SUMARIO
La siguiente Ordenanza, Resolución y Edicto conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
Ordenanza: 38.714.- Resoluciones: 37.718.-
Concordia, 16 de Octubre de 2025.La siguiente Ordenanza, Resolución y Edicto conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
Ordenanza: 38.714.- Resoluciones: 37.718.-
Expte.Nº 28.802-DE
ORDENANZA AUTORIZACIÓN SUBDIVISIÓN INMUEBLE SIN SOMETIMIENTO A RÉGIMEN DE PH, EN EL MARCO DEL PROGRAMA “AHORA TU HOGAR”.-
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º.- Autorízase con carácter de excepción a lo dispuesto por la Ordenanza N° 38.104/23 (Código de Ordenamiento Urbano y Territorial), Sección 2.3.1.1, el proyecto de subdivisión de loteo presentado por el Instituto Autárquico de Planeamiento y Vivienda (I.A.P.V.), en fecha 5 de mayo de 2025, correspondiente al inmueble ubicado sobre calle Liniers, entre Victorino Simón y Claudio Martínez Paiva, identificado catastralmente en el Departamento Concordia —Ejido Concordia—, Partida Provincial N° 166.546, Partida Municipal N° 74.738, Plano de Mensura N° 78.971, Manzana 2097, Parcela 7, con una superficie total de DOS MIL TRECE METROS CON CINCUENTA DECÍMETROS CUADRADOS (2.013,50 m²), cuya titularidad se encuentra registrada a nombre del Instituto Autárquico de Planeamiento y Vivienda (I.A.P.V.), conforme a los fundamentos de la presente.
ARTÍCULO 2°.- Establécese, en concordancia con lo dispuesto en el artículo precedente, que una vez finalizada la construcción de las unidades habitacionales, quedará terminantemente prohibida toda nueva edificación dentro del área autorizada por la presente normativa, y asimismo, la ejecución de construcciones, instalaciones, cerramientos o cualquier tipo de mejora cubierta o semicubierta, sin la previa autorización del Departamento de Obras Privadas de la Municipalidad de Concordia o el área que en un futuro lo reemplace.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES “FEDERICO ZORRAQUÍN”, 16 de Octubre de 2025.
Lic. MAGDALENA RETA DE URQUIZA
Presidente
Dra. VERONICA NATALIA DELGADO
Secretaria.
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 17 de Octubre de 2.025.
ORDENANZA Nº 38.714.
Téngase por Ordenanza Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Arq. FERNANDO S. ESQUIBEL
Secretario de Obras Públicas.
----------Concordia, 23 de Octubre de 2025.
Nº 10.308
VISTO:
La realización del II Peñón Folklórico “Circo Criollo” a realizarse el día 24 de octubre de 19:00 a 23:00 hs en el playón social y deportivo La Bianca, organizado por Escuela Nep y Nina N° 69 MALVINAS ARGENTINAS.
CONSIDERANDO:
Que la escuela es el lugar privilegiado de inclusión social para todos los niños y las niñas. Su misión es poner a disposición una selección del capital con el que cuenta la sociedad en un momento socio- histórico determinado;
Que este evento debe concebirse como un espacio de comunicación, porque es allí donde los niños ensayan, construyen y desarrollan las competencias lingüísticas, comunicativas, las peñas son reuniones sociales y culturales, excelente manera de acercarse a ellos y a sus familias la cultura de nuestro pueblo, además de enseñar y conservar la memoria colectiva e individual de la expresión corporal, los juegos y nuestras tradiciones folklóricas;
Que desde esta perspectiva se trabajará la temática del circo criollo, esta referencia es una manifestación cultural que nos precede y nos trasciende;
El circo representa para el niño un ambiente familiar y conocido que le permite alternar el rol de actor y espectador.
Objetivos:
• Trabajo en equipo.
• Socializar dentro y fuera de la institución.
• Construir y valorar sus propias creaciones.
• Trabajar solidariamente colaborando con sus pares.
• Demostrar, defender y acrecentar su atención e interés por aprender y conocer hechos culturales;
Que el peñón folklórico es un punto de encuentro donde diferentes artistas regionales se unen para mostrar a la comunidad la importancia de recordar las raíces de manera festiva y convocando a todos los vecinos y vecinas;
Que la escuela Nina, organizadora del evento, presentará a sus alumnos en un show de baile folklórico trabajado con anterioridad para que desde el aprendizaje puedan explorar y sentir nuestra cultura, involucrándose con ella desde la práctica;
Que este encuentro cuenta con un extenso cronograma, cargado de excelentes representantes culturales que deleitarán al público con sus puestas en escena, siendo el itinerario el siguiente:
II Peñón folklórico “Circo criollo”
Programa:
Introducción el gaucho e inglés (taller inglés).
19:00 hs - Maestro de ceremonia profesor Diego.
19:10 hs - Apertura la ranchera (taller folklore 6toA).
19:15 hs - Obra de teatro la Mojarrita Palmira.
19:20 hs - Ballet Almita Criolla profesor Héctor Luna y Mari Ferreyra.
19:30 hs - Show de Diego Tossi.
19:45 hs - La firmeza taller de folklore 5to A y B.
19:55 hs - Teatro Obra Leyenda de la yerba mate agrupación 2.
