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SUMARIO
Los siguientes Decretos conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
Decretos: 1.049/2.024, 1.050/2.024, 1.058/2.024 y 1.059/2.024.-
Los siguientes Decretos conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
Decretos: 1.049/2.024, 1.050/2.024, 1.058/2.024 y 1.059/2.024.-
DECRETO N° 1.049/2.024
Concordia, 23 de agosto de 2.024.
VISTO el Convenio suscripto el día 20 de Agosto de 2.024, entre la Facultad de Ciencias de la Alimentación de la Universidad Nacional de Entre Ríos, representada en este acto por su Vicedecana en Funciones de Decana Dra. Luz Marina Zapata, por una parte y por la otra parte la Municipalidad de Concordia, representada por el Sr. Presidente Municipal Dr. Francisco Azcue, y,
CONSIDERANDO:
Que el presente Convenio, tiene como finalidad establecer un canal de mutua cooperación entre las partes, que favorezca la puesta en marcha de procesos de vinculación y transferencia de tecnología, de pasantías, de prestación de servicios, de presentación de proyectos en común y de otras actividades que resulten de interés.
Que el presente Convenio consta de Ocho (8) cláusulas.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Ejecutivo Municipal por el Artículo 107°), incisos ñ), q) y u) de la Ley 10.027 - Régimen Municipal - modificada a través de la Ley 10.082, según T.O. Decreto N° 4706/12 del Poder Ejecutivo Provincial.-
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Téngase presente el Convenio suscripto el día 20 de Agosto de 2.024, entre la Facultad de Ciencias de la Alimentación de la Universidad Nacional de Entre Ríos, representada en este acto por su Vicedecana en Funciones de Decana Dra. Luz Marina Zapata, por una parte y por la otra parte la Municipalidad de Concordia, representada por el Sr. Presidente Municipal Dr. Francisco Azcue, que consta de Ocho (8) cláusulas cuyo texto forma parte integrante del presente Decreto como Anexo I.
ARTICULO 2°.- Comuníquese, publíquese y oportunamente archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente municipal
Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA
Secretario de coordinación de Gabinete y Hacienda
CONVENIO MARCO ENTRE LA FACULTAD DE CIENCIAS DE LA ALIMENTACIÓN DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE ENTRE Ríos y LA MUNICIPALIDAD DE CONCORDIA.
La Facultad de Ciencias de la Alimentación de la Universidad Nacional de Entre Ríos, en adelante "LA FACULTAD", representada en este acto por su VICEDECANA en funciones de DECANA, Dra. Luz Marina ZAPATA, DNI N" 23.009.018, con domicilio en calle Av. Monseñor Tavella N° 1450 de la ciudad de Concordia, con domicilio electrónico vicedecana.fcal@uner.edu.ar y la municipalidad de Concordia, CUIT 30-9991172-8, en adelante "LA MUNICIPALIDAD", representada en este acto por su presidente municipal, Dr. Francisco AZCUE, DNI N° 32.795.414, con domicilio legal en Calle Bartolomé Mitre 76 de la ciudad de Concordia y domicilio electrónico presidentemunicipal@concordia.gob.ar acuerdan celebrar el presente convenio marco sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones:
PRIMERA. Que el objetivo del presente Convenio es establecer un canal de mutua cooperación entre las partes, que favorezca la puesta en marcha de procesos de vinculación y transferencia de tecnología, de pasantías, de prestación de servicios, de presentación de proyectos en común y otras actividades que resulten de interés para ambos orientados, a la producción al desarrollo social y de mejora de la calidad de vida de la población.
SEGUNDA. "LA FACULTAD" dispondrá a tal fin de su organización académica, de investigación y, servicios, de profesionales e infraestructura de sus laboratorios para atender los requerimientos formulados por "LA MUNICIPALIDAD", en las áreas técnicas propias de la misma, lo que podrá traducirse en desarrollar estudios, investigaciones, transferencia de tecnología, consultoría, programas y proyectos de asistencia técnica o actividades conexas que se propongan de común acuerdo.
TERCERA. Para cada caso particular de asistencia o servicio comprendido en la cláusula anterior, las partes concretarán Acuerdos Específicos, los cuales deberán precisar la denominación, descripción' y objetivos de las actividades a instrumentarse, la definición de las tareas a realizar, plazos, obligaciones y contribución de cada una de las partes.
CUARTA. El presente convenio de carácter general, no implicará compromisos presupuestarios para ninguna de las partes, los que serán establecidos en los convenios particulares que se acuerden.
QUINTA. El presente convenio podrá ser rescindido por cualquiera de las partes en cualquier momento, sin que el hecho de la rescisión otorgue derecho a indemnización alguna, debiéndose respetar los plazos programados para el cumplimiento de las actividades que como consecuencia de los programas aprobados tuvieran principio de ejecución.
SEXTA. Las partes convienen que la vigencia del presente convenio es por dos años a partir de su firma, renovándose automáticamente por períodos iguales, salvo que cualquiera de las partes decidiera su rescisión con un aviso previo de 60 días, por medio fehaciente en los domicilios constituidos precedentemente, cumpliéndose con las pautas establecidas en la cláusula anterior.
SEPTIMA. Las partes se comprometen a resolver directa y amistosamente entre ellas y por las instancias jerárquicas correspondientes los desacuerdos y las diferencias que pudieran originarse en virtud del presente convenio. A todos los efectos legales, las partes fijan sus domicilios urt supra. Sin perjuicio de ello, las notificaciones cursadas a los domicilios electrónicos constituidos en el encabezado tendrán plena validez legal en los términos de la Ordenanza N° 444 de la Universidad y su reglamentación, y, del Artículo 75° del Código Civil y Comercial de la Nación. Asimismo, las partes se someten al Jurisdicción Federal con asiento en la ciudad de Concepción del Uruguayo jurisdicción que pudiere corresponderle.
OCTAVA. A todos los efectos del presente convenio las partes constituyen domicilio en los declarados en el encabezamiento.
Para constancia, en prueba de conformidad se firman TRES (3) ejemplares de un mismo tenor y aun solo efecto, en la ciudad de Concordia, a los 20 días de AGOSTO de 2024.-
----------DECRETO N° 1.050/2.024
Concordia, 23 de agosto de 2024
VISTO que el día 03 de septiembre de 2024 tendrá lugar en nuestra ciudad la Jornada de Promoción de la Salud bajo el lema "15 Minutos para cuidar tu salud", organizada por la Fundación OSDE y OSDE Filial Río Uruguay; y,
CONSIDERANDO:
Que la Fundación OSDE y OSDE Filial Río Uruguay llevarán a cabo este acontecimiento en el marco de la celebración del Día Mundial del Corazón que se conmemora en el mes de septiembre, y se desarrollará en la Plaza 25 de Mayo con un horario previsto de 9:00 a 13:00 horas.
Que el objetivo principal de esta jornada es ofrecer a la comunidad la Posibilidad de realizar un chequeo rápido de factores de riesgo, así como fomentar la prevención de enfermedades no transmisibles.
Que los profesionales médicos participantes realizarán mediciones de parámetros clave para la prevención y detección temprana de enfermedades no transmisibles, o bien para mitigar sus consecuencias si ya están presentes.
Que esta iniciativa resulta de gran importancia, especialmente cuando es promovida por instituciones de reconocida trayectoria como la Fundación OSDE y OSDE Filial Río Uruguay, que llevaron a cabo una jornada similar el año anterior, obteniendo resultados sumamente productivos y positivos,
Que este Departamento Ejecutivo considera pertinente declarar de interés municipal este evento, dada la relevancia que tiene la difusión y el conocimiento sobre la prevención de enfermedades. La Municipalidad de Concordia, consustanciada con la labor que desarrolla la Fundación OSDE y OSDE y OSDE Filial Río Uruguay, y su rol en la promoción de la salud de la población, respalda plenamente esta iniciativa que busca mejorar la calidad de vida de nuestros ciudadanos.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas al Ejecutivo Municipal por el Artículo 107° de la Ley N° 10.027 y sus modificatorias, Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Declárase de Interés Municipal la Jornada de Promoción de la Salud bajo el lema “15 Minutos para cuidar tu salud", organizada por la Fundación OSDE y OSDE Filial Río Uruguay, que se llevará a cabo en nuestra ciudad el día 03 de septiembre de 2024, en la Plaza 25 de Mayo, en el horario de 9:00 a 13:00 horas, según lo expuesto en los considerandos del presente Decreto.
ARTICULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Secretaría de Gobierno y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente municipal
Dr. DIEGO ENRIQUE SAURE
Secretario de Salud.
---------- DECRETO N° 1.058/2024
Concordia, 23 de agosto de 2024
VISTO, lo dispuesto en la Ordenanza Nº 38.363/24 “Nueva Orgánica Municipal”, año 2024; y,
CONSIDERANDO:
Que la Ordenanza de referencia crea, las Secretarías, Subsecretarías y Direcciones del Departamento Ejecutivo Municipal.
Que en su Título III, Capítulo V, ARTÍCULO 73° establece las competencias de la Secretaría de Desarrollo Urbano mientras que en el ARTÍCULO 74° enumera las Subsecretarías y Direcciones que actuarán en su ámbito.
Que seguidamente, del ARTÍCULO 75° al 90° inclusive, se crean las Subsecretarías y Direcciones que componen esta Secretaría.
Que a su vez, en su ARTÍCULO 106° faculta al Departamento Ejecutivo a crear Coordinaciones, Departamentos y demás dependencias que fueren necesarias para el correcto funcionamiento de las Subsecretarías Direcciones.
Que, asimismo, corresponde disponer la cobertura de los cargos creados, designando a las personas que reúnen las condiciones de idoneidad y responsabilidad necesarias para desempeñar cada función.
Que en su ARTÍCULO 110°, esta normativa comienza a regir a partir del 1 de agosto del presente año, por lo que las dependencias creadas en el presente Decreto y las designaciones respectivas, serán a partir de la misma fecha.
Que el dictado de la presente medida se, efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal, por el ARTÍCULO 107°, inciso q) y u) de la Ley N°10.027/11 y modificatoria N°10.082/11 - Régimen de la Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTICULO 1°.- Establécese la Estructura Orgánica y Funcional de la Secretaría de Desarrollo Urbano, en los Departamentos, Coordinaciones, Divisiones y que la conforman, y que a continuación se detallan, en virtud de lo expresado en el considerando precedente.
TÍTULO I
De las dependencias directas de la Secretaría de Desarrollo Urbano
ARTÍCULO 2°.- Créase el Departamento Asesoría Legal, que entenderá en el asesoramiento legal integral a todo trámite administrativo en la Secretaría de Desarrollo Urbano, comprendiendo las siguientes funciones: visación y redacción de contratos relacionados a la Secretaría, resolución de expedientes, intervención y tramitación de expedientes judiciales colaborando con la Subsecretaría de Legal y Técnica de la Municipalidad, tramitación e inscripción de inmuebles de propiedad Municipal ante los respectivos registros, redacción de cartas documento; debiendo elevar informes semanales de gestión. Se relacionará con el Departamento Ejecutivo Municipal a través de la Secretaría de Desarrollo Urbano.
ARTÍCULO 3°.- Designase Jefe del Departamento Asesoría Legal a la Dra. MARÍA MAGDALENA PONTI, DNI N° 16.988.803, Legajo N° 9197; para el desempeño de las funciones asignadas en el ARTÍCULO 2° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1.
ARTICULO 4°.- Créase el Departamento de Asesoría Legal Urbano Ambiental, el que entenderá en el asesoramiento legal en relación a temáticas urbano-territoriales, como su ordenamiento, desarrollo, planificación y el resto de los instrumentos territoriales; así como también a las que estén vinculadas con el ambiente y sus cuencas hídricas, en todo trámite administrativo en la Secretaría, comprendiendo las siguientes funciones: redacción de contratos relacionados a la Secretaría, dictaminar en Expedientes, redacción de proyectos normativos, y en todo lo que se vincule a la materia urbano-ambiental. Se relacionará con el Departamento Ejecutivo Municipal a través de la Secretaría de Desarrollo Urbano.
ARTÍCULO 5º.- Designase Jefe del Departamento de Asesoría Legal Urbano Ambiental, a la Dra. GABRIELA ELISA PEREZ, DNI Nº 18.241.677; para el desempeño de las funciones asignadas en el ARTÍCULO 4° del presente Decreto. Tendrá rango de Departamento Político - Nivel 1.
