Boletín Oficial N° 3234 - Concordia, 8 de agosto de 2023

SUMARIO
 
La siguiente Ordenanza, Decretos y Resoluciones conforman el
presente Boletín Oficial Municipal:
 
Ordenanza: 35.065.- Decretos: 1.072/2023, 1.073/2023, 1.082/2023, 1.083/2023, 1.084/2023 y 1.085/2023.- Resoluciones: 38.059, 38.060, 38.061, 38.062, 38.063 y 38.064.-.- 
 
 
Concordia, 27 de Julio de 2023
 
Expte N° 27.540-DE
 
ORDENANZA SOBRE AMPLIACION PRESUPUESTO 2023.
 
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
 
ARTICULO 1°.- Deróguese el Artículo 6° de la Ordenanza N° 38.013.
 
ARTICULO 2°.- Apruébese la ampliación al Presupuesto General de la Administración Municipal conforme se dispone en los artículos siguientes.
 
ARTICULO 3°.- Amplíase en la suma de PESOS CINCUENTA Y CUATRO MILLONES ($ 54.000.000) el Presupuesto de Gastos de la Administración Municipal para el Ejercicio 2023 con destino a las finalidades que se indican en el Cuadro 2 que se anexa y que pasa formar parte de la presente ordenanza.
 
ARTICULO 4°.- Amplíase en la suma de PESOS CINCUENTA Y CUATRO MILLONES ($ 54.000.000) el Cálculo de  Recursos de la Administración Municipal, destinados a atender los gastos fijados por los Artículos 2° y 3° de la presente Ordenanza, de acuerdo con el resumen que se indica a continuación y el detalle que figura en el Cuadro  Anexo que pasa a formar parte de la presente Ordenanza.
 
RECURSOS CORRIENTES $ 54.000.000. -
 
ARTICULO 5°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
SALA DE SESIONES "EVA PERON" 27 de Julio de 2023
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente
ROXANA BEATRIZ RONCO
Sub Secretaria
a/c Secretaría
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 7 de agosto de 2023
 
ORDENANZA N° 38.065
 
Téngase por Ordenanza Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
ALDO DAMIAN ALVAREZ
Secretario de Gobierno y Hacienda.
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DECRETO N° 1.072/2.023
Concordia, 3 de agosto de 2023
 
VISTO las tramitaciones obrantes en el Expediente Interno N° 330/S/2023 y,
 
CONSIDERANDO:
Que la Secretaría de Salud, solicita el llamado a licitación para la adquisición de indumentaria laboral para el personal del Sistema Integral Municipal de Emergencias Sanitarias (SIMES) de la Secretaria de Salud.
Que obra proyecto de pliego de bases y condiciones particulares de la Licitación Privada N° 73/2023 "ADQUISICIÓN DE INDUMENTARIA PARA EL SIMES", al cual no hay objeciones que formular.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Ejecutivo Municipal por el Artículo 107°, Inc. ñ), q) y u) de la Ley Próvincial10.027 y modificatorias - Régimen Municipal.
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones Particulares elaborado por la Dirección de Compras y Suministros, para el llamado a Licitación Privada N° 73/2023 "ADQUISICIÓN DE INDUMENTARIA PARA EL SIMES"; cuyos antecedentes obran en el Expediente Interno N° 330/S/2023.
 
ARTICULO 2°.- Dispóngase el llamado a Licitación Privada N° 73/2023, por el importe total de PESOS NUEVE MILLONES DOSCIENTOS SETENTA MIL CON 00/100 ($ 9.270.000,00.-).
 
ARTICULO 3°.- Impútese el gasto a las partidas presupuestarias N° 0.3.10.01.01.02.20.03 - $ 5.178.000,00 – SEC. SALUD
0.3.10.01.01.02.20.11 - $ 4.092.000,00 – SEC. SALUD
 
ARTICULO 4°.- Confórmese la Comisión evaluadora integrada por un representante de la Secretaria de Salud, uno de la Subsecretaria de Hacienda, uno de la Dirección de Asuntos Jurídicos. La Directora de Compras y Suministros actuará como Secretaria, con voz y sin voto.
 
ARTICULO 5°.- Disponese que la Dirección de Compras y Suministros fije la fecha de apertura de propuestas, efectúe las invitaciones, notifique a las áreas indicadas para conformar la Comisión evaluadora mencionada en el artículo anterior y de cumplimiento a lo dispuesto en el presente.
 
ARTICULO 6°.- Gírese a la Dirección de Compras y Suministros a sus efectos.
 
