Boletín Oficial N° 3236 - Concorida, 10 de agosto de 2023

SUMARIO
 
Los siguientes Decretos y Resolución del Edos conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
 
Decretos: 770/2023, 1.065/2023, 1.066/2023, 1.093/2023, 1.094/2023, 1.095/2023, 1.096/2023, 1.097/2023, 1.098/2023, 1.100/2023 y 1.101/2023.- Resolución Edos: 458.- 


DECRETO N° 770/2.023
Concordia, 1° de junio de 2023
 
VISTO, el ACUERDO ESPECIFICO, suscripto entre la FACULTAD REGIONAL CONCORDIA de la UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA NACIONAL y la MUNICIPALIDAD DE CONCORDIA, DE LA PROVINCIA DE ENTRE RIOS, y;
 
CONSIDERANDO:
Que, el referido ACUERDO ESPECIFICO, tiene por objeto realizar una jornada de capacitación dirigida al personal de distintas áreas del Municipio de Concordia, destinada al conocimiento y utilización de la información geográfica disponible actualmente, Infraestructura de Datos Espaciales, dictada y diseñada por la Universidad Tecnológica Nacional, Facultad Regional Concordia.
Que, así mismo, las demás consideraciones pactadas entre ambas partes, obran en consecutivas cláusulas, lasque se describen en el Anexo que forma parte integrante del presente Decreto.
Que, este Departamento Ejecutivo estima atinente ratificar el ACUERDO ESPECIFICO que forma parte integrante de este Decreto como Anexo al mismo.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Ejecutivo Municipal por el Artículo 107°, Inciso u), de la Ley 10.027 -y su Modificatoria - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.-
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Ratifíquese en todos sus términos el ACUERDO ESPECIFICO, firmado entre la FACULTAD REGIONAL CONCORDIA de la UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA NACIONAL, representada en este acto por el Ingeniero José Jorge Penco, D.N.I. N° 12.126.452, en su carácter de Decano, con domicilio legal sito en calle Salta N° 277, de la Ciudad de Concordia, Provincia de Entre Ríos; y la MUNICIPALIDAD DE CONCORDIA, representada en este acto por el Señor Presidente Municipal, Dr. Enrique Tomás Cresto, D.N.I. N° 25.288.016, con domicilio legal en el Palacio Municipal sito en calle Mitre N° 76, de la ciudad de Concordia, asistido en este acto por la Sra. Secretaria de Desarrollo Urbano, Arq. Mireya Liliana LOPEZ BERNIS, D.N.I. N° 12.426.693, que forma parte del presente, como Anexo, dado lo considerado precedentemente.
 
ARTICULO 2°.- Dispónese que la Secretaría de Gobierno y Hacienda, y la Secretaría de Desarrollo Urbano tomen debida nota.
 
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese, dése a la Secreatría de Gobierno y Hacienda y oportunamente, archívese.
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
Arq. MIREYA LOPEZ BERNIS
Secretaria de Desarrollo Urbano.
 
ACUERDO ESPECÍFICO
Entre la FACULTAD REGIONAL CONCORDIA de la UNIVERSIDAD TECNOLOGICA NACIONAL y la MUNICIPALIDAD DE CONCORDIA
 
En la Ciudad de Concordia, Provincia de Entre Ríos, a los 3 días del mes de mayo de 2023, la Universidad Tecnológica Nacional - Facultad Regional Concordia, en adelante "LA UTN", con domicilio en calle Salta 277, representada en este acto por el Ingeniero José Jorge Penco, DNI N° 12.126.452, en su carácter de Decano y la Municipalidad de la Ciudad de Concordia, en adelante "EL MUNICIPIO", con domicilio en Mitre N° 76 de esta Ciudad, representada en este acto por Don Enrique Tomás Cresto , DNI N° 25.288.016, en su carácter de Presidente Municipal, y la Sra. Mireya Lopez Bemis, DNI N° 12.426.693, en su carácter de Secretaria de Desarrollo Urbano, y, en virtud del Convenio Marco de Cooperación y Asistencia Reciproca firmado entre las partes en diciembre de 2008 y en vigencia plena, convienen celebrar el presente Acuerdo Específico que se regirá por las siguientes cláusulas y condiciones:
 
CLAUSULA PRIMERA. OBJETO DEL ACUERDO
Este Acuerdo Específico tiene por objeto realizar una jornada de capacitación dirigida al personal de distintas áreas del Municipio de Concordia, destinada al conocimiento y utilización de la información geográfica disponible actualmente Infraestructura de Datos Espaciales, dictada y diseñada por la Universidad Tecnológica Nacional Facultad Regional Concordia.
 
CLÁUSULA SEGUNDA. OBJETIVOS, CONTENIDOS Y DURACION DE LAS JORNADAS
Los objetivos de estas jornadas consisten en brindar a todos los asistentes herramientas de uso práctico para la generación espacial, especialmente dirigidas a aquellos usuarios que actualmente no cuenten con conocimientos previos de georeferenciación y sistemas de información geográfica, y en establecer los mecanismos de comunicación e intercambio de datos que permitan a las distintas áreas del Municipio interactuar en el futuro con el área IDE.
Esta instancia de formación se desarrollará durante todo el mes de mayo de 2023, y se estructurará en cuatro jornadas a dictarse semanalmente, de acuerdo al siguiente cronograma:
JORNADA 1: Presentación institucional, introducción a la Infraestructura de Datos Espaciales (IDE), trabajos desarrollados y capas generadas desde el inicio del convenio UTN-Municipio durante el período 2020-2023, descripción del geoportal Argenmap y herramientas básicas disponibles en el visor web, importancia del trabajo en entorno de bases de datos y conocimiento del software de uso libre utilizado (QGIS), propuestas de herramientas de uso práctico a desarrollar en el transcurso de la capacitación. Presentación de formulario web para definirla composiciones y principales intereses de los asistentes a las jornadas: áreas participantes, conocimientos actuales de informática, propuestas de información a mapear durante 2023, interés de tratar casos específicos del área en estas jornadas, entre otros.
JORNADA 2: Selección y descarga de datos del visor web en formato csv, ingreso al Catálogo de metadatos para la búsqueda y descarga de la información vectorial en formato kml, introducción a las diferencias entre formato vectorial y formato raster, propuestas de geolocalización básica de puntos, líneas y polígonos mediante Google Earth (formatos kml y kmz). Propuestas de cuatro modalidades de interacción con el equipo IDE: 1) información en papel y geoprocesamiento de capas por parte del área IDE, 2) información escaneada y geoprocesamiento de capas por parte del área IDE, 3) generación de información vectorial a cargo de las distintas áreas mediante google Earth y colaboración del equipo IDE en el tratamiento de los atributos geográficos 4) interacción entre cada área y el área IDE mediante mapas compartidos en Google Maps. Introducción aplicaciones web para la realización de encuestas poblacionales. Generación de formularios Google georeferenciados para la creación de mapas temáticos. Presentación de los principales resultados del formulario completado por los asistentes: áreas involucradas e información relevante para mapear durante 2023.
JORNADA 3: Desarrollo de la cuarta modalidad de interacción con el equipo IDE: creación, edición e intercambio de mapas con Google Maps, presentación de la interfaz de usuario, acceso a Mapas y edición mediante My Maps. Crear un nuevo mapa nuevo y asignación de título y descripción. Añadir nuevas capas de información puntos (marcadores de posición), líneas (rutas) y polígonos. Edición de estilos y simbología de las capas. Visualización de capas del visor web de la IDE Concordia en Google Maps (importación desde archivos kml), importación de datos desde planillas de cálculo (convencionales u originadas mediante formularios georeferenciados), corrección de errores comunes en los formatos de coordenadas geográficas, compartir mapas con otros usuarios. Propuesta de actividades para la jornada final: se contempla el agrupamiento de los asistentes por áreas y la selección de una capa temática, el mapeo de la información mediante Google My maps a desarrollarse en el transcurso de la última semana con orientación del equipo IDE en modalidad virtual.
JORNADA.4: presentación y análisis de resultados de las capas elaboradas por las áreas. Presentación de un formulario en papel, donde cada asistente deberá proponer futuras líneas de trabajo y modalidad de intercambio seleccionada, valoración final de las jornadas e interés en realizar futuras capacitaciones en sistemas de información geográfica.
 