ARTÍCULO 6°.- Créase el Departamento de Recursos Humanos que tendrá la función de control y registro de liquidaciones de horas extraordinarias, adicionales y complementos en concordancia con el presupuesto de la misma. Se relacionará con el Departamento Ejecutivo Municipal a través de la Secretaría de Desarrollo Urbano.
ARTÍCULO 7°.- Designase Jefe del Departamento de Recursos Humanos a la Agente EMA LUCRECIA SUBELDIA, DNI N° 27.168.464, Legajo N° 4489; para el desempeño de las funciones asignadas en el ARTÍCULO 6° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1.
ARTICULO 8°.- Créase el Área de Prensa: Entenderá en la creación de contenidos para su correspondiente publicación en los distintos medios de comunicación masivos ofreciendo una forma inteligente de comunicar, a través de producciones de acontecimientos, promocionando sitios web, realizando campañas de concientización. Así también se encargará de fortalecer los lazos con la comunidad, a través de los medios de comunicación, promoviendo contenidos en relación a todas las obras o servicios que presta la Secretaría, a la comunidad. Se relacionará con el Departamento Ejecutivo Municipal a través de la Secretaria de Desarrollo Urbano.
ARTÍCULO 9º.- Designase Jefa del Área de Prensa dependiente de la Secretaria de Desarrollo Urbano, a la Agente MARIELA ANDREA CAZARRÉ, DNI N° 26.188.096, Legajo 6139, que tendrá las funciones dispuestas en el ARTÍCULO 8°, del presente Decreto. Dicha Área tendrá Nivel 1.
ARTICULO 10°.- Créase el Departamento de Compras y Suministros, el tendrá a su cargo todas las gestiones administrativas relacionadas con compras de elementos a través del sistema correspondiente, suministros, costos, y/o todos los elementos adquiridos en las distintas reparticiones dependientes de la Secretaria de Desarrollo Urbano. Entenderá gestiones relacionadas con las compras de materiales, insumos y elementos necesarios para la ejecución de la política de la Secretaría, a través del sistema correspondiente y todo suministro. Se relacionará con el Departamento Ejecutivo Municipal a través de la Secretaría de Desarrollo Urbano.
ARTÍCULO 11º.- Designase Jefe del Departamento de Compras y Suministros al Cdor. FABRICIO ENRIQUE BRIKMAN, DNI Nº 21.984.039, Legajo N° 3403; para el desempeño de las funciones asignadas en el ARTÍCULO 10° del presente Decreto. Tendrá rango de Jefe de Departamento Político - Nivel 1.
ARTICULO 12º.- Créase el Área de Coordinación Administrativa de Compras y Suministros, que será competente en la coordinación de las unidades operativas de gestión para dar una eficiente resolución a los distintos expedientes. Se relacionará con la Secretaría de Desarrollo Urbano, a través del Departamento de Compras y Suministros.
ARTÍCULO 13º.- Designase Jefe del Área de Coordinación Administrativa de Compras y Suministros, al Agente DIEGO MARIO GABRIEL MIRANDA, DNI Nº 24.594.516, Legajo N° 2943; para el desempeño de las funciones asignadas en el ARTÍCULO 12° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1.
ARTÍCULO 14º.- Créase la División de Gestión Compras y Suministros de Obras Públicas, la que será competente de forma exclusiva en la recepción de pedidos de insumos y bienes de las áreas dependientes de la Subsecretaría de Obras, y su gestión ante el Departamento de Compras y Suministros. Se relacionará con la Secretaría de Desarrollo Urbano, a través del Departamento de Compras y Suministros.
ARTÍCULO 15º.- Desígnase Jefe de la División de Gestión Compras y Suministros de Obras Públicas al Agente HERNÁN FEDERICO ALMIRON, DNI Nº 32.659.118, Legajo N° 9602; para el desempeño de las funciones asignadas en el ARTÍCULO 14° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1.
ARTICULO 16°.- Créase la Coordinación General de Control de Obras y Proyectos, la que entenderá en las tareas de seguimiento de los procesos de las obras que ejecute la Municipalidad, por licitación pública o administración municipal; el control de cumplimiento de la documentación y normativa presentada en los pliegos de licitación, la mediación para los certificados de obra y las redeterminaciones de precios. Asimismo, se ocupará de la coordinación y asesoramiento en los proyectos de ingeniería y arquitectura, para la ejecución de las obras Públicas por los procedimientos de contrataciones vigentes. Controlará la documentación realizada por las tareas técnicas para los procedimientos de las contrataciones de las obras Públicas. Controlará las tramitaciones y/o documentaciones que se presenten para solicitar financiamiento con organismos provinciales o nacionales. Realizara el control y seguimiento de las gestiones para la ejecución de las obras Públicas. Se relacionará con el Departamento Ejecutivo Municipal a través de la Secretaría de Desarrollo Urbano.
ARTÍCULO 17º.- Designase Coordinador General de Control de Obras y Proyectos, al Ing. CARLOS HORACIO PASQUET, DNI N° 14.307.809; para el desempeño de las funciones asignadas en el ARTÍCULO 16° del presente Decreto. Tendrá rango de Departamento Político - Nivel 1.
ARTICULO 18°.- Créase la División Administración de la Secretaría de Desarrollo Urbano, la que entenderá en la orientación, tramitación y diligenciamiento de la gestión administrativa de la Secretaría de Desarrollo Urbano. Tendrá a su cargo la responsabilidad sobre la recepción, registración, ordenamiento, clasificación, seguimiento, y archivo de documentación respaldatoria, expedientes y actos administrativos. Coordinará y será responsable del cumplimiento de las funciones establecidas por la Secretaría. Se relacionará con el Departamento Ejecutivo Municipal a través de la Secretaría de Desarrollo Urbano.
ARTÍCULO 19°.- Desígnase Jefe de la División Administración de la Secretaría de Desarrollo Urbano, a la Agente LORENA ITATÍ CARDOZO, DNI N°26.173.098, Legajo N°5549; para el desempeño de las funciones asignadas en el ARTÍCULO 18° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1.
ARTÍCULO 20°.- Créase el Departamento de Gestión Territorial de Reclamos Ciudadanos, que tendrá como misión, función y competencia recibir, gestionar y dar seguimiento a los reclamos realizados por los ciudadanos sobre servicios municipales en el territorio, así como elaborar informes periódicos sobre las principales inquietudes y sugerencias planteadas por la comunidad. Se relacionará con el Departamento Ejecutivo Municipal a través de la Secretaría de Desarrollo Urbano.
ARTÍCULO 21º.- Designase Jefe del Departamento de Gestión Territorial de Reclamos Ciudadanos al Sr. HÉCTOR ADRIÁN MONTENEGRO, DNI N° 25. 173.796: para el desempeño y cumplimiento de las funciones asignadas en el ARTICULO Nº 20° del presente Decreto. Tendrá rango de Departamento Político - Nivel 1.
TÍTULO II
De las dependencias de la Subsecretaría de Obras Públicas
CAPÍTULO I
De las Dependencias Directas
ARTICULO 22°.- Créase la Coordinación de Mejoramiento de Obras y Servicios Urbanos, con rango de Departamento, la que tendrá a su cargo las tareas concernientes a la gestión de obras de reparación y mantenimiento en la trama vial y peatonal urbana. Controlará la ejecución y hará estudios y relevamientos de los servicios urbanos. Tendrá a su cargo todas las tramitaciones y actos administrativos inherentes a la Coordinación, como así también todo lo concerniente a la parte técnica y operativa. Trabajará coordinadamente con la Subsecretaría de Obras Públicas, Subsecretaría de Servicios Públicos y otras dependencias técnicas de competencia en el tema. Se relacionará con la Secretaría de Desarrollo Urbano a través de la Subsecretaría de Obras Públicas.
ARTÍCULO 23º.- Designase Coordinador de Mejoramiento de Obras y Servicios Urbanos al Agente Prof. JOSÉ LUIS FERRARI, DNI Nº 16.360.035, Legajo N° 2875; para el desempeño de las funciones asignadas en el ARTÍCULO 22° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1.
CAPÍTULO II
De la Dirección de Administración y Despacho
ARTÍCULO 24°.- Crease el Departamento Contable, el que entenderá en la coordinación y control del complimiento de la administración del presupuesto y de los recursos asignados a las direcciones, departamentos y/u otras áreas dependientes de la Secretaria. Tendrá a su cargo la realización y el control de las rendiciones de las cuentas extra-presupuestarias y/o cuentas especiales que sean creadas para los distintos programas (nacionales, provinciales) relacionados con la Secretaria. Controlará las distintas habilitaciones de cajas menores de la Secretaria. Elaborará el Presupuesto de la Secretaria en cuanto a los trabajos públicos. Coordinará con el Departamento de Compras y Suministros toda la tramitación necesaria destinada a insumos de la Secretaria de Desarrollo Urbano y Subsecretaría de Obras Públicas. Se relacionará con la Subsecretaría de Obras Públicas, a través de la Dirección de Administración y Despacho.
ARTÍCULO 25º.- Desígnase Jefe del Departamento Contable, a la Cra. NANCY GISELLA MUCHIUTTI, DNI Nº 28.458.074, Legajo Nº 9410; para el desempeño de las funciones asignadas en el ARTÍCULO 24° del presente Decreto. Sin liquidación del cargo.
ARTICULO 26º.- Créase el Departamento de Administración y Despacho, el que entenderá en todo lo relacionado a elaboración de resoluciones, decretos, proyectos de ordenanzas, notas internas y externas providencias, elaboración de informes, reproducción, autenticación, distribución, archivo, custodia de los ejemplares originales de los actos protocolizados, orientación de los trámites, control y seguimiento sistematizado de la documentación en trámite, recepción de los expedientes y todo trámite administrativo correspondiente a la Secretaria de Desarrollo Urbano y a la Subsecretaria de Obras Públicas. Debiendo elevar informes de toda tramitación y/o tareas efectuadas, a la Secretaría de Desarrollo Urbano, a través de la Dirección de Administración y Despacho. Se relacionará con la Subsecretaría de Obras Públicas a través de la Dirección de Administración y Despacho.
ARTÍCULO 27º.- Desígnase Jefe de Departamento de Administración y Despacho a la Agente Lic. DIANA NOEMÍ PREISLER, DNI Nº 24.594.443, Legajo N° 3104; para el desempeño de las funciones asignadas en el ARTÍCULO 26° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1.
ARTÍCULO 28º.- Crease la División Mesa de Entradas de Obras Públicas: Se ocupará de la atención al público en general, consultas, asesoramiento e inicio de trámites y entenderá en la recepción, registro de ingreso y egreso, búsqueda y distribución de Expedientes correspondientes a la Subsecretaria de Obras Públicas y de la Secretaria de Desarrollo Urbano, en el marco de las normativas vigentes. Se relacionará con la Subsecretaria de Obras Públicas a través de la Dirección de Administración y Despacho.
CAPÍTULO III
De la Dirección de Planeamiento Urbano y Territorial
ARTICULO 29°.- Créase el Departamento Obras Privadas, el que entenderá en todos los temas relacionados al control de las obras privadas e inspecciones a obras patrimoniales, el control y el cumplimiento del Código de Ordenamiento Urbano y Código de Edificación y toda norma relacionada. Se relacionará con la Subsecretaría de Obras Públicas a través de la Dirección de Planeamiento Urbano y Territorial.
ARTÍCULO 30°.- Designase Jefe del Departamento Obras Privadas al Agente M.M.O JORGE DANIEL GUTIÉRREZ, DNI Nº 16.406.263, Legajo N°1630; para el desempeño de las funciones asignadas en el ARTÍCULO 29° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1.
ARTICULO 31°.- Créase la División de Control de Documentación, la que tendrá las funciones de analizar, verificar y registrar todas las solicitudes de permisos de usos y documentaciones, someter según corresponda a la aprobación y/o registro conforme a las normativas vigentes como así también a la Verificación y actualización de los registros de Profesionales matriculados, Empresas Constructoras y estadísticas, avala con su firma e intervención sobre todas las documentaciones de obras particulares y/o oficiales que se tramitan en el Municipio, efectuando con el responsable del Departamento asumiendo las responsabilidades civiles como penales que le pudieran corresponder. Se relacionará con la Dirección de Planeamiento Urbano y Territorial a través del Departamento Obras Privadas.
