Boletín original
- Boletin Oficial 3829.pdf462 KB
- Anexo decreto 931-2026 licitacion publica 60-26 pavimentacion de distintas arterias de la ciudad de concordia - cuarta etapa.pdf2,3 MB
- Anexo decreto 932-2026 construccion de pavimento articulado de adoquines de hormigon en B° nebel norte.pdf1,5 MB
SUMARIO
Los siguientes Decretos y Edictos conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
Decretos: 925/2.026, 927/2.026, 928/2.026, 929/2.026, 931/2.026 y 932/2.026.
Los siguientes Decretos y Edictos conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
Decretos: 925/2.026, 927/2.026, 928/2.026, 929/2.026, 931/2.026 y 932/2.026.
Concordia, 6 de octubre de 2.026.
VISTO, el contenido del Expediente Digital Nº 3341 del año 2026, que surge de la Solicitud de Compra Digital Nº 2574 del año 2026; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N° 715/2026 del 05/08/2026, se dispone el llamado a Licitación Pública N° 46/2026, para la "ADQUISICIÓN DE UN CAMIÓN EQUIPADO CON GRÚA HIDRÁULICA ARTICULADA", solicitado por la Dirección de Electrotecnia y Comunicaciones de la Secretaría de Servicios Públicos.
Que mediante el mismo Decreto se aprueba el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Anexo I que regirán el presente llamado a Licitación Pública N° 46/2026.
Que obra intervención de la Dirección de Compras y Suministros.
Que la Dirección de Presupuesto indica que la presente erogación se debe imputar en la Partida Presupuestaria: 3.2.90.02.05.07.57.12 Servicios Públicos $ 290.000.000,00.-
Que la Subsecretaría Hacienda y Modernización ha tomado intervención de su competencia autorizando la presente erogación.
Que obra Acta de Apertura de fecha 28/08/2026, donde consta que la Dirección de Compras y Suministros procedió a la apertura de tres ofertas de la Licitación Pública N° 46/2026, para la "ADQUISICIÓN DE UN CAMIÓN EQUIPADO CON GRÚA HIDRÁULICA ARTICULADA”.
Que obra documentación presentada por los oferentes.
Que obra Dictamen de la Comisión Evaluadora de fecha 01 de septiembre de 2026, donde consta que se presentaron tres ofertas correspondientes a:
1. VIALERG S.A.: cotizando lo solicitado a un importe total de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA Y UN MILLONES CON 00/100 ($251.000.000,00). Marca FOTON 1621.
2. OSCAR SCORZA EQUIPOS Y SERVICIOS S.R.L.: cotizando lo solicitado a un importe total de PESOS DOSCIENTOS OCHENTA MILLONES DOSCIENTOS TRES MIL CON 00/100 ($280.203.000,00).
3. RESONANCIAS S.A: cotizando lo solicitado a un importe total de PESOS DOSCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS OCHENTA Y CUATRO CON 13/100 ($284.997.784,13).
Que analizadas las ofertas en su aspecto formal se verifica que:
1. VIALERG S.A. no cumple con la siguiente documentación solicitada en el Artículo 7° del Pliego de Bases y Condiciones Particulares que a continuación se detalla:
- m) Nota indicando el domicilio del servicio técnico responsable durante el lapso de vigencia de garantía.
l) Nota especificando el plazo de garantía de fabricación y de buen funcionamiento del vehículo cotizado.
m) Nota indicando el domicilio del servicio técnico responsable durante el lapso de vigencia de la garantía.
Además se observa que modifica el plazo de entrega consignado en el Artículo 12° del Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
CONDICIONES DE VENTA:
- Forma de Pago: Conforme a pliego.
- Plazo de entrega: 60 días de recibida la orden de compra.
- Mantenimiento de Oferta: Conforme a pliego.
- Lugar de Entrega: Conforme a pliego.
3. RESONANCIAS S.A no cumple con la siguiente documentación solicitada en el Artículo 7° del Pliego de Bases y Condiciones Particulares que a continuación se detalla:
- Comprobante de pago de la POLIZA N° 000001086078
Que obra Dictamen de la Comisión Evaluadora de fecha 17 de septiembre de 2026, donde consta que; en fecha 01 de septiembre, la misma dispuso intimar a las firmas VIALERG S.A. y RESONANCIAS S.A. a la presentación de la documentación faltante en el plazo establecido por la normativa vigente; y que a la fecha se verifica que cumple con lo solicitado.
Que analizada la oferta en su aspecto económico se observa:
| IT | Item | Cant | Preventiva | Vialerg SA | % | ||
| 1 Camión con Grúa Hidráulica Articulada | |
PU |
Total |
PU |
Total |
|
|
| 1 | $ 290.000.000,00 | $ 290.000.000,00 | $268.000.000,00 |
$268.000.000,00 |
-7,59% | ||
| $ 290.000.000,00 | $268.000.000,00 | ||||||
| Depósito de garantía | $ 5.360.000,00 |
| IT | Item | Cant | Preventiva | Resonancias SA | % | ||
| 1 Camión con Grúa Hidráulica Articulada | |
PU |
Total |
PU |
Total |
|
|
| 1 | $ 290.000.000,00 | $ 290.000.000,00 | $ 284.997.784,13 |
$284.997.784,13 |
-1,72% | ||
| $ 290.000.000,00 | $284.997.784,13 | ||||||
| Depósito de garantía | $ 5.699.955,68 |
Que el área solicitante realiza la evaluación de lo cotizado emitiendo el informe correspondiente en el GESCOM, considerando lo siguiente:
VIALERG S.A., corresponde DESESTIMAR la cotización porque la hidrogrúa ofertada (modelo IMC 16.0T3) no cumple con los requisitos técnicos mínimos del pliego, específicamente en cuanto a la altura de trabajo. Dicho modelo posee un alcance hidráulico máximo de 12,5 m y no cuenta con extensiones de fábrica que permitan alcanzar la altura requerida.
RESONANCIAS S.A., en cuanto a la opción de esta firma, la cual propone un camión de origen chino marca DONGFENG, la Dirección de Electrotecnia y Comunicaciones considera que debe ser desestimada. Dicha recomendación se fundamenta en la experiencia previa con vehículos livianos de origen chino, respecto de los cuales suele registrarse una alta dependencia de un proveedor único y dificultades sostenidas para el aprovisionamiento de repuestos y accesorios a mediano y largo plazo. Asimismo, si bien el actual contexto político-económico permite la importación de insumos, es previsible que futuras modificaciones en las políticas comerciales o decisiones estratégicas de la empresa fabricante —tales como la discontinuación del modelo o el cese de la producción de piezas— afecten la operatividad y el mantenimiento de la unidad. Por los motivos expuestos, se aconseja DESESTIMAR la oferta presentada por la firma.
