Este documento é extenso demais para traduzir automaticamente. O texto original em espanhol é exibido abaixo.
SUMARIO
Los siguientes Decretos, Resoluciones y Edictos conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
Decretos: 494/2.025, 496/2.025, 512/2.025, 513/2.025, 514/2.025 y 528/2.025.- Resoluciones: 38.604 y 38.605.-
Los siguientes Decretos, Resoluciones y Edictos conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
Decretos: 494/2.025, 496/2.025, 512/2.025, 513/2.025, 514/2.025 y 528/2.025.- Resoluciones: 38.604 y 38.605.-
DECRETO Nº 494/2.025
Concordia, 6 de mayo de 2.025
VISTO,
Que el día viernes 09 de Mayo de 2025 se llevará a cabo la Asamblea General Ordinaria de la Caja Municipal de Préstamos, Sociedad de Economía Mixta y;
CONSIDERANDO:
Que dicha Asamblea General Ordinaria corresponde al Ejercicio anual N° 83 cerrado el 31 de Diciembre de 2024, procediéndose y adecuándose a lo previsto en las disposiciones legales y estatutarias vigentes.
Que debe procederse en consecuencia a designar el representante de la Municipalidad de Concordia para concurrir a la Asamblea General Ordinaria convocada al efecto.
Que el Señor Subsecretario de Hacienda, Contador Claudio Fabián Bastida, ha sido designado por éste Departamento Ejecutivo Municipal para concurrir a la misma.
Que en consecuencia corresponde el dictado del presente acto administrativo.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Ejecutivo Municipal por el Artículo 107°, Incisos b), h), y u) de la Ley 10.027 - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos y sus modificatorias.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Designar al Señor Subsecretario de Hacienda, Cr. Claudio Fabián Bastida para que concurra a la Asamblea General Ordinaria, a llevarse a cabo el día viernes 09 de Mayo de 2025 en representación de la Municipalidad de Concordia, a los fines de tratar el Orden del Día establecido en la convocatoria formulada oportunamente correspondiente al Ejercicio Anual N° 83 cerrado el 31 de Diciembre de 2024, en un todo de acuerdo a lo previsto en las disposiciones legales y estatutarias vigentes.
ARTICULO 2°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Secretaría de Gobierno y oportunamente archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA
Secretario de coordinación de Gabinete y Hacienda.
----------DECRETO N° 496/2.025
Concordia, 6 de mayo de 2.025
VISTO la Resolución N° 78 S.G.G. del Gobierno de Entre Ríos y;
CONSIDERANDO:
Que por tales cuestiones se hace imprescindible ampliar el Presupuesto 2025.
Que la presente medida se dicta de conformidad a lo dispuesto en el Articulo N° 8 de la Ordenanza de Presupuesto 2025 N° 38.527 que faculta al Departamento Ejecutivo Municipal a ampliar el mismo por nuevos y mayores ingresos con afectación especifica, con la condición de la comunicación previa de realizar tales ampliaciones al Concejo Deliberante.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por los Artículos 107° de la Ley N° 10.027 - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos y sus modificatorias.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Apruébese la modificación al Presupuesto General de la Administración Municipal conforme se dispone en los artículos siguientes.
ARTICULO 2°.- Amplíese en la suma de PESOS VEINTE MILLONES ($ 20.000.000) el Cálculo de Recursos de la Administración Municipal correspondiente al Ejercicio 2025 destinados a atender los gastos fijados en el Artículo 3 del presente Decreto.
ARTICULO 3°.- Amplíese el Presupuesto General de gastos al Ejercicio 2025, en la partida presupuestaria 3.1.90.01.01.02.21.45 "APORTE P/SUMMER FEST CONCORDIA", de la Jurisdicción GOBIERNO en la suma de PESOS VEINTE MILLONES ($ 20.000.000).
ARTICULO 4°.- Comuníquese al Concejo Deliberante con copia del presente Decreto, la utilización de la facultad del Artículo 8° de la Ordenanza 38.527.
