Secretaría de Gobierno
ARTÍCULO 26°.- Compete a la Secretaría de Gobierno, en general asistir al Departamento Ejecutivo en todo lo inherente al gobierno político y a las relaciones institucionales, sociales y gremiales del Departamento Ejecutivo;
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ORDENANZA Nº 38703
SECRETARÍA DE GOBIERNO
ARTÍCULO 26°.- Compete a la Secretaría de Gobierno, en general asistir al Departamento Ejecutivo en todo lo inherente al gobierno político y a las relaciones institucionales, sociales y gremiales del Departamento Ejecutivo; la recepción y contestación de documentación y correspondencia del Departamento Ejecutivo, la promoción de los derechos humanos, la implementación de las políticas de comunicación audiovisual, las funciones de ceremonial, protocolo, agenda y la organización de eventos institucionales; la política de comunicación oficial, la publicidad de los actos de gobierno a través de los medios de prensa; la coordinación y control del cumplimiento de las funciones asignadas a todas las Direcciones, Departamentos, Divisiones, Coordinaciones y áreas, y en particular entender en:
- En la determinación de los objetivos y formulación de las políticas del área de su competencia.
- Refrendar y legalizar con su firma los actos administrativos que correspondan a su Secretaría.
- En la ejecución de los planes, programas y proyectos del área de su competencia, coordinando y controlando las actividades y actos administrativos de las distintas áreas a su cargo.
- En la coordinación operativa de las relaciones con el Concejo Deliberante.
- En las relaciones con el Estado Nacional, los Estados Provinciales, otros Municipios, Gobiernos y autoridades extranjeras y entidades no gubernamentales.
- En la articulación y coordinación de las relaciones institucionales con comunidades religiosas.
- En la planificación, desarrollo, ejecución y control de Políticas de Seguridad en coordinación con Fuerzas de Seguridad, Policía, Justicia e instituciones intermedias.
- En las cuestiones derivadas de la relación de dependencia administrativa de la Justicia de Faltas Municipal.
- En el ejercicio del Poder de Policía Municipal y control del tránsito vehicular.
- En el control legal de los actos administrativos de su competencia y defensa del patrimonio municipal.
- En la preservación, custodia y mantención de la seguridad sobre los edificios y bienes inmuebles municipales.
- En la supervisión y fiscalización de la edición del Boletín Oficial de la Municipalidad y sistematización de legislación vigente.
- Garantizar la correcta ejecución del presupuesto de su área.
- Entender en las comunicaciones oficiales a través de redes sociales y demás canales audiovisuales.
- Atender lo relativo al protocolo, ceremonial y relaciones públicas del Presidente Municipal.
- Promover la equidad de género y el respeto por la diversidad sexual en ámbitos de gobierno local.
- Difundir los Derechos Humanos en el espacio público.
- Procurar el cumplimiento de los objetivos de gobierno y modernizar la gestión de políticas públicas.
- En la formulación y dirección de la política de comunicación a través de medios de prensa.
- En los mensajes del gobierno municipal y promoción de medios de comunicación.
- En los controles de inspección, habilitaciones y control bromatológico.
- Garantizar la salud y bienestar de animales, promover la tenencia responsable y proteger la salud pública.
- En lo atinente a la Terminal de Ómnibus y Aeropuerto.
- Las demás competencias que se establecen en la orgánica de cada Dirección, Coordinación, Departamento, Sección u Área.
ARTÍCULO 27°.- Actuarán en el ámbito de la Secretaría de Gobierno, las siguientes Subsecretarías, Direcciones, Unidades y dependencias:
- Subsecretaría de Gobierno.
- Subsecretaría de Legal y Técnica.
- Subsecretaría de Seguridad Ciudadana.
- Subsecretaría de Comunicación y Prensa.
- Dirección de Administración y Despacho.
- Dirección de Tránsito y Transporte.
- Dirección de Inspecciones.
- Dirección de Asuntos Jurídicos.
- Dirección de Coordinación de Gobierno.
- Tribunal de Disciplina.
- Tribunal Administrativo.
- Dirección de Prevención y Seguridad Municipal.
- Dirección de Ceremonial y Protocolo.
- Dirección de Eventos.
- Dirección de Contenidos Audiovisuales.
- Dirección de Unidad Intendencia.
- Dirección de Bromatología.
- Dirección de Gestión Política.
- Dirección Veterinaria.
ARTÍCULO 28°.- Compete a la Subsecretaría de Gobierno entender en todo lo que le demande la Secretaría de Gobierno y en la coordinación y control del cumplimiento de las funciones asignadas a todas las Direcciones, Departamentos, Divisiones, Coordinaciones, Unidades y áreas de la Secretaría de Gobierno. Se relacionará con el Departamento Ejecutivo a través de la Secretaría de Gobierno.
ARTÍCULO 29°.- Compete a la Subsecretaría de Legal y Técnica realizar el control de legalidad en todos los trámites en que intervenga el Departamento Ejecutivo, emitir dictámenes previos, asesorar jurídicamente y controlar la legalidad de proyectos, convenios y actos administrativos. Se relacionará con el Departamento Ejecutivo a través de la Secretaría de Gobierno.
ARTÍCULO 30°.- Compete a la Subsecretaría de Seguridad Ciudadana coordinar, organizar y cumplir la política municipal de seguridad ciudadana, colaborar con Fuerzas de Seguridad y Justicia, implementar programas de participación ciudadana, controlar edificios municipales y sistemas de seguridad ciudadana. Se relacionará con el Departamento Ejecutivo a través de la Secretaría de Gobierno.
