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SUMARIO
Los siguientes Decretos y Resoluciones conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
Decretos: 178/2.026, 179/2.026, 182/2.026, 183/2.026, 184/2.026, 188/2.026 y 192/2.026.- Resoluciones: 38.788 y 38.789.-
DECRETO Nº 178/2.026.Los siguientes Decretos y Resoluciones conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
Decretos: 178/2.026, 179/2.026, 182/2.026, 183/2.026, 184/2.026, 188/2.026 y 192/2.026.- Resoluciones: 38.788 y 38.789.-
Concordia, 03 de Marzo de 2.026.
VISTO el Expediente Interno N°21" 2026 y;
CONSIDERANDO
Que obra nota de la Dra. IPHARRAGUERRE ILEANA MARÍA, D.N.I. N° 24.467.464, Legajo N° 6343, dirigida al Presidente Municipal, renunciando de forma indeclinable a su puesto como Agente Municipal por motivos personales.
Que obra intervención de la Dirección de Recursos Humanos informando que la agente IPHARRAGUERRE ILEANA MARÍA, D.N.I. N° 24.467.464, Legajo N° 6343, presta servicios en este Municipio desde el 01/05/2019. Revista como personal mensualizado, categoría 11°. Depende de la Secretaria de Gobierno. Dirección de Transito y Transporte.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos en el dictamen N° 0179/26 de 29 de Enero de 2026, deja constancia que no presenta ninguna objeción legal que formular.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Articulo 107°, de la Ley Provincial N° 10.027 y su modificatoria Ley N° 10.082 — Régimen de Municipales de Entre Ríos — según T.O. Decreto N° 4706/12 del Poder Ejecutivo Provincial.
Por ello;
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTICULO 1°.- Acéptese fa renuncia de la de la Dra. IPHARRAGUERRE ILEANA MARÍA, D.N. I. N° 24.467.464, Legajo N° 6343 al puesto de Agente Municipal a partir del 14 de Marzo de 2026, fecha en la cual se dará el cese en sus funciones.
ARTICULO 2°.- Pase a la Dirección de Recursos Humanos a los fines de su conocimiento, toma de razón y notificación, y oportunamente reservar en el legajo personal de la agente corno antecedente, y pase a la Dirección de Liquidaciones para su toma de conocimiento.
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y oportunamente archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Dr, LUCIANO DELL`OLIO
Secretario de Gobierno
Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA
Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda.
----------DECRETO Nº 179/2.026.
Concordia, 03 de Marzo de 2.026.
VISTO el contenido del Expediente Digital N° 1716 año 2026 y,
CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Transito y Transporte, Área de Estacionamiento Medido, eleva documentación para el llamado a Licitación Pública N° 02/26 "ADQUISICION DE PINTURA PARA DEMARCACION DE CALLES — ESTACIONAMIENTO MEDIDO", conforme la planilla descriptiva que forma parte del Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
Que en el expediente de referencia se adjunta documentación correspondiente al llamado a Licitación.
Que la apertura de la presente debe preverse en la Dirección de Compras y Suministros, la que deberá proponer fecha de apertura disponible y realizar las publicaciones de ley.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107°, incisos ñ), q) y u), de la Ley N° 10.027 y su modificatoria - Régimen de las Municipalidades modificada por la ley provincial 10.082, según T.O Decreto N° 4706 2012 del Poder Ejecutivo Provincial.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
Artículo 1°.- Aprobar el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, correspondiente al 1° llamado a Licitacion Pública N° 01/26 para la "ADQUISICION DE PINTURA PARA DEMARCACION DE CALLES — ESTACIONAMIENTO MEDIDO", cuyos antecedentes obran en Expediente Digital N° 1716 año 2026, conforme a lo expresado en el Considerando precedente.
Artículo 2°.- Disponer que la Dirección de Compras y Suministros realice el llamado a Licitación Pública y fije la fecha de apertura de las propuestas, conforme a lo establecido en la Ordenanza sobre Contrataciones vigente.
Artículo N°3º. Conformar la Comisión Evaluadora de acuerdo con lo dispuesto en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares aprobado precedentemente.
Artículo N° 4°.- Girar a la Dirección de Compras y Suministros a los efectos dispuestos, tome nota la Dirección de Contaduría, cumplido, remitir a conocimiento de la Secretaría de Gobierno.
