Horário de Pessoal das Equipes
DECRETO Nº 24058/1988 FECHA: 23.11.1988 PUBLICADO: 29.11.1988 ARTICULO 1º.- Dispónese que a partir del 28 de noviembre de 1988 el personal de cuadrillas de obras y servicios deberá cumplir estrictamente en su lugar de trabajo el horario establecido, esto es de 7 a 13 horas en invierno y de 6 a 12 horas en verano.- ARTICULO 2º.- A efectos del cumplimiento del artículo anterior el personal deber…
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