ARTÍCULO 31°.- Compete a la Subsecretaría de Comunicación y Prensa la formulación y dirección de la política de comunicación de la gestión municipal, administración de la pauta publicitaria, relación con medios locales, provinciales y nacionales, coordinación de prensa, elaboración de síntesis diaria y relación con la Radio Municipal. Se relacionará con el Departamento Ejecutivo a través de la Secretaría de Gobierno.
ARTÍCULO 32°.- Compete a la Dirección de Administración y Despacho orientar y diligenciar trámites administrativos, despacho diario, redacción de actos administrativos, control de expedientes, archivo de ordenanzas, decretos y resoluciones, y control de rendiciones de cajas menores. Se relacionará con la Secretaría de Gobierno.
ARTÍCULO 33°.- Compete a la Dirección de Tránsito y Transporte planificar y fiscalizar la movilidad urbana en todos sus modos, proponer y ejecutar políticas de sustentabilidad e integración territorial, y garantizar seguridad y agilidad en la movilidad. Se relacionará con la Secretaría de Gobierno a través de la Subsecretaría de Gobierno.
ARTÍCULO 34°.- Compete a la Dirección de Inspecciones controlar espectáculos públicos, comercios, habilitaciones, vendedores ambulantes y moralidad pública, conforme Ordenanza Tributaria y N° 32.747. Se relacionará con la Secretaría de Gobierno a través de la Subsecretaría de Gobierno.
ARTÍCULO 35°.- Compete a la Dirección de Asuntos Jurídicos entender en actuaciones judiciales y administrativas, asesorar jurídicamente, controlar la legalidad del trámite administrativo interno y de los actos administrativos, y supervisar Boletín Oficial y Digesto Municipal. Se relacionará con la Secretaría de Gobierno a través de la Subsecretaría de Legal y Técnica.
ARTÍCULO 36°.- Compete a la Dirección de Coordinación de Gobierno articular dependencias de la Secretaría, seguimiento de proyectos, inicio y remisión de expedientes, coordinación de maestranza del Palacio Municipal. Se relacionará con la Secretaría de Gobierno.
ARTÍCULO 37°.- Compete al Tribunal de Disciplina cumplir funciones según la Ordenanza de Escalafón N° 11.275/49 y sus modificatorias. Se relacionará con la Secretaría de Gobierno a través de la Subsecretaría Legal y Técnica.
ARTÍCULO 38°.- Compete al Tribunal Administrativo cumplir funciones según la Ordenanza de Escalafón N° 11.275/49 y sus modificatorias. Se relacionará con la Secretaría de Gobierno a través de la Subsecretaría Legal y Técnica.
ARTÍCULO 39°.- Compete a la Dirección de Prevención y Seguridad Municipal coordinar, organizar y cumplir la política de prevención y seguridad ciudadana. Se relacionará con la Secretaría de Gobierno a través de la Subsecretaría de Seguridad Ciudadana.
ARTÍCULO 40°.- Compete a la Dirección de Ceremonial y Protocolo organizar actos oficiales, asistir al Presidente Municipal y autoridades, recibir personalidades, enviar epístolas y asegurar cumplimiento de principios protocolares. Se relacionará con la Secretaría de Gobierno a través de la Subsecretaría de Comunicación y Prensa.
ARTÍCULO 41°.- Compete a la Dirección de Eventos coordinar actividades culturales, deportivas y turísticas, gestionar calendario de eventos y trabajar en colaboración con otras áreas. Se relacionará con la Secretaría de Gobierno a través de la Subsecretaría de Gobierno.
ARTÍCULO 42°.- Compete a la Dirección de Contenidos Audiovisuales diseñar y ejecutar spots publicitarios, avisos, contenidos para redes sociales y medios audiovisuales institucionales. Se relacionará con la Secretaría de Gobierno a través de la Subsecretaría de Comunicación y Prensa.
ARTÍCULO 43°.- Compete a la Dirección de Unidad Intendencia organizar la agenda diaria del Presidente Municipal y asistirlo en tareas asignadas. Se relacionará con la Secretaría de Gobierno.
ARTÍCULO 44°.- Compete a la Dirección de Bromatología garantizar el cumplimiento del Código Alimentario Argentino, ejecutar inspecciones, evaluar riesgos alimentarios, capacitar actores de la cadena alimentaria, implementar campañas de comunicación, establecer alianzas estratégicas y adaptarse a cambios normativos. Se relacionará con la Secretaría de Gobierno a través de la Subsecretaría de Gobierno.
ARTÍCULO 45°.- Compete a la Dirección de Gestión Política planificar, coordinar y fortalecer vínculos del Departamento Ejecutivo con instituciones públicas y privadas, gestionar convenios y facilitar articulación con la sociedad civil. Se relacionará con la Secretaría de Gobierno.
ARTÍCULO 46°.- Compete a la Dirección de Veterinaria atender animales pequeños y exóticos, coordinar programas de vacunación, esterilización y control de enfermedades, realizar operativos por denuncias de maltrato animal, coordinar Centro de Cuidados Ecuestres y gestionar tasas y derechos correspondientes. Se relacionará con la Secretaría de Gobierno.
Ver OrdenanzaOrganigrama
Estructura de áreas de la Secretaría y sus responsables.
Secretaría de Gobierno
Subsecretaría de Gobierno
Facundo Spinelli
Subsecretaría Legal y Técnica
Dr. Ignacio Del Valle
Subsecretaría de Seguridad Ciudadana
Crio. Claudio Purgart
Subsecretaría de Descentralización Municipal
Dr. Cristian Ivan Frederik
Subsecretaría de Comunicación y Prensa
Dirección de Administración y Despacho
Cra. Romina Paoli
Patricia Rodríguez
Secretaria de Gobierno
