Boletín original
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- Anexo Decreto 824-2026 Adquisicion de adoquines plan de adoquinado Barrio Nebel Norte.pdf215 KB
SUMARIO
Los siguientes Decretos, Resoluciones y Edictos conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
Los siguientes Decretos, Resoluciones y Edictos conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
Decretos: 823/2.026, 824/2.026, 825/2.026, 835/2.026 y 836/2.026.-. Resoluciones: 38.912, 38.913, 38.914, 38.915, 38.916 y 38.917.
DECRETO N° 823/2.026.Concordia, 8 de septiembre de 2.026
VISTO que se ha reintegrado a sus funciones el Sr Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda, Cdor. Pablo Sebastián Ferreyra el día de la fecha y en horas de la mañana y,
CONSIDERANDO:
Que se encontraba a cargo de la Secretaria de Coordinación de Gabinete y Hacienda el Subsecretario de Hacienda y Modernización, Cdor. Claudio Fabián BASTIDA durante su ausencia sin perjuicio de sus funciones.
Que en consecuencia corresponde proceder a dictar la presente disposición.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones emergentes de Ley 10 027 y modificatorias — Régimen de las Municipales de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTICULO 1°.- Ponese en posesión de su carga al Sr Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda, Cdor Pablo Sebastián Ferreyra el día de la fecha y en horas de la mañana.
ARTICULO 2°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Cr. CLAUDIO FABIAN BASTIDA
Subsecretario de Hacienda y Modernización
a/c Secretaria de Coord. de Gabinete y Hacienda.
---------- DECRETO N° 824/2.026.
Concordia, 8 de septiembre de 2.026
VISTO, el contenido del Expediente Compra Digital Nº 3672 del Año 2.026; y,
CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Ingeniería, dependiente de la Secretaría de Obras Públicas, eleva documentación para el Primer Llamado a Licitación Pública Nº 53/2.026, para la “ADQUISICIÓN DE ADOQUINES PARA PLAN DE ADOQUINADO – BARRIO NEBEL NORTE”; según Solicitud de Compra N° 4716/2.026, obrante en el mencionado expediente.
Que el Presupuesto Oficial de la presente contratación asciende, de acuerdo a la documentación adjunta, a la suma total de PESOS DOSCIENTOS VEINTICINCO MILLONES CUATROCIENTOS MIL CON 00/100 ($ 225.400.000,00); por lo que, de acuerdo con las disposiciones vigentes, corresponde efectuar llamado a Licitación Pública.
Que la Dirección de Presupuesto efectúa la Imputación Preventiva en la Partida Presupuestaria:
Nº 3.7.90.02.05.08.61.05 O. P. (FONDO DE OBRA PÚBLICA) $ 225.400.000,00.
Que la Subsecretaría de Hacienda y Modernización toma la intervención de su competencia, autorizando el presente gasto.
Que obra intervención de la Dirección de Compras y Suministros, adjuntando el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Anexo 1 (Planilla Nomencladora y Especificaciones Técnicas).
Que obra informe de la Dirección de Ingeniería de la Secretaría de Obras Públicas realizando correcciones al Pliego de Bases y condiciones Particulares de la presente Licitación.
Que por lo expuesto precedentemente, la Dirección de Compras y Suministros adjunta nuevo Pliego de Bases y Condiciones Particulares de la presente Licitación, con las modificaciones solicitadas.
Que, asimismo, esa Dirección sugiere, para evitar demoras, que en caso que el Primer Llamado de la presente Licitación resultare desierto, se realice un Segundo Llamado.
Que la apertura de la presente debe preverse en la Dirección de Compras y Suministros, la que deberá proponer fecha de apertura disponible y realizar las publicaciones de Ley.
Que teniendo en cuenta la urgencia que tiene el Municipio de realizar la presente adquisición, se deberá hacer uso de lo dispuesto en el Artículo 25º de la Ordenanza Nº 34.698/11 sobre Contrataciones vigente.
Que por lo expuesto, este Departamento Ejecutivo Municipal estima conveniente aprobar la documentación; y, en consecuencia, hacer lugar al Primer Llamado a Licitación Pública Nº 53/2.026, para la “ADQUISICIÓN DE ADOQUINES PARA PLAN DE ADOQUINADO – BARRIO NEBEL NORTE”; según Solicitud de Compra N° 4716/2.026, y conforme el Anexo 1, que forma parte del presente Decreto. Como asimismo, en el caso de que el mismo resultare desierto, disponer la aprobación del Segundo Llamado de la presente Licitación, en virtud a lo considerado precedentemente.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107°, Incisos ñ), q) y u) de la Ley Nº 10.027 y su Modificatoria Ley Nº 10.082 – Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Apruébese la documentación y dispónese se efectúe el Primer Llamado de la Licitación Pública Nº 53/2.026, para la “ADQUISICIÓN DE ADOQUINES PARA PLAN DE ADOQUINADO – BARRIO NEBEL NORTE”; según Solicitud de Compra N° 4716/2.026, y conforme el Anexo 1, que forma parte del presente Decreto, cuyos antecedentes obran en el Expediente Compra Digital Nº 3672 del Año 2.026.
ARTÍCULO 2°.- Apruébese el Presupuesto Oficial de PESOS DOSCIENTOS VEINTICINCO MILLONES CUATROCIENTOS MIL CON 00/100 ($ 225.400.000,00).
ARTÍCULO 3°.- Impútese el presente gasto en la Partida Presupuestaria:
Nº 3.7.90.02.05.08.61.05 O. P. (FONDO DE OBRA PÚBLICA) $ 225.400.000,00.
ARTÍCULO 4°.- Dispónese que la Dirección de Compras y Suministros efectúe el Llamado de la presente Licitación y fije la fecha de apertura de las propuestas, dado lo establecido en el Artículo 25° de la Ordenanza Nº 34.698/11 de Contrataciones del Estado Municipal y los considerados precedentes.
