Boletín original
- Anexo Decreto 245-2026 Convenio entre Municipalidad y Vitsa Soluciones Ambientales.pdf4,6 MB
- Anexo Decreto 246-2026 Readecuacion de Personal Municipal.pdf4,0 MB
SUMARIO
Los siguientes Decretos conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
Decretos: 245/2.026, 246/2.026, 247/2.026, 248/2.026, 254/2.0226, 255/2.026, 257/2.026 y 258/2.026.-
Los siguientes Decretos conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
Decretos: 245/2.026, 246/2.026, 247/2.026, 248/2.026, 254/2.0226, 255/2.026, 257/2.026 y 258/2.026.-
DECRETO N° 245/2.026.
Concordia, 19 de marzo de 2.026
VISTO, el Convenio suscripto entre la Municipalidad de Concordia y Vitsa Soluciones Ambientales SA;
CONSIDERANDO:
Que el mismo consiste en la contratación del proveedor para la recolección de residuos sólidos urbanos, su traslado y adecuada disposición final.
Que el mismo dispone de los conocimientos, equipos, medios, materiales y personal necesarios para prestar este tipo de servicios.
Que la Ordenanza 38.785 Declara la EMERGENCIA AMBIENTAL en el ámbito de la Municipalidad de Concordia.
Que la Ordenanza mencionada Faculta al Departamento Ejecutivo Municipal a utilizar un régimen de compra por excepción para la locación y concesión de obras y/o servicio, mano de obra, insumos, alquiler y/o compra de maquinarias y/o equipos necesarios para hacer frente a la emergencia.
Que la misma Autoriza al Departamento Ejecutivo a concesionar el servicio público de gestión integral, de residuos sólidos urbanos en el ámbito de la Municipalidad de Concordia a empresa/s, particular/es, radiante los procedimientos de selección correspondiente y por plazo máximo de seis (6) años.
Que la Municipalidad de Concordia cuenta con la disponibilidad presupuestaria para hacer frente al gasto incurrido en el presente convenio.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107°) de la Ley Provincial N° 10.027 y su modificatoria Ley N° 10.082- Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos. Según T.O. Decreto N°4706/12 del Poder Ejecutivo Provincial.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Ratifiquese en todos sus terminas el Convenio suscripto entre la Municipalidad de Concordia, con domicilio en calle Mitre N° 76 de la ciudad de Concordia, representada por su Presidente Municipal, Dr. FRANCISCO AZCUÉ, asistido por el Secretario de Servicios Públicos, ALEJANDRO ERNESTO LOPEZ por una parte y por la otra Vitsa Soluciones Ambientales SA, representada por Presidente, DIEGO WALTER ROSAS, DNI N° 28.360.138 con domicilio en Paraguay N° 85 de la ciudad de Oncativo, Departamento Río Segundo, Córdoba. Que consta de DIECINUEVE Clausulas y DOS anexos, formando parte integrante del presente Decreto.
ARTÍCULO 2°.- Encuadrar la presente erogación en la Ordenanza 38.785, según los considerandos precedentes.
ARTICULO 3°.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Convenio al presupuesto correspondiente a la Secretaria de Servicios Públicos.
ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese, y archívese.-
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Arq. ALEJANDRO E. LOPEZ
Secretario de Servicios Públicos.
----------DECRETO N° 246/2.026
Concordia, 19 de marzo de 2.026
VISTO:
La Ordenanza N° 38.785; y
CONSIDERANDO:
Que mediante la mencionada Ordenanza se declara la Emergencia Ambiental en el ámbito del Municipio dé Concordia y se autoriza, asimismo, a concesionar el servicio público de gestión integral de residuos sólidos urbanos.
Que en este marco, se ha dispuesto la implementación de un nuevo esquema de prestación del servicio de recolección de residuos mediante concesión.
Que como consecuencia de la reorganización operativa del servicio resulta necesario redistribuir al personal municipal que se encontraba afectado a las tareas vinculadas al sector del servicio actualmente concesionado.
Que corresponde proceder a la reasignación del personal conforme las necesidades operativas de las distintas dependencias municipales.
Que la presente medida constituye una decisión en ejercicio de las facultades de dirección y organización administrativa propias del Departamento Ejecutivo Municipal, no implicando modificación de la situación de revista, categoría escalafonaria, antigüedad ni derechos adquiridos de los agentes involucrados, conforme lo establecido en la Ordenanza N° 11.275 - Escalafón de Empleados y Obreros Municipales-.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal, por el Artículo 107 de la Ley N° 10,027/11 y modificatoria N° 10.082/11 - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Desaféctese de la Dirección de Recolección de Residuos al personal municipal que se detalla en los Anexos I, II, III, IV y V de la presente, los cuales forman parte integrante del presente decreto.
