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DECRETO N° 1.199/2.025
Concordia, 22 de Octubre de 2.025
VISTO, el contenido del Expediente Digital Nº 795 del año 2025, que surge de la Solicitud de Compra Digital Nº 879 del año 2025; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto N° 934/2025 de fecha 28/07/2025 se aprueba el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Anexo I – Características Técnicas, de la Licitación Privada N° 25/2025 para la “ADQUISICIÓN DE MATERIALES PARA MANTENIMIENTO DE CAMARAS DE VIGILANCIA DEL CENTRO DE MONITREO”.
Que obra intervención de la Dirección de Compras y Suministros.
Que obra Acta de Apertura de fecha 13/08/2025, donde consta que la Dirección de Compras y Suministros procedió a la apertura de tres ofertas de la Licitación Privada N° 25/2025 para la “ADQUISICIÓN DE MATERIALES PARA MANTENIMIENTO DE CAMARAS DE VIGILANCIA DEL CENTRO DE MONITOREO” – 2° Llamado.
Que obra documentación presentada por los oferentes.
Que obra primer Dictamen de la Comisión Evaluadora de fecha 18/08/2025, donde consta que en el acto de apertura se presentaron tres ofertas correspondientes a:
Marcelo Fabian Laquidara: cotizando lo solicitado a un importe total de PESOS SEIS MILLONES SEISCIENTOS VEINTE MIL SETECIENTOS VEINTINUEVE CON 68/100 ($ 6.620.729,68)
BA TECNOLOGIA Y SEGURIDAD S.A: cotizando lo solicitado a un importe total de PESOS SIETE MILLONES VEINTICUATRO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y SEIS CON 00/100 ($7.024.896,00)
EXCELCOM S.A.: cotizando lo solicitado a un importe total de PESOS NUEVE MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y CUATRO CON 02/100 ($ 9.755.494,02). No cotiza ítems 7 y 10. Presenta alternativa del ítem 1 a un importe unitario de $ 3.946.137,66.
Que analizadas las ofertas en su aspecto formal se verifica:
Marcelo Fabian Laquidara: No cumple con la documentación solicitada en el pliego de Bases y Condiciones Particulares:
El oferente deberá presentar declaración jurada por la cual se compromete a dirimir cualquier tipo de controversia con la Municipalidad de Concordia, sea en la interpretación, ejecución o cumplimiento del presente, a la jurisdicción de los Tribunales Ordinario de la ciudad de Concordia, renunciando a cualquier otro fuero y/o jurisdicción que le pudiera corresponder, inclusive la Federal-Suscripta por el oferente al pie de la página.
Constancia actualizada de inscripción de la Municipalidad.
Constitución de domicilio electrónico.
BA TECNOLOGIA Y SEGURIDAD S. A.: cumple con la documentación solicitada en el Pliego de bases y Condiciones.
EXCELCOM S.A.: cumple con la documentación solicitada en el Pliego de bases y Condiciones. Sin embargo, presenta una nota con condicionamiento en la forma de entrega de la mercadería. De acuerdo a lo establecido en la Ordenanza N°34.698, Artículo 48° incisos f) Que contuviere condicionamientos e inciso h) Qué contuviere clausulas en contraposición con las normas que rigen la contratación, corresponde declarar inadmisible la oferta.
Que por antes expuesto la Comisión Evaluadora decide intimar a la firma MARCELO FABIAN LAQUIDARA a la presentación de la documentación faltante en el plazo establecido por la normativa vigente.
Que obra un segundo Dictamen de la Comisión Evaluadora de fecha 30/09/2025 correspondiente a Licitación Privada N° 25/2025 para la “ADQUISICIÓN DE MATERIALES PARA MANTENIMIENTO DE CAMARAS DE VIGILANCIA DEL CENTRO DE MONITREO” – 2° Llamado, donde consta que, en fecha 18/08/2025 se decidió intimar a la firma MARCELO FABIAN LAQUIDARA al cumplimiento de la documentación faltante. A la fecha se verifica que cumple con lo solicitado.
Que analizadas las ofertas admisibles en su aspecto económico se observa:
Que la Dirección de Informática toma intervención de su competencia.
Que la Dirección de Electrotecnia y Comunicaciones toma intervención de su competencia, realizando la evaluación de lo cotizado y emitiendo el informe correspondiente y la recomendación en el GESCOM.
Que a partir de las recomendaciones del área solicitante, la Comisión Evaluadora aconseja desestimar la adjudicación de los ítems 7 y 8 por superar ampliamente la Imputación Preventiva.
