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- Anexo I Decreto 1625-2024 Indumentaria y Calzado Personal Secretaria de Desarrollo Urbano.pdf354 KB
DECRETO N° 1.625/2024
Concordia, 26 de noviembre de 2024
VISTO el contenido del Expediente Interno N° 1305 Letra “S” del año 2024, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto del Ejecutivo Municipal N° 1.362/2024, de fecha 16 de Septiembre de 2024, obrante de Fs. 69 a 70, se dispone aprobar el llamado a Licitación Pública Nº 50/2024 para la “ADQUISICIÓN DE INDUMENTARIA Y CALZADO PARA EL PERSONAL DE LA SECRETARIA DE DESARROLLO URBANO”.
Que la Dirección de Presupuesto ha efectuado la Imputación Preventiva correspondiente y la Secretaría de Coordinación de Gabinete y Hacienda, tomó la intervención de su competencia autorizando el gasto.
Que de fojas 71 a 88, constan actuaciones referidas a publicaciones y entrega de Pliegos efectuada por la Dirección de Compras y Suministros de la Licitación antes mencionada.
Que de Fs. 89 a 90, obra Acta de Apertura de fecha 8 de Octubre de 2024, donde consta que la Dirección de Compras y Suministros procedió a la apertura de la mencionada Licitación.
Que a fojas 233, obra Dictamen de la Comisión Evaluadora de fecha 17 de Octubre de 2024, informando que en el acto de apertura se presentaron tres ofertas correspondientes a:
Por lo expuesto, la Comisión Evaluadora a fs. 243 vta., aconseja se adjudique teniendo en cuenta los mencionados informes.
Que según dictamen, la Comisión Evaluadora aconseja se adjudique de acuerdo con el siguiente detalle:
Que además, correspondería desestimar las ofertas presentadas para los ítems 10, 12 y 21 por no cumplir con las características técnicas solicitadas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
Que por lo expuesto, es decisión de este Departamento Ejecutivo adjudicar la compra, conforme a lo considerado precedentemente y desestimar las ofertas presentadas para los ítems 10, 12 y 21 por no cumplir con las características técnicas solicitadas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares; aprobar la documentación obrante a fs. 245 248, para el 2º Llamado a Licitación Pública Nº 50/2024 para la “ADQUISICIÓN DE INDUMENTARIA Y CALZADO PARA EL PERSONAL DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO”, cuyo Anexo IV forma parte del presente Decreto.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107º, incisos ñ), q) y u), de la Ley 10.027 y su modificatoria – Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Apruébese el procedimiento licitatorio obrante en el Expediente Interno Nº 1.305 Letra “S” del año 2024, correspondiente al Llamado a Licitación Pública Nº 50/2024, para la “ADQUISICIÓN DE INDUMENTARIA Y CALZADO PARA EL PERSONAL DE LA SECRETARIA DE DESARROLLO URBANO”, dispuesto mediante el Decreto del Departamento Ejecutivo Municipal Nº 1.362/2024, de fecha 16 de Septiembre de 2024, obrante de Fs. 69 a 70 del presente expediente.
ARTICULO 2°.- Adjudíquese a la firma DISLOPEZ S.R.L. por un importe total de PESOS VEINTIOCHO MILLONES CUATROCIENTOS ONCE MIL CIENTO CINCUENTA Y OCHO ($ 28.411.158,00), conforme a lo considerado precedentemente según Anexo I, que forma parte del presente Decreto.
ARTICULO 3°.- Adjudíquese a la firma WARMA S.A. por un importe total de PESOS CIENTO CATORCE MILLONES OCHOCIENTOS TRECE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA CON 00/100 ($ 114.813.880,00), conforme a lo considerado precedentemente según Anexo II, que forma parte del presente Decreto.
ARTICULO 4°.- Adjudíquese a la firma OTERO MATIAS Y GUIRULA ULYSES RAUL SOCIEDAD DE HECHO por un importe total de PESOS CUARENTA Y CUATRO MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y SIETE ($ 44.392.697,00), conforme a lo considerado precedentemente según Anexo III, que forma parte del presente Decreto.
ARTICULO 5°.- Impútese el presente gasto en el Ejercicio Económico 2024; en las Partidas Presupuestarias:
Nº 0.1.90.01.01.02.20.11 Desarrollo Ambiental $ 1.020.000,00.-
Nº 0.3.20.01.01.02.20.03 Desarrollo Ambiental $ 4.001.400,00.-
Nº 0.3.20.01.01.02.20.11 Desarrollo Ambiental $ 4.250.000,00.-
Nº 0.2.30.01.01.02.20.03 Desarrollo Ambiental $ 21.344.109,00.-
Nº 0.2.30.01.01.02.20.08 Desarrollo Ambiental $ 22.000.000,00.-
Nº 0.2.30.01.01.02.20.11 Desarrollo Ambiental $ 6.560.000,00.-
Nº 0.2.70.01.01.02.20.03 Desarrollo Ambiental $ 7.792.200,00.-
Nº 0.2.70.01.01.02.20.08 Desarrollo Ambiental $ 10.730.000,00.-
Nº 0.2.70.01.01.02.20.11 Desarrollo Ambiental $ 1.480.000,00.-
Nº 0.4.90.01.03.04.34.02 Gobierno $ 9.274.322,00.-
Nº 0.1.90.01.01.02.20.03 Obras Públicas $ 17.766.185,00.-
Nº 0.1.90.01.01.02.20.08 Obras Públicas $ 10.000.000,00.-
Nº 0.1.90.01.01.02.20.11 Obras Públicas $ 2.000.000,00.-
Nº 0.1.90.01.01.02.20.03 Servicios Públicos $ 22.616.804,00.-
Nº 0.1.90.01.01.02.20.08 Servicios Públicos $ 13.000.000,00.-
Nº 0.1.90.01.01.02.20.11 Servicios Públicos $ 3.518.456,50.-
Nº 0.2.90.01.01.02.20.03 Servicios Públicos $ 14.805.202,00.-
Nº 0.2.90.01.01.02.20.08 Servicios Públicos $ 11.000.000,00.-
Nº 0.2.90.01.01.02.20.11 Servicios Públicos $ 4.459.056,50.-
ARTICULO 6°.- Declárese desiertos los ítems 10, 12 y 21.
ARTICULO 7°.- Apruébese la documentación obrante a fs. 245 248, para el 2º Llamado a Licitación Pública Nº 50/2024 para la “ADQUISICIÓN DE INDUMENTARIA Y CALZADO PARA EL PERSONAL DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO”, cuyo Anexo IV forma parte del presente Decreto.
ARTICULO 8°.- Dispónese que a través de la Dirección de Compras y Suministros se realicen las gestiones tendientes para el cumplimiento de la presente disposición.
ARTICULO 9°.- Dispónese que a través de la Dirección de Compras y Suministros se notifique a las firmas DISLOPEZ S.R.L., WARMA S.A. y OTERO MATIAS Y GUIRULA ULYSES RAUL SOCIEDAD DE HECHO, que resultaron adjudicatarios, del contenido del presente acto administrativo, y proceda oportunamente a realizar los trámites correspondientes a la presente adjudicación.
ARTICULO 10°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Secretaría de Coordinación de Gabinete y Hacienda; y oportunamente, archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Arq. ALEJANDRO ERNESTO LOPEZ
DECRETO N° 1.731/2024
Concordia, 20 de diciembre de 2024
VISTO las actuaciones obrantes en el Expediente Interno Nº 1796 ¨D¨ 2024 y,
CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Catastro eleva acta de donación y ficha para transferencia, correspondiente al plano de Mensura Nº 87513, Matrícula Nº 6856/2021, para el espacio destinado a Calle Pública, solicitando la inscripción del inmueble a favor del Municipio en el Registro Público de la Propiedad de la ciudad de Concordia de la Provincia de Entre Ríos, dando cumplimiento a lo establecido en el Código de Ordenamiento Urbano y Territorial, Ordenanza Nº 38104/2023, Titulo 3, Punto 3.2.2 Transferencia del dominio de los espacios públicos.
Que de fojas 2 y fojas 3, obra acta de donación de los Señores Luciano José AVA, D.N.I. 34.681.449 y Lucas Nahuel AVA, D.N.I. 42.308.128, mediante la cual, efectúa la donación de la superficie a inscribir, según documentación adjunta al presente, y se encuentra en condiciones de ofrecer en donación el inmueble de referencia.
