SUMARIO
El siguiente Decreto y Edicto conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
Decreto: 674/2.025.
DECRETO N° 674/2.025
Concordia, 4 de julio de 2025El siguiente Decreto y Edicto conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
Decreto: 674/2.025.
DECRETO N° 674/2.025
VISTO, los antecedentes obrantes en los Expedientes Internos N° 2487 “D”/2024; 2584 “D”/2024; 3913 “D” 2024 y 45 “D”/2025; y,
CONSIDERANDO:
Que obran en los expedientes referenciados informes y documentación anexados por la Dirección de Recursos Humanos, el Equipo de Control Horario y la División de Higiene y Seguridad Laboral, sobre reiteradas inasistencias al lugar de trabajo del Agente Mensual ELIAS GABRIEL ARAUJO, Legajo N° 9401, quien de acuerdo a ello no ha concurrido a su lugar de trabajo a prestar servicios los días a saber:
Estando injustificadas las ausencias informadas por las oficinas correspondientes.
06/02/2024 28/02/2024 29/02/2024 01/03/2024 04/03/2024 28/05/2024 31/05/2024
05/06/2024 06/06/2024 07/06/2024 10/06/2024 11/06/2024 23/07/2024 31/07/2024
02/08/2024 08/08/2024 09/08/2024 12/08/2024 13/08/2024 14/08/2024 15/08/2024
16/08/2024 19/08/2024 20/08/2024 21/08/2024 22/08/2024 23/08/2024 26/08/2024
27/08/2024 28/08/2024 29/08/2024 30/08/2024 02/09/2024 03/09/2024 04/09/2024
05/09/2024 06/09/2024 09/09/2024 10/09/2024 11/11/2024 15/11/2024 19/11/2024
20/11/2024 21/11/2024 22/11/2024 25/11/2024 29/11/2024 02/12/2024 04/12/2024
06/12/2024 09/12/2024 10/12/2024 12/12/2024 13/12/2024 16/12/2024 17/12/2024
18/12/2024 19/12/2024 20/12/2024 23/12/2024 26/12/2024 27/12/2024 31/01/2025
04/02/2025 05/02/2025 06/02/2025 07/02/2025 10/02/2025.
Que de fojas 2 a 8 del Expediente Interno N° 45 “D”/2025, obra intervención de la Oficina de Equipo Control Horario, adjuntando copia de Informe de Presentismo de Unidad de Control por lo periodos de Febrero y Marzo 2024 y registro de marcación por los Periodos de Junio, Julio, Agosto, y Diciembre/2024 del Agente Mensual ELIAS GABRIEL ARAUJO, Legajo N° 9401.
Que a fojas 9, la Dirección de Recursos Humanos informa que el Agente Mensual ELIAS GABRIEL ARAUJO, Legajo N° 9401, presta servicios en este municipio desde la fecha 01/01/2.023. Revista como personal mensual categoría 7º, dependiente de la Unidad Operativa Puerto, Subsecretaría de Servicios Públicos – SDU. En su foja de servicios no registra sanciones disciplinarias.
Que a fojas 10, obra descargo correspondiente de el Agente Mensual ELIAS GABRIEL ARAUJO, Legajo N° 9401.
Que a fojas 13, la Dirección de Liquidación de Haberes, informa que al Agente ELIAS GABRIEL ARAUJO, Legajo N° 9401, en los periodos comprendidos entre Julio/24 a Enero/25, se le realizaron los siguientes descuentos:
- Julio/24, 2 días y la bonificación por asistencia y puntualidad.
- Agosto/24, 7 días y la bonificación por asistencia y puntualidad.
- Septiembre/24, 20 días y la bonificación por asistencia y puntualidad.
- Octubre/24, 17 días y la bonificación por asistencia y puntualidad.
- Diciembre/24, 10 días y la bonificación por asistencia y puntualidad.
- Enero/25, 16 días y la bonificación por asistencia y puntualidad.
Que a fojas 19, la División de Higiene y Seguridad Laboral informa que el Agente ELIAS GABRIEL ARAUJO, Legajo N° 9401, no ha presentado certificados médicos o constancias actualizadas de tratamientos médicos que justifiquen su inasistencia al lugar de trabajo, durante los periodos mensuales consultados.
