Boletín original
- Anexo Decreto 1644-2024. Servicios de Limpieza en Varios Circuitos de la Ciudad pdf.pdf354 KB
- Anexo I Decreto 031-2025 Circuito Maraton de Reyes .pdf670 KB
SUMARIO
Los siguientes Decretos conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
Decretos: 1.644/2024,1.732/2024, 1.736/2024, 1.737/2024, 1.738/2024, 1.740/2024, 1.741/2024, 1.742/2024, 1.744/2024, 1.748/2024, 1.750/2024, 1.752/2024, 1.755/2024, 1.756/2024, 1.757/2024.- Año 2025: 031/2025.-
DECRETO N° 1.644/2024
Concordia, 29 de noviembre de 2024Los siguientes Decretos conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
Decretos: 1.644/2024,1.732/2024, 1.736/2024, 1.737/2024, 1.738/2024, 1.740/2024, 1.741/2024, 1.742/2024, 1.744/2024, 1.748/2024, 1.750/2024, 1.752/2024, 1.755/2024, 1.756/2024, 1.757/2024.- Año 2025: 031/2025.-
DECRETO N° 1.644/2024
VISTO el contenido del Expediente Interno N° 1.200 Letra “S” del año 2024, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto del Ejecutivo Municipal N° 1.455/2024, de fecha 04 de Octubre de 2024, obrante a Fs. 29, se dispone aprobar el llamado a Licitación Pública Nº 54/2024 para la “CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA EN VARIOS CIRCUITOS DE LA CIUDAD DE CONCORDIA”.
Que la Dirección de Presupuesto ha efectuado la Imputación Preventiva correspondiente y la Secretaría de Coordinación de Gabinete y Hacienda, tomó la intervención de su competencia autorizando el gasto.
Que de fojas 34 a 61, constan actuaciones referidas a publicaciones y entrega de Pliegos efectuada por la Dirección de Compras y Suministros de la Licitación antes mencionada.
Que de Fs. 62 a 70, obra Acta de Apertura de fecha 22 de Octubre de 2024, donde consta que la Dirección de Compras y Suministros procedió a la apertura de la mencionada Licitación.
Que de fojas 667 a 671, obra Dictamen de la Comisión Evaluadora de fecha 23 de Octubre de 2024, informando que en el acto de apertura se presentaron veintitrés (23) ofertas correspondientes a:
- COOP. DE TRABAJO LA MARTINICO LTDA.
- BERRIES DEL CENTINELA SRL
ZONA 24: cotizando lo solicitado a un importe total de PESOS DIEZ MILLONES QUINIENTOS MIL CON 00/100 ($ 10.500.000,00.-).
- JORGE ALBERTO ARELLANO
- COOP. DE TRABAJO SIL LIMITADA
ZONA 21: cotizando lo solicitado a un importe total de PESOS VEINTICINCO MILLONES QUINIENTOS MIL CON 00/100 ($ 25.500.000,00.-).
ZONA 23: cotizando lo solicitado a un importe total de PESOS TRECE MILLONES QUINIENTOS MIL CON 00/100 ($ 13.500.000,00.-).
IMPORTE TOTAL FINAL $ 64.500.000,00
- CINTIA ANALIA LEYES
ZONA 17: cotizando lo solicitado a un importe total de PESOS NUEVE MILLONES NOVECIENTOS MIL CON 00/100 ($ 9.900.000,00.-).
ZONA 34: cotizando lo solicitado a un importe total de PESOS VEINTIUN MILLONES CON 00/100 ($ 21.000.000,00.-).
IMPORTE TOTAL FINAL $ 38.400.000,00
- JORGE RAMON BUZZATTO
ZONA 2: cotizando lo solicitado a un importe total de PESOS VEINTIOCHO MILLONES QUINIENTOS MIL CON 00/100 ($ 28.500.000,00.-).
ZONA 3: cotizando lo solicitado a un importe total de PESOS DOCE MILLONES CON 00/100 ($ 12.000.000,00.-).
ZONA 8: cotizando lo solicitado a un importe total de PESOS VEINTIDOS MILLONES QUINIENTOS MIL CON 00/100 ($ 22.500.000,00.-).
ZONA 15: cotizando lo solicitado a un importe total de PESOS QUINCE MILLONES CON 00/100 ($ 15.000.000,00.-).
ZONA 29: cotizando lo solicitado a un importe total de PESOS TREINTA Y TRES MILLONES CON 00/100 ($ 33.000.000,00.-).
IMPORTE TOTAL FINAL $ 147.000.000,00
- LEANDRO MATIAS DEL VALLE
ZONA 38: cotizando lo solicitado a un importe total de PESOS TRECE MILLONES QUINIENTOS MIL CON 00/100 ($ 13.500.000,00.-).
IMPORTE TOTAL FINAL $ 37.500.000,00
- AMADEO HONORIO LOCATELLI
- MARÍA DEL CARMEN PINTOS
ZONA 34: cotizando lo solicitado a un importe total de PESOS VEINTICUATRO MILLONES CON 00/100 ($ 24.000.000,00.-).
IMPORTE TOTAL FINAL $ 48.000.000,00
- ELBIO RAMON SEGOVIA
- FELIPA BLANCO
- CARLOS TOMAS MIRANDA
ZONA 37: cotizando lo solicitado a un importe total de PESOS VEINTIUN MILLONES CON 00/100 ($ 21.000.000,00.-).
- JORGE OMAR FOCHESSATTO
ZONA 31: cotizando lo solicitado a un importe total de PESOS SIETE MILLONES QUINIENTOS MIL CON 00/100 ($ 7.500.000,00.-).
IMPORTE TOTAL FINAL $ 16.200.000,00
- SANDRA CAROLINA BARBIERI
ZONA 40: cotizando lo solicitado a un importe total de PESOS CUATRO MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100 ($ 4.350.000,00.-).
IMPORTE TOTAL FINAL $ 11.850.000,00
- COOPERATIVA DE TRABAJO BARCOOP LTDA.
ZONA 13: cotizando lo solicitado a un importe total de PESOS VEINTE MILLONES CUATROCIENTOS MIL CON 00/100 ($ 20.400.000,00.-).
ZONA 16: cotizando lo solicitado a un importe total de PESOS OCHO MILLONES CUARENTA MIL CON 00/100 ($ 8.040.000,00.-).
IMPORTE TOTAL FINAL $ 42.690.000,00
- COOPERATIVA DE TRABAJO LA UNION LIMITADA
ZONA 22: cotizando lo solicitado a un importe total de PESOS TRECE MILLONES QUINIENTOS MIL CON 00/100 ($ 13.500.000,00.-).
IMPORTE TOTAL FINAL $ 38.400.000,00
- COOPERATIVA DE TRABAJO CONSTRUCCIÓN Y MANTENIMIENTO LIMITADA
ZONA 8: cotizando lo solicitado a un importe total de PESOS DIECIOCHO MILLONES CON 00/100 ($ 18.000.000,00.-).
ZONA 34: cotizando lo solicitado a un importe total de PESOS VEINTICUATRO MILLONES CON 00/100 ($ 24.000.000,00.-).
ZONA 36: cotizando lo solicitado a un importe total de PESOS CUATRO MILLONES QUINIENTOS MIL CON 00/100 ($ 4.500.000,00.-).
IMPORTE TOTAL FINAL $ 60.000.000,00
- COOPERATIVA DE TRABAJO BARRIO UNIVERSIDAD LTDA.
ZONA 10: cotizando lo solicitado a un importe total de PESOS NUEVE MILLONES CON 00/100 ($ 9.000.000,00.-).
IMPORTE TOTAL FINAL $ 33.000.000,00
- COOPERATIVA DE TRABAJO LA MORADA LTDA.
ZONA 18: cotizando lo solicitado a un importe total de PESOS DOCE MILLONES CON 00/100 ($ 12.000.000,00.-).
ZONA 23: cotizando lo solicitado a un importe total de PESOS OCHO MILLONES CUATROCIENTOS MIL CON 00/100 ($ 8.400.000,00.-).
ZONA 26: cotizando lo solicitado a un importe total de PESOS SIETE MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100 ($ 7.650.000,00.-).
ZONA 29: cotizando lo solicitado a un importe total de PESOS TREINTA YTRES MILLONES CON 00/100 ($ 33.000.000,00.-).
- COOPERATIVA DE TRABAJO LA ESPERANZA LIMITADA
- GABRIEL JESÚS LEON
ZONA 31: cotizando lo solicitado a un importe total de PESOS CINCO MILLONES NOVECIENTOS SETENTA MIL CON 00/100 ($ 5.970.000,00.-).
ZONA 33: cotizando lo solicitado a un importe total de PESOS CINCO MILLONES NOVECIENTOS SETENTA MIL CON 00/100 ($ 5.970.000,00.-).