Que por lo expuesto, la Comisión Evaluadora aconseja que para la presente licitación se declare INADMISIBLE la oferta de OSCAR SCORZA EQUIPOS Y SERVICIOS S.R.L. y se DESESTIMEN las ofertas de VIALERG S.A. y RESONANCIAS S.A., considerando lo recomendado por el área solicitante.
Que mediante el Decreto N° 715/2026, en su Artículo 3° se dispuso la realización de un SEGUNDO llamado de la presente Licitación Pública Nº 46/2026, en caso de que el PRIMER llamado resulte desierto o sus ofertas sean declaradas inadmisibles o desestimadas.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por la Ley 10.027– Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Apruébese el procedimiento licitatorio obrante en el Expediente Digital Nº 3341 del año 2026, que surge a través de la solicitud de Compra Digital Nº 2574 del año 2026, correspondiente al llamado a Licitación Pública N° 46/2026, para la "ADQUISICIÓN DE UN CAMIÓN EQUIPADO CON GRÚA HIDRÁULICA ARTICULADA”, según lo considerado precedentemente.
ARTÍCULO 2º.- Declárese Inadmisible la oferta recibida por OSCAR SCORZA EQUIPOS Y SERVICIOS S.R.L. de la Licitación Pública N° 46/2026, para la " ADQUISICIÓN DE UN CAMIÓN EQUIPADO CON GRÚA HIDRÁULICA ARTICULADA”, según lo considerado precedentemente.
ARTÍCULO 3º.- Desestímense las ofertas recibidas por los proveedores VIALERG S.A. y RESONANCIAS S.A. correspondiente a la Licitación Pública N° 46/2026, para la "ADQUISICIÓN DE UN CAMIÓN EQUIPADO CON GRÚA HIDRÁULICA ARTICULADA”, según lo considerado precedentemente.
ARTICULO 4°.- Procédase de acuerdo al Decreto N° 715/2026 en su Artículo 3° donde dispone la realización de un SEGUNDO llamado de la presente Licitación Pública Nº 46/2026, en caso de que el PRIMER llamado resulte desierto o sus ofertas sean declaradas inadmisibles o desestimadas.
ARTICULO 5°.- Impútese la presente erogación en la partida: 3.2.90.02.05.07.57.12 Servicios Públicos $ 290.000.000,00.-
ARTÍCULO 6º.- Dispóngase que a través de la Dirección de Compras y Suministros se dé cumplimiento a lo establecido en el Artículo 11º del Pliego de Bases y Condiciones, comunicando la Adjudicación.
ARTÍCULO 7º.- Comuníquese, publíquese y oportunamente archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
ROBERTO OSCAR RAMIREZ
Secretario de Servicios Públicos.
DECRETO N° 927/2.026.Concordia, 7 de octubre de 2.026.
VISTO, la Licitación Pública Nº 50/2.026, para la “PROVISIÓN DE MATERIALES Y MANO DE OBRA PARA LA REPAVIMENTACIÓN Y BACHEO DE CALLE TAVELLA ENTRE SAN LORENZO Y GREGORIA PÉREZ”; y,
CONSIDERANDO:
Que en virtud de ello, cabe aclarar que la mencionada Licitación no solo representa una obra vial, sino que además incluye obras hidráulicas y sanitarias; y en el marco de los lineamientos estratégicos desarrollados por esta gestión de Gobierno, resulta necesario designar Inspectores de Obra, para la realización de las tareas de control y supervisión, como asimismo, encomendar la coordinación, seguimiento e inspección de la obra en cuestión; por lo expuesto, se considera necesario designar a la Ingeniera Civil Carla Teresa PAGANO, D.N.I. Nº 32.395.249, Legajo Nº 8053, dependiente de la Subsecretaría de Obras Públicas de la Secretaría de Obras Públicas, cuya responsabilidad recaerá sobre la parte vial e hidráulica de la presente obra, y al Ingeniero Franco Nicolás CHOPLIN, D.N.I.: 37.702.721, dependiente del Ente Descentralizado de Obras Sanitarias (EDOS), cuya responsabilidad de la inspección será sobre la infraestructura sanitaria de la obra, considerando que ambos reúnen condiciones para tales funciones.
Que los Inspectores de Obra designados, tendrán a su cargo el seguimiento y la inspección de la obra de marras, a partir del día 07/10/2.026 y hasta que termine la misma.
Que por lo expuesto, es decisión de este Departamento Ejecutivo Municipal designar como Inspectores de Obra, a la Ingeniera Civil Carla Teresa PAGANO, D.N.I. Nº 32.395.249, Legajo Nº 8053, dependiente de la Subsecretaría de Obras Públicas de la Secretaría de Obras Públicas, con responsabilidad de la inspección de la parte vial e hidráulica de la presente obra, y al Ingeniero Franco Nicolás CHOPLIN, D.N.I. N° 37.702.721, dependiente del Ente Descentralizado de Obras Sanitarias (EDOS), con responsabilidad de la inspección de la infraestructura sanitaria de la misma obra, correspondiente a la Licitación Pública Nº 50/2.026, para la “PROVISIÓN DE MATERIALES Y MANO DE OBRA PARA LA REPAVIMENTACIÓN Y BACHEO DE CALLE TAVELLA ENTRE SAN LORENZO Y GREGORIA PÉREZ”, siendo adjudicataria la firma JOSÉ ELEUTERIO PITÓN S.A., cuyos antecedentes obran en el Expediente Compra Digital Nº 3546 del año 2.026, a partir del 07/10/2.026 y hasta la finalización de la misma; en virtud de lo expresado en los considerandos precedentes.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107º, inciso u), de la Ley N° 10.027 y su Modificatoria Ley Nº 10.082 – Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Desígnese como Inspectores de Obra, a la Ingeniera Civil Carla Teresa PAGANO, D.N.I. Nº 32.395.249, Legajo Nº 8053, dependiente de la Subsecretaría de Obras Públicas de la Secretaría de Obras Públicas, cuya responsabilidad de la inspección será sobre la parte vial e hidráulica de la presente obra, y al Ingeniero Franco Nicolás CHOPLIN, D.N.I. N° 37.702.721, dependiente del Ente Descentralizado de Obras Sanitarias (EDOS), cuya responsabilidad de la inspección será sobre la infraestructura sanitaria de la obra, correspondiente a la Licitación Pública Nº 50/2.026, para la “PROVISIÓN DE MATERIALES Y MANO DE OBRA PARA LA REPAVIMENTACIÓN Y BACHEO DE CALLE TAVELLA ENTRE SAN LORENZO Y GREGORIA PÉREZ”, siendo adjudicataria la firma JOSÉ ELEUTERIO PITÓN S.A., cuyos antecedentes obran en el Expediente Compra Digital Nº 3546 del año 2.026, a partir del 07/10/2.026 y hasta la finalización de la misma, para la realización de las tareas de control y supervisión, como asimismo, encomiéndese la coordinación, seguimiento e inspección de la obra mencionada; en virtud de lo considerado precedentemente.
