ARTICULO 1°._ Téngase presente en todos sus términos, el Convenio suscripto entre Facultad de Ciencias de la Vida y la Salud y la Municipalidad de Concordia, el cual forma parte integrante del presente Decreto como Anexo.
ARTICULO 2°.- Disponer, reconocer y abonar Facultad de Ciencias de la Vida y la Salud la suma de PESOS CUATRO MILLONES TRESCIENTOS MIL ($4.300.000,00.-). El primer desembolso del 50% de lo estipulado deberá realizarse dentro de los 30 días de firmado el presente Convenio y el monto restante a los 90 días de su firma, a la cuenta bancaria N° 001000904294; CBU 3860001001000009042941 a nombre de la Facultad de Ciencias de la Vida y la Salud; en virtud del cumplimiento del presente Convenio firmado entre la Municipalidad de Concordia y la Institución, debiendo la Subsecretaría de Educación dependiente de la Secretaría de Desarrollo Humano iniciar el trámite administrativo de pago, según se detallado precitado Convenio a condición que la Institución de cumplimiento al Convenio y el presente Decreto.
ARTICULO 3°._ Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Convenio celebrado entre la Facultad de Ciencias de la Vida y la Salud y la Municipalidad de Concordia, a las partidas correspondientes a la Secretaria de Desarrollo Humano del Presupuesto General de Administración Pública Municipal para el Ejercicio Económico Pertinente.
ARTICULO 4°.- Autorícese a la Contaduría Municipal y Tesorería Municipal a emitir la Orden y efectuar el pago correspondiente, previo cumplimiento de las obligaciones que al efecto se establecen en el Convenio.
ARTICULO 5°.- Remitir una copia del presente Decreto, para su conocimiento, toma de razón e intervención, a la Facultad de Ciencias de la Vida y la Salud, cumplimentado dar conocimiento a la Contaduría y Tesorería Municipal.
ARTICULO 6°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
*DEROGADO POR DECRETO Nº 586/2025*
