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SUMARIO
Los siguientes Decretos y Edictos conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
Decretos: 1.220/2.025, 1.221/2.025, 1.222/2.025, 1.223/2.025, 1.226/2.025 y 1.232/2.025.- .-
DECRETO Nº 1.220/2.025.Los siguientes Decretos y Edictos conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
Decretos: 1.220/2.025, 1.221/2.025, 1.222/2.025, 1.223/2.025, 1.226/2.025 y 1.232/2.025.- .-
Concordia, 28 de Octubre de 2.025.
VISTO el proceso de Licitación Pública N° 21/2025 “ADQUISICIÓN DE MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN” la cual se tramita en Expediente de Compra Digital N° 936/2025 y,
CONSIDERANDO:
Que la licitación antes mencionada, se refiere a la “ADQUISICIÓN DE MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN” para ser entregados a personas en situación de vulnerabilidad socioeconómica que asisten a la Dirección de Asistencia Social dependiente de esta Subsecretaría de Desarrollo Social.
Que el presente trámite fue autorizado mediante Decreto N° 1081/2025 de fecha 15 de septiembre de 2025.
Que la Dirección de Presupuesto, ha tomado la intervención de su competencia.
Que la Secretaría de Coordinación de Gabinete y Hacienda, ha autorizado el presente gasto.
Que obra intervención de la Dirección de Compras y Suministros.
Que se realizaron las publicaciones correspondientes.
Que a fs. 40 digital obra Acta de Apertura de fecha 1 de octubre del 2025 que expresa que abierta la primer oferta resulta ser de CONSTRUCOM S.A. cotizando lo solicitado por un importe total de PESOS CUARENTA Y CUATRO MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS ($44.659.500,00), presenta marcas, documentación e informa que los ítems 2 y 3 los kilajes solicitados no se fabrican más. La segunda oferta corresponde a LUIS ALFREDO RAGONE, que cotiza ítems 10, 11 y 18 por un total de PESOS TRES MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS ($3.953.900,00), presenta documentación. La tercera oferta de la firma INAR S.A.S. presenta la documental requerida, cotiza por un total de PESOS CUARENTA Y NUEVE MILLONES NOVECIENTOS TRES MIL SETECIENTOS SESENTA Y TRES CON 82/100 ($49.903.763,82) y aclara que la presentación de los ítems 2 y 3 corresponde a 25 kg.
Que en sistema digital de compras obra documental de los oferentes.
Que a fs. 42 digital obra Planilla Comparativa con recomendación del área solicitante.
Que a fs. 43 digital obra Dictamen de la Comisión Evaluadora de fecha 2 de octubre del 2025, que informa que analizadas las ofertas en sus aspectos formales se verifica que CONSTRUCOM S.A. e INAR S.A.S. no cumplen con documental solicitada en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares por lo que se procede a intimar a las mencionadas firmas a la presentación de dicha documentación en el plazo establecido en la normativa vigente. El oferente LUIS ALFREDO RAGONE no presenta el comprobante del depósito de garantía de mantenimiento de la oferta establecido en el inciso e) del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, que motiva la inadmisibilidad de la oferta.
Que a fs. digital 53, obra nuevo Dictamen de la Comisión Evaluadora de fecha 8 de octubre del 2025, que expresa que en Dictamen de fecha 2 de octubre del corriente año, se decide intimar a las firmas CONSTRUCOM S.A. e INAR S.A.S. a la presentación de documentación faltante, que fue cumplimentado y obran en fojas de Expediente de Compra Digital n° 936. Analizadas las ofertas en sus aspectos económicos y la evaluación de lo cotizado en GESCOM por el área solicitante, la Comisión Evaluadora aconseja adjudicar de acuerdo al siguiente detalle:
- CONSTRUCOM S.A.: por un importe total de PESOS TREINTA Y SIETE MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS ($37.674.500,00) y según detalle a continuación:
| ÍTEM | TÍTULO | MARCAS | CANTIDAD | P. UNIT. | P. TOTAL |
| 1 | CHAPA GALVANIZADA N° 27 1 X1.10 MTS. | TERNIUM | 1500 | $ 11.500,00 | $ 17.250.000,00 |
| 2 | BOLSA DE CEMENTO COMPUESTO X 50 KG. | HOLCIM, se entregarán 600 bolsas de 25 kg., ya que las bolsas de 50 kg. no se fabrican más. | 300 | $ 9.800,00 | $ 2.940.000,00 |