IMPORTE TOTAL FINAL $ 17.910.000,00
- MANUEL JERÓNIMO LEON
- COOPERATIVA DE TRABAJO EL SILENCIO LIMITADA
ZONA 40: cotizando lo solicitado a un importe total de PESOS QUINCE MILLONES NOVECIENTOS DOCE MIL CON 00/100 ($ 15.912.000,00.-).
Que analizadas las ofertas en su aspecto formal, se verifica que:
- COOP. DE TRABAJO LA MARTINICO LTDA.
No presenta la garantía solicitada en el Art. 5º Inciso C.
Por ambos incumplimientos corresponde se declare la INADMISIBILIDAD de la oferta.
- BERRIES DEL CENTINELA SRL
Se advierte que el objeto social no coincide con el objeto de la licitación por lo que no tiene capacidad legal según el objeto para la actividad licitada.
Corresponde se declare la INADMISIBILIDAD de la oferta.
- JORGE ALBERTO ARELLANO
- COOP. DE TRABAJO SIL LIMITADA
No obstante ello se observa que solo posee firma del oferente en la última hoja, la cual posee una enmienda sin salvar. Por lo que correspondería se declare la INADMISIBILIDAD de acuerdo a lo establecido en el Art. 48º de la Ordenanza Nº 34.698.
- CINTIA ANALIA LEYES
- JORGE RAMON BUZZATTO
- LEANDRO MATIAS DEL VALLE
- AMADEO HONORIO LOCATELLI
No obstante ello, se observa que la Constancia de Inscripción en Municipalidad de Concordia, no se encuentra inscripto en la actividad “Servicio de Limpieza NCP” o “Servicios de Jardinería y Mantenimiento de Espacios Verdes”. Por lo que se solicita la ampliación de la actividad-
Además se observa que el contrato de comodato no posee firma certificada por escribano público, situación que debería subsanar.
- MARÍA DEL CARMEN PINTOS
Presenta Contrato de Comodato firmado con el Sr. Carlos O.Vallejos por el préstamo de uso del vehículo con Dominio FLH 416.
Se observa que el contrato de comodato no posee firma certificada por escribano público, situación que debería subsanar.
- ELBIO RAMON SEGOVIA
Corresponde se declare la INADMISIBILIDAD de la oferta.
- FELIPA BLANCO
Corresponde se declare la INADMISIBILIDAD de la oferta.
- CARLOS TOMAS MIRANDA
Corresponde se declare la INADMISIBILIDAD de la oferta.
- JORGE OMAR FOCHESSATTO
- SANDRA CAROLINA BARBIERI
- COOPERATIVA DE TRABAJO BARCOOP LTDA.
Presenta título de propiedad del vehículo con Dominio UIG 804 a nombre del Sr. Lucio E. Vallejos.
No presenta contrato de comodato con firma certificada por escribano público, situación que deberá subsanar.
Respecto a la documentación correspondiente a la cooperativa, no presenta:
- El acta de autoridades vigente
- Copia certificada del libro de asociados vigente
- COOPERATIVA DE TRABAJO LA UNION LIMITADA
- No presenta la documentación solicitada en el Art. 5º Inciso F
- Presenta Contrato de Comodato firmado con el Sr. Javier Ramírez Lazaro por el préstamo de uso del vehículo con Dominio KWJ 055, pero no presenta copia del título de propiedad del mismo.
Respecto de la documentación correspondiente a la cooperativa, no presenta:
- El acta de autoridades vigente
- COOPERATIVA DE TRABAJO CONSTRUCCIÓN Y MANTENIMIENTO LIMITADA
Respecto de la documentación correspondiente a la cooperativa, no presenta:
- El acta de autoridades vigente
- COOPERATIVA DE TRABAJO BARRIO UNIVERSIDAD LTDA.
Respecto de la documentación correspondiente a la cooperativa, no presenta:
- El acta de autoridades vigente
- COOPERATIVA DE TRABAJO LA MORADA LTDA.
Presenta Contrato de Comodato firmado con la Sra. Claudia Eliana Elizondo por la cesión del vehículo con Dominio DEI 430, pero no presenta copia del título de propiedad del mismo.
Se observa que el Contrato de Comodato no posee firma certificada por escribano público, situación que deberá subsanar.
Respecto de la documentación correspondiente a la cooperativa, no presenta:
- El acta de autoridades vigente
- COOPERATIVA DE TRABAJO LA ESPERANZA LIMITADA
Presenta Contrato de Comodato firmado con la Sra. Lucía Magalí Cambilla por la cesión del vehículo con Dominio DEM 452, pero no presenta copia del título de propiedad del mismo.
Se observa que el Contrato de Comodato no posee firma certificada por escribano público, situación que deberá subsanar.
Respecto de la documentación correspondiente a la cooperativa, no presenta:
- El acta de autoridades vigente
- GABRIEL JESÚS LEON
- MANUEL JERÓNIMO LEON
- COOPERATIVA DE TRABAJO EL SILENCIO LIMITADA
Presenta un detalle de los vehículos a utilizar en la prestación del servicio (tractor,desmalezadora, camión volcador, camionetas, camión y acoplados) y sólo presenta título de propiedad por el vehículo con dominio TIH 952.
Se observa además que de acuerdo al objeto social, no tiene capacidad para realizar la actividad licitada.
Presenta garantía por un importe inferior al solicitado en el Art. 5º Inciso C, por lo que corresponde se declare la INADMISIBILIDAD de la oferta.
Que a fojas 732, obra un segundo dictamen de la Comisión Evaluadora con fecha 26de Noviembre de 2024, informando que a la fecha, los oferentes presentaron la totalidad de la documentación requerida en un primer Dictamen de Comisión Evaluadora con fecha 23 de Octubre de 2024, cumpliendo con lo solicitado.
Que analizadas las ofertas admisibles en su aspecto económico y tomándose en cuenta el informe elaborado por la Dirección de Higiene Urbana obrante de fojas 727 a 731, se verifica que:
CIRCUITO 1 - JORGE RAMON BUZZATTO el importe total cotizado resulta un 3,54 % inferior a la Imputación Preventiva y de acuerdo a lo informado cumple con los requerimientos técnicos solicitados. Por lo que se aconseja la ADJUDICACIÓN.
CIRCUITO 2 - JORGE RAMON BUZZATTO el importe total cotizado resulta un 1,85 % inferior a la Imputación Preventiva y de acuerdo a lo informado cumple con los requerimientos técnicos solicitados. Por lo que se aconseja la ADJUDICACIÓN.
CIRCUITO 3 - JORGE RAMON BUZZATTO el importe total cotizado resulta un 4,76 % inferior a la Imputación Preventiva y de acuerdo a lo informado cumple con los requerimientos técnicos solicitados. Por lo que se aconseja la ADJUDICACIÓN.
CIRCUITO 4 – Se presentaron dos ofertas:
- COOPERATIVA DE TRABAJO BARCOOP LTDA el importe total cotizado resulta un 1,041 % inferior a la Imputación Preventiva y de acuerdo a lo informado cumple con los requerimientos técnicos solicitados.
- COOPERATIVA DE TRABAJO CONSTRUCCION Y MANTENIMIENTO LIMITADA
CIRCUITO 5 – DESIERTO
CIRCUITO 6 – DESIERTO
CIRCUITO 7 – Se presentaron dos ofertas, las cuales presentan cotizaciones idénticas:
- LEANDRO MATIAS DELVALLE
- COOPERATIVA DE TRABAJO BARRIO UNIVERSIDAD LTDA
El área técnica aconseja la ADJUDICACIÓN a la firma LEANDRO MATIAS DELVALLE de acuerdo con la planificación de trabajos presentado en su oferta y la experiencia que ese área tiene respecto al desempeño del proveedor.
CIRCUITO 8 – Se presentaron tres ofertas:
- JORGE RAMON BUZZATTO el importe total cotizado resulta un 5,39 % inferior a la Imputación Preventiva y de acuerdo a lo informado cumple con los requerimientos técnicos solicitados.
- COOPERATIVA DE TRABAJO CONSTRUCCION Y MANTENIMIENTO LIMITADA el importe total cotizado resulta un 24,31% inferior a la Imputación Preventiva y de acuerdo a lo informado cumple con los requerimientos técnicos solicitados.
- COOPERATIVA DE TRABAJO LA ESPERANZA LIMITADA el importe total cotizado resulta un 43,23% inferior a la Imputación Preventiva y de acuerdo a lo informado cumple con los requerimientos técnicos solicitados. Por lo que se aconseja la ADJUDICACIÓN.
CIRCUITO 9 - COOPERATIVA DE TRABAJO LA MORADA LTDA el importe total cotizado resulta un 8,39 % inferior a la Imputación Preventiva y de acuerdo a lo informado cumple con los requerimientos técnicos solicitados. Por lo que se aconseja la ADJUDICACIÓN.
CIRCUITO 10 - COOPERATIVA DE TRABAJO BARRIO UNIVERSIDAD LTDA el importe total cotizado resulta un 15,49% inferior a la Imputación Preventiva y de acuerdo a lo informado cumple con los requerimientos técnicos solicitados. Por lo que se aconseja la ADJUDICACIÓN.