Que si bien el área solicitante recomienda adjudicar el ítem 5) a la firma EXCELCOM S.A., al verificarse que la oferta es inadmisible, la Comisión recomienda adjudicar a la firma BA TECNOLOGIA Y SEGURIDAD S.A. por cumplir los requisitos y se la oferta admisible más conveniente.
Que por lo expuesto, la Comisión Evaluadora aconseja adjudicar de acuerdo al siguiente detalle:
Que el importe total adjudicado es PESOS CINCO MILLONES CUATROCIENTOS SIETE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y SEIS CON 44/100 ($5.407.496,44).
Que el cumplimiento a lo dispuesto en el Art 118° inc. a) de la Ordenanza N° 34.698 se consulto en el SIPAM y se constata que el oferente no posee deuda en la Tasa Comercial superior a sesenta días.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por la Ley 10.027– Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Apruébese el procedimiento licitatorio obrante en el Expediente Digital Nº 795 del año 2025, correspondiente a la Licitación Privada N° 25/2025 para la “ADQUISICIÓN DE MATERIALES PARA MANTENIMIENTO DE CAMARAS DE VIGILANCIA DEL CENTRO DE MONITREO” – 2° Llamado.
ARTÍCULO 2º.- Adjudíquese a la firma MARCELO FABIAN LAQUIDARA a un importe total de PESOS SETECIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL CIENTO DOCE CON 44/100 ($787.112,44), lo que representa un 28.44% inferior a la preventiva; según el siguiente detalle:
ARTÍCULO 3º.- Adjudíquese a la firma BA TECNOLOGIA Y SEGURIDAD S.A. a un importe total de PESOS CUATRO MILLONES SEISCIENTOS VEINTE MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y CUATRO CON 00/100 ($ 4.620.384,00), lo que representa un 23,65% superior a la preventiva, según el siguiente detalle:
ARTÍCULO 4º.- Desestímese los ítems según el siguiente detalle:
ARTÍCULO 5º.- Impútese la presente erogación en las partidas:
3.2.90.02.05.07.57.14 Servicios Públicos $ 5.407.496,44.- Del presupuesto de gastos vigente, debiendo remitirse a la Dirección de Presupuesto a los efectos de que se realicen los ajustes necesarios, y acordes al presente gasto.
ARTÍCULO 6º.- Dispóngase que a través de la Dirección de Compras y Suministros se dé cumplimiento a lo establecido en el Artículo 10º del Pliego de Bases y Condiciones, comunicando la Adjudicación.
ARTÍCULO 7º.- Comuníquese, publíquese y oportunamente archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Arq. ALEJANDRO E. LOPEZ
Secretario de Servicios Públicos.
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Concordia, 30 Octubre de 2025.
Nº 10.314
VISTO:
Que en oportunidad de conmemorarse el próximo 31 de Octubre del corriente año el “Día de las iglesias evangélicas y protestantes”, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante Ley Nº 27.741 se instituye el «Día Nacional de las Iglesias Evangélicas y Protestantes» como reconocimiento a la importancia de esta tradición religiosa en la historia y sociedad argentina con más de 200 años de presencia efectiva en el país como un gesto de respeto y apoyo al diálogo interreligioso y fomento de la diversidad y pluralidad en la nación;
Que en nuestra provincia mediante la Ley Nº 10.224 se declara al 31 de octubre de cada año como el “Día de la Reforma Protestante”, y a la cual el estado municipal adhiere mediante ordenanza Nº 35.173 “Día de la Reforma”, instituyendo con los actos respectivos en la agenda municipal según su artículo 1°, e implementado a través de la Dirección de Culto las celebraciones y actividades reflexivas a fin de recibir honores a la libertad de pensamiento;
Que las citadas normativas establecen como día no laborable para los agentes pertenecientes a los poderes del Estado Provincial y Ente Descentralizados que profesen los cultos protestantes y evangélicos;
Que 31 de octubre de 1517, el monje alemán Martín Lutero clavó sus 95 tesis en la puerta de la Iglesia del Palacio de Wittenberg. Este acto es considerado el punto de partida simbólico de la Reforma Protestante;
Que las actividades de celebración por los 508 años de la reforma se realizarán en nuestra ciudad, organizada por APUC (Asociación pastores Unidos de Concordia), el mismo día 31 de Octubre bajo el lema “Día de las Iglesias Evangélicas y Protestantes”;
Que a lo largo del tiempo en su recorrido en más de 500 años, la iglesia fue pilar fundamental para la comunidad, en la actualidad, esta fe cristiana cuenta con alrededor de 700 millones de seguidores en todo el mundo. En Argentina, según datos del último censo religioso realizado por el Conicet, en 2019, el 15,3% de la población se identifica como evangélica, esto significa en números de hoy, que hay unos 6.500.000 de evangélicos en todo el país contando con más de 25.000 iglesias en todo el país.