| 3 | BOLSA DE CEMENTO ALBAÑILERÍA X 40 KG. | HOLCIM, se entregarán 480 bolsas de 25 kg., ya que las bolsas de 40 kg. no se fabrican más. | 300 | $ 7.800,00 | $ 2.340.000,00 |
| 4 | BOLSA DE CAL HIDRATADA X 25 KG. |
|
100 | $ 5.500,00 | $ 550.000,00 |
| 5 | VARILLA DE HIERRO ALETADO X 4 MM. X 12 MTS. |
|
100 | $ 4.000,00 | $ 400.000,00 |
| 6 | VARILLA DE HIERRO ALETADO X 6 MM. X 12 MTS. | ACERBRAG | 100 | $ 5.700,00 | $ 570.000,00 |
| 7 | VARILLA DE HIERRO ALETADO X 8 MM. X 12 MTS. | ACERBRAG | 150 | $ 9.750,00 | $ 1.462.500,00 |
| 9 | ALAMBRE NEGRO N° 16 X 1 KG. | ACERBRAG | 60 | $ 4.500,00 | $ 270.000,00 |
| 10 | CAÑO POLIETILENO COLOR NEGRO K6-1/2” X 1 MTS. | WATERPLAST | 500 | $ 330,00 | $ 165.000,00 |
| 11 | CAÑO RÍGIDO PVC 3.2 MM. Ø 110 X 4 MTS. | AMANCO | 70 | $ 18.600,00 | $ 1.302.000,00 |
| 12 | LADRILLO CERÁMICO 8X18X33 CM. 6T X 1 UNIDAD | ROSARIO | 3000 | $ 520,00 | $ 1.560.000,00 |
| 13 | LADRILLO CERÁMICO 12X18X33 CM. 6T X 1 UNIDAD | ROSARIO | 13000 | $ 625,00 | $ 8.125.000,00 |
| 14 | CLAVOS PUNTA PARIS 2”X1 KG. | ACERBRAG | 70 | $ 4.000,00 | $ 280.000,00 |
| 15 | CLAVOS PUNTA PARIS 2.5” X 1 KG. | ACERBRAG | 70 | $ 4.000,00 | $ 280.000,00 |
| 16 | CLAVOS PUNTA PARIS 3” X 1 KG. | ACERBRAG | 40 | $ 4.500,00 | $ 180.000,00 |
| TOTAL | $ 37.674.500,00 |
- INAR S.A.S.: por un importe total de PESOS CINCO MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS VEINTISEIS CON 10/100 ($5.683.926,10) y de acuerdo con el siguiente detalle:
| ÍTEM | TÍTULO | MARCAS | CANTIDAD | P. UNIT. | P. TOTAL |
| 8 | MALLA DE HIERRO Ø 5 MM. 15X25 CM (PESADO 6X2 MTS.) | ACINDAR | 50 | $ 65.465,55 | $ 3.273.277,50 |
| 2 | CLAVO PARA TECHO CABEZA DE PLOMO 3” X BOLSA DE 100 UNIDADES | ACINDAR | 100 | $ 10.552,35 | $ 1.055.235,00 |
| 3 | BACHA PILETA LAVADERO PVC BLANCA 24 LTS. + SOPAPA | WATER PLAST | 40 | $ 33.885,34 | $ 1.355.413,60 |
| TOTAL | $ 5.683.926,10 |
Que el importe total adjudicado asciende a la suma de PESOS CUARENTA Y TRES MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS VEINTISEIS CON 10/100 ($43.358.426,10), lo que resulta ser un 19.48 % inferior a la Imputación Preventiva. En consulta en SIPAMse constató que los oferentes no poseen deuda en la Tasa Comercial.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Ejecutivo Municipal por el Artículo 107° inciso q) y u) de la Ley 10.027.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTÍCULO 1º.- Apruébese el procedimiento de Licitación Pública N° 21/2025 obrante en Expediente de Compra Digital N° 936/2025 “ADQUISICION DE MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN”, cuyo detalle obra como Anexo del presente, por un importe total de PESOS CUARENTA Y TRES MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS VEINTISEIS CON 10/100 ($43.358.426,10).
ARTÍCULO 2°.- Adjudíquese a la firma CONSTRUCOM S.A. los ítems 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15 y 16 por un importe total de PESOS TREINTA Y SIETE MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS ($37.674.500,00).
ARTÍCULO 3°.- Adjudíquese a la firma INAR S.A.S. los ítems 8, 17 y 18 por un importe total de PESOS CINCO MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS VEINTISEIS CON 10/100 ($5.683.926,10).
ARTÍCULO 4°.- Declárese desestimada la oferta presentada por el oferente LUIS ALFREDO RAGONE.
ARTÍCULO 5°.- Impútese el gasto aprobado en el Artículo 1°, a la partida presupuestaria preventiva N°:
3.4.20.01.03.05.44.01 DESARROLLO SOCIAL $ 43.358.425,10
ARTÍCULO 6°.- Dispóngase que a través de la Dirección de Compras y Suministros se de cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 64° de la Ordenanza N° 34.698, PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO NOTIFICACIÓN DE LA ORDEN DE COMPRA. Se notifique a la firma adjudicada y se proceda, oportunamente, a iniciar los trámites de Devolución del Depósito de Garantía correspondiente.
ARTÍCULO 7°.- Gírese a la Dirección de Compras y Suministros a sus efectos.
ARTICULO 8°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Ing. SEBASTIAN ARISTIDE
Secretario de Desarrollo Humano.
