Boletim original
- Boletin Oficial 3821.pdf344 KB
- Anexo Decreto 874-2026 Licitacion Publica 54-2026 Adquisicion de Dos Camiones.pdf629 KB
- Anexo Decreto 876-2026 Adquisicion de Piedra Basaltica para Aporte de Engravillado y Agregado Petro.pdf425 KB
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SUMARIO
Los siguientes Decretos, Resoluciones y Edictos conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
Los siguientes Decretos, Resoluciones y Edictos conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
Decretos: 872/2.026, 873/2.026, 874/2.026, 875/2.026, 876/2.026, 877/2.026, 878/2.026. Resoluciones: 38.937 y 38.940.
DECRETO N° 872/2.026.
Concordia, 23 de septiembre de 2.026.
VISTO los Expedientes 1368649 y 1368840 presentados por la Sra. Araujo Alejandra Yanina, legajo N° 8028, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Telegrama obrante, la agente Araujo Alejandra Yanina comunica su renuncia a partir del día 31 de agosto de 2026.
Que la Dirección de Recursos Humanos informa que la agente presta servicios en la Municipalidad desde el 01/06/2007. Revista como personal mensualizado, categoría 20°, depende de Tasa Comercial — SCGyH. En su foja de servicios no presenta antecedentes disciplinarios.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos, conforme al Dictamen N° 1430/26 con fecha 08 de septiembre del 2026, no presenta objeción legal respecto a la decisión personal de la agente.
Que mediante Expediente 1368840 la empleada solicita la liquidación y pago proporcional del SAC correspondientes a los meses de julio y agosto de 2026, como así también de las vacaciones no gozadas correspondientes al año 2026.
Que el Director General de Rentas ha tomado conocimiento de la renuncia e informa que la Productividad del mes de agosto, liquidada bajo el Código 113, asciende al monto total de PESOS SEISCIENTOS DIECINUEVE MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y DOS CON 80/100 ($ 619.842,80).
Que asimismo, la Dirección de Recursos Humanos informa que la Agente tiene pendientes 17 días proporcionales de la licencia del corriente año y aguinaldo proporcional 2° semestre-26.
Que la Dirección de Liquidación de Haberes informa que la empleada no posee descuentos de embargos activos o en espera en el sistema de sueldo municipal.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por los Artículos 107° de la Ley N° 10.027-Regimen Municipal- modificada a través de la Ley N° 10.082, según 1.0 Decreto N° 4706/12 del Poder Ejecutivo Provincial.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTICULO 1°.- Acéptase a partir del 31 de agosto del 2026 la renuncia presentada por la Sra. Araujo Alejandra Yanina, legajo N° 8028, D.N.I N° 29.094.641., por los motivos invocados en el considerando precedente.
ARTICULO 2°- Disponer abonar a la Agente Alejandra Yanina ARAUJO, Legajo N° 8028, la productividad del mes de Agosto, 17 días proporcionales de la licencia del corriente año y aguinaldo proporcional del 2° semestre del 2026.
ARTICULO 3°.- Notifíquese, tome nota la Dirección de Recursos Humanos, luego pase a la Dirección de Liquidación de Haberes, a sus efectos.
ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese, registrase y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA
Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda
Cr. CLAUDIO FABIAN BASTIDA
Subsec. De Hacienda y Modernización
Sec. Coord. De Gabinete y Hacienda
a/c Sec. Coord. De Gabinete y Hacienda.
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DECRETO N° 873/2.026.
Concordia, 23 de Septiembre de 2.026.
VISTO que el saldo de ciertas partidas del Presupuesto General de la Administración Pública Municipal del Ejercicio Económico 2.026, es insuficiente para atender distintas erogaciones y,
CONSIDERANDO:
Que a fin de dar solución a la situación descripta, la Dirección de Presupuesto ha aconsejado transferir de otras partidas a los fines de efectuar el refuerzo de las partidas a las que se hace mención en el Visto.
Que la presente transferencia se efectúa de conformidad a lo previsto en el Artículo 6° de la Ordenanza N° 38.756.
Que la Secretaría de Coordinación de Gabinete y Hacienda ha tomado la intervención de su competencia.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por los Artículos 107° incisos q) y u) y 155° de la Ley N° 10.027- Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Refuércense los créditos presupuestarios de las partidas del Presupuesto General de Gastos de la Administración Pública Municipal correspondiente al Ejercicio Económico 2.026 en los importes que se detallan en el Anexo I, que forma parte integrante del presente Decreto, de acuerdo a lo expresado en el considerando precedente.
ARTICULO 2°.- Transfiéranse los créditos presupuestarios de la partida del Presupuesto General de Gastos de la Administración Pública Municipal correspondiente al Ejercicio Económico 2.026 en el importe detallado en el Anexo II que forma parte integrante del presente Decreto, para cubrir el refuerzo a que se refiere el Artículo 1°.
ARTICULO 3°.- Comuníquese, por medio de la Secretaría de Gobierno al Concejo Deliberante.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA
Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda.
ANEXO I
3.2.30.01.01.02.21.03.05 Servicios Pcos. 443,000,000
3.3.10.01.01.02.21.01.01 Salud 5,000,000
3.4.30.01.01.02.21.01.01 D. Social 1,000,000
3.1.90.01.01.02.21.01.01 Gobierno 4,000,000
3.2.90.01.01.02.21.01.01 Servicios Pcos. 58,000,000
3.2.10.01.01.02.21.01.01 Servicios Pcos. 416,000,000
3.1.90.01.01.02.21.05.05 Coord. Gabinete Y Hacienda 15,000,000
3.2.10.02.05.08.61.02 Obras Pcas. 55,000,000
TOTAL 997,000,000
ANEXO II
3.1.90.01.01.02.20.02.02 Servicios Pcos. 90,000,000
3.2.90.01.01.02.20.05.06.01 Servicios Pcos. 280,000,000
3.1.90.01.01.02.21.04.10 Servicios Pcos. 90,000,000
3.2.30.01.01.02.21.02.02 Servicios Pcos. 72,000,000
3.2.90.01.01.02.21.03.02 Servicios Pcos. 88,000,000
3.1.90.01.01.02.21.04.10 Gobierno 60,000,000
3.2.90.01.01.02.21.04.09 Gobierno 70,000,000
3.3.10.01.01.02.21.04.02 Salud 130,000,000
3.3.10.01.01.02.21.04.09 Salud 62,000,000
3.7.90.02.05.08.61.01 Obras Pcas. 55,000,000
TOTAL 997,000,000
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA
Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda.
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DECRETO N° 874/2.026.
Concordia, 24 de septiembre de 2.026
VISTO, el contenido del Expediente Compra Digital Nº 3828 del Año 2.026; y,
CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Calles sin Pavimentar de la Subsecretaría de Mantenimiento de Obras Viales, ambas dependientes de la Secretaría de Obras Públicas, eleva documentación para el Primer Llamado a Licitación Pública Nº 54/2.026, para la “ADQUISICIÓN DE DOS CAMIONES”; según Solicitud de Compra N° 4875/2.026, obrante en el mencionado expediente.
Que el Presupuesto Oficial de la presente contratación asciende, de acuerdo a la documentación adjunta, a la suma total de PESOS CUATROCIENTOS VEINTE MILLONES CON 00/100 ($ 420.000.000,00); por lo que, de acuerdo con las disposiciones vigentes, corresponde efectuar llamado a Licitación Pública.
Que por lo expuesto, obra nueva intervención de la Dirección de Presupuesto, efectuando la Imputación Preventiva en la Partida Presupuestaria:
Nº 3.1.90.02.05.07.57.12 OBRAS PÚBLICAS $ 420.000.000,00.