ARTICULO 7°.- Comuníquese, Publíquese, Regístrese y Archívese.
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
Dr. MAURO JAVIER GARCIA
Secretario de Salud.
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DECRETO N° 1.073/2.023.
Concordia, 3 de agosto de 2023
 
VISTO la planilla de traslado obrante a fojas 1 del Expediente 32/G/2023 y,
 
CONSIDERANDO:
Que el Agente ORLANDO EDUARDO GAUTO, Legajo N° 6087, solicita su traslado desde la Dirección de Recupero de Costos a la Dirección de Atención Primaria de la Salud, ambas dependientes de la Secretaría de Salud.
Que el mencionado pasará a cumplir funciones como ADMINISTRATIVO.
Que el traslado en cuestión reúne las condiciones fijadas.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107°), inc. u) de la Ley Provincial N° 10.027 y modificatorias - Régimen Municipal.
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Trasládese al Agente ORLANDO EDUARDO GAUTO, Legajo N° 6087, desde la Dirección de Recupero de Costos de la Dirección de Atención Primaria de la Salud, ambas dependientes de la Secretaría de Salud, en virtud de los Considerandos precedentes.
 
ARTICULO 2°.- Establécese que los gastos emergentes de la transferencia dispuesta, serán imputados a la Partida presupuestaria N° 0.3.10.01.01.01 ¬Salud.
 
ARTICULO 3°.- Manténgase al mismo, dentro de los alcances del Convenio suscripto entre esta Municipalidad y el personal de la Secretaría de Salud, el cual fuera ratificado por Decreto N° 328/2023.
ARTICULO 4°.- Gírese a Recursos Humanos para su notificación y posteriormente remitir a la Dirección de Liquidaciones sus efectos.
 
ARTICULO 5°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
Dr. MAURO JAVIER GARCIA
Secretario de Salud.
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DECRETO N° 1.082/2.023.
Concordia, 8 de agosto de 2023
 
VISTO las tramitaciones obrantes en el Expediente Interno N° 121/U/2023 tendiente al pago de los beneficiarios del Programa Construyendo Futuro 2023, por la suma total de PESOS OCHOCIENTOS VEINTIDOS MIL QUINIENTOS ($ 822.500,00.-) y,
 
CONSIDERANDO:
Que obra intervención de la Dirección de Planificación y Presupuesto y de la Sub Secretaría de Hacienda.
Que la Contaduría Municipal toma intervención y realiza observaciones.
Que obra informe de la U.D.A.A:P.A.
Que mediante Decreto N° 619/2023 de fecha 02/05/2023 se autorizo un importe total de PESOS SETECIENTOS NOVENTA Y NUEVEMIL QUINIENTOS ($ 799.500,00.) que de acuerdo a la variable de precios en el país, el mismo resulta insuficiente.
Que en consecuencia el Artículo 2° del citado Decreto, en el periodo comprendido entre el 1° de julio de 2023 al 31 de agosto de mismo año, dispondría un importe de PESOS NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO ($ 999.375,00.-) para el funcionamiento del programa.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Ejecutivo Municipal por el Articulo 107°, Incisos ñ) y u) de la Ley N° 10.027 y modificatorias- Régimen Municipal.
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Modificase el ARTICULO 2° del Decreto N° 619/2023 de fecha 02/05/2023 el que quedara redactado de la siguiente manera: “ARTICULO 2°.- Autorícese la suma total de PESOS NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO ($ 999.375,00.-) para el periodo comprendido entre el1 de julio de 2023 al 31 de agosto de 2023, para el funcionamiento del programa".
 
ARTICULO 2°.- Reconócese y apruébese el presente gasto por la suma total de PESOS OCHOCIENTOS VEINTIDOS MIL QUINIENTOS ($ 822.500,00:-) y declárese de legitimo abono dicho importe a los beneficiarios del Programa Construyendo Futuro 2023 que como Anexo forman parte de este Decreto, conforme los importes que en cada caso se especifican.
 
ARTICULO 3°.- Impútese el gasto mencionado en el Artículo 1° a la partida 0.4.90.01.03.04.34.02 Desarrollo Ambiental del presupuesto de gastos vigente.
 
ARTICULO 4°.- Gírese a Contaduría y Tesorería a sus efectos.
 
