SUMARIO
Los siguientes Decretos conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
Decretos: 1.484/2024, 1.485/2024, 1.486/2024, 1.487/2024, 1.491/2024, 1.497/2024, 1.526/2024 y 1.528/2024.-
DECRETO N° 1.484/2.024
Concordia, 14 de octubre de 2.024Los siguientes Decretos conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
Decretos: 1.484/2024, 1.485/2024, 1.486/2024, 1.487/2024, 1.491/2024, 1.497/2024, 1.526/2024 y 1.528/2024.-
DECRETO N° 1.484/2.024
VISTO, el contenido del Expediente Interno N° 1194 Letra "S" del año 2024; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto del Departamento Ejecutivo Municipal N° 992/2024 de fecha 08 de agosto de 2024, obrante de fojas 12 y el, Decreto del Departamento Ejecutivo Municipal N° 1342/2024 de fecha 12 de Septiembre de 2.024, obrante de fojas 29 a 30, se aprueba el procedimiento Licitatorio para el Primer y Segundo Llamado a la Licitación Privada N° 43/2024, para la "Adquisición de Cajas de Pollo".
Que obran actuaciones de la Dirección de Compras y Suministros referidas a invitaciones y planilla de entrega de Pliegos de Bases y Condiciones.
Que a fs. 38, obra Acta de Apertura, de la Licitación Privada N° 43/2024 "ADQUISICIÓN' DE CAJAS DE POLLO – 2° LLAMADO", en donde abierto el primer y único sobre resulta ser de la firma ANTONIO EDUARDO PUPO, quien presenta documentación correspondiente y cotiza lo solicitado por un importe total de PESOS TREINTA Y DOS MILLONES QUINIENTOS MIL CON 00/100 ($ 32.500.000,00).
Que de fs. 40 a fs. 49 inclusive, obra la documentación correspondiente a la firma ANTONIO EDUARDO PUPO, para su presentación a la licitación mencionada.
Que a fs. 50 obra nuevo Dictamen de la Comisión Evaluadora que informa que analizada la única oferta correspondiente a ANTONIO EDUARDO PUPO, cumple con la totalidad de la documentación solicitada en el Artículo 4° del Pliego de Bases y Condiciones Particulares. La Comisión expresa que, de la documentación presentada por el oferente no surge la inscripción en la Tasa Comercial en el rubro VENTA AL POR MENOR DE HUEVOS, CARNE DE AVES Y PRODUCTOS DE GRANJA Y DE LA CAZA, que sería el rubro que correspondería para la comercialización del producto licitado. Por lo expuesto, la Comisión Evaluadora aconseja se declare la inadmisibilidad de la Única oferta presentada.
Que por lo expuesto, este Departamento Ejecutivo Municipal estima pertinente desestimar el Segundo Llamado a Licitación Privada N° 43/2024, para la "Adquisición de Cajas dé Pollo" en consecuencia, se proceda a efectuar las acciones tendientes a concretar la presente adquisición conforme lo establecido en el Artículo 12°, Inciso d) 3 de la Ordenanza N° 34.698/11.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107°, incisos ñ), q) y u), de la Ley N° 10.027 y su modificatoria - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Desestímese el Segundo Llamado a Licitación Privada N° 43/2024, para la "Adquisición de Cajas de Pollo", cuyos antecedentes obran en el Expediente Interno N° 1194 Letra "S" del año 2024, conforme lo expresado en el Considerando Precedente.
ARTICULO 2°.- Dispóngase que a través de la Dirección de Compras y Suministros se tome nota y se proceda a efectuar las acciones si correspondiera, dado que la presente adquisición se realizará conforme lo establecido en el Artículo 12°, Inciso d) 3 de la Ordenanza N° 34.698/11, en virtud de lo considerado precedentemente.
ARTICULO 3°.- Autorícese a la Subsecretaría de Desarrollo Social de la Secretaría de Desarrollo Humano a realizar la contratación de acuerdo a lo dispuesto en la Ordenanza N° 34.698/11 en el Artículo 12°, Inciso d) 3, conforme los considerandos precedentes.
