SUMARIO
Los siguientes Decretos y Edito conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
Decretos: 473/2.025 y 474/2.025.-
DECRETO N° 473/2.025Los siguientes Decretos y Edito conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
Decretos: 473/2.025 y 474/2.025.-
Concordia, 30 de abril de 2.025
VISTO el contenido del Expediente Interno N° 1.200 Letra "S" del año 2024, y;
CONSIDERANDO:
Que obran, a fojas 29 del presente expediente, Decreto del Ejecutivo Municipal N° 1.455/2.024 de fecha 04 de Octubre de 2.024, a fojas 746 del presente, Decreto del Ejecutivo Municipal N° 1.644/2.024 de fecha 29 de Noviembre de 2.024, a fojas 1222 del presente, Decreto del Ejecutivo Municipal N° 090/2.025 de fecha 28 de Enero de 2.025.
Que según Artículo N° 11 del Pliego de Bases y Condiciones de la presente licitación, aprobado por Decreto N° 1.455/2.024 de fecha 04 de Octubre de 2.024, se dispone que la Ejecución de los Trabajos podrá ser prorrogado por un plazo igual o menor, a partir del primer día del mes siguiente a la finalización del plazo original, quedando el derecho a prórroga a opción exclusiva de la Municipalidad de Concordia.
Que según Decreto N° 1.644/2.024 de fecha 29 de Noviembre de 2.024, se Adjudicaron los circuitos correspondientes y se aprobó la documentación para un segundo llamado a Licitación Pública N° 54/2.024 para la "CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA EN VARIOS CIRCUITOS DE LA CIUDAD DE CONCORDIA".
Que según Decreto N° 090/2.025 de fecha 28 de Enero de 2.025, se Adjudicaron los circuitos correspondientes al Segundo Llamado a Licitación Pública N° 54/2.024 para la "CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA EN VARIOS CIRCUITOS DE LA CIUDAD DE CONCORDIA".
Que según Decreto N° 192/2.025 de fecha 5 de Marzo de 2.025, se aprobó la prórroga de la adjudicación de los circuitos incluidos en el primer llamado, por un segundo período igual al original, a partir del primer día del mes siguiente a la finalización del plazo original.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107°, incisos ñ), q) y u), de la Ley 10.027 y su modificatoria - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Apruébese la prórroga de la adjudicación de los circuitos correspondientes al Segundo Llamado a Litación Pública N° 54/2.024 para la "CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA EN VARIOS CIRCUITOS DE LA CIUDAD DE CONCORDIA", según Decreto N° 090/2.025 de fecha 28 de enero de 2.025; por un Periodo de un mes, a partir del primer día del mes siguiente a la finalización del plazo original. La prorroga se efectúa en base a lo establecido en el Artículo N° 11 del Pliego de Bases y Condiciones de la presente licitación, aprobado por el Decreto N° 1.455/2.024 de fecha 04 de Octubre de 2.024, correspondiente a la Licitación Pública N° 54/2024, para la "CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA EN VARIOS CIRCUITOS DE LA CIUDAD DE CONCORDIA"
ARTICULO 2°.- Impútese el presente gasto en el Ejercicio Económico 2025; en la Partida Presupuestaria:
N° 3.2.30.01.01.02.21.03.05 Desarrollo Ambiental $ 181.020.000,00.-
ARTICUILO 3°.- Dispónese que a través de la Dirección de Compras y Suministros se realicen las gestiones tendientes para el cumplimiento de la presente disposición.
ARTICULO 4°.- Dispónese que a través de la Dirección de Compras y Suministros se notifique a las firmas que resultaron adjudicatarias, del contenido del presente acto administrativo.
ARTICULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Secretaría de Coordinación de Gabinete y Hacienda; y oportunamente, archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Arq. ALEJANDRO E. LOPEZ
Secretario de Desarrollo Urbano.
----------DECRETO N° 474/2.025
Concordia, 30 de abril de 2.025
VISTO, el contenido del Expediente Digital N° 25, que surge a través de la Solicitud de Compra Digital N° 133 del año 2025; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto N° 333/2.025, de fecha 14 de Marzo de 2025, se aprueba el procedimiento Licitatorio para el 1° y 2° llamado a la Licitación Privada N° 25/2.025 para la "ADQUISICIÓN DE ASFALTO CA 30 PARA ELABORACIÓN DE MEZCLA ASFÁLTICA EN CALIENTE - BACHEO EN DISTINTOS SECTORES DE LA CIUDAD".
Que obran actuaciones de la Dirección de Compras y Suministros referidas a las publicaciones y planilla de entrega de Pliegos de Bases y Condiciones-
Que obra Acta de Apertura de fecha 8 de Abril de 2025, donde consta que la Dirección de Compras y Suministros procedió a la apertura del Segundo Llamado de la mencionada Licitación donde consta que no se han presentado oferentes.
Que por lo expuesto, este Departamento Ejecutivo estima conveniente declarar desierta la oferta para éste segundo (2°) llamado a Licitación Privada N° 25/2.025, y se proceda a efectuar las acciones tendientes a concretar la presente adquisición conforme lo establecido en el Art. 12°, Inc. d) 3 de la Ordenanza N° 34.698/11 .