ARTICULO 5°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archivase.
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
Dra. MARIA DE LOS ANGELES PETIT
Coordinadora de Asuntos Estratégicos
a/c Coordinación General de U.D.A.A.P.A.
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DECRETO N° 1.083/2.023
Concordia, 7 de agosto de 2023
 
VISTO, la nota obrante de fojas 01 del expediente N° 111 "C"/23 y,
 
CONSIDERANDO:
Que en la mencionada nota se informa que la agente PALAZZOTI GISELA PAOLA, LEGAJO N° 5464 se le descontó el presentismo, asistencia y puntualidad en el mes de Marzo 2023, por error involuntario no registro su salida en la planilla de marcación de asistencia.
Que los fundamentos expuestos se consideran atendibles, atento a que dicho agente desempeño sus funciones normalmente en tiempo y forma.
Que a fojas 02 la Dirección de Recursos Humanos solicita informe a la Dirección de Liquidaciones.
Que a fojas 03 la Dirección de Liquidaciones informe lo siguiente:
  • La Agente PALAZZOTI GISELA PAOLA, LEGAJO N°5464, en el periodo de 09/20200 a 03/2023 tuvo los siguientes descuentos:
  • Un día, asistencia y puntualidad en el mes de Marzo 2023.
Que la jefa Equipo Control Horario eleva informe adjuntando planilla de informe ENTRADA/SALIDA y listado de Licencia Anual.
Que el Departamento Administrativo informa la situación de revista de la Agente PALAZZOTI GISELA PAOLA, LEGAJO N° 5464.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal, por el Artículo 107°; incisos ñ, q, y u; de la ley N° 10.027 y sus modificatorias a través de la ley N° 10.082, Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos,
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Disponer hacer lugar al reintegro de 1 (uno) día, la Bonificación por Presentismo, Asistencia y Puntualidad, descuentos que fueron realizados en los haberes del mes de Marzo de 2023 a la Agente PALAZZOTII GISELA PAOLA, LEGAJO N° 5464, en virtud de lo expresado en los considerando precedentes.
 
ARTICULO 2°.- Remitir a la Dirección de Liquidaciones y Dirección de Recursos Humanos, a los fines de su notificación de lo dispuesto en Artículo 1° de la presente Resolución.
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
ALDO DAMIAN ALVAREZ
Secretario de Gobierno y Hacienda.
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DECRETO N°1.084/2.023.
Concordia, 7 de Agosto de 2.023
 
VISTO, la presentación efectuada por el Agente OVIEDO ALEJANDRO ANTONIO 14.998.598, Legajo N°1664, obrante a fs.1 del Expediente N°25 "O"/2023, por lo que se eleva su renuncia a efectos de acogerse a la Jubilación otorgada por la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos y,
 
CONSIDERANDO:
Que por Resolución N°003080 de fecha 22 de Mayo 2023, de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos, se concedió el beneficio de la Jubilación Ordinaria Común.
Que la Dirección de Recursos Humanos informa que el agente mensual Oviedo Alejandro Antonio, Legajo N°1664, presento la renuncia al cargo a partir del 1 de Agosto 2023.-
Que la Dirección de Liquidaciones informa que el Agente de referencia, no tiene embargo activo ni en espera. Se informa que no registra deuda de Créditos Especiales (Adelanto de Sueldos).
Que la presente medida se dicta de conformidad a las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107° inciso u) de la Ley 10.027 y su modificatoria - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.-
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Aceptar a partir del 1° de Agosto de 2023 la renuncia presentada por el Agente Oviedo Alejandro Antonio, Legajo N°1664, DNI 14.998.598, por motivo de haberse acogido al beneficio de Jubilación Ordinaria Común otorgada por la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos.
 
ARTICULO 2°.- Disponer se liquide y abone al ex Agente Municipal Oviedo Alejandro Antonio, Legajo N°1664, dieciséis (16) días de licencia del año 2021, 30 (treinta) días de licencia del año 2022, 18 (dieciocho) días proporcionales de la licencia del corriente año, además aguinaldo proporcional por el segundo semestre del corriente año de acuerdo al tiempo trabajado y el subsidio establecido en el artículo 77° Bis de la Ordenanza N°11.275-49 correspondiente a (3) tres sueldos básicos de la categoría 20°, en un todo de acuerdo a lo dictaminado a fs. 7 Dictamen N°1068/23, por la Dirección de Asuntos Jurídicos y la Dirección de Recursos Humanos, cuyas constancias obran en el Expediente Interno N°25"O"/23.
 
ARTICULO 3°.- Notificar por la Dirección de Recursos Humanos al Ex Agente mencionado, de lo dispuesto en el Artículo 1° y 2° del presente Decreto cumplimentado pase a la Dirección de Liquidaciones.          
 
