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SUMARIO
Los siguientes Decretos y Resoluciones conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
Decreto: 362/2.025, 355/2.025 y 348/2.025.- Resoluciones: 38.567, 38.568, 38.569, 38.570, 38.571, 38.572, 38.573, 38.574, y 38.575.
DECRETO N° 348/2.025Los siguientes Decretos y Resoluciones conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
Decreto: 362/2.025, 355/2.025 y 348/2.025.- Resoluciones: 38.567, 38.568, 38.569, 38.570, 38.571, 38.572, 38.573, 38.574, y 38.575.
Concordia, 18 de marzo de 2.025
VISTO, la presentación efectuada por el señor FACUNDO MATIAS BENITEZ, D.N.I. Nº 25.288.308, mediante Expediente Nº 1.350.516, en el cual corrige un error de materia respecto a la presentación de un Recurso de Apelación Jerárquica efectuada por el Señor Martínez Facundo Matías, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante Expediente Nº 492 “S”/2023, se instruyó sumario administrativo al agente FACUNDO MATIAS BENITEZ, Legajo Nº 6254, D.N.I. Nº 25.288.308, ponderando su condena penal a DOS AÑOS DE PRISIÓN DE CUMPLIMIENTO CONDICIONAL dictada en los autos caratulados: BENITEZ FACUNDO MATIAS Y OTROS S/ COMERCIO DE ESTUPEFACIENTES, TENENCIA DE ESTUPEFACIENTES CON FINES DE COMERCIALIZACIÓN – LEGAJO PENAL Nº 10986/21.
Que el mencionado agente resultó condenado como co autor material por los delitos que le fueron imputados, es decir comercio de estupefacientes, tenencia de estupefacientes con fines de comercialización.
Que en fecha 11/04/2.024, se hace presente el Agente Facundo Matías Benítez, quien manifiesta que se presentará con abogado defensor.
Que en la misma fecha el Señor Benítez designa su abogado defensor, recayendo tal representación legal en el Dr. Diego Hernán Briceño.
Que en fecha 18/04/2024 el letrado del señor Benítez fue notificado de la Resolución que dispone la apertura a prueba de la causa.
Que en fecha 16/05/2.024, el sumariado Señor Facundo Matías Benítez, resulta notificado de la clausura del periodo probatorio y de la puesta a disposición del sumariante para presentar el respectivo alegato.
Que en fecha 24/05/2.024, se dicta Resolución por parte del Organismo Instructor recomendando la Cesantía del Sumariado Sr. Benítez.
Que en fecha 25/10/2.024, el Tribunal de Disciplina aconseja aplicar al Agente Facundo Matías Benítez la sanción disciplinaria de Cesantía.
Que mediante Decreto Nº 1596/2024 de fecha 19/11/2024, se aprueba el Sumario Administrativo, disponiéndose aplicar al agente Facundo Matías Benítez la sanción de Cesantía.
Que en fecha 28/11/2.024, mediante un escrito, radicado bajo Expediente Nº 1.350.400, el Señor Facundo Matías Martínez, interpone Recurso de Apelación Jerárquica.
Que en fecha 03/12/2.024, mediante un nuevo escrito, ahora radicado bajo Expediente Nº 1.350.516, el Señor Facundo Matías Benítez, expresa la circunstancia de haber cometido error involuntario en su presentación de fecha 28/11/2.024, ponderando haber hecho constar en su encabezamiento que el supuesto presentante sería el Señor Facundo Matías Martínez, cuando en la realidad de los hechos el actor real sería el Señor Facundo Matías Benítez.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos mediante Dictamen Nº 2806/24 de fecha 27/12/2.024, mediante el cual entre otros argumentos expresa: “… El recurso interpuesto con la nominación expresada a fs. 1 a 5 del Exp. Nº 1350400, no se encuentra previsto en la Legislación Municipal – Ordenanza Nº 11.275/49 y Ordenanza Nº 31.641-; sin perjuicio de ello cabe considerar de acuerdo al principio de informalismo que rige en general en materia de Derecho Administrativo, que se debería considerar el remedio recursivo interpuesto, como el Recurso de Reconsideración previsto en la Ordenanza Nº 11.275/49 en su artículo 43…”, “… El Recurso de Reconsideración procede contra las resoluciones del Departamento Ejecutivo para obtener su revocación o modificación en virtud de nuevos elementos de juicio traídos al expediente, que deben ser estudiados y que pueden hacer variar el planteamiento y resolución de la cuestión.”.