ANEXO
- CONSTRUCOM S.A.
| ÍTEM | TÍTULO | MARCAS | CANTIDAD | P. UNIT. | P. TOTAL |
| 1 | CHAPA GALVANIZADA N° 27 1 X1.10 MTS. | TERNIUM | 1500 | $ 11.500,00 | $ 17.250.000,00 |
| 2 | BOLSA DE CEMENTO COMPUESTO X 50 KG. | HOLCIM, se entregarán 600 bolsas de 25 kg., ya que las bolsas de 50 kg. no se fabrican más. | 300 | $ 9.800,00 | $ 2.940.000,00 |
| 3 | BOLSA DE CEMENTO ALBAÑILERÍA X 40 KG. | HOLCIM, se entregarán 480 bolsas de 25 kg., ya que las bolsas de 40 kg. no se fabrican más. | 300 | $ 7.800,00 | $ 2.340.000,00 |
| 4 | BOLSA DE CAL HIDRATADA X 25 KG. |
|
100 | $ 5.500,00 | $ 550.000,00 |
| 5 | VARILLA DE HIERRO ALETADO X 4 MM. X 12 MTS. |
|
100 | $ 4.000,00 | $ 400.000,00 |
| 6 | VARILLA DE HIERRO ALETADO X 6 MM. X 12 MTS. | ACERBRAG | 100 | $ 5.700,00 | $ 570.000,00 |
| 7 | VARILLA DE HIERRO ALETADO X 8 MM. X 12 MTS. | ACERBRAG | 150 | $ 9.750,00 | $ 1.462.500,00 |
| 9 | ALAMBRE NEGRO N° 16 X 1 KG. | ACERBRAG | 60 | $ 4.500,00 | $ 270.000,00 |
| 10 | CAÑO POLIETILENO COLOR NEGRO K6-1/2” X 1 MTS. | WATERPLAST | 500 | $ 330,00 | $ 165.000,00 |
| 11 | CAÑO RÍGIDO PVC 3.2 MM. Ø 110 X 4 MTS. | AMANCO | 70 | $ 18.600,00 | $ 1.302.000,00 |
| 12 | LADRILLO CERÁMICO 8X18X33 CM. 6T X 1 UNIDAD | ROSARIO | 3000 | $ 520,00 | $ 1.560.000,00 |
| 13 | LADRILLO CERÁMICO 12X18X33 CM. 6T X 1 UNIDAD | ROSARIO | 13000 | $ 625,00 | $ 8.125.000,00 |
| 14 | CLAVOS PUNTA PARIS 2”X1 KG. | ACERBRAG | 70 | $ 4.000,00 | $ 280.000,00 |
| 15 | CLAVOS PUNTA PARIS 2.5” X 1 KG. | ACERBRAG | 70 | $ 4.000,00 | $ 280.000,00 |
| 16 | CLAVOS PUNTA PARIS 3” X 1 KG. | ACERBRAG | 40 | $ 4.500,00 | $ 180.000,00 |
| TOTAL | $ 37.674.500,00 |
- INAR S.A.S.
| ÍTEM | TÍTULO | MARCAS | CANTIDAD | P. UNIT. | P. TOTAL |
| 8 | MALLA DE HIERRO Ø 5 MM. 15X25 CM (PESADO 6X2 MTS.) | ACINDAR | 50 | $ 65.465,55 | $ 3.273.277,50 |
| 2 | CLAVO PARA TECHO CABEZA DE PLOMO 3” X BOLSA DE 100 UNIDADES | ACINDAR | 100 | $ 10.552,35 | $ 1.055.235,00 |
| 3 | BACHA PILETA LAVADERO PVC BLANCA 24 LTS. + SOPAPA | WATER PLAST | 40 | $ 33.885,34 | $ 1.355.413,60 |
| TOTAL | $ 5.683.926,10 |
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Ing. SEBASTIAN ARISTIDE
Secretario de Desarrollo Humano.
----------DECRETO N° 1.221/2.025
Concordia, 28 de octubre de 2.025.
VISTO, la LICITACIÓN PÚBLICA N° 22/2.025, para la Obra: "PROVISIÓN DE MATERIALES Y MANO DE OBRA PARA LA REPAVIMENTACIÓN DE CALLE JUVENTUD UNIDA — BENITO LEGEREN"; y,
CONSIDERANDO:
Que en virtud de ello y en el marco de los lineamientos estratégicos desarrollados por esta gestión de Gobierno, resulta necesario designar un Inspector de Obra, para realizar las tareas de control y supervisión, como asimismo; encomendar la coordinación, seguimiento e inspección de la obra en cuestión. Por lo expuesto, se considera necesario designar a la Ingeniera Carla Teresa PAGANO, D.N.I. N° 32.395.249, Legajo N° 8053, como Inspectora para la obra de marras, considerando que reúne las condiciones para tal función.
Que la Ingeniera Carla Teresa PAGANO designada, tendrá a su cargo el seguimiento y la inspección de la obra de marras, a partir del día 01/11/2.025 y hasta que termine la misma.
