de 2023, donde consta que la Dirección de Compras y Suministros procedió a la apertura de la mencionada Licitación.
Que de fojas 214 a 215, obra Dictamen de la Comisión Evaluadora de fecha 21 de Junio de 2023, informando que, en el acto de apertura, se presentaron cuatro (4) ofertas correspondientes a:
• RIGELEC S.R.L.: cotizando lo solicitado a un importe total de PESOS CUATRO MILLONES SETECIENTOS DOCE MIL DOSCIENTOS VEINTICUATRO CON 20/100 ($ 4.712.224,20).
• ADRIANA BURNA: cotizando lo solicitado a un importe total de PESOS TRES MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL CON 00/100 ($3.952.000,00).
• IGNIS LIGHTING S.R.L.: cotizando lo solicitado a un importe total de PESOS TRES MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA CON 00/100 ($ 3.635.840,00). Presenta alternativa a un importe total de PESOS CINCO MILLONES DOSCIENTOS VEINTICINCO MIL SETECIENTOS SESENTA CON 00/100 ($5.225.760,00).
• EN LUZ S.A.: cotizando lo solicitado a un importe total de PESOS CUATRO MILLONES TRESCIENTOS VEINTITRÉS MIL TREINTA Y DOS CON 00/100 ($4.323.032,00). Presenta alternativas:
Alternativa 1 -> $ 5.099.372,00.
Alternativa 2 -> $ 5.957.336,00.
Que analizadas las ofertas en su aspecto formal, se verifica que:
RIGELEC S.R.L.: no cumple con la presentación de la siguiente documentación solicitada en el Artículo 4° del Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
b) Sellado Municipal por la suma de CIEN PESOS ($100).
c) Comprobante del depósito de garantía de mantenimiento de la oferta.
d) El oferente deberá presentar declaración jurada por la cual se compromete a dirimir cualquier tipo de controversia con la Municipalidad de Concordia, sea en la interpretación, ejecución o cumplimiento del presente, a la jurisdicción de los tribunales Ordinarios de la Ciudad de Concordia, renunciando a cualquier otro fuero y/o jurisdicción que le pudiera corresponder, inclusive la Federal.
e) Constitución expresa de domicilio en la ciudad de Concordia.
f) En caso de sociedades comerciales, se deberá adjuntar:
• Copia de los Estados Contables del último ejercicio económico, certificado por el CPCE.
g) Referencias comerciales expedidas por las respectivas empresas.
h) Referencias bancarias expedidas por las respectivas instituciones bancarias.
i) Constancia de Inscripción en A.F.I.P., D.G.R.
El incumplimiento de los incisos b) y c) provoca la inadmisibilidad de la oferta, de acuerdo a lo establecido en el Artículo mencionado precedentemente.
• ADRIANA BURNA: no cumple con la presentación de la siguiente documentación solicitada en el Artículo 4° del Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
i) Constancia de Inscripción en A.F.I.P., D.G.R.
• IGNIS LIGHTING S.R.L.: cumple con la presentación de la documentación solicitada en el Artículo 4° del Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
• EN LUZ S.A.: cumple con la presentación de la totalidad de la documentación solicitada en el Artículo 4° del Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
Que analizadas las ofertas admisibles en su aspecto económico, se verifica que:
• ADRIANA BURNA: lo cotizado resulta ser un 42,22% inferior a la Imputación Preventiva.
• IGNIS LIGHTING S.R.L.: lo cotizado resulta ser un 46,84% inferior a la Imputación Preventiva.
• EN LUZ S.A.: lo cotizado resulta ser un 36,80% inferior a la Imputación Preventiva.
Que el representante del área solicitante realiza el análisis y de él surge el informe que se adjunta a fojas 212 y 213 del presente Expediente.
Que por lo expuesto, la Comisión Evaluadora aconseja se adjudique lo solicitado a la firma IGNIS LIGHTING S.R.L., a un importe total de PESOS TRES MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA CON 00/100 ($ 3.635.840,00).
Que la Dirección Planificación y Presupuesto, realiza la Imputación Preventiva.
Que la Subsecretaría de Hacienda toma la intervención de su competencia, autorizando el presente gasto.
Que por lo expuesto, es decisión de este Departamento Ejecutivo adjudicar lo solicitado a la firma IGNIS LIGHTING S.R.L., para la "ADQUISICIÓN DE ARTEFACTOS DE ILUMINACIÓN LED PARA ALUMBRADO PUBLICO EN CALLE MOULINS ENTRE BV YUQUERÍ y LAPRIDA", Licitación Privada N°57/2023, de acuerdo a lo descripto en el Anexo I adjunto, el cual forma parte del presente Decreto, por un importe total de PESOS TRES MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA CON 00/100 ($ 3.635.840,00).
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107°, incisos ñ), q) y u), de la Ley N°10.027 y su modificatoria Ley N°10.082 – Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Declárese inadmisible la oferta presentada por la firma RIGELEC S.R.L., en virtud de lo expresado en los considerandos precedentes; y que, a través de la Dirección de Compras y Suministros, se notifique a la firma mencionada en este Artículo de lo establecido en el presente acto administrativo.
 