Que la Subsecretaría Legal y Técnica, emite dictamen, mediante el cual hace saber: “… Que así planteado el devenir de los expedientes citados cuadra adelantar nuestra opinión negativa respecto a la admisibilidad formal del recurso incoado.-
En efecto como primera medida debemos hacer notar la ineludible circunstancia de que el reclamante JAMAS CUESTIONÓ LA VALIDEZ FORMAL DEL EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO A LO LARGO DE LA TOTALIDAD DEL PROCESO, SALVO AL MOMENTO DE DICTARSE LA RESOLUCIÓN SANSIONATORIA.-
Asimismo coincido con la Dirección de Asuntos Jurídicos respecto a las circunstancias de que el Recurso articulado no se encuentra previsto en la Legislación Municipal como uno de los Recursos admisibles en la instancia administrativa.-
Por otro lado no resulta menos importante el hecho de que el escrito presentado por el Sr. Facundo Matías Benítez, el cual presuntamente corrige la titularidad del Recurso articulado, NO RATIFICA EN FORMA ALGUNA EL CONTENIDO DE LA PRESENTACIÓN ERRONEAMENTE REALIZADA sino que simple Y EXCLUSIVAMENTE se limita a corregir el nombre del supuesto presentante.-
Por último hago notar las circunstancias de que si se hubiese querido interponer un Recurso de Reconsideración Jerárquica el mismo tampoco procedería pues uno de los presupuestos del mismo resulta ser que el recurrente debería aportar nuevos elementos de juicio al expediente que deban ser estudiados y que puedan hacer variar el planteamiento y resolución de la cuestión en debate, cosa que en nuestro caso no se ha hecho…”.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107° de la Ley Provincial Nº 10.027/11 y su modificatoria Ley N°10.082 - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos. Según T.O. Decreto N°4706/12 del Poder Ejecutivo Provincial.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Dispónese no hacer lugar al Recurso de Apelación Jerárquica interpuesto por los señores FACUNDO MATÍAS MARTINEZ y/o FACUNDO MATIAS BENITEZ, D.N.I. Nº 25.288.308, en base a las consideraciones expuestas en los considerandos del presente.
ARTÍCULO 2°.- Notifíquese, a través de la División de Notificaciones Masivas, a los presentantes FACUNDO MATÍAS MARTINEZ y/o FACUNDO MATÍAS BENITEZ, D.N.I. Nº 25.288.308; en los domicilios denunciados.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y oportunamente, archívese.
Dr. LUCIANO DELL´OLIO
Secretario de Gobierno
a/c Presidencia Municipal
Arq. ALEJANDRO E. LOPEZ
Secretario de Desarrollo Urbano.
----------DECRETO N° 355/2.025
Concordia, 21 de marzo de 2.025.
VISTO, los antecedentes obrantes en Expediente Interno N° 3676 "9"/2024, y,
CONSIDERANDO:
Que a fojas 1, la Directora de Cementerio; dependiente de la Subsecretaría de Servicios Públicos, Secretaría de Desarrollo Urbano, solicita e informa que:
"... el día 31 de Octubre de 2024, en esta necrópolis, acto de violencia por parte del Operario NAZARENO RUBEN DARIO TORRES, LEGAJO 5066, atentando contra la Propiedad Privada Nicho 5309, sector 10, Cuenta 13259, Extinto Chauren Sixto, en el horario de las 11 y 45 hs. aproximadamente, momentos antes del ingreso de un servicio de sepelio, (portón Villaguay), encontrándose en inmediaciones los policías de Adicionales; Jorge Daniel Pereyra y Breppe Alexis. ambos cubriendo su guardia como adicionales, (horario de 07 a 19 hs) y en presencia del Sr. CARLOS SANTA CRUZ, LEGAJO 2390, (Jefe de Operarios) y Sr. MARCELO ROBLEDO, LEGAJO 4888, (operario), quien se encontraba en el lugar de trabajo, estando de licencia Gremial, pero siendo testigo de dicha actitud violenta; en esos momentos el operario en cuestión, tira violentamente un manojo de llaves de su propiedad contra dicho nicho, rompiendo el vidrio de una de las ventanas, en forma estruendosa, cayendo todos los vidrios al piso. Cabe aclarar que esta actitud la realizo por disconformidad tema jornales y trabajos solicitados, en reclamo acalorado en voz alta, al Sr. Carlos Santa Cruz. Inmediatamente dicho jefe, me informa lo sucedido disponiendo de fotos correspondientes a la rotura del mismo...".
Que a fojas 2 y 3, obra impresión de fotografías del Nicho en cuestión y Reporte de Cementerio, respectivamente.
Que la Dirección de Recursos Humanos informa situación de revista de los Agentes:
• Torres Nazareno Rubén Darío, legajo N°4952. Fecha de ingreso 01/06/2007, personal mensual categoría N° 17; dependiente de la Subsecretaría de Servicios Públicos, Unidad Operativa Cementerio y que en su legajo personal no registra antecedentes disciplinarios.
• Robledo Marcelo, legajo N° 4888, Fecha de ingreso 01/06/2007, personal mensual categoría N° 16; dependiente de la Subsecretaría de Servicios Públicos, Unidad Operativa Cementerio y que en su legajo personal no registra antecedentes disciplinarios.
• Santa Cruz Carlos, legajo N° 2390, Fecha de ingreso 01/08/1995, personal mensual categoría N° 24; dependiente de la Subsecretaría de Servicios Públicos, Unidad Operativa Cementerio y que en su legajo personal no registra antecedentes disciplinarios.
Que a fojas 10 y 10 vuelta, la Dirección de Asuntos Jurídicos, mediante Dictamen N° 29/25 de fecha 07/01/2.025, aconseja: "... el proceder del agente municipal permite encuadrar su conducta "prima facie" en el incumplimiento de las obligaciones prevista en la Ordenanza N° 11275/49, que en su artículo 16° establece: son obligaciones del personal de la Administración Municipal en cualquiera de las categorías: a) “la prestación personal adecuada y eficaz del servicio con sujeción a las reglamentaciones vigentes"; b) “obediencia a toda orden del superior jerárquico"; d) “observar buena conducta…".
