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SUMARIO
Las siguientes Ordenanzas y Resoluciones conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
Ordenanzas: 38.590, 38.591 y 38.592. Resolución: 38.585, 38.586, 38.587, 38.588 y 38.589.
CONCORDIA, 08 de Mayo de 2025.Las siguientes Ordenanzas y Resoluciones conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
Ordenanzas: 38.590, 38.591 y 38.592. Resolución: 38.585, 38.586, 38.587, 38.588 y 38.589.
Expte. Nº 28.571-SC-2025
ORDENANZA AUTORIZAR AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO A REALIZAR LAS ACCIONES Y GESTIONES NECESARIAS PARA EL DESARROLLO DEL PROGRAMA “AHORA TU HOGAR”, INICIATIVA DEL IAPV.---
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º.- Autorícese al Departamento Ejecutivo a la realización de todas las acciones y gestiones necesarias para facilitar el desarrollo de dicho Programa en nuestra ciudad.
ARTÍCULO 2º.- Exímase del cobro de los Derechos de Construcción, aplicándose únicamente el visado mínimo, correspondiente para las edificaciones que se tramiten en el marco del Programa en sus diferentes variantes.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES “FEDERICO ZORRAQUÍN”, 08 de Mayo de 2025.
Lic. MAGDALENA RETA DE URQUIZA
Presidente
Dra. VERONICA NATALIA DELGADO
Secretaria.
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 16 de Mayo de 2.025.
ORDENANZA N° 38.590.
Téngase por Ordenanza Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presiente Municipal
Arq. ALEJANDRO E. LOPEZ
Secretario de Desarrollo Urbano.
----------Concordia, 15 de Mayo de 2025.
Expte. Nº 28.619-DE-2025
ORDENANZA MODIFICACION ORDENANZA N° 38.539 TRIBUTARIA------
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ARTÍCULO 1°.- Incorpórese en el artículo 18° de la Ordenanza Tributaria N°38.539 la siguiente disposición como inciso c):
c) Los contribuyentes que desarrollen actividades económicas encuadradas bajo los siguientes rubros venta por mayor y menor de alimentos y bebidas, tributarán las siguientes alícuotas:
| Montos Imponibles | Alícuota | |
| Desde $0.00 | Hasta $150.000.000 | 1,3% |
| Desde $150.000.001 | Hasta $1.000.000.000 | 1,6% |
| Más de $1.000.000.001 | 1.9% | |
Las presentes alícuotas serán aplicables únicamente a aquellos contribuyentes que, al 31 de marzo de 2025, en la constancia de inscripción de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero se verifique los siguientes requisitos:
a) Domicilio fiscal declarado en la localidad de Concordia,
b) Constancia vigente de alta de las actividades mencionadas.
Se faculta al Departamento Ejecutivo Municipal a reglamentar el presente inciso en caso de necesidad.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Secretaría de Coordinación de Gabinete y Hacienda, remítase a través de ésta copia autenticada a la Dirección General de Rentas a fin que proceda la implementación regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES “FEDERICO ZORRAQUÍN”, 15 de Mayo de 2025.
Lic. MAGDALENA RETA DE URQUIZA
Presidente
Dra. VERONICA NATALIA DELGADO
Secretaria.
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 19 de Mayo de 2.025.
ORDENANZA N° 38.591.
Téngase por Ordenanza Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA
Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda.
----------Concordia, 15 de Mayo de 2025.
Expte. Nº 28.615-DE-2025
ORDENANZA MODIFICACIONES A LA ORDENANZA Nº 38.539 TRIBUTARIA 2025.