ARTÍCULO 2°.- Aféctese al personal mencionado en los anexos precedentemente indicados a las distintas dependencias municipales conforme el destino allí establecido.
ARTICULO 3°.- Establécese que la presente medida no implica modificación de la situación de revista, categoría escalafonaria ni régimen remunerativo del personal involucrado.
ARTICULO 4°.- lmpútese el gasto correspondiente en las partidas presupuestarias que según se detallan en los Anexos enumerados en el ARTÍCULO 1° del presente decreto.
ARTICULO 5°.- Remítase a la Dirección de Recursos Humanos a los fines de su conocimiento, registración en los legajos personales y notificación de los agentes involucrados.
ARTICULO 6°.- Comuníquese a la Dirección de Liquidación de Haberes, Contaduría Municipal y a las dependencias correspondientes.
ARTICULO 7°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y oportunamente archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA
Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda
Dr. LUCIANO DELL´OLIO
Secretario de Gobierno
Arq. ALEJANDRO E. LOPEZ
Secretario de Servicios Públicos.
----------DECRETO N° 247/2.026
Concordia, 19 de marzo de 2.026
VISTO la licencia otorgada al Contador Municipal a cargo, Cr. Diego Paolo Cutro, Legajo 8022, el día 20 de Marzo de 2026 y,
CONSIDERANDO:
Que a fin de no resentir el normal funcionamiento de la Oficina resulta necesario cubrir el cargo de Contador Municipal, mediante la designación de la Cra. Silvina Raquel Rougier, Legajo 8016, sin perjuicio de sus funciones, el día 20 de Marzo de 2026.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por la Ley Provincial N° 10.027 - Régimen Municipal - modificada por Ley Provincial N° 10.082, según T.O. Decreto N° 4706/2012 del Poder Ejecutivo Provincial.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTÍCULO 1°.- Encargase la atención del cargo de Contador Municipal, a la Cra. Silvina Raquel Rougier, Legajo 8016, sin perjuicio de sus funciones, el día 20 de Marzo de 2026.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA
Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda.
----------DECRETO N° 248/2.026.
Concordia, 19 de marzo de 2.026
VISTO los distintos trabajos que se vienen realizando en toda la Ciudad de Concordia y;
CONSIDERANDO:
Que dichos trabajos son realizados con personal municipal en su totalidad.
Que las Áreas comprendidas son: la Dirección de Parques y Paseos, y la Dirección de Cementerio Municipal, ambas dependientes de la Secretaría de Servicios Públicos.
Que el personal de estas Áreas, ha firmado Convenios de trabajo por medio de los cuales se les abona, a través de JORNALES, los trabajos extraordinarios que realizan.
Que de acuerdo a lo establecido en cada uno de estos Convenios los Jornales tienen un cupo determinado, de acuerdo al siguiente detalle:
• CONVENIO DE LA DIRECCIÓN DE PARQUES Y PASEOS — cupo máximo de 300 Jornales mensuales en total para todo el personal incluido — CLAUSULA DÉCIMA del Convenio ratificado por Decreto N° 1465/2023.
• CONVENIO DE LA DIRECCIÓN DE CEMENTERIO MUNICIPAL — cupo máximo de 300 Jornales mensuales en total para todo el personal incluido — CLAUSULA DÉCIMA del Convenio ratificado por Decreto N° 1527/2023.
Que debido al aumento de las tareas requeridas, los cupos de Jornales se vieron excedidos en el período considerado para la liquidación del mes de Marzo del año 2026, de acuerdo al detalle elevado por la Secretaría de Servicios Públicos, a saber:
• Personal de la Dirección de Parques y Paseos, realizaron un total de 600 jornales — excedido: 300 jornales.
• Personal de la Dirección de Cementerio Municipal, realizaron un total de 485 jornales — excedido: 185 jornales.
Que en base a lo expuesto, este Departamento Ejecutivo entiende justo y razonable exceptuar por única vez el aumento del cupo de los jornales establecidos en los convenios antes mencionados, a fin de abonar lo que corresponde a cada empleado, en función de las tareas extraordinarias que realizaron.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal, por el Artículo 107°, inciso q) y u) de la Ley N° 10.027/11 y modificatoria N° 10.082/11 01 - Régimen de la Municipalidades de Entre Ríos-.