ARTICULO 2°.- Apruébese el procedimiento licitatorio obrante en el Expediente Interno N°691 Letra "D" del año 2023, correspondiente a la Licitación Privada N°57/2023, para la "ADQUISICIÓN DE ARTEFACTOS DE ILUMINACIÓN LED PARA ALUMBRADO PÚBLICO EN CALLE MOULINS ENTRE BV YUQUERI y LAPRIDA", dispuesto mediante el Decreto del Departamento Ejecutivo Municipal N° 766/2023, de fecha 31 de Mayo de 2023, obrante de fojas 21 a 22 vta.
 
ARTICULO 3°.- Adjudíquese a la firma IGNIS LIGHTING S.R.L., la totalidad de la Licitación Privada N°57/2023, para la "ADQUISICIÓN DE ARTEFACTOS DE ILUMINACIÓN LED PARA ALUMBRADO PUBLICO EN CALLE MOULINS ENTRE BV YUQUERI y LAPRIDA", por un importe total de PESOS TRES MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA CON 00/100 ($3.635.840,00), conforme el Anexo I que forma parte del presente Decreto, y en virtud de lo considerado precedentemente.
 
ARTICULO 4°.- Impútese el presente gasto en la Partida Presupuestaria:
N° 0.2.10.02.05.08.61.01 O.P. (Mejoramiento Alumbrado PCO) $ 3.635.840,00.
 
ARTICULO 5°.- Dispónese que a través de la Dirección de Compras y Suministros se realicen las gestiones tendientes para el cumplimiento de la presente disposición.
 
ARTICULO 6°.- Dispónese que a través de la Dirección de Compras y Suministros se notifique a la firma IGNIS LIGHTING S.R.L., que resultó adjudicataria, del contenido del presente acto administrativo y proceda oportunamente a iniciar los trámites de Devolución de los Depósitos de Garantía correspondientes.
 
ARTICULO 7°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Secretaría de Gobierno y Hacienda; y oportunamente, archívese.
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
Ing. CARLOS HORACIO PASQUET
Subsecretario de Obras Públicas
a/c Secretaria de Desarrollo Urbano
 
ANEXO I
PLANILLA NOMENCLADORA
Item Artículo Cant. Un P. Unit Total
Artefacto LED alumbrado público de 140w 76 u. $47.840,00 $3.635.840,00
IMPORTE TOTAL $3.635.840,00




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DECRETO N° 952/2.023
Concordia, 11 de julio de 2023
 
VISTO
El Acta Acuerdo celebrada el día 10 de julio del 2.023, entre el Departamento Ejecutivo Municipal y las entidades gremiales, y;
 
CONSIDERANDO:
Que el 21 de marzo del corriente año se firmó un acta acuerdo con las entidades gremiales, en el que se fijó en la cláusula segunda del mismo, que el aumento del 6% de julio/23 estaba sujeto a revisión de acuerdo a la evolución de la inflación y a las disponibilidades financieras del municipio.
Que mediante el acta citada en el Visto del presente Decreto, se cumple con la revisión comprometida entre las partes, estableciendo un aumento salarial sobre la escala de sueldos vigentes para el mes de julio de 2023 del 15%, llegando así aun total acumulado al mes de julio del corriente del 58,12%.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por la Ley 10.027 y sus modificatorias.
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA
 
ARTICULO 1°.- Déjese sin efecto el Artículo 6° del Decreto N° 428/2023.
 
ARTICULO 2°.- Dispónese un aumento salarial a los empleados de la Administración Pública Municipal (Planta permanente, Contratados con aportes y Funcionarios) de un QUINCE POR CIENTO (15%) total en el mes de julio de 2023.
 
ARTICULO 3°.- Apruébese la, nueva escala de sueldos del personal de la Administración Pública Municipal, aplicable al mes de Julio de 2023, la cual quedará establecida de la siguiente manera:
Presidente Municipal $ 1.375,00
Vicepresidente Municipal $ 208.144,28
Secretario D.E. $ 183.180,86
Secretario H.C.D. $ 183.180,86
Sub-Secretario D.E. $ 177.565,91
Director Político 163.557,74
Jefe Departamento Político $ 161.777.16
24 $ 175.560,45
23 $ 161.777,16
22 $ 150.683,13
21 $ 144.071,01
20 138.580,57
19 $ 134.658,61
18 $133.089,32
17 $ 131.969,10
14-15-16- $ 130.848,43
12-13- $ 129.503,57
10-11 $ 128.271,18
6-1-8-9- $ 127.038,04
1-2-3-4-5- $ 126.141,83
ARTICULO 4°.- Autorizase un incremento del 15% sobre el monto mínimo de contrato ($ 109.688,55) para todos los agentes contratados con aportes, a excepción de los que son renovados a partir del 01/07/2023, quienes ya tendrán ese 15% en el importe del contrato. Dicho monto deberá liquidarse bajo el código 475 "Adicional contratados no remunerativo", a partir del 01/07/2023 y pasará a formar parte del valor del contrato al momento de su renovación.
 