ARTÍCULO 5°.- Dispónese que la Dirección de Compras y Suministros realice las publicaciones de ley correspondientes para la presente licitación.
ARTÍCULO 6°.- Confórmese la Comisión Evaluadora de acuerdo con lo dispuesto en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares aprobado precedentemente.
ARTÍCULO 7°.- Dispónese que, en el caso de que el Primer Llamado de la Licitación Pública Nº 53/2.026 resultare desierto, se realice el Segundo Llamado de la presente Licitación; y en consecuencia, se efectúen las gestiones tendientes, conforme a lo establecido en el presente Decreto.
ARTÍCULO 8°.- Gírese a conocimiento de la Dirección de Ingeniería y de la Subsecretaría de Obras Públicas, ambas dependientes de la Secretaría de Obras Públicas; luego, pase a la Dirección de Compras y Suministros, a los efectos dispuestos.
ARTÍCULO 9°.- Comuníquese, publíquese, regístrese, y dese a la Secretaría de Gobierno; y oportunamente, archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Arq. FERNANDO S. ESQUIBEL
Secretario de Obras Públicas
ANEXO 1
PLANILLA NOMENCLADORA
| Ítem | Características | Cantidad | Medida |
| 1 | Provisión, transporte y descarga de adoquines por m2. |
8.050 | Metros cuadrados |
| SE DEBERÁ CUMPLIR CONFORME EL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES Y LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS INDICADAS EN EL PRESENTE ANEXO. |
|||
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Arq. FERNANDO S. ESQUIBEL
Secretario de Obras Públicas.
----------- DECRETO N° 825/2.026.
Concordia, 8 de Septiembre de 2026
VISTO:
Los Expedientes N° 1321075/2022, 63 "P"/2022, 2382 "D"/2021, 1141 "S"/2025, 1365101/2026 y 1245 "D"/2026 (Acumulados), mediante los cuales se tramita el Sumario Administrativo instruido a la agente municipal María Alejandra Benítez; y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 1.369/2025 se ordenó la instrucción del procedimiento sumarial a la agente María Alejandra BENÍTEZ (DNI N° 17.762.833, Legajo N° 6151) para determinar la responsabilidad disciplinaria imputada bajo los términos del Estatuto del Empleado Municipal (Ordenanza N° 11.275/49).
Que a lo largo de las actuaciones se ha resguardado en forma irrestricta la garantía constitucional del debido proceso administrativo y el derecho de defensa de la sumariada, habiéndose celebrado la audiencia indagatoria a fs. 157, la apertura del período probatorio a fs. 160, la recepción de testimoniales a fs. 174/184 y el otorgamiento del plazo para la presentación de alegatos, cumplimentado a fs. 211/216 vta.
Que del plexo probatorio reunido surge acabadamente acreditado que la agente incurrió en la inasistencia injustificada y abandono de servicio durante la guardia de emergencia de los días sábado 4 y domingo 5 de octubre de 2025 en el Servicio de Enfermería y Odontología, omitiendo prestar la cobertura esencial a su cargo.
Asimismo, obra a fs. 120 y 124 la comprobación fehaciente de la abierta desobediencia a las órdenes escritas de traslado impartidas por la jerarquía del área.
Que el análisis de la graduación punitiva dispuesto en el artículo 41 de la Ordenanza N° 11.275/49 no debe acotarse a una interpretación meramente formalista del registro de sanciones pasadas.
Como señala el dictamen técnico, la foja de servicios abarca el historial integral de conducta constatándose reiteradas intervenciones por desobediencia e inobservancia del deber de respeto habiendo la sumariada desatendido incluso la intimación directa formulada mediante el Decreto N° 1067/2025 del Departamento Ejecutivo.
Que de un riguroso examen de proporcionalidad y razonabilidad (artículo 28 de la Constitución Nacional), la desprotección de un servicio público esencial de salud pública que afecta de sobremanera al ciudadano común que concurre a los distintos estamentos municipales buscando la protección y el servicio del estado por los cuales ha tributado sus obligaciones y que actitudes como las investigadas pueden generar consecuencias de extrema gravedad que de ninguna forma pueden pasarse por alto, más aún atendiendo el carácter de servidores públicos de cualquier empleado municipal, sumado ello a la contumaz insubordinación jerárquica, quebrantándose, de esta manera, la relación de confianza indispensable para la continuidad del vínculo de empleo público.
Que, habiéndose ponderado adecuadamente los descargos gremiales y las opiniones disidentes del trámite, este Departamento Ejecutivo coincide con las conclusiones formuladas por la Instructora Sumariante, la Subsecretaría Legal y Técnica y las dictaminadas por el Tribunal de Disciplina pues reiteramos que esta administración Municipal no puede tolerar se desproteja la atención de un servicio esencial de salud pública respecto al ciudadano de Concordia, quién resulta ser el afectado definitivo como consecuencia de la negligencia de un agente municipal que podría haber devengado consecuencias gravísimas en la salud del ciudadano que concurre a dichos centros de salud para ser atendido y no encuentra la atención que se merece.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107°, inciso u) de la Ley Provincial N° 10.027 y modificatorias -Régimen de Municipalidades de Entre Ríos-.
Por ello:
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTÍCULO 1°.- APRUÉBASE el procedimiento sumarial instruido en los Expedientes N° 1321075/2022 y acumulados.
ARTÍCULO 2°.- DISPONER LA CESANTÍA de la agente municipal María Alejandra BENÍTEZ, D.N.I. N° 17.762.833, Legajo N° 6151, con encuadre en los artículos 16 incisos a), b) y d); 31 incisos c), d) y h); y 39 inciso f) de la Ordenanza N° 11.275/49, conforme a los fundamentos expuestos en los considerandos del presente acto.