Artículo 31° Son cusas para la separación del empleo: h) “demás faltas graves que por su naturaleza sean consideradas suficiente por el Departamento Ejecutivo y el Tribunal de disciplina”; y entendiendo que le pudiere corresponder la aplicación de lo previsto en el artículo 39° que prescribe: sin perjuicio de la responsabilidad emergente de las leyes comunes, la violación de sus deberes hará pasible al agente de las siguientes sanciones disciplinarlas:
c) suspensión mayor a treinta días.-
d) postergación para el ascenso hasta dos años.-
e) retrogradación en el escalafón.-
f) cesantía
g) exoneración
por lo expuesto precedentemente y lo solicitado a fs., 1 del presente expediente por la Directora de Cementerio, y sin perjuicio a las demás acciones legales que el DEM considere que oportunamente puedan corresponder, se aconseja se sustancie un Sumario Administrativo al Agente TORRES, NAZARENO RUBEN, LEGAJO N° 5066, y se designe para su instrucción a la Dra. Celena E. González…”
Que a fojas 11 y 11 vuelta, el Tribunal de Disciplina aconseja que: “… en virtud de los elementos administrativos previstos- la instrucción de un Sumario Administrativo al agente mensual Torres Nazareno Rubén Darío, Legajo 5066, por encontrarse su conducta incursa en los artículo 16 inciso a), b), d); 31° inciso d), h); y 39° incisos c), d), e), f) y g) de la Ordenanza N° 11.275/49”,
Que a fojas 12, obra intervención del Subsecretario Legal y Técnico.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107° de la Ley Provincial N° 10.027/11 y su modificatoria N° 10.082 Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos. Según T.O. Decreto N° 4706/12 del Poder ejecutivo Provincial.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETO
ARTICULO 1°.- Dispónese la Instrucción de un Sumario Administrativo al Agente Mensual NAZARENO RUBÉN DARIO TORRES, Legajo N° 5066, dependiente de la Secretaria de Desarrollo Urbano - Subsecretaria de Servicios Públicos, Unidad Operativa Cementerios; por haber presumiblemente incumplido a las obligaciones establecidas por la Ordenanza de Escalafón Municipal, dado que lo denunciado por la Directora de Cementerio a fojas 1 del presente Expediente. Sobre hecho ocurrido el día 31 de Octubre de 2024, en el Cementerio Nuevo de Concordia, en el horario de las 11:45 hs. aproximadamente; donde se produjo un acto de violencia por parte del Agente prenombrado, quien atentó contra la Propiedad Privada Nicho 5309, sector 10, Cuenta 13259, perteneciente al Extinto Chauren Sixto; conforme a los informes obrantes, los que se dieron por reproducidos en el considerando del presente. Que la conducta del Agente Mensual en cuestión "prima facie", resultaría grave y podría quedar comprendida y/o incursa dentro de lo normado en los Artículos 16° incisos a), b), d); 31° incisos h) y 39° incisos c), d), e), f) y g) de la Ordenanza de Escalafón N° 11.275/49; en merito a las atribuciones concedidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 40° del ordenamiento legal citado precedentemente y en virtud de los considerandos precedentes.
ARTICULO 2°.- Desígnese Instructora Sumariante a la Dra. Celina Evelyn González, de la División Sumario dependiente de la Subsecretaria Legal y Técnica.
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y oportunamente, archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Arq. ALEJANDRO E. LOPEZ
Secretario de Desarrollo Urbano.
----------DECRETO N° 362/2. 025.
Concordia, 26 de Marzo de 2.025.
VISTO que el saldo de ciertas partidas del Presupuesto General de la Administración Pública Municipal del Ejercicio Económico 2.025, es insuficiente para atender distintas erogaciones y,
CONSIDERANDO:
Que a fin de dar solución a la situación descripta, la Dirección de Presupuesto ha aconsejado transferir de otras partidas a los fines de efectuar el refuerzo de las partidas a las que se hace mención en el Visto.
Que la Secretaría de Coordinación de Gabinete y Hacienda ha tomado la intervención de su competencia.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por los Artículos 107° incisos q) y u) Y 155° de la Ley N° 10.027- Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Refuércense los créditos, presupuestarios de las partidas del Presupuesto General de Gastos de la Administración Pública Municipal correspondiente al Ejercicio Económico 2.025 en los importes que se detallan en el Anexo I que forma parte integrante del presente Decreto, de acuerdo a lo expresado en el considerando precedente.
ARTICULO 2°.- Transfiéranse los créditos presupuestarios de la partida del Presupuesto General de Gastos de la Administración Pública Municipal correspondiente al Ejercicio Económico 2.025 en el importe detallado en el Anexo II que forma parte integrante del presente Decreto, para cubrir el refuerzo a que se refiere el Artículo 1°.
ARTICULO 3°.- Comuníquese, por medio de la Secretaría de Gobierno al Concejo Deliberante.
ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA
Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda.
ANEXO I
3.1.60.01.01.02.21.02.04 Coord. de Gab. y Hacienda 1,000,000
3.1.90.01.01.02.20.04.05 Obras Pcas. 2,000,000
3.1.90.01.01.02.20.09.09 Obras Pcas. 3,000,000
3.1.90.01.01.02.21.02.02 Obras pcas. 50,000,000
3.1.90.01.01.02.20.04.06 Servicios Pcos. 4,000,000
3.2.30.01.01.02.21.02.01. D. Ambiental 5,000,000
3.7.30.01.01.02.20.09.09 D. Productivo 5,000,000
3.4.90.01.03.04.34.24 D. Ambiental 100,000,000
TOTAL 170,000,000
ANEXO II
3.1.90.01.01.02.20.09.01 Coord. de Gab. y Hacienda 1,000,000
3.1.90.01.01.02.21.04.10 Obras Pcas. 55,000,000
3.1.90.01.01.02.20.04.01 Servicios Pcos. 4,000,000
3.1.90.01.01.02.21.02.02 D. Ambiental 5,000,000
3.7.30.01.01.02.21.04.10 D. Productivo 5,000,000
3.4.90.01.03.04.34.25 Gobierno 50,000,000
3.4.90.01.03.04.34.24 D. Productivo 50,000,000.
TOTAL 170,000,000
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA
Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda.