Que la Subsecretaría de Hacienda y Modernización toma la intervención de su competencia, autorizando el presente gasto.
Que obra intervención de la Dirección de Compras y Suministros, adjuntando el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Pliego de Especificaciones Técnicas (Anexo – Detalle de Características, Especificaciones Técnicas y Condiciones Generales).
Que obra informe de la Dirección de Calles sin Pavimentar de la Subsecretaría de Mantenimiento de Obras Viales, ambas dependientes de la Secretaría de Obras Públicas, realizando correcciones al Pliego de Bases y Condiciones Particulares de la presente Licitación.
Que por lo expuesto precedentemente, la Dirección de Compras y Suministros adjunta nuevo Pliego de Bases y Condiciones Particulares de la presente Licitación, con las modificaciones solicitadas.
Que, asimismo, esa Dirección sugiere, para evitar demoras, que en caso que el Primer Llamado de la presente Licitación resultare desierto, se realice un Segundo Llamado.
Que la apertura de la presente debe preverse en la Dirección de Compras y Suministros, la que deberá proponer fecha de apertura disponible y realizar las publicaciones de Ley.
Que teniendo en cuenta la urgencia que tiene el Municipio de realizar la presente adquisición, se deberá hacer uso de lo dispuesto en el Artículo 25º de la Ordenanza Nº 34.698/11 sobre Contrataciones vigente.
Que por lo expuesto, este Departamento Ejecutivo Municipal estima conveniente aprobar la documentación obrante en el Expediente de referencia; y, en consecuencia, hacer lugar al Primer Llamado a Licitación Pública Nº 54/2.026, para la “ADQUISICIÓN DE DOS CAMIONES”; conforme el Anexo (Planilla Nomencladora, Especificaciones Técnicas -Anexos 1 y 2- y Condiciones Generales), el cual forma parte del presente Decreto. Como asimismo, en el caso de que el mismo resultare desierto, disponer la aprobación del Segundo Llamado de la presente Licitación, en virtud a lo considerado precedentemente.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107°, Incisos ñ), q) y u) de la Ley Nº 10.027 y su Modificatoria Ley Nº 10.082 – Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Apruébese la documentación y dispónese se efectúe el Primer Llamado de la Licitación Pública Nº 54/2.026, para la “ADQUISICIÓN DE DOS CAMIONES”, conforme el Anexo (Planilla Nomencladora, Especificaciones Técnicas -Anexos 1 y 2- y Condiciones Generales), el cual forma parte del presente Decreto, cuyos antecedentes obran en el Expediente Compra Digital Nº 3828 del Año 2.026.
ARTÍCULO 2°.- Apruébese el Presupuesto Oficial de PESOS CUATROCIENTOS VEINTE MILLONES CON 00/100 ($ 420.000.000,00).
ARTÍCULO 3°.- Impútese el presente gasto en la Partida Presupuestaria:
Nº 3.1.90.02.05.07.57.12 OBRAS PÚBLICAS $ 420.000.000,00.
ARTÍCULO 4°.- Dispónese que la Dirección de Compras y Suministros efectúe el Llamado de la presente Licitación y fije la fecha de apertura de las propuestas, dado lo establecido en el Artículo 25° de la Ordenanza Nº 34.698/11 de Contrataciones del Estado Municipal y los considerados precedentes.
ARTÍCULO 5°.- Dispónese que la Dirección de Compras y Suministros realice las publicaciones de ley correspondientes para la presente licitación.
ARTÍCULO 6°.- Confórmese la Comisión Evaluadora de acuerdo con lo dispuesto en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares aprobado precedentemente.
ARTÍCULO 7°.- Dispónese que, en el caso de que el Primer Llamado de la Licitación Pública Nº 54/2.026 resultare desierto, se realice el Segundo Llamado de la presente Licitación; y en consecuencia, se efectúen las gestiones tendientes, conforme a lo establecido en el presente Decreto.
ARTÍCULO 8°.- Gírese a conocimiento de la Dirección de Calles sin Pavimentar y de la Subsecretaría de Mantenimiento de Obras Viales, ambas dependientes de la Secretaría de Obras Públicas; luego, pase a la Dirección de Compras y Suministros, a los efectos dispuestos.
ARTÍCULO 9°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Secretaría de Gobierno; y oportunamente, archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Arq. FERNANDO S. ESQUIBEL
Secretario de Obras Públicas.
ANEXO DETALLE DE CARACTERISTICAS
| Ítem | Descripción | Cantidad | Medida |
| 1 | CAMIÓN BALANCÍN 6x2 CON CAJA VOLCADORA. DEBERÁ CUMPLIR LAS CARACTERÍSTICAS INDICADAS EN EL ANEXO 1. INICIO DE LAS ENTREGAS: 5 DÍAS DESDE LA NOTIFICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN. LUGAR DE ENTREGA: TENIENTE IBAÑEZ 970 – CONCORDIA, ENTRE RÍOS. |
01 | Unidad |
| 2 | CAMIÓN 6x4 CON CAJA VOLCADORA. DEBERÁ CUMPLIR LAS CARACTERÍSTICAS INDICADAS EN EL ANEXO 2. INICIO DE LAS ENTREGAS: 5 DÍAS DESDE LA NOTIFICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN. LUGAR DE ENTREGA: TENIENTE IBAÑEZ 970 – CONCORDIA, ENTRE RÍOS. |
01 | Unidad |
| SE DEBERÁ CUMPLIR CONFORME EL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES, COMO ASIMISMO, LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y CONDICIONES GENERALES INDICADAS EN EL ANEXO. |
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Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Arq. FERNANDO S. ESQUIBEL
Secretario de Obras Públicas.
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DECRETO N° 875/2.026.
Concordia, 24 de septiembre de 2.026
VISTO, el contenido del Expediente Digital Nº 3796, Año 2.026; y,
CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Calles Pavimentas dependiente de la Subsecretaría de Mantenimiento de Obras Viales, eleva documentación para el Primer Llamado a Licitación Privada Nº 17/2.026, para la “ADQUISICIÓN DE MAQUINA DE PINTURA VIAL E IMPLEMENTO PARA PICAR HORMIGÓN”.
Que el Presupuesto Oficial de la presente contratación, de acuerdo a la documentación adjunta, asciende a la suma total de PESOS TREINTA Y NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS MIL CON 00/100 ($ 39.800.000,00), por lo que de acuerdo con las disposiciones vigentes, corresponde efectuar llamado a Licitación Privada.
Que la Dirección de Presupuesto efectúa la Imputación Preventiva en la Partida Presupuestaria:
Nº 3.1.90.02.05.07.57.17 OBRAS PÚBLICAS $ 39.800.000,00.
Que la Subsecretaría de Hacienda y Modernización toma la intervención de su competencia, autorizando el presente gasto.
Que obra intervención de la Dirección de Compras y Suministros, adjuntando el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Anexo I, de la mencionada Licitación.
Que obra informe de la Dirección de Calles Pavimentas dependiente de la Subsecretaría de Mantenimiento de Obras Viales realizando correcciones al Pliego de Bases y condiciones Particulares de la presente Licitación.
Que por lo expuesto precedentemente, la Dirección de Compras y Suministros adjunta nuevo Pliego de Bases y Condiciones Particulares de la presente Licitación, con las modificaciones solicitadas.
Que, asimismo, esa Dirección sugiere, para evitar demoras, que en caso que el Primer Llamado resultare desierto se realice un Segundo Llamado.
Que la apertura de la presente debe preverse en la Dirección de Compras y Suministros, la que deberá proponer fecha de apertura disponible y realizar las invitaciones correspondientes.