CLÁUSULA TERCERA. OBLIGACIONES DE LAS PARTES.
a) DE “LA UTN".
LA UTN será responsable del diseño de contenidos, selección de ejemplos representativos y asistencia remota a los asistentes durante el transcurso de las jornadas.
b) DE "EL MUNICIPIO"
EL MUNICIPIO, se compromete a retribuir estas tareas a través de la donación del siguiente equipamiento destinado al procesamiento de vuelos aerofotogramétricos a cargo del Grupo de Investigación en Hidrología e Hidráulica Aplicada (GIICMA UTN Concordia):
1) Un Smart TV LED 4K 50 pulgadas
2) Un equipo PC con las siguientes características:
• Procesador tipo Intel Core I8
• Memoria 2 módulos de 8 Gb
• HD 2TB o superior
• SSD 500 GB o superior
• Placa de video GeForce GTX 1660 4 Gb o superior
• Sistema Operativo Windows 10 pro 64 bits español, original con Cd instalador + licencia
• Parlantes tipo Genios SP - P10 black
• Monitor Led 24" FULL HD ips
• Disco externo 1 TB o superior Conexión USB 3.0
• UPS Apc B.550ci-ar 550 va 3 Tomas
 El plazo para la entrega del equipamiento se establece en 30 días a parir de la fecha de finalización de las jornadas.
 
CLÁUSULA CUARTA. DE LAS DISCREPANCIAS. EXTINCIÓN DEL ACUERDO ESPECÍFICO.
El acuerdo podrá ser rescindido de forma unilateral por cualquiera de las partes, con aviso previo a la otra con dos meses de anticipación.
Por controversias que puedan surgiren la interpretación de este acuerdo las partes se comprometen a resolver de manera directa y amistosamente, por las instancias jerárquicas que correspondan, los desacuerdos y diferencias que pudieran presentarse en el planteamiento y ejecución de los trabajos conjuntos.
 
En la localidad de Concordia a los 3 días del mes de mayo del año dos mil veintitrés, se formaliza el presente Acuerdo Específico firmando dos ejemplares de un mismo tenor y un solo efecto.
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DECRETO N° 1.065/2.023
Concordia, 3 de agosto de 2023
 
VISTO:
El Decreto N° 1165/2015 por el cual se designa a la Dra. Vizzo Gisela Alejandra a cargo de la Secretaria del Juzgado de Faltas N° 1 y,
 
CONSIDERANDO:
Que desde el año 2015 la Dra. Vizzo viene ejerciendo el cargo de Secretaria del Juzgado de Faltas N° 1 de manera subrogante.
Que este Departamento Ejecutivo a los efectos de cumplir con lo establecido en la normativa vigente, corresponde designar titular del cargo de Secretaria N° 1 del Juzgado de Faltas a la Dra. Vizzo Gisela Alejandra quien reúne los requisitos necesarios exigidos por la normativa vigente, Art. 15 de la Ordenanza N° 17.937 y sus modificatorias, Art. 126 de la Ley Provincial N° 10.027 y sus modificatorias.
Que este Departamento Ejecutivo considera justo y oportuno proceder a cumplir con lo establecido en el Art. 15 de la Ordenanza N° 17.937 y Art. 128 de la Ley Provincial N° 10.027 y sus modificatorias.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Ejecutivo Municipal por la Ley 10027, Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos y su modificatoria ley 10082.
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA
 
ARTICULO 1°.- Desígnese Secretaria del Juzgado de Faltas N" 1 a la Dra. GISELA ALEJANDRA VIZZO, D.N.I N° 32.659.039 - Matricula CAER N° 8907, T° 1 – F° 242 y su pase a planta permanente con categoría 20 conforme lo establecen los Art. 126, 127 y 128 de la Ley Provincial N° 10.027 y modificatorias, a partir del 1° de Junio de 2023, atento a lo expresado en los considerandos del presente.
 
ARTICULO 2°.- Comuníquese, publíquese, tome conocimiento las Direcciones de Recursos Humanos y Liquidación de Haberes, y oportunamente, archívese.
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
ALDO DAMIAN ALVAREZ
Secretario de Gobierno y Hacienda.
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DECRETO N° 1.066/2023.
Concordia, 3 de agosto de 2023
 
VISTO el Decreto N° 1.389/22 con fecha 14 de noviembre de 2.022 y,
 
CONSIDERANDO:
Que en el Art. N° 49° del Decreto N° 1.389/22 fue designada a cargo del Área Sección Alcoholemia y Cierre de la Actividad Comercial, de la Dirección de Inspección General, a la Sra. Gabriela Paola Panozzo Zenere, legajo N° 6704 para el cumplimiento y las funciones establecidas en el Art. 50° del Decreto N° 1388/22.
Que los objetivos fijados oportunamente por el Departamento Ejecutivo Municipal para la citada área, se han cumplido.
Que por lo expuesto, se considera pertinente el dictado del presente dejando sin efecto la designación efectuadas mediante Art. 49° del Decreto N° 1.389/22 de fecha 14 de noviembre de 2.022.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por los Artículos 107° inciso u) de la Ley N° 10.027 - Régimen Municipal - modificada a través de la Ley 10.082, según T.O. Decreto N° 4706/12 del Poder Ejecutivo Provincial.-
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Dejase sin efecto la designación efectuada mediante Articulo N° 50°, del Decreto N° 1.389/22 con fecha 14 de noviembre de 2022.
 
ARTICULO 2°.- Los alcances del presente Decreto comienzan a regir a partir del 31/07/2.023.
 