----------Concordia, 24 de Abril de 2025.
Nº 10.174
VISTO:
La apertura de la sede del Museo Internacional de la Discapacidad María Kodama (MIDMAKO) el día 24 de abril a las 19 hs. en el Salón UNER (Universidad Nacional de Entre Ríos) sito en Avenida Monseñor Tavella 1424 de nuestra ciudad; Y,
CONSIDERANDO:
Que el museo fomenta la diversidad y la sostenibilidad. Al mismo tiempo, en colaboración con instituciones, organismos y profesionales, ofrece experiencias variadas para la educación, la colaboración, el disfrute, la reflexión y el intercambio de conocimientos, especialmente orientados a impulsar el avance de la integración de las personas con discapacidad en todos los niveles de la sociedad;
Que Nika Pedro Presidente del Museo Internacional de la Discapacidad María Kodama (MIDMAKO) y La Asociación Suiza Concordia organizan la inauguración de la sede de MIDMAKO en Concordia, este museo con sede central en la UBA (Universidad de Buenos Aires) Facultad de Medicina, sigue expandiéndose, en esta ocasión llegando a Concordia;
Que la apertura de este Museo en el marco del 8° Encuentro Nacional de Dirigentes de Colectividades muestra cómo la interacción y colaboración entre diferentes ámbitos e instituciones puede generar sinergias que redunden en la promoción, visibilización y construcción de comunidades inclusivas y diversas;
Que en el mes de octubre de 2024, la Asociación Suiza de Concordia recibió la invitación para gestionar la fundación de una sede local del Museo Internacional de Discapacidad María Kodama (MIDMAKO). Anclados en los principios institucionales fundacionales de respeto a la diversidad, tolerancia, inclusión (entre otros), su Comisión Directiva aprobó por unanimidad, trabajar articuladamente con distintos actores sociales para hacer realidad la presencia de MIDMAKO en Concordia. Se sumaron las Facultades de Ciencias de la Administración y de la Alimentación de la Universidad Nacional de Entre Ríos, el Profesorado de Arte y Música de la ciudad de Concordia, la Escuela Especial N° 1 de nuestra ciudad, profesionales del ámbito de la salud y numerosos representantes de distintas expresiones artísticas de la ciudad, entre otros, para ser parte de esta iniciativa, que cuenta con el acompañamiento de la Embajada Suiza en Argentina;
Que esta iniciativa ha motivado, inspirado y comprometido la participación de numerosos artistas (escultores, pintores, muralistas, músicos, diseñadores de indumentaria, artistas culinarios, entre otros), docentes, padres de niños con discapacidad, profesionales de la salud, etc., para donar sus obras y trabajar mancomunadamente con el propósito de informar al público en general sobre la discapacidad y crear conciencia sobre la necesidad de la integración en todos los niveles, mediante diversas actividades y propuestas;
Que esta inauguración contará con la presencia del Sr. Embajador de Suiza en Argentina Hans Ruedi Bortis y su esposa Mónica Lofrusccio Bortis (Vicepresidenta de MIDMAKO), Juan Nicolás Signorelli Pedro (Nika Pedro), Presidente de MIDMAKO, entre otras autoridades;
Que la declaración de Interés Municipal y Cultural de la primera sede del Museo Internacional de la Discapacidad María Kodama en la provincia de Entre Ríos sería una valiosa oportunidad para impulsar el avance hacia una sociedad más inclusiva y respetuosa de la diversidad.
Por ello:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCION
ARTÍCULO 1º.- Declárese de Interés Municipal, Cultural y Educativo a la inauguración de la sede del Museo Internacional de la Discapacidad María Kodama (MIDMAKO) el día 24 de abril a las 19 hs en el Salón UNER (Universidad Nacional de Entre Ríos) sito en Avenida Monseñor Tavella 1424 de nuestra ciudad.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES “FEDERICO ZORRAQUÍN”, 24 de Abril de 2025.
Lic. MAGDALENA RETA DE URQUIZA
Presidente
Dra. VERONICA NATALIA DELGADO
Secretaria.
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 29 de Abril de 2.025.
RESOLUCION Nº 38.567.
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Ing. SEBASTIAN ARISTIDE
Secretario de Desarrollo Humano.
----------Concordia, 24 de Abril de 2025.