ARTICULO 5°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA
Secretario de coordinación de Gabinete y Hacienda.
----------DECRETO N° 512/2.025
Concordia, 13 de mayo 2.025.
VISTO el traslado solicitado por la Agente contratada con aportes IVANA BLANCA RAMONA NIZ, Legajo N° 6856, en Expediente interno N° 1 "N"/2025, y;
CONSIDERANDO:
Que la Agente contratada con aportes IVANA BLANCA RAMONA NIZ, Legajo N° 6856, D.N.I N° 34.681.378, dependiente de la Subsecretaría de Desarrollo Social, solicita su traslado a la Dirección de Atención Primaria de la Salud de la Secretaría de Salud.
Que la Secretaría de Desarrollo Humano y la Secretaría de Salud han expresado que no existen objeciones al traslado de la interesada.
Que a fojas 3, la Dirección de Recursos Humanos informa que la Agente Niz Ivana Blanca Ramona, Legajo N° 6856, presta servicios en este Municipio desde el 01 de junio de 2.023. Revista como personal contratado con aportes. Depende de la Secretaría de Desarrollo Humano, Subsecretaría de Desarrollo Social.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107° de la Ley Nº 10.027/11 y su modificatoria Ley Nº 10.082 - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos. Según T.O. Decreto Nº 4706/12 del Poder Ejecutivo Provincial.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Desaféctese de la Subsecretaría de Desarrollo Social, Secretaría de Desarrollo Humano a la Agente con aportes IVANA BLANCA RAMONA NIZ, Legajo N° 6856, D.N.I N° 34.681.378 y aféctese a la Dirección de Atención Primaria de la Salud, dependiente de la Secretaria de Salud, por los motivos invocados en los considerandos del presente.
ARTICULO 2°.- lmpútese lo aprobado en el Artículo 1° en la partida presupuestaria: 3.3.10.01.01.01/SUBSECRETARIA DE SALUD - 33.
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y oportunamente, archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Ing. SEBASTIAN ARISTIDE
Secretario de Desarrollo Humano
Dr. DIEGO ENRIQUE SAURE
Secretario de Salud.
----------DECRETO Nº 513/2.025
Concordia, 13 de mayo de 2.025
VISTO la presentación efectuada por el Señor ALDAZ PABLO JORGE, DNI 16.360.307, legajo Nº 3475, obrante a fojas 1 del expediente Nº 16 "A" 2025, por la que eleva su renuncia al cargo a partir del 10 de Mayo de 2025, a efectos de acogerse a la jubilación otorgada por la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos, asimismo solicita el pago de licencias adeudadas, aguinaldo proporcional y el subsidio (Art. 77º, Ord. º 11275) y,
CONSIDERANDO:
Que por Resolución 000935 de fecha 20 de Febrero de 2025 de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos, se concedió el beneficio de la Jubilación Ordinaria Común al Señor ALDAZ PABLO JORGE, DNI 16360.307.
Que la Dirección de Recursos Humanos solicita informe si al mismo le practican y/o tiene embargos pendientes, ya que el Señor Aldaz Pablo Jorge, Legajo Nº 3475, presento la renuncia al cargo a partir del 1º de Mayo de 2025.
Que la Dirección de Liquidaciones, informa que el Agente Aldaz Pablo Jorge, Legajo Nº 3475, en la actualidad no tiene embargos activos ni en espera.
Que la Encargada Control Deudas Créditos Especiales informa que el agente municipal Aldaz Pablo Jorge, Legajo Nº 3475, a la fecha NO registra deuda de Créditos Especiales (Adelanto de Sueldo).