ARTICULO 5°.- Comuníquese, regístrese, publíquese, notifíquese y archívese.
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
ALDO DAMIAN ALVAREZ
Secretario de Gobierno y Hacienda.
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DECRETO N° 953/2.023
Concordia, 11 de julio de 2023
 
VISTO el Expediente Interno N° 693 Letra "S"/23, relacionado con los gastos por la suma total dé PESOS CIENTO VEINTE MIL CON 00/100 ($120.000,00), correspondiente a la Habilitación de la Caja Menor de la Secretaria Desarrollo Social y,
 
CONSIDERANDO:
Que de fs. 4 a 26 obran los comprobantes de los gastos efectuados con la referida Caja Menor.
Que el Departamento de Presupuesto ha informado a que partidas imputar dicho gasto.
Que la Subsecretaria de Hacienda ha tomado conocimiento y la intervención de su competencia.
Que la contaduría Municipal ha realizado informe a su competencia y se dio cumplimiento a todo lo observado.
Que se deja sin efecto Resolución N° 5171/2023 de fecha 23/06/2023.
Que no obstante a las observaciones efectuada por la Contaduría Municipal, es decisión del Departamento Ejecutivo reconocer y aprobar el presente gasto.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por la Ley Provincial N° 10.027 - Régimen Municipal - modificada por la Ley Provincial N° 10.082; según T.O Decreto N° 4706/12 del Poder Ejecutivo Provincial.
 
Por ello,
 
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Dejar sin efecto Resolución N° 5171/2023 de fecha 23/06/2023.
 
ARTICULO 2°.- Apruébese los gastos realizados con fondos de la Habilitación de la Caja Menor del Secretario de Desarrollo Social, Lic. Oscar Fernando Barbaza, por la suma de PESOS CIENTO VEINTE MIL CON 00/100 ($120.000,00), conforme a las constancias obrantes en el Expediente Interno N° 693 Letra "S"/23 y proceder al realizar el cierre de la misma.
 
ARTICULO 3°.- Impútese el gasto aprobado en el Artículo 2° del presente Decreto en las partidas:
 
0.1.90.01.01.02.20.02 Desarrollo Social
$ 39.000,66
0.1.90.01.01.02.21.16 Desarrollo Social
$ 11.217,64
0.4.30.01.03.04.34.01 Desarrollo Social
$ 8.781,70
0.4.90.01.03.04.34.02  Desarrollo Social
$ 61.000,00
 
ARTICULO 4°.- Gírese a la Contaduría y a la Tesorería a sus efectos.
 
ARTICULO 5°.- Comuníquese, publíquese, regístrese, dese a la Secretaria de Gobierno y Hacienda y archívese.
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
JORGE ANTONIO MANDIETA
Secretario de Desarrollo Social.
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DECRETO N° 954/2.023
Concordia, 11 de julio de 2.023.
 
CONSIDERANDO:
Que a fines de garantizar el normal funcionamiento de la Secretaria de Comunicación y Ceremonial resulta pertinente cubrir de forma transitoria el cargo.
Que se estima pertinente poner a cargo de la mencionada Secretaria al Coordinador de Asuntos Institucionales a Max David Klaric Díaz.
Que en consecuencia corresponde proceder a dictar la presente disposición.
Que el presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Articulo 107° incisos b), h) y u) de la Ley 10.027 y su modificatoria Ley N° 10.082- Régimen de Municipalidades de Entre Ríos,
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Poner a cargo de la Secretaria de Comunicación y Ceremonial al, Coordinador de Asuntos Institucionales Max David Klaric Díaz a partir del día de la fecha sin perjuicio de sus funciones.
 
ARTICULO 2°.- Comuníquese, publíquese y regístrese y oportunamente archivase.
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
JENNIFERS CISNEROS
Secretaria de Comunicación y Ceremonial.
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DECRETO N° 955/2023
Concordia, 11 de julio de 2023
 
VISTO, que el Decreto N° 933/2023 y;
 
CONSIDERANDO:
Que atento que la titular de la Coordinación de Asuntos Estratégicos, Dra. María de los Ángeles Petit debió ausentarse de la ciudad por razones inherentes a las funciones que cumple, corresponde autorizar al Lic. Joaquín Enrique Truffa a encargarse administrativamente del Área Administrativa de la Unidad de Desarrollo Ambiental y del Parque Abasto (UDAAPA), mientras dure la ausencia de su titular.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Articulo 107°, inciso ñ) q) y u) de la ley N° 10.027 y su modificatoria - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Encárguese la atención Administrativa de la Unidad de Desarrollo Ambiental y del Parque Abasto (UDAAPA) al Lic. Joaquín Enrique Truffa Mientras dure la ausencia de su titular,
 
ARTICULO 2°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
ALDO DAMIAN ALVAREZ
Secretario de Gobierno y Hacienda
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DECRETO N° 957/2.023
Concordia, 11 de julio de 2023
 
VISTO lo dispuesto en las Ordenanzas N° 37.815/2.022 y N° 37.816/2.022, y;
 