Que a fojas 19, del Expediente Interno N° 45 “D”/2025, la Dirección de Asuntos Jurídicos, mediante Dictamen Nº 348/25, aconseja: “…disponer se sustancie un Sumario Administrativo al Agente ELIAS GABRIEL ARAUJO, Legajo N° 9401, y se designe para su Instrucción a la Dra. Celina E. GONZALEZ,…”.
Que a fojas 20 y 20 vuelta, del Expediente Interno N° 45 “D”/2025, el Tribunal de Disciplina estima que: “… Por lo expuesto, este Tribunal de Disciplina aconseja –en virtud de los antecedentes señalados- la instrucción de un Sumario Administrativo al agente municipal Araujo Elías Gabriel, Legajo N° 9401, por no haber concurrido presumiblemente a su lugar habitual de trabajo a prestar servicios en un lapso que excede los quince días de inasistencias en el año, sin haber justificado fehacientemente su accionar y violando presuntamente las obligaciones que todo personal de la Administración Municipal debe cumplir; conducta que se encontraría prima facie, incursa en el artículo 16º inciso a), d) y artículo 31° inciso a) de la Ordenanza Nº 11.275/49 y sus modificatorias.”.-
Que a fojas 21, obra intervención del Subsecretario Legal y Técnico.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107° de la Ley Provincial Nº 10.027 y su modificatoria Ley N°10.082 - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos. Según T.O. Decreto N°4706/12 del Poder Ejecutivo Provincial.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Dispónese la Instrucción de un Sumario Administrativo al Agente Mensual ELIAS GABRIEL ARAUJO, Legajo N° 9401, dependiente de la Unidad Operativa Puerto, Subsecretaría de Servicios Públicos – SDU, por no haber presumiblemente concurrido a su lugar de trabajo a prestar servicios de acuerdo a las inasistencias acreditadas por la Dirección de Recursos Humanos, considerando las ausencias de los registros de marcaciones de Ingresos y/o Egresos del Sistema de Control de Asistencias habilitado a tal efecto, adjunto de fojas 2 a 8 del Expediente Interno N°45 “D”/2025, como presunción de ausencia a saber:
06/02/2024 28/02/2024 29/02/2024 01/03/2024 04/03/2024 28/05/2024 31/05/2024
05/06/2024 06/06/2024 07/06/2024 10/06/2024 11/06/2024 23/07/2024 31/07/2024
02/08/2024 08/08/2024 09/08/2024 12/08/2024 13/08/2024 14/08/2024 15/08/2024
16/08/2024 19/08/2024 20/08/2024 21/08/2024 22/08/2024 23/08/2024 26/08/2024
27/08/2024 28/08/2024 29/08/2024 30/08/2024 02/09/2024 03/09/2024 04/09/2024
05/09/2024 06/09/2024 09/09/2024 10/09/2024 11/11/2024 15/11/2024 19/11/2024
20/11/2024 21/11/2024 22/11/2024 25/11/2024 29/11/2024 02/12/2024 04/12/2024
06/12/2024 09/12/2024 10/12/2024 12/12/2024 13/12/2024 16/12/2024 17/12/2024
18/12/2024 19/12/2024 20/12/2024 23/12/2024 26/12/2024 27/12/2024 31/01/2025
04/02/2025 05/02/2025 06/02/2025 07/02/2025 10/02/2025.
Que de su conducta “prima facie” se desprende un posible incumplimiento de las obligaciones laborales, pudiendo quedar comprendida y/o incursa dentro de lo normado en el Articulo 16° inciso a) y d) y Artículo 31° inciso a) de la Ordenanza de Escalafón N° 11.275/49, y sus modificatorias.
ARTÍCULO 2°.- Desígnese Instructora Sumariante a la Dra. Celina Evelyn González, de la División Sumarios dependiente de la Subsecretaría Legal y Técnica.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y oportunamente, archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Arq. ALEJANDRO E. LOPEZ
Secretario de Desarrollo Urbano.