ARTÍCULO 3°.- NOTIFÍQUESE a la sumariada por intermedio de la Oficina de Notificaciones Masivas.-
ARTÍCULO 4°.- COMUNÍQUESE a la Secretaría de Salud, a la Dirección de Recursos Humanos y a la Dirección de Liquidaciones Municipal a los fines de su cumplimiento, tome razón, publíquese, regístrese y oportunamente archívese.-
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Dr. DIEGO E. SAURE
Secretario de Salud.
---------- DECRETO N° 835/2.026.
Concordia, 14 de septiembre de 2.026.
VISTO, Las actuaciones en el Expediente Interno N°1956 "D"/2026 y,
CONSIDERANDO:
Que a foja 1 obra nota del Departamento de Comisiones Vecinales.
Que a foja 2 obra listado de cronograma de Elecciones de Comisiones Vecinales 2026.
Que a foja 4 obra dictamen N°1390/26 de la Dirección de Asuntos Jurídicos.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Art N°107, (inciso u), de la Ley N°10027 y modificatorias – Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTÍCULO 1º.- Apruébese en todos sus términos el "CRONOGRAMA DE ELECCIONES DE COMISIONES VECINALES 2026", cuyo listado forma parte del presente decreto.
ARTÍCULO 2º.- Dispóngase que el Departamento de Comisiones Vecinales dependiente de la Subsecretaría de Descentralización Municipal, tome debida nota.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, Publíquese, Regístrese, dese a la Secretaría de Desarrollo Humano, Subsecretaría de Descentralización Municipal y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
CARLOS H. GATTO
Secretario de Desarrollo Humano
CRONOGRAMA DE ELECCIONES DE COMISIONES VECINALES 2026
| Barrios | Fecha de Convocatoria |
Fecha de Inscripcion de Listas |
Fecha de Presentacion de Requisitos |
Fecha de Elecciones |
| Tavella Norte | 16/09/2026 | 24/09/2026 | 23/10/2026 | 14/11/2026 |
| Constitución Este | 23/09/2026 | 01/10/2026 | 30/10/2026 | 21/11/2026 |
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
CARLOS H. GATTO
Secretario de Desarrollo Humano.
---------- DECRETO N° 836/2.026
Concordia, 14 de septiembre de 2.026
VISTO, Las actuaciones en el Expediente Interno N°2040 "D"/2026 y,
CONSIDERANDO:
Que a foja 1 obra nota del Departamento de Comisiones Vecinales.
Que a foja 2 obra listado de cronograma de Elecciones de Comisiones Vecinales 2026.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Art N°107,(inciso u), de la Ley N°10027 y modificatorias – Régimen de las Municipales de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTÍCULO 1º.- Apruébese en todos sus términos el "CRONOGRAMA DE ELECCIONES DE COMISIONES VECINALES 2026", cuyo listado forma parte del presente decreto.
ARTÍCULO 2º.- Dispóngase que el Departamento de Comisiones Vecinales dependiente de la Subsecretaría de Descentralización Municipal, tome debida nota.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, Publíquese, Regístrese, dese a la Secretaria de Desarrollo Humano, Subsecretaria de Descentralización Municipal y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
CARLOS H. GATTO
Secretario de Desarrollo Humano.
CRONOGRAMA DE ELECCIONES DE COMISIONES VECINALES 2026
| Barrios | Fecha de Convocatoria |
Fecha de Inscripción de Listas |
Fecha de Presentación de Requisitos |
Fecha de Elecciones |
| San Martin | 29/09/2026 | 14/10/2026 | 13/11/2026 | 28/11/2026 |
| San Miguel 1° | 06/10/2026 | 21/10/2026 | 20/11/2026 | 05/12/2026 |
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
CARLOS H. GATTO
Secretario de Desarrollo Humano.
---------- Concordia, 10 de Septiembre de 2026.
Nº 10.481
VISTO:
La realización de las “V Jornadas Regionales de Genética”, organizadas por la Regional Litoral de la Sociedad Argentina de Genética, a desarrollarse los días 17 y 18 de septiembre de 2026 en la Facultad de Ciencias de la Alimentación de la Universidad Nacional de Entre Ríos, de la ciudad de Concordia, y;
CONSIDERANDO:
Que las V Jornadas Regionales de Genética constituyen un encuentro de carácter científico, académico y regional, organizado por la Regional Litoral de la Sociedad Argentina de Genética, destinado a promover el intercambio de conocimientos, experiencias y avances vinculados con la genética y sus aplicaciones en distintos ámbitos de relevancia para la producción, la salud, la investigación y la formación académica;
Que durante la primera jornada se encuentra previsto un curso pre-jornada dirigido a docentes de nivel medio, denominado “ADN, genes y diversidad: del código genético a las diferencias biológicas”, seguido por las acreditaciones y la ceremonia de apertura;
Que el programa científico contempla posteriormente exposiciones vinculadas al mejoramiento genético en producciones de la provincia de Entre Ríos, incluyendo temáticas relacionadas con cítricos, eucaliptos y arroz, así como un simposio denominado “Innovación Genética en Cultivos Estratégicos de la región: Soja, Colza y Especies Forrajeras”;
Que asimismo se prevén exposiciones sobre mejoramiento de forrajes, mejoramiento genético de soja, mejoramiento genético de colza y lino, culminando la jornada con una conferencia plenaria referida a la bioprospección de Eugenia myrtancha “ubajay”, frutal nativo de Entre Ríos;