Que de fojas 4 a 6 vta., obra ficha para la transferencia del espacio donado con destino Calle Pública, Plano de Mensura Nº 87513 del Departamento Concordia – Municipio de Concordia – Ejido de Concordia – Zona de Chacras – Chacra N° XXI (parte), con una superficie total de 1 Hectárea 00 centiárea 50 áreas, cuyas medidas, límites y linderos son las siguientes:
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107° inciso u), de la Ley 10.027 y su modificatoria, régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTÍCULO 1º.- Aceptase la donación efectuada, por los Señores Luciano José AVA, D.N.I. 34.681.449 y Lucas Nahuel AVA, D.N.I. 42.308.128, en su carácter de propietarios del inmueble, correspondiente al plano de Mensura Nº 87513, Matrícula Nº6856/2021, para el espacio destinado a Calle Pública, a favor de la Municipalidad de Concordia, conforme al considerando precedente y a la siguiente descripción:
INMUEBLE: espacio donado con destino Calle Pública, Plano de Mensura Nº 87513 del Departamento Concordia – Municipio de Concordia – Ejido de Concordia – Zona de Chacras – Chacra N° XXI (parte), con una superficie total de 1 Hectárea 00 centiárea 50 áreas, cuyas medidas, límites y linderos son las siguientes:
ARTÍCULO 2º.- Establécese que los gastos resultantes de la presente tramitación sean a cargo de la Municipalidad de Concordia.
ARTÍCULO 3º.- Facúltase a la Asesora Legal y Técnica, Dra. María Magdalena PONTI, Matrícula Nº 5124 Fº 140 T I, dependiente de la Secretaría de Desarrollo Urbano, a efectuar las gestiones administrativas y/o judiciales, tendientes a cumplimentar las inscripciones de dominio del inmueble en cuestión.
ARTÍCULO 4º.- Gírese a conocimiento del Departamento Asesoría Legal dependiente de la Secretaría de Desarrollo Urbano, debiéndose dar intervención a la Dirección de Catastro y en su oportunidad, a la Dirección de Rentas, ambas, dependientes de la Secretaría de Coordinación de Gabinete y Hacienda.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, regístrese, dése a la Secretaría de Gobierno y Hacienda y oportunamente, archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Arq. ALEJANDRO ERNESTO LOPEZ
DECRETO N° 1.743/2024
Concordia, 26 de diciembre de 2024
VISTO, el traslado solicitado por el Agente Contratado con Aportes MATIAS NICOLAS GUTIERREZ, D.N.I. N°36.102.551, Legajo Nº9984, en Expediente interno Nº71 “G”/2024, y;
CONSIDERANDO:
Que el Agente Contratado con Aportes MATIAS NICOLAS GUTIERREZ, D.N.I. N°36.102.551, Legajo Nº9984, dependiente de la Dirección de Administración y Despacho de la Subsecretaría de Obras Públicas, Secretaría de Desarrollo Urbano, solicita su traslado a la Dirección de Catastro dependiente de la Subsecretaría de Hacienda, Secretaría de Coordinación de Gabinete y Hacienda.
Que el Director de Catastro y la Directora Administración y Despacho, han expresado que no existen objeciones al traslado del interesado.
Que a fojas 4, la Dirección de Recursos Humanos informa que el Agente MATIAS NICOLAS GUTIERREZ, Legajo Nº 9984, D.N.I. N°36.102.551, presta servicios en este Municipio desde el 01 de Octubre de 2.023. Revista como personal Contratado con Aportes. Depende de la Secretaría de Desarrollo Urbano, Departamento Despacho y Administración.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Articulo 107° de la Ley N° 10.027/11 y su modificatoria Ley N°10.082 - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos. Según T.O. Decreto N°4706/12 del Poder Ejecutivo Provincial.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Desaféctese de la Dirección Administración y Despacho dependiente de la Subsecretaría de Obras Públicas, Secretaría de Desarrollo Urbano, al Agente Contratado con Aportes MATIAS NICOLAS GUTIERREZ, D.N.I. N°36.102.551, Legajo Nº9984, por los motivos invocados en los considerandos del presente.
ARTÍCULO 2°.- Aféctese al Agente indicado en el ARTICULO 1°, a la Dirección de Catastro dependiente de la Subsecretaría de Hacienda, Secretaría de Coordinación de Gabinete y Hacienda.
ARTÍCULO 3°.- Impútese lo aprobado en el ARTÍCULO 2º en la partida presupuestaria:
0.1.90.01.01.01/Coordinación de Gabinete y Hacienda (38).
ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y oportunamente, archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA
Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda
Arq. ALEJANDRO ERNESTO LOPEZ
DECRETO N° 1.745/2024
Concordia, 26 de diciembre de 2024
VISTO el Expediente Interno N° 27 Letra “F”/2024, relacionado con la renuncia presentada por la Agente Municipal MARTA ESTELA DEL LUJAN FERNANDEZ, Legajo Nº 3127, DNI Nº 17.309.663 y,
CONSIDERANDO:
Que a fojas 1 del referido expediente obra renuncia presentada por la agente mensual MARTA ESTELA DEL LUJAN FERNANDEZ, Legajo Nº 3127, por razones particulares.
Que la Dirección de Recursos Humanos informa que la Agente MARTA ESTELA DEL LUJAN FERNANDEZ, Legajo Nº 3127, DNI Nº 17.309.663, presta servicios en este Municipio desde el 01/03/2013, revista como personal mensualizado, Categoría 14º del Escalafón Municipal, dependiente de la Secretaría de Salud – Dirección de Especialidades Médicas.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos toma intervención mediante Dictamen Nº 2351/24, indicando que no tiene objeción legal que formular al respecto.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107º) de la Ley Nº 10.027 y modificatorias – Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTÍCULO 1º.- Acéptase la renuncia presentada por la Agente Municipal MARTA ESTELA DEL LUJAN FERNANDEZ, Legajo Nº 3127, DNI Nº 17.309.663, dependiente de la Secretaría de Salud – Dirección de Especialidades Médicas, por razones particulares, a partir del 01/01/2025, en virtud de lo expresado en el considerando de este Decreto y los antecedentes obrantes en el Expediente Interno Nº 27 Letra “F”/2024.
ARTÍCULO 2º.- Remítase a la Dirección de Recursos Humanos a los efectos de tomar conocimiento, proceder a realizar la carga en el legajo electrónico y efectivizar la correspondiente notificación. Cumplimentado, gírese a conocimiento de la Dirección de Liquidación de Haberes y Secretaría de Salud.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Secretaría de Gobierno y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Dr. DIEGO ENRIQUE SAURE
DECRETO N° 1.746/2024
Concordia, 26 de diciembre de 2024
VISTO la rendición de gastos efectuada por el Consejo Municipal de Discapacidad, por la suma total de total de PESOS DOCE MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL CUARENTA Y UNO CON 27/100 ($12.298.041,27), cuyos antecedentes obran en el Expediente Interno Nº 3518 Letra “D”/2024 y,
CONSIDERANDO:
Que dicha rendición corresponde a fondos entregados al mencionado Consejo en virtud de lo dispuesto por Ordenanza Nº 25.965 y modificatorias.
Que en las referidas actuaciones obra presentación efectuada por el Consejo Municipal de Discapacidad, acompañando la documentación pertinente.
Que la Comisión Fiscalizadora del Consejo Municipal de Discapacidad ha efectuado el análisis e informe de su competencia.
Que la Contaduría Municipal informa sobre las presentes actuaciones.
Que a fojas 152 la Dirección de Discapacidad toma intervención y realiza informe relativo a las observaciones realizadas por la Contaduría Municipal.
Que atento a la documentación presentada, los antecedentes obrantes en las actuaciones de referencia y lo informado por la Dirección de Discapacidad, este Departamento Ejecutivo Municipal estima pertinente aprobar la rendición de gastos presentada, como caso de excepción a lo establecido por Decreto Nº 29.708/97.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Ejecutivo Municipal por el Artículo 107º) de la Ley Nº 10.027 y modificatorias -Régimen de la Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase la Rendición de Gastos obrante en el Expediente Interno Nº 3518 Letra “D”/2024, por la suma total PESOS DOCE MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL CUARENTA Y UNO CON 27/100 ($12.298.041,27), efectuada por el Consejo Municipal de Discapacidad, correspondiente a fondos entregados al mencionado Consejo en virtud de lo dispuesto por la Ordenanza Nº 25.965 y modificatorias, como caso de excepción a las disposiciones del Decreto Nº 29.708/97 y modificatorias, de conformidad con lo expresado en el Considerando precedente y los antecedentes y comprobantes agregados al referido Expediente.