ARTÍCULO 32°.- Designase Jefe de la División de Control de Documentación al Agente M.M.O JOSÉ LUIS VELLER, DNI Nº 17.309.601, Legajo N° 1679; para el desempeño de las funciones asignadas en el ARTÍCULO 31° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1.
ARTICULO 33°.- Créase la División de Obras y Registros, la que efectuará los análisis preliminares de las documentaciones iniciadas con respecto a las normativas vigentes (Código de Edificación y de Ordenamiento Urbano) y efectuará tareas de apoyo administrativo a la División Control de Documentación. Se relacionará con la Dirección de Planeamiento Urbano y Territorial a través del Departamento Obras Privadas.
ARTÍCULO 34º.- Designase Jefe de División de Obras y Registros al Agente M.M.O DIEGO LUIS ÁLVAREZ, DNI Nº 18.168.009, Legajo N°3380; para el desempeño de las funciones asignadas en el ARTÍCULO 33° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1.
ARTICULO 35°.- Créase la División de Inspecciones, que tendrá a su cargo el control de policía sobre la ejecución de los proyectos de construcciones e instalación en obras particulares y obras patrimoniales, velando por el cumplimiento de la normativa vigente, tendrá a su cargo la coordinación de inspecciones y actuaciones (actas, notificaciones, inspecciones de oficio) y toda gestión administrativa y/o verificación encomendada por la superioridad conforme a la normativa vigente. Se relacionará con la Dirección de Planeamiento Urbano y Territorial a través del Departamento Obras Privadas.
ARTÍCULO 36º.- Designase Jefe de División de Inspecciones a la Agente M.M.O MÓNICA FABIANA SCHAUVINHOLD, DNI Nº 12.781.039, Legajo N°3246; para el desempeño de las funciones asignadas en el ARTÍCULO 35° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1.
ARTICULO 37°.- Créase la División Archivo de Documentación de Obras, la que entenderá en la atención personalizada de los profesionales y contribuyentes en la atención de verificación y vista de antecedentes. Archivo organizado de documentaciones y tareas administrativas de apoyo coordinada por el Departamento. Se relacionará con la Dirección de Planeamiento Urbano y Territorial a través del Departamento Obras Privadas.
ARTÍCULO 38º.- Designase Jefe de División Archivo de Documentación de Obras al Agente CLAUDIO ALEJANDRO RODRÍGUEZ, DNI Nº 34.805.320, Legajo N°6063; para el desempeño de las funciones asignadas en el ARTÍCULO 37° del presente Decreto. Tendrá Nivel 2.
ARTICULO 39°.- Créase el Departamento Control Uso del Suelo y Patrimonio, el que entenderá en el desarrollo de proyecto de incidencia urbana, los temas relacionados al Código de Ordenamiento Urbano y Código de Edificación, los planes, proyectos y normativas generales, en colaboración al Departamento de Proyectos y Planificación, en el patrimonio arquitectónico, en el análisis y control de casos particulares de obras privadas y públicas que por su complejidad y/o importancia lo ameriten en el manejo y empleo del Sistema informático para la Administración Municipal (SIPAM). Análisis de las solicitudes de particulares y/o instituciones que requieran obras en espacios públicos, en la coordinación de los temas a tratar por la Comisión Asesora para la aplicación del Código de Ordenamiento Urbano y Territorial. Se relacionará con la Subsecretaría de Obras Públicas a través de la Dirección de Planeamiento Urbano y Territorial.
ARTÍCULO 40º.- Designase Jefe de Departamento Control Uso del Suelo y Patrimonio al Agente Arq. REYNALDO ALTAMIRANO DNI Nº 14.162.819, Legajo N° 3096; para el desempeño de las funciones asignadas en el ARTÍCULO 39° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1.
ARTICULO 41°.- Créase la División Uso del Suelo, la que entenderá en los aspectos relacionados con la programación y factibilidad de usos del suelo. Se relacionará y colaborar con el Departamento Obras Privadas. Se relacionará con la Dirección de Planeamiento Urbano y Territorial a través del Departamento Control Uso del Suelo y Patrimonio.
ARTÍCULO 42º.- Designase Jefe de División Uso del Suelo al Agente JOSÉ HÉCTOR RAGONE, DNI Nº 21.697.141, Legajo N° 2048; para el desempeño de las funciones asignadas en el ARTÍCULO 41° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1.
ARTICULO 43°.- Créase el Departamento Planificación, el que entenderá en todos los temas generales relacionados al Código de Ordenamiento Urbano y Código de Edificación, los planes, proyectos, normativas generales que se vinculen a la planificación urbana de la ciudad. Remitirá semanalmente a la Subsecretaría de Obras Públicas a través de la Dirección de Desarrollo Urbano y Territorial informe de las documentaciones presentada, analizadas y/o consultas, efectuadas conforme a las Ordenanzas vigentes. Se relacionará con la Subsecretaría de Obras Públicas a través de la Dirección de Planeamiento Urbano y Territorial.
ARTÍCULO 44º.- Designase Jefe del Departamento Planificación al Agente Arq. ENRIQUE ROSENDO DE GALLANO, DNI Nº 7.788.787, Legajo N°2055; para el desempeño de las funciones asignadas en el ARTÍCULO 43° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1.
CAPÍTULO IV
De la Dirección de Arquitectura
ARTICULO 45°.- Créase el Departamento Control de Obras de Arquitectura, el que entenderá en todos sistemas generales relacionados a la planificación, proyectos y control de todas las obras de arquitectura y equipamiento urbano que ejecute la Municipalidad, como así también tomará intervención por su complejidad y/o importancia que lo ameriten en los temas requeridos por la superioridad. Se relacionará con la Subsecretaría de Obras Públicas a través de la Dirección de Arquitectura.
ARTÍCULO 46º.- Designase Jefe del Departamento Control de Obras de Arquitectura al Agente Arq. SERGIO DARÍO CASARRE, DNI Nº 17.704.591, Legajo N° 3278; para el desempeño de las funciones asignadas en el ARTÍCULO 45° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1.
ARTICULO 47°.- Créase el Departamento Proyectos de Arquitectura, el que entenderá en la planificación, proyectos y control de todas las obras de Arquitectura y equipamiento urbano que ejecute la Municipalidad, y de proyectos de infraestructura pública para personas con capacidades diferentes. Deberá elevar a la Dirección de Arquitectura un informe semanal de toda tramitación y/o estado de obras. Se relacionará con la Subsecretaría de Obras Públicas a través de la Dirección de Arquitectura.
ARTÍCULO 48º.- Designase Jefe del Departamento Proyectos de Arquitectura al Agente Arq. DARÍO ANTONIO PELIZZARI, DNI Nº 16.989.460, Legajo N°9008; para el desempeño de las funciones asignadas en el ARTÍCULO 47° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1.
ARTICULO 49°.- Créase el Departamento de Mantenimiento de Edificios Municipales, la que entenderá en la ejecución, mejora y conservación de los distintos edificios Municipales, parques y paseos públicos, como así también apoyo a construcciones privadas cuando situaciones de emergencias así lo requieran, previa conformidad del Departamento Ejecutivo. Tendrá a su cargo todo trabajo de albañilería y pintura necesaria para la ejecución y refacción de plazas y paseos y toda otra obra de arquitectura requerida. También comprende las tareas de mantenimiento, conservación de los distintos edificios municipales, construcción, reparación, renovación y desobstrucción de las infraestructuras sanitarias de gas de los distintos edificios municipales. Deberá elevar a la Dirección de Arquitectura un informe semanal de toda tramitación y/o estado de obras. Se relacionará con la Subsecretaría de Obras Públicas a través de la Dirección de Arquitectura.
ARTÍCULO 50º.- Designase Jefe del Departamento de Mantenimiento de Edificios Municipales al Sr. JAVIER MARIO GRIMALDI, DNI Nº 18.211.134, Legajo N° 3552; para el desempeño de las funciones asignadas en el ARTÍCULO 49° del presente Decreto. Tendrá rango de Jefe de Departamento Político - Nivel 1.
ARTICULO 51°.- Créase la División Inspecciones de Obras, la que entenderá en las tareas de seguimiento de los procesos de las obras de arquitectura y equipamiento urbano que ejecute la Municipalidad, por licitación pública o administración municipal; el control del cumplimiento de la documentación y normativa presentada en los pliegos de licitación, y la medición para los certificados de obra. Deberá elevar a la Dirección de Arquitectura un informe semanal de toda tramitación y/o estado de obra. Se relacionará con la Subsecretaría de Obras Públicas a través de la Dirección de Arquitectura.
ARTÍCULO 52º.- Designase Jefe de la División Inspecciones de Obras al Agente Arq. ROBERTO ALEJANDRO ALMIRÓN, D.N.I Nº 28.333.402, Legajo N°9329; para el desempeño de las funciones asignadas en el ARTÍCULO 51° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1.
ARTICULO 53°.- Créase la División Operativa Administrativa, la que entenderá en las tareas de confección de cómputos y presupuestos de los proyectos realizados en la Dirección, y en la programación, coordinación y ejecución de técnicas administrativas. Asumirá toda otra tarea, responsabilidad o función que determine, encomiende y asigne la Dirección. Deberá elevar a la Dirección de Arquitectura un informe semanal de toda tramitación y/o estado de obra. Se relacionará con la Subsecretaría de Obras Públicas a través de la Dirección de Arquitectura.
ARTÍCULO 54º.- Designase Jefe de la División Operativa Administrativa a la Agente MARCELA IVANA PAES, DNI Nº 31.022.077, Legajo N° 6000; para el desempeño de las funciones asignadas en el ARTÍCULO 53° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1.
ARTICULO 55°.- Créase la División de Obras de Centros de Salud y CDI, la que entenderá en las tareas de coordinación y gestión de obras y proyectos relacionados a los Centros de Salud y Centros de Desarrollo Infantil, dependientes la Secretaría de Salud y Deportes. Coordinará los trabajos con las divisiones dependientes de la Dirección de Arquitectura. Deberá elevar a la Dirección de Arquitectura un informe semanal, de toda tramitación y/o estado de obra. Se relacionará con la Subsecretaría de Obras Públicas través de la Dirección de Arquitectura.
ARTÍCULO 56º.- Designase Jefe de la División de Obras de Centros de Salud y CDI a la Agente Arq. FLORENCIA GAIG, DNI Nº 27.848.863, Legajo N°9409; para el desempeño de las funciones asignadas en el ARTÍCULO 55° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1.
ARTÍCULO 57°.- Créase la División Proyecto y Control de Instalaciones Internas, la que tendrá a su cargo tareas de proyecto y supervisión de obras de instalaciones sanitarias domiciliarias de distintos edificios de la Municipalidad. Coordinará los trabajos con las divisiones dependientes de la Dirección de Arquitectura. Deberá elevar a la Dirección de Arquitectura un informe semanal de toda tramitación y/o estado de obras. Se relacionará con la Subsecretaría de Obras Públicas a través de la Dirección de Arquitectura.
ARTÍCULO 58º.- Designase Jefe de División Proyecto y Control de Instalaciones Internas al Agente M.M.O. JUAN MANUEL PARODI, DNI Nº 32.071.939, Legajo N°6563; para el desempeño de las funciones asignadas en el ARTÍCULO 57° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1.
ARTÍCULO 59º.- Créase la División de Mantenimiento: Entenderá en la coordinación de las tareas a realizar diariamente, a la organización de las cuadrillas, control de ejecución de los trabajos de mejora y conservación de los distintos edificios Municipales, parques y paseos públicos, como así también tendrá a su cargo todo trabajo de albañilería y pintura que surjan del uso y del tiempo en edificios municipales, plazas y paseos y toda otra obra de arquitectura requerida. Se relacionará con la Dirección de Arquitectura a través del Departamento Mantenimiento de Edificios Municipales.
ARTÍCULO 60º.- Designase Jefe de la División de Mantenimiento dependiente del Departamento Mantenimiento de Edificios Municipales de la Dirección de Arquitectura, al Agente CLAUDIO OLIVER STREDA, DNI N° 25.065.028, Legajo N° 2869, que tendrá las funciones dispuestas en el ARTÍCULO 59°, del presente Decreto. Tendrá Nivel 1.
CAPÍTULO V
De la Dirección de Ingeniería
ARTICULO 61°.- Créase el Departamento Técnico-Administrativo, la que entenderá en todo lo relacionado con informes técnicos administrativos de expedientes que se tramitan en la Dirección Ingeniería. Se relacionará con el resto de las dependencias de la Dirección a los efectos de coordinar definiciones técnicas. Realizará cómputo y presupuesto de obras. Realizará la liquidación de pavimentos que se construyen por administración o por terceros a los efectos de su percepción a través de la Dirección de Rentas. Realiza informes estadísticos de obras ejecutadas y del movimiento de la Dirección. Se relacionará con la Subsecretaría de Obras Públicas a través de la Dirección de Ingeniería.
