DECRETO Nº 1303 FECHA: 31.10.2022 PUBLICADO: 03.11.2022 ARTICULO 1°.- Exceptúese del Decreto N° 1.200/22 de la fecha 7 de Octubre de 2.022 y sus prórrogas, a las facturas de servicios correspondientes a luz y comunicación: telefonía fija, móvil, internet y cable, según lo considerado precedentemente.
ARTICULO 2°.- Gírese a la Mesa de Entradas General a los efectos dispuestos, tome nota la Contaduría Municipal, cumplimentado, remitir a conocimiento de la Secretaría de Desarrollo Urbano.
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése copia a la Jefatura de Gabinete y Gobierno, regístrese, y oportunamente, archívese.