Nº 10.179
VISTO:
La presentación de “El duelo través de la cultura”, un proyecto que busca afrontar la perdida mediante la fotografía, la literatura y las artes visuales. Luego de recorrer España con gran éxito, llega a nuestra ciudad. Este evento tendrá lugar el día 6 de mayo a las 19 hs. en el Salón de reuniones de Codesal (Corporación de Desarrollo de Salto Grande), 4to piso Centro Cívico ubicado en Calle Mitre y Pellegrini; Y,
CONSIDERANDO:
Que tres profesionales de la Salud provenientes de Cataluña, crearon una muestra itinerante denominada “EL DUELO EN IMÁGENES: FOTOGRAFÍAS EN PROCESO”;
Que desde el año 2023 comenzó la muestra en la Casa de Cultura de Ca Cosme d´Alcover, luego siguió el itinerario por Cambrils donde se programó en el Hospital Lleuger una serie de sesiones mensuales y en la Biblioteca Josep Salceda y Casteslls, se dispuso un espacio donde se encuentran libros seleccionados y ordenados por temáticas de las sesiones, para proseguir en diferentes Centros de Salud Sant Joan Reus del Baix Camp y, así, por todo España con gran éxito y fue ofreciendo herramientas para afrontar la pérdida mediante la fotografía, la literatura y las artes visuales;
Que las autoras quieren acercar la cultura en torno a la salud y demostrar como el arte permite expresar emociones y sentimientos y ayudar a superar adversidades. Según su estudio el arte mejora el estado de ánimo, reduciendo la presión arterial y ayuda a aliviar la carga de la enfermedad crónica. La fotografía como arte estimula a nuestro cerebro, fomenta el pensamiento crítico, reduce el estrés y mejora la salud física y mental;
Que la exposición forma parte del proyecto “SALUD Y CULTURA”, que nació de la mano de la Dra. Annabel Pellicer como trabajo final de su residencia de Medicina Familiar y Comunitaria de la Unidad Docente de Salud San Joan de Reus – Baix Camp, junto a la Dra. Mónica Asensio Vidal y la Enfermera Maite Palacios Pérez;
Que a través de charlas-coloquio y una exposición itinerante, este encuentro busca generar espacios de reflexión y sanación desde una perspectiva cultural, brindando un enfoque sensible y respetuoso ante la perdida. Ellas como amantes de la literatura y el arte pusieron en marcha el proyecto con la intención de ayudar a la población desde su experiencia personal, y como profesionales de la salud. Este proyecto ofrece recursos a través de la literatura, la escritura y medios audios-visuales para dar pie a la reflexión y manejo individual de las emociones y sus procesos;
Que así mismo, las profesionales Mónica Asensio Vidal, Maite Palacios Pérez y Annabel Pellicer Sanahuja estarán en Argentina con su iniciativa "El duelo a través de la cultura", con este proyecto innovador sobre el duelo y la cultura;
Que en Concordia se presentarán el Martes 6 de mayo, a las 19 horas en el Salón de la CODESAL, 4to piso del Centro Cívico, Mitre y Pellegrini, con entrada libre y gratuita. Además, se estarán presentando en las localidades de Estancia Grande, el lunes 5 de mayo, y Federación, jueves 8 de mayo.
Por ello:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCION
ARTÍCULO 1º.- Declárese de Interés Municipal y Cultural la presentación de “El duelo través de la cultura”, un proyecto que busca afrontar la pérdida mediante la fotografía, la literatura y las artes visuales. Luego de recorrer España con gran éxito, llega a nuestra ciudad. Este evento tendrá lugar el día 6 de mayo a las 19 hs en el Salón de reuniones de Codesal (Corporación de Desarrollo de Salto Grande), 4to piso Centro Cívico ubicado en Calle Mitre y Pellegrini.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES “FEDERICO ZORRAQUÍN”, 24 de Abril de 2025.
Dr. FELIPE SASTRE
Vice-Presidente 1º
a/c Presidencia
Dra. VERONICA NATALIA DELGADO
Secretaria.
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 29 de Abril de 2.025.
RESOLUCION Nº 38.568.
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Ing. SEBASTIAN ARISTIDE
Secretario de Desarrollo Humano.
----------Concordia, 24 de Abril de 2025.
Nº 10.178
VISTO:
La 4ta. Edición del Concurso Internacional de Saltos Hípicos (CSI1*) 2025, aprobado por la Federación Ecuestre Internacional (FEI) y con el apoyo de la Federación Ecuestre Argentina (FEA), a realizarse los días 24, 25, 26 y 27 de Abril del corriente año en el Club Hípico Concordia; y,
CONSIDERANDO:
Que el evento que se realiza desde hace 4 años en las instalaciones del Club Hípico Concordia reúne a jinetes y amazonas de Argentina y los países limítrofes, lo que lo ha transformado como el más importante de la Mesopotamia y del país por la cantidad y calidad de quienes participan;
Que durante los 4 días de competencia, se dará inicio al Campeonato Federal Zona Litoral Norte 2025, se disputará la primera fecha del Ranking Nacional y Categoría Internacional desde 1,20 a 1,40mts. de altura habilitada para Children, Junior, Prejunior, U25 y jinetes y amazonas de 1ra. Categoría;
Que asimismo desde esta fecha comenzará a disputarse el Campeonato Argentino de Caballos Jóvenes Series I, II y III, para caballos nacidos desde el año 2018 en adelante;
Que el Diseño de Pistas estará a cargo de uno de los mejores especialistas del mundo en la materia, el italiano Elio Travagliati;
Que Concordia se posiciona así en el calendario internacional de Saltos Hípicos y convierte a la ciudad en una de las más importantes en la organización de competencias ecuestres;
Que en uso de las facultades otorgadas por la Ley N° 10.027 modificada por la Ley N° 10.082 y la Ordenanza N° 35.649;
Por ello;
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN
ARTÍCULO 1°.- Declárese de Interés Municipal la 4ta. Edición del Concurso Internacional de Saltos Hípicos (CSI1*) 2025 aprobado por la Federación Ecuestre Internacional (FEI) y con el apoyo de la Federación Ecuestre Argentina (FEA) a realizarse los días 24, 25, 26 y 27 de Abril del corriente año en el Club Hípico Concordia.