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EDICTO
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica que mediante Resolución N° 2589/2024 de fecha 14 de Mayo del año 2024, se ha dispuesto intimar a los ocupantes de la traza de las calles públicas del Barrio Mendieta, lindantes al inmueble del Sr. Ricardo Esteban Díaz, D.N.I. N° 13.940.440, para que en el plazo de QUINCE DIAS corridos contados a partir del día siguiente a la última publicación del presente edicto, procedan al retiro inmediato de las construcciones y/o estructuras instaladas sin autorización municipal. Consistentes en un invernadero y una vivienda. Se hace saber que la intervención municipal se limita exclusivamente a la traza de las calles públicas afectadas, sin involucrar otras propiedades o inmuebles particulares. Vencido el plazo indicado sin cumplimiento voluntario al requerimiento efectuado, la Municipalidad de Concordia procederá al retiro de las construcciones mencionadas, conforme normativa vigente, trasladando los elementos removidos al Taller Municipal sito en calle Moulins y Tala de ésta ciudad.- Fdo. Dr. Luciano Dell´Olio, Secretario de Gobierno a/c Presidencia Municipal de Concordia – Arq. Alejandro E. Lopez, Secretario de Desarrollo Urbano Municipalidad de Concordia.
QUEDAN UDS DEBIDAMENTE NOTIFICADOS E INTIMADOS
Concordia, 18 de Julio de 2025.
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La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica que mediante Resolución N° 2589/2024 de fecha 14 de Mayo del año 2024, se ha dispuesto intimar a los ocupantes de la traza de las calles públicas del Barrio Mendieta, lindantes al inmueble del Sr. Ricardo Esteban Díaz, D.N.I. N° 13.940.440, para que en el plazo de QUINCE DIAS corridos contados a partir del día siguiente a la última publicación del presente edicto, procedan al retiro inmediato de las construcciones y/o estructuras instaladas sin autorización municipal. Consistentes en un invernadero y una vivienda. Se hace saber que la intervención municipal se limita exclusivamente a la traza de las calles públicas afectadas, sin involucrar otras propiedades o inmuebles particulares. Vencido el plazo indicado sin cumplimiento voluntario al requerimiento efectuado, la Municipalidad de Concordia procederá al retiro de las construcciones mencionadas, conforme normativa vigente, trasladando los elementos removidos al Taller Municipal sito en calle Moulins y Tala de ésta ciudad.- Fdo. Dr. Luciano Dell´Olio, Secretario de Gobierno a/c Presidencia Municipal de Concordia – Arq. Alejandro E. Lopez, Secretario de Desarrollo Urbano Municipalidad de Concordia.
QUEDAN UDS DEBIDAMENTE NOTIFICADOS E INTIMADOS
Concordia, 18 de Julio de 2025.
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EDICTO.-
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica al Sr. LEAL MARCELO LUIS, D.N.I. N° 22.660.774 que en el expediente administrativo N° 2004 "D" 2024; se ha dispuesto la presente notificación que en su parte resolutiva expresa: DECRETO N° 632/2.025 - Concordia, 19/06/2.025: VISTO: ... CONSIDERANDO: ... EL PRESIDENTE MUNICIPAL DECRETA:
ARTICULO 1°._ Aplicase al Sumariado Leal Marcelo Luis, Documento Nacional de Identidad N° 22.660.774, legajo N° 3595, dependiente de la Secretaria de Desarrollo Productivo - Subsecretaria de Turismo, la sanción disciplinaria de CESANTIA, atento la Cuestión de Hecho: por no haber concurrido presumiblemente a su lugar habitual de trabajo durante Quince (15) días en el mes de 01/2024, Diecinueve (19) días 02/2.024, Diecinueve (19) días 03/2.024, Veinte (20) días 04/2.024, veintidós (22) días 05/2.024, seis (6) días 06/2.024 y la Cuestión de Derecho: que la conducta del Agente prenombrado, descripta ut - supra y por las constancias obrantes en los expedientes internos 1126 "D" 2.024 Y 2.004 "D" 2.024 SE ENCUADRA EN EL INCUMPLIMIENTO DE LOS SIGUIENTES ARTICULOS DE LA Ordenanza de Escalafón N° 11.275: ARTICULO 16: Son obligaciones del personal en la Administración Municipal en cualquiera de las categorías: a) La prestación personal adecuada y eficaz del servicio con sujeción a las reglamentaciones vigentes b) ... c) ... d) Observar buena conducta ... " y el art. 39: Sin perjuicio de la responsabilidad emergente de las leyes comunes, la violación de sus deberes hará pasible al agente de las siguientes sanciones disciplinarias a) .. , b) .... C)... F) CESANTIA. EL ARTICULO 40.- "El apercibimiento y la suspensión menor serán aplicadas directamente por el Departamento Ejecutivo, sin el requisito del Sumario Previo. Las restantes serán impuestas previa formación de sumario. Y el "ARTICULO 41"
"Al aplicarse una sanción deberán tenerse en cuenta los antecedentes obrantes en la foja de servicios del agente, las circunstancias del caso y vida pública y privada".-
ARTICULO 2°.-Notifíquese al Agente LEAL MARCELO LUIS, Documento Nacional de Identidad N° 22.660.774, legajo N° 3595.
