DecretoPublicação: 30 de julho de 2021

Decreto N° 843/2021

Presencialidade de Todos os Servidores Municipais para Cumprir suas Tarefas em Dias e Horários

DECRETO Nº 843-2021 FECHA: 30.07.2021 PUBLICADO: 30.07.2021 ARTICULO 1°.- Dejar sin efecto el Decreto N° 357/2020, por los fundamentos expresados en los considerandos.

ARTICULO 2°.- Determínese que todos agentes que pertenezcan a la Administración Pública Municipal, deberán prestar servicios de manera presencial con jornada habitual de seis horas diarias en las dependencias donde cumplen tareas y funciones. Dicha medida entrará en vigencia a partir del día 02 de agosto del 2021, debiendo realizar el personal la pertinente marcación en reloj digital y/o a través de firma de planilla, según corresponda.

ARTICULO 3°.- Las Secretarías del Departamento deberán instrumentar las medidas necesarias a los efectos de garantizar el cumplimiento del presente Decreto.

ARTICULO 4°.- Déjese establecido que en caso de incumplimiento a lo dispuesto en el artículo 2° de este Decreto, los agentes de la Administración pública Municipal será pasibles de las sanciones establecidas por la normativa vigente.

ARTICULO 5°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.

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