CIRCUITO 11 - AMADEO HONORIO LOCATELLI el importe total cotizado resulta un 4,49% inferior a la Imputación Preventiva y de acuerdo a lo informado cumple con los requerimientos técnicos solicitados. Por lo que se aconseja la ADJUDICACIÓN.
CIRCUITO 12 – DESIERTO
CIRCUITO 13 - COOPERATIVA DE TRABAJO BARCOOP LTDA el importe total cotizado resulta un 2,86 % inferior a la Imputación Preventiva y de acuerdo a lo informado cumple con los requerimientos técnicos solicitados. Por lo que se aconseja la ADJUDICACIÓN.
CIRCUITO 14 – DESIERTO
CIRCUITO 15 - JORGE RAMON BUZZATTO el importe total cotizado resulta un 1 % superior a la Imputación Preventiva y de acuerdo a lo informado cumple con los requerimientos técnicos solicitados. Por lo que se aconseja la ADJUDICACIÓN.
CIRCUITO 16 – Se presentaron dos ofertas:
- CINTIA ANALIA LEYES el importe total cotizado resulta un 10,71% inferior a la Imputación Preventiva y de acuerdo a lo informado cumple con los requerimientos técnicos solicitados. Por lo que se aconseja la ADJUDICACIÓN
- COOPERATIVA DE TRABAJO BARCOOP LTDA el importe total cotizado resulta un 4,28% inferior a la Imputación Preventiva y de acuerdo a lo informado cumple con los requerimientos técnicos solicitados.
CIRCUITO 17 - CINTIA ANALIA LEYES el importe total cotizado resulta un 26,93 % inferior a la Imputación Preventiva y de acuerdo a lo informado cumple con los requerimientos técnicos solicitados. Por lo que se aconseja la ADJUDICACIÓN.
CIRCUITO 18 - COOPERATIVA DE TRABAJO LA MORADA LTDA el importe total cotizado coincide con la Imputación Preventiva y de acuerdo a lo informado cumple con los requerimientos técnicos solicitados. Por lo que se aconseja la ADJUDICACIÓN.
CIRCUITO 19 – Se presentaron dos ofertas:
- MARIA DEL CARMEN PINTOS el importe total cotizado resulta un 5,48% inferior a la Imputación Preventiva y de acuerdo a lo informado cumple con los requerimientos técnicos solicitados. Además presenta una planificación del trabajo y detalle de los medios para realizarlo. Por lo que se aconseja la ADJUDICACIÓN
- COOPERATIVA DE TRABAJO LA UNION LIMITADA el importe total cotizado resulta un 1,94% inferior a la Imputación Preventiva y de acuerdo a lo informado cumple con los requerimientos técnicos solicitados.
CIRCUITO 20 – INADMISIBLE.
CIRCUITO 21 – INADMISIBLE.
CIRCUITO 22 – Se presentaron dos ofertas, las cuales presentan cotizaciones idénticas:
- JORGE ALBERTO ARELLANO
- COOPERATIVA DE TRABAJO LA UNION LIMITADA
El área técnica aconseja la ADJUDICACIÓN a la firma JORGE ALBERTO ARELLANO de acuerdo a la experiencia que esa área tiene respecto al desempeño del proveedor.
CIRCUITO 23 – Se presentaron cuatro ofertas, dos de las cuales resultaron INADMISIBLES, Respecto a las admisibles:
- COOPERATIVA DE TRABAJO LA MORADA LTDA el importe total cotizado coincide con la Imputación Preventiva y de acuerdo a lo informado cumple con los requerimientos técnicos solicitados.
- GABRIEL JESUS LEON el importe total cotizado resulta un 28,93% inferior a la Imputación Preventiva y de acuerdo a lo informado cumple con los requerimientos técnicos solicitados. Por lo que se aconseja la ADJUDICACIÓN.
CIRCUITO 24 – INADMISIBLE.
CIRCUITO 25 – INADMISIBLE.
CIRCUITO 26 - COOPERATIVA DE TRABAJO LA MORADA LTDA el importe total cotizado resulta un 3,77 % inferior a la Imputación Preventiva y de acuerdo a lo informado cumple con los requerimientos técnicos solicitados. Por lo que se aconseja la ADJUDICACIÓN.
CIRCUITO 27 – DESIERTO
CIRCUITO 28 MANUEL G. LEON el importe total cotizado resulta un 14,95 % inferior a la Imputación Preventiva y de acuerdo a lo informado cumple con los requerimientos técnicos solicitados. Por lo que se aconseja la ADJUDICACIÓN.
CIRCUITO 29 – Se presentaron tres ofertas, 1 de las cuales resultó INADMISIBLE. Respecto a las admisibles, sus cotizaciones son coincidentes:
- COOPERATIVA DE TRABAJO LA MORADA LTDA
- JORGE RAMON BUZZATTO
El área técnica aconseja la ADJUDICACIÓN a la firma JORGE RAMON BUZZATTO por ofrecer en su oferta elementos que le otorgan una diferencia considerable respecto al otro oferente.
CIRCUITO 30 - JORGE OMAR FOCHESSATTO el importe total cotizado resulta un 0,40 % inferior a la Imputación Preventiva y de acuerdo a lo informado cumple con los requerimientos técnicos solicitados. Por lo que se aconseja la ADJUDICACIÓN.
CIRCUITO 31 – Se presentaron dos ofertas:
- JORGE OMAR FOCHESSATTO el importe total cotizado resulta un 1,57% inferior a la Imputación Preventiva y de acuerdo a lo informado cumple con los requerimientos técnicos solicitados.
- GABRIEL JESUS LEON el importe total cotizado resulta un 1,94% inferior a la Imputación Preventiva y de acuerdo a lo informado cumple con los requerimientos técnicos solicitados. Por lo que se aconseja la ADJUDICACIÓN
CIRCUITO 32 – INADMISIBLE.
CIRCUITO 33 – Se presentaron dos ofertas:
- SANDRA CAROLINA BARBIERI el importe total cotizado resulta un 5,66% inferior a la Imputación Preventiva y de acuerdo a lo informado cumple con los requerimientos técnicos solicitados.
- GABRIEL JESUS LEON el importe total cotizado resulta un 24,90% inferior a la Imputación Preventiva y de acuerdo a lo informado cumple con los requerimientos técnicos solicitados. Por lo que se aconseja la ADJUDICACIÓN
CIRCUITO 34 – Se presentaron tres ofertas:
- CINTIA ANALIA LEYES el importe total cotizado resulta un 14,55 % inferior a la Imputación Preventiva y de acuerdo a lo informado cumple con los requerimientos técnicos solicitados. Por lo que se aconseja la ADJUDICACIÓN.
- COOPERATIVA DE TRABAJO CONSTRUCCION Y MANTENIMIENTO LIMITADA el importe total cotizado resulta un 2,34% inferior a la Imputación Preventiva y de acuerdo a lo informado cumple con los requerimientos técnicos solicitados.
- MARIA DEL CARMEN PINTOS el importe total cotizado resulta un 2,34% inferior a la Imputación Preventiva y de acuerdo a lo informado cumple con los requerimientos técnicos solicitados.
CIRCUITO 35 – DESIERTO
CIRCUITO 36 – Se presenta un único oferente:
- COOPERATIVA DE TRABAJO CONSTRUCCION Y MANTENIMIENTO LIMITADA lo cotizado supera en un 50% la Imputación Preventiva. Motivo por el cual se procede a DESESTIMAR la oferta presentada.
CIRCUITO 37 – INADMISIBLE.
CIRCUITO 38 LEANDRO MATIAS DELVALLE el importe total cotizado resulta un 8,01 % inferior a la Imputación Preventiva y de acuerdo a lo informado cumple con los requerimientos técnicos solicitados. Por lo que se aconseja la ADJUDICACIÓN.
CIRCUITO 39 – INADMISIBLE.
