Boletín original
- Anexo Decreto 201-2025 Agentes en condiciones en acceder a una jubilacion.pdf175 KB
- Anexo Decreto 211-2025 Cronograma de elecciones vecinales 2025.pdf155 KB
SUMARIO
Los Decretos y Edicto conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
Decretos: 194/2.025, 201/2.025, 204/2.025, 211/2.025 y 213/2.025.
Los Decretos y Edicto conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
Decretos: 194/2.025, 201/2.025, 204/2.025, 211/2.025 y 213/2.025.
DECRETO Nº 194/2.025.
Concordia, 05 de Marzo de 2.025.
VISTO, el acta de apertura de Licitación Pública Nº 04/2021 “CONCESION DE PANTEONES, SEPULTURAS Y BOVEDAS EN EL CEMENTERIO NUEVO MUNICIPAL”, obrante en el presente Expediente Interno N º 422 Letra “D”/2025, y;
CONSIDERANDO:
Que obra nota de elevación de la Dirección de Compras y Suministros.
Que obra Acta de Apertura.
Que obra Propuesta de ROGGERO, SONIA INES; DNI 20.457.902, ofreciendo abonar PESOS DOSCIENTOS DIECISIETE MIL OCHOCIENTOS CON 00/100 ($ 217.800,00), pagaderos en 1 cuota con diez por ciento de descuento, según el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
Que obra Propuesta de PEREZ, MIRTA ISABEL; DNI 12.755.660, ofreciendo abonar PESOS TRESCIENTOS NUEVE MIL SEISCIENTOS CON 00/100 ($ 309.600,00), pagaderos en 10 cuotas mensuales, iguales y consecutivas, según el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
Que obra Dictamen de la Comisión Evaluadora de fecha 04 de febrero de 2025 en la que se informa que los oferentes cumplen con la presentación de la documentación solicitada en el Artículo 5º del Pliego de Bases y Condiciones Particulares y aconseja adjudicar a:
ROGGERO, SONIA INES; DNI 20.457.902, la concesión del Panteón Nº 134 - SECTOR 1, por un importe total de PESOS DOSCIENTOS DIECISIETE MIL OCHOCIENTOS CON 00/100 ($ 217.800,00), pagaderos en 1 cuota.
PEREZ, MIRTA ISABEL; DNI 12.755.660, la concesión del Panteón Nº 153 - SECTOR 1, por un importe total de PESOS TRESCIENTOS NUEVE MIL SEISCIENTOS CON 00/100 ($ 309.600,00), pagaderos en 10 cuotas mensuales, iguales y consecutivas.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Ejecutivo Municipal por la Ley Provincial Nº 10.027/11- Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Apruébese el procedimiento llevado a cabo en la Licitación Pública Nº 04/2021 “CONCESION DE PANTEONES, SEPULTURAS Y BOVEDAS EN EL CEMENTERIO NUEVO MUNICIPAL”, cuyos antecedentes obran en el expediente Nº 382”U”/2017.
ARTÍCULO 2°.- Adjudíquese a ROGGERO, SONIA INES; DNI 20.457.902, por un total de PESOS DOSCIENTOS DIECISIETE MIL OCHOCIENTOS CON 00/100 ($ 217.800,00), pagaderos en 1 cuota con diez por ciento de descuento, según el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, el Panteón 134, Sector 1.
ARTÍCULO 3.- Adjudíquese a PEREZ, MIRTA ISABEL; DNI 12.755.660, por un total de PESOS TRESCIENTOS NUEVE MIL SEISCIENTOS CON 00/100 ($ 309.600,00), pagaderos en 10 cuotas mensuales, iguales y consecutivas, según el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, el Panteón 153, Sector1.
ARTICULO 4°.-Dispóngase que el pago del mismo se realice en las instalaciones del Cementerio Nuevo Municipal.
ARTICULO 5º.- Dispóngase que a través de la Contaduría Municipal se proceda a la devolución de los depósitos de garantía respectivo, conforme lo dispuesto en los Pliegos de la Licitación en cuestión.