Por ello:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN
ARTÍCULO 1°.- Declárese de Interés Municipal los eventos conmemorativos al Aniversario por los 508 Años de la Reforma Protestante, organizada por APUC (Asociación pastores Unidos de Concordia) bajo el titulo “Día de las Iglesias Evangélicas y Protestantes”, a realizarse el día 31 de octubre del corriente año a las 19:00 hs. en Blvd. Yuquerí y 11 de Noviembre.
ARTÍCULO 2°.- Hágase entrega de un diploma y copia de la presente resolución a los interesados.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES “FEDERICO ZORRAQUÍN”, 30 de Octubre de 2025.
Lic. MAGDALENA RETA DE URQUIZA
Presidente
Dra. VERONICA NATALIA DELGADO
Secretaria.
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 31 de Octubre de 2.025.
RESOLUCION Nº 38.722.
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Ing. SEBASTIAN ARISTIDE
Concordia, 30 Octubre de 2025.
Nº 10.311
VISTO:
La presentación del Showtime 2025 “Ikigai x NEA”, a realizarse el día 31 de octubre a las 20:00 hs. en el Gran Teatro ODEON de nuestra ciudad, y;
CONSIDERANDO:
Que el Showtime es una plataforma educativa y artística desarrollada por NEA Siglo XXI, que cada año se presenta en el Teatro Odeón como una experiencia integral de aprendizaje;
Que el proyecto articula culturas, danza, música, literatura, oratoria, expresión corporal, escenografía y tecnología, promoviendo el trabajo colaborativo y el desarrollo de múltiples inteligencias;
Que los propios estudiantes son protagonistas, creando coreografías y diseñando la puesta en escena, en un proceso de aprendizaje activo y creativo;
Que cada edición se inspira en un libro disparador que guía el trabajo anual. En esta oportunidad, la propuesta se basó en “Ikigai: felicidad y sabiduría japonesa para transformar tu vida”, del autor argentino-japonés Fer Niizawa, con quien docentes y estudiantes tuvieron el privilegio de encontrarse en la Feria Internacional del Libro de Buenos Aires, donde se realizó la presentación oficial del libro;
Que la función “Ikigai x NEA” se realizará el 31 de octubre a las 20hs. en el Teatro Odeón, ofreciendo una puesta que combina arte, tecnología y reflexión, y que expresa el compromiso de NEA con una educación que forma, inspira y celebra la vida en comunidad;
Que por su carácter educativo, cultural y social, el Showtime “Ikigai x NEA”, constituye una experiencia única que enriquece el entramado artístico y pedagógico de nuestra ciudad.
Por ello:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN
ARTÍCULO 1°.- Declárese de Interés Municipal, Cultural y Educativo la presentación del Showtime 2025 “Ikigai x NEA”, a realizarse el día 31 de octubre a las 20:00 hs. en el Gran Teatro ODEON de nuestra ciudad.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES “FEDERICO ZORRAQUÍN”, 30 de Octubre de 2025.
Lic. MAGDALENA RETA DE URQUIZA
Presidente
Dra. VERONICA NATALIA DELGADO
Secretaria.
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 31 de Octubre de 2.025.
RESOLUCION Nº 38.723.
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Ing. SEBASTIAN ARISTIDE
Concordia, 30 Octubre de 2025.
Nº 10.313
VISTO:
La realización de la 6 edición del evento “Charlas TED 2025” organizada por el instituto privado D 131 CREAR, en el marco del programa educativo internacional TED-Ed, que se llevará a cabo el día 5 de Noviembre a las 17 hs. en el salón de acto de la Facultad de Ciencias de la Administración, y;
CONSIDERANDO:
Que el programa clubes TED–ED busca acompañar a los estudiantes en la exploración de sus pasiones, promoviendo el desarrollo de habilidades vinculadas a la comunicación, el pensamiento crítico, la creatividad y la expresión de ideas;
Que el instituto privado D 131 CREAR implementa este proyecto dentro de la materia teorías de la comunicación 1, con la coordinación de las docentes Candelaria Cracco y Eugenia Villalba, quienes guían a los estudiantes en la elaboración de charlas inspiradas a partir de sus propios intereses;
Que esta iniciativa fortalece la formación integral de los jóvenes, promoviendo la autonomía, la reflexión, el trabajo en equipo y el compromiso con su entorno social y educativo;
Que el evento constituye un espacio de intercambio y aprendizaje donde los estudiantes comparten sus ideas con la comunidad, fomentan el protagonismo juvenil y la formación integral de los estudiantes.