ARTICULO 3°.- Dese a la Secretaria de Desarrollo Productivo; a la Dirección de Recursos Humanos; a la Dirección de Liquidaciones.-
ARTICULO 4°- Comuníquese, publíquese, regístrese y oportunamente archívese. Fdo. Dr. FRANCISCO AZCUE. Presidente Municipal de Concordia. Ing. FEDERICO SCHATTENHOFER. Secretario de Desarrollo Productivo. Municipalidad de Concordia.
QUEDA UD DEBIDAMENTE NOTIFICADO.-
Concordia, 21 de Julio de 2.025.
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica al Sr. LEAL MARCELO LUIS, D.N.I. N° 22.660.774 que en el expediente administrativo N° 2004 "D" 2024; se ha dispuesto la presente notificación que en su parte resolutiva expresa: DECRETO N° 632/2.025 - Concordia, 19/06/2.025: VISTO: ... CONSIDERANDO: ... EL PRESIDENTE MUNICIPAL DECRETA:
ARTICULO 1°._ Aplicase al Sumariado Leal Marcelo Luis, Documento Nacional de Identidad N° 22.660.774, legajo N° 3595, dependiente de la Secretaria de Desarrollo Productivo - Subsecretaria de Turismo, la sanción disciplinaria de CESANTIA, atento la Cuestión de Hecho: por no haber concurrido presumiblemente a su lugar habitual de trabajo durante Quince (15) días en el mes de 01/2024, Diecinueve (19) días 02/2.024, Diecinueve (19) días 03/2.024, Veinte (20) días 04/2.024, veintidós (22) días 05/2.024, seis (6) días 06/2.024 y la Cuestión de Derecho: que la conducta del Agente prenombrado, descripta ut - supra y por las constancias obrantes en los expedientes internos 1126 "D" 2.024 Y 2.004 "D" 2.024 SE ENCUADRA EN EL INCUMPLIMIENTO DE LOS SIGUIENTES ARTICULOS DE LA Ordenanza de Escalafón N° 11.275: ARTICULO 16: Son obligaciones del personal en la Administración Municipal en cualquiera de las categorías: a) La prestación personal adecuada y eficaz del servicio con sujeción a las reglamentaciones vigentes b) ... c) ... d) Observar buena conducta ... " y el art. 39: Sin perjuicio de la responsabilidad emergente de las leyes comunes, la violación de sus deberes hará pasible al agente de las siguientes sanciones disciplinarias a) .. , b) .... C)... F) CESANTIA. EL ARTICULO 40.- "El apercibimiento y la suspensión menor serán aplicadas directamente por el Departamento Ejecutivo, sin el requisito del Sumario Previo. Las restantes serán impuestas previa formación de sumario. Y el "ARTICULO 41"
"Al aplicarse una sanción deberán tenerse en cuenta los antecedentes obrantes en la foja de servicios del agente, las circunstancias del caso y vida pública y privada".-
ARTICULO 2°.-Notifíquese al Agente LEAL MARCELO LUIS, Documento Nacional de Identidad N° 22.660.774, legajo N° 3595.
ARTICULO 3°.- Dese a la Secretaria de Desarrollo Productivo; a la Dirección de Recursos Humanos; a la Dirección de Liquidaciones.-
ARTICULO 4°- Comuníquese, publíquese, regístrese y oportunamente archívese. Fdo. Dr. FRANCISCO AZCUE. Presidente Municipal de Concordia. Ing. FEDERICO SCHATTENHOFER. Secretario de Desarrollo Productivo. Municipalidad de Concordia.
QUEDA UD DEBIDAMENTE NOTIFICADO.-
Concordia, 21 de Julio de 2.025.