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
ALDO DAMIAN ALVAREZ
Secretario de Gobierno y Hacienda.
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DECRETO N° 1.093/2.023
Concordia, 7 de agosto de 2023
 
VISTO, el ACUERDO ESPECIFICO suscripto entre la UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA NACIONAL -FACULTAD REGIONAL CONCORDIA-y la MUNICIPALIDAD DE CONCORDIA de la Provincia de ENTRE RIOS, y;
 
CONSIDERANDO:
Que, mediante el referido ACUERDO ESPECIFICO entre la MUNICIPALIDAD DE CONCORDIA y la UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA NACIONAL-FACULTAD REGIONAL CONCORDIA- se tiene por objeto la materialización de un, trabajo colaborativo entre el Municipio e integrantes del Grupo de Investigación en Ingeniería Civil y Medio Ambiente (GIICMA) , de la Regional Concordia de la UTN, en las tareas vinculadas, a la sistematización de la información referente a la georeferenciación y generación de bases de datos de información geográfica relacionada a obras y servicios públicos y variables sociales.
Que asimismo, las demás consideraciones pactadas entre ambas partes, obran en consecutivas cláusulas:
Que, este Departamento Ejecutivo estima atinente ratificar el mencionado ACUERDO ESPECIFICO entre la MUNICIPALIDAD DE CONCORDIA y la UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA NACIONAL -FACULTAD REGIONAL CONCORDIA-, que forma parte integrante de este Decreto.
Que el dictado de la medida se efectúa en, uso de las atribuciones conferidas al Ejecutivo Municipal por el Artículo 107°, Inciso u), de la Ley 10027 - y su Modificatoria - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.-
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Ratifíquese en todos sus términos el ACUERDO ESPECIFICO suscripto entre la MUNICIPALIDAD DE CONCORDIA, representada en este acto por el Sr. Presidente Municipal, Dr. Enrique Tomás CRESTO, D.N.I. N° 25.288.016, con domicilio legal en el Palacio Municipal sito en calle Mitre N° 76, de la ciudad de Concordia, asistido en este acto por la Sra. Secretaria de Desarrollo Urbano, Arq. Mireya Liliana LÓPEZ BERNIS, D.N.I. N° 12.426.693, y por la otra parte, la UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA NACIONAL -FACULTAD REGIONAL CONCORDIA-, representada en este acto por el Ing. José Jorge PENCO, D.N.I. N° 12.126.452 en su carácter de Decano, con domicilio legal en calle Salta N° 277, de esta ciudad; que forma parte integrante del presente Decreto.
 
ARTICULO 2°.- Dispónese que la Secretaría de Gobierno y Hacienda, y la Secretaria de Desarrollo Urbano, tomen debida nota.
 
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, Regístrese, dese a la Secretaria de Gobierno y Hacienda y oportunamente, archívese.-
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
Arq. MIREYA LOPEZ BERNIS
Secretaria de Desarrollo Urbano.
 
ACUERDO ESPECÍFICO
 
Universidad Tecnológica Nacional- Facultad Regional Concordia Municipalidad de Concordia
 
En la Ciudad de Concordia, Provincia de Entre Ríos, a los 20 días del mes de Junio de 2023, entre la Universidad Tecnológica Nacional- Facultad Regional Concordia, en adelante "LA UTN", con domicilio en calle Salta 277, representada en este acto por el Ingeniero JOSÉ JORGE PENCO, DNI N° 12.126.452, en su carácter de Decano y la Municipalidad de la Ciudad de Concordia, en adelante "EL MUNICIPIO", con domicilio en Mitre N° 76 de esta Ciudad, representada en este acto por Don. ENRIQUE TOMÁS CRESTO, DNI N° 25.288.016, en su carácter de Presidente Municipal, y la Sra. MIREYALOPEZBERNIS, DNI N° 12.426.693, en su carácter de Secretaria de Desarrollo Urbano y, en virtud del Convenio Marco de Cooperación y Asistencia Reciproca firmado entre las partes en diciembre de 2008 y en vigencia plena, convienen en celebrar el presente Acuerdo Especifico que se regirá por las siguientes cláusulas y condiciones:
 
Clausula primera. Objeto del Acuerdo.
El presente acuerdo especifico, como se detalla en el Anexo I (Plan de Trabajo) tiene por objeto la materialización de un trabajo colaborativo entre EL MUNICIPIO e integrantes del Grupo de Investigación en Ingeniería Civil y Materiales y Ambiente (GIICMA), de la Regional Concordia de la UTN en las tareas vinculadas a la sistematización de la información referente a la georeferenciación y generación de bases de datos de información geográfica relacionada a Obras y Servicios Públicos y variables sociales.
 
Cláusula segunda. Obligaciones de las partes.
a) De la UTN.
LA UTN se compromete a cumplir con las acciones previstas en el Anexo I (Plan de trabajo) a efectos de alcanzar los objetivos del presente acuerdo. Para ello pondrá a disposición los recursos humanos que considere necesarios para su correcta ejecución en la forma y plazos pautados.
LA UTN se compromete a presentar un informe de avance bimestral. Se hará entrega de la información generada al Municipio, con el cual se trabajará conjuntamente para la generación de una plataforma común de acceso, visualización, consulta y tratamiento de la información geográfica.
b) De EL MUNICIPIO
EL MUNICIPIO, a través de su Área de Informática colaborará en el mantenimiento y actualización de la plataforma web de acceso a la información disponible.
EL MUNICIPIO abonará a LA UTN la suma de $ 432.000 (Pesos Cuatrocientos Treinta y Dos Mil) mensuales durante el período Julio 2023 - Diciembre 2023 destinado a financiar la realización de las tareas propuestas en el plan de trabajo.
Cláusula tercera. De las discrepancias. Extinción del Acuerdo Especifico.
El acuerdo podrá ser rescindido de forma unilateral por cualquiera de las partes, con aviso previo a la otra con dos meses de anticipación.
Por controversias que puedan surgir en la interpretación de este acuerdo las partes se comprometen a resolver de manera directa y amistosamente, por las instancias jerárquicas que correspondan, los desacuerdos y diferencias que pudieran presentarse en el planteamiento y ejecución de los trabajos conjuntos.
 
En la localidad de Concordia a los 20 días del mes de Junio del año dos mil veintitrés, se formaliza el presente Acuerdo Específico firmando dos ejemplares de un mismo tenor y un solo efecto.
 
Anexo I.
Plan de Trabajo.
 