Que el segundo día de actividades comprende un simposio sobre mejoramiento aplicado a la apicultura, abordando cuestiones relacionadas con la selección de colmenas, la inseminación instrumental, las bases genéticas y comportamentales de la resistencia a enfermedades y las prácticas de selección para la producción y mejoramiento apícola;
Que el cronograma continúa con presentaciones orales, una sección de pósteres y un simposio sobre estrategias genéticas en sistemas avícolas, incorporando contenidos relativos al mejoramiento genético avícola, la genética aplicada a la producción y la evolución genética en pollos parrilleros;
Que asimismo, se encuentra prevista una mesa redonda sobre medicina de precisión en ginecología, que abordará aspectos vinculados con el diagnóstico prenatal, la prevención del cáncer, los estudios citogenéticos, las herramientas moleculares aplicadas al diagnóstico prenatal y los paneles genéticos para el estudio del cáncer de mama y ovario;
Que el programa contempla además un espacio destinado a comunicaciones libres, organizado en áreas temáticas de genética y mejoramiento vegetal, genética y mejoramiento animal, genética humana, genética de microorganismos y virus, y docencia en genética;
Que la diversidad de disciplinas y temáticas incorporadas al cronograma evidencia el carácter interdisciplinario de las Jornadas y favorece la vinculación entre instituciones científicas, académicas, profesionales y productivas, generando un espacio para la actualización, divulgación y transferencia de conocimientos;
Que la realización de las Jornadas representa una oportunidad para fortalecer el intercambio entre investigadores, docentes, profesionales, estudiantes y demás actores vinculados con las distintas áreas de la genética, favoreciendo la circulación de conocimientos y experiencias de relevancia regional;
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN
ARTÍCULO 1º.- Declárese de Interés Municipal las V Jornadas Regionales de Genética, organizadas por la Regional Litoral de la Sociedad Argentina de Genética, que se desarrollarán en la Facultad de Ciencias de la Alimentación de la Universidad Nacional de Entre Ríos, sita en Avenida Mons. Tavella N° 1450 de la ciudad de Concordia, los días 17 y 18 de septiembre de 2026.
ARTÍCULO 2º.- Hágase entrega de la presente Resolución a la Regional Litoral de la Sociedad Argentina de Genética, en reconocimiento y constancia de la declaración efectuada.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES “FEDERICO ZORRAQUÍN”, 10 de Septiembre de 2026.
Lic. MAGDALENA RETA DE URQUIZA
Presidente
Dra. VERONICA NATALIA DELGADO
Secretaria.
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 11 de Septiembre de 2.026.
RESOLUCION N° 38.912.
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
CARLOS H. GATTO
Secretaría de Desarrollo Humano.
---------- Concordia, 10 de Septiembre de 2026.
Nº 10.485
VISTO:
La realización de la Charla abierta en el marco del “Día Mundial de Prevención del Suicidio”, el día jueves 10 de septiembre de 2026, a partir de las 15 hs. en el gazebo de Plaza 25 de Mayo, organizada por Lazos en Red y otras instituciones, y;
CONSIDERANDO:
Que el compromiso colectivo de nuestras instituciones educativas y sociales es indispensable para romper estigmas y visibilizar que la prevención es responsabilidad de todos;
Que la intervención temprana de la problemática del suicidio requiere un abordaje integral, comunitario y articulado. La jornada propuesta no solo busca sensibilizar a la ciudadanía sobre esta temática, sino también fomentar espacios de encuentro, escucha activa y contención, construyendo redes comunitarias sólidas;
Que durante la actividad en la Plaza 25 de Mayo, se llevarán a cabo diversas intervenciones pedagógicas, artísticas y recreativas:
- Charlas informativas y de contención: A cargo de la organización "Lazos en Red" y profesionales de la salud.
- Espacios de concientización académica: Con el acompañamiento de estudiantes y docentes de la Escuela de Enfermería y la UADER.
- Expresión artística y comunitaria: Presentación de una obra teatral sobre la vida de Alfonsina Storni por parte de estudiantes de la Escuela de La Bianca, promoviendo el arte como vehículo de reflexión.
- Actividades recreativas e integradoras: Propuestas dinámicas coordinadas por los estudiantes del ISEF.
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN
ARTÍCULO 1°.- Declárese de Interés Municipal y Social la Charla abierta en la Jornada de Concientización y Sensibilización en el marco del Día Mundial de Prevención del Suicidio, a realizarse en la Plaza 25 de Mayo el próximo 10 de septiembre a partir de las 15:00 hs.
ARTÍCULO 2°.- Destáquese la participación de las distintas instituciones educativas y comunitarias de nuestra ciudad, entre ellas la organización "Lazos en Red", la Escuela de Enfermería, la Universidad Autónoma de Entre Ríos (UADER), el Instituto Superior de Educación Física (ISEF) y la Escuela de La Bianca.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES “FEDERICO ZORRAQUÍN”, 10 de Septiembre de 2026.
Lic. MAGDALENA RETA DE URQUIZA
Presidente
Dra. VERONICA NATALIA DELGADO
Secretaria.
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 11 de Septiembre de 2.026.
RESOLUCION N° 38.913.
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
CARLOS H. GATTO
Secretaría de Desarrollo Humano.
---------- Concordia, 10 de Septiembre de 2026.