ARTÍCULO 2°.- Entréguese a sus organizadores un certificado que exprese la Declaración citada en el artículo precedente y una copia de la presente Resolución.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES “FEDERICO ZORRAQUÍN”, 24 de abril de 2025.
Dr. FELIPE SASTRE
Vice-Presidente 1°
a/c Presidencia
Dra. VERONICA NATALIA DELGADO
Secretaria.
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 29 de Abril de 2.025.
RESOLUCION Nº 38.569.
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente
Ing. SEBASTIAN ARISTIDE
Secretario de Desarrollo Humano.
----------Concordia, 24 de Abril de 2025.
Nº 10.176
VISTO:
La destacada trayectoria de Laura Lewin, Capacitadora internacional de Cambridge University Press. Desde 1992, está al frente de ABS International, una empresa íntegramente dedicada a la capacitación; Y,
CONSIDERANDO:
Que Lewin preside también el Congreso Internacional de Desarrollo Profesional para Profesores y Coordinadores de inglés, y el Congreso Internacional para Directivos Innovadores de Instituciones Educativas;
Que Lewin ha realizado cientos de talleres en Latinoamérica, Estados Unidos y Europa y ha escrito varios libros sobre educación. Es oradora en el programa de charlas “TEDx” y es considerada una destacada ponente en temas de gestión educativo;
Que la Docente y Licenciada Laura Lewin ha utilizado un enfoque innovador y disruptivo inspirado en sus ideas y libros de su misma autoría;
Que mediante este enfoque, no sólo busca transformar la manera en la que entendemos y aplicamos la educación, sino también empoderar a quienes son parte de ella para liderar desde el cambio de sus propias realidades;
Que el desarrollo de competencias para un mundo cambiante a la revolución digital y la constante evolución del mercado laboral exigen que los estudiantes desarrollen habilidades. Entendiendo que las capacitaciones permiten la actualización para liderar este cambio permanente como el manejo de las tecnologías;
Que capacitarse proporciona herramientas prácticas para garantizar que todos los alumnos tengan acceso a una educación de calidad;
Que la capacitación no sólo brinda herramientas pedagógicas sino también estrategias para mejorar el bienestar emocional y profesional de los docentes.
Por ello:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCION
ARTÍCULO 1°.- Declárese Huésped de Honor en la ciudad de Concordia a la Licenciada Laura Lewin, según la Ordenanza N°38.537 “Nuevo Régimen de Honores”.
ARTÍCULO 2°.- Entréguese una copia de la Resolución y un diploma en reconocimiento a la Licenciada Laura Lewin.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES “FEDERICO ZORRAQUÍN”, 24 de Abril de 2025.
Lic. MAGDALENA RETA DE URQUIZA
Presidente
Dra. VERONICA NATALIA DELGADO
Secretaria.
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 29 de Abril de 2.025.
RESOLUCION Nº 38.570.
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Ing. SEBASTIAN ARISTIDE
Secretario de Desarrollo Humano.
----------Concordia, 24 de Abril de 2025.
Nº 10.177
VISTO:
Que el día 3 de mayo a partir de las 15:00 horas en Lago Salto Grande de la Ciudad de Concordia se realizará la Primera Edición “MARATON CORRE POR TU VIDA” (una carrera contra zombies) de 5 km, organizada por el Gimnasio Big Power y auspiciada por Codesal, los participantes podrán realizar caminando, trotando o corriendo; Y,
CONSIDERANDO:
Que la referida actividad en la que participarán personas de diversas edades, se enmarca en una de las actividades propuestas tanto deportivas, como turísticas de importancia para nuestra ciudad, es organizada por el Gimnasio Big Power, cuenta con el auspicio de Codesal, Municipalidad de Concordia y otras importantes empresas privadas de nuestra ciudad;
Que dicho evento consta de una temática original basada en zombies, un formato desarrollado en Estados Unidos y se ha replicado en varias ciudades de Latinoamérica y Argentina. Sin duda que es algo original y novedoso, que despierta interés, y atrae por la diversión, mientras que fomenta la práctica de deportes como recreación, fuente de esparcimiento saludable para jóvenes y adultos;
Que la experiencia colectiva de la Maratón constituye además de una prueba atlética, una celebración de la vida en comunidad. Allí, familia, amigos, vecinos y vecinas se congregan a lo largo del recorrido, animando a los corredores, disfrutando del ambiente festivo que caracteriza el evento; Y,
Por ello:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCION
ARTÍCULO 1°.- Declárese de Interés Municipal y Deportivo la Primera Edición de la “MARATON CORRE POR TU VIDA” de 5 km. organizada por el Gimnasio Big Power y auspiciada por Codesal, a realizarse el día 3 de mayo a partir de las 15:00 horas en Lago Salto Grande de la Ciudad de concordia.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES “FEDERICO ZORRAQUÍN”, 24 de Abril de 2025.
Lic. MAGDALENA RETA DE URQUIZA
Presidente
Dra. VERONICA NATALIA DELGADO
Secretaria.
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 29 de Abril de 2.025.
RESOLUCION Nº 38.571.