Que la Directora de Recursos Humanos informa que el agente Aldaz Pablo Jorge, Legajo Nº 3475, DNI 16.360.307, presta servicios en este municipio desde el 01/06/2003, revista como personal mensual, categoría Nº 22, dependiente de la Secretaria de Gobierno, Dirección de Prevención y Seguridad Municipal. Dicho agente tendría pendiente, 14 (catorce) días de licencia del año 2022, 30 (treinta) días de licencia del año 2023, 30 (treinta) días de licencia del año 2024 y 10 (diez) días proporcionales de la licencia del corriente año y aguinaldo proporcional 1º semestre-2025 El artículo 77º Bis de la Ordenanza N° 11.275/49, establece: "En caso de jubilación, los empleados que acrediten el efectivo otorgamiento de la misma, dentro de un plazo de 90 (noventa) días de concedida, tendrá derecho a un subsidio equivalente a tres sueldos básicos correspondientes a la categoría 20°".
Que por Dictamen Nº 648/25 la Dirección de Asuntos Jurídicos dando visto a las presentes actuaciones venidas a consulta y dictamen, el requerimiento de fojas 1, la resolución de fs. 2 emitida por la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos y mediante la que se acredita el beneficio de Jubilación Ordinaria Común, esta Dirección no -tiene objeción que formular respecto a la aceptación de la renuncia y además entiende que corresponde hacer lugar al pago de las licencias treinta (30) días del 2023, treinta (30) días de licencia 2024 y 10 (diez) días proporcionales de la licencia del año 2025, aguinaldo proporcional 1º semestre 2025 y el subsidio por jubilación establecido en el artículo 77° Bis de la Ordenanza Nº 11.275-49 correspondiente a 3 (tres) sueldos básicos de la categoría Nº 20.
Que la Jefa Dpto. Administrativo de la Dirección de Recursos Humanos a fin de que se realice el dictado del acto administrativo correspondiente.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107º, incisos u) de la Ley Nº 10.027, modificada a través de la Ley Nº 10.082 - Régimen de las Municipalidades de la Provincia de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTICULO 1°.- Aceptar a partir del 1º de Mayo de 2025 la renuncia presentada por el Señor Aldaz Pablo Jorge, DNI 16.360.307, Legajo Nº 3475, con motivo de haberse acogido a los beneficios de la Jubilación Ordinaria Común otorgada por la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos.
ARTICULO 2°.- Reconocer y abonar al Señor Aldaz Pablo Jorge, el pago de las licencias pendientes, treinta (30) días del 2023, treinta (30) días de licencia 2024, diez (10) días proporcionales de la licencia del año 2025, aguinaldo proporcional 1º semestre 2025 y el subsidio por jubilación establecido en el artículo 77º Bis de la Ordenanza Nº 11.275-49 correspondiente a 3 (tres) sueldos básicos de la categoría Nº 20.
ARTICULO 3°.- Notificar por la Dirección de Recursos Humanos al Ex Agente ALDAZ PABLO JORGE, de los dispuesto en los artículos 1 y 2 del presente, cumplimentado pase al Departamento de Liquidaciones.
ARTICULO 4°.- Comuníquese, regístrese, publíquese y oportunamente archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Dr. LUCIANO DELL´OLIO
Secretario de Gobierno.
----------DECRETO N° 514/2.025.
Concordia, 13 de mayo de 2.025
VISTO el Expediente N° 34 "E"/2025 y,
CONSIDERANDO:
Que el Agente Mensual Escobar Juan, Legajo N° 6362, solicita se le conceda el beneficio previsto en el Articulo 1° de la Ordenanza N° 34.691/11 y modificatoria Ordenanza N° 36,077/17.
Que a Fs. 2 obra informe de la Dirección de Recursos Humanos, donde comunica que dicho agente cuenta con 62 años de edad y revista una antigüedad de 4 años y 6 meses de servicio en este municipio.
Que la Dirección de Asuntos jurídicos, mediante Dictamen N° 479/25, a fs.3 entiende que no es posible hacer lugar a lo solicitado por no estar comprendido en el Art. 1º de la Ordenanza 34.691/11, teniendo presente la ley de Jubilaciones Nº 8732 de jubilaciones y pensiones, tampoco con los años de aporte.-
Que a fs. 8 la Dirección de Recursos Humanos informa, que por un error involuntario se consigno 4 años, siendo 9 años y 5 meses de servicio en este municipio.