ARTICULO 4°.- Remítase a conocimiento de la Dirección de Compras y Suministros y la Dirección de Presupuesto, a los efectos dispuestos.
ARTICULO 5°.- Comuníquese, publíquese, regístrese, dese a la Secretaría de Gobierno; y oportunamente, archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Ing. SEBASTIAN ARISTIDE
Secretario de Desarrollo Humano.
----------DECRETO Nº 1.485/2.024.
Concordia, 15 de octubre de 2024
VISTO que mediante Ordenanza N° 38.472 se promulgó la Modificación del Presupuesto General de la Administración Municipal para el Ejercicio Económico 2.024 y,
CONSIDERANDO:
Que este Departamento Ejecutivo Municipal a los fines de una correcta registración de la información presupuestaria debe efectuar la distribución administrativa pertinente de los créditos presupuestarios aprobados en la Ordenanza citada en el Visto.
Que la Dirección de Presupuesto y la Secretaría de Coordinación de Gabinete y Hacienda han tomado conocimiento y la intervención de su competencia.
Que el dictado de la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por los Artículos 107° incisos q y u y 147° de la Ley 10.027
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Dispónese la distribución de las partidas de la Modificación del Presupuesto de Gastos de la Administración Pública Municipal para el Ejercicio Económico 2.024, establecidas en la Ordenanza N° 38.472 de acuerdo a las planillas analíticas que forma parte integrante del presente Decreto.
ARTICULO 2°.- Remítase copia del presente al Concejo Deliberante a los fines de su conocimiento y demás efectos.
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archivase.
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA
Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda.
----------DECRETO Nº 1.486/2024
Concordia, 15 de octubre de 2.024.
VISTO el contenido del Expediente Interno N° 1417 Letra "S" del año 2024 y,
CONSIDERANDO:
Que el Sr. Subsecretario de Desarrollo y Emprendedurismo, Gabriel Enguelberg y el Secretario de Desarrollo Productivo Ing. Federico Schattenhofer elevan documentación para el llamado a Licitación Pública N° 61/2024 para la "3° VENTA DE MATERIAL RECICLABLE".
Que en el expediente de referencia se adjunta documentación correspondiente al llamado a Licitación.
Que la apertura de la presente debe preverse en la Dirección de Compras y Suministros, la que deberá proponer fecha de apertura disponible y realizar las publicaciones de ley.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Articulo 107°, incisos ñ), q) y u), de la Ley N° 10.027 Y su modificatoria - Régimen de las Municipalidades modificada por la ley provincial 10.082, según T.O Decreto N° 4706/2012 del Poder Ejecutivo Provincial.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Aprobar el Pliego de Bases y Condiciones realizado para el 1º, llamado a Licitación Pública N° 61/2024 para la "3° VENTA DE MATERIAL RECICLABLE", cuyos antecedentes obran en Expediente Interno Nº 1417 Letra "S" del año 2024, conforme a lo expresado en el Considerando precedente.
ARTICULO 2°.- Disponer que la Dirección de Compras y Suministros realice el llamado a licitación Pública y fije la fecha de apertura de las propuestas, conforme a lo establecido en la Ordenanza sobre Contrataciones vigente.
ARTICULO 3°.- Conformar la Comisión Evaluadora de acuerdo con lo dispuesto en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares aprobado precedentemente.
ARTICULO 4°.- Girar a la Dirección de Compras y Suministros a los efectos dispuestos, tome nota la Dirección de Contaduría, cumplido, remitir a conocimiento de la Secretaria de Gobierno y Hacienda.
ARTICULO 5°.- Comuníquese, Publíquese, Regístrese y Archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Ing. FEDERICO SCHATTENHOFER
Secretario de Desarrollo Productivo.