ARTICULO 6º.- Notifíquese a ROGGERO, SONIA INES; DNI 20.457.902, con domicilio en Echague Nº 397 de nuestra ciudad y a PEREZ, MIRTA ISABEL; DNI 12.755.660, con domicilio en Monseñor D´Andrea Nº 863, de nuestra ciudad, a través de la Dirección de Compras y Suministros de lo dispuesto en el presente Decreto.
ARTICULO 7°.- Comuníquese, publíquese y dese a la Secretaría de Gobierno y Secretaria de Coordinación de Gabinete y Hacienda, oportunamente archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Arq. ALEJANDRO E. LOPEZ
Secretario de Desarrollo Urbano.
----------DECRETO Nº 201/2.025.
Concordia, 05 de Marzo de 2.025.
VISTO
El expediente N° 1125 D/2024 iniciado desde la Dirección de Recursos Humanos
CONSIDERANDO
Que en el mismo se informan los agentes que a la fecha prestan servicios en esta Administración Municipal y se encuentran en condiciones de acceder a los beneficios de la Jubilación Ordinaria Común y por Edad Avanzada y que, habiendo sido notificados oportunamente, no han iniciado los trámites pertinentes ante la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos;
Que el Artículo 62º, de la Ley Nº 8732 faculta a las autoridades con atribuciones de nombramiento y remoción de personal a gestionar de oficio ante la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos, el acogimiento a los beneficios que establece dicha ley;
Que se ha estimado conveniente realizar esta tarea a fin de propender al movimiento de remoción natural del personal;
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107°, inciso u de la Ley Provincial N° 10.027 y modificatorias, -Régimen de Municipalidad de Entre Ríos-.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTÍCULO 1º.- Dispónese la gestión de oficio para el otorgamiento del beneficio jubilatorio que corresponda en cada caso, a los Agentes Municipales detallados en el Anexo I, quienes reúnen a la fecha los requisitos legales para su concesión conforme los motivos que se exponen en los considerandos, todo ello de conformidad a lo normado por el artículo 62° de la Ley Provincial N° 8732 y, asimismo, para aquellos agentes Municipales que a futuro, según criterios objetivos, cumplimenten con las condiciones legales para el inicio del trámite previsional correspondiente según lo establezca la Dirección de Recursos Humanos de la Municipalidad de Concordia.-
ARTÍCULO 2º.- Facúltese a la Dirección de Recursos Humanos Municipal a iniciar los trámites correspondientes ante la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos. –
ARTÍCULO 3º.- La presente disposición será refrendada por el Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda y el Secretario de Gobierno.-
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y oportunamente archívese.-
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA
Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda.
----------DECRETO N° 204/2.025.
Concordia, 06 de Marzo de 2.025.
VISTO la Ordenanza 38.539 y;
CONSIDERANDO:
Que mediante el artículo 56° de la Ordenanza 38.539 establece que el por el periodo que abarca hasta el 28/02/2025, a los usuarios generales categorizados en T1G se cobrará hasta un tope por conexión de 350 Kw/h. En cuanto a los usuarios generales T2 y T3 se faculta al Departamento Ejecutivo a fijar topes a través de decreto reglamentario. El Departamento Ejecutivo podrá prorrogar dicho beneficio por el plazo que estime pertinente y conforme a la disponibilidad presupuestaria.
Que este Departamento ejecutivo considera pertinente hacer uso de esa facultad otorgada por dicha ordenanza.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas ala Ejecutivo Municipal por el Artículo 107º de la Ley 10.027 y sus modificatorias- Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos. Por ello,
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DE CONCORDIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- A partir de lo dispuesto por el artículo 56° de la Ordenanza N°38.539, prorrógase hasta el 31 de Mayo de 2025 cobrar a los usuarios generales categorizados en T1G hasta un tope por conexión de 350 Kw/h.