ARTICULO 4°.- Comuníquese, Regístrese, Publíquese y Archívese.
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
ALDO DAMIAN ALVAREZ
Secretario de Gobierno y Hacienda.
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DECRETO N° 1.085/2023
Concordia, 7 de agosto de 2023
 
VISTO el contenido de la Ordenanza Nº 33.096/06, promulgada en fecha 5 de enero del año 2006 y sus modificatorias N° 33.264/2006, Nº 33.264/07, N° 34571/2011 y N° 36.681/2018 y;
 
CONSIDERANDO:
Que la misma incorpora a la Ordenanza de Escalafón Municipal Nº 11.275/49, el Artículo 80º bis, en el cual se determina el Sistema de Recategorización al Personal Municipal.
Que a su vez, dicha norma establece la obligatoriedad de promocionar al personal de planta permanente en un período no mayor a cuatro (4) años.
Que por tal motivo, es decisión de este Departamento Ejecutivo proceder conforme lo normado para dar comienzo al proceso de recategorización al personal municipal, teniendo en cuenta que la última promoción fue realizada en el año 2019.
Que para tal fin, resulta necesario conformar la Comisión de Promoción, integrada por personal de la Planta Permanente a razón de UN (1) titular y UN (1) suplente por cada Secretaría del Departamento Ejecutivo, Honorable Concejo Deliberante y Ente Descentralizado de Obras Sanitarias, quienes representarán al personal de la Secretaría a la que pertenecen.
Que los requisitos para ser postulantes se encuentran establecidos en el Artículo 12º del Anexo I de la Ordenanza Nº 34.571/11.
Que asimismo, y conforme al Artículo 13° del anexo I de la Ordenanza citada en el considerando anterior, se debe proceder a designar el Área que coordinará el proceso de recategorización, cuyas tareas, responsabilidades y facultades están determinadas en el mismo Artículo.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal, por el Artículo 107º, inciso q) y u) de la Ley N° 10.027/11 y modificatoria N° 10.082/11 - Régimen de la Municipalidades de Entre Ríos.
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTÍCULO 1º.- Dése comienzo al proceso de Recategorización al personal de planta permanente de la Municipalidad de Concordia, y en consecuencia, asígnese la Coordinación de dicho proceso a la Subsecretaría Legal y Técnica, dependiente de la Secretaría de Gobierno y Hacienda, conforme lo expresado en el considerando precedente.  
 
ARTÍCULO 2º.- Dispónese que los agentes MAIDANA, Héctor Gerardo – Legajo N° 2315 y LAUREL, Patricia Ofelia – legajo N° 2002, asistan en forma permanente a la Subsecretaría Legal y Técnica mientras dure el proceso de recategorización, de acuerdo a la experiencia, el conocimiento y los antecedentes personales de los mismos, con la finalidad de lograr promocionar al personal de forma transparente, justa y equitativa, de acuerdo a las normas vigentes en la materia.  
 
ARTÍCULO 3º.- Autorízase a la Subsecretaría Legal y Técnica a dictar las disposiciones necesarias para dar cumplimiento a las exigencias fijadas en la Ordenanza Nº 33.096/06 y sus modificatorias N° 33.264/2006, Nº 33.264/07, N° 34571/2011 y N° 36.681/2018, como también la convocatoria del equipo de trabajo y la disposición del lugar físico para el desarrollo del proceso de recategorización.
 
ARTÍCULO 4º.- Determínase el período que comprende el presente proceso de Recategorización para la asignación de puntajes, de conformidad a lo establecido en el Artículo 1° - párrafo final del Anexo I de la Ordenanza N° 34.571/2011, desde el 24/07/2019 al 07/07/2023.
 
ARTÍCULO 5º.- Exceptúase de lo establecido en el Artículo anterior, los incisos e) y f)  del Artículo 1° del Anexo I de la Ordenanza N° 34.571/2011, en virtud de la situación extraordinaria vivida por la Pandemia, cuyo plazo será por única vez para este proceso de Recategorización de acuerdo al siguiente detalle:
  • Del 24/07/2019 al 13/03/2020
  • Del 02/08/2021 al 07/07/2023
 
ARTÍCULO 6º.- Dispónese el llamado a elecciones para conformar la Comisión de Promoción, cuyo detalle de días y horarios para votar se adjuntan como Anexo al presente Decreto.
El personal de planta permanente que reviste la Categoría 23º e inferiores, procederá a elegir a los representantes de su área (titular y suplente), que integrarán dicha Comisión de conformidad a lo normado en el Artículo 12º del Anexo I de la Ordenanza Nº 34.571/2011.
Las Secretarías, Concejo Deliberante y Ente Descentralizado de Obras Sanitarias deberán garantizar la participación de todos los agentes que cumplan funciones en dependencias externas a su cargo.
Finalizado el horario de votación, se realizará el recuento de los votos en el mismo lugar y se labrará un Acta donde quedarán asentados los nombres de los primeros dos (2) agentes de mayor  cantidad de votos, que en el orden del resultado eleccionario conformarán la titularidad y la suplencia. Dicha Acta deberá ser firmadas por quienes conformen la mesa.     
De no estar interesado en integrar la Comisión de Promoción el agente con mayor cantidad de votos, asumirá consecuentemente aquel con segundo puesto y así sucesivamente.
 