Que teniendo en cuenta la urgencia que tiene el Municipio de realizar la presente adquisición, se deberá hacer uso de lo dispuesto en el Artículo 28º de la Ordenanza Nº 34.698/11 sobre Contrataciones vigente.
Que por lo expuesto, este Departamento Ejecutivo Municipal estima conveniente aprobar la documentación; y, en consecuencia, hacer lugar al Primer Llamado a Licitación Privada Nº 17/2.026, para la “ADQUISICIÓN DE MAQUINA DE PINTURA VIAL E IMPLEMENTO PARA PICAR HORMIGÓN”, cuyo Anexo I forma parte del presente Decreto. Y como asimismo, en el caso de que el mismo resultare desierto, disponer la aprobación del Segundo Llamado de la presente Licitación, conforme a lo considerado precedentemente.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107°, Incisos ñ), q) y u) de la Ley Nº10.027 y su Modificatoria Ley Nº 10.082 – Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Apruébese la documentación y dispónese se efectúe el Primer Llamado de la Licitación Privada Nº 17/2.026, para la “ADQUISICIÓN DE MAQUINA DE PINTURA VIAL E IMPLEMENTO PARA PICAR HORMIGÓN”, conforme Anexo I, que forma parte del presente Decreto, cuyos antecedentes obran en la Solicitud de Compra Nº 4925, Expediente Digital Nº 3796, Año 2.026.
ARTÍCULO 2°.- Apruébese el Presupuesto Oficial de PESOS TREINTA Y NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS MIL CON 00/100 ($ 39.800.000,00).
ARTÍCULO 3°.- Impútese el presente gasto en la Partida Presupuestaria:
Nº 3.1.90.02.05.07.57.17 OBRAS PÚBLICAS $ 39.800.000,00.
ARTÍCULO 4°.- Dispónese que la Dirección de Compras y Suministros efectúe el Llamado de la presente Licitación y fije la fecha de apertura de las propuestas, dado lo establecido en el Artículo 28° de la Ordenanza Nº 34.698/11 de Contrataciones del Estado Municipal y los considerados precedentes.
ARTÍCULO 5°.- Dispónese que la Dirección de Compras y Suministros realice las invitaciones correspondientes para la presente Licitación.
ARTÍCULO 6°.- Confórmese la Comisión Evaluadora de acuerdo con lo dispuesto en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares aprobado precedentemente.
ARTÍCULO 7°.- Dispónese que, en el caso de que el Primer Llamado de la Licitación Privada Nº 017/2.026 resultare desierto, se realice el Segundo Llamado de la presente Licitación, y en consecuencia, se efectúen las gestiones tendientes, conforme a lo establecido en el presente Decreto.
ARTÍCULO 8°.- Gírese a conocimiento de la Dirección de Calles Pavimentadas de la Subsecretaría de Mantenimiento de Obras Viales, ambas dependientes de la Secretaría de Obras Públicas, luego, pase a la Dirección de Compras y Suministros a los efectos dispuestos.
ARTÍCULO 9°.- Comuníquese, publíquese, regístrese, dese a la Secretaría de Gobierno; y oportunamente, archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Arq. FERNANDO S. ESQUIBEL
Secretario de Obras Públicas.
ANEXO I
| Ítem | Descripción | Requerimientos Mínimos | Cant. | Medida | Destino |
| 1 | Implemento Martillo Hidráulico Demoledor para usar como implemento en minicargadora Bobcat S185 modelo 2011 | - Frecuencia de impacto ˃1000 golpes por minuto. - Diámetro de punta ˃50mm. - Apto para demolición y ruptura de pavimento de hormigón. |
1 | Unidad | Dirección de Calles Pavimentadas |
| 2 | Equipo de demarcación vial en frío con tecnología AIRLEES, equipada con dos pistolas de pulverizado manual regulable en ancho y alto |
- Motor a explosión de mínima 5HP. - Incluir kit completo para utilización de microesferas de vidrio. |
1 | Unidad | Dirección de Calles Pavimentadas |
| Garantía: 12 meses a partir de la entrega. Plazo de entrega: 5 (CINCO) días. Lugar de entrega: Corralón Municipal – calle Tte. Ibáñez Nº 970 – de Lunes a Viernes en el horario de 7 a 12 horas. Los gastos de flete y acarreo corren por cuenta del proveedor. Forma de pago: total. |
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Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Arq. FERNANDO S. ESQUIBEL
Secretario de Obras Públicas.
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DECRETO N° 876/2.026.
Concordia, 24 de septiembre de 2.026
VISTO, el contenido del Expediente Digital Nº 3829 del Año 2.026; y,
CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Calles sin Pavimentar de la Subsecretaría de Mantenimiento de Obras Viales, ambas dependientes de la Secretaría de Obras Públicas, eleva documentación para el Primer Llamado a Licitación Pública Nº 55/2.026, para la “ADQUISICIÓN DE PIEDRA BASÁLTICA PARA APORTE DE ENGRAVILLADO Y AGREGADO PETREO”; según Solicitud de Compra N° 4778/2.026, obrante en el mencionado expediente.
Que el Presupuesto Oficial de la presente contratación asciende, de acuerdo a la documentación adjunta, a la suma total de PESOS CIENTO VEINTICINCO MILLONES QUINIENTOS MIL CON 00/100 ($ 125.500.000,00); por lo que, de acuerdo con las disposiciones vigentes, corresponde efectuar llamado a Licitación Pública.
Que la Dirección de Presupuesto efectúa la Imputación Preventiva en la Partida Presupuestaria:
Nº 3.7.90.02.05.08.61.05 O. PÚBLICAS (Fondo de Obra Pública) $ 125.500.000,00.
Que la Subsecretaría de Hacienda y Modernización toma la intervención de su competencia, autorizando el presente gasto.
Que obra intervención de la Dirección de Compras y Suministros, adjuntando el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, Planilla Nomencladora y Pliegos de Especificaciones Técnicas Anexo I y II.
Que obra informe de la Dirección de Calles sin Pavimentar realizando correcciones al Pliego de Bases y Condiciones Particulares de la presente Licitación.
Que conforme lo observado por la Dirección de Calles sin Pavimentar, la Dirección de Compras y Suministros adjunta nuevo Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
Que, asimismo, la Dirección de Compras y Suministros sugiere, para evitar demoras, que en caso que el Primer Llamado de la presente Licitación resultare desierto, se realice un Segundo Llamado.
Que la apertura de la presente debe preverse en la Dirección de Compras y Suministros, la que deberá proponer fecha de apertura disponible y realizar las publicaciones de Ley.
Que teniendo en cuenta la urgencia que tiene el Municipio de realizar la presente adquisición, se deberá hacer uso de lo dispuesto en el Artículo 25º de la Ordenanza Nº 34.698/11 sobre Contrataciones vigente.
Que por lo expuesto, este Departamento Ejecutivo Municipal estima conveniente aprobar la documentación; y, en consecuencia, hacer lugar al Primer Llamado a Licitación Pública Nº 55/2.026, para la “ADQUISICIÓN DE PIEDRA BASÁLTICA PARA APORTE DE ENGRAVILLADO Y AGREGADO PETREO”; según Solicitud de Compra N° 4778/2.026, y conforme Planilla Nomencladora y Pliegos de Especificaciones Técnicas Anexo I y II, que forman parte del presente Decreto. Como asimismo, en el caso de que el mismo resultare desierto, disponer la aprobación del Segundo Llamado de la presente Licitación, en virtud a lo considerado precedentemente.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107°, Incisos ñ), q) y u) de la Ley Nº 10.027 y su Modificatoria Ley Nº 10.082 – Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Apruébese la documentación y dispónese se efectúe el Primer Llamado de la Licitación Pública Nº 55/2.026, para la “ADQUISICIÓN DE PIEDRA BASÁLTICA PARA APORTE DE ENGRAVILLADO Y AGREGADO PETREO”; según Solicitud de Compra N° 4778/2.026, y conforme Anexos 1 y 2 (Planilla Nomencladora y Especificaciones Técnicas, respectivamente), que forman parte del presente Decreto, cuyos antecedentes obran en el Expediente Digital Nº 3829 del Año 2.026.