CONSIDERANDO:
Que dichas Ordenanzas establecen la creación de las funciones y competencias de la Secretaría de Desarrollo Urbano.
Que es decisión y voluntad política de esta Gestión de Gobierno efectuar modificaciones en las actuales designaciones de la Secretaría de Desarrollo Urbano.
Que por lo expuesto, este Departamento Ejecutivo Municipal considera pertinente el dictado del presente derogando la designación del Señor Jorge Raúl PEREZ, D.N.I. N° 24.218.188, Legajo N° 4879, efectuada mediante Decreto N° 1312/2022, Artículo 4°, a partir del día 11 de Julio de 2.023.
Que este Departamento Ejecutivo agradece el desempeño y dedicación puesta de manifiesto, por el Señor Jorge Raúl PEREZ, en esta Gestión de Gobierno en las funciones que le fueran asignadas.
Que conforme a las disposiciones previstas en la normativa vigente, este Departamento Ejecutivo considera atinado designar para desempeñar en el cargo de Director de Talleres y Depósitos de la Subsecretaría de Servicios Públicos _ Secretaría de Desarrollo Urbano, al Señor Claudio Humberto GIAQUINTO, D.N.I. N° 28.586.453, Legajo N° 5779, Clase 1.981, quien tendrá las funciones dispuestas en el Artículo 33° de la Ordenanza N° 37.816/2022; a partir del día 12 de Julio de 2.023.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107° de la Ley Provincial N° 10.027 y su modificatoria Ley N° 10.082 - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos. Según T.O. Decreto N°4706/12 del Poder Ejecutivo Provincial. 
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Déjese sin efecto la designación del Señor Jorge Raúl PEREZ, D.N.I. N° 24.218.188, Legajo N° 4879, efectuada mediante Decreto N° 1312/2022, Artículo 4°, a partir del día 11 de Julio de 2.023, en virtud de lo considerado precedentemente.
 
ARTICULO 2°.- Agradécele al Señor Jorge Raúl PEREZ, D.N.I. N° 24.218.188, el desempeño y dedicación puesta de manifiesto en esta Gestión de Gobierno, en las funciones que le fueran asignadas.
 
ARTICULO 3°.- Desígnese en el cargo de Director de Talleres y Depósitos de la Subsecretaría de Servicios Públicos, - Secretaría de Desarrollo Urbano, al Señor Claudia Humberto GIAQUINTO, D.N.I. N° 28.586.453, Legajo N° 5779, Clase 1.981, quien tendrá las funciones dispuestas en el Artículo 33° de la Ordenanza N° 37.816/2022; a partir del día 12 de Julio de 2.023. Disponese que dicha Dirección tendrá rango de Director de Carrera Nivel 1.
 
ARTICULO 4°.- Manténgase firme el contenido restante del Decreto N° 1312/2022 de fecha 02/11/2.022.
 
ARTICULO 5°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
Ing. CARLOS HORACIO PASQUET
Subsecretario de Obras Públicas
a/c Secretaria de Desarrollo Urbano.
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Concordia, 30 Junio de 2023
N° 9.729
 
VISTO:
Que el Coordinador residencia Juan S. de Isthilart solicita se declare de Interés Municipal Campeonato Tradicional de Truco para adultos mayores; y
 
CONSIDERANDO:
Que se llevará a cabo el primer Campeonato Tradicional de Truco de integración intergeneracional es decir, que la misma contará con La participación de distintas instituciones como Centros de Jubilados, Escuelas Secundarias, Centros de Estadía y La Residencia Gerontológica "Juana S. de Isthilart, generando espacios de participación colectiva y dinámica.
Que el objetivo primero de este encuentro es la promoción e incentivo de valores como la amistad y confraternidad a través del trabajo conjunto además de transmitir el buen trato hacia los y las adultas mayores por parte de los y las adolescente.
Que este encuentro se llevará a cabo desde el 3 al 7 de Julio en las instalaciones del Hogar de Ancianos “Juan S. de Isthilart”, en el horario de 14:00 a 17:00 hs, y será de participación libre y gratuita.
 
Por ello:
 
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCION
ARTICULO 1°.- Declarar de interés Cultural y Municipal al primer "Encuentro Campeonato Tradicional de Truco de Integración Intergeneracional" que se llevará a cabo desde el 3 al 7 de Julio del corriente año en la ciudad de Concordia.
 
ARTICULO 2°.- Comunicar a los interesados.
 
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
SALA DE SESIONES “EVA PERON” 29 de junio de 2023
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente
ROXANA BEATRIZ RONCO
Subsecretaria
a/c Secretaria
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 7 de julio de 2023
 
RESOLUCION N° 38.049
 
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
JENNIFERS CISNEROS
Secretaria de Comunicación y Ceremonial.
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Concordia, 7 Julio de 2023
N° 9.737
 
VISTO:
El Decreto N° 531/2023 de fecha 13 de Abril de 2023 del Departamento Ejecutivo Municipal; y,
 