ARTÍCULO 2º.- Dispónese que a través de la Dirección de Compras y Suministros se notifique a la firma JOSÉ ELEUTERIO PITÓN S.A., adjudicataria de la Licitación Pública N° 51/2.026, del contenido del presente acto administrativo.
ARTÍCULO 3º.- Notifíquese a los Inspectores intervinientes dependientes de la Subsecretaría de Obras Públicas de la Secretaría de Obras Públicas y del Ente Descentralizado de Obras Sanitarias (EDOS), respectivamente; cumplido, gírese a la Dirección de Compras y Suministros a los efectos dispuestos, y tome debida nota la Contaduría Municipal, ambas dependientes de la Secretaría de Coordinación de Gabinete y Hacienda.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y dese a la Secretaría de Gobierno; y oportunamente, archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Arq. FERNANDO S. ESQUIBEL
Secretario de Obras Públicas.
DECRETO N° 928/2.026.Concordia, 7 de octubre de 2.026.
VISTO los Decretos N° 372 del 15 de marzo de 2024 y N° 564 del 27 de mayo de 2025 y,
CONSIDERANDO:
Que el mediante el Decreto 372/2024 mencionado en el Visto se asignó al Director de Informática de la Municipalidad de Concordia, Gustavo Luis Berón DNI 14.162.729, una tarjeta bancaria corporativa intransferible del Banco Macro S.A. Sucursal Concordia, a los fines de la aplicación exclusiva para el pago de los servicios en dólares estadounidenses o pesos argentinos, que detallan en el Artículo 2°.
Que el mediante el Decreto N° 564/2025 se amplió el monto establecido por Decreto N° 372/2024, otorgándose un límite Quinientos dólares estadounidenses para el uso de la tarjeta corporativa.
Que el Director de Informática ha planteado la necesidad de aumentar el límite de gasto mensual establecido en el Artículo 4° del Decreto N° 372/24 rectificado por Decreto N° 564/2025, debido a la necesidad de incorporar nuevos servicios, como también por el incremento en el costo de los existentes.
Que a los fines de cumplir en tiempo y forma con el pago de los servicios contratados por el municipio a través de la Dirección de Informática, se considera atinado ampliar el límite de gasto mensual por el uso de la tarjeta corporativa asignada al Director de Informática.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por la Ley Provincial N° 10.027 - Régimen Municipal - modificada por la Ley Provincial N° 10.082; según T.O Decreto N° 4706/12 del Poder Ejecutivo Provincial.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Disponer ampliar el límite de gasto mensual por el uso de la tarjeta corporativa asignada al Director de Informática de la Municipalidad de Concordia, Gustavo Berón DNI 14.162.729, establecido por el Artículo 4º del Decreto N° 372/2024 y modificado por el Decreto N° 564/2025, en la suma equivalente a Dólares Estadounidenses trescientos (U$S 300,00), quedando el importe total autorizado en suma equivalente a Dólares Estadounidenses Ochocientos (U$S 800,00).
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, regístrese, publíquese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA
Secretario de Coord. de Gabinete y Hacienda.
DECRETO N° 929/2.026.Concordia, 8 de octubre de 2.026.
VISTO la renuncia presentada por el Cr. Diego Paolo Cutro, D.N.I. N° 27.181.566, Legajo N° 8022, al cargo de Contador Municipal; el Decreto N° 1.149/2025; la Ordenanza N° 38.703/2025; y
CONSIDERANDO:
Que el Cr. Diego Paolo Cutro ha presentado su renuncia indeclinable al cargo de Contador Municipal, con efectos a partir del 8 de octubre de 2026, fundada en motivos de salud que requieren su apartamiento de las responsabilidades inherentes a dicho cargo, manifestando expresamente su voluntad de mantener su condición de empleado de carrera dentro de la repartición.
Que corresponde aceptar la renuncia presentada y dejar sin efecto la designación interina dispuesta mediante el Artículo 3º del Decreto N° 1.149/2025.
Que, a los fines de garantizar la continuidad y el normal funcionamiento de la Contaduría Municipal, resulta necesario cubrir el cargo de forma inmediata.
Que, analizados los antecedentes y condiciones profesionales del Cr. Ramón Raúl Ruiz, D.N.I. N° 24.054.277, Legajo N° 3063, se considera que reúne el perfil, la idoneidad y la solvencia técnica necesarias para asumir el cargo de Contador Municipal.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107° de la Ley N° 10027/11 y su modificatoria Ley N° 10.082 - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello;
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Acéptase la renuncia presentada por el Cr. Diego Paolo CUTRO, D.N.I. N° 27.181.566, Legajo N° 8022, al cargo de Contador Municipal, dejándose sin efecto la designación interina efectuada mediante el artículo 3° del Decreto N° 1.149/2025, manteniéndose vigentes las restantes disposiciones del citado Decreto, a partir del 8 de octubre de 2026.
ARTÍCULO 2º.- Agradécese al Cr. Diego Paolo CUTRO por el desempeño y la dedicación demostrados en el ejercicio de sus funciones como Contador Municipal. Déjase establecido que continuará desempeñando tareas dentro de la Contaduría Municipal en su condición de empleado de carrera.
ARTÍCULO 3º.- Desígnase Contador Municipal en forma interina al Cr. Ramón Raúl RUIZ, D.N.I. N° 24.054.277, Legajo N° 3063, para el cumplimiento de las funciones establecidas en el Título III - Capítulo I - Artículo 13° de la Ordenanza N° 38.703/2025, a partir del 8 de octubre de 2026.
ARTÍCULO 4º.- Remítase copia a la Dirección de Recursos Humanos y a la Dirección de Liquidación de Haberes, a sus efectos.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, notifíquese a los agentes, publíquese, regístrese y, oportunamente, archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA
Secretario de Coord. de Gabinete y Hacienda.
DECRETO N° 931/2.026.Concordia, 8 de octubre de 2.026
VISTO, el contenido del Expediente Compra Digital Nº 3995 del Año 2.026; y,
CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Ingeniería de la Secretaría de Obras Públicas, eleva documentación para el Primer Llamado a Licitación Pública Nº 60/2.026, para la “PROVISIÓN DE MATERIALES Y MANO DE OBRA PARA LA PAVIMENTACIÓN DE DISTINTAS ARTERIAS DE LA CIUDAD DE CONCORDIA – CUARTA ETAPA”.
Que el Presupuesto Oficial de la presente contratación asciende, de acuerdo a la documentación adjunta, a la suma total de PESOS DOS MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y TRES MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA MIL QUINCE CON 52/100 ($ 2.443.750.015,52), por lo que de acuerdo con las disposiciones vigentes, corresponde efectuar llamado a Licitación Pública.
