Novas Habilitações, Restrições e Horários no Âmbito da Pandemia
DECRETO Nº 852 FECHA: 03.08.2021 PUBLICADO: 09.08.2021 ARTICULO 1°.- RESTRINJASE la circulación de personas en la franja horaria comprendida entre las 00:00 horas y las 06:00 horas del día siguiente, con una tolerancia de treinta (30) minutos, quedando exceptuada de esta medida las personas afectadas a situaciones, actividades y servicios esenciales, establecidos en el artículo 11 del DNU 125/2…
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