ARTÍCULO 2º.- Gírese a Contaduría a sus efectos.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Secretaría de Gobierno y oportunamente archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Dr. DIEGO ENRIQUE SAURE
DECRETO Nº 1.747/2024
Concordia, 26 de diciembre de 224
VISTO el contenido del Expediente Interno N° 45 Letra “H”/2024, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Nº 1.491/ 2.024 de fecha 17 de Octubre de 2024 obrante a fs. 22, se aprueba la documentación para el llamado a Licitación Privada Nº 58/ 2024 para la “Adquisición de Equipamiento Informático para el Concejo Deliberante”
Que se ha confeccionado la documentación pertinente, Pliego de Bases y Condiciones Particulares, Presupuesto Oficial y Planilla Nomencladora para la Licitación antes aludida.
Que a fojas 29, obra Acta de Apertura, de fecha veintinueve de octubre de dos mil veinticuatro donde consta que la Dirección de Compras y Suministros procedió al Acto de Apertura de la mencionada Licitación Privada, informando que:
Corresponde se declare la INADMISIBILIDAD de la oferta.
Corresponde se declare la INADMISIBILIDAD de la oferta.
Corresponde se declare la INADMISIBILIDAD de la oferta.
Que del análisis técnico surge que la única oferta admisible no cumple con los requisitos del sistema operativo exigidos en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
Que por lo expuesto, la Comisión Evaluadora aconseja se desestime la oferta de FRANCISCO MARIANO FONTANINI PACHER de acuerdo al informe técnico que se adjunta.
Que atento a lo informado anteriormente se han declarado Inadmisibles y desestimado las presentaciones de los oferentes (según corresponda), por no cumplir con los requisitos.
Que por lo expuesto, este Departamento Ejecutivo estima conveniente realizar el Segundo llamado a Licitación Privada N° 58/ 2024.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107°, incisos ñ), q) y u) de la Ley 10027 y su modificatoria - Régimen Municipal de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Déjese sin efecto el Decreto Nº 1.681/ 2024 con fecha 09 de Diciembre de 2024.
ARTICULO 2°.- Aprobar las actuaciones del Primer Llamado a Licitación Privada Nº 58/ 2024 “Adquisición de Equipamiento Informático para el Concejo Deliberante” cuyos antecedentes obran en Expediente Interno N° 45 Letra “H”/2024, de acuerdo a los considerandos precedentes.-
ARTICULO 3º.- Declárese Inadmisibles las ofertas presentadas por los proveedores LAQUIDARA MARCELO FABIAN, HASAR SERVICIOS S.R.L. y VARGAS SANTIAGO DANTE YOEL; y Desestimada la oferta del proveedor FONTANINI PACHER FRANCISCO MARIANO del Primer llamado a Licitación Privada Nº 58/ 2024 “Adquisición de Equipamiento Informático para el Concejo Deliberante” cuyos antecedentes obran en Expediente Interno N° 45 Letra “H”/2024, en virtud de lo expresado por la Comisión Evaluadora en fojas 99.
ARTICULO 4°.- Aprobar la documentación para efectuar el Segundo llamado a Licitación Privada Nº 58/ 2024 “Adquisición de Equipamiento Informático para el Concejo Deliberante” cuyos antecedentes obran en Expediente Interno N° 45 Letra “H”/2024, de acuerdo a los considerandos precedentes.-
ARTICULO 5°.- Realícese las publicaciones de Ley.
ARTICULO 6°.- Confórmese la Comisión Evaluadora de acuerdo con lo dispuesto en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares aprobado precedentemente.
ARTICULO 7°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Lic. MAGDALENA RETA DE URQUIZA
Vice Intendente
DECRETO N° 1.751/2024
Concordia, 26 de diciembre de 2024
VISTO, el traslado solicitado por la Agente Contratada con Aportes Rocío del Cielo CONTINANZA, D.N.I. N°42.487.460, Legajo Nº5269, en Expediente interno Nº194 “C”/2024, y;
CONSIDERANDO:
Que la Agente Contratada con Aportes Rocío del Cielo CONTINANZA, D.N.I. N°42.487.460, Legajo Nº5269, dependiente de la Dirección de Talleres y Depósitos, solicita su traslado al Departamento Recursos Humanos, ambos dependientes de la Secretaría de Desarrollo Urbano.
Que el Director de Talleres y Depósitos y la Jefa del Departamento Recursos Humanos de la SDU, han expresado que no existen objeciones al traslado del interesado.
Que a fojas 3, la Dirección de Recursos Humanos informa que la Agente Continanza Rocío del Cielo, Legajo Nº 5269, presta servicios en este Municipio desde el 01 de Octubre de 2.023. Revista como personal Contratado con Aportes. Depende de la Secretaría de Desarrollo Urbano, Dirección de Talleres y Depósitos.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Articulo 107° de la Ley N° 10.027/11 y su modificatoria Ley N°10.082 - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos. Según T.O. Decreto N°4706/12 del Poder Ejecutivo Provincial.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Desaféctese de la Dirección de Talleres y Depósitos y aféctese al Departamento Recursos Humanos, ambos dependientes de la Secretaría de Desarrollo Urbano, a la Agente Contratada con Aportes Rocío del Cielo CONTINANZA, D.N.I. N°42.487.460, Legajo Nº5269, por los motivos invocados en los considerandos del presente.
ARTICULO 2°- Dispónese, que a partir de la vigencia del presente Decreto, se incluya a la Agente Contratada con Aportes Rocío del Cielo CONTINANZA, D.N.I. N°42.487.460, Legajo Nº5269, en el Adicional Único de la Secretaría de Desarrollo Urbano, ratificado mediante Nº759/2.024 de fecha 19/06/2.024, que se liquida bajo el código 883.
ARTÍCULO 3°.- Impútese lo aprobado en los Artículos 1° y 2º en la partida presupuestaria:
0.1.90.01.01.01/03 (Sub. Secretaría de OP).
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y oportunamente, archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Dr. LUCIANO DELL´OLIO
Secretario de Gobierno
Arq. ALEJANDRO ERNESTO LOPEZ
DECRETO N° 1.754/2024
Concordia, 27 de diciembre de 2024
VISTO, el Decreto Nº 1.571/2.024 de fecha 07/11/2.024, cuya copia obra de fojas 68 a 69 del Expediente Nº 409 “S” 2.024; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante el referido Decreto, se dispone la compensación solicitada por la empresa AVA CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS, de José Antonio AVA, C.U.I.T. Nº 20-17.966.193-5, correspondiente a la devolución del saldo adeudado por la mencionada empresa, correspondiente al Anticipo Financiero de la Licitación Pública Nº 84/23 “Provisión de Materiales y Mano de Obra para Obras de Restauración Palacio Arruabarrena – Primera Etapa”, cuyos antecedentes se encuentran en el Expediente Nº 1478 “D” 2023, de acuerdo a convenio de rescisión firmado oportunamente, a deducirse en el trámite de pago gestionado en el Expediente Nº 1338650 correspondiente a la Licitación Pública Nº 37/2023, para la obra: “Provisión de Materiales y Mano de Obra para Construcción de Plaza en Villa Zorraquín” – 2º Llamado, Resolución de Departamento Ejecutivo Nº 3633/2024.
Que en su Artículo 3º por un error involuntario se utilizó la palabra “ingrese” cuando debió ser “transfiérase”.
Que en virtud de lo considerado precedentemente, este Departamento Ejecutivo Municipal considera atinente rectificar el ARTÍCULO 3º del Decreto N° 1.571/2.024, de fecha 07/11/2.024, cuya copia obra de fojas 68 a 69 del Expediente Nº 409 “S” 2.024, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“ARTICULO 3º.- Dispónese, que la Tesorería Municipal una vez realizada la compensación, transfiérase el monto de PESOS OCHO MILLONES NOVENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y DOS CON 60/100 ($ 8.094.342,60), retenido a la empresa AVA CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS, de José Antonio AVA, C.U.I.T. Nº 20-17.966.193-5, en concepto de compensación, a la cuenta bancaria Nº 21200411/67 Municipalidad de Concordia del Banco de la Nación Argentina.”
Que no obstante ello, es decisión de este Departamento Ejecutivo Municipal mantener firme el contenido restante del Decreto N° 1.571/2.024, de fecha 07/11/2.024, cuya copia obra de fojas 68 a 69 del Expediente N° Nº 409 “S” 2.024, dado lo considerado precedentemente.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Ejecutivo Municipal por el Artículo 107°, Incisos ñ), q) y u) de la Ley Nº 10.027 - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Rectifíquese el Decreto N° 1.571/2.024, de fecha 07/11/2.024, cuya copia obra de fojas 68 a 69 del Expediente N° 409 “S” 2.024, en su ARTÍCULO 3º, en virtud de lo considerado precedentemente, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“ARTICULO 3º.- Dispónese, que la Tesorería Municipal una vez realizada la compensación, transfiérase el monto de PESOS OCHO MILLONES NOVENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y DOS CON 60/100 ($ 8.094.342,60), retenido a la empresa AVA CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS, de José Antonio AVA, C.U.I.T. Nº 20-17.966.193-5, en concepto de compensación, a la cuenta bancaria Nº 21200411/67 Municipalidad de Concordia del Banco de la Nación Argentina.”