En el primer semestre de 2022 se trabajó en la edición de la capa de curvas de nivel obtenidas a partir del procesamiento del vuelo aerofotogramétrico realizado por el IGN en el año 2021. Las curvas de nivel originales contenían gran cantidad de elementos que individualizaban singularidades (sobreelevaciones asociadas a la presencia de vehículos, vegetación, edificaciones, generalmente curvas cerradas de poca longitud) que fueron filtradas y eliminadas.
Se actualizó el mapa de pavimento y cordón cuneta, incorporando nuevos tramos correspondientes a obras de pavimentación realizadas en el último período y actualizando el grado de avance de las obras.
Se generó un nuevo espacio de trabajo para alojar en el futuro nuevas capas correspondientes al programa de Infraestructura del cuidado, en el que se alojó la capa Centros de Desarrollo Infantil (CDI)
Se publicaron los metadatos de las siguientes capas: ReNaBaP, Edificios de valor patrimonial, delimitación zona de estacionamiento medido, esquinas semaforizadas, bicisendas existentes, nodos de la Red Federal de Fibra óptica (ReFeFo), Red Federal de Fibra Óptica (ReFeFo), Código de Ordenamiento Urbano y Territorial.
Se incorporó al visor web un nuevo espacio de trabajo para alojar las capas de información geográfica vinculadas a la Secretaría de Desarrollo Social, en el que se alojó una nueva capa de Comisiones vecinales (fuente: Dirección de Comisiones Vecinales)
En el espacio de Trabajo Cultura y Educación se incorporó una nueva capa de Talleres barriales (fuente: Dirección de Eventos y Talleres Culturales).
Se delimitaron las jurisdicciones de cada comisaría (capa Secciona les) a partir de información proporcionada por personal de la Comisaría Primera de Concordia (J. J. Castelli 98). Esta información se publicó en el espacio de trabajo Seguridad del visor web.
Se actualizó la capa de obras públicas, incorporando nuevas obras al listado y actualizando el grado de avance de las obras.
En el marco de un acuerdo específico con el Municipio se desarrollaron en el mes de Mayo las jornadas de capacitación en el manejo de la Infraestructura de Datos Espaciales: "Herramientas para la gestión territorial basada en información geoespacial", destinadas a profesionales y técnicos de distintas áreas del Municipio de Concordia. Las jornadas se orientaron a los objetivos de divulgar el potencial de la IDE como herramienta de gestión del territorio desde las diversas perspectivas que lo integran, a articular las modalidades de comunicación e intercambio de datos con cada área, y a proporcionar herramientas de uso práctico para interactuar con la IDE, tanto en la descarga y visualización de datos existentes como en la generación de nueva información 1.
En cuanto a las tareas de divulgación y transferencia al medio, se presentaron los principales resultados de la implementación de la IDE con énfasis en la información de interés para el sector inmobiliario en el 2° Congreso Internacional de Bienes Raíces (Centro Cívico de Concordia, 30 de Junio de 2023)2
Dando continuidad al convenio de asistencia técnica entre la Facultad Regional Concordia de la UTN y la Municipalidad de Concordia se han previsto las siguientes tareas para el segundo semestre de 2023, de acuerdo al cronograma de tareas adjunto:
• Ajuste de manzanas (cordón cuneta)
• Ajuste ejes de calles
• Delimitación de subcuencas hídricas
• Zonas inundables
• Casos de Leishmaniasis
• Microbasurales
• Actividades deportivas
• Salones comunitarios
• Edificios en altura 2010 -2023
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DECRETO N° 1.094/2.023
Concordia, 7 de agosto 2023
 
VISTO, el ACUERDO ESPECIFICO suscripto entre la UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA NACIONAL -FACULTAD REGIONAL CONCORDIA- y la MUNICIPALIDAD. DE CONCORDIA de la Provincia de ENTRE RIOS, y;
 
CONSIDERANDO:
Que, mediante el referido ACUERDO ESPECIFICO entre la MUNICIPALIDAD DE CONCORDIA y la UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA NACIONAL FACULTAD REGIONAL CONCORDIA- se tiene por objeto la materialización de un trabajo colaborativo entre el Municipio e integrantes del Grupo de Investigación en Ingeniería Civil y Medio Ambiente (GIICMA),de la Regional Concordia de la UTN, en las tareas vinculadas a la realización de estudios de tránsito y los trabajos que resulten necesarios en el marco del desarrollo del Plan de Movilidad Urbana, conforme a lo establecido en su Cláusula Primera.
Que asimismo, las demás consideraciones pactadas entre ambas partes, obran en consecutivas cláusulas.
Que, este Departamento Ejecutivo estima atinente ratificar el mencionado ACUERDO ESPECIFICO entre la MUNICIPALIDAD DE CONCORDIA y la ÚNIVERSIDAD TECNOLÓGICA NACIONAL -FACULTAD REGIONAL CONGORDIA, que forma parte integrante de este Decreto.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Ejecutivo Municipal por el Artículo 107°, Inciso u), de la Ley 10027- y su Modificatoria - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.-
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA
 
ARTICULO 1°.- Ratifíquese en todos sus términos el ACUERDO ESPECIFICO suscripto entre la MUNICIPALIDAD DE CONCORDIA, representada en este acto por el Sr Presidente Municipal, Dr. Enrique Tomás CRESTO, D.N.I. N° 25.288.016, con domicilio legal en calle Bartolomé Mitre N° 76 de esta ciudad, asistido en este acto por la Sra. Secretaria de Desarrollo Urbano, Arq. Mireya Liliana LÓPEZ BERNIS, D.N.I. N° 12.426.693, y por la otra parte, a UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA NACIONAL - FACULTAD REGIONAL CONCORDIA -, representada en este acto por el Sr. Decano Ing. José Jorge PENCO, D.N.I N° 12.126.452 con domicilio legal en calle Salta N° 277, de esta ciudad y el Prof. Jorge Daniel SOTA, en su carácter de Director del Grupo de Investigación en Ingeniería Civil y Medio Ambiente (GIIMA); que forma parte integrante del presente Decreto.
 
ARTICULO 2°.- Dispónese que la secretaría de Gobierno y Hacienda, y la Secretaria de Desarrollo Urbano, tomen debida nota.
 
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese, dese a la Secretaría de Hacienda; y oportunamente, archívese.
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
Arq. MIREYA LOPEZ BERNIS
Secretaria de Desarrollo Urbano.
 
ACUERDO ESPECÍFICO
 
Universidad Tecnológica Nacional- Facultad Regional Concordia Municipalidad de Concordia
 
En la Ciudad de Concordia, Provincia de Entre Ríos, a los 20 días del mes de junio de 2023, entre la Universidad Tecnológica Nacional -- Facultad Regional Concordia, en adelante "LA UTN", con domicilio en calle Salta 277, representada en este acto por el Ingeniero JOSÉ JORGE PENCO, DNI N° 12.126.452, en su carácter de Decano y el Prof. JORGE DANIEL SOTA en su carácter de Director del GIICMA; y la Municipalidad de la Ciudad de Concordia, en adelante "EL MUNICIPIO", con domicilio en Mitre N° 76 de esta Ciudad, representada en este acto por Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO, DNI N° 25.288.016, en su carácter de Presidente Municipal y la Sra. MIREYA LOPEZ BERNIS, DNI N° 12.426.693, en su carácter de Secretaria de Desarrollo Urbano, y, en virtud del Convenio Marco de Cooperación y Asistencia, Reciproca firmado entre la partes en diciembre de 2008 y en vigencia plena, convienen en celebrar el, presente Acuerdo Especifico que se regirá por las siguientes cláusulas y condiciones:
 
Clausula primera. Objeto del Acuerdo
Se propone dar continuidad al objetivo general de aportar asistencia técnica especializada en materia de movilidad urbana al municipio de la ciudad de Concordia.
Los objetivos específicos de la asistencia especializada serán los siguientes:
Participar de comisiones de trabajos para realizar estudios complementarios.
Asistir y aconsejar sobre el Plan Urbano, en lo concerniente a la movilidad urbana.
Analizar y proponer actualizaciones de la normativa para la mejora de la movilidad urbana.
Recopilación de información y estadísticas de movilidad urbana.
 
Cláusula segunda. Obligaciones de las partes.
a) De la UTN.
LA UTN se compromete a cumplir con las acciones previstas en el Anexo I (Plan de trabajo) a efectos de alcanzar los objetivos del presente acuerdo. Para ello pondrá a disposición los recursos humanos que considere necesario para su correcta ejecución en la forma y lazos pautados.
LA UTN se compromete a presentar un informe de avance bimestral. Se hará entrega de la información generada al Municipio, con el cual se trabajará conjuntamente.
b) De EL MUNICIPIO
EL MUNICIPIO, a través de sus diversas áreas colaborará con la UTN en la elaboración del Plan de Movilidad Urbana
EL MUNICIPIO abonará a LA UTN la suma de $ 432.000 (Pesos cuatrocientos treinta y dos mil) mensuales durante el período julio 2023 - diciembre 2023, destinado a financiar la realización de las tareas propuestas en el plan de trabajo.
 