CONSIDERANDO:
Que el referido Decreto veta la Resolución N° 9.654 sancionada por este Honorable Concejo Deliberante el día jueves 30 de Marzo de 2023 en la Sala de Sesiones “Eva Perón”.
Que la citada Resolución versa sobre el otorgamiento de un plan especial de pago por la deuda en concepto de Tasa por Servicios Sanitarios correspondiente al inmueble registrado en la Cuenta N° 2116-13, Partida Provincial N° 10.608, Partida Municipal N° 12.181, solicitada por la Sra. Norma Elena Ororbia, DNI N° 12.426.362.
Que el Departamento Ejecutivo Municipal estimó atinado proceder al veto de la referida Resolución a fin de evitar posteriores planteos por parte de quienes no acrediten la titularidad de los inmuebles que tengan deudas por servicios.
Que la solicitante había recurrido ante este Cuerpo Deliberativo a fin de manifestar su voluntad de abonar la referida deuda en cuotas fijas, sin interés de actualización, debido a que es muy elevada y de otra manera no puede cancelarla.
Que la deuda era de su madre Olga María Guy de Ororbia, ya fallecida, que desde hace años no ha podido pagar por ser una persona mayor jubilada y con una enfermedad oncológica y, por ende, se fueron acumulando las boletas más los intereses.
Que por todo lo expuesto, este Cuerpo Deliberativo entiende que no existe impedimento alguno para conceder a la interesada, hija de la titular fallecida, un plan especial de pago por la deuda en concepto de Tasa por Servicios Sanitarios, en sesenta (60) cuotas fijas, sin interés de actualización, ya que no posee los recursos económicos suficientes para afrontar un importe tan alto en las condiciones que le exige el Ente Descentralizado de Obras Sanitarias.
Que el otorgamiento de un “Convenio de Pago” de estas características, se fundamenta en la difícil situación económica y personal que atraviesa actualmente la contribuyente, sumado a que percibe el mínimo de la jubilación y sus ingresos son mínimos.
Que el Dr. Raúl Horacio Vergara, en su carácter de apoderado de la Municipalidad de Concordia, a los 27 días del mes de Junio del año 2023, había autorizado a la peticionante, quien intervendrá en nombre y representación de la Sra. Olga María Guy  de Ororbia, manifestando  que  la misma  se  encuentra fallecida y es su madre, a cancelar y/o refinanciar la referida deuda, por la cual se ha confeccionado el Certificado de Deuda Fiscal N° A-017926, en razón que se han cancelado, los honorarios correspondientes al suscripto, conforme autorización obrante a fojas 12 del Expediente Externo N° 1.330.962.
Que lo peticionado a fojas 1 del Expediente N° 26.858-P está acompañado de copias de documental, a fin de acreditar tales extremos.
 
Por ello:
 
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCION
 
ARTÍCULO 1°.- Rechazar el veto dispuesto por el Departamento Ejecutivo Municipal mediante Decreto N° 531/2023, en virtud de los considerandos precedentes.
 
ARTÍCULO 2°.- Conceder un plan especial de pago a la contribuyente Norma Elena Ororbia, DNI N° 12.426.362, por la deuda en concepto de Tasa por Servicios Sanitarios correspondiente al inmueble registrado en la Cuenta N° 2116-13, Partida Provincial N° 10.608, Partida Municipal N° 12.181, inscripta a nombre de GUY DE ORORBIA OLGA MARIA, en sesenta (60) cuotas fijas, sin interés de actualización, el cual deberá suscribir ante las Oficinas del Ente Descentralizado de Obras Sanitarias.
 
ARTÍCULO 3°.- Comunicar a la contribuyente que habiéndose atrasado en dos (2) cuotas consecutivas o tres (3) alternadas del Convenio de Pago, el beneficio otorgado por la presente quedará sin efecto y podrá el Ente Descentralizado de Obras Sanitarias reclamar la cancelación total de la deuda con más los intereses y gastos correspondientes.
 
ARTÍCULO 4°.- Dese conocimiento de la presente al Ente Descentralizado de Obras Sanitarias a los fines pertinentes.
 
ARTÍCULO 5°.- Remitir copia de la presente a la Sra. Norma Elena Ororbia para su notificación y demás efectos.
 
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
SALA DE SESIONES “EVA PERON” 6 de Julio de 2023
 
CLAUDIA CARINA VILLALBA
Vice-Pdte.1°
a/c Presidencia
ROXANA B. RONCO
Sub-Secretaria
a/c de Secretaría
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 10 de julio de 2023
 
RESOLUCIÓN N° 38.050
 
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
ALDO DAMIAN ALVAREZ
Secretario de Gobierno y Hacienda.
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Concordia, 7 de Julio de 2023
N° 9.739
 
VISTO:
Que la Sra. Carina Cristina Guardia solicita un plan especial de pago por la deuda en concepto de Tasa General Inmobiliaria correspondiente al inmueble registrado en la Cuenta N° 2898-23, Partida Provincial N° 120.996, Partida Municipal N° 25.503, inscripta a nombre de PEREZ EVER MARIA Y OTRA; y,
 
CONSIDERANDO:
Que la contribuyente recurre ante este Cuerpo Deliberativo a fin de manifestar su voluntad de abonar la referida deuda en más cuotas de las que le habían concedido mediante Convenio de Pago N° 314808 por no poder seguir cumpliendo con el mismo, debido a su difícil situación económica y personal, con la posibilidad de que las mismas sean sin intereses de financiación.
Que el referido Convenio, obrante a fojas 22 del Expediente N° 27.098-P, fue celebrado a los 20 días del mes de Mayo del año 2022, entre la Municipalidad de Concordia, en adelante LA MUNICIPALIDAD y por otra parte el Titular (46788) BELLATTI LIDIA MARIA DE PEREZ y el Responsable GUARDIA CARINA CRISTINA, en adelante EL CONTRIBUYENTE.
Que la recurrente, de ocupación ama de casa, explica ser una persona desempleada, trabaja de artesanías y vende alimentos casa por casa. Además tiene problemas de salud, un riñón defectuoso “en herradura” y está con un procedimiento hasta llegar a una operación, conforme “Certificados Médicos”, cuyas copias se adjuntan.
Que el Dr. Francisco Russo, en su carácter de apoderado de la Municipalidad de Concordia, a los 24 días del mes de Junio del año 2020, había autorizado a suscribir un plan de pago por la deuda detallada en el Certificado de Deuda Fiscal N° I-025174 a la peticionante, quien intervendrá en nombre y representación del Sr. Ever María Pérez, manifestando que el mismo se encuentra fallecido y es su suegro, conforme autorización obrante a fojas 9 del Expediente N° 27.098-P.
Que un estudio socio-económico es una actividad que al documentarse nos permite conocer el entorno social, económico, familiar, académico y laboral de un/una contribuyente en particular.
Que a la solicitante se le ha realizado el respectivo estudio para conocer su estado actual, para permitir de esta manera un mejor análisis de la situación y en definitiva tomar una decisión al respecto.
Que lo peticionado a fojas 1 del Expediente N° 27.098-P está acompañado de copias de documental, a fin de acreditar tales extremos.
 