Que la Dirección de Presupuesto efectúa la Imputación Preventiva en la Partida Presupuestaria:
Nº 3.7.90.02.05.08.61.01 O. P. (Obras Varias e Imprevistas) $ 1.443.750.015,52.
Que asimismo, el saldo restante se deberá imputar en el Ejercicio Económico 2.027.
Que la Subsecretaría de Hacienda y Modernización toma la intervención de su competencia, autorizando el presente gasto.
Que obra intervención de la Dirección de Compras y Suministros, adjuntando el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Pliego de Especificaciones Técnicas, asimismo, Planilla Nomencladora, Planos y Memoria Descriptiva, de la mencionada Licitación.
Que la Dirección de Ingeniería de la Secretaría de Obras Públicas realiza la evaluación de los Pliegos de la presente Licitación, manifestando que “…los mismos no requieren modificación alguna…”.
Que además, la Dirección de Compras y Suministros sugiere, para evitar demoras, que en caso que el Primer Llamado resultare desierto se realice un Segundo Llamado.
Que la apertura de la presente debe preverse en la Dirección de Compras y Suministros, la que deberá proponer fecha de apertura disponible y realizar las publicaciones de ley.
Que teniendo en cuenta la urgencia que tiene el Municipio de realizar la presente adquisición, se deberá hacer uso de lo dispuesto en el Artículo 25º de la Ordenanza Nº 34.698/11 sobre contrataciones vigentes.
Que por lo expuesto, este Departamento Ejecutivo Municipal estima conveniente aprobar la documentación; y, en consecuencia, hacer lugar al Primer Llamado a Licitación Pública Nº 60/2.026, para la “PROVISIÓN DE MATERIALES Y MANO DE OBRA PARA LA PAVIMENTACIÓN DE DISTINTAS ARTERIAS DE LA CIUDAD DE CONCORDIA – CUARTA ETAPA”, cuyo Anexo forma parte del presente Decreto. Y como asimismo, en el caso de que el mismo resultare desierto, disponer la aprobación del Segundo Llamado de la presente Licitación, conforme a lo considerado precedentemente.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107º, Incisos ñ), q) y u) de la Ley Nº 10.027 y su Modificatoria Ley Nº 10.082 – Régimen de las Municipalidad de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Apruébese la documentación y dispónese se efectúe el Primer Llamado de la Licitación Pública Nº 60/2.026, para la “PROVISIÓN DE MATERIALES Y MANO DE OBRA PARA LA PAVIMENTACIÓN DE DISTINTAS ARTERIAS DE LA CIUDAD DE CONCORDIA – CUARTA ETAPA”, conforme el Anexo que forma parte del presente Decreto, cuyos antecedentes obran en la Solicitud de Compra Nº 5144, Expediente Digital Nº 3995 del Año 2.026.
ARTÍCULO 2º.- Apruébese el Presupuesto Oficial de PESOS DOS MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y TRES MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA MIL QUINCE CON 52/100 ($ 2.443.750.015,52).
ARTÍCULO 3º.- Impútese el presente gasto en la Partida Presupuestaria:
Nº 3.7.90.02.05.08.61.01 O. P. (Obras Varias e Imprevistas) $ 1.443.750.015,52.
ARTÍCULO 4º.- Dispónese que el saldo restante se deberá imputar en el Ejercicio Económico 2.027.
ARTÍCULO 5º.- Dispónese que la Dirección de Compras y Suministros efectúe el Llamado de la presente Licitación y fije la fecha de apertura de las propuestas, dado lo establecido en el Artículo 25º de la Ordenanza Nº 34.698/11 de Contrataciones del Estado Municipal y los considerandos precedentes.
ARTÍCULO 6º.- Dispónese que la Dirección de Compras y Suministros realice las publicaciones de ley correspondientes para la presente licitación.
ARTÍCULO 7º.- Confórmese la Comisión Evaluadora de acuerdo con lo dispuesto en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares aprobado precedentemente.
ARTÍCULO 8º.- Dispónese que, en el caso de que el Primer Llamado de la Licitación Pública Nº 60/2.026 resultare desierto, se realice el Segundo Llamado de la presente Licitación, y en consecuencia, se efectúen las gestiones tendientes, conforme a lo establecido en el presente Decreto.
ARTÍCULO 9°.- Gírese a conocimiento de la Dirección de Ingeniería y de la Subsecretaría de Obras Públicas, ambas dependientes de la Secretaría de Obras Públicas; luego, pase a la Dirección de Compras y Suministros a los efectos dispuestos.
ARTÍCULO 10°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y dese a la Secretaría de Gobierno; y, oportunamente, archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Arq. FERNANDO S. ESQUIBEL
Secretario de Obras Públicas.
DECRETO N° 932/2.026.Concordia, 8 de octubre de 2.026
VISTO, el contenido del Expediente Compra Digital Nº 3799 del Año 2.026; y,
CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Ingeniería, dependiente de la Secretaría de Obras Públicas, eleva documentación para el Primer Llamado a Licitación Pública Nº 56/2.026, para la Obra: “PROVISIÓN DE MATERIALES Y MANO DE OBRA PARA LA CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO ARTICULADO DE ADOQUINES DE HORMIGÓN EN B° NEBEL NORTE”; según Solicitud de Compra N° 4841/2.026, obrante en el mencionado expediente.
Que el Presupuesto Oficial de la presente contratación asciende, de acuerdo a la documentación adjunta, a la suma total de PESOS CUATROCIENTOS TREINTA MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y DOS CON 33/100 ($ 430.392.592,33); por lo que, de acuerdo con las disposiciones vigentes, corresponde efectuar llamado a Licitación Pública.
Que la Dirección de Presupuesto efectúa la Imputación Preventiva en la Partida Presupuestaria:
Nº 3.7.90.02.05.08.61.01 O. P. (OBRAS VARIAS E IMPREVISTAS) $ 430.392.592,33.
Que la Subsecretaría de Hacienda y Modernización toma la intervención de su competencia, autorizando el presente gasto.
Que obra intervención de la Dirección de Compras y Suministros, adjuntando el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, Pliego de Especificaciones Técnicas Particulares y Anexo (Memoria Descriptiva, Planilla Nomencladora y Planos).
Que obra informe de la Dirección de Ingeniería de la Secretaría de Obras Públicas realizando correcciones al Pliego de Bases y condiciones Particulares de la presente Licitación.
Que por lo expuesto precedentemente, la Dirección de Compras y Suministros toma intervención de su competencia, y procede a adjuntar nuevo Pliego de Bases y Condiciones Particulares de la presente Licitación, con las modificaciones solicitadas.
Que, asimismo, esa Dirección sugiere, para evitar demoras, que en caso que el Primer Llamado de la presente Licitación resultare desierto, se realice un Segundo Llamado.
Que la apertura de la presente debe preverse en la Dirección de Compras y Suministros, la que deberá proponer fecha de apertura disponible y realizar las publicaciones de Ley.