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Ing. SEBASTIAN ARISTIDE
Secretario de Desarrollo Humano.
----------Concordia, 24 de Abril de 2025.
Nº 10.173
VISTO:
El 6to. encuentro competitivo “Pasistas del Mercosur” a realizarse los días 9, 10 y 11 de Mayo 2025 en Concordia Entre Ríos; y,
CONSIDERANDO:
Que la presente tiene como objetivo darnos a conocer antes ustedes que dicho evento está instalado a nivel Internacional;
Que este evento nace de los encuentros de Pasistas y Batucadas que congrega año a año a muchas persona del ambiente del carnaval y cultura de todo el País;
Que las comparsas de nuestra ciudad y comparsas de pequeños duendes son los encargados de colocar stand mostrando su recorrido durante sus años y la misma estará a cargo de un patio gastronómico;
Que los jueces de la competencia serán Pasistas de nivel internacional y que el encuentro se realizará en el Centro de Convenciones de Concordia;
Que el evento será transmitido en vivo a través de YouTube, Facebook e Instagram, a través de la plataforma “Conectados en Carnaval”;
Que el evento contará con Shows en vivo de artistas que serán los encargados de musicalizar los duelos de la competencia.
Por ello:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCION
ARTÍCULO 1°.- Declárese de Interés Municipal y Cultural “El 6to. Encuentro competitivo Pasistas del Mercosur”.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES “FEDERICO ZORRAQUÍN”, 24 de Abril de 2025.
Lic. MAGDALENA RETA DE URQUIZA
Presidente
Dra. VERONICA NATALIA DELGADO
Secretaria.
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 29 de Abril de 2.025.
RESOLUCION Nº 38.572.
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Ing. SEBASTIAN ARISTIDE
Secretario de Desarrollo Humano.
----------Concordia, 24 de Abril de 2025.
Nº 10.175
VISTO:
Que el Taller y Conferencia Educativa organizada por las docentes Profesora y Licenciada Almirón Fabiana y Profesora Fruncieri Ivana ¿QUÉ ESTAMOS DISPUESTOS A DESANTENDER PARA REVOLUCIONAR LA EDUCACIÓN? en dos temáticas: “Las sillas no son para sentarse… son para pensar” y “Hackeando la educación tradicional”, dictadas por la reconocida escritora y docente Laura Lewin, que se llevará a cabo el día 24 de Mayo de 2025 en el Centro de Convenciones de la ciudad de Concordia a partir de las 8.00 horas;y,
CONSIDERANDO:
Que la propuesta tiene el objetivo de fomentar la innovación y transformación en la educación tradicional, proporcionando herramientas prácticas y estrategias disruptivas que podrían ser clave para respaldar y enriquecer el desarrollo educativo en nuestra región;
Que Laura Lewis es reconocida internacionalmente como una de las principales referentes en innovación educativa, autora de numerosos libros y conferencista destacada en el ámbito educativo;
Que su enfoque se centra en transformar la educación tradicional mediante estratégicas innovadoras, prácticas motivadoras que buscan empoderar a los docentes y despertar el interés;
Que tener a una figura de su prestigio en Concordia representa una oportunidad invaluable para nuestra comunidad educativa, brindando herramientas innovadoras concretas a los docentes locales, estimulando un diálogo necesario sobre reimaginar la educación en nuestra región contribuyendo el desarrollo de una enseñanza mas inclusiva, dinámica y efectiva;
Que el mismo tendrá como desarrollo las siguientes actividades: De 8 a 9 horas: Acreditaciones; De 9 a 10:30: Taller: “Las sillas no son para sentarse… son para pensar” Laura Lewin; De 10:30 a 11.00: Cofee Break; De 11.00 a 12.30: Taller: “Hackeando la Educación Tradicional” Laura Lewin; De 12.30 a 13.00: Entrega de obsequios, reconocimientos y donaciones; finalización.
Por ello:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCION
ARTÍCULO 1°.- Declárese de Interés Municipal, Educativo y Cultural, la conferencia Educativa dictada por Laura Lewin: “Las Sillas no son para sentarse… son para pensar” y “Hackeando la educación tradicional”, a realizarse el día 24 de mayo del corriente año, en el Centro de Convenciones de la ciudad de Concordia a partir de las 8.00 hs.
ARTÍCULO 2º.- Entréguese copia de la presente resolución a las profesoras Almirón, Fabiana y Fruncieri, Ivana, organizadoras de dicho evento.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES “FEDERICO ZORRAQUÍN”, 24 de Abril de 2025.
Lic. MAGDALENA RETA DE URQUIZA
Presidente
Dra. VERONICA NATALIA DELGADO
Secretaria.
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 29 de Abril de 2.025.
RESOLUCION Nº 38.573.
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Ing. SEBASTIAN ARISTIDE
Secretario de Desarrollo Humano.
----------Concordia, 24 de Abril de 2025.