ARTÍCULO 2°.- Manténgase firme el contenido restante del Decreto Nº 1.571/2.024, de fecha 07/11/2.024, cuya copia obra de fojas 68 a 69 del Expediente N° 409 “S” 2.024.
ARTÍCULO 3°.- Gírese a conocimiento de la Contaduría Municipal y la Tesorería Municipal, luego tomo conocimiento la Subsecretaría de Obras Públicas y el Departamento Asesoría Legal y Técnica, ambas dependientes, de la Secretaría de Desarrollo Urbano, cumplido vuelva a la Dirección de Compras y Suministros.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Secretaría de Gobierno; y oportunamente, archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Arq. ALEJANDRO ERNESTO LOPEZ
Concordia, 26 de noviembre de 2024
VISTO el contenido del Expediente Interno N° 1305 Letra “S” del año 2024, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto del Ejecutivo Municipal N° 1.362/2024, de fecha 16 de Septiembre de 2024, obrante de Fs. 69 a 70, se dispone aprobar el llamado a Licitación Pública Nº 50/2024 para la “ADQUISICIÓN DE INDUMENTARIA Y CALZADO PARA EL PERSONAL DE LA SECRETARIA DE DESARROLLO URBANO”.
Que la Dirección de Presupuesto ha efectuado la Imputación Preventiva correspondiente y la Secretaría de Coordinación de Gabinete y Hacienda, tomó la intervención de su competencia autorizando el gasto.
Que de fojas 71 a 88, constan actuaciones referidas a publicaciones y entrega de Pliegos efectuada por la Dirección de Compras y Suministros de la Licitación antes mencionada.
Que de Fs. 89 a 90, obra Acta de Apertura de fecha 8 de Octubre de 2024, donde consta que la Dirección de Compras y Suministros procedió a la apertura de la mencionada Licitación.
Que a fojas 233, obra Dictamen de la Comisión Evaluadora de fecha 17 de Octubre de 2024, informando que en el acto de apertura se presentaron tres ofertas correspondientes a:
- DISLOPEZ S.R.L. cotizando parcialmente lo solicitado a un importe de PESOS CIENTO CINCUENTA Y TRES MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y SIETE ($ 153.649.837,00). No cotiza 7, 18 y 19.
- WARMA S.A. cotizando lo solicitado a un importe total de PESOS CIENTO OCHENTA Y DOS MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS ($ 182.864.600,00.-).
- MATIAS Y GUIRULA ULYSES RAUL SOCIEDAD DE HECHO cotizando parcialmente lo solicitado a un importe total de PESOS CIENTO CUARENTA Y DOS MILLONES SEISCIENTOS VEINTINUEVE MIL OCHOCIENTOS NUEVE ($ 142.629.809,00.-). No cotiza ítems 5, 6, 7, 16 al 20, 22.
- DISLOPEZ S.R.L. cumple con la presentación de la documentación solicitada en el Artículo 5º del Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
- WARMA S.A. cumple con la presentación de la documentación solicitada en el Artículo 5º del Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
- MATIAS Y GUIRULA ULYSES RAUL SOCIEDAD DE HECHO cumple con la presentación de la documentación solicitada en el Artículo 5º del Pliego de Bases y Condiciones Particulares. No obstante ello, no presenta comprobante de pago de la póliza.
- DISLOPEZ S.R.L. la oferta presenta errores de cálculo por lo que, de acuerdo con lo establecido en el Art 50º de la Ordenanza 34.698, se utilizan los precios unitarios. El total de la oferta asciende a la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA Y TRES MILLONES SETECIENTOS VEINTISIETE MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y SIETE ($ 153.727.837,00).
- WARMA S.A. Lo cotizando como OFERTA PRINCIPAL resulta ser un 41,87% inferior a la Imputación Preventiva. Por su parte, lo cotizado como ALTERNATIVA resulta ser un 25,56% inferior a la Imputación Preventiva.
- MATIAS Y GUIRULA ULYSES RAUL SOCIEDAD DE HECHO Lo cotizando como OFERTA PRINCIPAL resulta ser un 38,88% inferior a la Imputación Preventiva. Por su parte, lo cotizado como ALTERNATIVA resulta ser un 27,95% inferior a la Imputación Preventiva.
Por lo expuesto, la Comisión Evaluadora a fs. 243 vta., aconseja se adjudique teniendo en cuenta los mencionados informes.
Que según dictamen, la Comisión Evaluadora aconseja se adjudique de acuerdo con el siguiente detalle:
- DISLOPEZ S.R.L. los ítems detallados en el ANEXO I del presente decreto, a un importe total de PESOS VEINTIOCHO MILLONES CUATROCIENTOS ONCE MIL CIENTO CINCUENTA Y OCHO ($ 28.411.158,00) por ser los precios más convenientes y ajustarse a lo solicitado.
- WARMA S.A. los ítems detallados en el ANEXO II del presente decreto, a un importe total de PESOS CIENTOCATORCE MILLONES OCHOCIENTOS TRECE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA CON 00/100 ($ 114.813.880,00) por las justificaciones obrantes en nota que se adjunta.
- MATIAS Y GUIRULA ULYSES RAUL SOCIEDAD DE HECHO los ítems detallados en el ANEXO III del presente decreto, a un importe total de PESOS CUARENTA Y CUATRO MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y SIETE ($ 44.392.697,00) por las justificaciones obrantes en nota que se adjunta.
Que además, correspondería desestimar las ofertas presentadas para los ítems 10, 12 y 21 por no cumplir con las características técnicas solicitadas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
Que por lo expuesto, es decisión de este Departamento Ejecutivo adjudicar la compra, conforme a lo considerado precedentemente y desestimar las ofertas presentadas para los ítems 10, 12 y 21 por no cumplir con las características técnicas solicitadas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares; aprobar la documentación obrante a fs. 245 248, para el 2º Llamado a Licitación Pública Nº 50/2024 para la “ADQUISICIÓN DE INDUMENTARIA Y CALZADO PARA EL PERSONAL DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO”, cuyo Anexo IV forma parte del presente Decreto.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107º, incisos ñ), q) y u), de la Ley 10.027 y su modificatoria – Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Apruébese el procedimiento licitatorio obrante en el Expediente Interno Nº 1.305 Letra “S” del año 2024, correspondiente al Llamado a Licitación Pública Nº 50/2024, para la “ADQUISICIÓN DE INDUMENTARIA Y CALZADO PARA EL PERSONAL DE LA SECRETARIA DE DESARROLLO URBANO”, dispuesto mediante el Decreto del Departamento Ejecutivo Municipal Nº 1.362/2024, de fecha 16 de Septiembre de 2024, obrante de Fs. 69 a 70 del presente expediente.
ARTICULO 2°.- Adjudíquese a la firma DISLOPEZ S.R.L. por un importe total de PESOS VEINTIOCHO MILLONES CUATROCIENTOS ONCE MIL CIENTO CINCUENTA Y OCHO ($ 28.411.158,00), conforme a lo considerado precedentemente según Anexo I, que forma parte del presente Decreto.
ARTICULO 3°.- Adjudíquese a la firma WARMA S.A. por un importe total de PESOS CIENTO CATORCE MILLONES OCHOCIENTOS TRECE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA CON 00/100 ($ 114.813.880,00), conforme a lo considerado precedentemente según Anexo II, que forma parte del presente Decreto.
ARTICULO 4°.- Adjudíquese a la firma OTERO MATIAS Y GUIRULA ULYSES RAUL SOCIEDAD DE HECHO por un importe total de PESOS CUARENTA Y CUATRO MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y SIETE ($ 44.392.697,00), conforme a lo considerado precedentemente según Anexo III, que forma parte del presente Decreto.