Que teniendo en cuenta la urgencia que tiene el Municipio de realizar la presente adquisición, se deberá hacer uso de lo dispuesto en el Artículo 25º de la Ordenanza Nº 34.698/11 sobre Contrataciones vigente.
Que por lo expuesto, este Departamento Ejecutivo Municipal estima conveniente aprobar la documentación; y, en consecuencia, hacer lugar al Primer Llamado a Licitación Pública Nº 56/2.026, para la Obra: “PROVISIÓN DE MATERIALES Y MANO DE OBRA PARA LA CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO ARTICULADO DE ADOQUINES DE HORMIGÓN EN B° NEBEL NORTE”; según Solicitud de Compra N° 4841/2.026, y conforme el Anexo que forma parte del presente Decreto. Como asimismo, en el caso de que el mismo resultare desierto, disponer la aprobación del Segundo Llamado de la presente Licitación, en virtud a lo considerado precedentemente.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107°, Incisos ñ), q) y u) de la Ley Nº 10.027 y su Modificatoria Ley Nº 10.082 – Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Apruébese la documentación y dispónese se efectúe el Primer Llamado de la Licitación Pública Nº 56/2.026, para la Obra: “PROVISIÓN DE MATERIALES Y MANO DE OBRA PARA LA CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO ARTICULADO DE ADOQUINES DE HORMIGÓN EN B° NEBEL NORTE”; según Solicitud de Compra N° 4841/2.026, y conforme el Anexo que forma parte del presente Decreto, cuyos antecedentes obran en el Expediente Compra Digital Nº 3799 del Año 2.026.
ARTÍCULO 2°.- Apruébese el Presupuesto Oficial de PESOS CUATROCIENTOS TREINTA MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y DOS CON 33/100 ($ 430.392.592,33).
ARTÍCULO 3°.- Impútese el presente gasto en la Partida Presupuestaria: Nº 3.7.90.02.05.08.61.01 O. P. (OBRAS VARIAS E IMPREVISTAS) $ 430.392.592,33.
ARTÍCULO 4°.- Dispónese que la Dirección de Compras y Suministros efectúe el Llamado de la presente Licitación y fije la fecha de apertura de las propuestas, dado lo establecido en el Artículo 25° de la Ordenanza Nº 34.698/11 de Contrataciones del Estado Municipal y los considerados precedentes.
ARTÍCULO 5°.- Dispónese que la Dirección de Compras y Suministros realice las publicaciones de ley correspondientes para la presente licitación.
ARTÍCULO 6°.- Confórmese la Comisión Evaluadora de acuerdo con lo dispuesto en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares aprobado precedentemente.
ARTÍCULO 7°.- Dispónese que, en el caso de que el Primer Llamado de la Licitación Pública Nº 56/2.026 resultare desierto, se realice el Segundo Llamado de la presente Licitación; y en consecuencia, se efectúen las gestiones tendientes, conforme a lo establecido en el presente Decreto.
ARTÍCULO 8°.- Gírese a conocimiento de la Dirección de Ingeniería y de la Subsecretaría de Obras Públicas, ambas dependientes de la Secretaría de Obras Públicas; luego, pase a la Dirección de Compras y Suministros, a los efectos dispuestos.
ARTÍCULO 9°.- Comuníquese, publíquese, regístrese, y dese a la Secretaría de Gobierno; y oportunamente, archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Arq. FERNANDO S. ESQUIBEL
Secretario de Obras Públicas.
EDICTO.-
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica al Sr. BENITEZ JOSE MAURICIO, que en el EXPT 251 "C" 2025, se ha dispuesto la citación para que se presente en la Secretaria de Gobierno de la Municipalidad de Concordia, sita en calle Bartolomé Mitre 76, de la ciudad de Concordia, dentro del plazo de quince (15) días hábiles Contados a partir de la publicación del presente, en el horario de 07:00 a 13:00 horas, a los efectos de proceder a su notificación formal y personal del acto administrativo, contenido en el Expediente N° 251"C"2025; correspondiente a la intimación de rendición de cuentas o reintegro de fondos otorgados mediante el Decreto N° 1315/22, bajo apercibimiento. Fdo. Dr. Francisco Azcue Presidente Municipal de Concordia. Cra. Patricia Laura Rodríguez Secretaria de Gobierno Municipalidad de Concordia.
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO
CONCORDIA DE OCTUBRE 2026
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica al Sr. BENITEZ JOSE MAURICIO, que en el EXPT 251 "C" 2025, se ha dispuesto la citación para que se presente en la Secretaria de Gobierno de la Municipalidad de Concordia, sita en calle Bartolomé Mitre 76, de la ciudad de Concordia, dentro del plazo de quince (15) días hábiles Contados a partir de la publicación del presente, en el horario de 07:00 a 13:00 horas, a los efectos de proceder a su notificación formal y personal del acto administrativo, contenido en el Expediente N° 251"C"2025; correspondiente a la intimación de rendición de cuentas o reintegro de fondos otorgados mediante el Decreto N° 1315/22, bajo apercibimiento. Fdo. Dr. Francisco Azcue Presidente Municipal de Concordia. Cra. Patricia Laura Rodríguez Secretaria de Gobierno Municipalidad de Concordia.
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO
CONCORDIA DE OCTUBRE 2026
EDICTO.-
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica a la Sr. CENTURION MARTIN, que en el EXPT 251 "C" 2025, se ha dispuesto la citación para que se presente en la Secretaria de Gobierno de la Municipalidad de Concordia, sita en calle Bartolomé Mitre 76, de la ciudad de Concordia, dentro del plazo de quince (15) días hábiles contados a partir de la publicación del presente, en el horario de 07:00 a 13:00 horas, a los efectos de proceder a su notificación formal y personal del acto administrativo, contenido en el Expediente N° 251"C"2025, correspondiente a la intimación de rendición de cuentas o reintegro de fondos otorgados mediante el Decreto N° 1836/23, bajo apercibimiento. Fdo. Dr. Francisco Azcue Presidente Municipal de Concordia. Cra. Patricia Laura Rodríguez Secretaria de Gobierno Municipalidad de Concordia.
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO
CONCORDIA DE OCTUBRE 2026
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica a la Sr. CENTURION MARTIN, que en el EXPT 251 "C" 2025, se ha dispuesto la citación para que se presente en la Secretaria de Gobierno de la Municipalidad de Concordia, sita en calle Bartolomé Mitre 76, de la ciudad de Concordia, dentro del plazo de quince (15) días hábiles contados a partir de la publicación del presente, en el horario de 07:00 a 13:00 horas, a los efectos de proceder a su notificación formal y personal del acto administrativo, contenido en el Expediente N° 251"C"2025, correspondiente a la intimación de rendición de cuentas o reintegro de fondos otorgados mediante el Decreto N° 1836/23, bajo apercibimiento. Fdo. Dr. Francisco Azcue Presidente Municipal de Concordia. Cra. Patricia Laura Rodríguez Secretaria de Gobierno Municipalidad de Concordia.