Que, por lo expuesto, es decisión de este Departamento Ejecutivo designar como Inspectora de Obra a la Ingeniera Carla Teresa PAGANO, D.N.I. N° 32.395.249, Legajo N° 8053, a partir del día 01/11/2.025, para la Obra: "PROVISIÓN DE MATERIALES Y MANO DE OBRA PARA LA REPAVIMENTACIÓN DE CALLE JUVENTUD UNIDA — BENITO LEGEREN", LICITACIÓN PÚBLICA N° 22/2.025, cuyos antecedentes obran en el Expediente Compra Digital N° 983/2.025, conforme lo expresado en los considerandos precedentes.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107°, inciso u), de la Ley N° 10.027 y su Modíficatoria Ley N° 10.082 - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Desígnese como Inspectora de Obra, a partir del día 01/11/2.025, a la Ingeniera Carla Teresa PAGANO, D.N.I. N° 32.395.249, Legajo N° 8053, para la Obra: "PROVISIÓN DE MATERIALES Y MANO DE OBRA PARA LA REPAVIMENTACIÓN DE CALLE JUVENTUD UNIDA — BENITO LEGEREN", de la LICITACIÓN PÚBLICA N° 22/2.025, cuyos antecedentes obran en el Expediente Compra Digital N° 983/2.025, para realizar las tareas de control y supervisión, como, asimismo, encomiéndese la coordinación, seguimiento e inspección de la obra mencionada; en virtud de lo considerado precedentemente.
ARTICULO 2°.- Notifíquese a la Inspectora interviniente dependiente de la Subsecretaría de Obras Públicas, de la Secretaría de Obras Públicas; cumplido, tome nota la Subsecretaría de Obras Públicas y la Dirección de Compras y Suministros, de la Subsecretaría de Hacienda y Modernización.
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, y dese la Secretaría de Gobierno; y oportunamente, archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Arq. FERNANDO S ESQUIBEL
Secretario de Obras Públicas.
----------DECRETO N° 1.222/2.025.
Concordia, 28 de octubre de 2.025
VISTO, el contenido del Expediente Digital N° 1103 del Año 2.025; y,
CONSIDERANDO:
Que la Subsecretaría de Mantenimiento de Obras Viales de la Secretaría de Obras Públicas, eleva documentación para el Primer Llamado a Licitación Pública N° 26/2.025, para la "ADQUISICIÓN DE MATERIALES PARA BACHEO EN PAVIMENTO DE HORMIGÓN Y MEJORAMIENTO DE RIPIO EN CALLES SIN PAVIMENTAR EN DISTINTOS SECTORES DE LA CIUDAD"; según Solicitud de Compra N° 1773/2.025, obrante en el mencionado expediente.
Que el Presupuesto Oficial de la presente contratación asciende, de acuerdo a la documentación adjunta, a la suma total de PESOS SETENTA Y TRES MILLONES CUATROCIENTOS MIL CON 00/100 ($ 73.400.000,00); por lo que, de acuerdo con las disposiciones vigentes, corresponde efectuar llamado a Licitación Pública.
Que la Dirección de Presupuesto efectúa la Imputación Preventiva en la Partida Presupuestaria:
N° 3.7.90.02.05.08.61.05 0. P. (Fondo de Obra Pública) $ 73.400.000,00.
Que la Subsecretaría de Hacienda y Modernización toma la intervención de su competencia, autorizando el presente gasto.
Que obra intervención de la Dirección de Compras y Suministros, adjuntando el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
Que, asimismo, esa Dirección sugiere, para evitar demoras, que en caso que el Primer Llamado de la presente Licitación resultare desierto, se realice un Segundo Llamado.
Que la apertura de la presente debe preverse en la Dirección de Compras y Suministros, la que deberá proponer fecha de apertura disponible y realizar las publicaciones de Ley.
Que teniendo en cuenta la urgencia que tiene el Municipio de realizar la presente adquisición, se deberá hacer uso de lo dispuesto en el Artículo 25° de la Ordenanza N° 34.698/11 sobre Contrataciones vigente.
Que por lo expuesto, este Departamento Ejecutivo Municipal estima conveniente aprobar la documentación; y, en consecuencia, hacer lugar al Primer Llamado a Licitación Pública N° 26/2.025, para la "ADQUISICIÓN DE MATERIALES PARA BACHEO EN PAVIMENTO DE ORMIGÓN Y MEJORAMIENTO DE RIPIO EN CALLES SIN PAVIMENTAR EN DISTINTOS SECTORES DE LA CIUDAD", cuyo Anexo forma parte del presente Decreto. Y como asimismo, en el caso de que el mismo resultara desierto, disponer la aprobación del Segundo Llamado de la presente Licitación, conforme a lo considerado precedentemente.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107°, Incisos ñ), q) y u) de la Ley N° 10.027 y su Modificatoria Ley N° 10.082 – Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Apruébese la documentación y dispónese se efectúe el Primer Llamado de la Licitación Pública N° 26/2.025 para la "ADQUISICIÓN DE MATERIALES PARA BACHEO EN PAVIMENTO DE HORMIGÓN Y MEJORAMIENTO DE RIPIO EN CALLES SIN PAVIMENTAR EN DISTINTOS SECTORES DE LA CIUDAD", conforme el Anexo, que forma parte del ,presente Decreto, y la Solicitud de Compra N° 1773/2.025, cuyos antecedentes obran en el Expediente Digital N° 1103 del Año 2.025.
ARTICULO 2°.- Apruébese el Presupuesto Oficial de PESOS SETENTA Y TRES MILLONES CUATROCIENTOS MIL CON 36/100 ($ 73.400.000,00).
ARTICULO 3°.- Impútese el presente gasto en la Partida Presupuestaria:
N° 3.7.90.02.05.08.61.05 0. P. (Fondo de Obra Pública) $ 73.400.000,00.
