DecretoPublicación: 1 de febrero de 2024

Decreto N° 155/2024

Ratificación del Acuerdo entre la Municipalidad de Concordia y los Gremios Municipales

DECRETO Nº 155 FECHA: 29.01.2024 PUBLICADO: 01.02.24 ARTICULO 1°.- Ratificase el ACTA ACUERDO firmado entre la Municipalidad de Concordia y los Gremios el Sindicato Unión de Obreros y Empleados Municipales de la Ciudad de Concordia (U.O.E.M.C.) y, el Sindicato de Trabajadores y Empleados Municipales (S.T.E.M.), en fecha 29 de enero del presente año, en virtud de lo expresado en el considerando precedente.

ARTICULO 2°.- Comuníquese, publíquese, tome intervención la Dirección de Liquidaciones y Haberes para su implementación y oportunamente, archívese:

ACTA ACUERDO

En la ciudad de Concordia, Provincia de Entre Ríos, siendo el día 29 del mes de enero del año 2024, entre la Municipalidad de la ciudad de Concordia, representada por su Presidente Municipal Dr. FRANCISCO AZCUE, asistido en este acto por el Secretario de Gobierno y Hacienda, Dr. LUCIANO DELL'OLIO, constituyendo domicilio en calle Bartolomé Mitre N°76 y el Secretario General del Sindicato Unión Obreros y Empleados Municipales de la Ciudad de Concordia, Señor CARLOS MAXIMILIANO TORRES, DNI N°23.907.114, el Secretario adjunto Señor PABLO LUIS ALMUZARA, DNI N°25.630.015 y el Secretario Gremial Sr CARLOS HECTOR RAPUZZI DNI N°14.189.853 con domicilio en calle Santa María de Oro N°125 y el Secretario General del Sindicato de Trabajadores y Empleados Municipales (S.T.E.M.), Señor PABLO CESAR AVALLONE, D.N.I. N°22.015.795, el Secretario Adjunto Señor SANTOS LUIS ALFREDO AVALLONE D.N.I. N°21.513.039 y el Secretario Gremial Señor GERARDO ANDRÉS HUERTA D.N.I. N°24.054.334, con domicilio en calle Pellegrini N°1029, representando en este acto a los empleados municipales dependientes de la Dirección de Recolección de Residuos - Secretaría de Desarrollo Urbano, convienen en suscribir el presente ACTA ACUERDO que se regirá por las siguientes Cláusulas.

PRIMERA: El presente ACTA ACUERDO tiene como finalidad modificar las Clausulas DÉCIMA TERCERA, DÉCIMA CUARTA Y DÉCIMA QUINTA del Convenio celebrado con el personal que cumple funciones en la Dirección de Recolección de Residuos, ratificado por Decreto N°1101/2022 de fecha 13 de Septiembre del año 2022, a fin de incrementar el porcentaje de los adicionales que perciben como contraprestación a las tareas detalladas en las Cláusulas CUARTA a DÉCIMA SEGUNDA.

SEGUNDA: Por consiguiente, se acuerda modificar las cláusulas entes mencionadas en virtud de lo establecido precedentemente, que comenzará a regir a partir del mes de enero del presente, las que quedarán redactadas de la siguiente manera: “DÉCIMA TERCERA: "LOS CHOFERES", "LOS OBREROS RECOLECTORES" Y "EL PERSONAL" percibirán, en concepto de tareas terminadas, responsabilidades a su cargo y por las tareas detalladas en las Cláusulas CUARTA, QUINTA, SEXTA, SÉPTIMA, OCTAVA Y DECIMA PRIMERA, un adicional fijo correspondiente al 32,00% de la categoría ,22° del Escalafón Municipal. DÉCIMA CUARTA: Cuando "LOS CHOFERES" Y "LOS OBREROS RECOLECTORES" deban cubrir ausencias en un tumo distinto al que les corresponde de acuerdo a lo determinado en la Cláusula OCTAVA, "LA MUNICIPALIDAD" abonará por dicho servicio un JORNAL adicional correspondiente al 2,5% de la categoría 22° del Escalafón Municipal, por cada turno realizado. DÉCIMA QUINTA: "LOS CHOFERES", "LOS OBREROS RECOLECTORES" Y "EL PERSONAL" que realizan tareas los domingos y feriados, de acuerdo a lo establecido en la Cláusula NOVENA y DÉCIMA SEGUNDA, "LA MUNICIPALIDAD" abonará un importe fijo correspondiente al 3,5 % de la categoría 22° de Escalafón Municipal por turno.

TERCERA: En prueba de conformidad se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.

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