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO
CONCORDIA DE OCTUBRE 2026
EDICTO.-
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica a la Sra. JENNIFER CISNEROS MAINAT, que en el EXPT 251 "C" 2025, se ha dispuesto la citación para que se presente en la Secretaria de Gobierno de la Municipalidad de Concordia, sita en calle Bartolomé Mitre 76, de la ciudad de Concordia, dentro del plazo de quince (15) días hábiles contados a partir deja publicación del presente, en el horario de 07:00 a 13:00 horas, a los efectos de proceder a su notificación formal y personal del acto administrativo, contenido en el Expediente N° 251"C"2025, correspondiente a la intimación de rendición de cuentas o reintegro de fondos otorgados mediante el Decreto N° 1315/22, bajo apercibimiento. Fdo. Dr. Francisco Azcue Presidente Municipal de Concordia. Cra. Patricia Laura Rodríguez Secretaria de Gobierno Municipalidad de Concordia.
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO
CONCORDIA DE OCTUBRE 2026
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica a la Sra. JENNIFER CISNEROS MAINAT, que en el EXPT 251 "C" 2025, se ha dispuesto la citación para que se presente en la Secretaria de Gobierno de la Municipalidad de Concordia, sita en calle Bartolomé Mitre 76, de la ciudad de Concordia, dentro del plazo de quince (15) días hábiles contados a partir deja publicación del presente, en el horario de 07:00 a 13:00 horas, a los efectos de proceder a su notificación formal y personal del acto administrativo, contenido en el Expediente N° 251"C"2025, correspondiente a la intimación de rendición de cuentas o reintegro de fondos otorgados mediante el Decreto N° 1315/22, bajo apercibimiento. Fdo. Dr. Francisco Azcue Presidente Municipal de Concordia. Cra. Patricia Laura Rodríguez Secretaria de Gobierno Municipalidad de Concordia.
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO
CONCORDIA DE OCTUBRE 2026
EDICTO.-
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica al Sr. LEONARDO DAVID CACERES D.N.I N° 35.082.187, legajo N° 6085 que en los EXPEDIENTE N° 9 "D" 2026, 348 "D" 2026, 135 "C" 2026 se ha dictado el Decreto N° 899/2026 de fecha 1 de Octubre del 2026, que en su parte pertinente ha dispuesto lo siguiente. VISTO: ... CONSIDERANDO: ... RESUELVE: ARTICULO 1°.- Dispónese la Instrucción de un Sumario Administrativo al Agente Mensual LEONARDO DAVID CACERES, Legajo N°6085, dependiente de la Dirección de Higiene Urbana - Subsecretaría de Servicios Públicos de la Secretaría de Servicios Públicos, por no haber presumiblemente concurrido a su lugar de trabajo a prestar servicios de acuerdo a las Constataciones realizadas por la División Control del Personal Municipal, inasistencias acreditadas por el Área de Control Horario y la Dirección de Recursos Humanos, obrantes en los Expedientes mencionados en el visto del presente, como presunción de ausencia a saber: 11/07/2025 14/07/2025 15/07/2025 16/07/2025 17/07/2025 18/07/2025 21/07/2025 22/07/2025 23/07/2025 24/07/2025 25/07/2025 28/07/2025 29/07/2025 30/07/2025 31/07/2025 01/08/2025 04/08/2025 05/08/2025 06/08/2025 07/08/2025 08/08/2025 11/09/2025 12/09/2025 15/09/2025 16/09/2025 17/09/2025 18/09/2025 28/11/2025 11/12/2025 12/12/2025 15/12/2025 16/12/2025 17/12/2025 18/12/2025 19/12/2025 22/12/2025 23/12/2025
Como así también la gravedad de la superposición horaria detectada según lo reflejado mediante lo informado por el Director de Recursos Humanos Cooperativa Eléctrica y Otros Servicios de Concordia Limitada, fechas y horarios continuación se detallan:
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica al Sr. LEONARDO DAVID CACERES D.N.I N° 35.082.187, legajo N° 6085 que en los EXPEDIENTE N° 9 "D" 2026, 348 "D" 2026, 135 "C" 2026 se ha dictado el Decreto N° 899/2026 de fecha 1 de Octubre del 2026, que en su parte pertinente ha dispuesto lo siguiente. VISTO: ... CONSIDERANDO: ... RESUELVE: ARTICULO 1°.- Dispónese la Instrucción de un Sumario Administrativo al Agente Mensual LEONARDO DAVID CACERES, Legajo N°6085, dependiente de la Dirección de Higiene Urbana - Subsecretaría de Servicios Públicos de la Secretaría de Servicios Públicos, por no haber presumiblemente concurrido a su lugar de trabajo a prestar servicios de acuerdo a las Constataciones realizadas por la División Control del Personal Municipal, inasistencias acreditadas por el Área de Control Horario y la Dirección de Recursos Humanos, obrantes en los Expedientes mencionados en el visto del presente, como presunción de ausencia a saber: 11/07/2025 14/07/2025 15/07/2025 16/07/2025 17/07/2025 18/07/2025 21/07/2025 22/07/2025 23/07/2025 24/07/2025 25/07/2025 28/07/2025 29/07/2025 30/07/2025 31/07/2025 01/08/2025 04/08/2025 05/08/2025 06/08/2025 07/08/2025 08/08/2025 11/09/2025 12/09/2025 15/09/2025 16/09/2025 17/09/2025 18/09/2025 28/11/2025 11/12/2025 12/12/2025 15/12/2025 16/12/2025 17/12/2025 18/12/2025 19/12/2025 22/12/2025 23/12/2025
Como así también la gravedad de la superposición horaria detectada según lo reflejado mediante lo informado por el Director de Recursos Humanos Cooperativa Eléctrica y Otros Servicios de Concordia Limitada, fechas y horarios continuación se detallan:
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Fecha
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Horarios de registración en Municipalidad de Concordia
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Horarios de trabajo en Cooperativa eléctrica y Otros Servicios de concordia Limitada.(foja 4)
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14/10/2025
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06:42 — 14:13 (foja 13)
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12:00 — 23:00
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25/11/2025
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05:18 — 13:33 (foja 14)
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06:00 — 12:00
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14/11/2025
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05:35 -13:15 (foja 14)
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06: 00 – 12:00
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26/12/2025
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06:56 – 12:31 (foja 15
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12:00 – 23:00
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Que su conducta "prima facie" podría quedar comprendida y/o incursa dentro de lo normado en el Articulo 16° incisos a) y d); Artículo 31° inciso a) y Artículo 39° incisos c); d); e); f) y g) de la Ordenanza de Escalafón Municipal N° 11.275/49 modificatorias. ARTÍCULO 2°.- Desígnese Instructora Sumariante a la Dra. Celina Evelyn González del Departamento Sumarios dependiente de la Subsecretaría Legal y Técnica
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y oportunamente, archívese. Fdo. Dr. Francisco Azcue Presidente Municipal de Concordia. Cra. Patricia Laura Rodríguez Secretaria de Gobierno Municipalidad de Concordia.