Por ello:
 
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCION
 
ARTÍCULO 1°.- Conceder un plan especial de pago a la contribuyente Carina Cristina Guardia, DNI N° 27.618.647, por la deuda en concepto de Tasa General Inmobiliaria correspondiente al inmueble registrado en la Cuenta N° 2898-23, Partida Provincial N° 120.996, Partida Municipal N° 25.503, inscripta a nombre de PEREZ EVER MARIA Y OTRA, en treinta y seis (36) cuotas, sin intereses de financiación, el cual deberá suscribir ante las Oficinas de la Dirección General de Rentas.
 
ARTÍCULO 2°.- Comunicar a la contribuyente que habiéndose atrasado en dos (2) cuotas consecutivas o tres (3) alternadas del Convenio de Pago, el beneficio otorgado por la presente quedará sin efecto y podrá el Departamento Ejecutivo Municipal reclamar la cancelación total de la deuda con más los intereses y gastos correspondientes.
 
ARTÍCULO 3°.- Dese conocimiento de la presente a la Dirección General de Rentas de la Subsecretaría de Hacienda de la Municipalidad de Concordia a los fines pertinentes.
 
ARTÍCULO 4°.- Remitir copia de la presente a la Sra. Carina Cristina  Guardia para su notificación y demás efectos.
 
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
SALA DE SESIONES “EVA PERON” 6 de Julio de 2023
 
CLAUDIA CARINA VILLALBA
Vice-Pdte.1°
a/c Presidencia
ROXANA BEATRIZ RONCO
Sub-Secretaria
a/c de Secretaría
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 10 de julio de 2023
 
RESOLUCION N° 38.051
 
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
ALDO DAMIAN ALVAREZ
Secretario de Gobierno y Hacienda.
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Concordia, 7 Julio de 2023
 
N° 9.736
 
VISTO:
Que el 28 de Julio, ha sido definido por familiares y el colectivo de personas con trastorno por Déficit de Atención con o sin Hiperactividad (TDAH), como el “Día de la  Concientización, Sensibilización e información sobre el TDAH; y
 
CONSIDERANDO:
Que el Trastorno por Déficit de Atención con Hiperactividad, conocido por su siglas TDAH o ADHD en inglés, es un trastorno del neurodesarrollo que en niños, adolescentes y adultos, se caracteriza por niveles de distracción moderados a graves, breves períodos de atención, inquietud motora, inestabilidad emocional y conductas impulsivas/disruptivas.
Que esto acarrea dificultades para quienes lo padecen y no puedan desarrollar con normalidad sus actividades y experiencias sociales, sobre todo en el ámbito educativo donde se evidencia, teniendo vinculación con las Dificultades Específicas del Aprendizaje (DEA). Se estima que el TDAH es una condición que afecta a la población infantil mundial entre un 5% y 10 % de su total en edad escolar y es dos veces más frecuentes entre los varones.
Que en nuestro país no existen estadísticas oficiales sobre su presencia e impacto del diagnóstico entre la población infantil escolarizada, pero si un  incremento de la frecuencia de casos detectados en el ámbito escolar y en consultas a profesionales de la salud.
Que el TDAH no solo afecta a la personas, sino también al núcleo familiar y entorno social, siendo este último que por desconocimiento termina perjudicando el arduo tratamiento de salud. La problemática aún no tiene una incidencia pública y mediática fuerte para generar una concientización masiva. Por ello consideramos fundamental visibilizar el diagnóstico y empezar a derribar esas barreras que tanto daño causan.
Que en el 2018 se iluminó el Obelisco de la Ciudad de Buenos Aires entre otros monumentos y sitios emblemáticos de distintos puntos de nuestro país. Durante el año 2019, los días 27, 28 y 29 de Julio la convocatoria se amplió, llevándose a cabo varios eventos simultáneos en varias ciudades de nuestro territorio. En el año 2020, en medio del dolor pandémico, importantes localidades a lo largo del país, iniciaron acciones de visibilización, iluminando, ornamentado espacios públicos y declarando de  interés municipal dichas jornadas. El 2021 permitió que la  Argentina se viera esplendorosa de color naranja en todo el territorio nacional, acompañando con actos de declaración municipal y provincial, más de 150 localidades se sumaron a la iniciativa. Entre las localidades de entre Ríos, se iluminaron de naranja Paraná, Viale, Concordia, Gualeguaychú, Federal, Federación y Villaguay, deseando que este año Concordia se suma nuevamente a está importante campaña de Visibilización del TDAH.
Que el color Naranja surge del Rojo, que simboliza la calidez, el amor y el compromiso y del Amarillo, que expresa el intelecto, el cual permite acceder al conocimiento, organizarnos y lograr nuestros objetivos, y también la claridad de comunicación.
Que por ello el naranja sintetiza, el afecto, el compromiso, el conocimiento y la comunicación para  trabajar a favor de la personas que padecen TDAH.
Que en año 2021, el palacio Municipal ya ha sido para estas fechas, y ante una presentación de las mismas características, iluminado en color naranja a los fines de crear conciencia y hacer visible el TDAH.
Que en el año 2022, también  fue declarado de interés municipal por este Concejo, pero por cuestiones técnicas no se puedo iluminar el palacio Municipal, por lo que nuevamente se insiste en ambas solicitudes.
Que, a raíz de lo mencionado, el colectivo familia leonas TDAH, han acercado a este Cuerpo Legislativo notas solicitando la visibilizarían de este trastorno, por intermedio del reconocimiento de esta fecha.
 