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ARTÍCULO 1°.- Modificase las tablas incluidas en el artículo 7° de la Ordenanza Tributaria N°38.539, de acuerdo al siguiente esquema:
Por el servicio de Agua Potable Básico o libre, el importe que resulte de aplicar al valor de tasación del inmueble, determinado por el municipio para T.G.I. de acuerdo con lo reglamentado por Ordenanza Nº35.932 “Sistema Catastral” las siguientes alícuotas:
| ZONA I | ZONA II | ZONA III | ZONA IV |
| 1.34 ‰ | 1.14 ‰ | 1.00 ‰ | 0.96 ‰ |
En todas las propiedades que cuenten con el servicio medido instalado integralmente y aprobado por Obras Sanitarias, las alícuotas se reducen a:
| ZONA I | ZONA II | ZONA III | ZONA IV |
| 1.10 ‰ | 0.90 ‰ | 0.76 ‰ | 0,72 ‰ |
ARTÍCULO 2°.- Incorpórese en el Artículo 32° de la Ordenanza Tributaria, N°38.539 el siguiente apartado:
|
|
|
$5.000,00 |
|
3 juristas |
|
1 jurista |
ARTÍCULO 3°.- Modificase el apartado F del Artículo 43° Ordenanza Tributaria N°38.539, el que quedará redactado de la siguiente manera:
- Derecho de Uso de Instalaciones Deportivas
| Albergue Municipal de Deportistas (por persona por día) | $15.000,00 | |
| Gimnasio Municipal | Por Turno | $50.000,00 |
| Por Día | $90.000,00 | |
| Estadio Ciudad de Concordia. | Por Partido | $70.000,00 |
| Otros Eventos | $240.000,00 | |
| Cancha de Hockey. | Por Día de Partidos | $60.000,00 |
| Entrenamientos | $18.000,00 | |
El Departamento Ejecutivo Municipal podrá exceptuar del cobro del mismo cuando la organización de los eventos deportivos haya solicitado al Concejo Deliberante su reconocimiento de interés municipal y/o social.
ARTÍCULO 4°.- Modificase el Artículo 62° Ordenanza Tributaria N°38.539, el que quedará redactado de la siguiente manera:
ARTÍCULO 62°.- Fijase un adicional por morosidad del 35% para cada uno de los períodos fiscales del año 2025 a los contribuyentes que al momento de la liquidación de los respectivos períodos no se encuentren al día en el pago de la Tasa de Servicios Sanitarios y Tasa General Inmobiliaria, comprendidos en el Título I de la presente Ordenanza. A los fines de este artículo se considera al día aquellos contribuyentes que, al momento de la liquidación del período correspondiente, adeuden no más de dos períodos, como así aquellos que hayan suscripto planes de facilidades de pagos y cancelado todas las cuotas vencidas del mismo.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Secretaría de Coordinación de Gabinete y Hacienda, remítase a través de ésta copia autenticada a la Dirección General de Rentas y al resto de las áreas involucradas a fin que proceda la implementación, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES “FEDERICO ZORRAQUÍN”, 15 de Mayo de 2025.
Lic. MAGDALENA RETA DE URQUIZA
Presidente
Dra. VERONICA NATALIA DELGADO
Secretaria.
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 19 de Mayo de 2.025.
ORDENANZA N° 38.592.
Téngase por Ordenanza Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA
Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda.
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Concordia, 8 de Mayo de 2025.
Nº 10.186
VISTO:
La realización del Ciclo de Charlas 2025, organizada por el Instituto de Profesorado Concordia (D-54), a desarrollarse entre los meses de Abril y Noviembre del corriente año, en las instalaciones de dicha casa de estudio; y,
CONSIDERANDO:
Que este ciclo de charlas aborda temáticas de alta relevancia cultural, académica y formativa, tales como:
- El cuidado de la casa común, ecología y políticas ambientales;
- La formación docente y su perspectiva trascendente;
- La investigación en educación, principales desafíos en los tiempos actuales;
- La inteligencia artificial y sus usos en el aula;
- La salud mental en las aulas entrerrianas;
- La educación ciudadana, civismo, símbolos y concepto de Patria;
- La dimensión espiritual del hombre: autores y textos para un aporte al crecimiento en la fe.