ARTICULO 4°.- Dispónese que la Dirección de Compras y Suministros efectúe el Llamado de la presente Licitación y fije la fecha de apertura de las propuestas, dado lo establecido en el Artículo 25° de la Ordenanza N° 34.698/11 de Contrataciones del Estado Municipal y los considerados precedentes.
ARTICULO 5°.- Dispónese que la Dirección de Compras y Suministros realice las publicaciones de ley correspondientes para la presente licitación.
ARTICULO 6°.- Confórmese la Comisión Evaluadora de acuerdo con lo dispuesto en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares aprobado precedentemente.
ARTICULO 7°.- Dispónese que, en el caso de que el Primer Llamado de la Licitación Pública N° 26/2.025 resultara desierto, se realice el Segundo Llamado de la presente Licitación; y en consecuencia, se efectúen las gestiones tendientes, conforme a lo establecido en el presente Decreto.
ARTICULO 8°.- Gírese a conocimiento de la Subsecretaría de Mantenimiento de Obras Viales, dependiente de la Secretaría de Obras Públicas; luego, pase a la Dirección de Compras y Suministros, a los efectos dispuestos.
ARTICULO 9°.- Comuníquese, publiques, dese a la Secretaría de Gobierno; y oportunamente, archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Arq. FERNANDO S ESQUIBEL
Secretario de Obras Públicas.
ANEXO
PLANILLA NOMENCLADORA
| Ítem | Características | Cantidad | Medida |
| 1 | Cemento Portland CPC 40 X 25 Kg. | 12.000 | Unidad |
| 2 | Telgopor Alta densidad 20 Kg/m3 |
2.000 | Unidad |
DECRETO N° 1. 223/2.025
Concordia, 28 de octubre de 2.025.
VISTO, el contenido del Expediente Digital N° 1115, Año 2.025; y,
CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Ingeniería de la Secretaría de Obras Públicas, eleva documentación para el Primer Llamado a Licitación Pública N° 27/2.025, para la "PROVISIÓN DE MATERIALES Y MANO DE OBRA PARA RECONSTRUCCIÓN DE LOS TABLEROS DE POTENCIA PARA CUATRO BOMBAS DE 75 HP".
Que el Presupuesto Oficial de la presente contratación asciende, de acuerdo a la documentación adjunta, a la suma total de PESOS CIENTO VEINTIÚN MILLONES SETECIENTOS MIL CON 00/100 ($ 121.700.000,00), por lo que de acuerdo con las disposiciones vigentes, corresponde efectuar llamado a Licitación Pública.
Que la Dirección de Presupuesto efectúa la Imputación Preventiva en las Partidas Presupuestarias:
N° 3.7.90.02.05.08.61.18 O. PÚBLICA (Convenio CTM —Zona Noroeste) $ 19.965.000,00.
N° 3.7.90.02.05.08.61.05 0. PÚBLICA (Fondo de Obra Pública) $ 101.735.000,00.
Que la Subsecretaría de Hacienda y Modernización toma la intervención de su competencia, autorizando el presente gasto.
Que obra informe de la Dirección de Ingeniería adjuntando: Memoria Descriptiva de la Obra, Planilla de Presupuesto Oficial, Planilla Nomencladora y Pliego de Especificaciones Técnicas Particulares.
Que obra intervención de la Dirección de Compras y Suministros, adjuntando el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Pliego de Especificaciones Técnicas; asimismo, Planilla Nomencladora, de la mencionada Licitación.
Que obra nueva intervención de la Dirección de Ingeniería, informando que atento a lo solicitado por la Dirección de Compras y Suministros, en relación a la evaluación del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, se solicitó la modificación del mismo.
Que, la Dirección de Compras y Suministros procedió a adjuntar Pliego modificado, conforme lo indicado por la Dirección de Ingeniería, asimismo sugiere, para evitar demoras, que en caso que el Primer Llamado resultare desierto se realice un Segundo Llamado.
Que la apertura de la presente debe preverse en la Dirección de Compras y Suministros, la que deberá proponer fecha de apertura disponible y realizar las publicaciones de Ley.
Que teniendo en cuenta la urgencia que tiene el Municipio de realizar la presente adquisición, se deberá hacer uso de lo dispuesto en el Artículo 25° de la Ordenanza N° 34.698/11 sobre Contrataciones vigente.
Que, por lo expuesto, este Departamento Ejecutivo Municipal estima conveniente aprobar la documentación; y, en consecuencia, hacer lugar al Primer Llamado a Licitación Pública N° 27/2.025, para la obra: "PROVISIÓN DE MATERIALES Y MANO DE OBRA PARA RECONSTRUCCIÓN DE LOS TABLEROS DE POTENCIA PARA CUATRO BOMBAS DE 75 HP", cuyo Anexo forma parte del presente Decreto. Y como asimismo, en el caso de que el mismo resultara desierto, disponer la aprobación del Segundo Llamado de la presente Licitación, conforme a lo considerado precedentemente.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Ejecutivo Municipal por el Artículo 107°, Incisos fi), q) y u) de la Ley N° 10.027 y su Modificatoria Ley N° 10.082— Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Apruébese la documentación y dispónese se efectúe el Primer Llamado a Licitación Pública N° 27/2.025, para la obra: “PROVISIÓN DE MATERIALES Y MANO DE OBRA PARA RECONSTRUCCIÓN DE LOS TABLEROS DE POTENCIA PARA CUATRO BOMBAS DE 75 HP", conforme el Anexo, que forma parte del presente Decreto, cuyos antecedentes obran en la Solicitud de Compra N°1638, Expediente Digital N° 1115, Año 2.025.