Nº 10.484
VISTO:
La realización de la "Jornada Presencial de Radiología en Quirófano", a llevarse a cabo en la ciudad de Concordia el día 12 de septiembre de 2026, en las instalaciones del Hospital Delicia Concepción Masvernat, y;
CONSIDERANDO:
Que la mencionada capacitación está destinada a Licenciados/as en Producción de Bioimágenes y Técnicos/as en Radiología, Enfermeros/as, camilleros y personal de quirófano, orientada al fortalecimiento de sus competencias profesionales dentro del ámbito quirúrgico y en áreas estériles multidisciplinarias;
Que la jornada propone un abordaje presencial, dinámico y participativo, con entrenamiento en el manejo del equipamiento de Arco en "C", la utilización de simuladores para la práctica de centrado de imagen en vivo, y el perfeccionamiento en el uso adecuado de los parámetros de radiación y radioprotección en quirófano;
Que la capacitación aborda contenidos esenciales para la seguridad del paciente y del personal de salud, tales como la optimización de dosis de radiación, la calibración de equipos, el mapeo y rastreo de elementos vasculares, y las normas de bioseguridad y limpieza de equipamiento;
Que la formación continua y la actualización técnica de los profesionales de la salud que se desempeñan en instituciones públicas de referencia regional, como el Hospital Delicia Concepción Masvernat, redundan directamente en una mejor calidad de atención y seguridad en los procedimientos quirúrgicos de la comunidad;
Que la actividad estará a cargo de destacados profesionales con amplia trayectoria académica y asistencial, como el Lic. Pablo Romanía y el Lic. Guillermo Sires, graduados de la Universidad de Buenos Aires y con vasta experiencia en el ámbito hospitalario;
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN
ARTÍCULO 1º.- Declárese de Interés Municipal, Educativo y Sanitario la "Jornada Presencial de Radiología en Quirófano", a realizarse el día 12 de septiembre de 2026 en la ciudad de Concordia, en la sede del Hospital Delicia Concepción Masvernat.
ARTÍCULO 2º.- Entréguese copia de la presente Resolución a los disertantes y organizadores del evento.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES “FEDERICO ZORRAQUÍN”, 10 de Septiembre de 2026.
Lic. MAGDALENA RETA DE URQUIZA
Presidente
Dra. VERONICA NATALIA DELGADO
Secretaria.
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 11 de Septiembre de 2.026.
RESOLUCION N° 38.914.
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
CARLOS H. GATTO
Secretaría de Desarrollo Humano.
----------- Concordia, 10 de Septiembre de 2026.
Nº 10.483
VISTO:
La disertación sobre “Envejecimiento en el siglo XXI a cargo de la Directora de Adultos Mayores de Entre Ríos, Psicóloga Graciela Mantarás, en el marco de La tercera edición de "No me sueltes la mano", el tradicional encuentro con el que cada año se celebra el Día de la Ancianidad, y que en esta oportunidad tendrá lugar el 10 de septiembre, en el Centro de Convenciones Concordia, y;
CONSIDERANDO:
Que es de destacar la planificación conjunta entre el Municipio, las instituciones y los espacios que trabajan diariamente con las personas mayores constituye una de las principales fortalezas del evento. Este trabajo articulado permite sumar propuestas, escuchar diferentes miradas y construir una celebración que, edición tras edición, incorpora nuevas actividades y mejora su calidad, convirtiéndose en un espacio cada vez más esperado por los vecinos de Concordia;
Que se conformó una mesa de trabajo integrada por representantes de distintas áreas municipales e instituciones vinculadas al cuidado y acompañamiento de las personas mayores. La misma está constituida por la directora de Discapacidad, Florencia Weiss; la responsable del Hogar Casa de los Abuelos "Gruta de Lourdes", Margarita Cámara; la coordinadora del Hogar Isthilart, Andrea Chirino; el jefe del Departamento de Economía Social, Miguel Parra; y la jefa del Departamento de Políticas para la Tercera Edad, Gladys Portugal, por el Concejo Deliberante la concejal Verónica Del Boca;
Que de la provincia, estará presente Graciela Mantarás, quien brindará una disertación sobre la importancia de promover políticas públicas orientadas al envejecimiento activo, la autonomía y el ejercicio pleno de los derechos de las personas mayores;
Que Graciela Mantarás, Psicóloga, Magister en Psicogerontología, Directora de Adultos Mayores de Entre Ríos, Subsecretaria de la Mujer Paraná, 2015-2019. Es impulsora de líneas de acción, investigación y capacitación sobre el cuidado de la población de la tercera edad;
Que es de destacar que el objetivo de dicho evento es de visibilizar, concientizar y de alguna forma acompañar a los vecinos de nuestra ciudad que transitan por esta etapa de la vida. Que además, la jornada incluirá espectáculos artísticos en vivo, sorteos, propuestas recreativas y numerosas actividades pensadas para que las personas mayores disfruten de una tarde de celebración junto a sus familias y la comunidad;
Que se invita a toda la comunidad a acompañar esta nueva edición de "No me sueltes la mano", una iniciativa que reafirma el compromiso de promover una ciudad más inclusiva, donde las personas mayores sean protagonistas y reciban el reconocimiento que merecen por su aporte permanente a la sociedad.
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN
ARTÍCULO 1º.- Declárese de Interés Municipal, la disertación a cargo de la directora de Adultos Mayores del Ministerio de Desarrollo Humano de Entre Ríos, Graciela Mantarás, quien brindará una charla dirigida a la importancia de promover políticas públicas orientadas al envejecimiento activo, la autonomía y el ejercicio pleno de los derechos de las personas mayores, a desarrollarse el día 10 de Septiembre del corriente año, en el Centro de Convenciones Concordia.
ARTÍCULO 2º.- Remítase copia de la presente a la Psicóloga Graciela Mantarás, como así también un diploma que exprese la presente declaración.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES “FEDERICO ZORRAQUÍN”, 10 de Septiembre de 2026.
Lic. MAGDALENA RETA DE URQUIZA
Presidente
Dra. VERONICA NATALIA DELGADO
Secretaria.
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 11 de Septiembre de 2.026.
RESOLUCION N° 38.915.
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
CARLOS H. GATTO
Secretaría de Desarrollo Humano.
----------- Concordia, 10 de Septiembre de 2026.