ARTÍCULO 2°.- Apruébese el Presupuesto Oficial de PESOS CIENTO VEINTICINCO MILLONES QUINIENTOS MIL CON 00/100 ($ 125.500.000,00).
ARTÍCULO 3°.- Impútese el presente gasto en la Partida Presupuestaria:
Nº 3.7.90.02.05.08.61.05 O. PÚBLICAS (Fondo de Obra Pública) $ 125.500.000,00.
ARTÍCULO 4°.- Dispónese que la Dirección de Compras y Suministros efectúe el Llamado de la presente Licitación y fije la fecha de apertura de las propuestas, dado lo establecido en el Artículo 25° de la Ordenanza Nº 34.698/11 de Contrataciones del Estado Municipal y los considerados precedentes.
ARTÍCULO 5°.- Dispónese que la Dirección de Compras y Suministros realice las publicaciones de ley correspondientes para la presente licitación.
ARTÍCULO 6°.- Confórmese la Comisión Evaluadora de acuerdo con lo dispuesto en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares aprobado precedentemente.
ARTÍCULO 7°.- Dispónese que, en el caso de que el Primer Llamado de la Licitación Pública Nº 55/2.026 resultare desierto, se realice el Segundo Llamado de la presente Licitación; y en consecuencia, se efectúen las gestiones tendientes, conforme a lo establecido en el presente Decreto.
ARTÍCULO 8°.- Gírese a conocimiento de la Dirección de Calles sin Pavimentar y de la Subsecretaría de Mantenimiento de Obras Viales, ambas dependientes de la Secretaría de Obras Públicas; luego, pase a la Dirección de Compras y Suministros, a los efectos dispuestos.
ARTÍCULO 9°.- Comuníquese, publíquese, regístrese, dese a la Secretaría de Gobierno; y oportunamente, archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Arq. FERNANDO S. ESQUIBEL
Secretario de Obras Públicas.
ANEXO
PLANILLA NOMENCLADORA
| Ítem | Artículo | Cantidad | Medida |
| 1 | PIEDRA BASÁLTICA PARA APORTE ENGRAVILLADO (0-32) | 7.000 | Toneladas |
| 2 | AGREGADO PETREO (30-90 mm) | 2.000 | Toneladas |
| SE DEBERÁ CUMPLIR CONFORME EL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES Y PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS ÍTEM 1 Y 2. INICIO DE LAS ENTREGAS: INMEDIATAMENTE LUEGO DE LA ADJUDICACIÓN. PLAZO DE ENTREGA: 90 DÍAS. LUGAR DE ENTREGA: ENTREGA SOBRE CAMIÓN FORMA DE PAGO: PAGOS PARCIALES. |
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Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Arq. FERNANDO S. ESQUIBEL
Secretario de Obras Públicas.
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DECRETO N° 877/2.026.
Concordia, 24 de Septiembre de 2.026.
VISTO el Expediente 34/"A"/2.026. y,
CONSIDERANDO:
Que la Agente Acosta Carmen Carina legajo Nº6742, eleva su renuncia por motivos personales y laborales.
Que este Departamento Ejecutivo estima pertinente aceptar la renuncia presentada por la Agente Acosta Carmen Carina D.N.I N° 26.350.812 agradeciendo los servicios prestados en beneficio de la comunidad y el acompañamiento en la Gestión de Gobierno Municipal.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por los Artículos 107° inciso u) de la Ley N° 10.027 Régimen Municipal modificada a través de la Ley 10.082, según T.O. Decreto N° 4706/12 del Poder Ejecutivo Provincial.-
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Téngase presente la renuncia presentada por la Sra. Acosta Carmen Carina, D.N.I Nº 26.350.812 a partir del 01 de Julio de 2026.
ARTÍCULO 2º.- Remítase a la Dirección de Recursos Humanos, a los fines de su conocimiento, toma de razón y notificación a la Sra. Acosta Carmen Carina cumplimentada dar conocimiento, Dirección de Liquidaciones de Haberes dependiente de la Secretaría de Coordinación de Gabinete y Hacienda.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA
Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda
Cra. PATRICIA LAURA RODRIGUEZ
Secretaria de Gobierno.
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DECRETO N° 878/2.026.
Concordia, 25 de Septiembre de 2.026.
VISTO el Convenio suscripto entre la PROVINCIA DE ENTRE RIOS representada por el Sr. SECRETARIO GENERAL DE LA GOBERNACIÓN, Dn. MAURICIO JUAN COLELLO D.N.I. N° 33.807.698, asistido por el Sr. Secretario de Deportes Dn. SEBASTIÁN RAÚL URANGA y el MUNICIPIO de la ciudad de Concordia representada por el Presidente Municipal, Dr. Francisco Azcue DNI N° 32.795.414 en el cual se comprometen a organizar en forma conjunta la Final Provincial de los "Juegos Deportivos Nacionales Evita 2026" y,
CONSIDERANDO:
Que mediante el referido Convenio entre la PROVINCIA Y el MUNICIPIO se comprometen a organizar en forma conjunta la Final Provincial de los "Juegos Deportivos Nacionales Evita 2026", en las disciplinas Atletismo Convencional Masculino y Femenino Sub 15 , Hockey Masculino y Femenino Sub 14 y Natación Masculino y Femenino Sub 14.-
Que el presente convenio consta de seis (6) clausulas donde se establecen las condiciones contractuales del mismo.
Que en consecuencia se hace necesario dictar la presente disposición de conformidad con lo establecido en el marco de la normativa vigente.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal, por el Artículo 107° inciso ñ), q) y u) de la Ley 10.027, y su Modificatoria - Régimen de las Municipalidades de la Provincia de Entre Ríos.-
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Ratifíquese en todos sus términos el convenio suscripto entre La Provincia representada por el Sr. SECRETARIO GENERAL DE LA GOBERNACIÓN, Dn. MAURICIO JUAN COLELLO D.N.I. N° 33.807.698, asistido por el Sr. Secretario de Deportes Dn. SEBASTIÁN RAÚL URANGA y el MUNICIPIO de la ciudad de Concordia representada por el Presidente Municipal, Dr. Francisco Azcue DNI N° 32.795.414, que consta de seis (6) clausulas donde se establecen las condiciones contractuales del mismo.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese y oportunamente, archívese.-
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
CARLOS H. GATTO
Secretario de Desarrollo Humano.