Que las actividades previstas están destinadas no solo a la comunidad educativa del IPC, sino también a estudiantes, docentes, profesionales de la educación y público general de la ciudad y la región, propiciando instancias de reflexión, capacitación e investigación;
Que los objetivos del Ciclo de Charlas 2025 se alinean con una concepción profunda y actualizada de la formación docente, procurando:
- Asumir la necesidad permanente de perfeccionamiento profesional;
- Brindar actualización constante de contenidos de las diversas áreas curriculares;
- Crear espacios de reflexión sobre la práctica pedagógica "para generar puentes entre los esquemas prácticos con los que los docentes resuelven situaciones cotidianas" y los aportes teóricos que den respuesta a las mismas;
- Estimular acciones de capacitación para que los docentes se constituyan en actores de una real transformación de la práctica enseñante;
- Formar redes de capacitación intra e interinstitucionales;
- Atender las demandas de profesionales no docentes que se desempeñan en el ámbito educativo o que deseen hacerlo.
Que cabe destacar a los profesionales convocados como disertante del Ciclo Charlas 2025, entre los que se encuentran docentes, investigadores y especialistas con formación de grado y posgrado;
- Lic. Moulins Andrés:
- Profesor de Lengua y Literatura
- Diplomado en lenguas clásicas
- Licenciado en Lengua y Comunicación
- Magister en Lingüística
- Lic. Alonso María Julia
- Profesora de Lengua y Literatura
- Licenciatura en Letras
- Lic. Juan de la Cruz Ojeda
- Lic. en historia.
- Lic. Rivero Héctor
- Lic. en Ciencia Política con orientación en planificación publica de la Universidad Nacional de Rosario (U.N.R)
- Laneri Jerónimo
- Prof. De educación secundaria en Historia (I.P.C)
- Lic. en educación religiosa (UFASTA)
- Cortina María Eugenia
- Lic. en Administración de empresas
- Cracco, Candelaria Celina
- Diplomatura en comunicación institucional y gestión de redes sociales.
- Tec. Superior en comunicación social.
- Passarella Ana Laura
- Prof. De Educación Secundaria en Lengua y Literatura
- Diplomatura Superior en Evaluación con Producción de Contenidos.
Por ello:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCION
ARTÍCULO 1°.- Declárese de Interés Municipal, Cultural y Educativo el Ciclo de Charlas 2025 organizado por el Instituto de Profesorado Concordia (D-54), a realizarse entre los meses de Abril y Noviembre del año 2025.-
ARTÍCULO 2º.- Entréguese un certificado y una copia de la presente resolución a las autoridades del Instituto de Profesorado Concordia.-
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
SALA DE SESIONES “FEDERICO ZORRAQUÍN”, 8 de Mayo de 2025.-
Lic. MAGDALENA RETA DE URQUIZA
Presidente
Dra. VERONICA NATALIA DELGADO
Secretaria.
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 13 de Mayo de 2.025.
RESOLUCION N° 38.585.
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Ing. SEBASTIAN ARISTIDE
Secretario de Desarrollo Humano.
----------Concordia, 15 de Mayo de 2025.
Nº 10.191
VISTO:
La solicitud presentada por la Asociación Civil Polska Concordia, mediante la cual se solicita que el evento denominado “La Caminata de las Familias” sea declarado de interés Municipal y Cultural, en conmemoración del natalicio de San Juan Pablo II; y,
CONSIDERANDO:
Que dicho evento se realizará el sábado 17 de mayo a las 13:30 horas, dará inicio en calle Coldaroli y costanera norte;
Que este evento tiene como finalidad promover los valores de la solidaridad, el encuentro y la vida en familia, en conmemoración del natalicio de San Juan Pablo II;
Que esta caminata constituye también un homenaje a su legado como referente espiritual y humano, resaltando sus valores y enseñanzas, especialmente en lo referente al deporte, la juventud, la familia y la unidad social;
Que además se ha previsto la donación de alimentos no perecederos, que serán destinados a instituciones de la ciudad que brindan asistencia a personas en situación de vulnerabilidad, lo cual refuerza el carácter solidario del evento;
Que la propuesta cuenta con el acompañamiento del Municipio de Concordia y de la Subsecretaría de Deportes, articulando acciones en beneficio de la comunidad.