Por ello:
 
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCION
 
ARTÍCULO 1º.- Declárese de Interés Municipal la fecha del 28 de Julio como “Día de la Concientización, Sensibilización  e Información sobre el RDAH”.
 
ARTÍCULO 2°.- Solicítese al Departamento Ejecutivo que se arbitren los medios adecuados para contar con un equipo de iluminación naranja que permita iluminar el Palacio Municipal, en su calidad de espacio público significativo de nuestra localidad, durante la jornada del 28 de Julio de corriente año, a fin de acompañar las actividades que familias leonas TDAH realizarán en simultáneo en múltiples puntos del país.
 
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
SALA DE SESIONES “EVA PERON” 6 de Julio de 2023
 
CLAUDIA CARINA VILLALBA
Vice-Pdte.1°
a/c Presidencia
ROXANA BEATRIZ RONCO
Sub-Secretaria
a/c de Secretaría
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 10 de julio de 2023
 
RESOLUCION N° 38.052
 
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
ALDO DAMIAN ALVAREZ
Secretario de Gobierno y Hacienda.
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Concordia, 7 de Julio de 2023
N° 9.735
 
VISTO:
Que el día 13 de Julio se celebra el Día nacional de la Tejedora y el Tejedor en nuestro país, para rendir homenaje a quienes con pura destreza crean piezas únicas; y,
 
CONSIDERANDO:
Que la Agrupación Calentitos nació el 27 de Julio de 2015 luego de una donación de las que desencadenó en un trabajo arduo de sus integrantes, llevando esa labor al área social.
Que además de su productivo trabajo, sabe formar tejedoras, que buscan a veces un lugar de contención y amistad, un espacio de charla, de mates, un entramado que punto por punto se hace una gran red donde prima la alegría, el disfrute, el festejo por cada nuevo logro, por cada prenda confeccionada, da lo mismo que sea una simple bufanda, un escarpín o un sweater, lo que prevalece es la camaradería y el disfrute de cada prueba superada.
Que anualmente cuenta con 166 integrantes, distribuidas a lo largo  y ancho de nuestra ciudad, sin diferenciar barrios o zonas, con cada punto se tejen sueños, esperanzas e incluso grandes amistades en ese inquieto juguetear de agujas y lanas.
Que cuentan su lema “Estamos donde nos necesitan”, y de allí nace este proyecto, el cual hace parte a cada ciudadano dispuesto a ayudar que con un simple cuadrado tejido de 20 x 20 formara grandes mantas, que luego abrigaran a quienes lo necesiten.
Por ello:
 
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCION
 
ARTÍCULO 1°.- Declárese de Interés Municipal, y cultural el 13 de Julio de 2023, Día Nacional de la Tejedora y el Tejedor, como así también las actividades a realizarse en una jornada de tejido dispuesta ese mismo día, en la Plaza 25 de Mayo de nuestra ciudad.
 
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
SALA DE SESIONES “EVA PERON” 6 de Julio de 2023
 
CLAUDIA CARINA VILLALBA
Vice-Pdte.1°
a/c Presidencia
ROXANA BEATRIZ RONCO
Sub-Secretaria
a/c de Secretaría
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 10 de julio de 2023
 
RESOLUCION N° 38.053
 
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese,  publíquese, regístrese y archívese.-
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
JENNIFERS CISNEROS
Secretaria de Comunicación y Ceremonial.
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Concordia, 06 de Julio de 2023
Nº 9.732
 
VISTO:
Que, los días 10 y 11 de Agosto del corriente año, se llevara a cabo el 2do Congreso Iberoamericano de Ciencias Aplicadas al Futbol, organizada por ISEEF Concordia (Instituto Superior de las Especialidades de la Educación Física) y;
 