Por ello:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN
ARTÍCULO 1°.- Declárese de Interés Municipal y Educativo el evento “Charlas TED” del Instituto Privado D 131 CREAR, a realizarse el día 5 de noviembre a las 19 hs. en el salón de actos de la Facultad de Ciencias de la Administración –UNER- (Av. Monseñor Tavella 1424).
ARTÍCULO 2°.- Otórguese una copia de la resolución al Instituto Privado D 131 CREAR.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES “FEDERICO ZORRAQUÍN”, 30 de Octubre de 2025.
Lic. MAGDALENA RETA DE URQUIZA
Presidente
Dra. VERONICA NATALIA DELGADO
Secretaria.
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 03 de Noviembre de 2.025.
RESOLUCION Nº 38.724.
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Ing. SEBASTIAN ARISTIDE
Secretario de Desarrollo Humano.
Concordia, 22 de Octubre de 2.025
VISTO, el contenido del Expediente Digital Nº 795 del año 2025, que surge de la Solicitud de Compra Digital Nº 879 del año 2025; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto N° 934/2025 de fecha 28/07/2025 se aprueba el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Anexo I – Características Técnicas, de la Licitación Privada N° 25/2025 para la “ADQUISICIÓN DE MATERIALES PARA MANTENIMIENTO DE CAMARAS DE VIGILANCIA DEL CENTRO DE MONITREO”.
Que obra intervención de la Dirección de Compras y Suministros.
Que obra Acta de Apertura de fecha 13/08/2025, donde consta que la Dirección de Compras y Suministros procedió a la apertura de tres ofertas de la Licitación Privada N° 25/2025 para la “ADQUISICIÓN DE MATERIALES PARA MANTENIMIENTO DE CAMARAS DE VIGILANCIA DEL CENTRO DE MONITOREO” – 2° Llamado.
Que obra documentación presentada por los oferentes.
Que obra primer Dictamen de la Comisión Evaluadora de fecha 18/08/2025, donde consta que en el acto de apertura se presentaron tres ofertas correspondientes a:
Marcelo Fabian Laquidara: cotizando lo solicitado a un importe total de PESOS SEIS MILLONES SEISCIENTOS VEINTE MIL SETECIENTOS VEINTINUEVE CON 68/100 ($ 6.620.729,68)
BA TECNOLOGIA Y SEGURIDAD S.A: cotizando lo solicitado a un importe total de PESOS SIETE MILLONES VEINTICUATRO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y SEIS CON 00/100 ($7.024.896,00)
EXCELCOM S.A.: cotizando lo solicitado a un importe total de PESOS NUEVE MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y CUATRO CON 02/100 ($ 9.755.494,02). No cotiza ítems 7 y 10. Presenta alternativa del ítem 1 a un importe unitario de $ 3.946.137,66.
Que analizadas las ofertas en su aspecto formal se verifica:
Marcelo Fabian Laquidara: No cumple con la documentación solicitada en el pliego de Bases y Condiciones Particulares:
El oferente deberá presentar declaración jurada por la cual se compromete a dirimir cualquier tipo de controversia con la Municipalidad de Concordia, sea en la interpretación, ejecución o cumplimiento del presente, a la jurisdicción de los Tribunales Ordinario de la ciudad de Concordia, renunciando a cualquier otro fuero y/o jurisdicción que le pudiera corresponder, inclusive la Federal-Suscripta por el oferente al pie de la página.
Constancia actualizada de inscripción de la Municipalidad.
Constitución de domicilio electrónico.
BA TECNOLOGIA Y SEGURIDAD S. A.: cumple con la documentación solicitada en el Pliego de bases y Condiciones.
EXCELCOM S.A.: cumple con la documentación solicitada en el Pliego de bases y Condiciones. Sin embargo, presenta una nota con condicionamiento en la forma de entrega de la mercadería. De acuerdo a lo establecido en la Ordenanza N°34.698, Artículo 48° incisos f) Que contuviere condicionamientos e inciso h) Qué contuviere clausulas en contraposición con las normas que rigen la contratación, corresponde declarar inadmisible la oferta.