----------DECRETO N° 1.487/2024
Concordia, 15 de octubre de 2024
VISTO las actuaciones obrantes en el Expediente Interno N° 1717 Letra "S"/2024 y;
CONSIDERANDO:
Que de Fojas N° 03 a 9 del presente, obran comprobantes de pagos elevados por la Secretaria de Gobierno, los cuales han sido abonados con fondos provenientes de la Caja Menor asignados a esa Secretaria mediante Decreto N° 1836/2023 y 601/2024.
Que el monto total de gastos, conforme a la planilla obrante a fs. 15, asciende a la suma de PESOS DOSCIENTOS TREINTA Y DOS MIL SETECIENTOS CUARENTA Y NUEVE CON 46/100 ($ 232.749,46).
Que de Fojas 10 y 11 la Dirección de Presupuesto, realiza la imputación preventiva N° 4413 del Año 2024, indicando las Partida Presupuestaria las que se debe imputar el gasto.
Que a Fojas 12 la Subsecretaria de Hacienda, toma debido conocimiento, autorizando el presente gasto.
Que en Fojas 13 y 14 la Contaduría Municipal realiza el informe correspondiente.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Ejecutivo Municipal por el Art. 107°, incisos ñ) y u) de la Ley 10027 y su modificatoria - Régimen de las Municipalidad de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Aprobar la presente rendición de gastos realizados con fondos de la Caja Menor de la Secretaria de Gobierno y disponer el reintegro de PESOS DOSCIENTOS TREINTA Y DOS MIL SETECIENTOS CUARENTA Y NUEVE CON 46/100 ($ 232.749,46), al responsable del Fondo Fijo perteneciente Dr. Luciano Dell' Olio, DNI 35.557.849, según lo expresado en los considerandos precedentes y como excepción a lo dispuesto en el Decreto 1275/2022.
ARTICULO 2°.- lmputar el presente gasto a las siguientes Partidas Presupuestarias
| Imputación partida N° | Gobierno | Importe |
| 0.4.90.01.03.04..4.02 | Becas, pensiones y subsidios | $ 134.500,00 |
| 0.1.90.01.01.02.20.02 | Petróleo | $ 85.749,46 |
| 0.1.90.01.01.02.21.10 | Viáticos | $ 12.500,00 |
ARTICULO 3°.- Remitir a la Contaduría Municipal y a Tesorería a sus efectos.
ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Dr. LICIANO DELL´OLIO
Secretario de Gobierno.
----------DECRETO N° 1.491/2.024.
Concordia, 17 de Octubre de 2.024.
VISTO que por Expediente Interno N°45 H/2024 El Concejo Deliberante peticiona se efectúe el llamado a Licitación Privada a los fines de proceder a la Adquisición de Impresoras y Notebooks, elementos indispensables para el funcionamiento de estas dependencias; y
CONSIDERANDO:
Que el Concejo Deliberante solicita la Adquisición de Equipamiento Informático para el buen funcionamiento de estas oficinas, y teniendo en cuenta la urgencia de contar con estos artículos considerando la digitalización del sistema de expedientes que se está llevando a cabo en este Cuerpo Deliberativo desde principios del año en curso.
Que la Dirección de Compras y Suministros eleva proyecto de Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Privada N° 58/2024 teniendo en cuenta lo manifestado sobre la necesidad de contar con este abastecimiento informático, lo que motiva el procedimiento a realizar.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Ejecutivo Municipal por el Art. 107°, incisos ñ) q) y u) de la Ley N° 10.027. Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos, según T.O. Decreto N°4706/12 del Poder Ejecutivo Provincial.
Por ello
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Aprobar el procedimiento realizado en el 1° llamado a Licitación Privada N°58/2024 para la "Adquisición de Equipamiento Informático para el Concejo Deliberante", cuyos antecedentes obran en el Expediente Interno N°45 "H"/2024; conforme a lo expresado en el Considerando precedente.