ARTÍCULO 7º.- Invítase a los representantes de cada Gremio Municipal a conformar la mesa de votación, la que estará presidida por un representante asignado por la Subsecretaría Legal y Técnica.
 
ARTÍCULO 8°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Secretaría de Gobierno, y oportunamente, archívese.
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
ALDO DAMIAN ALVAREZ
Secretario de Gobierno y Hacienda
 
ANEXO
 
Días Secretarías Lugares Para Votar Horarios
LUNES
14/08/23
Desarrollo Urbano Taller Municipal de 7:30 a 12:00
Parques y Jardines de 7:30 a 8:00
Terminal de 8:30 a 9:00
Cementerio de 9:30 a 10:00
Palacio Municipal de 10:30 a 12:00
MARTES
15/08/23
Gobierno y Hacienda Palacio Municipal de 7:30 a 12:30
Dirección de Tránsito de 7:30 a 9:00
Juzgado Faltas de 9:30 a 10:30
Desarrollo Productivo y Participación Ciudadana Primer Piso Centro Cívico De 11:00a 12:00
MIÉRCOLES
16/08/23
Salud Roque Sáenz Peña y La Rioja (ex policlínico) de 8:00 a 11:30
Especialidades Medicas (Saavedra y 25 de Mayo) de 9:00 a 11:00
Turismo, Cultura e Innovación Dirección de Cultura De  7:30 a 8:00
 
JUEVES
17/08/23
 
 
Desarrollo Social Roque Sáenz Peña y La Rioja (ex policlínico) de 7:30 a 12:00
UDAAPA Salta  y N. Kirchner de 8:00 a 9:30
Invytan H.Yrigoyen y Alberdi de 10:00 a 11:00
Concejo  Deliberante Palacio Municipal de 11:30 a 12:30
VIERNES
18/08/23
 Obras Sanitarias Oficinas (Entre Ríos y San Lorenzo) de 7:30 a 9:00
Planta San Carlos de 7:30 a 9:30
Deportes San Juan y Corrientes De 10 a 11:30
Comunicación y Ceremonial Palacio Municipal De 12:00 a 12:30
 
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
ALDO DAMIAN ALVAREZ
Secretario de Gobierno y Hacienda
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Concordia, 27 de Julio de 2023
Nº 9.743
 
VISTO:
Que, la Presidenta de la Delegación Concordia del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Entre Ríos, solicita la Declaración de Interés Municipal la organización  de las Jornadas Tributarias Provinciales “Adaptándonos a la era de la Innovación”, y
 
CONSIDERANDO:
Que, dicho evento es de  suma importancia para la profesión y para la comunidad, ya que asistirán profesionales matriculados de todos los departamentos de la Provincia y contará con la presencia de importantes expositores ,de gran trayectoria provincial y nacional que disertaran sobre temas tributarios, financieros y económicos relevantes.
Que, generará un movimiento turístico de relevancia para la ciudad de Concordia, siendo de un alto beneficio para los distintos sectores de nuestra localidad. Por tal motivo consideramos fundamental el respaldo y apoyo del Municipio a través de esta declaración
 
Por ello:
 
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN
 
ARTÍCULO 1º.- Declárese de Interés Municipal de la Ciudad de Concordia, la organización de las jornadas Tributarias Provinciales “Adaptándonos a la era de la innovación” a realizarse en el Centro de Convenciones de la ciudad de Concordia, el 26 y 27 de Octubre 2023.-
 
ARTÍCULO  2º.- Comunicar a los interesados.-
 
ARTÍCULO 3º-. Comuníquese, publíquese, regístrese  y archívese.-
      
SALA DE SESIONES "EVA PERON", 27 de julio de 2023.
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente
ROXANA BEATRIZ RONCO
Sub-Secretaria
a/c Secretaría
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 03 de Agosto de 2023
 
RESOLUCION N° 38.059
 
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
MAX KLARIC
Coordinación Asuntos Institucionales
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Concordia, 28 Julio de 2023
 
N° 9.748
 
VISTO:
Que se realizará la 1era. FERIA ENTRERRIANA DEL LIBRO en nuestra ciudad de Concordia; y,
 
