DecretoPublicação: 24 de setembro de 2007

Decreto N° 922/2007

Prêmios condutores Parque Automotor

DECRETO Nº 922/2007 FECHA: 21.09.2007 PUBLICADO: 24.09.2007 ARTICULO 1º.- Institúyense premios anuales al servicio distinguido, para el mejor conductor, en cada una de las siguientes categorías de vehículos que componen el parque automotor municipal: MOTONIVELADORAS PALAS CARGADORAS RETROEXCAVADORAS CAMIONES REGADORES CAMIONES VOLCADORES RECOLECTORES DE BASURA ARTICULO 2º.- El premio mayor será de UN MIL PESOS ($ 1.000), y el menor de CUATROCIENTOS PESOS ($ 400). Estos montos podrán ser modificados anualmente, en función de las disponibilidades y de la experiencia obtenida. ARTICULO 3°.- Dispónese la constitución de una comisión integrada por el Secretario de Servicios Públicos, el jefe de cada sector y el jefe de taller, destinada a la calificación y el otorgamiento de los premios, en relación con los merecimientos acumulados a lo largo del año. ARTICULO 4°.- A) Dispónese que la comisión se reúna anualmente en cada mes de julio. B) En lo que respecta al año en curso, la comisión deberá emitir su veredicto en el curso del actual mes de septiembre.

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