ARTÍCULO 62º.- Designase Jefe del Departamento Técnico-Administrativo a la Agente MARÍA SILVIA CUEVAS, DNI Nº 30.691.413, Legajo N°8034; para el desempeño de las funciones asignadas en el ARTÍCULO 61° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1.
ARTICULO 63°.- Créase la División Topografía, la que entenderá en todos los aspectos relacionados a trabajos topográficos, de campo y en la administración. Tendrá a su cargo toda tarea inherente a la Dirección, en cuanto a tareas de topografía se refiera, debiendo elevar a la Dirección de Ingeniería semanalmente informe de toda tramitación y/o estado de obras. Se relacionará con la Subsecretaría de Obras Públicas a través de la Dirección de Ingeniería.
ARTÍCULO 64º.- Designase Jefe de la División Topografía al Agente SEBASTIÁN NAHUEL LUIS RIFFEL, DNI Nº 35.699.815, Legajo N°6346; para el desempeño de las funciones asignadas en el ARTÍCULO 63° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1.
ARTICULO 65°.- Créase la División Hidráulica, la que entenderá en todos los temas relacionados con los desagües pluviales. Realizará estudios hidrológicos de cuencas para definir caudales de forma tal de poder dimensionar hidráulicamente conductos y obras de arte. Realizará cómputo y presupuesto de obras hidráulicas. Se relacionará con la División Topografía para la realización de los relevamientos definición de cuencas. Se relacionará también con la División Vial para la definición y diseño de sentidos de escurrimiento. Debiendo elevar a la Dirección de Ingeniería semanalmente informe de tramitación y/o estado de obras. Se relacionará con la Subsecretaría de Obras Públicas a través Dirección de Ingeniería.
ARTÍCULO 66°.- Designase Jefe de División Hidráulica a la Agente MARÍA VALERIA TUGNARELLI, DNI Nº 31.724.492, Legajo N°8038; para el desempeño de las funciones asignadas en el ARTÍCULO 65° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1.
ARTICULO 67°.- Créase la División Vial, la que entenderá en todo lo relacionado con el proyecto de pavimentos, cordón cuneta y badenes. Realizará relevamientos planialtimétricos en conjunto con la División Topografía a los efectos de definir niveles de proyecto, pendientes y ubicación de badenes. Realizará cómputo y presupuesto de obras viales. Interviene en la definición de niveles de vereda para las futuras construcciones particulares que se tramitan a través del Departamento Obras Privadas. Se relacionará con la División Hidráulica para la definición y diseño de sentidos de escurrimiento. Debiendo elevar a la Dirección de Ingeniería semanalmente informe de toda tramitación y/o estado de obras. Se relacionará con la Subsecretaría de Obras Públicas a través de la Dirección de Ingeniería.
ARTÍCULO 68º.- Designase Jefe de la División Vial al Agente M.M.O. SANTIAGO RICARDO PÉREZ, DNI Nº 13.575.467, Legajo 2076; para el desempeño de las funciones asignadas en el ARTÍCULO 67° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1.
ARTICULO 69°.- Créase la División Gas Natural, la que entenderá en todo lo relacionado con obras de extensión de red de gas natural que se realizan en la Ciudad. Participará en la confección de la documentación necesaria para la tramitación ante Gas Nea y la Secretaría de Energía de la Provincia, como así también en el seguimiento e inspección de obras. Liquidación de visados para obras particulares de extensión de gas. Debiendo elevar a la Dirección de Ingeniería semanalmente informe de toda tramitación y/o estado de obras. Se relacionará con la Subsecretaría de Obras Públicas a través de la Dirección de Ingeniería.
ARTÍCULO 70º.- Designase Jefe de la División Gas Natural al Agente Ing. IVÁN CRISTHIAN DANIEL LUNA, DNI Nº 26.964.277, Legajo 8033; para el desempeño de las funciones asignadas en el ARTÍCULO 69° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1.
ARTICULO 71°.- Créase la División Administrativa, la que entenderá en la recepción, registro, ingreso, egreso y búsqueda de Expedientes y todo trámite administrativo correspondiente a la Dirección de Ingeniería. Tramitara los libre deuda de obras de pavimento, cordón cuneta y conexiones sanitarias domiciliarias, solicitadas por la Dirección de Rentas. Realizará la tramitación de reposición de pavimento por conexiones sanitarias domiciliarias. Debiendo elevar a la Dirección de Ingeniería semanalmente informe de toda tramitación y/o estado de obras. Se relacionará con la Subsecretaría de Obras Públicas a través de la Dirección de Ingeniería.
ARTÍCULO 72°.- Desígnase Jefa de la División Administrativa a la Agente GLADIS MABEL ENRIQUE, DNI Nº 18.250.148, Legajo N° 2681; para el desempeño de las funciones asignadas en el ARTÍCULO 71° del presente Decreto. Tendrá Nivel 3.
ARTICULO 73°.- Créase el Área de Administración de Limpieza de Desagües Pluviales (Defensa Sur), la que entenderá al desarrollo de las tareas administrativas emanadas por dicha Área en todo lo referente al Sistema Defensa Sur y desagües pluviales de la ciudad. Se relacionara con la Subsecretaría de Obras Públicas a través de la Dirección de Ingeniería.
ARTÍCULO 74º.- Designase Jefe del Área de Administración de Limpieza de Desagües Pluviales (Defensa Sur) al Agente EDGARDO GABRIEL NOGUERA, DNI Nº 28.650.429, Legajo N°5796; para el desempeño de las funciones asignadas en el ARTÍCULO 73° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1.
ARTICULO 75°.- Créase el Área Logística – Técnica de Limpieza de Desagües Pluviales (Defensa Sur), la que entenderá en el desarrollo de las tareas logísticas - técnicas emanadas por dicha Área en todo lo referente al Sistema Defensa Sur y desagües pluviales de la ciudad. Se relacionara con la Subsecretaría de Obras Públicas a través de la Dirección de Ingeniería.
ARTÍCULO 76°.- Designase Jefe de Área Logística – Técnica de Limpieza de Desagües Pluviales (Defensa Sur) al Agente SEBASTIÁN JOSÉ DEILS BOURLOT, DNI Nº 35.082.292, Legajo N°6495; para el desempeño de las funciones asignadas en el ARTÍCULO 75° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1.
ARTICULO 77°.- Créase el Área Logística – Técnica de Reparación de Desagües Pluviales, la que entenderá al desarrollo de las tareas logísticas - técnicas de reparación emanadas desde la Dirección de Ingeniería, en todo lo referente a sistemas de desagües pluviales de la ciudad. Se relacionara con la Subsecretaría de Obras Públicas a través de la Dirección de Ingeniería.
ARTÍCULO 78°.- Designase Jefe de Área Logística – Técnica de Reparación de Desagües Pluviales al Agente M.M.O. RUBÉN GABRIEL RICO, DNI Nº 16.360.485, Legajo N° 1342; para el desempeño de las funciones asignadas en el
ARTÍCULO 77° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1.
ARTICULO 79°.- Créase el Área de Administración - Técnica de Reparación de Desagües Pluviales, la que entenderá en el desarrollo de las tareas administrativas emanadas desde el Área Logística – Técnica de Reparación de Desagües Pluviales de la Dirección de Ingeniería, en todo lo referente a sistemas de desagües pluviales de la ciudad. Se relacionara con la Subsecretaría de Obras Públicas a través de la Dirección de Ingeniería.
ARTÍCULO 80º.- Desígnase Jefe del Área de Administración – Técnica de Reparación de Desagües Pluviales al Agente M.M.O. JOSÉ MARÍA BERNEDA, DNI Nº 21.699.459, Legajo N°4916; para el desempeño de las funciones asignadas en el ARTÍCULO 79° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1.
TÍTULO III
De las dependencias de la Subsecretaría de Servicios Públicos
CAPÍTULO I
De la Dirección de Administración y Despacho
ARTÍCULO 81°.- Créase el Departamento Administración: que tendrá a su cargo la elaboración de actos administrativos – Decretos, Ordenanzas, Resoluciones, Memorándum, Circulares internas, Contratos, Convenios – siguiendo las pautas que establezca la superioridad. Se ocupará del control y registro del personal, e informará semanalmente a la Dirección. Se relacionará con la Subsecretaría de Servicios Públicos a través de la Dirección de Administración y Despacho.
ARTÍCULO 82°.- Designase Jefa del Departamento Administración, a la Agente MARÍA EUGENIA NOBLEGA, DNI N° 27.590.619, Legajo N° 3210; para el desempeño de las funciones asignadas en el ARTÍCULO 81° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1.
ARTÍCULO 83°.- Créase el Área Administrativa: Entenderá en las tareas administrativas, orientación y diligenciamiento de los expedientes inherentes a la Dirección, como asimismo, en la programación, coordinación y ejecución de toda tarea administrativa y/o función que determine, encomiende y asigne la Dirección. Se relacionará con la Dirección de Administración y Despacho, a través del Departamento Administración.
ARTÍCULO 84°.- Designase Jefa de Área Administrativa, a la Agente ANABELIA ROMINA BENITEZ, DNI N° 28.333.467, Legajo N° 5642; para el desempeño de las funciones asignadas en el ARTÍCULO 83° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1.
ARTÍCULO 85°.- Créase el Área de Mesa de Entradas, que entenderá en la recepción, registro, ingreso, egreso y búsqueda de Expedientes y todo trámite administrativo correspondiente en el marco de las normativas vigentes de la Subsecretaría de Servicios Públicos. Se relacionará con la Dirección de Administración y Despacho, a través del Departamento Administración.
ARTÍCULO 86°.- Designase Jefa del Área de Mesa de Entradas, a la Agente MARIELA ALICIA MEDINA, DNI N° 18.503.174, Legajo N° 3446; para el desempeño de las funciones asignadas en el ARTÍCULO 85° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1.
ARTICULO 87°- Créase el Área Mesa de Entradas de la Subsecretaría de Servicios Públicos: Se ocupará de la atención al público en general, consultas, asesoramiento e inicio de trámites y entenderá en la recepción, registro de ingreso y egreso, búsqueda y distribución de Expedientes correspondientes a la Subsecretaría de Servicios Públicos, en el marco de las normativas vigentes. Se relacionará con la Secretaría de Desarrollo Urbano a través de la Subsecretaría de Servicios Públicos.
ARTÍCULO 88°- Desígnase Jefa del Área Mesa de Entradas de la Subsecretaría de Servicios Públicos, a la Agente SILVIA ANDREA TAVELLA, DNI N° 20.248.762, Legajo Nº 4984, que tendrá las funciones dispuestas en el ARTICULO 87°, del presente Decreto. Tendrá Nivel 1.
ARTÍCULO 89°- Créase el Departamento Compras y Suministros de Servicios Públicos: Entenderá sobre todas las gestiones administrativas relacionadas con las adquisiciones de materiales, elementos e insumos varios a través del sistema correspondiente, como así también tendrá el registro de suministros, costos, y/o todos los elementos adquiridos en las distintas reparticiones dependientes de la Subsecretaría. Entenderá en las gestiones con proveedores relacionadas a presupuestos de materiales, insumos y elementos necesarios para la ejecución de los trabajos y servicios necesarios a fin de dar cumplimiento con los objetivos de esta Gestión de gobierno. Debiendo elevar a la Subsecretaría a través de la Dirección Administración y Despacho, informes de toda tramitación y/o tareas efectuadas en su ámbito. Se relacionará con la Subsecretaría de Servicios Públicos a través de la Dirección de Administración y Despacho.
ARTICULO 90°.- Designase Jefe del Departamento Compras y Suministros de Servicios Públicos al Señor JORGE RAMON TRENTIN, DNI N° 13.198.867, Legajo N° 3369, que tendrá las funciones dispuestas en el ARTÍCULO 89°, del presente Decreto. Decreto. Tendrá rango de Departamento Político - Nivel 1.
ARTÍCULO 91°.- Créase la División Puerto, la que entenderá en todo lo relativo al mantenimiento y control del Puerto de Concordia. Se relacionará con la Secretaria de Desarrollo Urbano a través de la Subsecretaría de Servicios Públicos.
