DecretoPublicación: 20 de agosto de 2021

Decreto N° 912/2021

Abono por Servicos prestado en Atencion Primaria y Clinica del Deporte

DECRETO Nº 912 FECHA: M20.08.2021 PUBLICADO: 20.08.2021 ARTICULO 1°.- Apruébese y reconózcase el presente gasto por la suma total de PESOS DOS MILLONES NOVENTA Y DOS MIL SETECIENTOS CUARENTA Y DOS ($ 2.092.742,00.-) Y declarar legitimo dicho abono a las personas detalladas en el Anexo adjunto, el importe especificado en cada caso, conforme a los antecedentes mencionados en el Considerando del presente.

ARTICULO 2°.- Encuádrese el gasto en el Artículo 12°, inciso d.1 de la Ordenanza N° 34.698.

ARTICULO 3°.- Rectifíquese el anexo del Decreto N° 838/21, para los ítem: 3/4/8/15/16/19/21/25/28/40/65/66/68/70/73, debe indicarse "Recibo C", ítem 60/74: Debe indicarse "Factura B" y en el apartado Clínica del Deporte, corresponde rectificar ítem 1: debe indicarse "Recibo B" e ítem 2°: "Recibo C".

ARTICULO 4°.- Impútese la erogación indicada en el Artículo 1°a las partidas presupuestarias: • N°O.3.10.01.01.02.21.05 -$2.029.742,00 -SYD. • N° 0.4.40.01.01.02.21.05 - $ 63.000,00 - SYD

ARTICULO 5°.- Procédase conforme al Artículo 115° de la Ordenanza N° 34.698, para los casos informados por la Dirección de Rentas a fojas 260/261/262.

ARTICULO 6°.- Gírese a Contaduría y Tesorería a sus efectos.

ARTICULO 7°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.

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