QUEDAN UDS. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS.-
Concordia, de OCTUBRE del 2.026.-
EDICTO.-
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica a la Sra. SOTO DENIS MARIA INMACULADA, que en el EXPT 251 "C" 2025, se ha dispuesto la citación para que se presente en la Secretaria de Gobierno de la Municipalidad de Concordia, sita en calle Bartolomé Mitre 76, de la ciudad de Concordia, dentro del plazo de quince (15) días hábiles contados a partir de la publicación del presente, en el horario de 07:00 a 13:00 horas, a los efectos de proceder a su notificación formal y personal del acto administrativo, contenido en el Expediente N° 251"C"2025, correspondiente a la intimación de rendición de mientas o reintegro de fondos otorgados mediante el Decreto N° 1097/19, bajo apercibimiento. Fdo. Dr. Francisco Azcue Presidente Municipal de Concordia. Cra. Patricia Laura Rodríguez Secretaria de Gobierno Municipalidad de Concordia.
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO
CONCORDIA DE OCTUBRE 2026.
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica a la Sra. SOTO DENIS MARIA INMACULADA, que en el EXPT 251 "C" 2025, se ha dispuesto la citación para que se presente en la Secretaria de Gobierno de la Municipalidad de Concordia, sita en calle Bartolomé Mitre 76, de la ciudad de Concordia, dentro del plazo de quince (15) días hábiles contados a partir de la publicación del presente, en el horario de 07:00 a 13:00 horas, a los efectos de proceder a su notificación formal y personal del acto administrativo, contenido en el Expediente N° 251"C"2025, correspondiente a la intimación de rendición de mientas o reintegro de fondos otorgados mediante el Decreto N° 1097/19, bajo apercibimiento. Fdo. Dr. Francisco Azcue Presidente Municipal de Concordia. Cra. Patricia Laura Rodríguez Secretaria de Gobierno Municipalidad de Concordia.
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO
CONCORDIA DE OCTUBRE 2026.
EDICTO.-
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica al Sr. CIS OSCAR ALCIDES D.N.I N° 20.457.675 que en el EXPEDIENTE N° 1364597 se ha dictado La resolución N° 6616/2026 de fecha 21 de Septiembre del 2026, que en su parte pertinente ha dispuesto lo siguiente. VISTO: ... CONSIDERANDO: ... RESUELVE: ARTÍCULO 1°.- RECHAZAR en todos sus términos el reclamo administrativo de reparación integral interpuesto por los Sres. Vilche Juan Marcelo, Carbajal Diego Carlos Gustavo, Cis Oscar Alcides, Guardia José Aníbal, Valdez Juan Carlos, Vilche Félix Simón, Scifo Adolfo Martín, Saboredo Martín Alejandro, Alarcón Oscar Alfredo, Fernández José María y Meza Alejandro David, en virtud de los fundamentos de hecho y de derecho expuestos en los considerandos de la presente Resolución. ARTICULO 2°.- Notifíquese al interesado con entrega de copia de la presente por parte de la Oficina de Notificaciones Masivas. .- Fdo. Dr. Francisco Azcue Presidente Municipal de Concordia. Cra. Patricia Laura Rodríguez, Secretaria de Gobierno Municipalidad de Concordia.
QUEDAN UDS. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS.-
Concordia, de OCTUBRE del 2026.-
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica al Sr. CIS OSCAR ALCIDES D.N.I N° 20.457.675 que en el EXPEDIENTE N° 1364597 se ha dictado La resolución N° 6616/2026 de fecha 21 de Septiembre del 2026, que en su parte pertinente ha dispuesto lo siguiente. VISTO: ... CONSIDERANDO: ... RESUELVE: ARTÍCULO 1°.- RECHAZAR en todos sus términos el reclamo administrativo de reparación integral interpuesto por los Sres. Vilche Juan Marcelo, Carbajal Diego Carlos Gustavo, Cis Oscar Alcides, Guardia José Aníbal, Valdez Juan Carlos, Vilche Félix Simón, Scifo Adolfo Martín, Saboredo Martín Alejandro, Alarcón Oscar Alfredo, Fernández José María y Meza Alejandro David, en virtud de los fundamentos de hecho y de derecho expuestos en los considerandos de la presente Resolución. ARTICULO 2°.- Notifíquese al interesado con entrega de copia de la presente por parte de la Oficina de Notificaciones Masivas. .- Fdo. Dr. Francisco Azcue Presidente Municipal de Concordia. Cra. Patricia Laura Rodríguez, Secretaria de Gobierno Municipalidad de Concordia.
QUEDAN UDS. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS.-
Concordia, de OCTUBRE del 2026.-
EDICTO.-
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica al Sr. ALARCON OSCAR ALFREDO D.N.I N° 22.490.167 que en el EXPEDIENTE N° 1364666 se ha dictado La resolución N° 6616/2026 de fecha 21 de Septiembre del 2026, que en su parte pertinente ha dispuesto lo siguiente. VISTO: ... CONSIDERANDO: ... RESUELVE: ARTICULO 1°.- RECHAZAR en todos sus términos el reclamo administrativo de reparación integral interpuesto por los Sres. Vilche Juan Marcelo, Carbajal Diego Carlos Gustavo, Cis Oscar Alcides, Guardia José Aníbal, Valdez Juan Carlos, Vilche Félix Simón, Scifo Adolfo Martín, Saboredo Martín Alejandro, Alarcón Oscar Alfredo, Fernández José María y Meza Alejandro David, en virtud de los fundamentos de hecho y de derecho expuestos en los considerandos de la presente Resolución. ARTÍCULO 2°.- Notifíquese al interesado con entrega de copia de la presente por parte de la Oficina de Notificaciones Masivas. Fdo. Dr. Francisco Azcue Presidente Municipal de Concordia. Cra. Patricia Laura Rodríguez, Secretaria de Gobierno Municipalidad de Concordia.