Artículo N° 5°.- Establecer en caso de quedar desierto, o sus ofertas resulten inadmisibles o desestimadas el primer llamado a Licitación Pública N° 02/26 “ADQUISICION DE PINTURA PARA DEMARCACION DE CALLES - ESTACIONAMIENTO MEDIDO” se efectué un segundo llamado conforme lo establecido en el pliego de Bases y Condiciones Particulares del primer llamado.
Articulo Nº 6 º.- Comuníquese, publíquese, dese a la Secretaria de Gobierno y oportunamente archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Dr. LUCIANO DELL`OLIO
Secretario de Gobierno.
----------DECRETO Nº 182/2.029.
Concordia, 04 de Marzo de 2.026.
VISTO los Decretos N° 340/2024 y N° 548/2024 y;
CONSIDERANDO:
Que en los mismos se establecen los plazos para que las distintas Secretarías y el Concejo Deliberante remitan la entrega de los adicionales variables a la Dirección de Liquidación de Haberes, como también la información por parte de la Dirección de Recursos Humanos, de los empleados a descontar días y presentismo, accidentados, enfermos crónicos y prolongados del mes.
Que en virtud de los feriados del mes de Marzo este Departamento Ejecutivo entiende necesario adelantar los plazos correspondientes a la entrega de adicionales, al 18 de Marzo, a fin de asegurar el pago de los haberes de los empleados municipales en tiempo y forma.
Que en cuanto a la presentación de los listados correspondientes a descuentos de presentismo y días, por parte de la Dirección de Recursos Humanos, no afectaría el plazo establecido, por lo que se mantendría firme el 20 de Marzo.
Que en base a ello, las situaciones que pudieran surgir por aplicación a lo establecido en el Artículo 4° del Decreto N° 548/2024, deberán ser gestionadas posteriormente en pagos complementarios.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal, por el Artículo 107°, inciso q) y u) de la Ley N° 10.027/11 y modificatoria N° 10.082/11 - Régimen de la Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTICULO 1°.- Establécese como plazo MAXIMO para la entrega de los adicionales variables correspondientes a las Secretarías del Departamento Ejecutivo ante la Dirección de Liquidación de Haberes, el 18 de marzo del presente año, en virtud de lo expresado en el considerando precedente.
ARTICULO 2°.- Facúltase a la Dirección de Liquidación de Haberes a realizar pagos complementarios en los casos que pudieran surgir por aplicación a lo establecido en el Artículo 4° del Decreto N° 548/2024.
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése conocimiento a las Secretarías, Dirección de Liquidación de Haberes y Dirección de Recursos Humanos, y oportunamente, archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA
Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda.
----------DECRETO Nº 183/2.026.
Concordia, 04 de Marzo de 2.026.
VISTO; la Ordenanza N° 36.423/18 que establece la creación del Ente de Gestión Costanera y;
CONSIDERANDO:
Que en el Articulo 4º, de la Ordenanza citada en el Visto, establece que el Ente de Gestión Costanera será dirigido y administrado por un órgano de gobierno denominado Directorio, integrado por: Un (1) Presidente, Un (1) Secretario; Un (1) Tesorero y Un (1) Revisor de Cuentas.
Que en fecha 26/01/2024, mediante Decreto N° 149/2024, se designó Revisor de Cuentas.
Que estando por cumplirse el periodo de dos (2) años establecidos en el Artículo 4° de la Ordenanza N° 36.423/18, y en el Decreto N°149/2024, antes citado, corresponde el Departamento Ejecutivo Municipal proceda a designar quien integrara el Directorio durante el nuevo periodo, a efectos de no interrumpir el normal funcionamiento del Ente.
Que en virtud de lo expresado y señalado precedentemente es decisión de este Departamento Ejecutivo Municipal proceder a dictar la presente disposición de acuerdo al marco normativo vigente y previsto en la Ordenanza N° 36.423/18
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo por el Artículo 107°, incisos q) y u) de la Ley Provincial N° 10.027 — Régimen Municipal.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Desígnese, en cumplimiento de lo dispuesto por los Artículos 4° y 6° de la Ordenanza N° 36.423/18, para ejercer sus funciones durante dos (2) años como Revisor de Cuentas del Ente de Gestión Costanera al Concejal Mauricio Rey, quien tendrá las funciones dispuestas en el Articulo 12°, de la Ordenanza N° 36.423/18.
ARTICULO 2°.- Téngase por vigente el presente Decreto a partir del 01 de Febrero del 2026.
ARTICULO 3º.- Comunique, regístrese, publíquese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Dr. LUCIANO DELL`OLIO
Secretario de Gobierno.