ARTICULO 2°.- Disponer que la Dirección de Compras y Suministros realice el llamado a Licitación Privada y fije la fecha de apertura de las propuestas, conforme a lo establecido en la Ordenanza sobre Contrataciones vigente.
ARTICULO 3°.- Realizar las publicaciones de Ley de acuerdo con el Art. 25° de la Ordenanza N°34698.
ARTICULO 4°.- Conformar la Comisión Evaluadora de acuerdo con lo dispuesto el Pliego de Bases y Condiciones Particulares aprobado precedentemente.
ARTICULO 5°.- Girar a la Dirección de Compras y Suministros a sus efectos dispuestos, tome nota la Dirección de Compras y Suministros a los efectos dispuestos, tome nota la Dirección de Contaduría, cumplido, remitir a conocimiento de la Secretaría de Coordinación de Gabinete y Hacienda.
ARTICULO 6°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Dr. FELIPE SASTRE
Vicepresidente 1° - Concejo Deliberante
a/c Presidencia Concejo Deliberante.
----------DECRETO N° 1.497/2024
Concordia, 17 de octubre de 2024
VISTO, el acta de apertura de Licitación Pública Nº 04/2021 “CONCESION DE PANTEONES, SEPULTURAS Y BOVEDAS EN EL CEMENTERIO NUEVO MUNICIPAL”, obrante en el presente Expediente Interno Nº 3115 Letra “D”/2024, y;
CONSIDERANDO:
Que obra nota de elevación de la Dirección de Compras y Suministros.
Que obra Acta de Apertura.
Que obra Propuesta de GONZALEZ MARIA DEL CARMEN; DNI 11.161.971, ofreciendo abonar PESOS SETENTA Y DOS MIL CON 00/100 ($ 72.000,00), pagaderos en una (1) cuota, con diez por ciento (10%) de descuento del precio total, con vencimiento a los diez (10) días hábiles administrativos computados desde la fecha de notificación de la adjudicación, según el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
Que obra Dictamen de la Comisión Evaluadora de fecha 23 de septiembre de 2024 en la que se informa que el oferente cumple con la presentación de la documentación solicitada en el Artículo 5º del Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Ejecutivo Municipal por la Ley Provincial Nº 10.027/11- Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Apruébese el procedimiento llevado a cabo en la Licitación Pública N º 04/2021 “CONCESION DE PANTEONES, SEPULTURAS Y BOVEDAS EN EL CEMENTERIO NUEVO MUNICIPAL”, cuyos antecedentes obran en el expediente Nº 382”U”/2017.
ARTÍCULO 2°.- Adjudíquese a GONZALEZ MARIA DEL CARMEN; DNI 11.161.971, ofreciendo abonar PESOS SETENTA Y DOS MIL CON 00/100 ($ 72.000,00), pagaderos en una (1) cuota, con diez por ciento (10%) de descuento del precio total, con vencimiento a los diez (10) días hábiles administrativos computados desde la fecha de notificación de la adjudicación, según el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, el Panteón 12, Sector 1.
ARTICULO 3°.- Dispóngase que el pago del mismo se realice en las instalaciones del Cementerio Nuevo Municipal.
ARTICULO 4º.- Dispóngase que a través de la Contaduría Municipal se proceda a la devolución del depósitos de garantía respectivo, conforme lo dispuesto en los Pliegos de la Licitación en cuestión.
ARTICULO 5º.- Notifíquese a GONZALEZ MARIA DEL CARMEN; DNI 11.161.971, con domicilio en Urquiza 802 1° Piso “C” de nuestra ciudad, a través de la Dirección de Compras y Suministros de lo dispuesto en el presente Decreto.
ARTICULO 6°.- Comuníquese, publíquese y dese a la Secretaría de Gobierno, oportunamente archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Arq. ALEJANDRO ENRIQUE LOPEZ
Secretario de Desarrollo Urbano.