Cláusula tercera. De las discrepancias. Extinción del Acuerdo Específico.
El acuerdo podrá ser rescindido de forma unilateral por cualquiera de las partes, con aviso previo a la otra con dos meses de anticipación.
Por controversias que puedan surgir en la interpretación de este acuerdo las partes se comprometen a resolver de manera directa y amistosamente, por las instancias jerárquicas que correspondan, los desacuerdos y diferencias que pudieran presentarse en el planteamiento y ejecución de los trabajos conjuntos.
En la localidad de Concordia a los 20 días del mes de junio del año dos mil veintitrés, se formaliza el presente Acuerdo Específico firmando dos ejemplares de un mismo tenor y un solo efecto.             .
 
ANEXO
 
ASISTENCIA TÉCNICA ESPECIAUZADA EN MOVILIDAD URBANA
 
A. PLAN DE TAREAS
 
La presente propuesta tiene como objetivo brindar un amplio y especializado asesoramiento técnico a la Municipalidad de Concordia en materia de movilidad urbana. A continuación, se detallan las tareas adicionales a las ya mencionadas:
  • Presentación del proyecto "par Tavella-Veiga": Se realizará una presentación exhaustiva del proyecto "par Tavella-Veiga", el cual fue propuesto en etapas anteriores. En esta presentación se incluirá el tratamiento de la movilidad ciclista, los carriles bus, la señalización horizontal y vertical, y la semaforización.
  • Análisis del impacto en el estacionamiento de la red de ciclovías y bicisendas:
Se llevará a cabo un análisis para determinar el impacto y mitigación de conflictos por la implementación de la red de ciclovías y bicisendas en el estacionamiento de la ciudad. Esto implicará evaluar la disponibilidad y distribución de espacios de estacionamiento, identificar los conflictos y proponer soluciones que permitan conciliar la movilidad ciclista y el estacionamiento de vehículos.
  • Asistencia en la fase de implementación de obras de ciclovías y bicisendas:
actualmente se encuentran en marca obras de construcción de nuevos corredores de ciclovías, por lo tanto, se continuará brindando asistencia técnica durante la fase de implementación. Esto podrá incluir el seguimiento de los procesos de construcción y la realización de recomendaciones.
  • Asistencia en resoluciones de conflictos y problemáticas viales y de movilidad:
Se proporcionará asistencia técnica para resolver conflictos y problemáticas viales y de movilidad que puedan surgir en diferentes sectores de la ciudad. Esto implicará analizar las situaciones específicas, proponer soluciones viables brindar apoyo en la implementación de las medidas necesarias para mejorar  la seguridad y la eficiencia del sistema de tránsito y transporte.
  • Asistencia en situaciones generadas por las tareas anteriores:
tareas mencionadas anteriormente, se brindará asistencia en cualquier otra situación que se pueda generar como consecuencia de las acciones y propuestas implementadas. Esto incluirá la atención de consultas, la resolución del problema imprevisto y la adaptación de estrategias en función de las necesidades emergentes.
normativa regulatoria relacionada con la movilidad sostenible. Esto implica analizar las mejores prácticas y estándares nacionales e internacionales, así como las necesidades y características específicas de Concordia, a fin de proponer un marco normativo adecuado que promueva y regule la movilidad sostenible en la ciudad. El objetivo es establecer un marco legal sólido que fomente la adopción de prácticas de movilidad sostenible y contribuya a la creación de una ciudad más amigable con el medio ambiente.
  • Análisis y propuestas de mejoras para el sistema de transporte público por colectivos: Se realizará un análisis completo del sistema de transporte público por colectivos de la ciudad, tomando en consideración los recorridos existentes y la base de datos del SUBE, recientemente implementado. Se identificarán posibles mejoras en términos de eficiencia, frecuencia, cobertura y accesibilidad, con el objetivo de ofrecer un servicio de transporte público de calidad que responda a las necesidades de la comunidad. Este punto dependerá de la accesibilidad a los datos del sistema SUBE.
B. ALCANCES
La presente propuesta tiene como alcance general el asesoramiento técnico especializado sobre la base de información existente en la Municipalidad de Concordia, en caso de no existir información de base suficiente, se propondrá la realización de estudios particulares no alcanzados por este convenio.
Finalmente, a partir de este convenio surge una oportunidad de propiciar el crecimiento de los cuadros internos de la Municipalidad, quienes a través del contacto con personal idóneo en la temática de transporte podrán capacitarse, a los efectos de brindar un mejor servicio a la comunidad en su conjunto.
C. DURACION
Duración del anexo seis meses, desde Julio de 2023 a Diciembre del 2023.
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DECRETO N° 1.095/2.023.
Concordia, 8 de agosto de 2.023
 
VISTO que mediante Ordenanza N° 38.065 se promulgó la modificación del Presupuesto General de la Administración Municipal para el Ejercicio Económico 2.023 y,
 
CONSIDERANDO:
Que este Departamento Ejecutivo Municipal a los fines de una correcta registración de la "información presupuestaria debe efectuar la distribución administrativa pertinente de los créditos presupuestarios aprobados en las Ordenanzas citadas en el Visto.
Que la Dirección de Planificación y Presupuesto y la Secretaría de Gobierno y Hacienda han tomado conocimiento y la intervención de su competencia.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por los Artículos 107° incisos q) y u) y 155° de la Ley N° 10.027- Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Dispónese la distribución de las partidas de la Modificación del Presupuesto de Gastos de la Administración Pública Municipal para el Ejercicio Económico 2.023, establecidas en el Articulo 1° de la Ordenanza N° 38.065, de acuerdo a la planilla analítica que forman parte integrante del presente Decreto.
 
ARTICULO 2°.- Remítase copia del presente al Honorable Concejo Deliberante los fines de su conocimiento y demás efectos.
 
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
ALDO DAMIAN ALVAREZ
Secretario de Gobierno y Hacienda.
 
ANEXO
 
0.4.90.01.03.04.34.02 Gobierno 54,000,000
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
ALDO DAMIAN ALVAREZ
Secretario de Gobierno y Hacienda..
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DECRETO N° 1.096/2.023
Concordia, 8 de agosto de 2023
 
VISTO la Prórroga del Contrato de Locación de Inmueble suscripto el 1°de julio de 2020 y sus modificaciones de fecha 1° de julio de 2022, del 30 de diciembre del 2022 y 30 de marzo de 2023, entre la Municipalidad de Concordia, representada por el Sr. Presidente Municipal, Dr. Enrique Tomás Cresto, asistido por el Secretario de Gobierno y Hacienda, Aldo Damián Alvarez, por una parte y la Señora Evelina Leoni Sarrailh, representada por la Sra. Marcela Edith Sarrailh, en su carácter de apoderada y
 