CONVENIO
El Sr. GOBERNADOR, Lic. ROGELIO FRIGERIO, representado en este acto por el Sr. SECRETARIO GENERAL DE LA GOBERNACIÓN, Dn. MAURICIO JUAN COLELLO, D.N.I. N° 33.807.698, constituyendo domicilio en calle Gregorio Fernández de la Puente N° 220, de la ciudad de Paraná, en adelante LA PROVINCIA, asistido por el Sr. Secretario de Deportes Dn. SEBASTIÁN RAÚL URANGA y la MUNICIPALIDAD DE CONCORDIA, representada por su Sr. Presidente Municipal, Dr. FRANCISCO AZCUE, DNI Nº 32.795.414, estableciendo domicilio en calle Mitre N° 76, de la ciudad de Concordia, en adelante EL MUNICIPIO, convienen en celebrar el presente acuerdo, en el marco de la Final Provincial de los "JUEGOS DEPORTIVOS NACIONALES EVITA 2026", en las disciplinas Atletismo Convencional Masculino y Femenino Sub 15, Hockey Masculino y Femenino Sub 14 y Natación Masculino y Femenino Sub 14, a tenor de las cláusulas y condiciones siguientes:
PRIMERA: LA PROVINCIA Y EL MUNICIPIO se comprometen a organizar en forma conjunta la Final Provincial de los "JUEGOS DEPORTIVOS NACIONALES EVITA 2026", en las disciplinas antes citadas, entre los meses de septiembre y octubre, del año en curso.-
SEGUNDA: LA PROVINCIA, gestionará la transferencia de PESOS CIENTO SESENTA Y TRES MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS ($163.282.800,00) a EL MUNICIPIO, mediante Decreto del Poder Ejecutivo, que serán destinados a atender erogaciones ocasionadas en concepto de alojamientos, comidas, hidratación, transporte, emergencias médicas, premiación, materiales deportivos, indumentaria, sonidos, coordinación, arbitraje, fiscalización, combustible, librería y otros gastos surgidos en la organización del evento citado.-
TERCERA: LA PROVINCIA, colaborará con la realización de las tareas logísticas y administrativas que resulten necesarias, para el óptimo desarrollo de la final.-
CUARTA: EL MUNICIPIO, será responsable de la recepción de los fondos y afectación de los mismos al evento mencionado en el presente convenio, como así también de su rendición y tendrá a su cargo la organización logística local, como el ordenamiento del tránsito, la gestión de los diferentes escenarios deportivos, la afectación del personal municipal que sea necesario, y toda otra acción que beneficie al desarrollo de la final provincial.-
QUINTA: LA PROVINCIA, afectará al personal de la misma que sea necesario, para la organización de la respectiva final realizando además, los controles de los servicios contratados como los transportes que deberán estar habilitados por la CNRT y Secretaría de Transporte de la Provincia, alojamientos habilitados por la Secretaría de Turismo Provincial y/o Municipal y la alimentación que deberá cumplir con los requisitos nutricionales y bromatológicos correspondientes.-
SEXTA: En prueba de conformidad, se firman DOS (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de Paraná, capital de la Provincia de Entre Ríos, a los quince días del mes de mayo del año dos mil veintiséis.-
Sr. MAURICIO JUAN COLELLO
Secretario Gral. de la Gobernacion
Prov. Entre Rios
SEBASTIAN R. URANGA
Secretario de Deportes
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
CARLOS H. GATTO
Secretario de Desarrollo Humano.
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Concordia, 01 de Octubre de 2026.
Nº 10.502
VISTO:
La nota presentada por los organizadores de la fiesta denominada “Entre Sabores y Encuentros”, mediante la cual solicitan que la misma sea declarada de Interés Municipal, Cultural y Turístico, y;
CONSIDERANDO:
Que la fiesta, “Entre Sabores y Encuentros”, se encuentra prevista para el día domingo 15 de noviembre de 2026, en el horario de 13:00 a 20:00 horas, en el Parque Central “Viñedos Moulins” de la ciudad de Concordia;
Que la propuesta tiene como finalidad promover la integración comunitaria, la participación institucional, la cultura regional, el desarrollo económico local y el fortalecimiento de emprendimientos y actividades sociales de la ciudad;
Que el proyecto contempla la participación de clubes deportivos, asociaciones civiles, instituciones culturales, organizaciones no gubernamentales, cooperadoras, centros comunitarios, asociaciones vecinales, instituciones educativas, fundaciones y demás entidades sin fines de lucro, procurando que su participación contribuya al sostenimiento y desarrollo de sus respectivas actividades;
Que asimismo se prevé la participación de comercios, empresas, emprendedores, artesanos, productores regionales, ferias comerciales y prestadores de servicios, generando un espacio destinado a la promoción y comercialización de productos y servicios;
Que la propuesta contempla, además, un sector específico destinado a la Economía Social, procurando favorecer la participación de emprendedores sociales, artesanos, pequeños productores, cooperativas, proyectos asociativos, emprendimientos familiares y organizaciones vinculadas a la economía popular y social;
Que incorpora una propuesta artística y cultural destinada a la presentación de artistas locales y regionales, contemplando grupos musicales, solistas, bandas, conjuntos de folklore, academias de baile, ballets folklóricos, murgas y otras expresiones culturales y de entretenimiento;
Que se procura priorizar la participación y difusión de artistas de la ciudad de Concordia y de la región, contribuyendo a la generación de espacios de expresión y promoción de la producción cultural local;
Que uno de los principios establecidos para el desarrollo de la actividad consiste en garantizar el acceso libre y gratuito, procurando favorecer la participación de la comunidad y el acceso de las familias a una propuesta de carácter popular, comunitario y participativo;
Que el proyecto prevé mecanismos de financiamiento vinculados al patrocinio y publicidad empresarial, participación de determinados expositores, canon de espacios comerciales, aportes institucionales, convenios con organismos públicos, colaboraciones privadas y demás recursos que resulten legalmente disponibles;
Que asimismo, se contempla la implementación de acciones vinculadas con la sostenibilidad ambiental, tales como la separación de residuos, utilización progresiva de materiales reciclables, reducción de plásticos de un solo uso, instalación de puntos verdes y campañas de concientización y correcta disposición de residuos;
Que la realización de la actividad puede constituir un espacio de articulación entre instituciones de la comunidad, emprendedores, comerciantes, empresas, artistas, organizaciones sociales y vecinos, favoreciendo la participación y el encuentro de distintos sectores de la sociedad concordiense.
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN
ARTÍCULO 1°.- Declárese de Interés Municipal, Cultural y Turístico la fiesta denominada “Entre Sabores y Encuentros”, que se llevará a cabo en el Parque Central “Viñedos Moulins”, de la ciudad de Concordia, provincia de Entre Ríos, el día domingo 15 de noviembre de 2026, en el horario de 13:00 a 20:00 horas.
ARTÍCULO 2°.- Hágase entrega de la presente Resolución a los organizadores de la fiesta “Entre Sabores y Encuentros”, en reconocimiento y constancia de la declaración efectuada.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES “FEDERICO ZORRAQUÍN”, 01 de Octubre de 2026.
Lic. MAGDALENA RETA DE URQUIZA
Presidente
Dra. VERONICA NATALIA DELGADO
Secretaria.
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 05 de Octubre de 2.026.
RESOLUCION N° 38.937.
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
CARLOS H. GATTO
Secretaría de Desarrollo Humano.
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Concordia, 01 de Octubre de 2026.
Nº 10.503
VISTO:
La realización de la XXXI Reunión Científica de la Asociación Argentina de Geofísicos y Geodestas (AAGG), que se llevará a cabo en la ciudad de Concordia del 14 al 17 de septiembre de 2027, y;
CONSIDERANDO:
Que este importante encuentro convoca a científicos, profesionales, tecnólogos y estudiantes avanzados de grado y posgrado en disciplinas afines a las ciencias de la Tierra y áreas temáticas estratégicas;
Que el evento abarca diversas áreas de relevancia académica y científica, tales como Geofísica Aplicada, Procesos y recursos hídricos en el Sistema Tierra, Ciencias de la Atmósfera y los Océanos, Geodesia moderna, Sismología, Geomagnetismo, Geomática y la Comunicación pública de la ciencia;
Que la organización de la XXXI edición está a cargo de la Facultad de Ciencias de la Alimentación de la Universidad Nacional de Entre Ríos (UNER), contando con la participación destacada del Departamento del Agua del Centro Universitario Regional del Litoral Norte de la Universidad de la República de Uruguay;
Que la realización del evento bajo modalidad híbrida (presencial y virtual) posicionará a la ciudad de Concordia como un polo de referencia regional e internacional para la investigación científica y tecnológica;
Que es deber del Concejo Deliberante declarar de interés municipal aquellas actividades que promueven el desarrollo científico, académico, educativo y cultural de nuestra comunidad.
