DecretoPublicação: 7 de outubro de 2026

Decreto N° 878/2026

CONVÊNIO "JOGOS ESPORTIVOS NACIONAIS EVITA 2026"

ARTÍCULO 1°.- Ratifíquese en todos sus términos el convenio suscripto entre La Provincia representada por el Sr. SECRETARIO GENERAL DE LA GOBERNACIÓN, Dn. MAURICIO JUAN COLELLO D.N.I. N° 33.807.698, asistido por el Sr. Secretario de Deportes Dn. SEBASTIÁN RAÚL URANGA y el MUNICIPIO de la ciudad de Concordia representada por el Presidente Municipal, Dr. Francisco Azcue DNI N° 32.795.414, que consta de seis (6) clausulas donde se establecen las condiciones contractuales del mismo.

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese y oportunamente, archívese.-

CONVENIO

El Sr. GOBERNADOR, Lic. ROGELIO FRIGERIO, representado en este acto por el Sr. SECRETARIO GENERAL DE LA GOBERNACIÓN, Dn. MAURICIO JUAN COLELLO, D.N.I. N° 33.807.698, constituyendo domicilio en calle Gregorio Fernández de la Puente N° 220, de la ciudad de Paraná, en adelante LA PROVINCIA, asistido por el Sr. Secretario de Deportes Dn. SEBASTIÁN RAÚL URANGA y la MUNICIPALIDAD DE CONCORDIA, representada por su Sr. Presidente Municipal, Dr. FRANCISCO AZCUE, DNI Nº 32.795.414, estableciendo domicilio en calle Mitre N° 76, de la ciudad de Concordia, en adelante EL MUNICIPIO, convienen en celebrar el presente acuerdo, en el marco de la Final Provincial de los "JUEGOS DEPORTIVOS NACIONALES EVITA 2026", en las disciplinas Atletismo Convencional Masculino y Femenino Sub 15, Hockey Masculino y Femenino Sub 14 y Natación Masculino y Femenino Sub 14, a tenor de las cláusulas y condiciones siguientes:

PRIMERA: LA PROVINCIA Y EL MUNICIPIO se comprometen a organizar en forma conjunta la Final Provincial de los "JUEGOS DEPORTIVOS NACIONALES EVITA 2026", en las disciplinas antes citadas, entre los meses de septiembre y octubre, del año en curso.-

SEGUNDA: LA PROVINCIA, gestionará la transferencia de PESOS CIENTO SESENTA Y TRES MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS ($163.282.800,00) a EL MUNICIPIO, mediante Decreto del Poder Ejecutivo, que serán destinados a atender erogaciones ocasionadas en concepto de alojamientos, comidas, hidratación, transporte, emergencias médicas, premiación, materiales deportivos, indumentaria, sonidos, coordinación, arbitraje, fiscalización, combustible, librería y otros gastos surgidos en la organización del evento citado.-

TERCERA: LA PROVINCIA, colaborará con la realización de las tareas logísticas y administrativas que resulten necesarias, para el óptimo desarrollo de la final.-

CUARTA: EL MUNICIPIO, será responsable de la recepción de los fondos y afectación de los mismos al evento mencionado en el presente convenio, como así también de su rendición y tendrá a su cargo la organización logística local, como el ordenamiento del tránsito, la gestión de los diferentes escenarios deportivos, la afectación del personal municipal que sea necesario, y toda otra acción que beneficie al desarrollo de la final provincial.-

QUINTA: LA PROVINCIA, afectará al personal de la misma que sea necesario, para la organización de la respectiva final realizando además, los controles de los servicios contratados como los transportes que deberán estar habilitados por la CNRT y Secretaría de Transporte de la Provincia, alojamientos habilitados por la Secretaría de Turismo Provincial y/o Municipal y la alimentación que deberá cumplir con los requisitos nutricionales y bromatológicos correspondientes.-

SEXTA: En prueba de conformidad, se firman DOS (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de Paraná, capital de la Provincia de Entre Ríos, a los quince días del mes de mayo del año dos mil veintiséis.-

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