Por ello,
PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTÍCULO 1°.- Autorízase por única vez, y por excepción a lo establecido en la cláusula DÉCIMA del Convenio firmado oportunamente con el personal que cumple funciones en la Dirección de Parques y Paseos - ratificado por Decreto N° 1465/2023, un cupo total de SEISCIENTOS (600) JORNALES en el período de liquidación correspondiente al mes de Marzo del presente año, en virtud de lo expresado en el considerando precedente.
ARTICULO 2°.- Autorizase por única vez, y por excepción a lo establecido en la cláusula DÉCIMA del Convenio firmado oportunamente con el personal que cumple funciones en la Dirección de Cementerio Municipal - ratificado por Decreto N° 1527/2023, un cupo total de CUATROCIENTOS OCHENTA Y CINCO (485) JORNALES en el período de liquidación correspondiente al mes de Marzo del presente año, en virtud de lo expresado en el considerando precedente.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, torne nota la Dirección de Liquidación de Haberes y oportunamente, archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA
Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda
Arq. ALEJANDRO E. LOPEZ
Secretario de Servicios Públicos.
----------DECRETO N° 254/2.026
Concordia, 25 de marzo de 2.026
VISTO, las actuaciones obrantes en Expediente Interno N°20 “L”/2025, Expediente Externo Nº 1.359.352, Expediente Interno N°2044 “D”/2025 y Expediente Interno N°15 “L”/2025 y;
CONSIDERANDO:
Que a fojas 1 del Expediente Externo Nº 1.359.352, el Agente Mensual FRANCISCO LUNA, D.N.I. Nº31.211.136, Legajo N°6950, presenta la renuncia al vinculo laboral que lo une a la municipalidad de Concordia, a partir de fecha 23 de septiembre de 2025, conforme a los términos de su presentación, decisión que fuera reiterada a fojas 50 del Expediente interno Nº 15 “L”/2025.
Que a fojas 51 del Expediente Interno N°15 “L”/2025, la Dirección de Recursos Humanos informa que el agente revista como personal mensualizado, Categoría 5º, dependiente de la Dirección de Higiene Urbana de la Secretaría de Servicios Públicos.
Que a fojas 52 la Dirección de Asuntos Jurídicos, mediante Dictamen N°272/26, aconseja: “… se acepte la renuncia al vinculo que detenta con la Municipalidad de Concordia, y se proceda a dictar el Acto Administrativo pertinente, disponiéndose además el cierre de las actuaciones, y oportunamente se notifique al interesado, archivándose las mismas.-”.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Articulo 107° de la Ley N° 10.027/11 y su modificatoria Ley N°10.082 - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos. Según T.O. Decreto N°4706/12 del Poder Ejecutivo Provincial.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Acéptese la renuncia presentada por el Señor FRANCISCO LUNA, D.N.I. Nº31.211.136, Legajo N°6950, a partir del día 23 de Septiembre de 2025, conforme a los términos de su presentación obrante a fojas 50 del Expediente interno Nº 15 L 2025.
ARTICULO 2º.- Remítase a la Dirección de Recursos Humanos, a los fines de su conocimiento, toma de razón y notificación, cumplimentado, dar conocimiento a la Dirección de Liquidación de Haberes y Secretaría de Servicios Públicos. Oportunamente archívese como antecedente en el legajo personal del agente en cuestión.
ARTICULO 3º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y, oportunamente, archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA
Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda
Arq. ALEJANDRO E. LOPEZ
Secretario de Servicios Públicos.
-----------DECRETO N° 255/2.026
Concordia, 25 de marzo de 2.026
VISTO el Decreto N° 1.179/2025, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N° 1.179/2025 se aprobó la estructura orgánica de la Secretaría de Salud de la Municipalidad de Concordia, creándose diversas dependencias y efectuándose las correspondientes designaciones.
Que el Artículo 5° Creó el DEPARTAMENTO SERVICIO DE PROTECCIÓN CIVIL Y BRIGADA FORESTAL dependiente del Secretario de Salud, estableciendo sus funciones específicas.
Que el ARTICULO 29° designó jefe del Departamento Servicio de Protección Civil y Brigada Forestal, a CESAR GUSTAVO CORREA, DNI N° 26.236.198.