Que a fs. 9 obra Dictamen N° 626/25 tomando conocimiento.
Que es necesario dejar sin efecto el Decreto N° 415/2.025 y confeccionar uno con los años de antigüedad correspondiente.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por los Artículos 107° inciso u) de la Ley Nº 10.027 _ Régimen Municipal -modificada a través de la Ley 10.082, según T.O. Decreto N° 4706/12 del Poder Ejecutivo Provincial.-
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Dejar sin efecto el Decreto N°415/25 de fecha 14/04/2.025.
ARTICULO 2°.- No hacer lugar a lo solicitado por el Agente mensual Escobar Juan, Legajo Nº 6362, por no encuadrarse dentro de lo establecido en el Art 1° de la Ordenanza 34.691/11 y en virtud de lo expresado en el considerando precedente.
ARTICULO 3°.- Notifíquese a través de la Dirección de Recursos Humanos y oportunamente archívese en su legajo personal.
ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Dr. LUCIANO DELL´OLIO
Secretario de Gobierno.
----------DECRETO N° 528/2.025
Concordia, 14 de mayo de 2.025
VISTO las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 77 ¨D¨ 2025 y,
CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Catastro eleva Ficha para Transferencia, correspondientes a los Planos de Mensura 88182/88183, Matrícula 131309/2018, Matricula 131309/2018 donde requiere la regularización de la situación dominial de un inmueble propiedad de Santiago Juan Ponce Díaz y Mario Daniel Kaplan, Manzanas Nº 3758-3759-3760, donando dos lotes, uno para prolongación de calles y el otro destinado a Espacio Verde y Equipamiento Público, conforme al cumplimiento de las funciones establecidas en el Título 3 Punto 3.2.2 del Código de Ordenamiento Urbano y Territorial, Transferencia del Dominio de los Espacios Públicos, a los efectos de cumplimentar con lo dispuesto por el mencionado punto se solicita proceda a efectuar las correspondientes inscripciones de los inmuebles a favor del Municipio en el Registro Público de la Propiedad.
Que de fojas 6 a 7 vta., obra ficha para la transferencia del espacio donado destinado a la prolongación de calles Nogoyá, Humberto 1º y Mons. Isidro Martínez, Plano de Mensura Nº 88182 del Departamento Concordia – Municipalidad de Concordia – Planta Urbana – Sección 32 – Manzanas 3758-3759-3760, con domicilio parcelario en Mons. Pablo Isidro Martínez S/N, Esquina calle Chile, propiedad de Ponce Díaz Santiago Juan y Kaplan Mario Daniel, con una superficie total de Cinco Mil Ciento Setenta y Cinco Metros Cuadrados con Ochenta y Un Decímetros Cuadrados (5.175,81 m2) cuyas medidas, límites y linderos son las siguientes:
- Al Norte: Once rectas a saber: (1-2) al rumbo S 83º 14’ E de 7,50 metros; (2-14) al rumbo S 07º 34’ O de 94,80 metros; (14-15) al rumbo S 83º 14’ E de 48,76 metros; (15-3) al rumbo N 07º 34’ E de 94,80 metros lindando las cuatro con Mario Daniel Kaplan y Otro; (3-4) al rumbo S 83º 14’ E de 15,00 metros lindando con calle Prof. Marta Benedetti; (4-16) al rumbo S 07º 34’ O de 94,80 metros; (16-17) al rumbo S 83º 14’ E de 100,41 metros; (17-6) al rumbo N 07º 34’ E de 94,80 metros lindando las tres con Mario Daniel Kaplan y Otro; (6-7) al rumbo S 83º 14’ E de 15,00 metros lindando con calle Prof. Marta Benedetti; (7-22) al rumbo S 07º 34’ O de 94,80 metros y (22-11) al rumbo S 83º 14’ E de 136,75 metros lindando ambas con Mario Daniel Kaplan y Otro.