----------DECRETO N° 1.526/2.024
Concordia, 28 de octubre de 2024
Visto, las solicitudes de recomposición salarial que han elevado las distintas organizaciones gremiales y;
CONSIDERANDO:
Que habiendo evaluado la inflación de los últimos meses y a efectos de mantener el poder adquisitivo del salario de los trabajadores municipales, teniendo en cuenta las posibilidades financieras del municipio, se considera conveniente otorgar un incremento en la escala Salarial del TRES PUNTO CINCO POR CIENTO (3.5%) para los empleados de la Administración Pública Municipal (Funcionarios, Planta Permanente y Contratados con aportes) en los haberes del mes de Octubre 2024.
Que de esta forma y considerando los distintos aumentos otorgados a lo largo del año, la recomposición salarial en términos porcentuales acumulativos por dicho periodo alcanza un 103.19 %.
Que por lo expuesto corresponde elaborar la presente medida.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por la Ley 10.027 y sus modificatorias.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTICULO 1°.- Dispónese un aumento salarial a los empleados de la Administración Pública Municipal (Funcionarios, Planta Permanente y Contratados con Aportes) de un TRES PUNTO CINCO POR CIENTO (3.5%) total en el mes de Octubre 2024.
ARTICULO 2°.- Apruébese la nueva escala de sueldos del personal de la Administración Pública Municipal, aplicable al mes de OCTUBRE 2024, la cual quedará establecida de la siguiente manera:
| Categoria | Monto |
| Pte Municipal | $ 1.375.00 |
| Vicepresidente | $ 663,266.48 |
| Secretarios del DE | $ 583,718.78 |
| Secretario HCD | $ 583,718.78 |
| Subsecretarios | $ 565,826.34 |
| Directores Políticos | $ 521,188.32 |
| Jefe Dpto Político | $ 515,414.35 |
| 24 | $ 559,435.79 |
| 23 | $ 515,414.35 |
| 22 | $ 480,162.45 |
| 21 | $ 459,092.65 |
| 20 | $ 441,596,77 |
| 19 | $ 429,099.19 |
| 18 | $ 424,098.53 |
| 17 | $ 420,528.89 |
| 14-15-16 | $ 416,957.77 |
| 12-13 | $ 412,672.29 |
| 10-11 | $ 408,475.18 |
| 6-7-8-9 | $ 404,815.69 |
| 1-2-3-4-5 | $ 404,959.88 |
ARTICULO 3°.- Autorizase un incremento del 3.5% sobre el monto mínimo de contrato ($ 388.367,03) para todos los agentes contratados con aportes. Dicho monto deberá liquidarse bajo el código 475 "Adicional contratados no remunerativo", a partir del 01/10/2024, adicionándose al monto que ya venían percibiendo, y pasará a formar parte del valor del contrato al momento de su renovación.
ARTICULO 4°.- Comuníquese, regístrese, publíquese, notifíquese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Dr. LICIANO DELL´OLIO
Secretario de Gobierno
Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA
Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda.
-----------DECRETO N° 1.528/2024
Concordia, 28 de octubre de 2024
VISTO el Decreto N° 078/2024 y;
CONSIDERANDO:
Que la cláusula segunda, del Anexo II del Procedimiento de Liquidación de Honorarios de Procuradores Fiscales, del Decreto N°078/2024, establece la forma de determinación de los Honorarios por sus actuaciones en las Gestiones Extrajudiciales.
Que a su vez, el Capítulo XI- Parte General del Código Tributario Municipal (Ordenanza Nº 35.418: “De la Ejecución Fiscal” dispone que el Departamento Ejecutivo dispondrá el cobro judicial por apremio y que las acciones para el cobro de las obligaciones fiscales serán ejecutadas por los Procuradores Fiscales que designe el Departamento Ejecutivo y de acuerdo a las directivas que éste imponga a los designados.
Que teniendo en cuenta los considerandos precedentes, este Departamento Ejecutivo entiende necesario readecuar la clausula segunda del Anexo II del Decreto 078/2024.