ARTICULO 5°.- Impútese el presente gasto en el Ejercicio Económico 2024; en las Partidas Presupuestarias:
Nº 0.1.90.01.01.02.20.11 Desarrollo Ambiental $ 1.020.000,00.-
Nº 0.3.20.01.01.02.20.03 Desarrollo Ambiental $ 4.001.400,00.-
Nº 0.3.20.01.01.02.20.11 Desarrollo Ambiental $ 4.250.000,00.-
Nº 0.2.30.01.01.02.20.03 Desarrollo Ambiental $ 21.344.109,00.-
Nº 0.2.30.01.01.02.20.08 Desarrollo Ambiental $ 22.000.000,00.-
Nº 0.2.30.01.01.02.20.11 Desarrollo Ambiental $ 6.560.000,00.-
Nº 0.2.70.01.01.02.20.03 Desarrollo Ambiental $ 7.792.200,00.-
Nº 0.2.70.01.01.02.20.08 Desarrollo Ambiental $ 10.730.000,00.-
Nº 0.2.70.01.01.02.20.11 Desarrollo Ambiental $ 1.480.000,00.-
Nº 0.4.90.01.03.04.34.02 Gobierno $ 9.274.322,00.-
Nº 0.1.90.01.01.02.20.03 Obras Públicas $ 17.766.185,00.-
Nº 0.1.90.01.01.02.20.08 Obras Públicas $ 10.000.000,00.-
Nº 0.1.90.01.01.02.20.11 Obras Públicas $ 2.000.000,00.-
Nº 0.1.90.01.01.02.20.03 Servicios Públicos $ 22.616.804,00.-
Nº 0.1.90.01.01.02.20.08 Servicios Públicos $ 13.000.000,00.-
Nº 0.1.90.01.01.02.20.11 Servicios Públicos $ 3.518.456,50.-
Nº 0.2.90.01.01.02.20.03 Servicios Públicos $ 14.805.202,00.-
Nº 0.2.90.01.01.02.20.08 Servicios Públicos $ 11.000.000,00.-
Nº 0.2.90.01.01.02.20.11 Servicios Públicos $ 4.459.056,50.-
ARTICULO 6°.- Declárese desiertos los ítems 10, 12 y 21.
ARTICULO 7°.- Apruébese la documentación obrante a fs. 245 248, para el 2º Llamado a Licitación Pública Nº 50/2024 para la “ADQUISICIÓN DE INDUMENTARIA Y CALZADO PARA EL PERSONAL DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO”, cuyo Anexo IV forma parte del presente Decreto.
ARTICULO 8°.- Dispónese que a través de la Dirección de Compras y Suministros se realicen las gestiones tendientes para el cumplimiento de la presente disposición.
ARTICULO 9°.- Dispónese que a través de la Dirección de Compras y Suministros se notifique a las firmas DISLOPEZ S.R.L., WARMA S.A. y OTERO MATIAS Y GUIRULA ULYSES RAUL SOCIEDAD DE HECHO, que resultaron adjudicatarios, del contenido del presente acto administrativo, y proceda oportunamente a realizar los trámites correspondientes a la presente adjudicación.
ARTICULO 10°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Secretaría de Coordinación de Gabinete y Hacienda; y oportunamente, archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Arq. ALEJANDRO ERNESTO LOPEZ
Secretario de Desarrollo Urbano.
----------DECRETO N° 1.731/2024
Concordia, 20 de diciembre de 2024
VISTO las actuaciones obrantes en el Expediente Interno Nº 1796 ¨D¨ 2024 y,
CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Catastro eleva acta de donación y ficha para transferencia, correspondiente al plano de Mensura Nº 87513, Matrícula Nº 6856/2021, para el espacio destinado a Calle Pública, solicitando la inscripción del inmueble a favor del Municipio en el Registro Público de la Propiedad de la ciudad de Concordia de la Provincia de Entre Ríos, dando cumplimiento a lo establecido en el Código de Ordenamiento Urbano y Territorial, Ordenanza Nº 38104/2023, Titulo 3, Punto 3.2.2 Transferencia del dominio de los espacios públicos.
Que de fojas 2 y fojas 3, obra acta de donación de los Señores Luciano José AVA, D.N.I. 34.681.449 y Lucas Nahuel AVA, D.N.I. 42.308.128, mediante la cual, efectúa la donación de la superficie a inscribir, según documentación adjunta al presente, y se encuentra en condiciones de ofrecer en donación el inmueble de referencia.
Que de fojas 4 a 6 vta., obra ficha para la transferencia del espacio donado con destino Calle Pública, Plano de Mensura Nº 87513 del Departamento Concordia – Municipio de Concordia – Ejido de Concordia – Zona de Chacras – Chacra N° XXI (parte), con una superficie total de 1 Hectárea 00 centiárea 50 áreas, cuyas medidas, límites y linderos son las siguientes:
- Norte: Rectas (2 – 3) alambrada al rumbo S 68º 50´ E de 12,00 metros divisoria con ELLEME S.A. (Pl.42.755); (3-12) amojonada al rumbo S 21°10´O de 95,67 metros (12-13) amojonada al rumbo S 49° 37´E de 190,00 metros (14-4) amojonada al rumbo N 40° 52{ E de 168,00 metros divisorias con Lote N° 2 de Luciano José Ava y otro y (4-5) alambrada al rumbo S 68° 50´E de 12,75 metros divisoria con ELLEME S.A. (Pl.42.755).
- Este: Recta (5 – 6)alambrada al rumbo S 40° 52´O de 304,30 metros divisoria con Avenida Aníbal Requena.
- Sur: Recta (6 – 7) alambrada al rumbo N 49° 37´de 12,00 metros divisoria con Salvador Guadalupe PALAZZOTTI (Pl.64.000); (7-15) amojonada al rumbo N40°52´E de 120,00 metros (15-16)amojonada al rumbo N 68° 50´O de 247,80 metros divisorias con Lote 4 de Luciano José Ava y Otro
- Oeste: Recta (17- 2) amojonada al rumbo N 21° 10´E de 107,67 metros divisoria con Lote 1 de Luciano José AVA y Otro.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107° inciso u), de la Ley 10.027 y su modificatoria, régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTÍCULO 1º.- Aceptase la donación efectuada, por los Señores Luciano José AVA, D.N.I. 34.681.449 y Lucas Nahuel AVA, D.N.I. 42.308.128, en su carácter de propietarios del inmueble, correspondiente al plano de Mensura Nº 87513, Matrícula Nº6856/2021, para el espacio destinado a Calle Pública, a favor de la Municipalidad de Concordia, conforme al considerando precedente y a la siguiente descripción:
INMUEBLE: espacio donado con destino Calle Pública, Plano de Mensura Nº 87513 del Departamento Concordia – Municipio de Concordia – Ejido de Concordia – Zona de Chacras – Chacra N° XXI (parte), con una superficie total de 1 Hectárea 00 centiárea 50 áreas, cuyas medidas, límites y linderos son las siguientes:
- Norte: Rectas (2 – 3) alambrada al rumbo S 68º 50´ E de 12,00 metros divisoria con ELLEME S.A. (Pl.42.755); (3-12) amojonada al rumbo S 21°10´O de 95,67 metros (12-13) amojonada al rumbo S 49° 37´E de 190,00 metros (14-4) amojonada al rumbo N 40° 52{ E de 168,00 metros divisorias con Lote N° 2 de Luciano José Ava y otro y (4-5) alambrada al rumbo S 68° 50´E de 12,75 metros divisoria con ELLEME S.A. (Pl.42.755).
- Este: Recta (5 – 6)alambrada al rumbo S 40° 52´O de 304,30 metros divisoria con Avenida Aníbal Requena.
- Sur: Recta (6 – 7) alambrada al rumbo N 49° 37´de 12,00 metros divisoria con Salvador Guadalupe PALAZZOTTI (Pl.64.000); (7-15) amojonada al rumbo N40°52´E de 120,00 metros (15-16)amojonada al rumbo N 68° 50´O de 247,80 metros divisorias con Lote 4 de Luciano José Ava y Otro
- Oeste: Recta (17- 2) amojonada al rumbo N 21° 10´E de 107,67 metros divisoria con Lote 1 de Luciano José AVA y Otro.
ARTÍCULO 2º.- Establécese que los gastos resultantes de la presente tramitación sean a cargo de la Municipalidad de Concordia.
ARTÍCULO 3º.- Facúltase a la Asesora Legal y Técnica, Dra. María Magdalena PONTI, Matrícula Nº 5124 Fº 140 T I, dependiente de la Secretaría de Desarrollo Urbano, a efectuar las gestiones administrativas y/o judiciales, tendientes a cumplimentar las inscripciones de dominio del inmueble en cuestión.
ARTÍCULO 4º.- Gírese a conocimiento del Departamento Asesoría Legal dependiente de la Secretaría de Desarrollo Urbano, debiéndose dar intervención a la Dirección de Catastro y en su oportunidad, a la Dirección de Rentas, ambas, dependientes de la Secretaría de Coordinación de Gabinete y Hacienda.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, regístrese, dése a la Secretaría de Gobierno y Hacienda y oportunamente, archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Arq. ALEJANDRO ERNESTO LOPEZ
Secretario de Desarrollo Urbano.