- Este: Recta (11-12) al rumbo S 07º 34’ O de 5,00 metros lindando con calle Chile.
- Sur: Recta (12-13) al rumbo N 83º 14’ O de 323,43 metros lindando con calle Mons. Pablo Isidro Martínez.
- Oeste: Recta (13-1) al rumbo N 07º 34’ E de 99,80 metros lindando con Altos de Zorraquín S.A. – PI. Nº 72.092.-
- Al Norte: Recta (8-9) al rumbo S 83º 14’ E de 77,44 metros lindando con calle Prof. Marta Benedetti.-
- Al Este: Recta (9-10) al rumbo S 07º 34’ O de 49,23 metros lindando con calle Chile.-
- Sur: Recta (10-23) al rumbo N 83º 14’ O de 76,75 metros lindando con Mario Daniel Kaplan y Otro.
- Oeste: Recta (23-8) al rumbo N 06º 46’ E de 49,23 metros lindando con Mario Daniel Kaplan y Otro.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107° inciso u), de la Ley 10.027 y su modificatoria, régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTÍCULO 1º.- Aceptase la donación realizada por el Señor Santiago Juan Ponce Díaz y el Señor Mario Daniel Kaplan, en su carácter de propietarios, correspondiente a los Planos de Mensura Nº 88182/88183, Matrícula Nº 131309/2018, cuyo inmueble se ubica en Departamento Concordia – Municipalidad de Concordia – Planta Urbana – Sección 32 – Grupo 0 – Manzanas Nº 3758-3759-3760, con domicilio parcelario en calle Chile S/Nº Esq. Calle Prof. Marta Benedetti y Mons. Pablo Isidro Martínez, Esquina calle Chile, conforme al considerando precedente y a la siguiente descripción:
INMUEBLE: Espacio donado con destino a la prolongación de calles Nogoyá, Humberto 1º y Mons. Isidro Martínez, Plano de Mensura Nº 88182 del Departamento Concordia – Municipalidad de Concordia – Planta Urbana – Sección 32 – Manzanas Nº 3758-3759-3760, con domicilio parcelario en Mons. Pablo Isidro Martínez, Esquina calle Chile, propiedad de Ponce Díaz Santiago Juan y Kaplan Mario Daniel, con una superficie total de Cinco Mil Ciento Setenta y Cinco Metros Cuadrados con Ochenta y Un Decímetros Cuadrados (5.175,81 m2) cuyas medidas, límites y linderos son las siguientes:
- Al Norte: Once rectas a saber: (1-2) al rumbo S 83º 14’ E de 7,50 metros; (2-14) al rumbo S 07º 34’ O de 94,80 metros; (14-15) al rumbo S 83º 14’ E de 48,76 metros; (15-3) al rumbo N 07º 34’ E de 94,80 metros lindando las cuatro con Mario Daniel Kaplan y Otro; (3-4) al rumbo S 83º 14’ E de 15,00 metros lindando con calle Prof. Marta Benedetti; (4-16) al rumbo S 07º 34’ O de 94,80 metros; (16-17) al rumbo S 83º 14’ E de 100,41 metros; (17-6) al rumbo N 07º 34’ E de 94,80 metros lindando las tres con Mario Daniel Kaplan y Otro; (6-7) al rumbo S 83º 14’ E de 15,00 metros lindando con calle Prof. Marta Benedetti; (7-22) al rumbo S 07º 34’ O de 94,80 metros y (22-11) al rumbo S 83º 14’ E de 136,75 metros lindando ambas con Mario Daniel Kaplan y Otro.
- Este: Recta (11-12) al rumbo S 07º 34’ O de 5,00 metros lindando con calle Chile.
- Sur: Recta (12-13) al rumbo N 83º 14’ O de 323,43 metros lindando con calle Mons. Pablo Isidro Martínez.