CIRCUITO 40 – Se presentaron dos ofertas, de las cuales 1 resulta INADMISIBLE. Por lo tanto, analizada la única oferta admisible resulta que:
- SANDRA CAROLINA BARBIERI el importe total cotizado resulta un 3,33% inferior a la Imputación Preventiva y de acuerdo a lo informado cumple con los requerimientos técnicos solicitados. Por lo que se aconseja la ADJUDICACIÓN
CIRCUITO 41 – DESIERTO
Por lo expuesto, esta Comisión aconseja se adjudique de acuerdo al siguiente detalle:
| Descripción | Jorge Ramon Buzzatto | |||
| CIRCUITO N° 1 | $ 12,000,000.00 | $ 36,000,000.00 | ||
| CIRCUITO N° 2 | $ 9,500,000.00 | $ 28,500,000.00 | ||
| CIRCUITO N°3 | $ 4,000,000.00 | $ 12,000,000.00 | ||
| CIRCUITO N° 15 | $ 5,000,000.00 | $ 15,000,000.00 | ||
| CIRCUITO N° 29 | $ 11,000,000.00 | $ 33,000,000.00 | ||
| IMPORTE TOTAL | $ 124,500,000.00 | |||
| Descripción | Cooperativa de Trabajo Construcción y Mantenimiento Limitada | |||
| CIRCUITO N° 4 | $ 4,500,000.00 | $ 13,500,000.00 | ||
| IMPORTE TOTAL | $ 13,500,000.00 | |||
| Descripción | Leandro Matías Del Valle | |
| CIRCUITO N° 7 | $ 8,000,000.00 | $ 24,000,000.00 |
| CIRCUITO N° 38 | $ 4,500,000.00 | $ 13,500,000.00 |
| IMPORTE TOTAL | $ 37,500,000.00 | |
| Descripción | Cooperativa de Trabajo La Esperanza Limitada | |
| CIRCUITO N° 8 | $ 4,500,000.00 | $ 13,500,000.00 |
| IMPORTE TOTAL | $ 13,500,000.00 | |
| Descripción | Cooperativa de Trabajo La Morada Limitada | |
| CIRCUITO N° 9 | $ 6,000,000.00 | $ 18,000,000.00 |
| CIRCUITO N° 18 | $ 4,000,000.00 | $ 12,000,000.00 |
| CIRCUITO N° 26 | $ 2,550,000.00 | $ 7,650,000.00 |
| IMPORTE TOTAL | $ 37,650,000.00 | |
| Descripción | Cooperativa de Trabajo Barrio Universidad Limitada | |
| CIRCUITO N° 10 | $ 3,000,000.00 | $ 9,000,000.00 |
| IMPORTE TOTAL | $ 9,000,000.00 | |
Descripción |
Honorio Amadeo Locattelli | |
| CIRCUITO N° 11 | $ 8,500,000.00 | $ 25,500,000.00 |
| IMPORTE TOTAL | $ 25,500,000.00 | |
| Descripción | Cooperativa de Trabajo Barcoop Limitada | |
| CIRCUITO N° 13 | $ 6,800,000.00 | $ 20,400,000.00 |
| IMPORTE TOTAL | $ 20,400,000.00 | |
| Descripción | Cintia Analia Leyes | |
| CIRCUITO N° 16 | $ 2,500,000.00 | $ 7,500,000.00 |
| CIRCUITO N° 17 | $ 3,300,000.00 | $ 9,900,000.00 |
| CIRCUITO N° 34 | $ 7,000,000.00 | $ 21,000,000.00 |
| IMPORTE TOTAL | $ 38,400,000.00 | |
| Descripción | Maria del Carmen Pintos | |
| CIRCUITO N° 19 | $ 8,000,000.00 | $ 24,000,000.00 |
| IMPORTE TOTAL | $ 24,000,000.00 | |
| Descripción | Jorge Alberto Arellano | |
| CIRCUITO N° 22 | $ 4,500,000.00 | $ 13,500,000.00 |
| IMPORTE TOTAL | $ 13,500,000.00 | |
| Descripción | Gabriel Jesus Leon | |
| CIRCUITO N° 23 | $ 1,990,000.00 | $ 5,970,000.00 |
| CIRCUITO N° 31 | $ 1,990,000.00 | $ 5,970,000.00 |
| CIRCUITO N° 33 | $ 1,990,000.00 | $ 5,970,000.00 |
| IMPORTE TOTAL | $ 17,910,000.00 | |
| Descripción | Manuel Geronimo Leon | |
| CIRCUITO N° 28 | $ 1,990,000.00 | $ 5,970,000.00 |
| IMPORTE TOTAL | $ 5,970,000.00 | |
| Descripción | Jorge Omar Fochessatto | |
| CIRCUITO N° 30 | $ 2,900,000.00 | $ 8,700,000.00 |
| IMPORTE TOTAL | $ 8,700,000.00 | |
| Descripción | Sandra Carolina Barbieri | |
| CIRCUITO N° 40 | $ 1,450,000.00 | $ 4,350,000.00 |
| IMPORTE TOTAL | $ 4,350,000.00 | |
Además, corresponde declarar:
| INADMISIBLES |
| CIRCUITO N° 20 |
| CIRCUITO N° 21 |
| CIRCUITO N° 24 |
| CIRCUITO N° 25 |
| CIRCUITO N° 32 |
| CIRCUITO N° 37 |
| CIRCUITO N° 39 |
| INADMISIBLES |
| CIRCUITO N° 20 |
| CIRCUITO N° 21 |
| CIRCUITO N° 24 |
| CIRCUITO N° 25 |
| CIRCUITO N° 32 |
| CIRCUITO N° 37 |
| CIRCUITO N° 39 |
Que por lo expuesto, es decisión de este Departamento Ejecutivo adjudicar los servicios de limpieza, conforme a lo considerado precedentemente según Anexos I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVI, XVII y XVIII, que forman parte del presente decreto; aprobar la documentación obrante de fs. 737 a 744, para un 2º Llamado a Licitación Pública Nº 54/2024 para la “CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA EN VARIOS CIRCUITOS DE LA CIUDAD DE CONCORDIA”, según Anexos XIX y XX, que forman parte del presente Decreto.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107º, incisos ñ), q) y u), de la Ley 10.027 y su modificatoria – Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Apruébese el procedimiento licitatorio obrante en el Expediente Interno Nº 1.200 Letra “S” del año 2024, correspondiente al Llamado a Licitación Pública Nº 63/2024, para la “CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA EN VARIOS CIRCUITOS DE LA CIUDAD DE CONCORDIA”, dispuesto mediante el Decreto del Departamento Ejecutivo Municipal Nº 1.455/2024, de fecha 4 de Octubre de 2024, obrante a Fs. 29 del presente expediente.
ARTICULO 2°.- Adjudíquese a la firma Jorge Ramón Buzzatto los Circuitos 1, 2, 3, 15 y 29 por un importe total de PESOS CIENTO VEINTICUATRO MILLONES QUINIENTOS MIL CON 00/100 ($ 124.500.000,00.-), conforme a lo considerado precedentemente según Anexo I, que forma parte del presente Decreto.
ARTICULO 3°.- Adjudíquese a la firma COOPERATIVA DE TRABAJO CONSTRUCCIÓN Y MANTENIMIENTO LIMITADA el Circuito 4 por un importe total de PESOS TRECE MILLONES QUINIENTOS MIL CON 00/100 ($ 13.500.000,00.-), conforme a lo considerado precedentemente según Anexo II, que forma parte del presente Decreto.
ARTICULO 4°.- Adjudíquese a la firma LEANDRO MATÍAS DEL VALLE los Circuitos 7 y 38 por un importe total de PESOS TREINTA Y SIETE MILLONES QUINIENTOS MIL CON 00/100 ($ 37.500.000,00.-), conforme a lo considerado precedentemente según Anexo III, que forma parte del presente Decreto.
ARTICULO 5°.- Adjudíquese a la firma COOPERATIVA DE TRABAJO LA ESPERANZA LIMITADA el Circuito 8 por un importe total de PESOS TRECE MILLONES QUINIENTOS MIL CON 00/100 ($ 13.500.000,00.-), conforme a lo considerado precedentemente según Anexo IV, que forma parte del presente Decreto.
ARTICULO 6°.- Adjudíquese a la firma COOPERATIVA DE TRABAJO LA MORADA LIMITADA los Circuitos 9, 18 y 26 por un importe total de PESOS TREINTA Y SIETE MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100 ($ 37.650.000,00.-), conforme a lo considerado precedentemente según Anexo V, que forma parte del presente Decreto.
ARTICULO 7°.- Adjudíquese a la firma COOPERATIVA DE TRABAJO BARRIO UNIVERSIDAD LIMITADA el Circuito 10 por un importe total de PESOS NUEVE MILLONES CON 00/100 ($ 9.000.000,00.-), conforme a lo considerado precedentemente según Anexo VI, que forma parte del presente Decreto.
ARTICULO 8°.- Adjudíquese a la firma HONORIO AMADEO LOCATTELLI el Circuito 11 por un importe total de PESOS VEINTICINCO MILLONES QUINIENTOS MIL CON 00/100 ($ 25.500.000,00.-), conforme a lo considerado precedentemente según Anexo VII, que forma parte del presente Decreto.
ARTICULO 9°.- Adjudíquese a la firma COOPERATIVA DE TRABAJO BARCOOP LIMITADA el Circuito 13 por un importe total de PESOS VEINTE MILLONES CUATROCIENTOS MIL CON 00/100 ($ 20.400.000,00.-), conforme a lo considerado precedentemente según Anexo VIII, que forma parte del presente Decreto.
ARTICULO 10°.- Adjudíquese a la firma CINTIA ANALIA LEYES los Circuitos 16, 17 y 34 por un importe total de PESOS TREINTA Y OCHO MILLONES CUATROCIENTOS MIL CON 00/100 ($ 38.400.000,00.-), conforme a lo considerado precedentemente según Anexo IX, que forma parte del presente Decreto.