ARTICULO 2°.- Apruébese el Presupuesto Oficial de PESOS CIENTO VEINTIÚN MILLONES SETECIENTOS MIL CON 90/100 ($ 121.700.000,00).
ARTICULO 3°.- Impútese el presente gasto en las Partidas Presupuestarias:
N° 3.7.90.02.05.08.61.18 O. PÚBLICA (Convenio CTM —Zona Noroeste) $ 19.965.000,00.
N° 3.7.90.02.05.08.61.05 O. PÚBLICA (Fondo de Obra Pública) $ 101.735.000,00.
ARTICULO 4°.- Dispónese que la Dirección de Compras y Suministros efectúe el Llamado de la presente Licitación y fije la fecha de apertura de las propuestas, dado lo establecido en el Artículo 25° de la Ordenanza N° 34.698/11 de Contrataciones del Estado Municipal y los considerados precedentes.
ARTICULO 5°.- Dispónese que la Dirección de Compras y Suministros realice las publicaciones de ley correspondientes para la presente licitación.
ARTICULO 6°.- Confórmese la Comisión Evaluadora de acuerdo con lo dispuesto en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares aprobado precedentemente.
ARTICULO 7°.- Dispónese que, en el caso de que el Primer Llamado de la Licitación Pública N° 27/2.025 resultara desierto, se realice el Segundo Llamado de la presente Licitación, y en consecuencia, se efectúen las gestiones tendientes, conforme a lo establecido en el presente Decreto.
ARTICULO 8°.- Gírese a conocimiento de la Dirección de Ingeniería dependiente de la Secretaría de Obras Públicas, luego, pase a la Dirección de Compras y Suministros a los efectos dispuestos.
ARTICULO 9°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Secretaría de Gobierno; y oportunamente, archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Arq. FERNANDO S ESQUIBEL
Secretario de Obras Públicas.
ANEXO
| Ítem | Descripción | U. | Canti. | P.U | Total | |
| 1 | Provisión montaje y conexión de tableros de potencia para cuatro (4) bombas de 75 HP | GI |
1 |
|||
| 2 | Iluminación y ventilación de la estación de bombeo | GI |
1 |
|||
| 3 | Materiales para el sistema de alarma y cámaras | GI |
1 |
|||
| Presupuesto Oficial $ 121.700.000,00 |
||||||
| Detalles de los ítems conforme a especificaciones técnicas obrantes en los Pliegos correspondientes. | ||||||
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Arq. FERNANDO S. ESQUIBEL
Secretario de Obras Públicas.
-----------DECRETO Nº 1.226/2.025.
Concordia, 29 de Octubre de 2.025.
VISTO, expediente N° 76 "M" 2025, que el Agente Municipal Damián, MORINIGO ROJAS, legajo N° 4591, solicita renuncia como agente municipal a partir del 1 de Octubre de 2025 y el beneficio del Artículo 77º BIS do la Ordenanza N° 11.275/49 y,
CONSIDERANDO:
Que a fojas 2, obra Resolución N° 004558 de fecha 22 de Julio de 2025, N.U.C 355.444, emitida por la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos.
Que a fojas 4 a 6, toma intervención la Dirección de Liquidaciones de Haberes.
Que a fojas 7, obra informe de Control Deudas Créditos Especiales.
Que a fojas 8, obra intervención de la Dirección de Recursos Humanos informando que el Agente presta servicios en este Municipio desde el 01/06/2003, como personal mensual cat.21°, dependiente de la Subsecretaria de Desarrollo Social - Secretaría de Desarrollo Humano, dicho agente tendría pendiente, 21 (veintiún) días de licencia del año 2021, 25 (veinticinco) días de licencia del año 2022, 30 (treinta) días de licencia del año 2023, 30 (treinta) días de licencia del año 2024, 23 (veintitrés) días proporcionales de licencia del corriente año y aguinaldo proporcional 2° semestre-25.
Que a fojas 9, obra intervención de la Dirección de Asuntos Jurídicos, emitiendo Dictamen N° 1729/25, donde dictamina que no tiene objeciones que formular respecto a la aceptación de la renuncia, debiéndose abonar las licencias pendientes de los años 2023, 2024, proporcionales del año 2025, aguinaldo proporcional 2° semestre 2025 y beneficio establecido en el Artículo 77° bis de la Ordenanza N° 11.275/49, debiéndose retenerse el porcentaje de la ley dispuesto en el despacho judiciales anexado en copia simple por la Dirección de Liquidaciones de Haberes, exclusivamente sobre los conceptos remuneratorios, dejándose expresado que las licencias de los años 2021 y 2022 se encuentran prescriptas.