----------DECRETO N° 1.743/2024
Concordia, 26 de diciembre de 2024
VISTO, el traslado solicitado por el Agente Contratado con Aportes MATIAS NICOLAS GUTIERREZ, D.N.I. N°36.102.551, Legajo Nº9984, en Expediente interno Nº71 “G”/2024, y;
CONSIDERANDO:
Que el Agente Contratado con Aportes MATIAS NICOLAS GUTIERREZ, D.N.I. N°36.102.551, Legajo Nº9984, dependiente de la Dirección de Administración y Despacho de la Subsecretaría de Obras Públicas, Secretaría de Desarrollo Urbano, solicita su traslado a la Dirección de Catastro dependiente de la Subsecretaría de Hacienda, Secretaría de Coordinación de Gabinete y Hacienda.
Que el Director de Catastro y la Directora Administración y Despacho, han expresado que no existen objeciones al traslado del interesado.
Que a fojas 4, la Dirección de Recursos Humanos informa que el Agente MATIAS NICOLAS GUTIERREZ, Legajo Nº 9984, D.N.I. N°36.102.551, presta servicios en este Municipio desde el 01 de Octubre de 2.023. Revista como personal Contratado con Aportes. Depende de la Secretaría de Desarrollo Urbano, Departamento Despacho y Administración.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Articulo 107° de la Ley N° 10.027/11 y su modificatoria Ley N°10.082 - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos. Según T.O. Decreto N°4706/12 del Poder Ejecutivo Provincial.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Desaféctese de la Dirección Administración y Despacho dependiente de la Subsecretaría de Obras Públicas, Secretaría de Desarrollo Urbano, al Agente Contratado con Aportes MATIAS NICOLAS GUTIERREZ, D.N.I. N°36.102.551, Legajo Nº9984, por los motivos invocados en los considerandos del presente.
ARTÍCULO 2°.- Aféctese al Agente indicado en el ARTICULO 1°, a la Dirección de Catastro dependiente de la Subsecretaría de Hacienda, Secretaría de Coordinación de Gabinete y Hacienda.
ARTÍCULO 3°.- Impútese lo aprobado en el ARTÍCULO 2º en la partida presupuestaria:
0.1.90.01.01.01/Coordinación de Gabinete y Hacienda (38).
ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y oportunamente, archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA
Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda
Arq. ALEJANDRO ERNESTO LOPEZ
Secretario de Desarrollo Urbano.
-----------DECRETO N° 1.745/2024
Concordia, 26 de diciembre de 2024
VISTO el Expediente Interno N° 27 Letra “F”/2024, relacionado con la renuncia presentada por la Agente Municipal MARTA ESTELA DEL LUJAN FERNANDEZ, Legajo Nº 3127, DNI Nº 17.309.663 y,
CONSIDERANDO:
Que a fojas 1 del referido expediente obra renuncia presentada por la agente mensual MARTA ESTELA DEL LUJAN FERNANDEZ, Legajo Nº 3127, por razones particulares.
Que la Dirección de Recursos Humanos informa que la Agente MARTA ESTELA DEL LUJAN FERNANDEZ, Legajo Nº 3127, DNI Nº 17.309.663, presta servicios en este Municipio desde el 01/03/2013, revista como personal mensualizado, Categoría 14º del Escalafón Municipal, dependiente de la Secretaría de Salud – Dirección de Especialidades Médicas.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos toma intervención mediante Dictamen Nº 2351/24, indicando que no tiene objeción legal que formular al respecto.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107º) de la Ley Nº 10.027 y modificatorias – Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTÍCULO 1º.- Acéptase la renuncia presentada por la Agente Municipal MARTA ESTELA DEL LUJAN FERNANDEZ, Legajo Nº 3127, DNI Nº 17.309.663, dependiente de la Secretaría de Salud – Dirección de Especialidades Médicas, por razones particulares, a partir del 01/01/2025, en virtud de lo expresado en el considerando de este Decreto y los antecedentes obrantes en el Expediente Interno Nº 27 Letra “F”/2024.
ARTÍCULO 2º.- Remítase a la Dirección de Recursos Humanos a los efectos de tomar conocimiento, proceder a realizar la carga en el legajo electrónico y efectivizar la correspondiente notificación. Cumplimentado, gírese a conocimiento de la Dirección de Liquidación de Haberes y Secretaría de Salud.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Secretaría de Gobierno y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Dr. DIEGO ENRIQUE SAURE
Secretario de Salud.
-----------DECRETO N° 1.746/2024
Concordia, 26 de diciembre de 2024
VISTO la rendición de gastos efectuada por el Consejo Municipal de Discapacidad, por la suma total de total de PESOS DOCE MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL CUARENTA Y UNO CON 27/100 ($12.298.041,27), cuyos antecedentes obran en el Expediente Interno Nº 3518 Letra “D”/2024 y,
CONSIDERANDO:
Que dicha rendición corresponde a fondos entregados al mencionado Consejo en virtud de lo dispuesto por Ordenanza Nº 25.965 y modificatorias.
Que en las referidas actuaciones obra presentación efectuada por el Consejo Municipal de Discapacidad, acompañando la documentación pertinente.
Que la Comisión Fiscalizadora del Consejo Municipal de Discapacidad ha efectuado el análisis e informe de su competencia.
Que la Contaduría Municipal informa sobre las presentes actuaciones.
Que a fojas 152 la Dirección de Discapacidad toma intervención y realiza informe relativo a las observaciones realizadas por la Contaduría Municipal.
Que atento a la documentación presentada, los antecedentes obrantes en las actuaciones de referencia y lo informado por la Dirección de Discapacidad, este Departamento Ejecutivo Municipal estima pertinente aprobar la rendición de gastos presentada, como caso de excepción a lo establecido por Decreto Nº 29.708/97.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Ejecutivo Municipal por el Artículo 107º) de la Ley Nº 10.027 y modificatorias -Régimen de la Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase la Rendición de Gastos obrante en el Expediente Interno Nº 3518 Letra “D”/2024, por la suma total PESOS DOCE MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL CUARENTA Y UNO CON 27/100 ($12.298.041,27), efectuada por el Consejo Municipal de Discapacidad, correspondiente a fondos entregados al mencionado Consejo en virtud de lo dispuesto por la Ordenanza Nº 25.965 y modificatorias, como caso de excepción a las disposiciones del Decreto Nº 29.708/97 y modificatorias, de conformidad con lo expresado en el Considerando precedente y los antecedentes y comprobantes agregados al referido Expediente.
ARTÍCULO 2º.- Gírese a Contaduría a sus efectos.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Secretaría de Gobierno y oportunamente archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Dr. DIEGO ENRIQUE SAURE
Secretario de Salud.
-----------DECRETO Nº 1.747/2024
Concordia, 26 de diciembre de 224
VISTO el contenido del Expediente Interno N° 45 Letra “H”/2024, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Nº 1.491/ 2.024 de fecha 17 de Octubre de 2024 obrante a fs. 22, se aprueba la documentación para el llamado a Licitación Privada Nº 58/ 2024 para la “Adquisición de Equipamiento Informático para el Concejo Deliberante”
Que se ha confeccionado la documentación pertinente, Pliego de Bases y Condiciones Particulares, Presupuesto Oficial y Planilla Nomencladora para la Licitación antes aludida.
Que a fojas 29, obra Acta de Apertura, de fecha veintinueve de octubre de dos mil veinticuatro donde consta que la Dirección de Compras y Suministros procedió al Acto de Apertura de la mencionada Licitación Privada, informando que:
- MARCELO FABIAN LAQUIDARA cotizando lo solicitado a un importe total de PESOS DOCE MILLONES DOSCIENTOS NUEVE MIL CIEN ($12.209.100,00). Presenta la planilla nomencladora cotizando para el ítem 1 una cantidad inferior a la solicitada.
- FRANCISCO MARIANO FONTANINI PACHER cotizando lo solicitado a un importe total de PESOS TRECE MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL QUINIENTOS ($13.693.500,00). Cotiza ítem 1
- HASAR SERVICIOS S.R.L. cotizando lo solicitado a un importe total de PESOS VEINTISIETE MILLONES CIENTO OCHO MIL NOVECIENTOS VEINTIOCHO ($27.108.928,00). Presenta alternativa del ítem 1 a un importe unitario de $1.324.319.
- no cumple con la siguiente documentación solicitada en el Art. 4° del Pliego de Bases y Condiciones Particulares:
- Comprobante del depósito de garantía de mantenimiento de la oferta.
Corresponde se declare la INADMISIBILIDAD de la oferta.
- FRANCISCO MARIANO FONTANINI PACHER no cumple con la siguiente documentación solicitada en el Art. 4° del Pliego de Bases y Condiciones Particulares:
- Constitución de domicilio a todos los efectos legales en la ciudad de Concordia.
- Constancia actualizada de Inscripción en Municipalidad
- HASAR SERVICIOS S.R.L. no cumple con la siguiente documentación solicitada en el Art. 4° del Pliego de Bases y Condiciones Particulares:
- Comprobante del depósito de garantía de mantenimiento de la oferta
Corresponde se declare la INADMISIBILIDAD de la oferta.
