DecretoPublicación: 20 de enero de 2025

Decreto N° 2/2025

contratación de los profesionales que cumplirán funciones de guardavidas

DECRETO Nº 002 FECHA: 03/01/2025 PUBLICACIÓN: 20/01/2025 ARTÍCULO 1º.- Dispónese la contratación de los profesionales que cumplirán funciones de guardavidas, cuyo detalle obra en el Anexo que forma parte integrante del presente Decreto, en la modalidad con aportes, desde el 20 de diciembre de 2024 al 30 de abril del 2025, en virtud de lo expresado en el considerando precedente.

ARTÍCULO 2°.- Establécese como valor de contrato el importe mensual de PESOS SEISCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO CON 87/100 ($ 659.264,87).

ARTÍCULO 3º.- Otórgase al personal detallado en el Anexo del presente Decreto, los siguientes adicionales, que se liquidarán mensualmente durante el período de contratación: 1. Tareas riesgosas: 25 % del valor del contrato. 2. Antigüedad: 3% del valor del contrato por cada año de prestación en temporada estival, con un tope máximo de veinticinco (25) años.

ARTÍCULO 4°.- Dispónese que el personal de guardavidas, contratados en el Artículo 1° del presente Decreto, dependerán del Departamento Servicio Municipal de Guardavidas y Prevención en Playas - Dirección de Prevención Civil y Emergencias Sanitarias, dependiente de la Secretaría de Salud, que se encargará de supervisar el servicio prestado, el control del cumplimiento de las horas asignadas, la distribución y asignación de puestos de trabajos y todo lo concerniente al manejo administrativo y funcional de los mismos.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, tome nota la Dirección de Liquidación de Haberes y oportunamente archívese.

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