Que es objetivo general y permanente profundizar la transparencia del accionar de la Administración Municipal otorgando certeza y equidad a la relación entre los procuradores y los contribuyentes.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas ala Ejecutivo Municipal por el Artículo 107º de la Ley 10.027 y sus modificatorias- Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Modifíquese la cláusula segunda, del Anexo II del Procedimiento de Liquidación de Honorarios de Procuradores Fiscales, del Decreto N°078/2024, que quedara redactado de la siguiente manera:
CLAUSULA SEGUNDA: GESTIONES EXTRAJUDICIALES. En aquellos supuestos en los que el contribuyente decida cancelar o regularizar su deuda fiscal y el Procurador fiscal haya efectuado gestiones extrajudiciales de cobro debidamente documentadas, sin llegar a interponer la demanda, el monto a percibir en concepto de honorarios profesionales no podrá ser en ningún caso, inferior al valor de dos juristas municipales ni superior al 10% del monto de la deuda a abonar por el contribuyente. -
Realizado el plan de pago por el contribuyente, para el hipotético caso de que el mismo se caiga por falta de pago, y el mismo deba recurrir nuevamente al Procurador, este tiene PROHIBIDO, percibir nuevamente honorarios referidos a ese CDF. –
ARTÍCULO 2°.- El presente Decreto tendrá vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 3°.- Comunicar a la Secretaria de Coordinación de Gabinete y Hacienda, a la Dirección General de Rentas, luego registrar, publicar y archivar.
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA
Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda.
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EDICTO.-
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EDICTO.-
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica la realización de SUBASTA PUBLICA DE VEHICULOS EN DESUSO DE SU PARQUE AUTOMOTOR, conforme listado que se adjunta al presente, a desarrollarse el dia 07 de Noviembre del corriente año 2024 a las 09:00 hs. en el Centro de Convenciones Concordia, sito en Bv. San Lorenzo (O) Nº 101 de la ciudad de Concordia, Provincia de Entre Ríos. La condición de venta de los bienes a subastar es al contado, debiendo abonarse al momento de la subasta una seña del 10% e integrarse el resto dentro de las 72hs., asimismo, los adquirentes deberán abonar los costos adicionales que pesen sobre el bien adquirido (honorarios del martillero, gastos y honorarios de transferencia, certificación de firma de formularios o pago de deudas) encontrándose a la vista dicha información mediante cartel o nota en los vehículos objeto de la subasta. Asimismo los adquirentes de los bienes a subastar tienen a su cargo la transferencia del dominio e inscripciones respectivas, que deberán realizarse en forma inmediata habiéndose dispuesto la presencia de gestores y escribano a tal efecto en el lugar de subasta. Los bienes a subastar serán entregados a los compradores una vez integrada la totalidad del precio. Se deja establecido que en caso de existir postores remisos al finalizar la subasta, los bienes podrán ser adjudicados sin base. A continuación se enuncian los bienes a subastar:
Automotores y Maquinarias para subasta o desguace a saber: Corralón Municipal Moulins N°962:
| lote | DETALLE |
| 29 | RETROEXCAVADORA CASE 580N, AÑO2011 SERIE JJ9N580NEBC540617 |
| 2 | PICK-UP FORD RANGER DC 4X2 XL, AÑO 2010, DOMINIO IWT071 |
| 9 | CAMION MERCEDEZ BENZ L - 1620, AÑO 2006, DOMINIO HQN869 S/MOTOR |
| 14 | FURGON MERCEDES BENZ 180D, AÑO 1995, DOMINIO AKG 396 |
| 40 | FURGON RENAULT KANGOO CONFORT 1,6, AÑO 2011, DOMINIO KEG101 |
| 41 | RENAULT KANGOO, DOMINIO FIS 386 CON BLOCK |
| 23 | FIAT FIORINO, AÑO 1998, CHASIS 9BG255216X 8641314 |
| 30 | MOTONIVELADORA CASE 845 AÑO 2006 SERIE N5AF03140 |
| 3 | CAMION MERCEDEZ BENZ L - 1114, AÑO 1984 DOMINIO WTA 131 |
| 10 | CAMION MERCEDEZ BENZ L - 1620, AÑO 2004, DOMINIO EPA479 S/MOTOR |
| 19 | PICK-UP CHEVROLET C-10 CUSTOM, AÑO 1986, DOMINIO VGU743 |
| 16 | PICK-UP FORD F 100, AÑO 2088, DOMINIO TXK556 |
| 15 | AUTO FIAT SIENA EL 4P, AÑO 1998, DOMINIO CJX982 S/MOTOR (SOLICITAR BAJA) |
| 34 | FURGON MERCEDES BENZ SPRINTER 313 CDI/F 3550, AÑO 2011, DOMINIO KGD938 |
| 1 | CAMION MERCEDEZ BENZ L - 1620, AÑO 2004, DOMINIO EPA481 S/MOTOR |
| 5 | CAMION VOLKSWAGEN 17220, AÑO 2011 DOMINIO KCR343 (solicitar baja) |
| 11 | TANQUE TORREGGIANI 17,000LT |
| 26 | PICK-UP CHEVROLET S10, AÑO 1977, DOMINIO USI173 |
| 25 | PICK-UP FORD F100, AÑO 1996, DOMINIO ARL409, S/MOTOR (SOLICITAR BAJA) |
| 17 | FURGON RENAULT TRAFIC, AÑO 1992, DOMINIO TXK553 |
| 39 | AUTO RENAULT 12 L, AÑO 1989, DOMINIO TXK605 |
| 27 | GRUAS Y TORRES |
| 6 | RODILLO LISO AUTOPROPULSADO MICHELINI FM58 N°133 SERIE 2, AÑO 1980 |
| 22 | PICK-UP FORD RANGER DC 4X2 XL, AÑO 2011, DOMINIO KCK657 |
| 31 | CAMION MERCEDEZ BENZ, AÑO 1987, DOMINIO TXK 558 |
| 32 | PEUGEOT PARTNER, AÑO 2014, DOMINIO OBE392 |
| 18 | FURGON ASIA TOPIC, AÑO 1998, DOMINIO DVH 243 |
| 24 | CHATARRAS VARIAS |
| 13 | RENAUL KANGOO AUTH PLUS 1, AÑO 2010 DOMINIO JKT768 |
| 28 | TOPADORA ORUGA FIAT ALLIS 10-C, AÑO1978 |
| 7 | RODILLO LISO DE ARRASTRE S/MARCA AÑO 1983 |
| 12 | TANQUE TORREGGIANI 8,000LT, AÑO 1999 |
| 36 | FURGON RENAULT KANGOO RL EXPRESS, AÑO 2006, DOMINIO FIS 370 |
| 33 | AUTO FIAT PALIO 5 5P, AÑO 2000, DOMINIO DPI497 |
| 20 | FURGÓN VOLKSWAGEN CADDY 1,9 SD, AÑO 2000, DOMINIO DNF842 |
| A 24 | 1- camión 200.000 |
| 4 | ASIA TOPIC, AÑO 1998, DOMINIO CPI705 |
| 8 | RODILLO NEUMATICO AUTOPROPULSADO MULLER AP26, AÑO 1964 |
| 38 | AUTO FORD FOCUS, AÑO 2005, DOMINIO FBP 870 |
| 37 | FURGON RENAULT KANGOO RL EXPRESS, AÑO 2006, DOMINIO FIS 371 |
| 35 | RENAULT KANGOO PACK 1,9 PLC, AÑO 2007, DOMINIO GDW204 |
| 21 | FURGÓN VOLKSWAGEN CADDY 1,9 SD, AÑO 2000, DOMINIO DNF841 |
| A 24 | 2- mercedes 30.000 3-kangoo 50.000 |
Publíquese, por tres veces
Concordia, 28 de octubre de 2024.