ARTÍCULO 92°.- Designase Jefe de División Puerto al Agente LUIS AMÉRICO RAMOS, DNI 12.426.047, Legajo N° 2522, para el desempeño de las funciones asignadas en el ARTÍCULO 91° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1.
CAPÍTULO II
De la Dirección de Obras Viales y Mantenimiento
ARTICULO 93°.- Créase la Coordinación General, que se ocupará de organizar e informar previamente a la Dirección el cronograma de actividades, asignar los roles y responsabilidades al personal en las tareas a desarrollar, el abastecimiento de materiales y herramientas de trabajo. Coordinación, seguimiento y control de tareas, para el caso de subcontratos de obra; y todo lo requerido por el Director a fin de lograr una eficiente operatividad de la Dirección de Obras Viales y Mantenimiento. Elevará regularmente, informes de análisis y gestión a la Dirección. Se relacionará con la Subsecretaría de Servicios Públicos a través de la Dirección de Obras Viales y Mantenimiento.
ARTÍCULO 94°.- Designase Coordinador General al Ing. SANTIAGO JOAQUÍN S D´AVILA, DNI N° 35.297.200, Legajo N° 8089; para el desempeño de las funciones asignadas en ARTÍCULO 93° del presente Decreto. Tendrá rango de Departamento Político Nivel 1.
ARTÍCULO 95°.- Créase el Departamento de Inspección de Obras, que entenderá en lo concerniente a la inspección y controles de calidad conforme a norma de los trabajos realizados; identificación, relevamiento y diagnóstico de patologías viales, y sus respectivas propuestas técnicas. Confección de pliegos para licitación, junto al Coordinador General y siguiendo los lineamientos de la Dirección. Tomará intervención por su complejidad y/o importancia en los temas requeridos por la superioridad. Documentará las actividades y elevará regularmente informes de análisis y gestión a la Dirección. Se relacionará con la Subsecretaría de Servicios Públicos a través de la Dirección de Obras Viales y Mantenimiento.
ARTÍCULO 96°.- Designase Jefe del Departamento de Inspección de Obras al Ing. MATEO SASTRE, DNI N° 40.805.167, Legajo N° 3728; para el desempeño de las funciones asignadas en ARTÍCULO 95° del presente Decreto. Tendrá rango de Departamento Político Nivel 1.
ARTÍCULO 97°.- Créase la División Administrativa, que entenderá en el control y registro de las tareas de cada unidad operativa, herramientas y materiales, para su posterior stock manual. Remitirá los pedidos de materiales y herramientas a la Unidad Operativa Gestión de Compras y Suministros Servicios Públicos. Elevará informes semanales de gestión a la Dirección. Se relacionará con la Subsecretaría de Servicios Públicos, a través de la Dirección de Obras Viales y Mantenimiento.
ARTÍCULO 98°.- Designase Jefe de la División Administrativa al Agente CARLOS LUIS MORENO ALONSO, DNI N° 29.170.443, Legajo N° 5820; para el desempeño de las funciones asignadas en ARTÍCULO 97° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1.
ARTÍCULO 99°.- Créase la División Operativa, que asistirá a la coordinación general en la distribución de equipos, materiales y recursos humanos, para las tareas de bacheo, pavimentación y cordón cuneta en distintos sectores de la ciudad, según cronograma de actividades. Se relacionará con la Dirección de Obras Viales y Mantenimiento a través de la Coordinación General.
ARTÍCULO 100°.- Designase Jefe de la División Operativa al Agente GREGORIO LORENZO LAZZARONI, DNI N° 16.793.940, Legajo N° 5081; para el desempeño de las funciones asignadas en ARTÍCULO 99° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1.
ARTÍCULO 101°.- Créase la División de Coordinación Interna que se ocupará de la preparación, de acuerdo al cronograma de actividades, de los materiales, equipos y recursos humanos para el funcionamiento de la Planta Hormigonera, Planta Asfáltica y Herrería, asegurando los insumos para las tareas realizadas por la División Operativa. Se relacionará con la Dirección de Obras Viales y Mantenimiento a través de la Coordinación General.
ARTÍCULO 102°.- Designase Jefe de la División de Coordinación Interna al Agente JOSÉ MARÍA FRANCO, DNI N° 14.162.822, Legajo N° 5030; para el desempeño de las funciones asignadas en ARTÍCULO 101° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1.
ARTÍCULO 103°.- Créase el Área Operativa Pavimentación y Bacheo de Asfalto, que será responsable de las tareas de pavimentación, bacheo, juntas y toda tarea que implique el uso de este material. A su vez colaborará con el resto de las unidades operativas que dependen de la División Operativa, cuando la superioridad así lo requiera. Se relacionará con la Dirección de Obras Viales y Mantenimiento a través de la División Operativa.
ARTÍCULO 104°.- Designase Jefe del Área Operativa Pavimentación y Bacheo de Asfalto al Agente JUAN EDUARDO VILCHE, DNI N° 23.907.670, Legajo N° 5036; para el desempeño de las funciones asignadas en ARTÍCULO 103° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1.
ARTÍCULO 105°.- Créase el Área Operativa de Contingencia, que será refuerzo en las tareas de pavimentación, bacheo de hormigón y asfalto, cordón cuneta, drenajes pluviales, bocas de registro o cualquier otra tarea requerida por la superioridad, dentro de las competencias de la Dirección. Integrará la Junta de Defensa Civil ante cualquier emergencia, trabajando coordinadamente con las Direcciones de las Subsecretarías de Obras Públicas y Ambiente, que la Secretaría de Desarrollo Urbano considere. Se relacionará con la Coordinación General, a través de la División Operativa.
ARTÍCULO 106°.- Designase Jefe del Área Operativa de Contingencia al Agente PEDRO RODOLFO ZALAZAR, DNI N° 28.586.460, Legajo N° 5026; para el desempeño de las funciones asignadas en ARTÍCULO 105° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1.
ARTÍCULO 107°.- Créase el Área Operativa Planta Asfáltica, que tendrá como responsabilidad el mantenimiento, reparación y puesta en funcionamiento de la Planta de Asfalto en caliente, para su posterior provisión a las áreas de pavimentación y bacheo. Se relacionará con la Coordinación General a través de la Coordinación Interna.
ARTÍCULO 108°.- Designase Jefe del Área Operativa Planta Asfáltica al Agente PABLO FERNANDO TARABINI, DNI N°: 26.877.656, Legajo N° 5406; para el desempeño de las funciones asignadas en ARTÍCULO 107° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1.
ARTÍCULO 109°.- Créase el Área Operativa Planta de Hormigón, que tendrá como responsabilidad el mantenimiento, reparación y puesta en funcionamiento de la Planta, para la elaboración de hormigón para las distintas unidades operativas que lo requieran. Se relacionará con la Coordinación General a través de la Coordinación Interna.
ARTÍCULO 110°.- Designase Jefe del Área Operativa Planta de Hormigón al Agente JOSÉ MARÍA MARTINEZ, DNI N° 29.014.307, Legajo N° 5034; para el desempeño de las funciones asignadas en ARTÍCULO 109° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1.
ARTÍCULO 111°.- Créase la Coordinación de Calles sin Pavimentar, que se ocupará de asistir técnicamente en las tareas de nivelación, escarificado y compactación, y riego de calles sin pavimentar. Se ocupará también de la distribución de agua potable en los diferentes barrios, según indique el Coordinador General. Se relacionará con la Dirección de Obras Viales y Mantenimiento a través de la Coordinación General.
ARTÍCULO 112°.- Designase Coordinador de Calles sin Pavimentar al Ing. IGNACIO FERNANDEZ MULLER, DNI N° 40.991.833, para el desempeño de las funciones asignadas en ARTÍCULO 111° del presente Decreto. Tendrá rango de Departamento Político Nivel 3.
ARTÍCULO 113°.- Créase el Área Operativa Riego y Provisión de Agua, se ocupará de inspeccionar regularmente las calles sin pavimentar y detectar los lugares que deben ser parte del cronograma de riego de mantenimiento. A su vez, tendrá a cargo la distribución de agua potable en los distintos barrios de la ciudad. Se relacionará con la Coordinación General a través de la Coordinación de Calles sin Pavimentar.
ARTÍCULO 114°.- Designase Jefe del Área Operativa Riego y Provisión de Agua al Agente JUAN CARLOS YURMAN, DNI N° 12.426.887, Legajo N° 1463; para el desempeño de las funciones asignadas en ARTÍCULO 113° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1.
ARTÍCULO 115°.- Créase el Área Operativa de Nivelación, Escarificado y Compactación, que se ocupará de llevar adelante las tareas de nivelación, escarificado y compactación, siguiendo los lineamientos de la superioridad. Se relacionará con la Coordinación General a través de la Coordinación de Calles sin Pavimentar.
ARTÍCULO 116°.- Designase Jefe del Área Operativa de Nivelación, Escarificado y Compactación al Agente ANTONIO ARGENTINO CONTINANZA, DNI N° 10.911.380, Legajo N° 586; para el desempeño de las funciones asignadas en
ARTÍCULO 115° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1.
ARTICULO 117°.- Créase el Área Bacheo de Hormigón: Será responsable de las tareas de bacheo en los pavimentos de hormigón. A su vez, colaborará con el resto de las Áreas que dependen de la División Operativa, cuando la superioridad así lo requiera. Se relacionará con la Coordinación General, a través de la División Operativa.
ARTICULO 118°.- Designase Jefe de Área Bacheo de Hormigón, al Agente JORGE OSCAR OVIEDO, DNI N° 16.794.013, Legajo N° 2555, que tendrá las funciones dispuestas en el ARTÍCULO 117°, del presente Decreto. Tendrá Nivel 1.
ARTÍCULO 119°- Créase el Área Cordones Cunetas: Será responsable de la construcción y reparación de cordones cuneta de hormigón. A su vez, colaborará con el resto de las Áreas que dependen de la División Operativa, cuando la superioridad así lo requiera. Se relacionará con la Coordinación General, a través de la División Operativa.
ARTÍCULO 120°- Designase Jefe del Área Cordones Cunetas al Agente DANIEL ALEJANDRO LOGGIO, DNI N° 30.213.362, Legajo N° 5021, que tendrá las funciones dispuestas en el ARTÍCULO 119°, del presente Decreto. Tendrá Nivel 1.
ARTICULO 121°.- Créase el Área Mantenimiento de Pluviales: Será responsable del mantenimiento de la obra civil del sistema de drenaje pluvial para su correcto funcionamiento. A su vez, colaborará con el resto de las reparticiones de la Secretaría, cuando la superioridad así lo requiera. Se relacionará con la Coordinación General, a través de la División Operativa.
ARTICULO 122°.- Designase Jefe del Área Mantenimiento de Pluviales al Agente DIONISIO MARCOS BERDUN, DNI N° 21.775.293, Legajo N° 5038, que tendrá las funciones dispuestas en el ARTICULO 121°, del presente Decreto. Tendrá Nivel 1.
ARTÍCULO 123°.- Créase el Área Mantenimiento de Bocas de Registro: Será responsable de la inspección, recolocación y/o reemplazo, de todas las bocas de registro del sistema de drenaje pluvial y cloacal. A su vez, colaborará con el resto de las reparticiones de la Secretaria, cuando la superioridad así lo requiera. Se relacionará con la Coordinación General, a través de la División Operativa.
ARTÍCULO 124°.- Designase Jefe de Área Mantenimiento de Bocas de Registro, al Agente DANIEL OSCAR GONZALEZ, DNI N° 13.793.325, Legajo N° 2434, que tendrá las funciones dispuestas en el ARTÍCULO 123° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1.
ARTÍCULO 125°- Créase el Área Herrería: Se ocupará de la construcción y reparación de rejas para los sistemas de desagües pluviales, aberturas y rejas para los distintos edificios municipales, herramientas, soldaduras y toda tarea de herrería que se le solicite. Se relacionará con la Coordinación General a través de la División Coordinación Interna.
ARTÍCULO 126°- Designase Jefe de Área Herrería, al Agente ALEJANDRO OLIVA, DNI N° 26.673.852, Legajo N° 5013, que tendrá las funciones dispuestas en el ARTICULO 125°, del presente Decreto. Tendrá Nivel 1.
ARTÍCULO 127°- Créase el Área Mantenimiento de Planta Asfáltica: Se ocupará del mantenimiento, reparación y puesta en funcionamiento de la Planta Asfáltica. Se relacionará con la Coordinación General a través de la División Coordinación Interna.