Nº 10.482
VISTO:
La nota presentada por el Museo de Antropología y Ciencias Naturales “Nelson Oscar Vassallo” de Concordia, mediante la cual se solicita declarar de Interés Cultural y Educativo, el Ciclo de Conferencias Virtuales “Horizonte Científico Abierto: Paisajes y memorias de la Entre Ríos profunda”, y;
CONSIDERANDO:
Que el Ciclo de Conferencias Virtuales “Horizonte Científico Abierto: Paisajes y memorias de la Entre Ríos profunda” constituye una propuesta de carácter científico, educativo y cultural orientada a promover el acceso y la divulgación del conocimiento vinculado con el patrimonio natural, paleontológico, arqueológico y biológico de la provincia de Entre Ríos;
Que la iniciativa se desarrolla camino al 30° Aniversario de la inauguración del Museo de Antropología y Ciencias Naturales “Nelson Oscar Vassallo” de Concordia, institución que constituye un espacio de referencia para la conservación, investigación, divulgación y valorización del patrimonio científico y natural de nuestra región;
Que el ciclo es impulsado de manera conjunta por el Museo de Antropología y Ciencias Naturales “Nelson Oscar Vassallo”, la Subsecretaría de Turismo de la Municipalidad de Concordia, el Centro de Investigaciones Científicas y Transferencia Tecnológica a la Producción (CICYTTP-CONICET-Gobierno de Entre Ríos-UADER) y el Instituto del Profesorado Concordia (IPC), conforme surge de la documentación presentada;
Que la propuesta tiene como finalidad generar un espacio de divulgación científica, reflexión e intercambio interdisciplinario, acercando a la comunidad conocimientos producidos por investigadores, docentes y especialistas en distintas áreas de las ciencias naturales y disciplinas vinculadas con el patrimonio entrerriano;
Que las conferencias abordarán diferentes aspectos relacionados con la historia natural, la biodiversidad, la paleobotánica, la paleontología y los procesos ambientales que atravesaron el territorio entrerriano, permitiendo una aproximación científica a la evolución de sus paisajes y ecosistemas;
Que el cronograma del ciclo contempla siete conferencias virtuales, a desarrollarse entre los meses de septiembre y noviembre de 2026, abordando diversas temáticas como:
1.- “Árboles fosilizados asociados a formaciones fluviales y palustres cuaternarias de la cuenca del río Uruguay”, el 30 de septiembre de 2026, a las 18:00 horas.
2.- “Los usos de las plantas a lo largo del tiempo en Entre Ríos”, el 8 de octubre de 2026, a las 19:00 horas.
3.- “Manejo de fauna exótica para la conservación de la fauna autóctona y el ambiente”, el 16 de octubre de 2026, a las 19:00 horas.
4.- “Vertebrados del Neógeno de la provincia de Entre Ríos”, el 24 de octubre de 2026, a las 17:30 horas.
5.- “La flora de Entre Ríos: un viaje por la diversidad de nuestros paisajes”, el 30 de octubre de 2026, a las 19:00 horas.
6.- “Los bosques del Mioceno: una ventana al pasado de la costa del río Paraná”, el 6 de noviembre de 2026, a las 19:00 horas.
7.- “Cuando Entre Ríos tenía mamíferos. Nuevos hallazgos sobre el antiguo Mar Paranaense”, el 13 de noviembre de 2026, a las 19:00 horas;
Que la propuesta permite poner en valor investigaciones científicas vinculadas específicamente con el territorio entrerriano y, particularmente, con ambientes y procesos naturales relacionados con las cuencas de los ríos Uruguay y Paraná, contribuyendo a fortalecer el conocimiento sobre el patrimonio natural regional;
Que resulta especialmente relevante que especialistas e investigadores pertenecientes a instituciones científicas y académicas acerquen sus conocimientos a la comunidad mediante una modalidad abierta y virtual, favoreciendo el acceso a contenidos científicos y educativos por parte de estudiantes, docentes, profesionales, investigadores, instituciones y público interesado;
Que las inscripciones se encuentran destinadas al público en general y, especialmente, a docentes, científicos, profesionales y técnicos especializados, estudiantes de niveles superiores o universitarios, integrantes de instituciones vinculadas con la cultura, los museos y el turismo, y demás personas interesadas en las temáticas abordadas;
Que la modalidad virtual constituye asimismo una herramienta que favorece la participación de personas que se encuentran fuera de la ciudad, ampliando el alcance territorial de una propuesta que tiene como eje de estudio y divulgación el patrimonio natural y científico de Entre Ríos;
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN
ARTÍCULO 1º.- Declárese de Interés Municipal, Cultural y Educativo, el Ciclo de Conferencias Virtuales “Horizonte Científico Abierto: Paisajes y memorias de la Entre Ríos profunda”, a desarrollarse en el marco del camino al 30° Aniversario de la inauguración del Museo de Antropología y Ciencias Naturales “Nelson Oscar Vassallo” de Concordia, comprendiendo siete encuentros programados entre el 30 de septiembre y el 13 de noviembre de 2026, conforme al cronograma y fundamentos expuestos en los considerandos de la presente.
ARTÍCULO 2º.- Hágase entrega de copia de la presente Resolución al Museo de Antropología y Ciencias Naturales “Nelson Oscar Vassallo” de Concordia, a la Subsecretaría de Turismo de la Municipalidad de Concordia, al Centro de Investigaciones Científicas y Transferencia Tecnológica a la Producción (CICYTTP-CONICET-Gobierno de Entre Ríos-UADER) y al Instituto del Profesorado Concordia (IPC), en reconocimiento y constancia de la declaración efectuada.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES “FEDERICO ZORRAQUÍN”, 10 de Septiembre de 2026.
Lic. MAGDALENA RETA DE URQUIZA
Presidente
Dra. VERONICA NATALIA DELGADO
Secretaria.
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 11 de Septiembre de 2.026.
RESOLUCION N° 38.916.