- SANTIAGO DANTE YOEL VARGAS no cumple con ninguna de las formas establecidas en el Artículo 5° para la constitución de garantía.
Corresponde se declare la INADMISIBILIDAD de la oferta.
Que del análisis técnico surge que la única oferta admisible no cumple con los requisitos del sistema operativo exigidos en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
Que por lo expuesto, la Comisión Evaluadora aconseja se desestime la oferta de FRANCISCO MARIANO FONTANINI PACHER de acuerdo al informe técnico que se adjunta.
Que atento a lo informado anteriormente se han declarado Inadmisibles y desestimado las presentaciones de los oferentes (según corresponda), por no cumplir con los requisitos.
Que por lo expuesto, este Departamento Ejecutivo estima conveniente realizar el Segundo llamado a Licitación Privada N° 58/ 2024.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107°, incisos ñ), q) y u) de la Ley 10027 y su modificatoria - Régimen Municipal de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Déjese sin efecto el Decreto Nº 1.681/ 2024 con fecha 09 de Diciembre de 2024.
ARTICULO 2°.- Aprobar las actuaciones del Primer Llamado a Licitación Privada Nº 58/ 2024 “Adquisición de Equipamiento Informático para el Concejo Deliberante” cuyos antecedentes obran en Expediente Interno N° 45 Letra “H”/2024, de acuerdo a los considerandos precedentes.-
ARTICULO 3º.- Declárese Inadmisibles las ofertas presentadas por los proveedores LAQUIDARA MARCELO FABIAN, HASAR SERVICIOS S.R.L. y VARGAS SANTIAGO DANTE YOEL; y Desestimada la oferta del proveedor FONTANINI PACHER FRANCISCO MARIANO del Primer llamado a Licitación Privada Nº 58/ 2024 “Adquisición de Equipamiento Informático para el Concejo Deliberante” cuyos antecedentes obran en Expediente Interno N° 45 Letra “H”/2024, en virtud de lo expresado por la Comisión Evaluadora en fojas 99.
ARTICULO 4°.- Aprobar la documentación para efectuar el Segundo llamado a Licitación Privada Nº 58/ 2024 “Adquisición de Equipamiento Informático para el Concejo Deliberante” cuyos antecedentes obran en Expediente Interno N° 45 Letra “H”/2024, de acuerdo a los considerandos precedentes.-
ARTICULO 5°.- Realícese las publicaciones de Ley.
ARTICULO 6°.- Confórmese la Comisión Evaluadora de acuerdo con lo dispuesto en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares aprobado precedentemente.
ARTICULO 7°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Lic. MAGDALENA RETA DE URQUIZA
Vice Intendente
Presidente Concejo Deliberante.
----------DECRETO N° 1.751/2024
Concordia, 26 de diciembre de 2024
VISTO, el traslado solicitado por la Agente Contratada con Aportes Rocío del Cielo CONTINANZA, D.N.I. N°42.487.460, Legajo Nº5269, en Expediente interno Nº194 “C”/2024, y;
CONSIDERANDO:
Que la Agente Contratada con Aportes Rocío del Cielo CONTINANZA, D.N.I. N°42.487.460, Legajo Nº5269, dependiente de la Dirección de Talleres y Depósitos, solicita su traslado al Departamento Recursos Humanos, ambos dependientes de la Secretaría de Desarrollo Urbano.
Que el Director de Talleres y Depósitos y la Jefa del Departamento Recursos Humanos de la SDU, han expresado que no existen objeciones al traslado del interesado.
Que a fojas 3, la Dirección de Recursos Humanos informa que la Agente Continanza Rocío del Cielo, Legajo Nº 5269, presta servicios en este Municipio desde el 01 de Octubre de 2.023. Revista como personal Contratado con Aportes. Depende de la Secretaría de Desarrollo Urbano, Dirección de Talleres y Depósitos.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Articulo 107° de la Ley N° 10.027/11 y su modificatoria Ley N°10.082 - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos. Según T.O. Decreto N°4706/12 del Poder Ejecutivo Provincial.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Desaféctese de la Dirección de Talleres y Depósitos y aféctese al Departamento Recursos Humanos, ambos dependientes de la Secretaría de Desarrollo Urbano, a la Agente Contratada con Aportes Rocío del Cielo CONTINANZA, D.N.I. N°42.487.460, Legajo Nº5269, por los motivos invocados en los considerandos del presente.
ARTICULO 2°- Dispónese, que a partir de la vigencia del presente Decreto, se incluya a la Agente Contratada con Aportes Rocío del Cielo CONTINANZA, D.N.I. N°42.487.460, Legajo Nº5269, en el Adicional Único de la Secretaría de Desarrollo Urbano, ratificado mediante Nº759/2.024 de fecha 19/06/2.024, que se liquida bajo el código 883.
ARTÍCULO 3°.- Impútese lo aprobado en los Artículos 1° y 2º en la partida presupuestaria:
0.1.90.01.01.01/03 (Sub. Secretaría de OP).
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y oportunamente, archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Dr. LUCIANO DELL´OLIO
Secretario de Gobierno
Arq. ALEJANDRO ERNESTO LOPEZ
Secretario de Desarrollo Urbano.
-----------DECRETO N° 1.754/2024
Concordia, 27 de diciembre de 2024
VISTO, el Decreto Nº 1.571/2.024 de fecha 07/11/2.024, cuya copia obra de fojas 68 a 69 del Expediente Nº 409 “S” 2.024; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante el referido Decreto, se dispone la compensación solicitada por la empresa AVA CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS, de José Antonio AVA, C.U.I.T. Nº 20-17.966.193-5, correspondiente a la devolución del saldo adeudado por la mencionada empresa, correspondiente al Anticipo Financiero de la Licitación Pública Nº 84/23 “Provisión de Materiales y Mano de Obra para Obras de Restauración Palacio Arruabarrena – Primera Etapa”, cuyos antecedentes se encuentran en el Expediente Nº 1478 “D” 2023, de acuerdo a convenio de rescisión firmado oportunamente, a deducirse en el trámite de pago gestionado en el Expediente Nº 1338650 correspondiente a la Licitación Pública Nº 37/2023, para la obra: “Provisión de Materiales y Mano de Obra para Construcción de Plaza en Villa Zorraquín” – 2º Llamado, Resolución de Departamento Ejecutivo Nº 3633/2024.
Que en su Artículo 3º por un error involuntario se utilizó la palabra “ingrese” cuando debió ser “transfiérase”.
Que en virtud de lo considerado precedentemente, este Departamento Ejecutivo Municipal considera atinente rectificar el ARTÍCULO 3º del Decreto N° 1.571/2.024, de fecha 07/11/2.024, cuya copia obra de fojas 68 a 69 del Expediente Nº 409 “S” 2.024, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“ARTICULO 3º.- Dispónese, que la Tesorería Municipal una vez realizada la compensación, transfiérase el monto de PESOS OCHO MILLONES NOVENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y DOS CON 60/100 ($ 8.094.342,60), retenido a la empresa AVA CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS, de José Antonio AVA, C.U.I.T. Nº 20-17.966.193-5, en concepto de compensación, a la cuenta bancaria Nº 21200411/67 Municipalidad de Concordia del Banco de la Nación Argentina.”
Que no obstante ello, es decisión de este Departamento Ejecutivo Municipal mantener firme el contenido restante del Decreto N° 1.571/2.024, de fecha 07/11/2.024, cuya copia obra de fojas 68 a 69 del Expediente N° Nº 409 “S” 2.024, dado lo considerado precedentemente.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Ejecutivo Municipal por el Artículo 107°, Incisos ñ), q) y u) de la Ley Nº 10.027 - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Rectifíquese el Decreto N° 1.571/2.024, de fecha 07/11/2.024, cuya copia obra de fojas 68 a 69 del Expediente N° 409 “S” 2.024, en su ARTÍCULO 3º, en virtud de lo considerado precedentemente, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“ARTICULO 3º.- Dispónese, que la Tesorería Municipal una vez realizada la compensación, transfiérase el monto de PESOS OCHO MILLONES NOVENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y DOS CON 60/100 ($ 8.094.342,60), retenido a la empresa AVA CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS, de José Antonio AVA, C.U.I.T. Nº 20-17.966.193-5, en concepto de compensación, a la cuenta bancaria Nº 21200411/67 Municipalidad de Concordia del Banco de la Nación Argentina.”
ARTÍCULO 2°.- Manténgase firme el contenido restante del Decreto Nº 1.571/2.024, de fecha 07/11/2.024, cuya copia obra de fojas 68 a 69 del Expediente N° 409 “S” 2.024.