ARTÍCULO 128°- Designase Jefe del Área Mantenimiento de Planta Asfáltica, al Agente RENÉ FABIÁN ALMIRÓN, DNΙ Ν° 20.765.056, Legajo N 5800, que tendrá las funciones dispuestas en el ARTÍCULO 127°, del presente Decreto. Tendrá Nivel 1.
ARTICULO 129°- Créase el Área Logística y Distribución de Hormigón e Insumos: Se ocupará de llevar y distribuir el hormigón y todo otro insumo necesario, a las correspondientes obras llevadas a cabo por la Dirección, y de acuerdo a indicaciones dadas por la superioridad. Se relacionará con la Coordinación General a través de la División Coordinación Interna.
ARTICULO 130°- Designase Jefe de Área Logística y Distribución de Hormigón e Insumos, al Agente JUAN ANTONIO FAVRE, DNI N° 21.775.146, Legajo N°5011, que tendrá las funciones dispuestas en el ARTÍCULO 129°, del presente Decreto. Tendrá Nivel 1.
CAPÍTULO III
De la Dirección de Talleres y Depósitos
ARTÍCULO 131°.- Créase el Departamento de Administración, el que coordinará las necesidades de adquisición y/o provisión por repartición de repuestos, combustibles, lubricantes y otros. Cooperará con la Dirección de Administración y Despacho en lo que ésta le requiera. Se relacionará con la Subsecretaría de Servicios Públicos a través de la Dirección de Talleres y Depósitos.
ARTÍCULO 132°.- Designase Jefe del Departamento de Administración a la Sra. ANALIA ALEJANDRA OVIEDO, DNI N° 31.706.500, Legajo N° 3383, para el desempeño de las funciones asignadas en ARTÍCULO 131º del presente Decreto. Tendrá rango de Departamento Político Nivel 3.
ARTÍCULO 133°.- Créase el Departamento Mecánica Turno Mañana, el que entenderá en las tareas de mantenimiento y reparación de todo el parque Automotor Municipal y brindará asesoramiento técnico al Director de Talleres y Depósitos durante el Turno Mañana. Se relacionará con la Subsecretaría de Servicios Públicos a través de la Dirección de Talleres y Depósitos.
ARTÍCULO 134°.- Designase Jefe del Departamento Mecánica Turno Mañana, al Sr. LUIS HÉCTOR AGUILAR, DNI N° 13.178.475 Legajo N° 3987, para el desempeño de las funciones asignadas en ARTÍCULO 133º del presente Decreto. Sin Liquidación del cargo.
ARTÍCULO 135°.- Créase el Departamento Mecánica Turno Tarde, el que entenderá en las tareas de mantenimiento y reparación de todo el parque Automotor Municipal y brindará asesoramiento técnico al director de Talleres y Depósitos durante el Turno Tarde. Se relacionará con la Subsecretaría de Servicios Públicos a través de la Dirección de Talleres y Depósitos.
ARTÍCULO 136°.- Designase Jefe del Departamento Mecánica Turno Tarde, al Sr. NÉSTOR JULIÁN BACCON, DNI N° 33.510.283, Legajo N° 3488, para el desempeño de las funciones asignadas en ARTÍCULO 135º del presente Decreto. Tendrá rango de Departamento Político Nivel 3.
ARTÍCULO 137°.- Créase el Departamento de Depósito y Combustible, que tendrá la función de la custodia y provisión de combustible e insumos para las distintas tareas a realizarse, así como también el registro de todos los retiros. Se relacionará con la Subsecretaria de Servicios Públicos a través de la Dirección de Talleres y Depósitos.
ARTÍCULO 138°.- Designase Jefe del Departamento de Depósito y Combustible a la Sra. LARA NOELIA PAMELA MOROSINI, DNI N° 34.681.218, Legajo N° 3388, para el desempeño de las funciones asignadas en ARTÍCULO 137º del presente Decreto. Tendrá rango de Departamento Político Nivel 3.
ARTÍCULO 139°.- Créase el Departamento Depósito General, que tendrá a su cargo la custodia y provisión de herramientas para las distintas tareas a realizarse en el taller mecánico, así como también la custodia y registro de todos los materiales depositados. Se relacionará con la Subsecretaría de Servicios Públicos a través de la Dirección de Talleres y Depósitos.
ARTÍCULO 140°.- Designase Jefe del Departamento Depósito General, al Agente Ángel Daniel DOVAL, DNI N° 16.801.691, Legajo N° 9383; para el desempeño de las funciones asignadas en ARTÍCULO 139° del presente Decreto. Sin liquidación del cargo.
ARTÍCULO 141°.- Créase el Área Operativa y Logística de Vehículos Livianos Turno mañana, que tendrá a su cargo el registro del uso y movimientos de las unidades. Intervendrá en la designación y coordinación de choferes. Se relacionará con la Subsecretaría de Servicios Públicos a través de la Dirección de Talleres y Depósitos.
ARTÍCULO 142°.- Designase Jefe del Área Operativa y Logística de Vehículos Livianos Turno Mañana al Agente MARCELO GABRIEL FERNÁNDEZ, DNI N° 24.467.164, Legajo N° 3149; para el desempeño de las funciones asignadas en ARTÍCULO N° 141 del presente Decreto. Tendrá Nivel 1.
ARTÍCULO 143°.- Créase el Área Operativa y Logística de Vehículos Livianos Turno Tarde, que tendrá a su cargo el registro del uso y movimientos de las unidades. Intervendrá en la designación y coordinación de choferes. Se relacionará con la Subsecretaría de Servicios Públicos a través de la Dirección de Talleres y Depósitos.
ARTÍCULO 144°.- Designase Jefe del Área Operativa y Logística de Vehículos Livianos Turno Tarde al Agente EDUARDO MARTÍN BENÍTEZ, DNI N° 25.575.381, Legajo N° 2970; para el desempeño de las funciones asignadas en ARTÍCULO 143º del presente Decreto. Tendrá Nivel 1.
ARTÍCULO 145°. Créase el Área Herrería: Entenderá en la reparación, fabricación y mantenimiento de componentes metálicos en general. Se relacionará con la Subsecretaria de Servicios Públicos a través de la Dirección de Talleres y Depósitos.
ARTÍCULO 146°.- Designase Jefe del Área Herrería dependiente de la Dirección de Talleres y Depósitos, al Agente JUAN GABRIEL AYALA, DNI N° 29.014.495, Legajo N 6158, que tendrá las funciones dispuestas en el ARTICULO 145°, del presente Decreto. Tendrá Nivel 1.
ARTÍCULO 147°.- Créase el Área Gomería Turno Mañana que entenderá en la reparación y mantenimiento del engomado vehicular del parque automotor durante el turno de mañana. Se relacionará con la Subsecretaría de Servicios Públicos a través de la Dirección de Talleres y Depósitos.
ARTÍCULO 148°.- Desígnase Jefe del Área Gomería Turno mañana, al Agente NÉSTOR OSCAR NARVAEZ, DNΙ Ν° 32.548.252, Legajo N 6292, que tendrá las funciones dispuestas en el ARTÍCULO 147°, del presente Decreto. Tendrá Nivel 1.
ARTÍCULO 149°.- Créase el Área Gomería Turno Tarde que entenderá en la reparación y mantenimiento del engomado vehicular del parque automotor durante el turno de tarde. Se relacionará con la Subsecretaría de Servicios Públicos a través de la Dirección de Talleres y Depósitos.
ARTÍCULO 150°.- Desígnase Jefe del Área Gomería Turno Tarde al Agente ARMANDO GUILLERMO ALANIS, DNΙ Ν° 25.806.976, Legajo N° 6485, que tendrá las funciones dispuestas en el ARTÍCULO 149°, del presente Decreto. Tendrá Nivel 1.
ARTÍCULO 151°.- Créase el Área Chapa y Pintura: Tendrá a su cargo la restauración de chapa y pintura de los automotores municipales. Se relacionará con la Subsecretaría de Servicios Públicos a través de la Dirección de Talleres y Depósitos.
ARTICULO 152°.- Créase el Área Carpintería: Tendrá a su cargo el mantenimiento y fabricación de amueblamiento en general. Se relacionará con la Subsecretaría de Servicios Públicos a través de la Dirección de Talleres y Depósitos.
ARTICULO 153°.- Designase Jefe del Área Carpintería, al Agente JORGE ANGEL BENITEZ, DNI N° 20.457.555, Legajo N° 2808, que tendrá las funciones dispuestas en el ARTÍCULO 152°, del presente Decreto. Tendrá Nivel 1.
ARTICULO 154°.- Créase el Área Vehículos Pesados Turno Mañana, que entenderá en el control de las necesidades, provisión y recepción de los componentes requeridos destinados a mantenimiento y reparación del parque automotor y máquinas viales durante el turno de mañana. Se relacionará con la Subsecretaría de Servicios Públicos a través de la Dirección de Talleres y Depósitos.
ARTICULO 155°.- Designase Jefe del Área Vehículos Pesados Turno Mañana, al Agente JOSÉ MANUEL GASTARDELLO, DNI N° 13.198.294, Legajo N° 4567, que tendrá las funciones dispuestas en el ARTÍCULO 154° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1.
ARTICULO 156°.- Créase el Área Vehículos Pesados Turno Tarde, que entenderá en el control de las necesidades, provisión y recepción de los componentes requeridos destinados a mantenimiento y reparación del parque automotor y máquinas viales durante el turno de la tarde. Se relacionará con la Subsecretaría de Servicios Públicos a través de la Dirección de Talleres y Depósitos.
ARTICULO 157°.- Designase Jefe del Área Vehículos Pesados Turno tarde al Agente CLAUDIO HUMBERTO GIAQUINTO, DNI N° 28.586.453, Legajo N 5779, que tendrá las funciones dispuestas en el ARTÍCULO 156°, del presente Decreto. Tendrá Nivel 1.
ARTÍCULO 158.-° Créase el Área Electricidad y Electrónica del Automotor: Entenderá en todo lo concerniente a la parte eléctrica del automotor de los vehículos municipales, así como de la custodia de los materiales necesarios para el desarrollo de sus tareas. Se relacionará con la Subsecretaria de Servicios Públicos a través de la Dirección de Talleres y Depósitos.
ARTÍCULO 159°.- Designase Jefe del Área Electricidad y Electrónica del Automotor, al Agente ANGEL MOISES BAEZ, DNI N° 35.558.240, Legajo N° 5969, que tendrá las funciones dispuestas en el ARTICULO 158°, del presente Decreto. Tendrá Nivel 1.
ARTÍCULO 160°.- Créase el Área Señalización y Demarcación vial: Tendrá a su cargo todo lo relacionado con la pintura y demarcación de cordones cunetas, cruce peatonal, y todo lo concerniente a trabajos de demarcaciones y señalética urbana. Se relacionará con la Subsecretaria de Servicios Públicos a través de la Dirección de Talleres y Depósitos.
CAPÍTULO IV
De la Dirección de Electrotecnia
ARTÍCULO 161°.- Créase el Departamento Administración quien entenderá en las gestiones relacionadas con las tramitaciones administrativas, mesa de entrada, trámites de conexiones eléctricas, ascensores, facturaciones de servicios, compras y convenios. Colaborará con la Dirección de Administración y Despacho en todo lo que ésta requiera. Se relacionará con la Subsecretaría de Servicios Públicos a través de la Dirección de Electrotecnia y Comunicaciones.
ARTÍCULO 162°.- Designase Jefa del Departamento Administración a la Agente VALERIA IVANA GALEANO, DNI N° 33.124.643, Legajo N° 6162; para el desempeño de las funciones asignadas en el ARTÍCULO 161° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1.
ARTICULO 163º.- Créase el Departamento Mantenimiento y Ejecución de Obras, entenderá el mantenimiento y ejecución de las obras de alumbrado público en calles y paseos públicos. También comprenderá el mantenimiento y ejecución de obras en los edificios municipales, conexiones eléctricas para eventos y de reparticiones públicas. Así como, toda obra de índole eléctrica. Se relacionará con la Subsecretaria de Servicios Públicos a través de la Dirección de Electrotecnia y Comunicaciones.
ARTÍCULO 164°.- Designase Jefe del Departamento Mantenimiento y Ejecución de Obras al Agente JORGE LUIS COUTINHO, DNI N° 21.773.599, Legajo N° 2214; para el desempeño de las funciones asignadas en el ARTÍCULO 163° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1.