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
CARLOS H. GATTO
Secretaría de Desarrollo Humano.
---------- Concordia, 10 de Septiembre de 2026.
Nº 10.486
VISTO:
La nota presentada por el Sr. Mariano Ramón Demczuk y la Sra. Fernanda Soledad Molina, en su carácter de organizadores del proyecto “Tecnovincularte 2026”, mediante la cual solicitan la declaración de Interés del Concejo Deliberante de Concordia, y;
CONSIDERANDO:
Que el proyecto “Tecnovincularte 2026” constituye una propuesta educativa que, a través de un concurso, procura fortalecer la vinculación entre estudiantes de nivel primario de la ciudad de Concordia y la Escuela Secundaria Técnica F.C.A.L. U.N.E.R., dependiente de la Facultad de Ciencias de la Alimentación de la Universidad Nacional de Entre Ríos;
Que la iniciativa está destinada a estudiantes que cursan 6º grado de escuelas primarias de la ciudad de Concordia, quienes, organizados en equipos y con el acompañamiento de docentes, participan en el diseño y construcción de un robot destinado a resolver una problemática de la vida cotidiana;
Que la propuesta contempla dos categorías de participación: Categoría 1: Básica, que permite la reutilización de elementos tecnológicos en desuso y la incorporación de sistemas eléctricos de corriente continua; y Categoría 2: Avanzada, que incorpora además programación mediante plataformas como Arduino o Scratch;
Que entre los objetivos del proyecto se encuentran fortalecer la vinculación institucional entre las escuelas primarias de la ciudad y la Escuela Secundaria Técnica F.C.A.L. U.N.E.R.; promover la creatividad, la innovación y el pensamiento crítico; generar espacios de encuentro e intercambio vinculados con la ciencia y la tecnología; fomentar el trabajo en equipo y la cooperación; concientizar sobre el cuidado del ambiente mediante la reutilización responsable de materiales; y estimular el interés por las áreas de Ciencia y Tecnología;
Que la propuesta favorece la articulación entre distintos niveles educativos y genera un espacio para que los estudiantes se aproximen al conocimiento tecnológico mediante la experimentación, el diseño, la resolución de problemas y el trabajo colaborativo;
Que los proyectos son evaluados considerando, entre otros aspectos, la originalidad y creatividad, las dimensiones del robot, el uso adecuado de los materiales, su funcionalidad, el trabajo en equipo, la presentación y exposición grupal, así como el proceso de elaboración desarrollado por los estudiantes;
Que asimismo el proceso de construcción de los robots deberá ser documentado mediante un registro fotográfico digital compuesto por diez (10) imágenes, como parte de las instancias previstas por las bases del concurso;
Que el jurado estará conformado por personal docente de la Escuela Secundaria Técnica F.C.A.L. U.N.E.R., quienes evaluarán los proyectos conforme a los criterios establecidos;
Que en esta sexta edición se cuenta con la participación de quince (15) instituciones educativas y un total de cuarenta y dos (42) proyectos presentados, correspondiendo veintiocho (28) a la Categoría Básica y catorce (14) a la Categoría Avanzada, lo que evidencia el alcance y nivel de participación alcanzado por la propuesta en el ámbito educativo de la ciudad;
Que la instancia de exposición y evaluación de los trabajos se llevará a cabo el día miércoles 16 de septiembre de 2026, en la Escuela Secundaria Técnica F.C.A.L. U.N.E.R., sita en calle 59 y Gregoria Pérez, de la ciudad de Concordia, encontrándose prevista la jornada entre las 08:00 y las 12:00 horas;
Que durante dicha jornada se desarrollará el armado de los espacios entre las 08:00 y las 08:30 horas; el inicio del concurso a las 08:30 horas; la recorrida y evaluación de los proyectos entre las 08:30 y las 11:00 horas; y la instancia de premiación entre las 11:00 y las 12:00 horas;
Que el “Tecnovincularte”, más allá de su carácter competitivo, procura promover la vinculación con la tecnología y con la educación secundaria de modalidad técnica, el trabajo en equipo, la creación y la innovación, integrando el aprendizaje y el disfrute como parte de la experiencia educativa;
Que la iniciativa constituye una instancia de participación y aprendizaje que contribuye a acercar a los estudiantes a la ciencia, la tecnología y la educación técnica, fortaleciendo los vínculos entre instituciones educativas de la ciudad y promoviendo capacidades vinculadas con la creatividad, la innovación, la cooperación y la resolución de problemáticas concretas.
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN
ARTÍCULO 1°.- Declárese de Interés Municipal y Educativo, el Concurso “Tecnovincularte 2026”, que se desarrollará el día miércoles 16 de septiembre, de 08:00 a 12:00 horas, en la Escuela Secundaria Técnica F.C.A.L. U.N.E.R., sita en calle 59 y Gregoria Pérez de la ciudad de Concordia, conforme los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente.
ARTÍCULO 2°.- Hágase entrega de la presente resolución al Sr. Mariano Ramón Demczuk y a la Sra. Fernanda Soledad Molina, en su carácter de organizadores del Concurso “Tecnovincularte 2026”.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES “FEDERICO ZORRAQUÍN”, 10 de Septiembre de 2026.
Lic. MAGDALENA RETA DE URQUIZA
Presidente
Dra. VERONICA NATALIA DELGADO
Secretaria.
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 11 de Septiembre de 2.026.
RESOLUCION N° 38.917.
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
CARLOS H. GATTO
Secretaría de Desarrollo Humano.