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN
ARTÍCULO 1º.- Declárese de Interés Municipal la XXXI Reunión Científica de la Asociación Argentina de Geofísicos y Geodestas (AAGG), que se llevará a cabo en nuestra ciudad del 14 al 17 de septiembre de 2027.
ARTÍCULO 2º.- Destáquese la labor organizativa de la Facultad de Ciencias de la Alimentación de la Universidad Nacional de Entre Ríos (UNER) y la valiosa participación del Departamento del Agua del Centro Universitario Regional del Litoral Norte de la Universidad de la República de Uruguay.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES “FEDERICO ZORRAQUÍN”, 01 de Octubre de 2026.
Lic. MAGDALENA RETA DE URQUIZA
Presidente
Dra. VERONICA NATALIA DELGADO
Secretaria.
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 05 de Octubre de 2.026.
RESOLUCION N° 38.940.
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
CARLOS H. GATTO
Secretaría de Desarrollo Humano.
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EDICTO.-
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica al Sr. SILVA LEONARDO ALAN, D.N.I. N°41.250.321, que en el EXPT: 123 "S" 2026, se ha dispuesto la presente notificación tendiente a hacerle saber que mediante Resolución N° 6780/2026 de fecha 22 de septiembre del año 2026, se ha dispuesto lo siguiente: ARTÍCULO 1°.- RECHAZAR en todos sus términos el Recurso de Apelación Jerárquica con fecha 6 de febrero de 2026 por el Sr. Silva Leonardo Alan (DNI N° 41.250.321), por las razones fácticas y de derecho expuestas en los considerandos de la presente Resolución. ARTÍCULO 2°.- RATIFICAR la legitimidad de la desvinculación del Sr. Silva Leonardo Alan (DNI N° 41.250.321), operada a partir del mes de Enero de 2026. ARTÍCULO 3°.- Notifíquese al interesado con entrega de copia de la presente por parte de la Oficina de Notificaciones Masivas. ARTÍCULO 4°.- Publíquese, regístrese y oportunamente archívese. Fdo. Francisco Azcue Presidente Municipal de Concordia. Cra. Patricia Laura Rodríguez Secretaria de Gobierno Municipalidad de Concordia.
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO.
CONCORDIA DE OCTUBRE DE 2026.
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La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica al Sr. SILVA LEONARDO ALAN, D.N.I. N°41.250.321, que en el EXPT: 123 "S" 2026, se ha dispuesto la presente notificación tendiente a hacerle saber que mediante Resolución N° 6780/2026 de fecha 22 de septiembre del año 2026, se ha dispuesto lo siguiente: ARTÍCULO 1°.- RECHAZAR en todos sus términos el Recurso de Apelación Jerárquica con fecha 6 de febrero de 2026 por el Sr. Silva Leonardo Alan (DNI N° 41.250.321), por las razones fácticas y de derecho expuestas en los considerandos de la presente Resolución. ARTÍCULO 2°.- RATIFICAR la legitimidad de la desvinculación del Sr. Silva Leonardo Alan (DNI N° 41.250.321), operada a partir del mes de Enero de 2026. ARTÍCULO 3°.- Notifíquese al interesado con entrega de copia de la presente por parte de la Oficina de Notificaciones Masivas. ARTÍCULO 4°.- Publíquese, regístrese y oportunamente archívese. Fdo. Francisco Azcue Presidente Municipal de Concordia. Cra. Patricia Laura Rodríguez Secretaria de Gobierno Municipalidad de Concordia.
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO.
CONCORDIA DE OCTUBRE DE 2026.
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EDICTO.-
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica a la Sra. BARBARA AYELEN IRUTTA, D.N.I. N° 33.510.202, que en el EXPT: 1362557/2026, se ha dispuesto la presente notificación tendiente a hacerle saber que mediante Resolución N° 6785/2026 de fecha 22 de septiembre del año 2026, se ha dispuesto lo siguiente: ARTICULO 1°.- RECHAZAR en todos sus términos el Recurso de Apelación Jerárquica con fecha 9 de febrero de 2026 por la Sra. Bárbara Ayelen lrutta (DNI N° 33.510.202), por las razones fácticas y de derecho expuestas en los considerandos de la presente Resolución. ARTICULO 2°.- RATIFICAR la legitimidad de la desvinculación de la Sra. Bárbara Ayelen Irutta (DNI N° 33.510.202), operada a partir del mes de Enero de 2026. ARTÍCULO 3°.- Notifíquese al interesado con entrega de copia de la presente por parte de la Oficina de Notificaciones Masivas. ARTICULO 4°.- Publíquese, regístrese y oportunamente archívese. Fdo. Dr. Francisco Azcue Presidente Municipal de Concordia. Cra. Patricia Laura Rodríguez Secretaria de Gobierno Municipalidad de Concordia.
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO
CONCORDIA, OCTUBRE DE 2026.
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La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica a la Sra. BARBARA AYELEN IRUTTA, D.N.I. N° 33.510.202, que en el EXPT: 1362557/2026, se ha dispuesto la presente notificación tendiente a hacerle saber que mediante Resolución N° 6785/2026 de fecha 22 de septiembre del año 2026, se ha dispuesto lo siguiente: ARTICULO 1°.- RECHAZAR en todos sus términos el Recurso de Apelación Jerárquica con fecha 9 de febrero de 2026 por la Sra. Bárbara Ayelen lrutta (DNI N° 33.510.202), por las razones fácticas y de derecho expuestas en los considerandos de la presente Resolución. ARTICULO 2°.- RATIFICAR la legitimidad de la desvinculación de la Sra. Bárbara Ayelen Irutta (DNI N° 33.510.202), operada a partir del mes de Enero de 2026. ARTÍCULO 3°.- Notifíquese al interesado con entrega de copia de la presente por parte de la Oficina de Notificaciones Masivas. ARTICULO 4°.- Publíquese, regístrese y oportunamente archívese. Fdo. Dr. Francisco Azcue Presidente Municipal de Concordia. Cra. Patricia Laura Rodríguez Secretaria de Gobierno Municipalidad de Concordia.
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO
CONCORDIA, OCTUBRE DE 2026.
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EDICTO.-
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica a la Sra. LUNA FIORELLA SOLANGE, D.N.I. N° 32.296.060, que en el EXPT: 7 "L" 2026, se ha dispuesto la presente notificación tendiente a hacerle saber que mediante Resolución N° 6781/2026 de fecha 22 de septiembre del año 2026, se ha dispuesto lo siguiente: ARTICULO 1°.- RECHAZAR en todos sus términos el Recurso de Apelación Jerárquica con fecha 6 de febrero de 2026 por la Sra. Luna Fiorella Solange (DNI N° 32.296.060), por las razones fácticas y de derecho expuestas en los considerandos de la presente Resolución. ARTÍCULO 2°.- RATIFICAR la legitimidad de la desvinculación de la Sra. Luna Fiorella Solange (DNI N° 32.296.060), operada a partir del mes de Enero de 2026. ARTÍCULO 3°.- Notifíquese al interesado con entrega de copia de la presente por parte de la Oficina de Notificaciones Masivas. ARTÍCULO 4°.- Publíquese, regístrese y oportunamente archívese. Fdo. Francisco Azcue Presidente Municipal de Concordia. Cra. Patricia Laura Rodríguez Secretaria de Gobierno Municipalidad de Concordia.
