DecretoPublicación: 4 de agosto de 2026

Decreto N° 677/2026

Reorganización de la Estructura Orgánica del Departamento Ejecutivo Municipal y Designación de Autoridades

ARTICULO 1°.- Derógase el artículo 23 del Decreto N° 1.175/2025, suprimiéndose el Departamento de Gestión del Parque Central (Ex Estación Norte), con vigencia a partir del 1 de julio de 2026.

ARTICULO 2°.- Establécese que las funciones, competencias y responsabilidades asignadas al Departamento de Gestión del Parque Central (Ex Estación Norte) serán asumidas por la Dirección del Centro de Convenciones, sin perjuicio de las demás atribuciones que le asigna la normativa vigente, a partir del 1 de julio de 2026.

ARTICULO 3°.- Déjase sin efecto, a partir del 1 de julio de 2026, la designación del Sr. Marcelo Fabián SPOMER, D.N.1. N.° 22.633.630, dispuesta por el artículo 2° del Decreto N.° 1.155/2025.

ARTICULO 4°.- Dejase sin efecto, a partir del 1 de julio de 2026, la designación de la Sra. Mariana CHIÁRELLO, D.N.I. N.° 32.514.130, dispuesta por el artículo 4° del Decreto N° 1.155/2025.

ARTICULO 5°.- Déjase sin efecto, a partir del 1 de julio de 2026, la designación de la Sra. María Gisela MIGLIORA, D.N.I. N.° 24.467.304, como Jefa del Departamento Gestión del Parque Central, dispuesta por el artículo 51 del Decreto N° 1.175/2025.

ARTICULO 6°.- Desígnese Directora de Coordinación General a la Sra. María Gisela MIGLIORA, D.N.I. N° 24.467.304, para el desempeño, de las funciones asignadas en el artículo 97 de la Ordenanza N° 38.703/2025, con vigencia a partir del 1 de julio de 2026. Tendrá rango de Director Político Nivel 1.

ARTICULO 7°.- Desígnese Director del Centro de Convenciones al Sr. Marcelo Fabián SPOMER, D.N.I. N° 22.633.630, para el desempeño de las funciones asignadas en el artículo 99 de la Ordenanza N° 38.703/2025, con vigencia a partir del 1 de julio de 2026. Tendrá rango de Director Político Nivel 1.

ARTICULO 8°.- La presente disposición se dicta de conformidad con lo previsto en la Ordenanza N.° 38.703/2025.

ARTICULO 9°.- Déjase sin efecto toda disposición que se oponga al presente Decreto.

ARTICULO 10°.- Manténgase vigentes, en todos sus términos, las restantes disposiciones de los Decretos Nros. 1.155/2025 y 1.175/2025 que no hayan sido modificadas por el presente.

ARTICULO 11°.- Remítase copia a la Dirección de Recursos Humanos y a la Dirección de Liquidación de Haberes, a sus efectos.

ARTICULO 12°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y oportunamente, archívese.

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