QUEDAN UDS. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS.-
Concordia, de OCTUBRE del 2.026.-
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica al Sr. ALARCON OSCAR ALFREDO D.N.I N° 22.490.167 que en el EXPEDIENTE N° 1364666 se ha dictado La resolución N° 6616/2026 de fecha 21 de Septiembre del 2026, que en su parte pertinente ha dispuesto lo siguiente. VISTO: ... CONSIDERANDO: ... RESUELVE: ARTICULO 1°.- RECHAZAR en todos sus términos el reclamo administrativo de reparación integral interpuesto por los Sres. Vilche Juan Marcelo, Carbajal Diego Carlos Gustavo, Cis Oscar Alcides, Guardia José Aníbal, Valdez Juan Carlos, Vilche Félix Simón, Scifo Adolfo Martín, Saboredo Martín Alejandro, Alarcón Oscar Alfredo, Fernández José María y Meza Alejandro David, en virtud de los fundamentos de hecho y de derecho expuestos en los considerandos de la presente Resolución. ARTÍCULO 2°.- Notifíquese al interesado con entrega de copia de la presente por parte de la Oficina de Notificaciones Masivas. Fdo. Dr. Francisco Azcue Presidente Municipal de Concordia. Cra. Patricia Laura Rodríguez, Secretaria de Gobierno Municipalidad de Concordia.
QUEDAN UDS. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS.-
Concordia, de OCTUBRE del 2.026.-
EDICTO.-
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica al Sr. SCIFO ADOLFO MARTIN D.N.I N° 25.872.143 que en el EXPEDIENTE N° 1364670 se ha dictado La resolución N° 6616/2026 de fecha 21 de Septiembre del 2026, que en su parte pertinente ha dispuesto lo siguiente: VISTO... CONSIDERANDO... RESUELVE: ARTÍCULO 1°.- RECHAZAR en todos sus términos el reclamo administrativo de reparación integral interpuesto por los Sres. Vilche Juan Marcelo, Carbajal Diego Carlos Gustavo, Cis Oscar Alcides, Guardia José Aníbal, Valdez Juan Carlos, Vilche Félix Simón, Scifo Adolfo Martín, Saboredo Martín Alejandro, Alarcón Oscar Alfredo, Fernández José María y Meza Alejandro David, en virtud de los fundamentos de hecho y de derecho expuestos en los considerandos de la presente Resolución. ARTÍCULO 2°:- Notifíquese al interesado con entrega de copia de la presente por parte de la Oficina de Notificaciones Masivas. Fdo. Dr. Francisco Azcue Presidente Municipal de Concordia. Cra. Patricia Laura Rodríguez, Secretaria de Gobierno Municipalidad de Concordia.
QUEDAN UDS. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS
Concordia, de OCTUBRE del 2.026.-
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica al Sr. SCIFO ADOLFO MARTIN D.N.I N° 25.872.143 que en el EXPEDIENTE N° 1364670 se ha dictado La resolución N° 6616/2026 de fecha 21 de Septiembre del 2026, que en su parte pertinente ha dispuesto lo siguiente: VISTO... CONSIDERANDO... RESUELVE: ARTÍCULO 1°.- RECHAZAR en todos sus términos el reclamo administrativo de reparación integral interpuesto por los Sres. Vilche Juan Marcelo, Carbajal Diego Carlos Gustavo, Cis Oscar Alcides, Guardia José Aníbal, Valdez Juan Carlos, Vilche Félix Simón, Scifo Adolfo Martín, Saboredo Martín Alejandro, Alarcón Oscar Alfredo, Fernández José María y Meza Alejandro David, en virtud de los fundamentos de hecho y de derecho expuestos en los considerandos de la presente Resolución. ARTÍCULO 2°:- Notifíquese al interesado con entrega de copia de la presente por parte de la Oficina de Notificaciones Masivas. Fdo. Dr. Francisco Azcue Presidente Municipal de Concordia. Cra. Patricia Laura Rodríguez, Secretaria de Gobierno Municipalidad de Concordia.
QUEDAN UDS. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS
Concordia, de OCTUBRE del 2.026.-
EDICTO.-
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica al Sr. CAVALLARO ISAIAS ISMAEL, D.N.I. N° 32.072.185, Legajo N° 6463 que en los autos caratulados: REF.: INASISTENCIA INJUSTIFICADA DEL AGENTE CAVALLARO ISAIAS ISMAEL LEG. 6463 — EXPTE. N° 719 D 2026 — se ha dispuesto la presente notificación tendiente a notificarle que en virtud del sumario administrativo que se ha dispuesto instruir, se lo cita por el presente para que comparezca a la audiencia de Declaración Indagatoria que se ha fijado para el día 30 de octubre de 2026 a las 08:00 hs. La misma se realizará en la oficina de la División Sumarios sita en el Palacio Municipal, 1er. Piso, y bajo los apercibimiento de Ley. Asimismo se le hace saber que deberá comparecer munido de su Documento Nacional de Identidad y asistido por abogado Defensor. Por último se le transcribe el artículo 36 del Decreto N° 2/70 S.G.G. el que en su parte pertinente expresa: "Al inicio de la Declaración Indagatoria se le hará saber al sumariado los cargos que se le imputan y el derecho que le asiste de proponer abogado defensor, ofrecer pruebas en el periodo respectivo y alegar sobre el mérito de la misma. En el supuesto de que no de designe abogado Defensor, el instructor sumariante procederá a designar al Sr. Defensor Oficial".- Fdo. Dr. Carlos Ignacio Del Valle Subsecretario Legal y Técnico Municipalidad de Concordia.-
QUEDA UD DEBIDAMENTE NOTIFICADO E INTIMADO.-
Concordia, de Octubre del 2.026
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica al Sr. CAVALLARO ISAIAS ISMAEL, D.N.I. N° 32.072.185, Legajo N° 6463 que en los autos caratulados: REF.: INASISTENCIA INJUSTIFICADA DEL AGENTE CAVALLARO ISAIAS ISMAEL LEG. 6463 — EXPTE. N° 719 D 2026 — se ha dispuesto la presente notificación tendiente a notificarle que en virtud del sumario administrativo que se ha dispuesto instruir, se lo cita por el presente para que comparezca a la audiencia de Declaración Indagatoria que se ha fijado para el día 30 de octubre de 2026 a las 08:00 hs. La misma se realizará en la oficina de la División Sumarios sita en el Palacio Municipal, 1er. Piso, y bajo los apercibimiento de Ley. Asimismo se le hace saber que deberá comparecer munido de su Documento Nacional de Identidad y asistido por abogado Defensor. Por último se le transcribe el artículo 36 del Decreto N° 2/70 S.G.G. el que en su parte pertinente expresa: "Al inicio de la Declaración Indagatoria se le hará saber al sumariado los cargos que se le imputan y el derecho que le asiste de proponer abogado defensor, ofrecer pruebas en el periodo respectivo y alegar sobre el mérito de la misma. En el supuesto de que no de designe abogado Defensor, el instructor sumariante procederá a designar al Sr. Defensor Oficial".- Fdo. Dr. Carlos Ignacio Del Valle Subsecretario Legal y Técnico Municipalidad de Concordia.-
QUEDA UD DEBIDAMENTE NOTIFICADO E INTIMADO.-
Concordia, de Octubre del 2.026