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107°, incisos ñ), q) y u), de la Ley N° 10.027 y su modificatoria - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Declárese desierta la oferta para el segundo (2°) llamado a Licitación Privada N° 25/2.025 para la "ADQUISICIÓN DE ASFALTO CA 30 PARA ELABORACIÓN DE MEZCLA ASFÁLTICA EN CALIENTE - BACHEO EN DISTINTOS SECTORES DE LA CIUDAD - 2° LLAMADO", cuyos antecedentes obran en Expediente Digital N° 25, que surge a través de la Solicitud de Compra Digital N° 133 del año 2025, conforme a lo expresado en el considerando precedente.
ARTICULO 2°.- Díspónese que a través de la Dirección de Compras y Suministros se proceda a efectuar las acciones tendientes a concretar la presente adquisición conforme lo establecido en el Art. 12°, Inc. d) 3 de la Ordenanza N° 34.698/11.
ARTICULO 3°.- Gírese a la Dirección de Compras y Suministros y la Dirección de Presupuesto a los efectos dispuestos; tomar nota; cumplido, remítase a conocimiento de la Dirección de Obras Viales y Mantenimiento.
ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Secretaría de Coordinación de Gabinete y Hacienda; y oportunamente archívese.-
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Arq. ALEJANDRO E. LOPEZ
Secretario de Desarrollo Urbano.
-----------EDICTO.-
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica a la Sra. PEZZARINI NATALIA BEATRIZ, D.N.I N° 37.152.826, LEGAJO 6315, que en los autos caratulados: REF.:
INASISTENCIA INJUSTIFICADA DE AGENTE PEZZARINI NATALIA, LEG. N° 6315 ¬EXPTE. N| 1401 "D" 2024 Y SUS ANEXOS EXPTES. 117 "D" 2024 y 867 "D" 2024, se ha dispuesto la presente notificación tendiente a hacerle saber que mediante Decreto N° 498/2025 de fecha 06 de Mayo del año 2025 se ha dispuesto lo siguiente: ARTICULO 1°: Apruébese el Sumario Administrativo, dispuesto mediante Decreto N° 1.403/2024 de fecha 25 de Septiembre de 2024 y procédase a la clausura del mismo. ARTICULO 2°.- Díspónese aplicar a la agente mensual NATALIA BEATRIZ PEZZARINI, LEGAJO 6315, Documento Nacional de Identidad N° 37.152.826, la sanción de CESANTIA, prevista en el artículo 39° inciso f) de la Ordenanza N° 11.275/49 y sus modificatorias, a partir del dictado del presente, por encuadrarse su conducta personal en el artículo 16° inciso d) y 31° incisos a), c) d) y h) de la misma Ordenanza.- ARTICULO 3°.- Notifíquese a la Agente Mensual NATALIA BEATRIZ PEZZARINI, Legajo N° 6315, Documento Nacional de Identidad N° 37.152.826, de lo dispuesto mediante el presente Acto Administrativo. ARTICULO 4°.- Comuníquese, regístrese y, oportunamente, archívese.-
Dr. FRANCISCO AZCUE – Presidente Municipal – Dr. LUCIANO DELL´OLIO – Secretario de Gobierno.
QUEDA UD DEBIDAMENTE NOTIFICADA.-
INASISTENCIA INJUSTIFICADA DE AGENTE PEZZARINI NATALIA, LEG. N° 6315 ¬EXPTE. N| 1401 "D" 2024 Y SUS ANEXOS EXPTES. 117 "D" 2024 y 867 "D" 2024, se ha dispuesto la presente notificación tendiente a hacerle saber que mediante Decreto N° 498/2025 de fecha 06 de Mayo del año 2025 se ha dispuesto lo siguiente: ARTICULO 1°: Apruébese el Sumario Administrativo, dispuesto mediante Decreto N° 1.403/2024 de fecha 25 de Septiembre de 2024 y procédase a la clausura del mismo. ARTICULO 2°.- Díspónese aplicar a la agente mensual NATALIA BEATRIZ PEZZARINI, LEGAJO 6315, Documento Nacional de Identidad N° 37.152.826, la sanción de CESANTIA, prevista en el artículo 39° inciso f) de la Ordenanza N° 11.275/49 y sus modificatorias, a partir del dictado del presente, por encuadrarse su conducta personal en el artículo 16° inciso d) y 31° incisos a), c) d) y h) de la misma Ordenanza.- ARTICULO 3°.- Notifíquese a la Agente Mensual NATALIA BEATRIZ PEZZARINI, Legajo N° 6315, Documento Nacional de Identidad N° 37.152.826, de lo dispuesto mediante el presente Acto Administrativo. ARTICULO 4°.- Comuníquese, regístrese y, oportunamente, archívese.-
Dr. FRANCISCO AZCUE – Presidente Municipal – Dr. LUCIANO DELL´OLIO – Secretario de Gobierno.
QUEDA UD DEBIDAMENTE NOTIFICADA.-
Concordia, 3 de JUNIO del 2.025.-