ARTÍCULO 3°.- Gírese a conocimiento de la Contaduría Municipal y la Tesorería Municipal, luego tomo conocimiento la Subsecretaría de Obras Públicas y el Departamento Asesoría Legal y Técnica, ambas dependientes, de la Secretaría de Desarrollo Urbano, cumplido vuelva a la Dirección de Compras y Suministros.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Secretaría de Gobierno; y oportunamente, archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Arq. ALEJANDRO ERNESTO LOPEZ
Secretario de Desarrollo Urbano.
----------EDICTO.-
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica a la Dra. MARIA DE LOS ANGELES PETIT, D.N.I. N° 16.866.682 que en los autos caratulados: REF.: ELEVA CONSULTA ON LINE RESUMENES DE TARJETAS) DE LAS TARJETAS CORPORATIVAS Q TIENE CON LA ENTIDAD BANCO MACRO S.A. EL IPTE. DEBITADO...- EXPTE. N° 181 “T” 2023 se ha dispuesto la presente notificación tendiente a que proceda en el plazo de CINCO DIAS a efectivizar las aclaraciones respecto del gasto realizado mediante Tarjeta Corporativa el día 27/10/2023 en el comercio individualizado PERUTI. Todo ello en cumplimiento de lo normado por el Decreto 1275/2022 y de acuerdo a lo requerido por la Dirección de Contaduría Municipal bajo los apercibimientos de Ley.
Francisco Azcue Presidente Municipal – Dr. Luciano Dell´Olio Secretario de Gobierno.
QUEDA UD DEBIDAMENTE NOTIFICADO E INTIMADO.-
Concordia, 7 de Enero del 2.025.-
-----------La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica a la Dra. MARIA DE LOS ANGELES PETIT, D.N.I. N° 16.866.682 que en los autos caratulados: REF.: ELEVA CONSULTA ON LINE RESUMENES DE TARJETAS) DE LAS TARJETAS CORPORATIVAS Q TIENE CON LA ENTIDAD BANCO MACRO S.A. EL IPTE. DEBITADO...- EXPTE. N° 181 “T” 2023 se ha dispuesto la presente notificación tendiente a que proceda en el plazo de CINCO DIAS a efectivizar las aclaraciones respecto del gasto realizado mediante Tarjeta Corporativa el día 27/10/2023 en el comercio individualizado PERUTI. Todo ello en cumplimiento de lo normado por el Decreto 1275/2022 y de acuerdo a lo requerido por la Dirección de Contaduría Municipal bajo los apercibimientos de Ley.
Francisco Azcue Presidente Municipal – Dr. Luciano Dell´Olio Secretario de Gobierno.
QUEDA UD DEBIDAMENTE NOTIFICADO E INTIMADO.-
Concordia, 7 de Enero del 2.025.-
EDICTO.-
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica a la Sra. MENENDEZ LUCIA BELEN, LEGAJO N° 3603 que en los autos caratulados: REF.: SOL. DE ADELANTOS OTORGADOS A FUNCIONARIOS Y EMPLEADOS MUNICIPALES - EXPTE. N° 381 "C" 2023 se ha dispuesto la presente notificación tendiente a hacerle saber que deberá proceder a la rendición del adelanto otorgado por Expediente N° 2116 "D" 2019 por un saldo de $49.500, cuyo último pago se registró el 06/09/2019, caso contrario se deberá proceder al reintegro de los fondos mas las aclaraciones pertinentes bajo apercibimiento de que se inicien las acciones judiciales tendientes al recupero de fondos según lo exigido por el Tribunal de Cuentas de la Provincia.
Dr. Luciano Dell´Olio, Secretario de Gobierno.-
QUEDA UD DEBIDAMENTE NOTIFICADO.-
Concordia, 6 de Enero del 2.025.-
-----------La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica a la Sra. MENENDEZ LUCIA BELEN, LEGAJO N° 3603 que en los autos caratulados: REF.: SOL. DE ADELANTOS OTORGADOS A FUNCIONARIOS Y EMPLEADOS MUNICIPALES - EXPTE. N° 381 "C" 2023 se ha dispuesto la presente notificación tendiente a hacerle saber que deberá proceder a la rendición del adelanto otorgado por Expediente N° 2116 "D" 2019 por un saldo de $49.500, cuyo último pago se registró el 06/09/2019, caso contrario se deberá proceder al reintegro de los fondos mas las aclaraciones pertinentes bajo apercibimiento de que se inicien las acciones judiciales tendientes al recupero de fondos según lo exigido por el Tribunal de Cuentas de la Provincia.
Dr. Luciano Dell´Olio, Secretario de Gobierno.-
QUEDA UD DEBIDAMENTE NOTIFICADO.-
Concordia, 6 de Enero del 2.025.-
EDICTO.-
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica a los Sres. KLARIC DIAZ MAX DAVID. LEGAJO 3587 que en los autos caratulados: REF.: SOL. DE ADELANTOS OTORGADOS A FUNCIONARIOS Y EMPLEADOS MUNICIPALES - EXPTE. N° 381 "C" 2023 se ha dispuesto la presente notificación tendiente a hacerle saber que deberá proceder a la rendición del adelanto otorgado por Expediente N° 279 "C" 2023 por un saldo de $1.000.000, cuyo último pago se registró el 28/08/2023, caso contrario se deberá proceder al reintegro de los fondos mas las aclaraciones pertinentes bajo apercibimiento de que se inicien las acciones judiciales tendientes al recupero de fondos según lo exigido por el Tribunal de Cuentas de la Provincia.
Dr. Luciano Dell´Olio – Secretario de Gobierno.-
QUEDA UD DEBIDAMENTE NOTIFICADO.-
Concordia, 6 de Enero del 2.025.-
------------
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica a los Sres. KLARIC DIAZ MAX DAVID. LEGAJO 3587 que en los autos caratulados: REF.: SOL. DE ADELANTOS OTORGADOS A FUNCIONARIOS Y EMPLEADOS MUNICIPALES - EXPTE. N° 381 "C" 2023 se ha dispuesto la presente notificación tendiente a hacerle saber que deberá proceder a la rendición del adelanto otorgado por Expediente N° 279 "C" 2023 por un saldo de $1.000.000, cuyo último pago se registró el 28/08/2023, caso contrario se deberá proceder al reintegro de los fondos mas las aclaraciones pertinentes bajo apercibimiento de que se inicien las acciones judiciales tendientes al recupero de fondos según lo exigido por el Tribunal de Cuentas de la Provincia.
Dr. Luciano Dell´Olio – Secretario de Gobierno.-
QUEDA UD DEBIDAMENTE NOTIFICADO.-
Concordia, 6 de Enero del 2.025.-
------------
EDICTO.-
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica al Sr. BORDAGARAY ANDRES SEBASTIAN, D.N.I. N° 25.597.801, Legajo N° 5641 que en los autos caratulados: REF.: ELEVA SOLICITUD DE AUTORIZACION DE ADSCRIPCIÓN DEL AGENTE BORDAGARAY ANDRES SEBASTIAN CONSULTA LEG. N° 5641 - EXPTE. N° 1339143 se ha dispuesto la presente notificación tendiente a hacerle saber que mediante Decreto N° 1593/2024 de fecha 19/11/2024 se ha dispuesto dejar sin efecto el Decreto N° 904/2024 de fecha 24/07/2024 hasta tanto el Honorable Senado de la Nación informe si la adscripción requerida lo es con o sin haberes.
Dr. Francisco Azcue Presidente Municipal – Dr. Luciano Dell´Olio Secretario de Gobierno.-
QUEDA UD DEBIDAMENTE NOIFICADO E INTIMADO.-
Concordia, 6 de Enero del 2.025.-La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica al Sr. BORDAGARAY ANDRES SEBASTIAN, D.N.I. N° 25.597.801, Legajo N° 5641 que en los autos caratulados: REF.: ELEVA SOLICITUD DE AUTORIZACION DE ADSCRIPCIÓN DEL AGENTE BORDAGARAY ANDRES SEBASTIAN CONSULTA LEG. N° 5641 - EXPTE. N° 1339143 se ha dispuesto la presente notificación tendiente a hacerle saber que mediante Decreto N° 1593/2024 de fecha 19/11/2024 se ha dispuesto dejar sin efecto el Decreto N° 904/2024 de fecha 24/07/2024 hasta tanto el Honorable Senado de la Nación informe si la adscripción requerida lo es con o sin haberes.
Dr. Francisco Azcue Presidente Municipal – Dr. Luciano Dell´Olio Secretario de Gobierno.-
QUEDA UD DEBIDAMENTE NOIFICADO E INTIMADO.-