CONSIDERANDO:
Que la presente prorroga de locación de inmueble tiene como finalidad continuar con el funcionamiento del Instituto de Viviendas y Tierras Autárquico Municipal en dicha propiedad, teniendo en cuenta el lugar estratégico que tiene dicho inmueble dada la cercanía al Municipio y la seguridad.
Que el ARTÍCULO SEGUNDO establece un plazo de vigencia de DOS (02) MESES contados a partir del 1° de Julio de 2023 hasta el 31 de agosto de 2023.
Que el ARTICULO TERCERO establece el precio de la locación y los importes por periodos que se deberán abonar hasta la finalización del contrato.
Que la presente prórroga del contrato de locación consta de ocho (8) articulas.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Ejecutivo Municipal por el artículo 107°, Incisos ñ), q) y u) de la Ley N° 10027 y sus modificaciones y Ley 10082 Modificatoria -. Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos, según T.O. Dto. 4706/12 del Poder Ejecutivo Provincial.
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Ratificase en todos sus términos la Prorroga de Contrato de Locación de Inmueble suscripto el 1° de julio de 2020 y su modificaciones de fecha 1° de julio de 2022, del 30 de diciembre del 2022 y 30 de marzo de 2023, entre la Municipalidad de Concordia, representada por el Sr. Presidente Municipal, Dr. Enrique Tomás Cresto, asistido por el Secretario de Gobierno y Hacienda, Aldo Damián Alvarez, por una parte y la Señora Evelina Leoni Sarrailh, representada por la Sra. Marcela Edith Sarrailh, en su carácter de apoderada, el cual consta de ocho (8) artículos y cuyo texto forma parte del presente Decreto como ANEXO I, según los motivos expresados en los considerandos precedentes.
 
ARTICULO 2°.- Dispónese abonar a la Señora Evelina Leoni Sarrailh DNI 10.487.591: desde el 1/7/2023 hasta el 31/08/2023 la suma de pesos TRESCIENTOS CINCUENTA MIL con 00/100 ($ 350.000,00) por mes. Dicho precio deberá ser abonado dentro del 1 y 10 de cada mes, estando el locador obligado a entregar factura de pagos recibidos.
 
ARTICULO 3°.- Facultase a la Secretaria de Hacienda y Finanzas Públicas a instrumentar las medidas necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente.
 
ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
ALDO DAMIAN ALVAREZ
Secretario de Gobierno y Hacienda
 
PRORROGA DE CONTRATO DE LOCACION de fecha 01-07 -2020 SUSCRIPTO ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE CONCORDIA Y EVELINA LEONI SARRAILH
 
En la ciudad de Concordia, Provincia de Entre Ríos, al primer (1) día del mes de Julio del año2023, entre la Municipalidad de Concordia CUIT N° 30-99901172-8 con domicilio legal en calle Bartolomé Mitre N° 76 de esta ciudad, representada en este acto por el Sr. Presidente Municipal, Dr. Enrique Tomás CRESTO DNI N° 25.288.016 asistido por el Secretario de Gobierno y Hacienda, Sr. Aldo Damián ÁLVAREZ., D.N.I N° 28.678.201 por una parte, en adelante LA LOCATARIA y por la otra, la Sra. Evelina Leoni SARRAILH CUIT N° 27-10487591-8, con domicilio en calle Avenida del Libertador N° 356 Piso 8 Depto. B de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en adelante LA LOCADORA, representada en este acto por la Sra. Marcela Edith Sarrailh D.N.I N° 12.426.821 en su carácter de apoderada, ambos en adelante "LAS PARTES", se procede a celebrar la siguiente PRORROGA DE CONTRATO DE LOCACIÓN DE INMUEBLE suscripto por las partes el día 1 de julio de 2.020 y sus modificaciones de fecha 1 de Julio de 2.022, 30 de Diciembre de 2.022 y 30 de Marzo del 2.023 con sujeción a las siguientes clausulas a saber:
ARTICULO 1°.- LA LOCADORA en su carácter de propietaria, da en locación a LA LOCATARIA quien toma y acepta de conformidad, un bien inmueble sito en calle Hipólito Irigoyen N° 696 de la Cuidad de Concordia, Provincia de Entre Ríos, Partida Provincial N° 4861/5, que consta de un total de 349;13 mts2 y 300,09 mts2 cubiertos; esto es, 8 habitaciones, 2 baños, 1 cocina, hall central, patio garaje y altillo. Se trata de una propiedad antigua reciclada, con sus instalaciones eléctricas trifásicas nuevas, habitaciones con luz natural, pisos de pinotea, con todas sus ventanas, postigones y puertas y equipos de aire acondicionado en perfecto estado de funcionamiento.
ARTICULO 2°.- El plazo de duración de esta prórroga se conviene por el término de DOS (02) MESES, comenzando el 1° de Julio de 2.023 y venciendo el día 31 de Agosto de 2.023 manifestando las partes que LA LOCATARIA se encuentra en posesión del inmueble. 
Vencido que sea el plazo de locación LA LOCATARIA se compromete a restituir el bien libre de ocupantes y en buenas condiciones de uso y habitación tan solo con el normal deterioro del paso del tiempo. Esto es, deberán dejarse las instalaciones en perfecto estado de limpieza, colocación de vidrios faltantes, reparación de la puerta de entra con todas las instalaciones eléctricas con capacidad de ser utilizadas así como los aparatos de aire acondicionado y todo otro aquello que presente signos de deterioro.-
ARTICULO 3°.- Las partes convienen expresamente que el alquiler será pagado a mes adelantado por el intermedio de la Tesorería de la Municipalidad de Concordia, en forma mensual del 01 al 10 de cada mes, estableciéndose el monto total de la presente locación en la suma de PESOS SETECIENTOS MIL ($ 700.000,00), monto que será abonado de forma mensual por el plazo de prorroga en la suma de PESOS TRESCIENTOS CINCUENTA MIL ($ 350.000,00.-).-
ARTICULO 4°.- La presente locación será destinado al funcionamiento del Instituto de Viviendas y Tierras Autárquico Municipal.
ARTICULO 5°.- Estarán a carga de LA LOCADORA: el pago de la Tasa Comercial impuesto inmobiliario provincial (ATER), Ingresos brutos, impuesto de retención de ganancias, y además contribuciones, nacionales, provinciales o municipales, que graven la actividad desarrollada por LA LOCATARIA en el inmueble locado. Por su parte LA LOCATARIA, tomará a su cargo el pago de los servicios de consumo de energía eléctrica, agua corriente y tasa general inmobiliaria (TGI)., los que deberán encontrarse al día a la fecha de terminación del Contrato.-
ARTICULO 6°.- LA LOCATARIA se compromete al pago correspondiente a los meses de abril, mayo y junio, dentro de los próximos 15 días hábiles de firmado el presente acuerdo, cursados por expedientes N° 1330334 - Externo (meses abril y mayo) y N° 43 I 2023 - Interno (mes de junio).-
ARTICULO 7°.- Las partes suscriptoras del presente dejan expresa constancia que para todas las cuestiones no previstas expresamente en este contrato, serán de aplicación supletoria las normas administrativas que rija la materia, y en subsidio por las del Código Civil y Comercial que en materia de locación correspondan-
ARTICULO 8°.- Para todos los efectos legales emergentes del presenteoontrato.LAS PARTES fijan como domicilios especiales los mencionados en el exordio, donde serán validas todas las notificaciones y/o intimaciones que se practiquen, ya sean judiciales y/o extrajudiciales, reconociendo la jurisdicción de los Tribunales ordinarios de la Ciudad de Concordia, renunciando a cualquier otro, inclusive el Federal.- Conforme las partes, previa lectura y ratificación, firman dos (02) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en los lugares indicados ut-supra.
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
ALDO DAMIAN ALVAREZ
Secretario de Gobierno y Hacienda.
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DECRETO N° 1.097/2.023
Concordia, 8 de agosto de 2023