ARTICULO 11°.- Adjudíquese a la firma MARÍA DEL CARMEN PINTOS el Circuito 19 por un importe total de PESOS VEINTICUATRO MILLONES CON 00/100 ($ 24.000.000,00.-), conforme a lo considerado precedentemente según Anexo X, que forma parte del presente Decreto.
ARTICULO 12°.- Adjudíquese a la firma JORGE ALBERTO ARELLANO el Circuito 22 por un importe total de PESOS TRECE MILLONES QUINIENTOS MIL CON 00/100 ($ 13.500.000,00.-), conforme a lo considerado precedentemente según Anexo XI, que forma parte del presente Decreto.
ARTICULO 13°.- Adjudíquese a la firma GABRIEL JESÚS LEON los Circuitos 23, 31 y 33 por un importe total de PESOS DIECISIETE MILLONES NOVECIENTOS DIEZ MIL CON 00/100 ($ 17.910.000,00.-), conforme a lo considerado precedentemente según Anexo XII, que forma parte del presente Decreto.
ARTICULO 14°.- Adjudíquese a la firma MANUEL GERÓNIMO LEON el Circuito 28 por un importe total de PESOS CINCO MILLONES NOVECIENTOS SETENTA MIL CON 00/100 ($ 5.970.000,00.-), conforme a lo considerado precedentemente según Anexo XIII, que forma parte del presente Decreto.
ARTICULO 15°.- Adjudíquese a la firma JORGE OMAR FOCHESSATTO el Circuito 30 por un importe total de PESOS OCHO MILLONES SETECIENTOS MIL CON 00/100 ($ 8.700.000,00.-), conforme a lo considerado precedentemente según Anexo XIV, que forma parte del presente Decreto.
ARTICULO 16°.- Adjudíquese a la firma SANDRA CAROLINA BARBIERI el Circuito 40 por un importe total de PESOS CUATRO MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100 ($ 4.350.000,00.-), conforme a lo considerado precedentemente según Anexo XV, que forma parte del presente Decreto.
ARTICULO 17°.- Impútese el presente gasto en el Ejercicio Económico 2024; en la Partida Presupuestaria:
Nº 0.2.30.01.01.02.21.05Desarrollo Ambiental$394.380.000,00.-
ARTÍCULO 18°.- Declárese desierta la oferta por los circuitos Nº 5, 6, 12, 14, 27, 35 y 41, conforme a lo considerado precedentemente, según Anexo XVI que forma parte del presente Decreto.
ARTÍCULO 19º.- Declárese inadmisibles las ofertas por los ítems Nº 20, 21, 24, 25, 32, 37 y 39, conforme a lo considerado precedentemente, según Anexo XVII que forma parte del presente Decreto.
ARTÍCULO 20º.- Declárese desestimada la oferta por el ítems Nº 36, conforme a lo considerado precedentemente, según Anexo XVIII que forma parte del presente Decreto.
ARTÍCULO 21°.- Apruébese la documentación obrante de fs. 737 a 744, para el 2º Llamado a Licitación Pública Nº 54/2024 para la “CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA EN VARIOS CIRCUITOS DE LA CIUDAD DE CONCORDIA”, cuyos Anexos XIX y XX forman parte del presente Decreto.
ARTÍCULO 22°.- Dispónese que a través de la Dirección de Compras y Suministros se realicen las gestiones tendientes para el cumplimiento de la presente disposición.
ARTÍCULO 23°.- Dispónese que a través de la Dirección de Compras y Suministros se notifique a las firmas JORGE RAMON BUZZATTO, COOPERATIVA DE TRABAJO CONSRUCCIÓN Y MANTENIMIENTO LIMITADA, LEANDRO MATÍAS DEL VALLE, COOPERATIVA DE TRABAJO LA ESPERANZA LIMITADA, COOPERATIVA DE TRABAJO LA MORADA LIMITADA, COOPERATIVA DE TRABAJO BARRIO UNIVERSIDAD LIMITADA, HONORIO AMADEO LOCATTELLI, COOPERATIVA DE TRABAJO BARCOOP LIMITADA, CINTIA ANALÍA LEYES, MARÍA DEL CARMEN PINTOS, JORGE ALBERTO ARELLANO, GABRIEL JESÚS LEON, MANUEL GERÓNIMO LEON, JORGE OMAR FOCHESSATTO y SANDRA CAROLINA BARBIERI que resultaron adjudicatarios, del contenido del presente acto administrativo, y proceda oportunamente a realizar los trámites correspondientes a la presente adjudicación.
ARTÍCULO 24°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Secretaría de Coordinación de Gabinete y Hacienda; y oportunamente, archívese.
----------DECRETO N° 1.732/2.024
Concordia, 20 de diciembre de 2024
VISTO, las actuaciones obrantes en el Expediente 2613 "D" 2024 y;
CONSIDERANDO:
Que a fs. 1 los agentes municipales Ivana Noelia Iglesias Legajo 8194 y María de los Ángeles Carnero Legajo 8153 solicitan el pago del código 158 - Viáticos inspectores, correspondiente a los inspectores que desarrollan tareas en la División Cuerpo de Inspectores.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107° de la Ley N° 10.027/11 y su modificatoria Ley N° 10.082, Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTICULO 1°.- Incluir y abonar, bajo el código N° 158 de "VIATICO INSPECTORES", a las agentes Ivana Noelia Iglesias Legajo 8194 y María de los Ángeles Carnero Legajo 8153, ambas inspectoras de la División Cuerpo de Inspectores de la Dirección General de Rentas, a partir del periodo de liquidación del mes de septiembre 2024.
ARTICULO 2°.- Notifíquese de lo dispuesto en el Artículo 1° del presente decreto, tome debida nota la Dirección de Liquidación de haberes, luego remítase a conocimiento de la Dirección General de Rentas.
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y oportunamente archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA
Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda.
----------DECRETO N° 1.736/2024
Concordia, 23 de diciembre de 2024
VISTO que el saldo de ciertas partidas del Presupuesto General de la Administración Pública Municipal del Ejercicio Económico 2.024, es insuficiente para atender distintas erogaciones y,
CONSIDERANDO:
Que a fin de dar solución a la situación descripta, la Dirección de Presupuesto ha aconsejado transferir de otras partidas a los fines de efectuar el refuerzo de las partidas a las que se hace mención en el Visto.
Que la Secretaría de Coordinación de Gabinete y Hacienda ha tomado la intervención de su competencia.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por los Artículos 107° incisos q) y u) y 155° de la Ley N° 10.027- Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Refuércenselos créditos presupuestarios de las partidas del Presupuesto General de Gastos de la Administración, Pública Municipal correspondiente, al Ejercicio Económico 2.024 en los importes que se detallan en el Anexo I, que forma parte integrante del presente Decreto, de acuerdo a lo expresado en el considerando precedente.
ARTICULO 2°.- Transfiéranse los créditos presupuestarios de la partida del Presupuesto General de Gastos de la Administración Pública Municipal correspondiente al Ejercicio Económico 2.024 en el importe detallado en el Anexo II que forma parte integrante del presente Decreto, para cubrir el refuerzo a que se refiere el Artículo 1°.
ARTICULO 3°.- Comuníquese, por medio de la Secretaría de Gobierno al Honorable Concejo Deliberante.
ARTICULO 4°.- Comuníquese; publíquese, regístrese y archívese.-
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA
Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda.
----------DECRETO N° 1.737/2.024
Concordia, 23 de diciembre de 2024
VISTO el decreto N° 3807 MHF del Poder Ejecutivo de Entre Ríos y;
CONSIDERANDO:
Que por tales cuestiones se hace imprescindible ampliar el Presupuesto 2024.
Que la presente medida se dicta de conformidad a lo dispuesto en el Articulo N° 8 de la Ordenanza de Presupuesto 2024 N° 38.231 que faculta al Departamento Ejecutivo Municipal a ampliar el mismo por nuevos y mayores ingresos con afectación especifica, con la condición de la comunicación previa de realizar tales ampliaciones al Concejo Deliberante.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por los Artículos 107° de la Ley N° 10.027¬Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos y sus modificatorias.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Apruébese la modificación al Presupuesto General de la Administración Municipal conforme se dispone en los artículos siguientes.
ARTICULO 2°.- Amplíese en la suma de PESOS CIENTO VEINTIDOS MILLONES TRESCIENTOS VEINTINUEVE MIL TRESCIENTOS OCHENTA ($ 122.329.380) el Cálculo de Recursos de la Administración Municipal correspondiente al Ejercicio 2024 destinados a atender los gastos fijados en el Artículo 3 del presente Decreto.
ARTICULO 3°.- Ampliase el Presupuesto General de gastos al Ejercicio 2024, en la partida presupuestaria 0.4.90.01.03.04.34.22 "MODULOS HABITACIONALES", de la Jurisdicción GOBIERNO en la suma de PESOS CIENTO VEINTIDOS MILLONES TRESCIENTOS VEINTINUEVE MIL TRESCIENTOS OCHENTA ($122.329.380).