---------DECRETO Nº 184/2.026.
Concordia, 04 de Marzo de 2.026.
VISTO, el Decreto N° 555/2025, y,
CONSIDERANDO:
Que la Cláusula SEXTA del Convenio de Reparto Domiciliario de Boletas, Decreto N° 555/2025, de fecha 22/05/2025, prevé la actualización del importe en función de la recomposición salarial otorgada por el Departamento Ejecutivo.-
Que mediante Decreto N°150 del 23 de Febrero 2026, se dispuso la actualización de la escala salarial del TRES por ciento (3%) a partir del mes de FEBRERO.-
Que la Dirección General de Rentas toma la intervención de su competencia, realizando el cálculo del incremento del importe.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107° incisos II) y u) de la Ley 10.027.- Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTICULO 1º.- Autorizase al Departamento Tasa General Inmobiliaria a actualizar el importe en función de la actualización en la recomposición salarial otorgada por el Departamento Ejecutivo Municipal, Decreto N° 150 del 23 de Febrero 2026, por un porcentaje del TRES por ciento (3%), qué rige a partir del mes de FEBRERO del año 2026 y que será de Pesos Doscientos Trece con Quince Centavos ($213,15), de acuerdo a la Cláusula SEXTA del Convenio entre la Municipalidad de Concordia y agentes afectados al Reparto Domiciliario de Boletas.-
ARTICULO 2°.- Tomen Nota los Dptos. Tasa Comercial, Tasa General Inmobiliaria y Otras Tasas, Comuníquese, publíquese y archívese.-
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA
Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda.
----------DECRETO Nº 188/2.026.
Concordia, 06 de Marzo de 2.026.
VISTO que mediante Decreto N°1.188/2025 de fecha 20/10/2025, se estableció la Estructura Administrativa, Orgánica y Funcional de la Secretaría de Desarrollo Humano, y,
CONSIDERANDO:
Que en el Artículo 22° del mencionado Decreto, se creó la Coordinación para la Atención de Personas en Situación de Calle, dependiente de la Dirección de Asistencia Social de la Subsecretaría de Desarrollo Social, Secretaría de Desarrollo Humano.
Que resulta necesario cubrir dicho cargo a fin de garantizar la operatividad de las tareas asignadas y, habiéndose evaluado los antecedentes de la Lic. ELOISA GOMEZ CASTRO D.N.I N° 41.154.210, la misma reúne los requisitos de capacidad e idoneidad para llevar a cabo las funciones como Coordinadora de la Coordinación para la Atención de Personas en Situación de Calle, a partir del día 1 de marzo de 2026.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Articulo 107° de la Ley N° 10.027/11 y su modificatoria Ley N°10.082 - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos. Según T.O. Decreto N°4706/12 del Poder Ejecutivo Provincial.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Desígnase a la Lic. ELOISA GOMEZ CASTRO D.N.I N°41.154.210 en el cargo de Coordinadora para la Atención de Personas en Situación de Calle dependiente de la Dirección de Asistencia Social de la Subsecretaría de Desarrollo Social, Secretaria de Desarrollo Humano, para el desempeño de las funciones asignadas en el Artículo 22° del Decreto N°1.188/2025, a partir de 1 de marzo del presente año.
ARTÍCULO 2°.- Establécese que la mencionada designación tendrá el rango de Departamento Político — Nivel 1, de conformidad con la estructura orgánica vigente.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, remítase copia a la Dirección de Recursos Humanos, Dirección de Liquidación de Haberes y oportunamente, archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA
Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda
Ing. SEBASTIAN ARISTIDE
Secretario de Desarrollo Humano.
----------DECRETO N° 192/2.026
Concordia, 9 de marzo de 2.026
VISTO la presentación efectuada por el Señor GOMEZ JUAN ALBERTO, DNI 14.687.199, legajo Nº 2317, obrante a fojas 1 del expediente Nº 12 “G” 2026, por la que eleva su renuncia al cargo a partir del 1º de Marzo de 2026, a efectos de acogerse a la jubilación otorgada por la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos, asimismo solicita el pago de licencias adeudadas, aguinaldo proporcional y el subsidio (Art. 77º, Ord. Nº 11275) y,
CONSIDERANDO
Que por Resolución 007519 de fecha 23 de Diciembre de 2025 de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos, se concedió el beneficio de la Jubilación Ordinaria Común al Señor GOMEZ JUAN ALBERTO, DNI 14.687.199.