CONSIDERANDO:
Que, este evento, a llevarse a cabo por segunda vez en nuestra ciudad de Concordia, tiene la característica de unificar todo tipo de conocimientos a través de conferencias, que tendrá entre sus disertantes a prestigiosas figuras vinculadas al Futbol y sus ciencias: Educación, Medicina, Psicología, Derechos Deportivos, Periodismo Deportivo, Gestión Dirigencia y Administración Deportiva, Tecnologías y Neurociencias.
Que, tiene como objetivo contribuir al mejoramiento del entrenamiento deportivo, aportando nuevas metodologías complementarias, como saberes de las Ciencias del Deporte, actualizados a los tiempos de hoy, compartiendo experiencias realizadas o en realización en el campo de la enseñanza de metodologías de entrenamiento, complementando las ciencias del Deporte para el trabajo individual y de equipo, difundir los aportes de las ciencias del deporte a nivel nacional e internacional, entre otros.
Que, se trataran ejes temáticos de contenidos que demarcan una especial necesidad en el ámbito de la formación permanente, donde los temas a tratar son:
1° “La evolución del fútbol en el contexto mundial”.
2° “La salud de los futbolistas en las distintas etapas de su carrera”.
3° “Estrategias técnicas y tácticas para la competencia según la capacidad de los jugadores”.
4° “Derecho deportivo”.           
5° “Preparación física del futbolista según la posición que ocupa en el campo de juego”.
6°“El rol del jugador en defensa y ataque”.
7° “Arbitraje: interpretación de las reglas de juego, rol del árbitro antes, durante y después de cada juego”
8° “Estructura organizacional de un club de fútbol”
9° “Cómo administrar una Institución deportiva”
10° “El periodismo deportivo y su influencia en el mundo del fútbol”
11° “Neurociencia aplicada al fútbol”.
12° “Fútbol femenino”
13° “Psicología del futbolista”
14° “Los arqueros/as del fútbol actual”
15” “Entrenamiento funcional con pelota en el campo de juego
16°“Las lesiones más comunes en el fútbol”
17° Nutrición del futbolista -Alimentación de los deportistas en cada etapa de su formación. -Alimentación, antes durante y pos competencia.
18° Tecnología aplicada al fútbol – VAR, Monitorización de jugadores en tiempo real, ojo de Alcón, etc.;
 
Por ello:
 
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCION
 
ARTÍCULO 1º.- Declárese de Interés Educativo Deportivo  Municipal, el 2do. Congreso Iberoamericano de Ciencias aplicables al Fútbol, que se llevara a cabo los días 10 y 11 de Agosto del corriente año, en la sede del Profesorado de Educación Física ISEEF Concordia, organizado por el mismo y en virtud de los considerando expuestos con anterioridad.
 
ARTÍCULO 2°.- Remitir copia de la presente a los interesados.-
 
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, regístrese  y archívese.-
 
SALA DE SESIONES “EVA PERON”, 06 de Julio de 2023.
 
CLAUDIA CARINA VILLALBA
Vice- Pdte.1°.
a/c. Presidencia
ROXANA BEATRIZ RONCO
Sub-Secretaria
a/c Secretaría
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 10 de julio de 2023
 
RESOLUCION N° 38.054
 
Téngase por Resolución Municipal, Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
JENNIFERS CISNEROS
Secretaria de Comunicación y Ceremonial.
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Concordia, 06 de Julio de 2023
 
Nº 9.734
 
VISTO:
El evento solidario “Cambia tu Mundo” que llevará adelante la Catedral de la Fe, en la ciudad de Concordia, y;
 
CONSIDERANDO:
Que, El Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Concordia manifiesta su reconocimiento al evento solidario denominado "Cambia Tu Mundo", un proyecto de acción solidaria organizado por la Catedral de la Fe, cuyos pastores son Alejandra Carnival y Osvaldo Carnival;
Que, este destacado evento solidario se llevará a cabo los días 19, 20 y 21 de julio del presente año en veinticinco barrios de la ciudad de Concordia. Su principal objetivo es brindar ayuda y apoyo a aquellos sectores de la comunidad que se encuentran en situaciones de vulnerabilidad y necesidad;
Que, el proyecto "Cambia Tu Mundo" cuenta con la participación activa de 300 voluntarios provenientes de Buenos Aires, quienes se unirán a los esfuerzos de la comunidad local para llevar a cabo diversas actividades solidarias en los mencionados barrios;
Que, es importante destacar que esta iniciativa solidaria se realizará en conjunto con las Iglesias de la Asociación de Pastores Unidos de Concordia (APUC), cuyo presidente es el pastor Daniel Ozuna;
Que, este cuerpo deliberativo reconoce el valor de esta acción social que promueve la solidaridad, la inclusión y el bienestar de los habitantes de nuestra ciudad. Asimismo, destaca la labor desinteresada de los voluntarios y el compromiso de las instituciones religiosas  que hacen posible la realización de este evento;
Que, por todo lo expuesto, el Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Concordia expresa su más sincero reconocimiento y apoyo de la realización del evento solidario "Cambia Tu Mundo" y se compromete a brindar su colaboración y promoción de esta noble iniciativa.
 
Por ello:
 
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCION
 
ARTÍCULO 1º.- Declárese de Interés Municipal en la ciudad de Concordia, el evento de acción solidaria “CAMBIA TU MUNDO” de la Catedral de la Fe, que se llevará adelante los días 19, 20 y 21 de julio de 2023.
 
ARTÍCULO 2º.- Otórguese una copia la presente Declaración de Interés Municipal y diploma recordatorio a los pastores de la Catedral de la Fe, Alejandra y Osvaldo Carnival y al pastor Daniel Ozuna, presidente de la Asociación de Pastores Unidos de la ciudad de Concordia.
 
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, regístrese  y archívese.-
 
SALA DE SESIONES “EVA PERON”, 06 de Julio de 2023.
 
CLAUDIA CARINA VILLALBA
Vice-Pdte. 1°
a/c. Pcia.
ROXANA BEATRIZ RONCO
Sub-Secretaria
a/c Secretaría
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 10 de julio de 2023
 
RESOLUCION N° 38.055
 
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
JENNIFERS CISNEROS
Secretaria de Comunicación y Ceremonial.