CONSIDERANDO:
Que la primera  Feria del Libro Entrerriana tendrá su sede inaugural en nuestra ciudad de Concordia revistiendo de una importancia  trascendental tanto para la comunidad local para el desarrollo cultural de la región. Al ser la primera vez que se organiza un evento  literario de esta magnitud magnitud en la ciudad, se abren las puertas a una serie de beneficios y oportunidades que impactarán de manera positiva a sus habitantes.
Que la novedad y la expectativa generada en torno a este evento literario inaugural atraerán la atención de la población, despertando la curiosidad y motivando a las personas a descubrir nuevas obras y géneros literarios lo cual puede conducir a un aumento significativo en los índices de lectura y al fomento de la cultura escrita en la ciudad.
Que asimismo la primera Feria del Libro en Concordia brinda una plataforma única para dar visibilidad y promover el talento local ya que la ciudad cuenta con numerosos escritores, poetas y artistas que muchas veces encuentran dificultades para difundir su trabajo, por ende esta feria se convierte en un espacio propicio para que los autores locales exhiban sus obras, realicen presentaciones y establezcan contacto directo con los lectores, dando visibilidad no sólo a distintos escritores sino a editoriales  Independientes, revistas y bibliotecas populares, dando talleres para escuelas primarias y secundarias  en distintos horarios. Eso no solo contribuye al desarrollo de la industria cultural en Concordia, sino que también enriquece el panorama literario de la región y pone en relieve la diversidad y creatividad de sus artistas.
Que la inauguración de una feria literaria en la ciudad  pone a Concordia en el mapa cultural, atrayendo la atención de visitantes, escritores y personalidades del ámbito literario de toda la región, impulsando el turismo cultural, promoviendo el intercambio cultural , y  el enriquecimiento mutuo entre la comunidad local y los visitantes.
Que dicho evento será llevado a cabo por la Sociedad Argentina de Escritores (SADE) filial Concordia, contando con el apoyo del Ministerio de Cultura de la Nación, donde se contará con la participación de un invitado especial para este encuentro, el escritor de la provincia de Mendoza Gustavo Kessel quien dará un seminario “La Escritura y Poesía Salva” dirigida a distintas personas con dolencias, además desde el equipo de la Hermana Marta Peloni se dará la charla y presentación del Libro “Eco Cultura de la Red de Infancias Robadas”.
       Por último, la realización de la Primera Feria del Libro en Concordia es un hito significativo en el desarrollo cultural de la ciudad y marca el comienzo de una tradición literaria que puede perdurar en el tiempo. Al establecerse como un evento anual o periódico, la Feria del Libro se convertirá en un referente cultural de la ciudad, un punto de encuentro para los amantes de la lectura y una plataforma constante para la promoción de la cultura y el intercambio intelectual. Esto contribuirá a fortalecer la identidad cultural de nuestra ciudad.
 
Por ello:
 
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE CONCORDIA
RESOLUCION
 
ARTÍCULO 1º.-Declarar de Interés Municipal, Cultural y Turístico a la 1era. “FERIA ENTRERRIANA DEL LIBRO” a realizarse en la ciudad de Concordia los días 2,3 y 4 de Agosto del corriente año.
 
ARTÍCULO 2°.- Comunicar a los interesados.
 
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.      
 
SALA DE SESIONES "EVA PERON", 27 de julio de 2023.
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente
ROXANA BEATRIZ RONCO
Sub-Secretaria
a/c Secretaría
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 03 de Agosto de 2023
 
RESOLUCION N° 38.060
 
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
MAX KLARIC
Coordinación Asuntos Institucionales
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Concordia, 28 Julio de 2023
 
N° 9.747
 
VISTO:
El “Seminario del Litoral: Chámame y Rasguido Doble”, a realizarse el día 29 de Julio de 2023 en el  Gimnasio Municipal de la Ciudad de Concordia; y,            
 
CONSIDERANDO:
Que esta capacitación llega con la intención de hacer conocer la música y la poética  litoraleña, sus historias, sus movimientos danzados, su gente que la siente y la vivencia en los momentos necesarios así como también se verán que se podrán hilvanar todos los contenidos para trabajar en la instituciones escolares, pensada y apuntada a la convocatoria de todas las generaciones a realizar dicha experiencia, maestros, alumnos, niños, jóvenes y adultos. 
Que “Un Abrazo Litoraleño” será dictado por los Campeones Nacionales de Cosquín 2023 y de Baile Litoraleño 2020 de la Provincia de Santa Fe, Anabela Sequeira y Emiliano Schneider, profesores de danza con orientación en danza Folklórico, así como también, ganadores del Festival de la Sierra Tandil 2019, pareja Nacional de Chámame 2018 (Victoria, Entre Ríos), Campeones Provinciales del Pre Laborde (Santa Fe) en Pareja de Danza Tradicional 2018/2019 , Finalistas del Pre Cosquín 2020, mención especial de cosquín 2022 y ganadores del Pre Cosquín 2023.
Que la danza surge como un campo  de conocimiento portador de sentidos culturales socialmente compartidos que, a través de la construcción poética y metafórica, permite comprender y practicar del mundo que nos rodea. Desde esta concepción no sólo la técnica adquiere relevancia sino también la poética, no sólo el producto sino el proceso de producción.
Que se tendrá  un acercamiento a nuestra región Litoraleña y la diversidad de ésta, representada por el Chamamé y el Rasguido Doble, tomando como eje de la clase, la bailanta, el trabajo corporal y la música que estimulan los sentidos y hagan del mismo, un abrazo cálido danzado para estos momentos.
Que este “Proyecto de Capacitación y Difusión de las Danzas Litoraleñas” tiene como contenidos: la bailanta como espacio y tiempo; la exploración y descubrimiento de distintas formas de movimientos danzados y la profundización en el desarrollo de aspecto técnico que permitan ampliar las posibilidades de movimientos para la interpretación del Chamamé y Rasguido Doble.
Que tiene como objetivos: Acercarnos con un abrazo sentido en estos momentos necesarios; acercarnos al paisaje interior, personal e imaginario de la música litoraleña y acercarnos con diversas dinámicas de movimientos a las posibilidades de corporizar la palabra e interpretar la poética litoraleña.
      