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO
CONCORDIA OCTUBRE DE 2026.
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La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica a la Sra. LUNA FIORELLA SOLANGE, D.N.I. N° 32.296.060, que en el EXPT: 7 "L" 2026, se ha dispuesto la presente notificación tendiente a hacerle saber que mediante Resolución N° 6781/2026 de fecha 22 de septiembre del año 2026, se ha dispuesto lo siguiente: ARTICULO 1°.- RECHAZAR en todos sus términos el Recurso de Apelación Jerárquica con fecha 6 de febrero de 2026 por la Sra. Luna Fiorella Solange (DNI N° 32.296.060), por las razones fácticas y de derecho expuestas en los considerandos de la presente Resolución. ARTÍCULO 2°.- RATIFICAR la legitimidad de la desvinculación de la Sra. Luna Fiorella Solange (DNI N° 32.296.060), operada a partir del mes de Enero de 2026. ARTÍCULO 3°.- Notifíquese al interesado con entrega de copia de la presente por parte de la Oficina de Notificaciones Masivas. ARTÍCULO 4°.- Publíquese, regístrese y oportunamente archívese. Fdo. Francisco Azcue Presidente Municipal de Concordia. Cra. Patricia Laura Rodríguez Secretaria de Gobierno Municipalidad de Concordia.
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO
CONCORDIA OCTUBRE DE 2026.
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EDICTO.-
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica al Sr. LEITE MARIANO DAVID, D.N.I. N° 40.992.031, que en los EXP: 1368892/2026 y 1366483/2026, se ha dispuesto la presente notificación tendiente a hacerle saber que mediante Resolución N° 6901/2026 de fecha 25 de septiembre del año 2026, se ha dispuesto lo siguiente: ARTICULO 1°.- RECHAZAR el reclamo administrativo promovido por el Sr. MARIANO DAVID LEITE, DNI N° 40.992.031, interpuesto mediante los Expedientes N° 1366483/2026; 1368892/2026, en virtud de los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente Resolución. ARTICULO 2°.- Notifíquese al interesado con entrega de copia de la presente por parte de la Oficina de Notificaciones Masivas. Fdo. Dr. Francisco Azcue Presidente Municipal de Concordia. Cra. Patricia Laura Rodríguez, Secretaria de Gobierno Municipalidad de Concordia.
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO
CONCORDIA OCTUBRE DE 2026.
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La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica al Sr. LEITE MARIANO DAVID, D.N.I. N° 40.992.031, que en los EXP: 1368892/2026 y 1366483/2026, se ha dispuesto la presente notificación tendiente a hacerle saber que mediante Resolución N° 6901/2026 de fecha 25 de septiembre del año 2026, se ha dispuesto lo siguiente: ARTICULO 1°.- RECHAZAR el reclamo administrativo promovido por el Sr. MARIANO DAVID LEITE, DNI N° 40.992.031, interpuesto mediante los Expedientes N° 1366483/2026; 1368892/2026, en virtud de los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente Resolución. ARTICULO 2°.- Notifíquese al interesado con entrega de copia de la presente por parte de la Oficina de Notificaciones Masivas. Fdo. Dr. Francisco Azcue Presidente Municipal de Concordia. Cra. Patricia Laura Rodríguez, Secretaria de Gobierno Municipalidad de Concordia.
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO
CONCORDIA OCTUBRE DE 2026.
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EDICTO.-
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica al Sr. PIEDRA BUENA HORACIO DANIEL, D.N.I. N° 19.084.554, que en el EXP: 1362550/2026, se ha dispuesto la presente notificación tendiente a hacerle saber que mediante Resolución N° 6788/2026 de fecha 22 de septiembre del año 2026, se ha dispuesto lo siguiente: ARTICULO 1°.- RECHAZAR en todos sus términos el Recurso de Apelación Jerárquica con fecha 6 de febrero de 2026 por el Sr. Piedra Buena Horacio Daniel (DNI N° 19.084.554), por las razones fácticas y de derecho expuestas en los considerandos de la presente Resolución. ARTICULO 2°.- RATIFICAR la legitimidad de la desvinculación del Sr. Piedra Buena Horacio Daniel (DNI N° 19.084.554), operada a partir del mes de Enero de 2026. ARTÍCULO 3°.- Notifíquese al interesado con entrega de copia de la presente por parte de la Oficina de Notificaciones Masivas. ARTÍCULO 4°.- Publíquese, regístrese y oportunamente archívese. Fdo. Dr. Francisco Azcue Presidente Municipal de Concordia. Cra. Patricia Laura Rodríguez, Secretaria de Gobierno Municipalidad de Concordia.
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO
CONCORDIA OCTUBRE DE 2026.
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La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica al Sr. PIEDRA BUENA HORACIO DANIEL, D.N.I. N° 19.084.554, que en el EXP: 1362550/2026, se ha dispuesto la presente notificación tendiente a hacerle saber que mediante Resolución N° 6788/2026 de fecha 22 de septiembre del año 2026, se ha dispuesto lo siguiente: ARTICULO 1°.- RECHAZAR en todos sus términos el Recurso de Apelación Jerárquica con fecha 6 de febrero de 2026 por el Sr. Piedra Buena Horacio Daniel (DNI N° 19.084.554), por las razones fácticas y de derecho expuestas en los considerandos de la presente Resolución. ARTICULO 2°.- RATIFICAR la legitimidad de la desvinculación del Sr. Piedra Buena Horacio Daniel (DNI N° 19.084.554), operada a partir del mes de Enero de 2026. ARTÍCULO 3°.- Notifíquese al interesado con entrega de copia de la presente por parte de la Oficina de Notificaciones Masivas. ARTÍCULO 4°.- Publíquese, regístrese y oportunamente archívese. Fdo. Dr. Francisco Azcue Presidente Municipal de Concordia. Cra. Patricia Laura Rodríguez, Secretaria de Gobierno Municipalidad de Concordia.
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO
CONCORDIA OCTUBRE DE 2026.
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EDICTO.-
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica a la Sra. RAMIREZ AILEN EVELINA MACARENA, D.N.I. N° 40.167.907, que en el Exp. 1366958/2026, se ha dispuesto la presente notificación tendiente a hacerle saber que mediante Resolución N° 6615/2026 de fecha 21 de septiembre del año 2026, se ha dispuesto lo siguiente: ARTICULO 1°.- NEGAR y RECHAZAR las presentaciones realizadas por los Sres. Ramírez Allen Evelina Macarena (Expediente N° 1366958), Zalazar Cossia Matias (Expediente N° 1362111), Duarte Lucas Alejandro (Expediente N° 1366991), Blanco David Alejandro (Expediente N° 1366953), Pino Matías Ángel (Expediente N° 1366956), Maidana María Natalia (Expediente N° 1366957), Villagra Walter Gabriel (Expediente N° 1366927), Ríos Carlos Epifanio (Expediente N° 1366926) y Ramírez Anahí Florencia Soledad (Expediente N° 1366955), en todas sus partes, atento los argumentos expuestos en los considerandos del presente.- ARTICULO 2°.- NOTIFÍQUESE a los interesados en forma personal o por cédula mediante la Oficina de Notificaciones Masivas.- Fdo. Dr. Francisco Azcue Presidente Municipal de Concordia. Cra. Patricia Laura Rodríguez, Secretaria de Gobierno Municipalidad de Concordia.