Por ello:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCION
ARTÍCULO 1°.- Declárese de Interés Municipal y Cultural el evento denominado “La Caminata de las Familias”, organizado por la Asociación Civil Polska Concordia, a realizarse el día 17 de mayo de 2025.
ARTÍCULO 2º.- Entréguese copia de la presente resolución a la Asociación Civil Polska Concordia.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES “FEDERICO ZORRAQUÍN”, 15 de Mayo de 2025.
Lic. MAGDALENA RETA DE URQUIZA
Presidente
Dra. VERONICA NATALIA DELGADO
Secretaria.
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 16 de Mayo de 2.025.
RESOLUCION N° 38.586.
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente
Ing. SEBASTIAN ARISTIDE
Secretario de Desarrollo Humano.
----------Concordia, 15 de Mayo de 2025.
Nº 10.189
VISTO:
Las Jornadas sobre la “Gestión de Acuíferos Transfronterizos” a realizarse el día viernes 16 de mayo del 2025 en el Centro de Convenciones de Concordia, y;
CONSIDERANDO:
Que las jornadas sobre “Gestión de Acuíferos Transfronterizos” tienen por objetivo reunir a la Comisión Transfronteriza en la ciudad de Concordia para discutir los aprendizajes posteriores al PPM-PAE/SAG y realizar una jornada abierta sobre la gestión de los Acuíferos Transfronterizos. Celebrando así, dos décadas de cooperación entre Concordia y Salto en la protección del Sistema Acuífero Guaraní;
Que la misma es un espacio de reflexión, intercambio técnico y compromiso por el futuro del agua subterránea;
Que este evento cuenta con la cooperación de diversas instituciones como lo son la UNER (Universidad Nacional de Entre Ríos) y la UDELAR (Universidad de la Republica Oriental del Uruguay);
Que el Sistema Acuífero Guaraní constituye uno de los principales reservorios de agua subterránea del mundo y su gestión ha sido objeto de un proceso de cooperación regional sin precedentes entre los gobiernos de Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay;
Que dicho proceso tuvo como hito el desarrollo del Proyecto GEF-SAG (2003–2009)que permitió avances significativos en el conocimiento técnico, la institucionalidad, la participación ciudadana y la elaboración de un Programa de Acción Estratégica (PAE) para su gestión sostenible;
Que como resultado de esta cooperación, en el año 2010 se firmó el Acuerdo sobre el Sistema Acuífero Guaraní, que entró en vigor en el año 2020, constituyéndose en el primer acuerdo multilateral de América Latina sobre un acuífero transfronterizo, marcando un precedente para la gobernanza del agua subterránea en la región;
Que desde el año 2022 se ejecuta el proyecto GEF PPM-PAE/SAG “Implementación del programa de acción estratégica del Sistema Acuífero Guaraní: Posibilitando Acciones Regionales” pronto a culminar y que el mismo contó con la participación de la Mesa Federal del Acuífero Guaraní en talleres que destacaron la importancia de replicar y fortalecer la experiencia en el sitio piloto Concordia-Salto;
Que la actividad se enmarca plenamente en los principios del Consejo Hídrico Federal, en particular en lo referido a la gestión integrada de los recursos hídricos, la cooperación transfronteriza, interjurisdiccional, etc. y la sostenibilidad del agua subterránea como recurso estratégico;
Por ello:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN
ARTÍCULO 1°.- Declárese de Interés Municipal las Jornadas sobre la “Gestión de Acuíferos Transfronterizos” a realizarse el día viernes 16 de mayo del 2025 en el Centro de Convenciones de Concordia.
ARTÍCULO 2°.- Remítase copia de la presente a los interesados.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES “FEDERICO ZORRAQUÍN”, 15 de Mayo de 2025.
Lic. MAGDALENA RETA DE URQUIZA
Presidente
Dra. VERONICA NATALIA DELGADO
Secretaria.