ARTICULO 4°.- Comuníquese al Concejo Deliberante con copia del presente Decreto, la utilización de la facultad del Artículo 8° de la Ordenanza 38.231.
ARTICULO 5°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA
Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda.
----------DECRETO N° 1.738/2.024
Concordia, 23 de diciembre de 2.024
VISTO el Convenio suscripto el día 23 de Diciembre de 2.024, entre la Municipalidad de Concordia, representada por el Sr. Presidente Municipal Dr. FRANCISCO AZCUE, DNI N° 32.795.414 asistido por el Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda, Cr. Ferreyra Pablo Sebastián DNI 33.769.463, en adelante "LA MUNICIPALIDAD" por una parte y por la otra, la CAJA MUNICIPAL DE PRÉSTAMOS Sociedad de Economía Mixta", con domicilio en calle San Luis N° 548 de esta ciudad, representada en este acto por el Señor Cr. JUAN MIGUEL DOBLER, DNI N° 20.713.960, en su carácter de Presidente y,
CONSIDERANDO:
Que el presente Convenio, tiene como finalidad facilitar el pago a los Agentes Municipales, Cooperativas de Servicios y/o monotributistas, Fondos Fijos y Reintegros que autorice la Municipalidad y que presten servicios esenciales.
Que el presente Convenio consta de Cinco (5) cláusulas.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Ejecutivo Municipal por el Artículo 107°), incisos ñ), q) y u) de la Ley 10.027- Régimen Municipal - modificada a través de la Ley 10.082, según T.O. Decreto N° 4706/12 del Poder Ejecutivo Provincial.-
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Téngase presente, el Convenio suscripto el día 23 de Diciembre de 2.024, entre la Municipalidad de Concordia, representada por el Sr. Presidente Municipal Dr. FRANCISCO AZCUE, DNI N° 32.795,414 asistido por el Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda, Cr. Ferreyra Pablo Sebastián DNI 33.769.463, en adelante "LA MUNICIPALIDAD" por una parte y por la otra, la CAJA MUNICIPAL DE PRÉSTAMOS Sociedad de Economía Mixta", con domicilio en calle San Luis N° 548 de esta ciudad, representada en este acto por el Señor Cr. JUAN MIGUEL DOBLER, DNI N° 20. 713.960, en su carácter de Presidente, que consta de Cinco (5) cláusulas y cuyo texto forma parte integrante del presente Decreto como Anexo I.
ARTICULO 2°.- Facultase a la Secretaria de Coordinación de Gabinete y Hacienda a instrumentar las medidas necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en Convenio.
ARTICULO 3°.- Los gastos que demande el cumplimiento del presente Convenio se abonarán conforme a lo dispuesto en la Clausula Quinta del mismo.-
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA
Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda.
CONVENIO
En la ciudad de Concordia, Provincia de Entre Ríos, a los 23 días del mes de Diciembre del año dos mil veinticuatro (2024), entre la MUNICIPALIDAD DE CONCORDIA, representada por el Sr. Presidente Municipal Dr. FRANCISCO AZCUE, DNI N° 32.795.414 asistido por el Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda, Cr. Ferreyra Pablo Sebastián DNI 33.769.463, en adelante "LA MUNICIPALIDAD" por una parte y por la otra, la CAJA MUNICIPAL DE PRÉSTAMOS Sociedad de Economía Mixta", con domicilio en calle San Luis N° 548 de esta ciudad, representada en este acto por el Cr. JUAN MIGUEL DOBLER, DNI N° 20.713.960, en su carácter de Presidente, en adelante llamado "LA CAJA", todos con domicilio legal en la ciudad de Concordia, convienen en suscribir el presente Convenio de conformidad a las siguientes cláusulas:
PRIMERA: "LA MUNICIPALIDAD" se compromete a entregar en efectivo a "LA CAJA" la suma de PESOS DOS MILLONES ($2.000.000.=), con el fin de que ésta última entregue dicho dinero de acuerdo a lo siguiente: 1) A los titulares de los cheques de acuerdo a los listados provistos por “LA MUNICIPALIDAD" (estos últimos deberán ser comunicados e informados a la Caja por escrito con firma de la Secretaria de Coordinación de Gabinete y Hacienda) contra la presentación de documento de identidad y entrega de los cheques librados por el municipio por igual valor 2) proveedores y/o monotributistas que presten servicios esenciales (estos últimos será ser comunicados, e informados a la Caja por escrito con firma de la Secretaria de Coordinación de Gabinete y Hacienda) contra la presentación de documento de identidad y entrega de los cheques librados por el municipio por igual valor. Para el caso de que los beneficiarios sean personas jurídicas deberá "LA CAJA" requerir copia de la documentación que acredite la representación suficiente para cobrar, 3) Fondos Fijos y Reintegros habilitados por el Departamento Ejecutivo, contra la presentación de documento de identidad y entrega de los cheques librados por el municipio por igual valor.
Por cada pago que realice "LA CAJA" deberá hacer suscribir un recibo por el beneficiario indicado por "LA MUNICIPALIDAD".
SEGUNDA: Para efectuar el pago correspondiente "LA MUNICIPALIDAD" entregará a "LA CAJA" una planilla o listado por orden alfabético de los beneficiarios que percibirán el pago según Cláusula primera, con sus datos personales de cada beneficiario.
TERCERA: "LA CAJA" se compromete a abonar los pagos mencionados en la Cláusula Primera a las 24 hs de recibir notificación de los mismos por la Secretaria de Coordinación de Gabinete y Hacienda.
CUARTA: Una vez finalizado los pagos de conformidad a lo establecido en la Cláusula Segunda, en caso de existir remanentes a favor de "LA MUNICIPALIDAD", en el plazo de 48 hs "LA CAJA" deberá reintegrar los mismos a la "LA MUNICIPALIDAD".
QUINTA: "LA MUNICIPALIDAD" reconoce y acepta pagar a "LA CAJA" en concepto de resarcimiento total de gastos originados por el Servicio de pago mencionado en la Cláusula Primera, la suma de PESOS CUARENTA MIL ($40.000), que se descontara de la suma entregada por "LA MUNICIP ALIDAD".
No siendo para más se firman tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, firmando los comparecientes al pie.
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA
Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda
Cr. JUAN MIGUEL DOBLER
Presidente
Caja Municipal de Prestamos SEM.
----------DECRETO N° 1.740/2024
Concordia, 26 de diciembre de 2024
VISTO que el saldo de ciertas partidas del Presupuesto General de la Administración Pública Municipal del Ejercicio Económico 2.024, es insuficiente para atender distintas erogaciones y,
CONSIDERANDO:
Que a fin de dar solución a la situación descripta, la Dirección de Presupuesto ha aconsejado transferir de otras partidas a los fines de efectuar el refuerzo de las partidas a las que se hace mención en el Visto.
Que la presente transferencia se efectúa de conformidad a lo previsto en el Artículo 5° de la ordenanza N° 38.231.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por los Artículos 107° incisos q) y u) y 155° de la Ley N° 10.027- Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Refuércenselos créditos presupuestarios de las partidas del Presupuesto General de Gastos de la Administración, Pública Municipal correspondiente, al Ejercicio Económico 2.024 en los importes que se detallan en el Anexo I, que forma parte integrante del presente Decreto, de acuerdo a lo expresado en el considerando precedente.
ARTICULO 2°.- Transfiéranse los créditos presupuestarios de la partida del Presupuesto General de Gastos de la Administración Pública Municipal correspondiente al Ejercicio Económico 2.024 en el importe detallado en el Anexo II que forma parte integrante del presente Decreto, para cubrir el refuerzo a que se refiere el Artículo 1°.
ARTICULO 3°.- Comuníquese, por medio de la Secretaría de Gobierno al Honorable Concejo Deliberante.
ARTICULO 4°.- Comuníquese; publíquese, regístrese y archívese.-
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA
Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda.
----------DECRETO N° 1.741/2.024
Concordia, 26 de diciembre de 2024
VISTO la necesidad de establecer una reestructuración de designaciones en el ámbito de la Secretaría de Coordinación de Gabinete y Hacienda y;
CONSIDERANDO:
Que la misma responde a los objetivos planteados por esta Gestión de Gobierno en lograr una mayor eficacia en los resultados obtenidos en cada una de las Dependencias, como también impulsar el' desarrollo del intelecto de los funcionarios en los cargos asignados de acuerdo a sus capacidades.
Que en base a ello, este Departamento Ejecutivo entiende necesario dejar sin efecto las designaciones efectuadas a los Señores PIANA, Ariel Matías ¬legajo 3201 y BASTIDA, Claudio Fabián - legajo N° 3750, a fin de reasignarles nuevas funciones en el ámbito de la Secretaría de Coordinación de Gabinete y Hacienda.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal, por el Artículo 107°, inciso q) y u) de la ley N° 10.027/11 y, modificatoria N° 10.082/11 - Régimen de la Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Dejánse sin efecto el Artículo 2° del Decreto N° 1095/2024 de fecha 28 de agosto de 2024, y el Artículo 1° del Decreto N° 1116/2024 de fecha 5 de Septiembre de 2024, en virtud de lo expresado en el considerando precedente.