ARTÍCULO 2°.- Fíjese los topes establecidos en el art. Nº 56 ordenanza Nº 38.539 hasta los cuales se cobrará la Tasa de Alumbrado se fijan según siguiente detalle, con vigencia hasta el 31 de Mayo de 2025:a) Usuarios generales incluidos en la categoría T2 (mediana demanda): tope 1.500 kWh de consumo mensual por conexión
b) Usuarios generales incluidos en la categoría T3 VIBT (Vinculación Inferior en Baja Tensión): tope 7.000 kWh de consumo mensual por conexión como resultado de la sumatoria de los consumos en los tres tramos horarios (Punta-Valle Nocturno-Resto)
Los topes mencionados en el apartado anterior se distribuirán de la siguiente manera:
Consumo horas restantes: tope 3.500 kWh de consumo
Consumo horas de valle nocturno: tope 1.400 kWh de consumo
Consumo horas de punta: tope 2.100 kWh de consumo
Quedan exceptuados de los topes establecidos en el presente artículo los conceptos facturados por cargo fijo y distintos cargos por capacidad de potencia contratada.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese a la Secretaria de Coordinación de Gabinete y Hacienda y a la Cooperativa Eléctrica y Otros Servicios de Concordia Ltda. a fin de su cumplimiento.
ARTÍCULO 4°.- Registrar, comunicar, publicar y archivar.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA
Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda.
----------DECRETO Nº 211/2.025.
Concordia, 10 de Marzo de 2.025.
VISTO, las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 204 “S” 2025 y,
CONSIDERANDO
Que a foja 1 obra nota del Departamento de Comisiones Vecinales y listado del primer Cronograma de Elecciones de Comisiones Vecinales 2025.
Que a foja 3 obra informe del Subsecretario Legal y Técnico, encontrando procedente la continuidad del trámite.
Que corresponde se aprueba el 1 cronograma de elecciones de Comisiones Vecinales 2025 obrante foja Nº2.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Art Nº 107, (incisos u), de la Ley Nº 10027 y modificatorias – Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1º: Apruébese en todos sus términos el “1 CRONOGRAMA DE ELECCIONES DE COMISIONES VECINALES 2025”, cuyo listado formado parte del presente Decreto.
ARTICULO 2º: Disponese que el Departamento de Comisiones Vecinales dependiente de la Subsecretaria de Descentralización Municipal, tomen debida nota.
ARTICULO 3º: Comuníquese, Publíquese, Regístrese, dese a la Secretaria de Gobierno, Subsecretaria de Descentralización Municipal y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Dr. LUCIANO DELL`OLIO
Secretario de Gobierno.
----------DECRETO Nº 213/2.025.
Concordia, 10 de Marzo de 2.025.
VISTO el contenido del Expediente Digital Nº 26, que surge a través de la Solicitud de Compra Digital N° 132 del año 2025; y,
CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Obras Viales y Mantenimiento, dependiente de la Subsecretaría de Servicios Públicos, eleva documentación para el Llamado a Licitación Privada Nº 3/2025, destinada a la adquisición de “HORMIGON ELABORADO H-30” para bacheo en distintos sectores de la ciudad.
Que el Presupuesto Oficial de la presente contratación asciende, de acuerdo a la documentación adjunta, a la suma total de PESOS TREINTA Y SEIS MILLONES CON 00/100 ($ 36.000.000,00.-), por lo que, de acuerdo con las disposiciones vigentes, corresponde efectuar llamado a Licitación Privada.
Que la Dirección de Presupuesto efectuó la Imputación Preventiva correspondiente.
Que la Subsecretaría de Hacienda, dependiente de la Secretaría de Coordinación de Gabinete y Hacienda toma la intervención de su competencia, autorizando el presente gasto.
Que obra intervención de la Dirección de Compras y Suministros, adjuntando el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, de la mencionada Licitación.
Que la apertura de la presente debe preverse en la Dirección de Compras y Suministros, la que deberá proponer fecha de apertura disponible y realizar las invitaciones a las firmas correspondientes.
Que, por lo expuesto, este Departamento Ejecutivo estima conveniente aprobar la documentación; y en consecuencia, hacer lugar al Llamado a Licitación Privada Nº 3/2025, destinada a la adquisición de “HORMIGON ELABORADO H-30” para bacheo en distintos sectores de la ciudad, cuyos ANEXOS I y II, forman parte del presente Decreto.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Ejecutivo Municipal por el Artículo 107°, Incisos ñ), q) y u) de la Ley Nº 10.027 y su modificatoria- Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Apruébese la documentación para el Llamado a Licitación Privada Nº 3/2025 para la adquisición de “HORMIGON ELABORADO H-30” para bacheo en distintos sectores de la ciudad, cuyos ANEXOS I y II, forman parte del presente Decreto; dado los antecedentes obrantes en el Expediente de Compra Digital Nº 26 del año 2025; y en virtud de lo considerado precedentemente.