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 16 de Mayo de 2.025.
RESOLUCION N° 38.587.
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Ing. SEBASTIAN ARISTIDE
Secretario de Desarrollo Humano.
----------Concordia, 15 de Mayo de 2025.
Nº 10.188
VISTO:
El 70º Aniversario de la Fundación de AFS Argentina-Uruguay Programas Interculturales, su histórica labor como organización educativa internacional en el fortalecimiento de los lazos interculturales, el impacto de su voluntariado y su compromiso con la formación de ciudadanos globales activos que promueven la paz y el entendimiento mutuo, así como su presencia en nuestra ciudad de Concordia a lo largo de los años; y,
CONSIDERANDO:
Que AFS Programas Interculturales celebra su 70º Aniversario como Organización Educativa Internacional, con más de 105 años de historia promoviendo la paz y el entendimiento entre culturas a través del voluntariado;
Que AFS nació hace 105 años como una red de ambulancias voluntarias en la Primera Guerra Mundial, y con el tiempo se transformó en un puente de cultura y entendimiento entre naciones, con presencia en más de 60 países;
Que los programas de AFS comenzaron en Concordia en 1961, cuando voluntarios de Rosario vinieron a seleccionar a un grupo de jóvenes para viajar a Estado Unidos;
Que AFS Concordia recibió y envió jóvenes estudiantes de manera ininterrumpida hasta 1972;
Que en 1990, uno de los primeros estudiantes seleccionados en la nueva etapa de AFS en Concordia fue Juan Medici (actual Director Ejecutivo de AFS Argentina y Uruguay);
Que AFS llegó a la ciudad de Concordia impulsado por el compromiso de voluntarios locales, y desde entonces ha brindado oportunidades educativas interculturales a jóvenes, educadores y familias concordiense;
Que su propuesta educativa tiene como objetivo formar Ciudadanos Globales Activos, comprometidos con su comunidad y preparados para convivir en la diversidad, fomentando valores como la empatía, el respeto, el diálogo y la equidad;
Que AFS ofrece programas internacionales de intercambio y una serie de becas para ampliar el acceso a estas experiencias, entre ellas:
- Becas de programas de intercambio, donde el sponsor decide en base a su presupuesto y estrategia el proceso de selección, dentro de ellas se encuentran las “Becas abiertas a la comunidad” y “Becas corporativas”.
- “Becas Educadores con Causa”, que brindan la posibilidad a docentes argentinos de realizar experiencias educativas internacionales, conectarse con colegas de otros países y enriquecer su práctica en favor de una educación más inclusiva e intercultural.
- Programas Virtuales, pensados para ampliar el alcance de estas experiencias, incluyen propuestas para jóvenes y también cursos y talleres virtuales para educadores, donde se abordan temáticas como ciudadanía global, diversidad y sostenibilidad.
- Talleres para Empresas, una iniciativa más reciente que propone acompañar a organizaciones del sector privado en procesos de formación sobre diversidad cultural, inclusión y liderazgo consciente, promoviendo entornos laborales más humanos.
Que el voluntariado es el motor de AFS: son las personas voluntarias quienes acompañan, gestionan, capacitan y sostienen cada una de las acciones de la organización a nivel local, nacional e internacional;
Que AFS sostiene sus actividades a través de una estructura sin fines de lucro, que se apoya en el aporte de socios solidarios, el trabajo voluntario y la participación activa de las familias, priorizando siempre el acceso equitativo y la inclusión;
Que esta conmemoración representa una oportunidad para visibilizar el aporte educativo, cultural y humano de AFS, valorando su impacto local e internacional, y reconociendo su rol como promotora de paz, ciudadanía global y transformación social;
Por ello:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN
ARTÍCULO 1°.- Declárese de Interés Municipal, Educativo y Cultural, el 70º Aniversario de AFS Argentina - Uruguay Programas Interculturales, reconociendo su trayectoria como organización promotora del entendimiento intercultural, la paz y la solidaridad global.