ARTICULO 165º.- Créase el Área Operativa Obras Eléctricas, la que entenderá todo lo relacionado a la coordinación, control y supervisión del personal, equipo y materiales para la ejecución de obras gestionadas por la Dirección a través del Departamento de Mantenimiento y Ejecución de Obras además coordinará con el Área Operativa de Señales Luminosas y Semáforos el uso de los equipos para la ejecución de obras. Se relacionará con la Dirección de Electrotecnia y Comunicaciones a través del Departamento Mantenimiento y Ejecución de Obras.
ARTÍCULO 166°.- Designase Jefe del Área Operativa Obras Eléctricas al Agente DIEGO PABLO MANUEL BRITOS, DNI N° 32.296.235, Legajo N° 5822; para el desempeño de las funciones asignadas en el ARTÍCULO 165° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1.
ARTICULO 167º.- Créase el Departamento Alumbrado Público, Estudios y Proyectos: Entenderá todo lo relacionado al alumbrado público, convenios, conservación y mantenimiento así como la confección de los proyectos de Índole eléctrico y sus cálculos lumínicos correspondientes como su seguimiento y control. También generará los indicadores de gestión y base de datos de las obras ejecutadas para su seguimiento. Realizará los estudios de consumos de energía y facturación para su correcta contratación y ahorro. Podrá coordinar todas las demás Áreas y Departamentos de la Dirección. Se relacionará con la Subsecretaría de Servicios Públicos a través de la Dirección de Electrotecnia y Comunicaciones.
ARTÍCULO 168°.- Designase Jefe del Departamento Alumbrado Público, Estudios y Proyectos dependiente de la Dirección de Electrotecnia y Comunicaciones, al Agente ORLANDO OSCAR YACONANGELO, DNI N° 25.872 280, Legajo N° 8032, que tendrá las funciones dispuestas en el ARTÍCULO 167°, del presente Decreto. Tendrá Nivel 1.
ARTICULO 169º - Créase el Departamento Comunicación, el que tendrá a su cargo lo relativo a todo tipo de comunicaciones, entendiendo lo referente a telefonía fija y Móvil, tendido de fibra óptica entre dependencias Municipales con sus enlaces y antenas correspondientes, centrales telefónicas internas, alarmas, relojes digitales de horarios y presentismos, así como control, coordinación, empadronamiento de Agentes y sincronización de los mismos, tratamientos de expediente externos e internos relacionados con obras de Comunicaciones así como la facturación de los servicios relacionados, análisis de los proyectos presentados para la aprobación de instalaciones de antenas y cámaras tanto en dependencias municipales como lugares públicos, debiendo elevar a la Dirección semanalmente informe de toda la tramitación efectuada. También tendrá a su cargo la transmisión de la Repetidora canal Público. Se relacionará con la Subsecretaria de Servicios Públicos a través de la Dirección de Electrotecnia y Comunicaciones.
ARTÍCULO 170°.- Designase Jefe del Departamento Comunicación al Agente DIEGO JAVIER DEGRACIA, DNI N° 32.514.245, Legajo N° 8172; para el desempeño de las funciones asignadas en el ARTÍCULO 169° del presente Decreto. Sin Liquidación del cargo.
ARTICULO 171º.- Créase el Departamento Señales Luminosas, Semáforos y Video vigilancia Urbana (911), el que tendrá a su cargo todo lo relativo a las señales luminosas y semáforos en la vía pública, así como montajes, control, coordinación y sincronización de los mismos. Se relacionará con la Subsecretaria de Servicios Públicos a través de la Dirección de Electrotecnia y Comunicaciones.
ARTÍCULO 172°.- Designase Jefe del Departamento Señales Luminosas, Semáforos y Video vigilancia Urbana (911) al Agente PABLO MARCELO PERALTA, DNI N° 26.628.502, Legajo N° 3135; para el desempeño de las funciones asignadas en el ARTÍCULO 171° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1.
ARTÍCULO 173°.- Créase el Área Video vigilancia Urbana (911), la que tendrá el diligenciamiento de Instalación, tendido de fibra óptica entre dependencias Municipales y puntos de Video vigilancia con sus enlaces y antenas correspondientes mantenimiento e inspección de las cámaras urbanas y sala de Monitoreo, comprendiente mantenimiento, proyección y obras de ampliación de las mismas. Se relacionará con la Dirección de Electrotecnia y Comunicaciones a través del Departamento Señales Luminosas, Semáforos y Video vigilancia Urbana (911).
ARTÍCULO 174°.- Designase Jefe de Área Video vigilancia Urbana (911) al Agente NICOLÁS MARTIN RASCOVAN, DNI N° 36.169.740, Legajo N° 9524; para el desempeño de las funciones asignadas en el ARTÍCULO 173° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1.
ARTÍCULO 175°.- Créase la División Inspecciones, la que tendrá a su cargo todo lo relativo a las inspecciones que conciernen a obras de índole eléctricas y comunicaciones sobre las cuales tenga incumbencias la Dirección de Electrotecnia y Comunicaciones como por ejemplo, obras por terceros y propias en la vía pública, bajada de energía, relevos técnicos, verificación del correcto emplazamiento de las instalaciones pertenecientes a empresas de servicios públicos así como otras inspecciones de este carácter que la Dirección de Electrotecnia y Comunicaciones crea conveniente realizar. Se relacionará con la Subsecretaria de Servicios Públicos a través de la Dirección de Electrotecnia y Comunicaciones.
ARTÍCULO 176°.- Designase Jefe División Inspecciones al Agente NICOLÁS ORLANDO MANCINELLI, DNI N° 27.507.503, Legajo N° 8088; para el desempeño de las funciones asignadas en el ARTÍCULO 175° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1.
CAPÍTULO V
De la Dirección de Cementerio Municipal
ARTÍCULO 177°.- Créase el Área Operativa Cementerio que entenderá en todo lo relacionado a la coordinación y supervisión de tareas y actividades operativas en dicho predio. Se relacionará con la Subsecretaria de Servicios Públicos a través de la Dirección de Cementerio Municipal.
ARTÍCULO 178°.- Designase Jefe del Área Operativa Cementerio al Agente CARLOS RUBÉN SANTA CRUZ, DNI N° 18.141.320, legajo N° 2390, para el desempeño de las funciones asignadas en el ARTÍCULO 177° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1.
TÍTULO IV
De las dependencias de la Subsecretaría de Ambiente
CAPÍTULO I
De las dependencias directas de la Subsecretaría de Ambiente
ARTÍCULO 179°.- Créase la Coordinación de Administración y Despacho, que será competente en la orientación y diligenciamiento de la gestión administrativa de la Subsecretaría. Tendrá a su cargo la responsabilidad sobre la recepción de expedientes, registración, ordenamiento, clasificación, seguimiento y archivo de documentación respaldatoria. Coordinará y será responsable del cumplimiento de las funciones asignadas a las áreas a su cargo. Se relacionará con la Secretaría de Desarrollo Urbano a través de la Subsecretaría de Ambiente.
ARTÍCULO 180°.- Designase Coordinadora de Administración y Despacho a la Sra. CAROLINA GUIRALDES, DNI N° 23.967.618, Legajo N° 3707; para el desempeño de las funciones asignadas en el ARTÍCULO 179° del presente Decreto. Tendrá rango de Departamento Político - Nivel 1.
ARTÍCULO 181°.- Créase la División Administrativa, que tendrá a su cargo la elaboración de actos administrativos – Decretos, Ordenanzas, Resoluciones, Memorándum, Circulares internas, Contratos, Convenios – siguiendo las pautas que establezca la superioridad. Se ocupará del control y registro del personal, e informará semanalmente a la Dirección. Se relacionará con la Subsecretaría de Ambiente a través de la Coordinación de Administración y Despacho.
ARTÍCULO 182°.- Designase Jefe de la División Administrativa a la Agente LIDIA SOLEDAD DE LOS SANTOS CARDOZO, DNI N° 25.872.064, Legajo N° 4919; para el desempeño de las funciones asignadas en el ARTÍCULO 181° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1.
ARTÍCULO 183°.- Créase el Departamento Compras y Suministros, que se ocupará tanto de las tareas administrativas que indique la superioridad, como de la gestión para las compras y la provisión de insumos del área, llevando los respectivos registros y elevando semanalmente a la Coordinación los informes de gestión. Se relacionará con la Subsecretaría de Ambiente a través de la Coordinación de Administración y Despacho.
ARTÍCULO 184°.- Designase Jefa del Departamento Compras y Suministros a la Sra. LUISINA ELIN CONTE, DNI N° 31.537.375, Legajo N° 3729; para el desempeño de las funciones asignadas en el ARTÍCULO 183° del presente Decreto. Tendrá rango de Departamento Político - Nivel 1.
ARTICULO 185.- Créase el Departamento Técnico Ambiental, que tendrá a su cargo el asesoramiento técnico en materia ambiental, respecto al manejo, gestión y tratamiento de los residuos de cualquier tipo y en todo tema vinculado a la gestión ambiental, siguiendo las pautas que establezca la superioridad. Se relacionará con la Subsecretaría de Ambiente a través de la Coordinación de Administración y Despacho.
ARTICULO 186º.- Designase Jefa del Departamento Técnico Ambiental, a la Ing. PAOLA NATALIA SINNER, DNI Nº 27.569.277; para el desempeño de las funciones asignadas en el ARTÍCULO 185° del presente Decreto. Tendrá rango de Departamento Político Nivel 1.
CAPÍTULO II
De la Dirección de Recolección de Residuos
ARTÍCULO 187°.- Créase el Departamento Guardia Ambiental, que se ocupará de cuidar, vigilar y evitar que se deposite y/o se queme basura de ningún tipo en espacios que no se encuentren habilitados a tal efecto dentro del ámbito de la ciudad de Concordia. Se relacionará con la Subsecretaría de Ambiente a través de la Dirección de Recolección de Residuos.
ARTÍCULO 188°.- Designase Jefe del Departamento Guardia Ambiental al Sr. JUAN JOSÉ MARTINOLI, Legajo N° 9468, para el desempeño de las funciones asignadas en el ARTÍCULO 187° del presente Decreto. Tendrá rango de Departamento Político - Nivel 1.
ARTÍCULO 189°.- Créase la División de Recolección de Residuos Turno Mañana que se ocupará de la recolección de residuos, de acuerdo a los lineamientos de la Dirección, durante el turno mañana. Se relacionará con la Subsecretaría de Ambiente a través de la Dirección de Recolección de Residuos.
ARTÍCULO 190°.- Designase Jefe de la División de Recolección de Residuos Turno Mañana al Agente JOSÉ MANUEL DAVID GIL, DNI N° 16.406.339, Legajo N° 1642; para el desempeño de las funciones asignadas en el ARTÍCULO 189° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1.
ARTÍCULO 191.- Créase la División de Recolección de Residuos Turno Tarde que se ocupará de la recolección de residuos, de acuerdo a los lineamientos de la Dirección, durante el turno tarde. Se relacionará con la Subsecretaría de Ambiente a través de la Dirección de Recolección de Residuos.
ARTÍCULO 192°.- Desígnase Jefe de la División de Recolección de Residuos Turno Tarde al Agente OSCAR MARCELO MENDIETA, DNI N° 21.060.196, Legajo N° 1974; para el desempeño de las funciones asignadas en el ARTÍCULO 191° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1.
ARTÍCULO 193.- Créase la División de Recolección de Residuos Turno Noche que se ocupará de la recolección de residuos, de acuerdo a los lineamientos de la Dirección, durante el turno noche. Se relacionará con la Subsecretaría de Ambiente a través de la Dirección de Recolección de Residuos.
ARTÍCULO 194°.- Designase Jefe de la División de Recolección de Residuos Turno Noche al Agente SANTIAGO ANÍBAL CARDOZO, DNI Nº 23.009.424, Legajo N° 2391; para el desempeño de las funciones asignadas en el ARTÍCULO 193° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1.
CAPÍTULO III
De la Dirección de Higiene Urbana
ARTÍCULO 195°.- Créase el Área de Poda, Desmalezado y Limpieza, que se ocupará de la poda de ramas y quita de malezas y su consecuente limpieza, en terrenos y edificios municipales y en las calles de la ciudad, limpieza de arroyos y alcantarillas, siguiendo los lineamientos de la Dirección. Colaborará con las tareas del resto de las áreas cuando la superioridad así lo indique. Se relacionará con la Subsecretaría de Ambiente a través de la Dirección de Higiene Urbana.
