DecretoPublicación: 17 de diciembre de 2021

Decreto N° 1401/2021

Convenio entre Cooperativa Electrica y Otros Servicios de Concordia Ltda y Muniicipalidad de Concordia - Bº Isla Maciel

DECRETO Nº 1401 FECHA: 14.12.2021 PUBLICADO: 17.12.2021

ARTICULO 1°.- Ratifíquese en todos sus términos el CONVENIO OBRA, suscripto por una parte, por el Dr. Marcelo Rubén SPINELU, D.N.I. N° 13.940,174, la Sra. Hilda Beatriz RACEDO, D.N.I. N° 10.072.148 y el Sr. Ángel Julio PEREZ, D.N.I. 10.071.938, en representación de la COOPERATIVA ELÉCTRICA Y OTROS SERVICIOS DE CONCORDIA LIMITADA, y por la otra parte, la MUNICIPALIDAD DE CONCORDIA, representada por el Sr. Presidente Municipal, Don Alfredo Daniel FRANCOLINI, D.N.I. N° 16.360.154, asistido en este acto por la Sra. Secretaria de Desarrollo Urbano, Arq. Mireya Liliana LOPEZ BERNIS, D.N.I. N° 12.426.693, que forma parte del presente, como Anexo, dado lo considerado precedentemente.

ARTICULO 2°.- Dispónese que la Secretaría de Hacienda y Finanzas Públicas, la Contaduría, y la Secretaría de Desarrollo Urbano tomen debida nota.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese, dese a la Secretaría Jefatura de Gabinete y Gobierno y oportunamente, archívese.

CONVENIO OBRA PROVECTO 9307 - Municipalidad de Concordia Calles: La Pampa y Dr. Solari - B° Isla Maciel.

En la ciudad de Concordia, Provincia de Entre Ríos, República Argentina, a los 02 días del mes de Diciembre de dos mil veintiuno, entre la MUNICIPALIDAD DE CONCORDIA, representada en este acto por su presidente Municipal, Sr. Alfredo Daniel FRANCOLINI, DNI: 16.360.154, acompañado en este acto por la Secretaria de Desarrollo Urbano, Arq. Mireya Liliana LÓPEZ BERNIS, DNI: 12.426.693, con domicilio legal en calle Mitre N° 76 de esta ciudad, en adelante "LA MUNICIPALIDAD" por una parte y, por la otra, la COOPERATIVA ELÉCTRICA Y OTROS SERVICIOS DE CONCORDIA LIMITADA, representada en este acto por el Dr. Marcelo Rubén SPINELLI - DNI:13.940.174, Sra. Hilda Beatriz RACEDO - DNI:10.072.148 y el Sr. Ángel Julio PÉREZ - DNI:10.071.938 en carácter de Presidente, Secretario y Tesorero, constituyendo domicilio legal en Urquiza N° 600 de la ciudad de Concordia, en adelante denominada "LA COOPERATIVA", y en conjunto "LAS PARTES", acuerdan celebrar el presente CONVENIO, sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones. ------------

PRIMERA: ANTECEDENTES: Que "LA MUNICIPALIDAD" ha solicitado a la Cooperativa, un proyecto para el montaje de una subestación transformadora de distribución del tipo aérea trifásica biposte para brindar servicio a los usuarios del barrio Isla Maciel, por lo que la Cooperativa confeccioné el Proyecto de obra N° 9307.---------

SEGUNDA: "LA MUNICIPALIDAD" se obliga a ejecutar por su cuenta, cargo y riesgo las obras eléctricas que consiste en montar una (1) subestación aérea trifásica biposte con transformador de distribución de 315 kVA para 33/0,4-0,231 kV en esquina NO de la intersección entre las calles La Pampa y Dr. Luis Solari, cuya copia se adjunta formando parte del presente.-----------

TERCERA: Previo a la iniciación del replanteo, "LA MUNICIPALIDAD" se obliga a designar su representante Técnico, para lo cual deberá poseer título de ingeniero electricista o electromecánico o ingeniero mecánico electricista. LA MUNICIPALIDAD solicitará su aceptación a la COOPERATIVA, adjuntando constancia expedida por el colegio de Ingenieros Especialistas de Entre Ríos, que acredite su inscripción en el mismo. El profesional mencionado deberá disponer de antecedentes, experiencia y capacidad técnica que lo respalde a sólo juicio de la COOPERATIVA para el desempeño de sus funciones. Esto se acreditará, con la presentación de un "curriculum vitae" que tendrá carácter de declaración jurada. LA MUNICIPALIDAD no podrá negar la validez de los actos que hubiera ejecutado el representante Técnico en obra.-------

CUARTA: LA MUNICIPALIDAD será responsable por todos los daños y perjuicios ocasionados a la obra o a los bienes de la COOPERATIVA, o a bienes de terceros como consecuencia de su accionar negligente o de la del personal que de la empresa que él hubiera contratado para la ejecución de los trabajos. En dicho caso deberá compensar cualquier daño, avería o pérdida. LA MUNICIPALIDAD mantendrá indemne a LA COOPERATIVA, de cualquier tipo de reclamo, ya sea civil, laboral, administrativo, penal, etc., que pudiera afectar en virtud de la ejecución 'de las obras eléctricas mencionadas en el presente Convenio.-----------

QUINTA: Una vez ejecutadas las obras por LA MUNICIPALIDAD, estas serán inspeccionadas por LA COOPERATIVA, debiendo las mismas dar cumplimiento de las especificaciones técnicas de los materiales y modelos constructivos establecidos en el Proyecto.---------

SEXTA: LA MUNICIPALIDAD se obliga a ejecutar la obra en un plazo de obra de 90 días hábiles desde la firma del presente acuerdo.-----

SÉPTIMA: Conforme lo establecido en el punto 1.10 del Reglamento de Suministro de Energía Eléctrica, una vez finalizadas y aprobadas por "LA COOPERATIVA" , las obras especificadas en el ANEXO I, II LA MUNICIPALIDAD" se obliga a ceder en donación a "LA COOPERATIVA" la totalidad de dichas obras y que fueran oportunamente ejecutadas por su cuenta, quedando a partir de dicho acto, la operación y mantenimiento de las obras en cuestión, a cargo de "LA COOPERATIVA".

OCTAVA: EL presente convenio es intransferible a terceros sin la conformidad previa de LA COOPERATIVA. En caso de transferencia de la propiedad a terceros, LA MUNICIPALIDAD se obliga a incluir una cláusula en la escritura donde se informe al adquirente que la propiedad no cuenta con infraestructura eléctrica para loteo.----------

NOVENA: LA MUNICIPALIDAD es responsable ante la distribuidora por todo daño o perjuicio resultante del incumplimiento del presente convenio.---------

DÉCIMA: Para todos los efectos legales del presente convenio, las partes constituyen los domicilios señalados al principio donde se tendrán por válidas las notificaciones que pudieran tener con motivo o en relación con el mismo. Queda convenida la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Ciudad de Concordia, haciendo renuncia expresa los firmantes a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponder.---------

En prueba de conformidad, se firman tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en el lugar y fecha de su otorgamiento

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