Que por antes expuesto la Comisión Evaluadora decide intimar a la firma MARCELO FABIAN LAQUIDARA a la presentación de la documentación faltante en el plazo establecido por la normativa vigente.
Que obra un segundo Dictamen de la Comisión Evaluadora de fecha 30/09/2025 correspondiente a Licitación Privada N° 25/2025 para la “ADQUISICIÓN DE MATERIALES PARA MANTENIMIENTO DE CAMARAS DE VIGILANCIA DEL CENTRO DE MONITREO” – 2° Llamado, donde consta que, en fecha 18/08/2025 se decidió intimar a la firma MARCELO FABIAN LAQUIDARA al cumplimiento de la documentación faltante. A la fecha se verifica que cumple con lo solicitado.
Que analizadas las ofertas admisibles en su aspecto económico se observa:
| Ítem | Titulo | Proveedor | P estimado | P. Cotizado | Cant. | 5 de Diferencia |
| 1 | Switch 48 Puertos | Laquidara Marcelo Fabian | 1,508,265.00 |
1,572,967.50 |
2.00 |
4.290% |
| BA Tecnologia y Seguridad SA | 1,508,265.00 |
1,909,440,00 |
2.00 |
26.598% |
||
| 4 | Canal de Tensión Pack – 10 Tomacorrientes | Laquidara Marcelo Fabian | 260,000.00 |
179,133.24 |
2.00 |
-31.103% |
| BA Tecnologia y Seguridad SA | 260,000.00 |
435,600.00 |
2.00 |
67.538% |
||
| 5 | Modulo SFP 10 GB | Laquidara Marcelo Fabian | 80,000.00 |
190,616.14 |
8.00 |
138.270% |
| BA Tecnologia y Seguridad SA | 80,000.00 |
87,120.00 |
8.00 |
8.900% |
||
| 6 | Patchcord F.O OM3 Duplex | Laquidara Marcelo Fabian | 20,000.00 |
75,502.44 |
4.00 |
277.512% |
| BA Tecnologia y Seguridad SA | 20,000.00 |
26,136.00 |
4.00 |
30.680% |
||
| 7 | ODF Bandeja F.O. Rack 48 Puertos | Laquidara Marcelo Fabian |
230,000.00 |
419,800.00 |
1.00 |
82.522% |
| 8 | Organizador de Cables para Rack | Laquidara Marcelo Fabian | 26,000.00 |
36,745.28 |
12.00 |
41.328% |
| BA Tecnologia y Seguridad SA | 26,000.00 |
34,848.00 |
12.00 |
34.031% |
| Ítem | Titulo | Proveedor | P estimado | P. Cotizado | Cant. | 5 de Diferencia |
| 9 |
Modulo Ventilación | Laquidara Marcelo Fabian | 465,000.00 |
372,045.96 |
1.000 |
-19.992% |
| BA Tecnologia y Seguridad SA | 465,000.00 |
522,720.00 |
1.00 |
12.413% |
||
| 10 |
Smart Rele Wifi+RF con Sensor y APP | Laquidara Marcelo Fabian | 115,000.00 |
56,800.00 |
1.00 |
-50.609% |
Que la Dirección de Informática toma intervención de su competencia.
Que la Dirección de Electrotecnia y Comunicaciones toma intervención de su competencia, realizando la evaluación de lo cotizado y emitiendo el informe correspondiente y la recomendación en el GESCOM.
Que a partir de las recomendaciones del área solicitante, la Comisión Evaluadora aconseja desestimar la adjudicación de los ítems 7 y 8 por superar ampliamente la Imputación Preventiva.
Que si bien el área solicitante recomienda adjudicar el ítem 5) a la firma EXCELCOM S.A., al verificarse que la oferta es inadmisible, la Comisión recomienda adjudicar a la firma BA TECNOLOGIA Y SEGURIDAD S.A. por cumplir los requisitos y se la oferta admisible más conveniente.