ARTÍCULO 2°.- Apruébese el Presupuesto Oficial de PESOS TREINTA Y SEIS MILLONES CON 00/100 ($ 36.000.000,00.-).
ARTÍCULO 3° - Impútese el presente gasto en la Partida Presupuestaria correspondiente al Año 2025:
Nº 3.7.90.02.05.08.61.05 Obras Públicas $ 36.000.000,00.
ARTICULO 4°.- Dispónese que la Dirección de Compras y Suministros efectúe las invitaciones a las firmas correspondientes para la presente licitación y fije la fecha de apertura de las propuestas, conforme a lo considerado precedentemente.
ARTÍCULO 5°.- Confórmese la Comisión Evaluadora de acuerdo con lo dispuesto en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares aprobado precedentemente.
ARTÍCULO 6°.- Gírese a la Dirección de Compras y Suministros a los efectos dispuestos, tome nota la Contaduría Municipal; cumplimentado, remitir a conocimiento de la Secretaría de Desarrollo Urbano.
ARTÍCULO 7°.- Dispónese que de resultar desierto el primer llamado, la Dirección de Compras y Suministros proceda a realizar un Segundo Llamado.
ARTÍCULO 8°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Secretaría de Coordinación de Gabinete y Hacienda; y oportunamente, archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Arq. ALEJANDRO E. LOPEZ
Secretario de Desarrollo Urbano.
ANEXO I
PLANILLA NOMENCLADORA
| N° | Concepto | Cant. | Unidad | P. Unit. | P. total |
| 01 | HORMIGÓN H-30 | 200 | Metros 3 | $ 180.000,00.- | $ 36.000.000,00.- |
| IMPORTE TOTAL | $ 36.000.000,00.- | ||||
PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARTICULARES
ARTÍCULO 1º.- OBJETO DE LA CONTRATACIÓN – MODALIDAD DE LA PRESTACIÓN
El Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Concordia llama a Licitación Privada para la adquisición de “HORMIGÓN ELABORADO H-30 PARA BACHEO EN DISTINTOS SECTORES DE LA CIUDAD”, según Pliego de Especificaciones Técnicas.
Monto Total $ 36.000.000,00.-
ARTÍCULO 2º.- PLAZO, FORMA Y LUGAR DE ENTREGA.
La entrega de las mercaderías adjudicadas se efectuará en forma total dentro de los treinta (30) días corridos contados desde la fecha de notificación. Puesto en obra a indicar por esta Dirección, en distintos sectores de la ciudad, de lunes a sábado, en el horario de 7:30 a 15:00 horas. El flete correrá por cuenta y orden del beneficiario.
ARTÍCULO 3º.- FORMA DE PAGO.
El pago de la mercadería licitada se hará por intermedio de la tesorería de la Municipalidad de Concordia, a os treinta (30) días de la fecha de la factura correspondiente de la entrega. La factura deberá ser presentada en la Dirección de Compras y Suministros.
ARTÍCULO 4º.- CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS GENERALES Y PARTICULARES.
Las especificaciones técnicas generales a cumplir son:
- El cemento Portland utilizado deberá cumplir con los requisitos especificados en la norma IRAM 50.000 (Año 2000).
- Particularmente el hormigón deberá ser elaborado con Cemento Portland, de categoría CP-40 o CP-50.
- Los agregados pétreos (gruesos y finos) a utilizar no deben contener sustancias que afecten la resistencia y durabilidad del hormigón, cumpliendo con lo establecido en el Reglamento CIRSOC 201-05 (Capítulo 3.2).
- El agua empleada para lavar los agregados y mezclado cumplirá con los requisitos establecidos en la norma IRAM 1601 (Año 1986).
Las especificaciones técnicas particulares a cumplir por el hormigón son:
- Razón agua/cemento máxima por razones de durabilidad: 0,45.