Que el Artículo 77° BIS de la Ordenanza N° 11.275/49, establece: "En caso de jubilación, los empleados que acrediten el efectivo otorgamiento de la misma, dentro de un plazo de 90 (noventa) días de concedida, tendrán derecho a un subsidio equivalente a tres sueldos básicos correspondientes a la categoría 20º".
Que el dictado de la presente norma se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal de la Ley N° 10.027, modificada a través de la Ley N° 10.082 — Régimen de las Municipalidades de la Provincia de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Aceptase a partir del 01 de Octubre de 2025, la renuncia presentada por el Agente Mensual Damián, MORINIGO ROJAS, legajo N° 4591, DNI: 92.334.423, para acogerse a los beneficios de la Jubilación por Edad Avanzada de Oficio, otorgada por la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos, mediante Resolución N° 004558 de fecha 22 de Julio de 2025.
ARTÍCULO 2°.- Dispónese otorgar al Agente Municipal Damián, MORINIGO ROJAS, legajo N° 4591, el beneficio establecido en el Artículo 77° BIS de la Ordenanza N° 11.275/49, debiéndose abonar el monto allí establecido, por haberse cogido a los beneficios de la jubilación por Edad Avanzada de Oficio mediante Resolución N° 04558/2025 emitida por la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos, así mismo se proceda a liquidar, 30 (treinta) días de licencia del año 2023, 30 (treinta) días de licencia del año 2024 y 23 (veintitrés) días proporcionales de la licencia del corriente año, aguinaldo proporcional 2° semestre-25, debiéndose retenerse el porcentaje de la ley dispuesto en el despacho judiciales anexado en copia simple por la Dirección de Liquidaciones de Haberes.
ARTICULO 3º.- Notificar al agente Damián, MORINIGO ROJAS de la presente medida, a través de la Dirección de Recursos Humanos, tome nota esta.
ARTICULO 4°.- Disponese que la Dirección de Liquidaciones de Haberes, proceda a dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 2° del presente Decreto, regístrese, comuníquese, publíquese y oportunamente archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Ing. SEBASTIAN ARISTIDE
Secretario de Desarrollo Humano.
-----------DECRETO Nº 1.232/2.025.
Concordia, 30 de Octubre de 2.025.
VISTO, el contenido del Expediente Digital Nº 1018 del año 2025, que surge de la Solicitud de Compra Digital Nº 1592 del año 2025; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto N° 1165/2025 se aprueba la documentación y se dispone el Llamado a Licitación Pública N° 24/2025 “CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CAMIÓN HIDROELEVADOR PARA TRABAJOS DE MANTENIMIENTO EN ALUMBRADO PÚBLICO CON CHOFER”.
Que obra intervención de la Dirección de Compras y Suministros.
Que obra Acta de Apertura de fecha 23/10/2025, donde consta que la Dirección de Compras y Suministros procedió a la apertura de las ofertas de la Licitación Pública N° 24/2025 “CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CAMIÓN HIDROELEVADOR PARA TRABAJOS DE MANTENIMIENTO EN ALUMBRADO PÚBLICO CON CHOFER”.
Que obra documentación presentada por los oferentes.
Que obra Dictamen de la Comisión Evaluadora de fecha 28/10/2025, donde consta que se presentaron tres ofertas correspondientes a:
- ELECTROTECH S.R.L. cotizando lo solicitado a un importe total de PESOS CUARENTA Y DOS MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100 ($42.750.000,00).
- SEI MONTAJES S.R.L. cotizando lo solicitado a un importe total de PESOS CUARENTA Y CUATRO MILLONES CON 00/100 ($44.000.000,00).
- JOSE ANTONIO AVA cotizando lo solicitado a un importe total de PESOS CUARENTA Y SIETE MILLONES OCHOCIENTOS VEINTE MIL CON 00/100($ 47.820.000,00).
- ELECTROTECH S.R.L. cumple con la totalidadde la documentación solicitada en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
- SEI MONTAJES S.R.L. cumple con la totalidadde la documentación solicitada en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
- JOSE ANTONIO AVA cumple con la totalidadde la documentación solicitada en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
| Ítem | Titulo | Proveedor | Precio Estimado |
Precio Cotizado | % Dif |
| 1 | Alquiler de grúa para trabajos en altura (turno matutino) | Electrotech SRL |
$ 7,970,000.00 | $ 7,125,000.00 | -10.6 |
| 1 | Alquiler de grúa para trabajos en altura (turno matutino) | SEI Montajes SRL | $ 7,970,000.00 | $ 7,333,333,33 | -7.99 |
| 1 | Alquiler de grúa para trabajos en altura (turno matutino) | AVA José Antonio | $ 7,970,000,00 | $ 7,970,000,00 | Igual al precio estimado |
| 2 | Alquiler de grúa para trabajos en altura (turno vespertino) | Electrotech SRL |
$ 7,970,000,00 | $ 7,125,000,00 | -10.6 |
| 2 | Alquiler de grúa para trabajos en altura (turno vespertino) | SEI Montajes SRL |
$ 7,970,000,00 | $ 7,333,333,33 | -7.99 |
| 2 | Alquiler de grúa para trabajos en altura (turno vespertino) | AVA José Antonio | $ 7,970,000,00 | $ 7,970,000,00 | Igual al precio estimado |
Que el área técnica realiza la evaluación de lo cotizado emitiendo el informe correspondiente en el GESCOM.