Que la Dirección de Recursos Humanos solicita informe si al mismo le practican y/o tiene embargos pendientes, ya que el Señor Gomez Juan Alberto, Legajo Nº 2317, presento la renuncia al cargo a partir del 1º de Marzo de 2026.
Que la Dirección de Liquidaciones, informa que el Agente Gomez Juan Alberto, Legajo Nº 2317, a la fecha NO registra embargos activos ni en espera.
Que la Encargada Control Deudas Créditos Especiales informa que el agente municipal Gomez Juan Alberto, Legajo Nº 2317, a la fecha NO registra deuda de Créditos Especiales (Adelanto de Sueldo).
Que la Directora de Recursos Humanos informa que el agente Gomez Juan Alberto, Legajo Nº 2317, DNI 14.687.199, presta servicios en este municipio desde el 01/07/1995, revista como personal mensual, categoría Nº 24, dependiente de la Secretaria de Gobierno, Dirección de Prevención y Seguridad Municipal. Dicho agente tendría pendiente 27 (veintisiete) días de licencia del año 2025 y 5 (cinco) días proporcionales de la licencia del año 2026 y también sueldo anual complementario primer semestre-26 de acuerdo al tiempo trabajado: El artículo 77º Bis de la Ordenanza Nº 11.275/49, establece: “En caso de jubilación, los empleados que acrediten el efectivo otorgamiento de la misma, dentro de un plazo de 90 (noventa) días de concedida, tendrá derecho a un subsidio equivalente a tres sueldos básicos correspondientes a la categoría 20º”.
Que por Dictamen Nº 277/26 la Dirección de Asuntos Jurídicos dando visto a las presentes actuaciones venidas a consulta y dictamen, lo solicitado a fojas 1, por el agente Gomez Juan Alberto, Legajo Nº 2317; la copia de la resolución Nº 007519 de fs. 2 emitida por la Caja de Jubilaciones de la Provincia y mediante la que se acredita el beneficio de Jubilación Ordinaria Común, esta Dirección no tiene objeción que formular respecto a la aceptación de la renuncia y además entiende que corresponde hacer lugar al pago de las licencias 27 (veinte) días de licencia del 2025 y cinco (5) días proporcionales de la licencia del corriente año; aguinaldo proporcional 1° semestre 2026 y el subsidio por jubilación establecido en el artículo 77º Bis de la Ordenanza Nº11.275.
Que la Dirección de Recursos Humanos a fin de que se realice el dictado del acto administrativo correspondiente.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107º, incisos u) de la Ley Nº 10.027, modificada a través de la Ley Nº 10.082 - Régimen de las Municipalidades de la Provincia de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTÍCULO 1°.- Aceptar a partir del 1º de Marzo de 2026 la renuncia presentada por el Señor Gomez Juan Alberto, DNI 14.687.199, Legajo Nº 2317, con motivo de haberse acogido a los beneficios de la Jubilación Ordinaria Común otorgada por la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos.
ARTÍCULO 2°.- Reconocer y abonar al Señor Gomez Juan Alberto, el pago de las licencias pendientes, veintisiete (27) días del 2025 y cinco (5) días proporcionales de la licencia del año 2026, aguinaldo proporcional 1º semestre 2026 y el subsidio por jubilación establecido en el artículo 77º Bis de la Ordenanza Nº 11.275.
ARTÍCULO 3°.- Notificar por la Dirección de Recursos Humanos al Ex Agente GOMEZ JUAN ALBERTO, de los dispuesto en los artículos 1 y 2 del presente, cumplimentado pase al Departamento de Liquidaciones.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, regístrese, publíquese y oportunamente archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA
Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda
Dr. LUCIANO DELL´OLIO
Secretario de Gobierno.
----------Concordia, 26 de Marzo de 2026.