ARTÍCULO 196°.- Designase Jefe del Área de Poda, Desmalezado y Limpieza al Agente NORBERTO CÉSAR LARROSA, DNI N° 30.527.074, Legajo N° 5072; para el desempeño de las funciones asignadas en el ARTÍCULO 195° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1.
ARTÍCULO 197°.- Créase el Área Control y Logística, que se ocupará de la conformación, orientación y control de los diferentes equipos de trabajo y cuadrillas, herramientas y logística, tareas de herrería y mantenimiento, de acuerdo a los lineamientos de la Dirección. Además, se ocupará de la recolección de efluentes de los pozos domiciliarios Será apoyo logístico en eventos deportivos y culturales. Ante eventos climatológicos extremos, actuará en Defensa Civil. Colaborará con las tareas del resto de las áreas cuando la superioridad así lo indique. Se relacionará con la Subsecretaría de Ambiente a través de la Dirección de Higiene Urbana.
ARTÍCULO 198°.- Designase Jefe del Área Control y Logística al Agente JORGE GUSTAVO COSTA, DNI N° 25.173.892, Legajo N° 4967; para el desempeño de las funciones asignadas en el ARTÍCULO 197° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1.
ARTÍCULO 199°.- Créase el Área Erradicación de Microbasurales, que se ocupará de la inspección, detección y erradicación de microbasurales en toda la ciudad. Además, tendrá a su cargo el retiro de ramas. Colaborará con las tareas del resto de las áreas cuando la superioridad así lo indique. Se relacionará con la Subsecretaría de Ambiente a través de la Dirección de Higiene Urbana.
ARTÍCULO 200°.- Desígnase Jefe del Área Erradicación de Microbasurales al Agente JOSÉ MARÍA VELÁZQUEZ, DNI N° 22.930.558, Legajo N° 2519; para el desempeño de las funciones asignadas en el ARTÍCULO 199° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1.
CAPÍTULO IV
De la Dirección de Parques y Paseos
ARTÍCULO 201°.- Créase el Departamento de Diseño de Espacios Públicos, que se ocupará de organizar, asesorar, dirigir y controlar las acciones para la conservación de especies en el Jardín Botánico; en lo referente al mantenimiento, limpieza y desmalezado de parques, plazas y espacios verdes de la ciudad; el manejo de pastizales naturales, evaluando, programando y ejecutando el mantenimiento y utilización de las especies y formaciones vegetales que integran las poblaciones y reservas naturales. Realizará relevamientos de suelos y programará métodos de conservación; manejo, recuperación y habilitación de los mismos con fines paisajísticos. Se relacionará con la Subsecretaría de Ambiente a través de la Dirección de Parques y Paseos.
ARTÍCULO 202°.- Designase Jefe del Departamento de Diseño de Espacios Públicos a la Sra. MARÍA GABRIELA MENDIBURU, DNI N° 13.519.009, Legajo N° 3377; para el desempeño de las funciones asignadas en el ARTÍCULO 201° del presente Decreto. Tendrá rango de Jefe de Departamento Político - Nivel 1.
ARTÍCULO 203.- Créase la Coordinación de Mantenimiento del Vivero, que se ocupará del asesoramiento y manejo para la obtención de árboles para ser plantados en la vía pública, y en todo lo concerniente al Vivero Municipal. Se relacionará con la Subsecretaría de Ambiente a través de la Dirección de Parques y Paseos.
ARTÍCULO 204°.- Designase Coordinadora de Mantenimiento del Vivero a la Sra. IRMA RAQUEL GALLI, DNI N° 13.940.679, Legajo N° 9710; para el desempeño de las funciones asignadas en el ARTÍCULO 203° del presente Decreto. Sin liquidación del cargo.
ARTÍCULO 205°.- Créase la División de Trabajo de Campo, que se ocupará de organizar, distribuir y supervisar, los recursos humanos y materiales en la ejecución de las tareas de poda, desmalezado y limpieza, así como atender las emergencias resultantes de la actuación en Defensa Civil y como consecuencia de acontecimientos climáticos. Se relacionará con la Subsecretaría de Ambiente a través de la Dirección de Parques y Paseos.
ARTÍCULO 206°.- Designase Jefe de la División de Trabajo de Campo al Agente DIEGO JAVIER GÓMEZ, DNI N° 26.877.699, Legajo N° 15041; para el desempeño de las funciones asignadas en el ARTÍCULO 205° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1.
CAPÍTULO V
De la Dirección de Saneamiento Ambiental
ARTÍCULO 207°.- Créase la División Inspecciones Ambientales, que se ocupará de la vigilancia ambiental en los espacios residenciales, industriales, comerciales y de servicios, para evitar cualquier tipo de contaminación, labrando las respectivas actas de constatación y las notificaciones de infracción; del control de ruidos molestos; de la gestión de residuos sólidos urbanos y especiales, tratamiento y disposición final; de las habilitaciones, traslado y clausura de las actividades comerciales, industriales, educativas y de recreación. Se relacionará con la Subsecretaría de Ambiente a través de la Dirección de Saneamiento Ambiental.
ARTÍCULO 208°.- Designase Jefe de la División Inspecciones Ambientales al Agente RUBÉN ANTONIO RIVERO, DNI N° 18.241.858, Legajo N° 3473; para el desempeño de las funciones asignadas en el ARTÍCULO 207° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1.
ARTÍCULO 209°.- Créase la División Servicios Ambientales, que se ocupará de todas las acciones pertinentes al control y erradicación de insectos, mediante la aplicación localizada de productos de acción residual y de volteo con el fin de impedir infestaciones. Se relacionará con la Subsecretaría de Ambiente a través de la Dirección de Saneamiento Ambiental.
ARTÍCULO 210°.- Designase Jefe de la División Servicios Ambientales al Agente CARLOS MARCELO GONZÁLEZ, DNI N° 24.469.228, Legajo N° 2824; para el desempeño de las funciones asignadas en el ARTÍCULO 209° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1.
ARTÍCULO 211°.- Créase la División Parque del Abasto, que se ocupará de las actividades administrativas relacionadas al funcionamiento, coordinar el ingreso de camiones y control vehicular, registrar horarios de servicio en el lugar, del orden y limpieza en planta, control de distribución de materiales, control de cumplimiento de normas de conducta, coordinación y supervisión de los procedimientos de calidad. Se relacionará con la Subsecretaría de Ambiente a través de la Dirección de Saneamiento Ambiental.
ARTÍCULO 212°.- Designase Jefe de la División Parque del Abasto al Agente PEDRO RAMÓN OZUNA, DNI N° 23.907.678, Legajo N° 2278; para el desempeño de las funciones asignadas en el ARTÍCULO 211° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1.
TÍTULO V
Disposiciones complementarias
ARTICULO 213°.- La presente disposición se dicta de conformidad a lo previsto en las Ordenanza Nº 38.363/24.
ARTICULO 214°.- Déjase sin efecto toda disposición y norma que se oponga al presente Decreto.
ARTICULO 215°.- Dispónese que las creaciones y designaciones establecidas en el presente Decreto, comenzarán a regir a partir del 1 de Agosto de 2024.
ARTICULO 216°.- Remitase copia a la Dirección de Recursos Humanos y a la Dirección de Liquidación de Haberes, a sus efectos.
ARTICULO 217°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y oportunamente, archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente municipal
Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA
Secretario de coordinación de Gabinete y Hacienda
Arq. ALEJANDRO ENRIQUE LOPEZ
Secretario de Desarrollo Urbano.
---------- DECRETO N° 1.059/2.024.
Concordia, 23 de agosto de 2024
VISTO la presentación efectuada por la Señora ALANIS GLADYS HAYDEE, DNI 12.126.651, legajo NO 2912, obrante a fojas 1 del expediente N° 66 “A" 2024, por la que eleva su renuncia al cargo a partir del 1° de Agosto de 2024, a efectos de acogerse a la jubilación otorgada por la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos, asimismo solicita el pago de licencias adeudadas, aguinaldo proporcional y el subsidio (Art.77°, Ord, N° 11275) y,
CONSIDERANDO:
Que por Resolución 002199 de fecha 22 de Mayo de 2024 de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos, se concedió el beneficio de la Jubilación por edad avanzada a la Señora ALANIS GLADYS HAYDEE, DNI 12.126.651.
Que la Directora de Recursos Humanos informa al respecto.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos solicita informe si la agente tiene embargos, deudas por adelantos de sueldos, licencias ordinarias pendientes.
Que la Encargada Control Deudas Créditos Especiales informa que la agente municipal Alanis Gladys Haydee, Legajo N° 2912, a la fecha NO registra deuda de Créditos Especiales (Adelanto de Sueldo).
Que la Dirección de Recursos Humanos solicita informe si a la misma le practican y/o tiene embargos pendientes, ya que la Señora Alanis Gladys Haydee, Legajo N° 2912, presento » renuncia al cargo a partir del 1° de Agosto de 2024.
Que la Directora de Liquidaciones, informa que la Agente Alanis Gladys Haydee, Legajo NO 2912, en la actualidad no registra embargos activos ni en espera.
Que la Dirección de Recursos Humanos informa que la agente Alanis Gladys Haydee, Legajo N° 2912, DNI 12.126.651, presta servicios en este municipio desde el 01/06/1999, revista como personal mensual, categoría N° 22, dependiente de la Secretaria de Gobierno, Dirección de Prevención y Seguridad Municipal. Dicha agente tendría pendiente, 2 (dos) días de licencia del año 2022, 30 (treinta) días de licencia del año 2023 y 18 (dieciocho) días proporcionales de la licencia del corriente año y aguinaldo proporcional 20 semestre/24- El artículo 77° Bis de la Ordenanza N° 11.275/49, establece: "En caso de jubilación, los empleados que acrediten el efectivo otorgamiento de la misma, dentro de un plazo de 90 (noventa) días de concedida, tendrá derecho a un subsidio equivalente a tres sueldos básicos correspondientes a la categoría 20°".
Que por Dictamen N° 1455/24 la Dirección de Asuntos Jurídicos dando visto a las presentes actuaciones venidas a consulta y dictamen, el requerimiento de fojas 1, de la agente ALANIS GLADYS HAYDEE, Legajo N° 2912, la resolución de fs. 2 emitida por la Caja de Jubilaciones y Pensiones. de Entre Ríos y mediante la que se acredita el beneficio de Jubilación por edad avanzada, esta Dirección no tiene objeción que formular respecto a la aceptación de la renuncia y además entiende que corresponde hacer lugar al pago de las licencias pendientes 2 (dos) días de licencia año 2022, 30 (treinta) días de licencia año 2023 y 18 (dieciocho) días proporcionales de la licencia del corriente año, aguinaldo proporcional 2° semestre/24 y el subsidio por jubilación establecido en el artículo 77° Bis de la Ordenanza N° 11.275-49 correspondiente a tres sueldos básicos de la categoría N° 20.
Que la Dirección de Recursos Humanos da el visto al Dictamen N° 1455/24 a fin de que se realice el dictado del acto administrativo correspondiente.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107°, incisos u) de la Ley N° 10.027, modificada a través de la Ley N° 10.082 - Régimen de las, Municipalidades de la Provincia de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTICULO 1°.- Aceptar a partir del 1° de Agosto de 2024 la renuncia presentada por la Señora Alanis Gladys Haydee, DNI 12.126.651, Legajo N° 2912, con motivo de haberse acogido a los beneficios de la Jubilación por edad avanzada otorgada por la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos.
ARTICULO 2°.- Disponer se liquide y abone a la Señora Alanis Gladys Haydee, el pago de las licencias pendientes, dos (2) días del 2022, treinta (30) días de licencia 2023 y dieciocho (18) días proporcionales de la licencia del corriente año, aguinaldo proporcional 2° semestre/24 y el subsidio por jubilación establecido en el artículo 77° Bis de la Ordenanza N° 11.275-49 correspondiente a tres sueldos básicos de la categoría N° 20.
ARTICULO 3°.- Notificar por la Dirección de Recursos Humanos a la Ex Agente ALANIS GLADYS HAYDEE, de los dispuesto en los artículos 1 y 2 del presente, cumplimentado pase al Departamento de Liquidaciones.
ARTICULO 4°.- Comuníquese, regístrese, publíquese y oportunamente archívese.-
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente municipal
Dr. LUCIANO DELL´OLIO
Secretario de Gobierno.