- Oeste: Recta (13-1) al rumbo N 07º 34’ E de 99,80 metros lindando con Altos de Zorraquín S.A. – PI. Nº 72.092.
- Al Norte: Recta (8-9) al rumbo S 83º 14’ E de 77,44 metros lindando con calle Prof. Marta Benedetti.-
- Al Este: Recta (9-10) al rumbo S 07º 34’ O de 49,23 metros lindando con calle Chile.-
- Sur: Recta (10-23) al rumbo N 83º 14’ O de 76,75 metros lindando con Mario Daniel Kaplan y Otro.
- Oeste: Recta (23-8) al rumbo N 06º 46’ E de 49,23 metros lindando con Mario Daniel Kaplan y Otro.
ARTÍCULO 2º.- Establécese que los gastos resultantes de la presente tramitación sean a cargo de la Municipalidad de Concordia.
ARTÍCULO 3º.- Facúltase a la Asesora Legal, Dra. María Magdalena PONTI, Matrícula Nº 5124 Fº 140 T I, dependiente de la Secretaría de Desarrollo Urbano, a efectuar las gestiones administrativas y/o judiciales, tendientes a cumplimentar las inscripciones de dominio del inmueble en cuestión.
ARTÍCULO 4º.- Facúltese a la Escribanía Mayor de Gobierno a realizar los trámites conducentes a la transferencia del dominio del inmueble a favor del Estado Provincial.
ARTÍCULO 5º.- Gírese a conocimiento del Departamento Asesoría Legal dependiente de la Secretaría de Desarrollo Urbano, debiéndose dar intervención a la Dirección de Catastro y a la Dirección de Rentas, ambas dependientes de la Secretaría de Coordinación de Gabinete y Hacienda.
ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, regístrese, dése a la Secretaría de Gobierno y a la Secretaría de Coordinación de Gabinete y Hacienda y oportunamente, archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Arq. ALEJANDRO E. LOPEZ
Secretario de Desarrollo Urbano.
----------Concordia, 05 de Junio 2025
Nº 10.199
VISTO:
La solicitud presentada por Prof. Sara Eiris, de Declarar de Interés Municipal 30º Concurso Internacional de Danzas, Integración CIAD 2025; y,
CONSIDERANDO:
Que el concurso congrega a más de 2.500 bailarines de nuestro país y de países limítrofes como R.O.U y Brasil, así como la comunidad en general de nuestra ciudad;
Que cuenta con la participación de maestros y delegaciones completas, promueve el intercambio cultural y artístico en el ámbito de la danza;
Que contará con un jurado internacional de prestigio, conformado por:
- El Presidente de la Confederación Internacional de Danzas, Profesor y ex Bailarín Rodolfo Solmoirago.
- Ex bailarina del Teatro Colón y figura Liliana Belfiori.
- Profesora, ex bailarina Ana María Aloia.
- Presidenta de la Asociación Correntina de Profesionales de la Danza.
- Profesora y jurado Internacional Claudia Cabrera.
- Presidenta de la Asociaciónde Uruguay (R.O. Uruguay).
- Jurado internacional Profesora Lara Gómez;
Que se espera una gran cantidad de público;
Por ello:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCION
ARTÍCULO 1º.- Declárese de Interés Municipal, 30º Concurso Internacional de Danzas, Integración CIAD 2025, a realizarse los días 7 y 8 de Junio en el Centro de Convenciones Concordia.
ARTÍCULO 2º.- Entréguese a sus organizadores, un certificado que exprese la Declaración citada en el artículo precedente, y una copia de la presente Resolución.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES “FEDERICO ZORRAQUÍN”, 05 de Junio de 2025.
Lic. MAGDALENA RETA DE URQUIZA
Presidente
Dra. VERÓNICA NATALIA DELGADO
Secretaria
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 6 de junio de 2.025
RESOLUCION N° 38.604
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Ing. SEBASTIAN ARISTIDE
Secretario de Desarrollo Humano.