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO
CONCORDIA, OCTUBRE DE 2026.
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La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica a la Sra. RAMIREZ AILEN EVELINA MACARENA, D.N.I. N° 40.167.907, que en el Exp. 1366958/2026, se ha dispuesto la presente notificación tendiente a hacerle saber que mediante Resolución N° 6615/2026 de fecha 21 de septiembre del año 2026, se ha dispuesto lo siguiente: ARTICULO 1°.- NEGAR y RECHAZAR las presentaciones realizadas por los Sres. Ramírez Allen Evelina Macarena (Expediente N° 1366958), Zalazar Cossia Matias (Expediente N° 1362111), Duarte Lucas Alejandro (Expediente N° 1366991), Blanco David Alejandro (Expediente N° 1366953), Pino Matías Ángel (Expediente N° 1366956), Maidana María Natalia (Expediente N° 1366957), Villagra Walter Gabriel (Expediente N° 1366927), Ríos Carlos Epifanio (Expediente N° 1366926) y Ramírez Anahí Florencia Soledad (Expediente N° 1366955), en todas sus partes, atento los argumentos expuestos en los considerandos del presente.- ARTICULO 2°.- NOTIFÍQUESE a los interesados en forma personal o por cédula mediante la Oficina de Notificaciones Masivas.- Fdo. Dr. Francisco Azcue Presidente Municipal de Concordia. Cra. Patricia Laura Rodríguez, Secretaria de Gobierno Municipalidad de Concordia.
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO
CONCORDIA, OCTUBRE DE 2026.
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EDICTO.-
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica a la Sra. RAMIREZ ANAHI FLORENCIA SOLEDAD, D.N.I. N° 40.993.336, que en el Exp. 1366955/2026, se ha dispuesto la presente notificación tendiente a hacerle saber que mediante Resolución N° 6615/2026 de fecha 21 de septiembre del año 2026, se ha dispuesto lo siguiente: ARTICULO 1°.- NEGAR y RECHAZAR las presentaciones realizadas por los Sres. Sres. Ramírez Ailen Evelina Macarena (Expediente N° 1366958), Zalazar Cossia Matías (Expediente N° 1362111), Duarte Lucas Alejandro (Expediente N° 1366991), Blanco David Alejandro (Expediente N° 1366953), Pino Matías Ángel (Expediente N° 1366956), Maidana María Natalia (Expediente N° 1366957), Villagra Walter Gabriel (Expediente N° 1366927), Ríos Carlos Epifanio (Expediente N° 1366926) y Ramírez Anahí Florencia Soledad (Expediente N° 1366955), en todas sus partes, atento los argumentos expuestos en los considerandos del presente.- ARTICULO 2°.- NOTIFÍQUESE a los interesados en forma personal o por cédula mediante la Oficina de Notificaciones Masivas.- Fdo. Dr. Francisco Azcue Presidente Municipal de Concordia. Cra. Patricia Laura Rodríguez, Secretaria de Gobierno Municipalidad de Concordia.
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO
CONCORDIA, OCTUBRE DE 2026.
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La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica a la Sra. RAMIREZ ANAHI FLORENCIA SOLEDAD, D.N.I. N° 40.993.336, que en el Exp. 1366955/2026, se ha dispuesto la presente notificación tendiente a hacerle saber que mediante Resolución N° 6615/2026 de fecha 21 de septiembre del año 2026, se ha dispuesto lo siguiente: ARTICULO 1°.- NEGAR y RECHAZAR las presentaciones realizadas por los Sres. Sres. Ramírez Ailen Evelina Macarena (Expediente N° 1366958), Zalazar Cossia Matías (Expediente N° 1362111), Duarte Lucas Alejandro (Expediente N° 1366991), Blanco David Alejandro (Expediente N° 1366953), Pino Matías Ángel (Expediente N° 1366956), Maidana María Natalia (Expediente N° 1366957), Villagra Walter Gabriel (Expediente N° 1366927), Ríos Carlos Epifanio (Expediente N° 1366926) y Ramírez Anahí Florencia Soledad (Expediente N° 1366955), en todas sus partes, atento los argumentos expuestos en los considerandos del presente.- ARTICULO 2°.- NOTIFÍQUESE a los interesados en forma personal o por cédula mediante la Oficina de Notificaciones Masivas.- Fdo. Dr. Francisco Azcue Presidente Municipal de Concordia. Cra. Patricia Laura Rodríguez, Secretaria de Gobierno Municipalidad de Concordia.
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO
CONCORDIA, OCTUBRE DE 2026.
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EDICTO.-
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica al Sr. ZALAZAR COSSIA MATIAS, D.N.I. N° 34.436.790, que en el Exp. 1362111/2026, se ha dispuesto la presente notificación tendiente a hacerle saber que mediante Resolución N° 6615/2026 de fecha 21 de septiembre del año 2026, se ha dispuesto lo siguiente: ARTÍCULO 1°.- NEGAR y RECHAZAR las presentaciones realizadas por los Sres. Ramírez Ailen Evelina (Expediente N° 1366958), Zalazar Cossia Matias (Expediente N° 1362111), Duarte Lucas Alejandro (Expediente N° 1366991), Blanco David Alejandro (Expediente N° 1366953), Pino Matías Ángel (Expediente N° 1366956), Maidana María Natalia (Expediente N° 1366957), Villagra Walter Gabriel (Expediente N° 1366927), Ríos Carlos Epifanio (Expediente N° 1366926) y Ramírez Anahí Florencia Soledad (Expediente N° 1366955), en todas sus partes, atento los argumentos expuestos en los considerandos del presente.- ARTICULO 2°.- NOTIFÍQUESE a los interesados en forma personal o por cédula mediante la Oficina de Notificaciones Masivas.- Fdo. Dr. Francisco Azcue Presidente Municipal de Concordia. Cra. Patricia Laura Rodríguez, Secretaria de Gobierno Municipalidad de Concordia.
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO
CONCORDIA, OCTUBRE DE 2026.
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica al Sr. ZALAZAR COSSIA MATIAS, D.N.I. N° 34.436.790, que en el Exp. 1362111/2026, se ha dispuesto la presente notificación tendiente a hacerle saber que mediante Resolución N° 6615/2026 de fecha 21 de septiembre del año 2026, se ha dispuesto lo siguiente: ARTÍCULO 1°.- NEGAR y RECHAZAR las presentaciones realizadas por los Sres. Ramírez Ailen Evelina (Expediente N° 1366958), Zalazar Cossia Matias (Expediente N° 1362111), Duarte Lucas Alejandro (Expediente N° 1366991), Blanco David Alejandro (Expediente N° 1366953), Pino Matías Ángel (Expediente N° 1366956), Maidana María Natalia (Expediente N° 1366957), Villagra Walter Gabriel (Expediente N° 1366927), Ríos Carlos Epifanio (Expediente N° 1366926) y Ramírez Anahí Florencia Soledad (Expediente N° 1366955), en todas sus partes, atento los argumentos expuestos en los considerandos del presente.- ARTICULO 2°.- NOTIFÍQUESE a los interesados en forma personal o por cédula mediante la Oficina de Notificaciones Masivas.- Fdo. Dr. Francisco Azcue Presidente Municipal de Concordia. Cra. Patricia Laura Rodríguez, Secretaria de Gobierno Municipalidad de Concordia.
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO
CONCORDIA, OCTUBRE DE 2026.