----------EDICTO.-
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica al Sr. MIGUEL ANGEL BRITES, D.N.I. N° 22.633.372, Legajo N° 2891, que en los EXPT: 89 "D" 2026 y 3321 "D" 2025, se ha dispuesto la presente notificación tendiente a hacerle saber que mediante Resolución N° 6006/2026 de fecha 25 de agosto del año 2026, se ha dispuesto lo siguiente: ARTICULO 1°.- Disponer la aplicación de una sanción disciplinaria consistente en CINCO (5) DIAS HÁBILES DE SUSPENSIÓN SIN GOCE DE SUELDO, al Agente Mensual MIGUEL ANGEL BRITES, Legajo N°2891, dependiente de la Dirección de Higiene Urbana, de la Subsecretaría de Servicios Públicos - Secretaría de Servicios Públicos, por presentar ausencia injustificada, los días a saber: 27/11/2025 y 13/01/2026, la conducta del mencionado Agente se encuentra incursa en el artículo 16° inciso a) de la Ordenanza de Escalafón Municipal, y resulta pasible de la sanción establecida en el artículo 39°, inciso c) de la citada norma, en mérito a las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el artículo 40 del mismo cuerpo legal. ARTICULO 2°.- Remitir las presentes actuaciones a la Dirección de Recursos Humanos a fin de fijar fecha de cumplimiento de la sanción establecida en el artículo que antecede y proceder a dejar asentado lo dispuesto en el legajo personal del Agente Mensual ya filiado. ARTICULO 3°.-Notificar, al Agente en cuestión, tome nota la Dirección de Higiene Urbana, dependiente de la Subsecretaría de Servicios Públicos - Secretaría de Servicios Públicos, luego vuelva a la Dirección de Recursos Humanos, a fin de ser reservado en su legajo personal, como antecedente. Fdo. Dr. FRANCISCO AZCUE Presidente Municipal de Concordia, ROBERTO OSCAR REMIREZ Secretario de Servicios Públicos Municipalidad de Concordia.
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO
CONCORDIA DE SEPTIEMBRE 2026
----------La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica al Sr. MIGUEL ANGEL BRITES, D.N.I. N° 22.633.372, Legajo N° 2891, que en los EXPT: 89 "D" 2026 y 3321 "D" 2025, se ha dispuesto la presente notificación tendiente a hacerle saber que mediante Resolución N° 6006/2026 de fecha 25 de agosto del año 2026, se ha dispuesto lo siguiente: ARTICULO 1°.- Disponer la aplicación de una sanción disciplinaria consistente en CINCO (5) DIAS HÁBILES DE SUSPENSIÓN SIN GOCE DE SUELDO, al Agente Mensual MIGUEL ANGEL BRITES, Legajo N°2891, dependiente de la Dirección de Higiene Urbana, de la Subsecretaría de Servicios Públicos - Secretaría de Servicios Públicos, por presentar ausencia injustificada, los días a saber: 27/11/2025 y 13/01/2026, la conducta del mencionado Agente se encuentra incursa en el artículo 16° inciso a) de la Ordenanza de Escalafón Municipal, y resulta pasible de la sanción establecida en el artículo 39°, inciso c) de la citada norma, en mérito a las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el artículo 40 del mismo cuerpo legal. ARTICULO 2°.- Remitir las presentes actuaciones a la Dirección de Recursos Humanos a fin de fijar fecha de cumplimiento de la sanción establecida en el artículo que antecede y proceder a dejar asentado lo dispuesto en el legajo personal del Agente Mensual ya filiado. ARTICULO 3°.-Notificar, al Agente en cuestión, tome nota la Dirección de Higiene Urbana, dependiente de la Subsecretaría de Servicios Públicos - Secretaría de Servicios Públicos, luego vuelva a la Dirección de Recursos Humanos, a fin de ser reservado en su legajo personal, como antecedente. Fdo. Dr. FRANCISCO AZCUE Presidente Municipal de Concordia, ROBERTO OSCAR REMIREZ Secretario de Servicios Públicos Municipalidad de Concordia.
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO
CONCORDIA DE SEPTIEMBRE 2026
EDICTO.-
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica al Sr. GUSTAVO ALEJANDRO GUTIERREZ, Legajo 2.733, D.N.I. N° 18.490.339, que en los EXPT: 534 "D" 2026; 751 "D" 2026 y 1365494/2026, se ha dispuesto la presente notificación tendiente a hacerle saber que mediante Resolución N° 5898/2026 de fecha 21 de agosto del año 2026, se ha dispuesto lo siguiente: ARTICULO 1°.- No hacer lugar al descargo presentado por el agente Gustavo Alejandro GUTIÉRREZ, Legajo N° 2733, por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente. ARTÍCULO 2°.- Notifíquese al interesado con entrega de copia de la presente por parte de la Oficina de Notificaciones Masivas. Fdo. Dr. FRANCISCO AZCUE Presidente Municipal de Concordia, ROBERTO OSCAR REMIREZ Secretario de Servicios Públicos Municipalidad de Concordia
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO.
CONCORDIA DE SEPTIEMBRE 2026.
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica al Sr. GUSTAVO ALEJANDRO GUTIERREZ, Legajo 2.733, D.N.I. N° 18.490.339, que en los EXPT: 534 "D" 2026; 751 "D" 2026 y 1365494/2026, se ha dispuesto la presente notificación tendiente a hacerle saber que mediante Resolución N° 5898/2026 de fecha 21 de agosto del año 2026, se ha dispuesto lo siguiente: ARTICULO 1°.- No hacer lugar al descargo presentado por el agente Gustavo Alejandro GUTIÉRREZ, Legajo N° 2733, por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente. ARTÍCULO 2°.- Notifíquese al interesado con entrega de copia de la presente por parte de la Oficina de Notificaciones Masivas. Fdo. Dr. FRANCISCO AZCUE Presidente Municipal de Concordia, ROBERTO OSCAR REMIREZ Secretario de Servicios Públicos Municipalidad de Concordia
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO.
CONCORDIA DE SEPTIEMBRE 2026.