ARTÍCULO 2°.- Entréguese una copia de la presente resolución y diploma de reconocimiento a los representantes de AFS Argentina -Uruguay.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES “FEDERICO ZORRAQUÍN”, 15 de Mayo de 2025.
Lic. MAGDALENA RETA DE URQUIZA
Presidente
Dra. VERONICA NATALIA DELGADO
Secretaria.
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 16 de Mayo de 2.025.
RESOLUCION N° 38.588.
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Ing. SEBASTIAN ARISTIDE
Secretario de Desarrollo Humano.
----------Concordia, 15 de Mayo de 2025.
Nº 10.190
VISTO:
La realización de la Charla sobre “Conflictos familiares al final de la vida” y “Cuidados paliativos Vs eutanasia” a cargo de la Enfermera Gloria Miguens, el día 16 de mayo de 2025 de 20:00 a 21:30 hs en Sede OSDE (Pellegrini 704); y,
CONSIDERANDO:
Que los cuidados paliativos son un enfoque holístico que se centra en aliviar el sufrimiento de personas con enfermedades graves, mejorando su calidad de vida y la de sus familias, sin importar la etapa de la enfermedad;
Que no reemplazan el tratamiento curativo, sino que lo complementan, ofreciendo apoyo para manejar el dolor, los síntomas y las necesidades emocionales, sociales y espirituales del paciente;
Que la comunicación entre la familia, el paciente y los profesionales es fundamental para atravesar esta etapa que suele marcar a quienes se encuentran involucrados;
Que la toma de decisiones suele marcar diferencias que deben ser resueltas para seguir adelante con el tratamiento y cuidar el estado mental y físico de las partes;
Que las Terapias complementarias también son extensivas a los familiares y personas a cargo de los pacientes;
Que la profesional Gloria Miguens, quien disertará en este encuentro, es Enfermera Profesional, Acompañante espiritual y Capellana especializada en Cuidados Paliativos, Terapeuta en el final de la vida, Integrante de la Sociedad Argentina de Salud y Espiritualidad de la Asociación Médica Argentina;
Que su trabajo como voluntaria en hospices, hospitales y sanatorios y las profundas experiencias que vivió la llevaron a escribir el libro “Acompañando en el adiós”, donde comparte vivencias y herramientas. Actualmente trabaja como acompañante espiritual y brinda talleres para quienes estén transitando este camino;
Que Gloria Miguens, quien lleva quince años acompañando a enfermos que transitan el final de su vida y a sus familiares con la intención de llevar luz donde otros ven oscuridad, explica:
“Es bueno preguntarse a qué le tenemos miedo y hablar del tema, para atenuar el dolor llegado el momento de pasar por eso” y que “aquellas personas que están en la etapa final de su existencia terrena son quienes más nos enseñan a vivir. Ellos me ayudaron a comprender que todos tenemos que dejar las cosas sanadas antes de partir de este mundo para transmitir lo que realmente es importante, que son la familia, los afectos, la vida en general”.
Que la profesional compartió su testimonio que hoy se torna indispensable para quienes colaboran en el ámbito de la salud;
Que este evento no es arancelado, y quien concurra puede colaborar a voluntad, abierto al público en general.
Por ello:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCION
ARTÍCULO 1°.- Declárese de Interés Municipal y Cultural la realización de la Charla sobre “Conflictos familiares al final de la vida” y “Cuidados paliativos Vs eutanasia” a cargo de la Enfermera Gloria Miguens, el día 16 de mayo de 2025 de 20:00 a 21:30 hs en Sede OSDE (Pellegrini 704).
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES “FEDERICO ZORRAQUÍN”, 15 de Mayo de 2025.
Lic. MAGDALENA RETA DE URQUIZA
Presidente
Dra. VERONICA NATALIA DELGADO
Secretaria
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 16 de Mayo de 2.025.
RESOLUCION N° 38.589.
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Ing. SEBASTIAN ARISTIDE
Secretario de Desarrollo Humano.