Que por razones de reorganización administrativa y funcional, resulta necesario dejar sin efecto dicha designación y proceder a su reemplazo, a los fines de que la continuidad de los servicios no se vea resentida.
Que el Sr. AARON TOMAS AYALA, DNI N° 44.441.277, reúne las condiciones necesarias e idoneidad pertinente para cumplir las funciones inherentes a dicho cargo.
Que la presente medida no altera ni modifica la validez ni vigencia del resto de la estructura orgánica aprobada, manteniéndose plenamente vigentes los demás artículos del Decreto N° 1.179/2025.
Que el Departamento Ejecutivo Municipal se encuentra facultado para dictar el presente acto en virtud de lo dispuesto por el Artículo 107° de la Ley N° 10.027 y su modificatoria Ley N° 10.082 — Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTICULO 1°.- Déjiese sin efecto el Artículo 29° del Decreto N° 1.179/2025.
ARTICULO 2°.- Designase jefe del Departamento Servicio de Protección Civil y Brigada Forestal, a AARON TOMAS AYALA, DNI N° 44.441.277, para el cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 5° del Decreto N° 1.179/2025, Tendrá rango de Departamento Político Nivel 1.
ARTICULO 3°.- Disponese que la presente medida entrará en vigencia, a partir del 1° de abril de 2026.
ARTICULO 4°.- Gírese copia certificada a la Dirección de Recursos Humanos y a la Dirección de Liquidación de Haberes, a sus efectos.
ARTICULO 5°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA
Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda
Dr. DIEGO ENRIQUE SAURE
Secretario de Salud.
----------DECRETO N° 257/2.026
Concordia, 26 de marzo de 2.026.
VISTO:
El Decreto N°246/2026, y;
CONSIDERANDO
Que mediante el citado decreto se dispuso la desafectación del personal municipal detallado en los Anexos I, II, III, IV y V de la Dirección de Recolección de Residuos, dependiente de la Subsecretaría de Servicios Públicos, en el ámbito de la Secretaría de Servicios Públicos.
Que, asimismo, se estableció la afectación de dicho personal a distintas áreas de la Municipalidad, indicándose las partidas presupuestarias a las que debía imputarse el gasto correspondiente.
Que, por un error material involuntario, se consignaron incorrectamente las partidas presupuestarias correspondientes a los Anexos I y IV.
Que, en consecuencia, resulta necesario rectificar dichas partidas a fin de adecuarlas correctamente.
Que, se ha tomado conocimiento de que parte del personal trasladado reviste la condición de delegado gremial con mandato vigente, por lo que corresponde dejar sin efecto los traslados que los alcanzan.
Que, asimismo, se advierte que determinado personal fue incorporado a la Dirección de Recolección de Residuos mediante concurso sustanciado en el marco de lo dispuesto por el Decreto N° 202/2018, motivo por el cual corresponde dejar sin efecto los traslados que los alcanzan.
Que, el dictado de la presenté medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por la Ley Provincial N° 10.027 — Régimen Municipal — modificada por la Ley Provincial N° 10.082; según T.O. Decreto 4706/12 del Poder Ejecutivo Provincial.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTÍCULO 1°.- Rectifíquese las partidas presupuestarias consignadas en los Anexos I y IV del Decreto N° 246/2026, las que quedarán establecidas de la siguiente manera.
Anexo I: 3.2.70.01.01.01. Mensual Servicios Públicos.
Anexo IV: 3.2.30.01.01.01. Mensual Servicios Públicos.
ARTÍCULO 2°.- Déjese sin efecto los traslados dispuestos en el Decreto N° 246/2026 respecto del personal detallado en el Anexo que forma parte integrante del presente.
ARTÍCULO 3°.- Remítase a la Dirección de Recursos Humanos a los fines de su conocimiento y registración en los legajos personales.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, a la Dirección de Liquidación de Haberes, Contaduría Municipal y a las dependencias correspondientes.
ARTICULO 5°.- notifíquese, a los interesados mediante la Oficina de Notificaciones Masivas, comuníquese, publíquese, regístrese y oportunamente archívese.-
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA
Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda
Arq. ALEJANDRO E. LOPEZ
Secretario de Servicios Públicos.