Que por lo expuesto, la Comisión Evaluadora aconseja adjudicar de acuerdo al siguiente detalle:
- MARCELO FABIAN LAQUIDARA a un importe total de PESOS SETECIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL CIENTO DOCE CON 44/100 ($787.112,44), lo que representa un 28.44% inferior a la preventiva.
| Ítem | Titulo | Caract.Cotizado | P Cotizado | Cant | Total |
| 4 |
Canal de Tensión Rack-10 Tomacorrientes | Asanno l Canal de Tensión 10 Tomas C/Térmica Negro | 179,133.24 |
2.00 |
$ 358,266.48 |
| 9 |
Modulos de Ventilación | Fayser – Modulo de Ventilación P/Techo C/2 Turbos Negros | 372,045.96 | 1.00 | $ 372,045.96 |
| 10 |
Smart Rele Wifi+RF con Sensor y APP |
El Modulo Smart Rele dual de 2 canales es un rele inteligente que permite ser controlado y programado desde la app móvil Tuya o Smartlife. | 56,800.00 | 1.00 | $ 56,800.00 |
$ 787,112.14
-28.44%
- BA TECNOLOGIA Y SEGURIDAD S.A. a un importe total de PESOS CUATRO MILLONES SEISCIENTOS VEINTE MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y CUATRO CON 00/100 ($ 4.620.384,00), lo que representa un 23,65% superior a la preventiva:
| Ítem | Titulo | Caract Cotizado | P Cotizado | Cant | Total |
| 1 | Switch 48 Puertos | Cloud Router Switch Mikrotik CRS354-48G-4s+2Q+RM | $ 1,909,440.00 | 2.00 | $ 3,818,880.00 |
| 5 | Modulo SFP 10 GB | Modulo Sfp+10g 10gbase-sr 850mts Lc-duplex para Cisco | $ 87,120.00 |
8.00 |
$ 696,960.00 |
| 6 | Patchcord F.O. OM3 Duplex | Patchcord Fibra Optica Om3 Lc A Lc Mm 10gb dúplex 5 metros | $ 26,136.00 |
4.00 |
$ 104,544.00 |
$ 4,620,348.00
23.65%
Que el importe total adjudicado es PESOS CINCO MILLONES CUATROCIENTOS SIETE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y SEIS CON 44/100 ($5.407.496,44).
- Items desestimado:
| Ítem | Titulo | Canti |
| 7 | ODF Bandeja F.O. Rack 48 Puertos | 1.00 |
| 8 | Organizado de Cables Para Rack | 12.00 |
Que el cumplimiento a lo dispuesto en el Art 118° inc. a) de la Ordenanza N° 34.698 se consulto en el SIPAM y se constata que el oferente no posee deuda en la Tasa Comercial superior a sesenta días.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por la Ley 10.027– Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Apruébese el procedimiento licitatorio obrante en el Expediente Digital Nº 795 del año 2025, correspondiente a la Licitación Privada N° 25/2025 para la “ADQUISICIÓN DE MATERIALES PARA MANTENIMIENTO DE CAMARAS DE VIGILANCIA DEL CENTRO DE MONITREO” – 2° Llamado.
ARTÍCULO 2º.- Adjudíquese a la firma MARCELO FABIAN LAQUIDARA a un importe total de PESOS SETECIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL CIENTO DOCE CON 44/100 ($787.112,44), lo que representa un 28.44% inferior a la preventiva; según el siguiente detalle:
| Ítem | Titulo | Caract.Cotizado | P Cotizado | Cant | Total |
| 4 |
Canal de Tensión Rack-10 Tomacorrientes | Asanno l Canal de Tensión 10 Tomas C/Térmica Negro | 179,133.24 |
2.00 |
$ 358,266.48 |
| 9 |
Modulos de Ventilación | Fayser – Modulo de Ventilación P/Techo C/2 Turbos Negros | 372,045.96 | 1.00 | $ 372,045.96 |
| 10 |
Smart Rele Wifi+RF con Sensor y APP |
El Modulo Smart Rele dual de 2 canales es un rele inteligente que permite ser controlado y programado desde la app móvil Tuya o Smartlife. | 56,800.00 |
1.00 |
$ 56,800.00 |
$ 787,112.14
-28.44%
ARTÍCULO 3º.- Adjudíquese a la firma BA TECNOLOGIA Y SEGURIDAD S.A. a un importe total de PESOS CUATRO MILLONES SEISCIENTOS VEINTE MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y CUATRO CON 00/100 ($ 4.620.384,00), lo que representa un 23,65% superior a la preventiva, según el siguiente detalle:
| Ítem | Titulo | Caract Cotizado | P Cotizado | Cant | Total |
| 1 | Switch 48 Puertos | Cloud Router Switch Mikrotik CRS354-48G-4s+2Q+RM | $ 1,909,440.00 | 2.00 | $ 3,818,880.00 |
| 5 | Modulo SFP 10 GB | Modulo Sfp+10g 10gbase-sr 850mts Lc-duplex para Cisco | $ 87,120.00 |
8.00 |
$ 696,960.00 |
| 6 | Patchcord F.O. OM3 Duplex | Patchcord Fibra Optica Om3 Lc A Lc Mm 10gb dúplex 5 metros | $ 26,136.00 |
4.00 |
$ 104,544.00 |
$ 4,620,384.00
23.%65
ARTÍCULO 4º.- Desestímese los ítems según el siguiente detalle:
- Items desestimado:
| Ítem | Titulo | Canti |
| 7 | ODF Bandeja F.O. Rack 48 Puertos | 1.00 |
| 8 | Organizado de Cables Para Rack | 12.00 |
ARTÍCULO 5º.- Impútese la presente erogación en las partidas:
3.2.90.02.05.07.57.14 Servicios Públicos $ 5.407.496,44.- Del presupuesto de gastos vigente, debiendo remitirse a la Dirección de Presupuesto a los efectos de que se realicen los ajustes necesarios, y acordes al presente gasto.