ARTICULO 2° Desígnase Subsecretario de Hacienda al Cr. BASTIDA, Claudio Fabián Legajo N° 3750, a fin de cumplir las funciones establecidas en el Título III - Capítulo I - Artículo 11° de la Ordenanza N° 38363/2024. Tendrá Nivel 1.
ARTICULO 3°.- Desígnase Director de Planificación y Control Financiero, al Cr. PIANA, Ariel Matías - Legajo 3201, a fin de cumplir con las funciones establecidas en el Título III - Capítulo I; Artículo 21° de la Ordenanza N° 38363/2024. Tendrá Nivel 1.
ARTICULO 4°.- Establécese que la presente medida comenzará a regir a partir del 1 de Enero del año 2025.
ARTICULO 5°.- Comuníquese, publíquese, tome nota la Dirección Liquidación de Haberes, Dirección de Recursos Humanos, y oportunamente, archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA
Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda.
----------DECRETO N° 1.742/2.024
Concordia, 26 de diciembre de 2.024
VISTO la liquidación de haberes del personal municipal, correspondiente al Mes de DICIEMBRE de 2024, realizada por la Dirección de Liquidaciones, cuyas actuaciones obran en Expediente Interno N° 4.392 "D"/2.024 y,
CONSIDERANDO:
Que la citada liquidación asciende a PESOS TRES MIL QUINIENTOS TREINTA Y NUEVE MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS CUARENTA Y CINCO CON 971100 ($ 3,539,984,745.97)
Que la Dirección de Presupuesto ha indicado las partidas presupuestarias a las que corresponde imputar el presente gasto.
Que la subsecretaría de Hacienda ha tomado conocimiento de la presente erogación, autorizando el total del gasto.
Que no obstante las observaciones formuladas por la Contaduría y atento a que se cuenta con los recursos necesarios, es decisión del Departamento Ejecutivo dar trámite a las presentes actuaciones.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por Ley N° 10.027- Régimen Municipal de Entre Ríos y sus modificaciones.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Aprobar la liquidación y el abono de los haberes del personal municipal correspondiente al mes de DICIEMBRE de 2024, las retenciones realizadas así como también las contribuciones patronales que surjan de las declaraciones juradas correspondientes, cuyo monto asciende a la suma total de PESOS TRES MIL QUINIENTOS TREINTA Y NUEVE MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS CUARENTA Y CINCO CON 97/100 ($ 3.539.984.745,97), conforme las actuaciones obrantes en Expediente Interno N°4.392 "D"/2.024.
ARTICULO 2°.- Imputar el gasto que se aprueba en el Artículo 1° de este Decreto, a las partidas presupuestarias indicadas por la Dirección de Presupuesto, cuyo detalle se anexa formando parte del presente.
ARTICULO 3°.- Remitir a Contaduría y a Tesorería a sus efectos.
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA
Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda.
----------DECRETO N° 1.744/2.024
Concordia, 26 de diciembre de 2024
VISTO la licencia otorgada al Subcontador Municipal a cargo, Silvina Raquel Rougier, Legajo 8016, a partir del día 26 de Diciembre de 2024 y,
CONSIDERANDO:
Que a fin de no resentir el normal funcionamiento de la Oficina resulta necesario cubrir el cargo de Subcontador Municipal mediante la designación de la Cra. María Vanesa Salomón, Legajo 8004, desde el día 26 de Diciembre de 2024 hasta el día 30 de Diciembre de 2024, inclusive y del Cr. Ramón Raúl Ruiz, Legajo 3063, desde el día 2 de Enero de 2025 hasta el día 3 de Enero de 2025, inclusive.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por la Ley Provincial N° 10.027 - Régimen Municipal - modificada por Ley Provincial N° 10.082, según T.O. Decreto N° 4706/2012 del Poder Ejecutivo Provincial.
Por ello,
EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL
DECRETA
ARTICULO 1°.- Encargase la atención del cargo de Sub-Contador Municipal, a la Cra. María Vanesa Salomón, Legajo 8004, desde el día 26 de Diciembre de 2024 hasta el día 30 de Diciembre de 2024, inclusive y del Cr. Ramón Raúl Ruiz, Legajo 3063, desde el día 2 de Enero de 2025 hasta el día 3 de Enero de 2025, inclusive.
ARTICULO 2°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA
Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda.
----------DECRETO N° 1.748/2.024
Concordia, 26 de diciembre de 2024
VISTO, el Decreto N° 724/2024, y,
CONSIDERANDO:
Que la Cláusula. SEXTA del Convenio de Reparto Domiciliario de Boletas, Decreto N° 724/2024, de fecha 10/06/2024, prevé la actualización del importe en función de la recomposición salarial otorgada por el Departamento Ejecutivo.-
Que mediante Decreto N° 1724 del 18 de DICIEMBRE de 2024, se dispuso la actualización de la escala salarial del TRES por ciento (3.0%) a partir del mes de DICIEMBRE de 2024.
Que la Dirección General de Rentas toma la intervención de su competencia, realizando el cálculo del incremento del importe.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107° incisos II) y u) de la Ley 10.027.- Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Autorízase al Departamento Tasa General Inmobiliaria a actualizar el importe en función de la actualización en la recomposición salarial otorgada por el Departamento Ejecutivo Municipal, Decreto N° 1724 del 18 de DICIEMBRE de 2024, por un porcentaje del TRES por ciento (3.0%), que rige a partir del mes de DICIEMBRE del año 2024 y que será de Pesos Ciento Sesenta y Uno con Ocho Centavos ($161,08), de acuerdo a la Cláusula SEXTA del Convenio entre la Municipalidad de Concordia y agentes afectados al Reparto Domiciliario de Boletas.-
ARTICULO 2°.- Tomen Nota los Dptos. Tasa Comercial, Tasa General Inmobiliaria y Otras Tasas y archívese.-
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA
Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda.
----------DECRETO N° 1.750/2.024
Concordia, 26 de diciembre de 2024
VISTO el traslado solicitado por la agente municipal FLEITAS, Marina Ayelén - Legajo N° 5465, que se tramita en Expediente N° 22 Letra "F"/2024 y;
CONSIDERANDO:
Que la citada agente solicita su traslado desde la Subsecretaría de Descentralización Municipal dependiente de la Secretaría de Gobierno, a la Dirección de Empleo - Subsecretaría de Desarrollo y Emprendedurismo de la Secretaría de Desarrollo Productivo.
Que por Decreto N° 1363/2024 de fecha 16 de septiembre del presente año, se dispone el traslado solicitado.
Que el Artículo 4° del citado Decreto se menciona erróneamente la Partida Presupuestaria que se debe imputar el traslado interesado.
Que asimismo, corresponde dejar sin efecto el Decreto N° 1641/2024.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal, por el Artículo 107°, inciso q) y u) de la Ley N° 10.027/11 y modificatoria N° 10.082/11 - Régimen de la Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Déjase sin efecto el Decreto N° 1641/2024 de fecha 28 de Noviembre de 2024, y en consecuencia mantener firme lo establecido en el Decreto N° 1363/2024 de fecha 16 de Septiembre de 2024, en virtud de lo expresado en el considerando precedente.
ARTICULO 2°.- Modifícase él Artículo 4° del Decreto N° 1363/2024, el que quedará redactado de la siguiente manera:
"ARTICULO 4°.- Impútese el traslado dispuesto en el Artículo 2° del presente Decreto, a la Partida Presupuestaria N° 0.1.90.01.01.01/Secretaria De Desarrollo Productivo"
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, tome nota la Dirección de Liquidación de Haberes y oportunamente, archívese.-
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Ing. FEDERICO SCHATENHOFER
Secretario de Desarrollo Productivo.
----------DECRETO N° 1.752/2.024
Concordia, 27 de diciembre de 2024
VISTO la nueva estructura orgánica y funcional municipal aprobada por Ordenanza N° 38.363/2024 en fecha 29 de julio del presente año y;
CONSIDERANDO:
Que la misma crea las Secretarías, Subsecretarías y Direcciones del Departamento Ejecutivo Municipal.
Que en su Título III - Capítulo II - Artículo 23° establece las competencias de la Secretaría de Gobierno.
Que en el Artículo 29° crea la Subsecretaría de Comunicación y Prensa, dependiente de dicha Secretaría.
Que resulta necesario disponer la cobertura de este cargo.
