ARTÍCULO 1°.- Ratifíquese en todos sus términos el Convenio suscripto entre la Municipalidad de Concordia, con domicilio en calle Mitre N° 76 de la ciudad de Concordia, representada por su Presidente Municipal, Dr. FRANCISCO AZCUÉ, asistido por el Secretario de Gobierno, Dr. Luciano Dell'Olio, por una parte y por la otra la RPB SA, representada por Rufino Pablo Baggio en su carácter de Presidente. Que consta de diez Clausulas y que como anexo forma parte integrante del presente Decreto.
ARTICULO 2°.- Comuníquese, regístrese y archívese.