ARTÍCULO 6º.- Dispóngase que a través de la Dirección de Compras y Suministros se dé cumplimiento a lo establecido en el Artículo 10º del Pliego de Bases y Condiciones, comunicando la Adjudicación.
ARTÍCULO 7º.- Comuníquese, publíquese y oportunamente archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Arq. ALEJANDRO E. LOPEZ
Secretario de Servicios Públicos.
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Concordia, 30 Octubre de 2025.
Nº 10.314
VISTO:
Que en oportunidad de conmemorarse el próximo 31 de Octubre del corriente año el “Día de las iglesias evangélicas y protestantes”, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante Ley Nº 27.741 se instituye el «Día Nacional de las Iglesias Evangélicas y Protestantes» como reconocimiento a la importancia de esta tradición religiosa en la historia y sociedad argentina con más de 200 años de presencia efectiva en el país como un gesto de respeto y apoyo al diálogo interreligioso y fomento de la diversidad y pluralidad en la nación;
Que en nuestra provincia mediante la Ley Nº 10.224 se declara al 31 de octubre de cada año como el “Día de la Reforma Protestante”, y a la cual el estado municipal adhiere mediante ordenanza Nº 35.173 “Día de la Reforma”, instituyendo con los actos respectivos en la agenda municipal según su artículo 1°, e implementado a través de la Dirección de Culto las celebraciones y actividades reflexivas a fin de recibir honores a la libertad de pensamiento;
Que las citadas normativas establecen como día no laborable para los agentes pertenecientes a los poderes del Estado Provincial y Ente Descentralizados que profesen los cultos protestantes y evangélicos;
Que 31 de octubre de 1517, el monje alemán Martín Lutero clavó sus 95 tesis en la puerta de la Iglesia del Palacio de Wittenberg. Este acto es considerado el punto de partida simbólico de la Reforma Protestante;
Que las actividades de celebración por los 508 años de la reforma se realizarán en nuestra ciudad, organizada por APUC (Asociación pastores Unidos de Concordia), el mismo día 31 de Octubre bajo el lema “Día de las Iglesias Evangélicas y Protestantes”;
Que a lo largo del tiempo en su recorrido en más de 500 años, la iglesia fue pilar fundamental para la comunidad, en la actualidad, esta fe cristiana cuenta con alrededor de 700 millones de seguidores en todo el mundo. En Argentina, según datos del último censo religioso realizado por el Conicet, en 2019, el 15,3% de la población se identifica como evangélica, esto significa en números de hoy, que hay unos 6.500.000 de evangélicos en todo el país contando con más de 25.000 iglesias en todo el país.
Por ello:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN
ARTÍCULO 1°.- Declárese de Interés Municipal los eventos conmemorativos al Aniversario por los 508 Años de la Reforma Protestante, organizada por APUC (Asociación pastores Unidos de Concordia) bajo el titulo “Día de las Iglesias Evangélicas y Protestantes”, a realizarse el día 31 de octubre del corriente año a las 19:00 hs. en Blvd. Yuquerí y 11 de Noviembre.
ARTÍCULO 2°.- Hágase entrega de un diploma y copia de la presente resolución a los interesados.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES “FEDERICO ZORRAQUÍN”, 30 de Octubre de 2025.
Lic. MAGDALENA RETA DE URQUIZA
Presidente
Dra. VERONICA NATALIA DELGADO
Secretaria.
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 31 de Octubre de 2.025.
RESOLUCION Nº 38.722.
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Ing. SEBASTIAN ARISTIDE
Secretario de Desarrollo Humano.
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Concordia, 30 Octubre de 2025.
