DecretoPublicación: 14 de agosto de 2023

Decreto N° 1102/2023

Capacitacion para el trabajo en Gestion Integral de Residuos Solidos Urbanos

DECRETO Nº 1102 FECHA: 09.08.2023 PUBLICADO: 14.08.2023 ARTICULO 1°.- Dispónese prorrogar hasta el 30 de noviembre de 2023 inclusive, la vigencia del PROGRAMA "CAPACITACION PARA EL TRABAJO EN GESTION INTEGRAL DE RESIDUOS SOLIDOS URBANOS", implementado en la Unidad de Desarrollo Ambiental y Administración del Parque Abasto, creado mediante Decreto N° 66512023 de fecha 12105/2023, en virtud de los considerandos precedentes.

ARTICULO 2°.- Autorícese la suma total de PESOS CUATRO MILLONES NOVECIENTOS MIL ($4.900.000,00.-) para el periodo comprendido entre el 1 de Octubre de 2023 al 30 de Noviembre de 2023, para el funcionamiento del programa.(=) ARTICULO 3°.- Facultase a la Subsecretaria de Hacienda a realizar las modificaciones presupuestarias pertinentes de la Unidad de Desarrollo Ambiental y Administración del Parque Abasto, con el fin de que la implementación del presente programa no se vea resentido en su implementación.

ARTICULO 4°.- Apruébese el Anexo I, que forma parte del presente.

ARTICULO 5°.- Comuníquese, Publíquese, Regístrese y Archívese.

ANEXO I ACTA DE ACUERDO PROGRAMA "CAPACITACION PARA EL TRABAJO EN GESTION INTEGRAL DE RESIDUOS SOLIDOS URBANOS I" Entre la Municipalidad de Concordia, representado por la Unidad de Desarrollo Ambiental y Administración del Parque Abasto, con domicilio legal en Mitre 76 de esta Ciudad y "LA/EI ENTRENADA/O", D.N.I.N° . C.U.I.L. N° , con domicilio en de la Ciudad de Concordia, Provincia de Entre Ríos, convienen en celebrar el presente Acta Acuerdo. PRIMERA: OBJETO. EL PROGRAMA "CAPACITACION PARA EL TRABAJO EN GESTION INTEGRAL DE RESIDUOS SOLIDOS URBANOS II" tiene por objeto incrementar las competencias, habilidades y destrezas para el trabajo del "LA/EL ENTRENADA/O" a través de su capacitación teórica y del desarrollo de prácticas comunitarias programadas, prestando especial atención a sus necesidades individuales para la consecución de estos objetivos. Se entiende como actividades comunitarias todas aquellas que redunden en beneficios para la comunidad implementadas a través de la Unidad de Desarrollo Ambiental y Administración del Parque Abasto.

SEGUNDA: JORNADA. La jornada a cumplir por "LA/EL ENTRENADA/O" en tareas de capacitación o de práctica efectiva en el lugar de trabajo, será de lunes a viernes y en el horario de 8 a 12hs. Dicha jornada en ningún caso podrá exceder las CUATRO (4) horas diarias ni las VEINTE (20) horas semanales, ni prever un horario fuera del rango comprendido entre las CINCO (5) Y VEINTIDOS (22) horas.

TERCERA: SEDE. Las actividades a cumplimentar por "LA/EL ENTRENADA/O" se desarrollaran en Parque Abasto dependiente de la Unidad de Desarrollo Ambiental y Administración del Parque Abasto. CUARTÁ: "COMPROMISOS. "LA/EL ENTRENADA/O" se compromete a desarrollar adecuadamente las actividades asignadas, cumplir con la jornada acordada; comunicar y justificar sus inasistencias; atender a las sugerencias realizadas por el referente; aceptar y observar las pautas de organización, higiene y seguridad y de conservación de los equipos y herramientas, e informar las dificultades que pudieran entorpecer el normal desarrollo de sus actividades. LA MUNICIPALIDAD se compromete a brindar la infraestructura, insumos y herramientas necesarios para que "LA/EL ENTRENADNO" desarrolle sus actividades y contratar un Seguro de Accidentes Personales a favor de "LA/EL ENTRENADNO".

QUINTA: AYUDA ECONÓMICA. "LA/EL ENTRENADNO" percibirá un incentivo económico mensual, no remunerativo, a cargo de la Municipalidad de Concordia.

SEXTA: CAPACITACIÓN Facultar a la Unidad de Desarrollo Ambiental y Administración del Parque Abasto, a suscribir acuerdos internos destinados a realizar capacitaciones que favorezcan la eficiencia y la eficacia del funcionamiento de la Secretaría nombrada en primer término.

SEPTIMA: CONTROL Y SEGUIMIENTO El control de la participación del "LA/EL ENTRENADNO" efectiva, quedará demostrada mediante la recepción de una planilla de asistencia, la cual deberá ser presentada en forma MENSUAL, debidamente rubricada por autoridad competente y representada ante el Departamento Administrativo y Despacho de la Unidad de Desarrollo Ambiental y Administración del Parque Abasto. Las inasistencias que se produzcan deben estar debidamente justificadas.

OCTAVA: El presente acta de acuerdo, tendrá vigencia desde el 01 de agosto de 2023 al 30 de noviembre de 2023.

En prueba de conformidad se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor, en la Ciudad de Concordia, Provincia de Entre Ríos, a los 01 días del mes de agosto de 2023 (=) Modificado por Decreto Nº 1531-2023

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