Nº 10.365
VISTO:
La nota presentada por el Museo Provincial de la Imagen, mediante la cual se solicita declarar de interés la charla titulada “Mujeres en Robótica”, a cargo de la Bioingeniera Dra. Solana López Agüero, Y;
CONSIDERANDO:
Que la disertación “Mujeres en Robótica” se llevará a cabo el día 26 de marzo de 2026 en el Museo Provincial de la Imagen de la ciudad de Concordia;
Que la Dra. Solana López Agüero, nacida en la ciudad de Concordia, es egresada de la carrera de Bioingeniería de la Universidad Nacional de Entre Ríos, destacándose por su temprana y sólida formación académica;
Que en el marco de su desarrollo científico ha llevado adelante un exoesqueleto robótico destinado a la rehabilitación de miembros superiores, orientado a mejorar la calidad de vida de personas con limitaciones motrices, particularmente aquellas derivadas de accidentes cerebrovasculares (ACV);
Que dicho proyecto ha sido distinguido con una beca doctoral del CONICET, evidenciando su relevancia en el ámbito científico y tecnológico nacional;
Que actualmente la investigadora continúa perfeccionando este dispositivo, incorporando innovaciones en sistemas de control y explorando la interacción con señales cerebrales, lo que representa un avance significativo en el campo de la robótica aplicada a la salud;
Que la actividad tiene como finalidad visibilizar el rol de las mujeres en la ciencia y la tecnología, promoviendo la igualdad de oportunidades, el desarrollo del conocimiento y la innovación;
Por ello:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCION
ARTÍCULO 1º.- Declárese de Interés Municipal la charla “Mujeres en Robótica”, a cargo de la Bioingeniera Dra. Solana López Agüero, a realizarse el día 26 de marzo de 2026 en el Museo Provincial de la Imagen de la ciudad de Concordia.
ARTÍCULO 2º.- Entréguese un diploma en reconocimiento a la disertante, en mérito a su trayectoria y aporte al desarrollo científico y tecnológico.
ARTÍCULO 3º.- Remítase copia de la presente resolución a la Dra. Solana López Agüero.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES “FEDERICO ZORRAQUÍN”, 26 de Marzo de 2026.
Dr. FELIPE SASTRE
Vice-Presidente 1º
a/c Presidencia
Dra. VERÓNICA NATALIA DELGADO
Secretaria
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 25 de marzo de 2.026
RESOLUCION N° 38.788
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese, y archívese.-
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Arq. FERNANDO S ESQUIBEL
Secretario de Obras Públicas.
----------Concordia, 26 de Marzo de 2026.
Nº 10.365
VISTO:
La nota presentada por el Museo Provincial de la Imagen, mediante la cual se solicita declarar de interés la charla titulada “Mujeres en Robótica”, a cargo de la Bioingeniera Dra. Solana López Agüero, Y;
CONSIDERANDO:
Que la disertación “Mujeres en Robótica” se llevará a cabo el día 26 de marzo de 2026 en el Museo Provincial de la Imagen de la ciudad de Concordia;
Que la Dra. Solana López Agüero, nacida en la ciudad de Concordia, es egresada de la carrera de Bioingeniería de la Universidad Nacional de Entre Ríos, destacándose por su temprana y sólida formación académica;
Que en el marco de su desarrollo científico ha llevado adelante un exoesqueleto robótico destinado a la rehabilitación de miembros superiores, orientado a mejorar la calidad de vida de personas con limitaciones motrices, particularmente aquellas derivadas de accidentes cerebrovasculares (ACV);
Que dicho proyecto ha sido distinguido con una beca doctoral del CONICET, evidenciando su relevancia en el ámbito científico y tecnológico nacional;
Que actualmente la investigadora continúa perfeccionando este dispositivo, incorporando innovaciones en sistemas de control y explorando la interacción con señales cerebrales, lo que representa un avance significativo en el campo de la robótica aplicada a la salud;
Que la actividad tiene como finalidad visibilizar el rol de las mujeres en la ciencia y la tecnología, promoviendo la igualdad de oportunidades, el desarrollo del conocimiento y la innovación;
Por ello:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCION
ARTÍCULO 1º.- Declárese de Interés Municipal la charla “Mujeres en Robótica”, a cargo de la Bioingeniera Dra. Solana López Agüero, a realizarse el día 26 de marzo de 2026 en el Museo Provincial de la Imagen de la ciudad de Concordia.
ARTÍCULO 2º.- Entréguese un diploma en reconocimiento a la disertante, en mérito a su trayectoria y aporte al desarrollo científico y tecnológico.
ARTÍCULO 3º.- Remítase copia de la presente resolución a la Dra. Solana López Agüero.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES “FEDERICO ZORRAQUÍN”, 26 de Marzo de 2026.
Dr. FELIPE SASTRE
Vice-Presidente 1º
a/c Presidencia
Dra. VERÓNICA NATALIA DELGADO
Secretaria
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 27 de marzo de 2.026
RESOLUCION N° 38.789
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Ing. SEBASTIAN ARISTIDE
Secretario de Desarrollo Humano.