Nº 10.311
VISTO:
La presentación del Showtime 2025 “Ikigai x NEA”, a realizarse el día 31 de octubre a las 20:00 hs. en el Gran Teatro ODEON de nuestra ciudad, y;
CONSIDERANDO:
Que el Showtime es una plataforma educativa y artística desarrollada por NEA Siglo XXI, que cada año se presenta en el Teatro Odeón como una experiencia integral de aprendizaje;
Que el proyecto articula culturas, danza, música, literatura, oratoria, expresión corporal, escenografía y tecnología, promoviendo el trabajo colaborativo y el desarrollo de múltiples inteligencias;
Que los propios estudiantes son protagonistas, creando coreografías y diseñando la puesta en escena, en un proceso de aprendizaje activo y creativo;
Que cada edición se inspira en un libro disparador que guía el trabajo anual. En esta oportunidad, la propuesta se basó en “Ikigai: felicidad y sabiduría japonesa para transformar tu vida”, del autor argentino-japonés Fer Niizawa, con quien docentes y estudiantes tuvieron el privilegio de encontrarse en la Feria Internacional del Libro de Buenos Aires, donde se realizó la presentación oficial del libro;
Que la función “Ikigai x NEA” se realizará el 31 de octubre a las 20hs. en el Teatro Odeón, ofreciendo una puesta que combina arte, tecnología y reflexión, y que expresa el compromiso de NEA con una educación que forma, inspira y celebra la vida en comunidad;
Que por su carácter educativo, cultural y social, el Showtime “Ikigai x NEA”, constituye una experiencia única que enriquece el entramado artístico y pedagógico de nuestra ciudad.
Por ello:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN
ARTÍCULO 1°.- Declárese de Interés Municipal, Cultural y Educativo la presentación del Showtime 2025 “Ikigai x NEA”, a realizarse el día 31 de octubre a las 20:00 hs. en el Gran Teatro ODEON de nuestra ciudad.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES “FEDERICO ZORRAQUÍN”, 30 de Octubre de 2025.
Lic. MAGDALENA RETA DE URQUIZA
Presidente
Dra. VERONICA NATALIA DELGADO
Secretaria.
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 31 de Octubre de 2.025.
RESOLUCION Nº 38.723.
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Ing. SEBASTIAN ARISTIDE
Secretario de Desarrollo Humano.
----------Concordia, 30 Octubre de 2025.
Nº 10.313
VISTO:
La realización de la 6 edición del evento “Charlas TED 2025” organizada por el instituto privado D 131 CREAR, en el marco del programa educativo internacional TED-Ed, que se llevará a cabo el día 5 de Noviembre a las 17 hs. en el salón de acto de la Facultad de Ciencias de la Administración, y;
CONSIDERANDO:
Que el programa clubes TED–ED busca acompañar a los estudiantes en la exploración de sus pasiones, promoviendo el desarrollo de habilidades vinculadas a la comunicación, el pensamiento crítico, la creatividad y la expresión de ideas;
Que el instituto privado D 131 CREAR implementa este proyecto dentro de la materia teorías de la comunicación 1, con la coordinación de las docentes Candelaria Cracco y Eugenia Villalba, quienes guían a los estudiantes en la elaboración de charlas inspiradas a partir de sus propios intereses;
Que esta iniciativa fortalece la formación integral de los jóvenes, promoviendo la autonomía, la reflexión, el trabajo en equipo y el compromiso con su entorno social y educativo;
Que el evento constituye un espacio de intercambio y aprendizaje donde los estudiantes comparten sus ideas con la comunidad, fomentan el protagonismo juvenil y la formación integral de los estudiantes.
Por ello:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN
ARTÍCULO 1°.- Declárese de Interés Municipal y Educativo el evento “Charlas TED” del Instituto Privado D 131 CREAR, a realizarse el día 5 de noviembre a las 19 hs. en el salón de actos de la Facultad de Ciencias de la Administración –UNER- (Av. Monseñor Tavella 1424).
ARTÍCULO 2°.- Otórguese una copia de la resolución al Instituto Privado D 131 CREAR.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES “FEDERICO ZORRAQUÍN”, 30 de Octubre de 2025.
Lic. MAGDALENA RETA DE URQUIZA
Presidente
Dra. VERONICA NATALIA DELGADO
Secretaria.
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 03 de Noviembre de 2.025.
RESOLUCION Nº 38.724.
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Ing. SEBASTIAN ARISTIDE
Secretario de Desarrollo Humano.