----------Concordia, 05 de Junio 2025
Nº 10.200
VISTO:
La solicitud presentada por el grupo de entrenamiento mixto +18 de Remate Vóley Concordia y el gimnasio Sinergia Sports Center, tendiente a declarar de Interés Municipal el “1º Torneo de la Bandera – Campeonato de Vóley 2025”; y,
CONSIDERANDO:
Que se trata de un torneo de Primera Masculina, organizado en conjunto por el gimnasio Sinergia Sports Center y el grupo de entrenamiento mixto +18 de Remate Vóley;
Que este evento reúne a más de 200 deportistas de nuestra ciudad, así como de localidades vecinas como Federación, Gualeguaychú, Concepción del Uruguay y San Salvador, incluso de países limítrofes como la República Oriental del Uruguay. También convoca a la comunidad local en general, promoviendo el deporte como espacio de encuentro;
Que el torneo cuenta con la participación de delegaciones completas y fomenta el intercambio deportivo y cultural en torno a una disciplina tan significativa como el vóley;
Que la propuesta incluye no solo la competencia deportiva, sino también actividades recreativas y culturales abiertas a toda la comunidad, como música en vivo, espectáculos familiares, sorteos, una cena show para los equipos participantes, entre otros atractivos;
Que se espera una importante concurrencia de público, lo que refuerza el carácter integrador, cultural y turístico de la iniciativa.
Por ello:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCION
ARTÍCULO 1º.- Declárese de Interés Municipal, Educativo y Deportivo el 1º Torneo de la Bandera, Campeonato de Vóley 2025, a realizarse los días 20-21 y 22 de Junio en el gimnasio Sinergia Sports Center de Concordia.
ARTÍCULO 2º.- Entréguese a sus organizadores, un certificado que exprese la Declaración citada en el artículo precedente, y una copia de la presente Resolución.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES “FEDERICO ZORRAQUÍN”, 05 de Junio de 2025.
Lic. MAGDALENA RETA DE URQUIZA
Presidente
Dra. VERONICA NATALIA DELGADO
Secretaria.
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 10 de Junio de 2.025.
RESOLUCION N° 38.605
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Ing. SEBASTIAN ARISTIDE
Secretario de Desarrollo Humano.
----------EDICTO.-
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica a los Sres. NONINO PATRICIO, LEGAJO 6905, MAIDANA IVAN FERNANDO, LEGAJO 9803, CONRRADO RUBEN HORACIO, LEGAJO 5238, y OZUNA ARIEL SEBASTIAN, LEGAJO 5213 que se ha dispuesto la presente notificación tendiente a hacerle saber que mediante Resolución N° 3650/2025 de fecha 4 de Junio del año 2025 se ha dispuesto lo siguiente:
ARTICULO 1°: Disponer la no renovación de los contratos dependientes de la Secretaría de Desarrollo Urbano, que revisten como contratados con aporte y sin aportes conforme anexo I, el cual forma parte integrante de la presente Resolución, a partir del 1 de Julio del año 2025. ARTICULO 2°.- Remitir a la Dirección de Recursos Humanos, a los fines de su conocimiento y, asimismo, proceder a la notificación de aquellos contratos que no serán renovados, y a la Dirección de Liquidación de Haberes a sus efectos.- ANEXO I CONTRATOS CON APORTES ... LEGAJO 5213 - OZUNA ARIEL SEBASTIAN, 5238, CONRRADO RUBEN HORACIO, ... LEGAJO 6905; NONINO PATRICIO, LEGAJO 9803, MAIDANA IVAN FERNANDO ... - Fdo. Dr. Francisco Azcué Presidente Municipal de Concordia.- Arq. Alejandro E. López, Secretario de Desarrollo Urbano - Municipalidad de Concordia -