- Contenido unitario de cemento mínimo: 300 kg/m3
- Asentamiento: 7 cm (Tolerancia + - 1cm)
-Tamaño máximo del agregado grueso: 32 mm
- Temperatura máxima de hormigón en mixer: 32ºC
El precio del presupuesto deberá discriminar precio unitario por (m3) y precio total en función de la cantidad solicitada, por otra parte incluye provisión de materiales, elaboración del hormigón, transporte del mismo mediante mixers a los lugares que establezca la Dirección (dentro del ejido municipal) y además el ensayo de probetas a compresión simple que elaborará personal municipal en los casos que considere pertinente.
Según planilla adjunta.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Arq. ALEJANDRO E. LOPEZ
Secretario de Desarrollo Urbano.
----------EDICTO
El Instituto de Tierras y Viviendas Autárquico Municipal de la ciudad de Concordia, Entre Ríos, a cargo del Lic. Giuliano Rossi - Presidente - Dirección Legal y Administrativa a cargo de Dr. Leandro Zarza Echagüe, Director., en los expedientes caratulados "SIGWARDT FACUNDO NICOLAS" -. cita y emplaza por el término de sesenta (60) días corridos para que lo acrediten bajo apercibimiento de ley, a todos los que se consideren con derecho al lote, Plano de mensura n 42481 Partida Municipal n 30529, partida Provincial n 125310 sitio en calle B. YUQUERI N° 1534 -propiedad de la Municipalidad de Concordia- que fuera cancelado por el señor:
VALLEJOS MANUEL -DNI 5807712 - vecino que fuera" del Departamento Concordia, con último domicilio conocido en calle B. YUQUERI N° 1534
La resolución N° 307/23 que ordena la publicación del presente, en su parte pertinente, dispone: VISTO ... CONSIDERANDO... EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE VIVIENDAS Y TIERRAS AUTÁRQUICO MUNICIPAL POR UNANIMIDAD RESUELVE: ARTICULO 1- DISPÓNGASE la citación por edictos por tres días en un diario local, en el boletín municipal y en el boletín oficial de todos aquellos que se consideren con derecho al inmueble objetos de regularizar a fin de que comparezcan a derecho en el plazo de 60 días corridos- ARTICULO 2 ... ARTICULO 3 ... ARTICULO 4.
Lic. GIULIANO ROSSI – Presidente Invytam – Dr. LEANDRO ZARZA ECHAGÜE – Director Invytam.
Publíquese por tres veces.
Concordia, 7 de abril de 2.025El Instituto de Tierras y Viviendas Autárquico Municipal de la ciudad de Concordia, Entre Ríos, a cargo del Lic. Giuliano Rossi - Presidente - Dirección Legal y Administrativa a cargo de Dr. Leandro Zarza Echagüe, Director., en los expedientes caratulados "SIGWARDT FACUNDO NICOLAS" -. cita y emplaza por el término de sesenta (60) días corridos para que lo acrediten bajo apercibimiento de ley, a todos los que se consideren con derecho al lote, Plano de mensura n 42481 Partida Municipal n 30529, partida Provincial n 125310 sitio en calle B. YUQUERI N° 1534 -propiedad de la Municipalidad de Concordia- que fuera cancelado por el señor:
VALLEJOS MANUEL -DNI 5807712 - vecino que fuera" del Departamento Concordia, con último domicilio conocido en calle B. YUQUERI N° 1534
La resolución N° 307/23 que ordena la publicación del presente, en su parte pertinente, dispone: VISTO ... CONSIDERANDO... EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE VIVIENDAS Y TIERRAS AUTÁRQUICO MUNICIPAL POR UNANIMIDAD RESUELVE: ARTICULO 1- DISPÓNGASE la citación por edictos por tres días en un diario local, en el boletín municipal y en el boletín oficial de todos aquellos que se consideren con derecho al inmueble objetos de regularizar a fin de que comparezcan a derecho en el plazo de 60 días corridos- ARTICULO 2 ... ARTICULO 3 ... ARTICULO 4.
Lic. GIULIANO ROSSI – Presidente Invytam – Dr. LEANDRO ZARZA ECHAGÜE – Director Invytam.
Publíquese por tres veces.