VISTO las actuaciones obrantes en el Expediente N° 1626 "D" 2022 y,
 
CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Catastro eleva actas de donación y fichas para transferencia, correspondiente .al plano de Mensura N° 83193, Matrículas N° 115020, N° 122980, N° 123078, N° 123030, N° 110515 y N° 122990, para el espacio destinado a Calle Pública, solicitando la inscripción del inmueble a favor del Municipio en el Registro Público de la Propiedad de la ciudad de Concordia de la Provincia de Entre Ríos, dando cumplimiento a lo establecido en el Código de Ordenamiento Urbano y Territorial, Ordenanza N° 36.536, Titulo 3, Sección 3.2.2 Transferencia del dominio de los espacios públicos.
Que de fojas 2 a 3 vta., obra ficha para la transferencia del espacio donado con destino Calle Pública, Plano de Mensura N° 831.93 del Departamento Concordia - Municipio de Concordia - Planta Urbana- Manzana 1363 (23 "NORTE" - 6 "OESTE"), con una superficie total de Trescientos Cuarenta y Cuatro metros cuadrados con Sesenta y Nueve Decímetros Cuadrados (344,69 m2), cuyas medidas, límites y linderos son las siguientes:
Norte: Recta (1 - 6) edificada al rumbo S 77° 00' E de 56,88 m. divisoria con María Cristina Suarez.
Este: Recta (6 -7) alambrada al rumbo S 13° 00' O de 6,06 m. divisoria con Calle Guarumba (Cerrada).
Sur: Recta (7 - 8) amojonada al rumbo N 77° 00, O de 56,88 m. divisoria con Calle Guarumba.
Oeste: Recta (8 - 1) amojonada al rumbo N 13° 00' E de 6,06 m. divisoria con Calle Guarumba.
Que de fojas 5 a 10, obran actas de donación de la Señora María Cristina SUAREZ, D.N.I. N° 6.509.630, mediante las cuales, efectúa la donación de la superficie a inscribir, según documentación adjunta al presente, y se encuentra en condiciones de ofrecer en donación el inmueble de referencia.
Que el Departamento Asesoría Legal y Técnica de la Secretaría de Desarrollo Urbano toma intervención de su competencia.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107° inciso u), de la Ley 10027 y su modificatoria, régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA
 
ARTICULO 1°.- Aceptase la donación efectuada por la Señora María Cristina SUAREZ, D.N.I. N° 6.509.630, en su carácter de propietaria del inmueble, correspondiente al Plano de Mensura N° 83193, Matrículas N° 115020, N° 122980, N° 123078, N° 123030, N° 110515 y N° 122990, para el espacio destinado a Calle Pública a favor de la Municipalidad de Concordia, conforme al considerando precedente y a la siguiente descripción:
INMUEBLE: espacio donado con destino a Calle Plano de Mensura N° 83193 del Departamento Concordia - Municipio de Concordia - Planta Urbana - Manzana 1363 (23 "NORTE" - 6 "OESTE"), con una superficie total de Trescientos Cuarenta y Cuatro metros cuadrados con Sesenta y Nueve Decímetros Cuadrados (344,69 m2), cuyas medidas, límites y linderos son las siguientes:
  • Norte: Recta (1 - 6) edificada al rumbo S 77° 00' E de 56,88 m. divisoria con María Cristina Suarez.
  • Este: Recta (6 -7) alambrada al rumbo S 13° 00' O de 6,06 m. divisoria con Calle Guarumba (Cerrada).
  • Sur: Recta (7 - 8) amojonada al rumbo N 77° 00' O de 56,88 m. divisoria con Calle Guarumba.
  • Oeste: Recta (8 - 1) amojonada al rumbo N 13° 00' E de 6,06 m. divisoria con Calle Guarumba.
 
ARTICULO 2°.- Establécese que los gastos resultantes de la presente tramitación sean a cargo de la Municipalidad de Concordia.
 
ARTICULO 3°.- Facúltase a la Asesora legal y Técnica, Dra. María Magdalena PONTI, Matrícula N° 5124 F° 140 TI, dependiente de la Secretaría de Desarrollo Urbano, a efectuar las gestiones administrativas y/o judiciales, tendientes a cumplimentar las inscripciones de dominio del inmueble en cuestión.
 
ARTICULO 4°.- Gírese a conocimiento del Departamento Asesoría legal y Técnica dependiente de la Secretaría de Desarrollo Urbano, debiéndose dar intervención a la Dirección de Catastro y en su oportunidad, a la Dirección de Rentas, ambas, dependientes de la Secretaría de Gobierno y Hacienda.
 
ARTICULO 5°.- Comuníquese, publíquese, regístrese, dése a la Secretaría d, e Gobierno y Hacienda y oportunamente, archívese.
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
Arq. MIREYA LOPEZ BERNIS
Secretaria de Desarrollo Urbano.
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DECRETO N° 1.098/2.023.
Concordia, 8 de agosto de 2023
 
VISTO el DECRETO N° 2.401 M.E.H.F. EXPTE N° 2.841.320/23 y;
 
CONSIDERANDO:
Que por tales cuestiones se hace imprescindible ampliar el Presupuesto 2023.
Que la presente medida se dicta de conformidad a lo dispuesto en el Articulo N° 8 de la Ordenanza de Presupuesto 2023 N° 37.880 que faculta al Departamento Ejecutivo Municipal a ampliar el mismo por nuevos y mayores ingresos con afectación especifica, con la condición de la comunicación previa de realizar tales ampliaciones al Concejo Deliberante.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por los Artículos 107° de la ley N° 10.027 - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos y sus modificatorias.
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Apruébese la modificación al Presupuesto General de la Administración Municipal conforme se dispone en los artículos siguientes.
 
ARTICULO 2°.- Amplíese en la suma de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES ($ 250.000.000) el Cálculo de Recursos de la Administración Municipal correspondiente al Ejercicio 2023 destinados a atender los gastos fijados en el Artículo 3° del presente Decreto.
 
ARTICULO 3°.- Amplíese el Presupuesto General de gastos al Ejercicio 2023, en la partida presupuestaria 0.4.90.01.03.04.34.02 de la Jurisdicción Secretaria de Gobierno y Hacienda en la suma de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES ($ 250.000.000).
 
ARTICULO 4°.- Comuníquese al Honorable Concejo Deliberante con copia del presente Decreto, la utilización de la facultad del Artículo 8° de la Ordenanza 37.880.
 