QUEDA UD DEBIDAMENTE NOTIFICADA.-
Concordia, 17 de JUNIO del 2.025.-
----------La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica a los Sres. NONINO PATRICIO, LEGAJO 6905, MAIDANA IVAN FERNANDO, LEGAJO 9803, CONRRADO RUBEN HORACIO, LEGAJO 5238, y OZUNA ARIEL SEBASTIAN, LEGAJO 5213 que se ha dispuesto la presente notificación tendiente a hacerle saber que mediante Resolución N° 3650/2025 de fecha 4 de Junio del año 2025 se ha dispuesto lo siguiente:
ARTICULO 1°: Disponer la no renovación de los contratos dependientes de la Secretaría de Desarrollo Urbano, que revisten como contratados con aporte y sin aportes conforme anexo I, el cual forma parte integrante de la presente Resolución, a partir del 1 de Julio del año 2025. ARTICULO 2°.- Remitir a la Dirección de Recursos Humanos, a los fines de su conocimiento y, asimismo, proceder a la notificación de aquellos contratos que no serán renovados, y a la Dirección de Liquidación de Haberes a sus efectos.- ANEXO I CONTRATOS CON APORTES ... LEGAJO 5213 - OZUNA ARIEL SEBASTIAN, 5238, CONRRADO RUBEN HORACIO, ... LEGAJO 6905; NONINO PATRICIO, LEGAJO 9803, MAIDANA IVAN FERNANDO ... - Fdo. Dr. Francisco Azcué Presidente Municipal de Concordia.- Arq. Alejandro E. López, Secretario de Desarrollo Urbano - Municipalidad de Concordia -
QUEDA UD DEBIDAMENTE NOTIFICADA.-
Concordia, 17 de JUNIO del 2.025.-
EDICTO.-
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica a la Sra. CENTURION GABRIELA EUGENIA, D.N.I. N° 26.558.690, legajo 5267 que se ha dispuesto la presente notificación tendiente a hacerle saber que mediante Resolución N° 3649/2025 de fecha 4 de Junio del año 2025 se ha dispuesto lo siguiente:
ARTICULO 1°: Disponer la no renovación de los contratos dependientes de la Secretaría de Salud, que revisten como contratado con aporte y sin aporte conforme anexo I, el cual forma parte integrante de la presente Resolución, a partir del 1 de Julio del año 2025.
ARTICULO 2°._ Remitir a la Dirección de Recursos Humanos, a los fines de su conocimiento y notificación y a la Dirección de Liquidación de Haberes a sus efectos.- ANEXO NO RENOVACION ... LEGAJO 5267 CENTURION GABRIELA EUGENIA ... Fdo. Dr. Francisco Azcué Presidente Municipal de Concordia - Dr. Diego Sauré - Secretario de Salud - Municipalidad de Concordia -.
QUEDA UD DEBIDAMENTE NOTIFICADA.-
Concordia, 17de JUNIO del 2.025.-La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica a la Sra. CENTURION GABRIELA EUGENIA, D.N.I. N° 26.558.690, legajo 5267 que se ha dispuesto la presente notificación tendiente a hacerle saber que mediante Resolución N° 3649/2025 de fecha 4 de Junio del año 2025 se ha dispuesto lo siguiente:
ARTICULO 1°: Disponer la no renovación de los contratos dependientes de la Secretaría de Salud, que revisten como contratado con aporte y sin aporte conforme anexo I, el cual forma parte integrante de la presente Resolución, a partir del 1 de Julio del año 2025.
ARTICULO 2°._ Remitir a la Dirección de Recursos Humanos, a los fines de su conocimiento y notificación y a la Dirección de Liquidación de Haberes a sus efectos.- ANEXO NO RENOVACION ... LEGAJO 5267 CENTURION GABRIELA EUGENIA ... Fdo. Dr. Francisco Azcué Presidente Municipal de Concordia - Dr. Diego Sauré - Secretario de Salud - Municipalidad de Concordia -.
QUEDA UD DEBIDAMENTE NOTIFICADA.-