Nº 10.180
VISTO:
La realización de la 4° Feria Itinerante de Carreras “Viví la UNER 2025” a desarrollarse el día 29 de Abril del corriente año en la ciudad de Concordia, en el ámbito de las Facultades de Ciencias de la Alimentación y Ciencias de la Administración, dependientes de la Universidad Nacional de Entre Ríos (UNER);Y,
CONSIDERANDO:
Que esta feria se enmarca en el 40º Aniversario del Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) y recorre cinco ciudades de la provincia: Concepción del Uruguay, Gualeguaychú, Paraná, Concordia y Oro Verde;
Que la propuesta es libre y gratuita, destinada especialmente a estudiantes del último año del nivel secundario, con el objetivo de acompañar el pasaje entre la escuela secundaria y la universidad;
Que “Viví la UNER 2025” ofrece un espacio de orientación vocacional y presenta las distintas propuestas académicas, servicios universitarios, talleres, charlas con graduados, así como la participación de la Radio UNER, la Editorial y el área de Bienestar Estudiantil;
Que este tipo de eventos favorecen la inclusión educativa, promueven el arraigo de los jóvenes a su provincia y fortalecen el acceso a la educación pública, gratuita y de calidad;
Que quienes asistan podrán conocer las disciplinas que integran las nueve facultades de la UNER a través de talleres vocacionales, charlas con graduados y actividades interactivas, generando una experiencia educativa significativa, participativa y en territorio;
Que además, participarán la editorial EDUNER y las Radios UNER, con transmisiones en vivo que acompañan e integran la propuesta a nivel provincial;
Que más de 10 mil personas han participado de las anteriores ediciones de “Viví la UNER”, lo que pone en valor su sostenida trayectoria, su impacto social y educativo, y su aporte al desarrollo de proyectos de vida;
Que se invita a escuelas secundarias y público en general a participar de la feria itinerante en la localidad más cercana. El cronograma 2025 es el siguiente:
Martes 08/04/25 | Concepción del Uruguay - Facultad de Cs. de la Salud. En el marco de la 10ª Feria de la Salud;
Martes 29/04/25 | Concordia – Campus de las facultades de Ciencias de la Alimentación y Ciencias de la Administración;
Martes 06/05/25 | Paraná – Facultad de Trabajo Social;
Jueves 15/05/25 | Gualeguaychú- Facultad de Bromatología;
Viernes 06/06/25 | Oro Verde – facultades de Ingeniería y Ciencias Agropecuarias. Ese día se realizará además la Jornada de Orientación de la Facultad de Ingeniería;
Por ello;
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN
ARTÍCULO 1º.- Declárese de Interés Municipal y Educativo la realización de la 4° Feria Itinerante de Carreras “Viví la UNER 2025” organizada por la Universidad Nacional de Entre Ríos (UNER) a llevarse a cabo el día 29 de Abril de 2025 en nuestra ciudad.
ARTÍCULO 2º.- Remítase copia de la presente resolución a las autoridades de la Universidad Nacional de Entre Ríos.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES “FEDERICO ZORRAQUÍN”, 24 de abril de 2025.
Dr. FELIPE SASTRE
Vice-Presidente 1º
a/c Presidencia
Dra. VERONICA NATALIA DELGADO
Secretaria.
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 29 de Abril de 2.025.
RESOLUCION Nº 38.574.
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Ing. SEBASTIAN ARISTIDE
Secretario de Desarrollo Humano.
----------Concordia, 24 de Abril de 2025
Nº 10.181
VISTO:
La visita a nuestra ciudad del actor, productor de cine y televisión, conductor y presentador Gastón Pauls, quien brindará una charla abierta y gratuita titulada "Hablemos", sobre la prevención de adicciones, el próximo martes 29 de abril de 2025, en las instalaciones del Club Estudiantes de Concordia, sito en San Luis 421, y;
CONSIDERANDO:
Que Gastón Pauls es un reconocido actor, conductor, productor y comunicador argentino, cuya trayectoria artística ha sido acompañada en los últimos años por un profundo compromiso social en la prevención de adicciones y la promoción del bienestar emocional;
Que ha recorrido el país llevando su mensaje de esperanza, superación y contención a través de charlas abiertas, acercando su experiencia personal con valentía, generando empatía y promoviendo espacios donde se hable con libertad y verdad sobre las adicciones;
Que su presencia en la ciudad de Concordia representa una oportunidad invaluable para jóvenes, educadores, familias y profesionales de distintas áreas, en tanto ofrece herramientas para abordar con mayor sensibilidad, comprensión y responsabilidad esta problemática social.
Que la charla tiene como eje principal la prevención y concientización sobre las adicciones, incluyendo sustancias psicoactivas, alcohol, juego, estética e incluso los consumos culturales y su impacto en las personas, especialmente en las juventudes; abordadas desde una perspectiva empática, reflexiva y profundamente humana, basada en la propia experiencia del disertante;
Que se considera relevante, necesario y valioso destacar su presencia en la ciudad de Concordia, en virtud del importante aporte educativo, preventivo y humano que representa su iniciativa, Y;
Por ello:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCION
ARTÍCULO 1°.- Declárese Huésped de Honor al actor y conductor Gastón Pauls, según la ordenanza N°38537 “Régimen de Honores”, en ocasión de su visita a la ciudad de Concordia el día 29 de abril del 2025, en el marco de la charla Hablemos sobre prevención de adicciones.
ARTÍCULO 2º.- Entréguese al Sr. Gastón Pauls el correspondiente Diploma de Huésped de Honor, junto con una copia de la presente resolución.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES “FEDERICO ZORRAQUÍN”, 24 de Abril de 2025.
Dr. FELIPE SASTRE
Vice-Presidente 1º
a/c Presidencia
Dra. VERONICA NATALIA DELGADO
Secretaria.
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 29 de Abril de 2.025.
RESOLUCION Nº 38.575.
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Ing. SEBASTIAN ARISTIDE
Secretario de Desarrollo Humano.