Por ello:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN
 
ARTÍCULO 1º.- Declarar de Interés Cultural, Municipal, el “Seminario del Litoral: Chamamé y Rasguido Doble”, a realizarse el día 29 de Julio de 2023 en el Gimnasio Municipal de la Ciudad de Concordia, dictado por los Campeones Nacionales de Cosquín 2023 y de Bailes Litoraleño 2020 de la Provincia de Santa Fe, Anabela Sequeira y Emiliano Schneider, en virtud de los considerandos precedentes.
 
ARTÍCULO 2°.- Entregar a los interesados, un diploma que expresa la declaración citada en el Artículo precedente, como así también una copia de la presente Resolución.
 
ARTÍCULO 3°.-Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
SALA DE SESIONES "EVA PERON", 27 de julio de 2023.
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente
ROXANA BEATRIZ RONCO
Sub-Secretaria
a/c Secretaría
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 03 de Agosto de 2023
 
RESOLUCION N° 38.061
 
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
MAX KLARIC
Coordinación Asuntos Institucionales
--------- 
 
Concordia, 27 Julio de 2023
 
N° 9.744
 
VISTO:
La Jornada ESI, “Justa, Democrática e Igualitaria”, a realizarse en forma presencial el próximo 03 de Agosto del año en curso, en el Centro de Convenciones Concordia; y,
 
CONSIDERANDO:
Que, se trata de una jornada organizada por el equipo técnico-pedagógico de la Coordinación Departamental de Educación Sexual Integral del Departamento Concordia (ESI), y nominada “Justa, Democrática e Igualitaria”; en pos de articular diversas estrategias para la implementación, real y efectiva de la Ley 26.150, y que tiene como finalidad acompañar los procesos dados al interior de las comunidades escolares, relativos a la implementación y transversalidad de dicho programa.
Que, tiene como objetivo, construir espacios escolares democráticos, reconociendo la complejidad de los diversos escenarios, enmarcando las acciones de acuerdo a la Ley de situaciones complejas N 26.892; Contribuir a la formación en perspectiva de género para tender a la construcción de una sociedad igualitaria, libre de violencia y discriminación; reconocer las puertas de entrada a la ESI; promover al trabajo interior e intra-institucional, de diversas problemáticas dentro de una estrategia en red y multidisciplinar, asumiendo el lugar de corresponsabilidad institucional.
Que, la Jornada ESI, “Justa, Democrática e Igualitaria”, se realizará en forma presencial, el próximo 03 de Agosto del año en curso, en el Centro de Convenciones Concordia en el horario de 9 a 14 horas.
 
Por ello:
 
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
SANCIONA LA SIGUENTE
RESOLUCION
 
ARTÍCULO 1°.- Declarar de Interés Educativo Municipal, la Jornada de ESI, bajo el nombre “JUSTA, DEMOCRATICA e IGUALITARIA, a realizarse el próximo 03 de Agosto, del corriente año, en el Centro Convenciones Concordia y en virtud de los considerando expresados con anterioridad.
 
ARTÍCULO 2°.- Remitir copia de los presentes a los interesados.
 
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
SALA DE SESIONES "EVA PERON", 27 de julio de 2023.
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente
 
ROXANA BEATRIZ RONCO
Sub-Secretaria
a/c Secretaría
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 03 de Agosto de 2023
 
RESOLUCION N° 38.062
 
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.

Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
MAX KLARIC
Coordinación Asuntos Institucionales
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Concordia, 27 de Julio de 2023
Nº 9.742
 
VISTO:
Que, la festividad de San Cayetano, Santo Patrono del Pan y del Trabajo, que año tras año congrega en el barrio de Villa Zorraquín de nuestra ciudad a más de 40 mil fieles, y;
 
CONSIDERANDO:
Que, esta presentación respalda  una de las más firmes tradiciones del pueblo argentino, de devoción y convocatoria en la región.
Que, además este acontecimiento constituye una verdadera fiesta popular con una demostración extraordinaria de fe. Agradecimiento y pedidos de mediación ante muchas necesidades, sobre todo en estos tiempos complejos.
Que, a las actividades religiosas, año tras año se suma una feria regional que congrega a artesanos, pequeños productores, exposición de varias instituciones como muestra del trabajo y el esfuerzo diario de muchos vecinos.
Que, el Padre Ramón Galarza manifiesta que “esto es una fiesta de la Fe, queremos responder de la mejor manera posible y queremos transmitir mucha alegría, esperanza y fortaleza, para que junto a la tradición de San Cayetano sigamos peregrinando como familia que viene a agradecer y viene a pedir trabajo”.
Que, la organización se lleva a cabo con un esfuerzo mancomunado de muchas personas que se ponen al servicio de todos, involucrando así  a la comunidad de Villa Zorraquín, la comisión Organizadora, la Delegación Municipal, el Concejo Deliberante, el Intendente Enrique Tomas Cresto, como también numerosas y diversas áreas del Municipio, coordinando desde diferentes áreas de trabajo a todos.
Que, las actividades se desarrollarán los días 29, 30, 31 de julio de 2023 y 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7 de Agosto de 2023,en Villa Zorraquín.
Que, destacamos las Actividades Centrales que se desarrollaran durante la jornada del domingo 7 de agosto, en las cuales se efectúan diferentes ceremonias religiosas y culturales (anexo).
Que, desde el Concejo Deliberante queremos compartir con la comunidad la Declaración de Interés  de considerable transcendencia y popularidad que forma la imagen de San Cayetano.
 
Por ello:
 
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN
 
ARTÍCULO 1º-Declárese de Interés Municipal y Socio- Cultural la Fiesta Patronal por San Cayetano a realizarse los días 29, 30 y 31 de Julio de 2023, y 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7 de Agosto de 2023,en Villa Zorraquín.-
 
ARTÍCULO 2º-.Comuníquese, publíquese, regístrese  y archívese.-
 
SALA DE SESIONES "EVA PERON", 27 de julio de 2023.
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente
ROXANA BEATRIZ RONCO
Sub-Secretaria
a/c Secretaría
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 03 de Agosto de 2023
 
RESOLUCION N° 38.063
 
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
MAX KLARIC
Coordinación Asuntos Institucionales
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Concordia, 27 Julio de 2023
N° 9.745
 
VISTO:
Que el próximo 27 de Julio del 2023, a las 18 hs la Cámara Argentina de Comercio y Servicios y el Centro de Comercio, Industria y Servicios de Concordia han organizado una nueva conferencia en el Centro de Convenciones de Concordia, denominada "Actualidad Pyme: entre la economía y la política"; y,
 
CONSIDERANDO:
Que la conferencia "Actualidad Pyme: entre la economía y la política “contará con la disertación del reconocido Economista Juan Carlos De Pablo y el analista político Enrique Zuleta Puceiro.
Que los disertantes analizarán la situación del sector privado teniendo en cuenta la actualidad macroeconómica y una coyuntura marcada por el proceso electoral.
Que Juan Carlos De Pablo es Licenciado en Economía egresado de la Universidad Católica Argentina. Se desempeña como consultor y asesor económico. Es docente universitario en la Universidad de San Andres y en la Universidad del CEMA. Ha recibido la distinción Doctor Honoris Causa por la Universidad del CEMA.
Que Enrique Zuleta Puceiro es Abogado egresado de la Universidad de Mendoza y Doctor en Derecho egresado de la Universidad Complutense de Madrid. Actualmente se desempeña como docente universitario en la Universidad Nacional de Buenos Aires y preside la Consultora OPSM.
 
Por ello:
 
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCION
 
ARTÍCULO 1°.- Declarar de Interés Municipal la conferencia” "Actualidad Pyme: entre la economía y la política “organizado por la Cámara Argentina de Comercio y Servicios y el Centro de Comercio, Industria y Servicios de Concordia
 
ARTÍCULO 2°.- Entregar copia de la presente Resolución a disertantes y organizadores.
 
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
SALA DE SESIONES "EVA PERON", 27 de julio de 2023.
 
 ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente
ROXANA BEATRIZ RONCO
Sub-Secretaria
a/c Secretaría
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 03 de Agosto de 2023
 
RESOLUCION N° 38.064
 
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
MAX KLARIC
Coordinación Asuntos Institucionales.