Que la Señora MOITENI, Magdalena Isabel - DNI N° 23.493.874 reúne las condiciones necesarias de idoneidad y responsabilidad para desempeñar esta función.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Departamento Ejecutivo Municipal por el Articulo 107°, de la ley N° 10.027 modificadas por la ley N° 10.082- Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.-
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTICULO 1°.- Desígnase Subsecretaria de Comunicación y Prensa a la Señora MOITENI, Magdalena Isabel- DNI N° 23.493.874, para el desempeño de las funciones establecidas en el Titulo III, Capítulo II Articulo 29° de la Ordenanza 38.363/24.
ARTICULO 2°.- Dispónese que la presente medida comenzará a regir a partir del día 1 de Enero de 2025.
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, tome nota la Dirección de Liquidación de Haberes, Dirección de Recursos Humanos, regístrese y oportunamente archivase.
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Dr. LUCIANO DELL´OLIO
Secretario de Gobierno.
----------DECRETO N° 1.755/2.024.
Concordia, 27 de diciembre de 2024
VISTO que la agente Marcela A. Laurel Legajo 1943, Directora de la Dirección de Liquidación de Haberes, ha solicitado licencia a partir del 02 de Enero 2025 y,
CONSIDERANDO:
Que a los fines de una mejor organización de dicha dependencia, se hace necesario designara un responsable mientras dure la ausencia del titular.
Que la agente planta permanente Escobar Viviana Legajo N° 4977, Jefa del Departamento .de Contratación del Personal, reúne las condiciones necesarias para poner a cargo en forma transitoria en esta Dirección.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso da las atribuciones, conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal, por el Artículo 107°, inciso q) y u) de la Ley N° 10.027/11 y modificatoria N° 10.082/11 01 - Régimen de la Municipalidades de Entre Ríos,
Por ello:
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Pónese a cargo de la Dirección de Liquidación de Haberes a partir del 2 de Enero 2025, a la agente planta permanente Escobar Viviana; Legajo N° 4977, mientras, dure la ausencia de su titular.
ARTICULO 2°.- Remítase a la Dirección de Recursos Humanos para su conocimiento; toma de razón, comuníquese, publíquese, y oportunamente archívese.-
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA
Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda.
----------DECRETO N° 1.756/2.024
Concordia, 30 de diciembre de 2024
VISTO que se debe ausentar en horas de la mañana de la ciudad, el Señor Presidente Municipal, Dr. FRANCISCO AZCUÉ, por temas relacionados con la Administración Municipal y,
CONSIDERANDO:
Que se estima pertinente poner a cargo de la Presidencia del Departamento Ejecutivo Municipal, al Sr. Secretario de Gobierno, Dr. LUCIANO DELL'OLIO.
Que se estima pertinente poner a cargo de la Secretaría de Gobierno, al Sr. Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda, Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA.
Que en consecuencia corresponde proceder a dictar la presente disposición.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal, por el Artículo 107° de la Ley 10.027, modificada a través de la Ley N° 10.082-Ley Orgánica de los Municipios de Entre Ríos, según T.O. Decreto N° 4706/12 del Poder Ejecutivo Provincial.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Poner a cargo de la Presidencia del Departamento Ejecutivo Municipal, al Sr. Secretario de Gobierno, Dr. LUCIANO DELL'OLIO, a partir del día de la fecha y en horas de la mañana.
ARTICULO 2°.- Poner a cargo de la Secretaría de Gobierno, al Sr. Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda, Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA.
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Dr. LUCIANO DELL´OLIO
Secretario de Gobierno.
----------DECRETO N° 1.757/2.024
Concordia, 30 de diciembre de 2024
VISTO el resultado de la Licitación Privada N° 80/2024 "CONTRATACION PARA VIAJES A LOS DISTINTOS NATATORIOS MUNICIPALES - RECREATIVO VERANO" llevada a cabo el día 20 de diciembre de 2024, cuyos antecedentes obran en el Expediente Interno N° 2054 "S"/2024 y,
CONSIDERANDO:
Que obra el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, Anexo I y 11, que forman parte del mismo.
Que obra copia del Decreto N° 1.698 de fecha 13 de diciembre de 2024.
Que obran Invitaciones realizadas y constancia de entrega de los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares diversos oferentes obrantes a fs. 20 y 21 del llamado a Licitación Privada "CONTRATACION PARA VIAJES A LOS DISTINTOS NATATORIOS MUNICIPALES - RECREATIVO VERANO".
Que se agrega Acta de Apertura de la Licitación de referencia, la que da cuenta que se presento una única oferta, resultando ser de la firma: HUGO MARIO FLAQUER.
Que obra Imputación Preventiva y obra autorización de la Subsecretaria de Hacienda.
Que obra documentación presentada por la firma HUGO MARIO FLAQUER.
Que obra Dictamen de la Comisión Evaluadora en la cual ponen en conocimiento que se presento una única oferta, resultando ser de la firma: HUGO MARIO FLAQUER.
Que analizando el aspecto formal, la Comisión verifica que la oferta da cumplimiento a lo solicitado en el Artículo 4° del Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
Que analizando el aspecto económico, la Comisión Evaluadora aconseja la adjudicación de lo solicitado a HUGO MARIO FLAQUER por un importe total de PESOS TREINTA MILLONES QUINCE MIL CON 00/100 ($30.015.000,00), previa actualización de la Imputación Preventiva correspondiente .
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Ejecutivo Municipal por el Artículo 112°), Incisos 21°) y 24°) de la Ley N° 3001 - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTICULO 1°.- Apruébese el procedimiento llevado a cabo para la Licitación Privada N° 80/2024, "CONTRATACIONPARA VIAJES A LOS DISTINTOS NATATORIOS MUNICIPALES- RECREATIVO VERANO" dispuesta por Decreto N° 1.698 de fecha 13 de diciembre de 2024, cuyos antecedentes obran en el Expediente Interno N° 2054 Letra "S"/2024.
ARTICULO 2°.- Adjudíquese el servicio solicitado a HUGO MARIO FLAQUER por un importe total de PESOS TREINTA MILLONES QUINCE MIL CON 00/100 ($30.015.000,00).
ARTICULO 3°.- Imputese el gasto mencionado en el Artículo anterior, en la siguiente Partida Presupuestaria del Presupuesto de Gastos vigente:
0.4.40.01.01.02.21.05 Desarrollo Humano $ 5.800.000,00.
ARTICULO 4°.- Procédase oportunamente a efectuar la devolución del Depósito de Garantía de Mantenimiento de Oferta y Depósito de Garantía de Cumplimiento de Contrato, constituido por la firma de referencia.
ARTICULO 5°.- Gírese para conocimiento y demás efectos a la Dirección de Compras y Suministros; Contaduría Municipal; Dirección de Presupuesto; Tesorería Municipal y, Secretaría de de Coordinación de Gabinete y Hacienda.
ARTICULO 6°.- Comuníquese, regístrese, publíquese y oportunamente archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Ing. SEBASTIAN ARISTIDE
Secretario de Desarrollo Humano.
----------DECRETO N° 031/2.025
Concordia, 9 de enero de 2025
VISTO que el día sábado 11 de Enero de 2.025, se llevará a cabo la XLVI Edición del Maratón Internacional de Reyes en nuestra ciudad, organizado por, la Municipalidad de Concordia y,
CONSIDERANDO:
Que sin lugar a dudas el Maratón Internacional de Reyes, es el primer evento deportivo y social del que participa toda la Comunidad de Concordia y donde fundamentalmente la familia participa activamente.
Que de dicha prueba atlética participan miles de atletas de nuestra ciudad y provenientes de ciudades y localidades de nuestro país y de otros países vecinos.
Que en virtud de la trascendencia de la competencia atlética, este Departamento Ejecutivo Municipal estima pertinente proceder a dictar la presente disposición de conformidad a lo previsto en la Ordenanza N° 30.321/98 de adhesión a la Ley Nacional de Tránsito N°, 24.449/98 y sus Decretos Reglamentarios, Artículos 21° y 24°.
Que el dictado de la medida se realiza de conformidad a las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107°, de la Ley 10.027 y modificatorias Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Dispónese la prohibición a la circulación de automóviles desde las 19,00 y hasta las 23,00 horas del sábado 11 de enero de 2.025, en el circuito que como Anexo I se agrega al presente, donde se llevará a cabo el XLVI Maratón Internacional de Reyes, organizada por la Municipalidad de Concordia, de acuerdo a lo expresado en el considerando precedente.-
ARTICULO 2°.- Establécese con carácter transitorio, el cambio de sentido de mano de calle Lamadrid entre Bartolomé Mitre y Boulevar San Lorenzo y de Calle Isthilart entre Vélez Sarsfield y Urdinarrain de nuestra ciudad, con el propósito de asegurar la efectividad y seguridad del control del tránsito y facilitar el desplazamiento de los competidores participantes de esta prueba atlética, desde las 19,00 hasta las 23,00 horas del día 11 de Enero de 2.025.
ARTICULO 3°.- Infórmese a la Central de Tránsito del contenido del presente Decreto. Dicha dependencia deberá arbitrar las medidas pertinentes para el cumplimiento de lo dispuesto.
ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Dr. LUCIANO DELL´OLIO
Secretario de Gobierno.