ANEXO
| Apellido y Nombre | CUIL | Legajo | Categoría |
| Sarmiento, Sergio Daniel | 20215828779 | 5001 | 15 |
| Lescano, Gualberto Horacio | 20146877614 | 3146 | 20 |
| Romero, Christian Alejandro | 20226095412 | 2264 | 23 |
| Gil, Jose Manuel David | 23164063399 | 1642 | 24 |
| Zanandrea, Solange Maria Del Lujan | 27322964469 | 6661 | 7 |
| Maydana, Cristhian Anibal | 23322175299 | 9412 | 7 |
| Caire, Victor Ezequiel | 20346461722 | 6657 | 8 |
| Kolln, Sergio Horacio | 20313654738 | 6663 | 8 |
| Lower, Julio Jose | 20329871747 | 6662 | 8 |
| Techeira, Sergio Javier | 20251735779 | 2281 | 24 |
| Carlini, Diego Fernando | 20250651768 | 2587 | 22 |
| Marquez, Raul Marcelo | 20236132901 | 2291 | 24 |
| Romero, Marcelo Jose | 20242330537 | 2289 | 24 |
-----------
DECRETO N° 258/2.026
Concordia, 26 de marzo de 2.026
VISTO, las actuaciones obrantes en Expediente interno N° 13 "G"/2026 y;
CONSIDERANDO:
Que a fojas 1, la Agente Mensual GOMEZ NORMA ALICIA, DNI N° 12.781.787, Legajo N° 2716, presenta la renuncia al cargo a partir del 01 de Marzo 2026, para acogerse a los beneficios de la Jubilación Ordinaria Común otorgada por la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos.
Que a fojas 2 y 2 vuelta, obra copia de la Resolución N° 007604 de fecha 26/12/2025 de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos, otorgando el beneficio de la Jubilación Ordinaria Común, a la Agente GOMEZ NORMA ALICIA.
Que a fojas 4, la Dirección de Liquidación de Haberes comunica que el agente mencionado, actualmente, no tiene embargos privados ni en espera.
Que a fojas 5, la encargada de control de Deudas de Créditos Especiales comunica que la agente GOMEZ NORMA ALICIA, a la fecha NO registra deuda, en concepto de, Créditos Especiales (adelanto de sueldo).
Que a fojas 6, la Dirección de Recursos Humanos informa que la Agente GOMEZ NORMA ALICIA, DNI N° 12.781.787, Legajo N° 2716, presta servicio en este municipio desde el 01 de Marzo de 1998. Revista como personal mensual en la categoría 24° del Escalafón Municipal. Dependiente de la Secretaria de Desarrollo Productivo.
Que a foja 7, Mediante Dictamen N° 283/2026 de fecha 23/02/2026, la Dirección de Asuntos Jurídicos comunica: "...esta Dirección no tiene objeción que formular a la aceptación de la renuncia:
Que esta Dirección entiende que corresponde hacer lugar al pago a la agente GOMEZ NORMA ALICIA Legajo N° 2716 de sueldo anual complementario primer semestre 2026 de acuerdo al tiempo trabajado, 15 (quince) días de licencia del año 2024, 30 (treinta) días del año 2025 y 5 (cinco) días proporcionales de la licencia del corriente año, y el subsidio por jubilación establecido en el artículo 77° Bis de la Ordenanza N° 11275-49 correspondiente a tres sueldos básicos de la categoría 20".
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al departamento Ejecutivo Municipal por el artículo 107° de la Ley N° 10.027/11 y su modificatoria Ley N° 10.082 — Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos. Según T.0 Decreto N° 4706/12 el poder Ejecutivo Provincial.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Acéptese a partir del 1° de Marzo 2026, la renuncia presentada por la agente mensual GOMEZ NORMA ALICIA, DNI N° 12.781.787, Legajo N° 2716, para acogerse a los beneficios de la Jubilación Ordinaria Común, otorgada por la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos.
ARTICULO 2°.- Dispóngase el pago de sueldo anual complementario primer semestre 2026 de acuerdo al tiempo trabajado, 15 (quince) días de licencia del año 2024, 30 (treinta) días del año 2025 y 5 (cinco) días proporcionales de la licencia del corriente año, y el subsidio por jubilación establecido en el artículo 77° Bis de la Ordenanza N° 11275-49 correspondiente a tres sueldos básicos de la categoría 20°, a favor de la Agente Mensual GOMEZ NORMA ALICIA, DNI N° 12.781.787, Legajo N° 2716.
ARTICULO 3°.- Notifíquese, tome nota la Dirección de Recursos Humanos, luego pase a la Dirección de Liquidación de Haberes, a sus efectos.
ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y, oportunamente, archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA
Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda
Mg. Ing. FEDERICO SCHATTENHOFER
Secretario de Desarrollo Productivo.