20:05 hs - Ballet Nuestra Herencia de Puerto Yerúa de Ariana Spinelli y Sergio Lugo.
20:15 hs - Payaso Pepino del 88.
20:20 hs - Show Ismael Vargas.
20: 35 hs - Competencia de pareja de chámame.
20:45 hs - Ballet Sentir Argentino profesor Sergio Lugo.
20:50 hs - Soy entrerriano taller de Folklore 5to y 6to.
21:00 hs - Ballet El Ceibo de Mabel Esteche y Cristian Ferreyra.
21:10 hs - Show de teatro Leyenda la flor del girasol agrupación 3.
21:20 hs - Ballet Almafuerte Héctor Luna y Mari Olivera.
21:30 hs - Show de Camila Rizzo Avellaneda.
21:45 hs - Obra de teatro casamiento Criollo.
22:00 hs - Ballet Renovando Sueños.
22:10 hs - Pericón Nacional familiar.
22:20 hs – Gran cierre de Sentimiento Original.
(Cada cantante o grupo tocaran 3 temas y un bis los ballets máximo 7 minutos).
Que la entrada a este despliegue de artistas será libre y gratuita.
Por ello:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN
ARTÍCULO 1º.- Declárese de Interés Municipal, Educativo y Cultural la realización del II Peñón Folklórico “Circo Criollo”, el día 24 de octubre desde las 19:00 hs a las 23:00 hs en el playón social y deportivo La Bianca, organizado por Escuela NEP y Nina N° 69 MALVINAS ARGENTINAS.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES “FEDERICO ZORRAQUÍN”, 23 de Octubre de 2025.
Lic. MAGDALENA RETA DE URQUIZA
Presidente
Secretaria
Dra. VERÓNICA NATALIA DELGADO
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 24 de octubre de 2.025
RESOLUCION N° 38.718
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Ing. SEBASTIAN ARISTIDE
Secretario de Desarrollo Humano.
----------EDICTO
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica e intima a los ocupantes de la traza de las calles de Gendarmería Nacional entre calles Mateo Araujo y Avda. Salto Uruguayo de nuestra ciudad para que en el plazo de 30 (treinta) días corridos, a partir de su notificación, procedan a retirar las construcciones correspondientes a una vivienda ubicada en la traza de calle Gendarmería Nacional, lindera al inmueble de la Señora Ana María Soledad Rabellino, D.N.I. N° 31.565.350. El plazo resulta improrrogable y perentorio y de lo contrario, la Municipalidad de Concordia, procederá de acuerdo con lo dispuesto en la Ley N° 10.027 y su modificatoria y normativa vigentes para tales efectos. Asimismo se dispone que vencido el plazo dispuesto precedentemente el Departamento de Obras Privadas dependiente de la Secretaría de Desarrollo Urbano, realice una inspección in situ e informe de la misma. Por último se autoriza a la Secretaría de Servicios Públicos, para el caso de constatarse la falta de cumplimiento de lo dispuesto precedentemente, para que proceda al retiro de las construcciones correspondientes a una vivienda ubicada en la traza de las calles públicas sin la correspondiente autorización Municipal y en total contravención a las normativas vigentes, retire los elementos productos de la misma y los deposite en el Taller Municipal sito en calle Moulins y Tala de nuestra ciudad.- Fdo. Dr. FRANCISCO AZCUE Presidente Municipal de Concordia. Arq. FERNANDO S. ESQUIBEL. Secretario de Obras Públicas Municipalidad de Concordia.-
QUEDAN UDS DEBIDAMENTE NOTIFICA.
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica e intima a los ocupantes de la traza de las calles de Gendarmería Nacional entre calles Mateo Araujo y Avda. Salto Uruguayo de nuestra ciudad para que en el plazo de 30 (treinta) días corridos, a partir de su notificación, procedan a retirar las construcciones correspondientes a una vivienda ubicada en la traza de calle Gendarmería Nacional, lindera al inmueble de la Señora Ana María Soledad Rabellino, D.N.I. N° 31.565.350. El plazo resulta improrrogable y perentorio y de lo contrario, la Municipalidad de Concordia, procederá de acuerdo con lo dispuesto en la Ley N° 10.027 y su modificatoria y normativa vigentes para tales efectos. Asimismo se dispone que vencido el plazo dispuesto precedentemente el Departamento de Obras Privadas dependiente de la Secretaría de Desarrollo Urbano, realice una inspección in situ e informe de la misma. Por último se autoriza a la Secretaría de Servicios Públicos, para el caso de constatarse la falta de cumplimiento de lo dispuesto precedentemente, para que proceda al retiro de las construcciones correspondientes a una vivienda ubicada en la traza de las calles públicas sin la correspondiente autorización Municipal y en total contravención a las normativas vigentes, retire los elementos productos de la misma y los deposite en el Taller Municipal sito en calle Moulins y Tala de nuestra ciudad.- Fdo. Dr. FRANCISCO AZCUE Presidente Municipal de Concordia. Arq. FERNANDO S. ESQUIBEL. Secretario de Obras Públicas Municipalidad de Concordia.-
QUEDAN UDS DEBIDAMENTE NOTIFICA.
Concordia, 29 de Octubre de 2.025