ARTICULO 5°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
ALDO DAMIAN ALVAREZ
Secretario de Gobierno y Hacienda.
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DECRETO N° 1.100/2.023
Concordia, 8 de agosto de 2.023
 
VISTO la necesidad de disponer de un Fondo Fijo para la Sub Secretaria de Hacienda dependiente de la Secretaria de Gobierno y Hacienda, y
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo con las tareas asignadas y los gastos diarios que se generan y que son necesarios solucionar en forma inmediata, se considera conveniente asignar un fondo fijo mensual de PESOS OCHENTA MIL CON 00/100 ($ 80.000,00).
Que por Decreto N° 895/2.023 se designa a la Cra. Juliana García Maciel como Subsecretaria de Hacienda de la Municipalidad de Concordia.
Que por Expediente N° 892 S/2.023 se tramita el cierre de la Caja Menor de la Cra. Mónica Liliana Lifschtiz.
Que la Secretaria de Gobierno y Hacienda ha tomado intervención de su competencia.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Ejecutivo Municipal por Ley N° 10.027 y modificatorias-Régimen Municipal de Entre Ríos.
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA
 
ARTICULO 1°.- Dispónese la habilitación de un Fondo Fijo para la Subsecretaria de Hacienda, a nombre de la Cra. Juliana García Maciel D.N.I. 27.590.634 por la suma de PESOS OCHENTA MIL CON 00/100 ($ 80.000,00) debiendo darse cumplimiento a lo establecido en el Decreto 29.708/97, y en un todo conforme a los considerandos obrantes en el presente. 
 
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
ALDO DAMIAN ALVAREZ
Secretario de Gobierno y Hacienda.
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DECRETO N° 1.101/2.023
Concordia, 9 de agosto de 2023
 
VISTO Decreto N° 1.082/2023 de fecha 04/08/2023 obrante en el Expediente Interno N° 121/U/2023 y,
 
CONSIDERANDO:
Que la Contaduría Municipal informa que no puede emitir Orden de Pago habida cuenta que uno de los beneficiarios del Programa Construyendo Futuro 2023 ha sido contratado por esta Municipalidad.
Que a los efectos de evitar posibles perjuicios fiscales al municipio, correspondería dejar sin el beneficio económico ya que no se estaría cumpliendo con el objetivo del Programa que es la inserción sociolaboral.
Que por lo expuesto corresponde rectificar el Artículo 1° y modificar el Anexo del Decreto N° 1.082 de fecha 04/08/2023.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Ejecutivo Municipal por el Artículo 107°, Incisos ñ) y u) de la Ley N° 10.027 y modificatorias- Régimen Municipal.
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL.
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Rectificase el ARTICULO 2° del Decreto N° 1082/2023 de fecha 04/08/2023 el que quedara redactado de la siguiente manera: "ARTICULO 2°.- Reconócese y apruébese el presente gasto por la suma total de PESOS SETECIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL ($ 785.000,00.-) y declárese de legítimo abono dicho importe a los beneficiarios del Programa Construyendo Futuro 2023 que como Anexo, forman parte de este Decreto, conforme los importes que en cada caso se especifican'', en virtud de lo expuesto.
 
ARTICULO 2°.- Modificase el Anexo del Decreto N° 1082/2023 de fecha 04/08/2023 el que quedara redactado de la siguiente manera:
 
ANEXO I Julio 2023
 
Nombre y Apellido Dni Monto a Percibir
1 Zubizarreta Antonella Soledad 44820361
$ 37.500,00
2 Gonzalez Patricia Noemi 22015958
$ 23.750,00
3 Leiva Yohanna Estefania 37112236
$ 53.750,00
4 Rios Sonia Magdalena 30783770 $ 29.375,00
5 Flores Brian David 39684172 $ 72.500,00
6 Caraballo Miqueas Renzo 41907551
$ 72.500,00
7 Sanchez Eduardo Alexis 43413696
$ 73.750,00
8 Rivero Griselda Noemi 36695472 $ 72.500,00
9 Barboza Guilermo Daniel 34040176
$ 97.500,00
10 Sanchez Gisela Marina 26964449
$ 81.875,00
11 Gallegos Jorge Daniel 45338101 $ 47.500,00
12 Espindola Brian Elias 40692980 $ 85.000,00
13 Ozuna Yohanna Zunilda 40805181
$ 37.500,00
 
ARTICULO 3°.- Gírese a Contaduría a sus efectos.
 
ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archivase.
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
Dra. MARIA DE LOS ANGELES PETIT
Coordinadora de Asuntos Estratégicos
a/c Coordinadora General de U.D.A.A.P.A.
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RESOLUCIÓN EDOS N° 458/2023
Concordia, 09 de agosto de 2023
 
El Expediente N° 194 "B"/2023 correspondiente al llamado a Licitación Pública N° 11/23 "PROVISIÓN DE MATERIALES Y MANO DE OBRA PARA AMPLIACION RED COLECTORA CLOACAL BARRIO LAVARDEN CIUDAD DE CONCORDIA", y
 
CONSIDERANDO:
Que en dicho Expediente, la Interventora Técnica del E.D.O.S, solicita la adquisición de materiales y contratación de mano de obra a utilizarse en la ejecución de la obra.
Que la División de Compras y Suministros ha confeccionado el pliego de bases y condiciones particulares y especificaciones técnicas para la adquisición mencionada en el considerando anterior.
Que dicho gasto ha sido imputado por la Oficina de Presupuesto en la partida 61.01- TRABAJOS PÚBLICOS-
Que la fecha de apertura de las ofertas fijada por la División de Compras y Suministros del E.D.O.S. es el día 25 de agosto de 2023.
Que esta intervención ha autorizado el presente gasto.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanza de Autarquía N° 31762 y su Decreto Reglamentario N 142/2016.
 
Por ello,
 
LOS INTERVENTORES DEL E.D.O.S.
RESUELVEN:
 
ARTÍCULO 1°.- Dispónese aprobar la documentación correspondiente al llamado a Licitación Pública N° 11/23 para la adquisición de materiales y mano de obra necesarios en la ejecución de la obra ampliación red cloacal B° Lavardén y al pliego que como anexo integra la presente y que se identifica como "LICITACIÓN PUBLICA N° 11/2023 - "PROVISIÓN DE MATERIALES Y MANO DE OBRA PARA AMPLIACION RED COLECTORA CLOACAL BARRIO LAVARDEN" y cuyos antecedentes obran en Expediente. N° 194 "B"/23.
 
ARTÍCULO 2°.- Apruébese el Presupuesto Oficial de pesos: sesenta y siete millones seiscientos sesenta y nueve mil seiscientos treinta y nueve con 66/100 ($ 67.669.639,66).
ARTICULO 3°.- Confórmese la Comisión Evaluadora de acuerdo a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones particulares.
 
ARTICULO 4º.- Girar a la División de Compras y Suministros a los efectos dispuestos, y, posteriormente, Regístrese, Notifíquese y oportunamente Archívese.
 
VANESA LEONARDELLI
Intervención Técnica
EDOS
CPN LUIS EDGARDO MOSNA
Interventor Área
Administrativa y Económica EDOS
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LICITACION PUBLICA N° 11/2023
 
OBJETO: “PROVISION DE MATERIALES Y MANO DE OBRA PARA COMPLETAMIENTO DE REDES CLOACALES – B° LAVARDEN – CIUDAD DE CONCORDIA”
 
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES: Retirar de la División de Compras y Suministros hasta el día 24/08/2023, Ente Descentralizado Obras Sanitarias, Concordia, Entre ríos N° 1300, en días hábiles de 7 a 12 horas. Teléfono: 1210021 Int. 329. e-mail: comprasedos@gmail.com
 
APERTURA DE LAS PROPUESTAS: 25 de Agosto de 2.023, a las 10:00 horas.
 
PRESUPUESTO OFICIAL: $ 67.669.639,66
 
VALOR DEL PLIEGO: PESOS CIN MIL con 00/100 ($ 100.000.00).
 
Div. de Compras y Suministros, 10 de Agosto de 2.023.