Que la Comisión Evaluadora aconseja adjudicar a la Firma ELECTROTECH S.R.L., a un importe total de PESOS CUARENTA Y DOS MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100 ($42.750.000,00), de acuerdo al siguiente detalle:
| Ítem | Descripción | Cant. | P. Unit | P. Total |
| 1 | Alquiler de grúa para trabajos en altura (turno matutino) | 3 | $ 7,125,000.00 | $ 21,375,000.00 |
| 2 | Alquiler de grúa para trabajos en altura (turno vespertino) | 3 | $ 7,125,000.00 | $ 21,375,000.00 |
| Total 42,750,000.00 |
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por la Ley 10.027–Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Apruébese el procedimiento licitatorio obrante en el Expediente Digital Nº 1018 del año 2025, correspondiente al llamado a Licitación Pública N° 24/2025 “CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CAMIÓN HIDROELEVADOR PARA TRABAJOS DE MANTENIMIENTO EN ALUMBRADO PÚBLICO CON CHOFER”, conforme ANEXO I, según lo considerado precedentemente.
ARTÍCULO 2º.- Adjudíquese a la firma ELECTROTECH S.R.L., por un importe total de PESOS CUARENTA Y DOS MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100 ($42.750.000,00), según lo considerado precedentemente.
ARTÍCULO 3º.- Impútese la presente erogación en la partida: 3.7.90.02.05.08.61.01 de Obras Públicas $ 42.750.000,00.- Del presupuesto de gastos vigente, debiendo remitirse a la Dirección de Presupuesto a los efectos de que se realicen los ajustes necesarios, y acordes al presente gasto.
ARTÍCULO 4º.- Dispóngase que a través de la Dirección de Compras y Suministros se dé cumplimiento a lo establecido en el Artículo 11º del Pliego de Bases y Condiciones, comunicando la Adjudicación.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese y oportunamente archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Arq. ALEJANDRO E. LOPEZ
Secretario de Servicios Públicos. .
ANEXO
ELECTROTECH S.R.L.
| Ítem | Descripción | Cant. | P. Unit | P. Total |
| 1 | Alquiler de grúa para trabajos en altura (turno matutino) | 3 | $ 7,125,000.00 | $ 21,375,000.00 |
| 2 | Alquiler de grúa para trabajos en altura (turno vespertino) | 3 | $ 7,125,000.00 | $ 21,375,000.00 |
| Total 42,750,000.00 |
EDICTO.-
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica a la Sra. RIFFEL FLORENCIA AGUSTINA, D.N.I. N° 37.565.533, LEGAJO 6093, que en los autos caratulados: REF.: INASISTENCIA INJUSTIFICADA DESDE EL DIA 27 DE MAYO DEL AGENTE RIFFEL FLORENCIA AGUSTINA, LEG. N° 6093 - EXPTE. N° 1689 "D" 2025 Y SUS ANEXOS EXPTES. 2212 "D" 2025, 2458 "D" 2025, se ha dispuesto la presente notificación tendiente a hacerle saber que mediante Decreto N° 1241/2025 de fecha 03 de Noviembre del año 2025 se ha dispuesto lo siguiente: ARTICULO 1°: Dispóngase la instrucción de un sumario Administrativo a la agente RIFFEL FLORENCIA AGUSTINA, D.N.I. N° 37565.533, Legajo N° 6093, dependiente de la Unidad Operativa Terminal de Ómnibus de la Dirección de Tránsito y Transporte de la Secretaría de Gobierno por no haber concurrido presumiblemente a su lugar de trabajo a prestar servicios durante seis (6) días ausente en junio 2025, todo el periodo de julio y agosto del corriente año, sin haber justificado fehacientemente su accionar y violando presuntamente las obligaciones que todo personal de la Administración Municipal debe cumplir; conducta que se encontraría prima facie, incursa en el artículo 16° incisos a), d) y artículo 31° inciso a) de la Ordenanza N° 11.275/49 y sus modificaciones que expresa textualmente" ... Son causas para la separación del empleo a) - inasistencia injustificada que exceda de quince días hábiles en el año". ARTICULO 2°- Designase Instructora Sumariante a la Dra. Gisela Trentin dependiente de la Subsecretaría Legal y Técnica.- Articulo 3° - Comuníquese, regístrese, publíquese y, posteriormente, archívese.- Fdo. Dr. FRANCISCO AZCUE Presidente Municipal de Concordia. Dr. LUCIANO DELL´OLIO Secretario de Gobierno Municipalidad de Concordia.
QUEDA UD DEBIDAMENTE NOTIFICADA.-
Concordia, 26 de NOVIEMBRE del 2.025.-
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica a la Sra. RIFFEL FLORENCIA AGUSTINA, D.N.I. N° 37.565.533, LEGAJO 6093, que en los autos caratulados: REF.: INASISTENCIA INJUSTIFICADA DESDE EL DIA 27 DE MAYO DEL AGENTE RIFFEL FLORENCIA AGUSTINA, LEG. N° 6093 - EXPTE. N° 1689 "D" 2025 Y SUS ANEXOS EXPTES. 2212 "D" 2025, 2458 "D" 2025, se ha dispuesto la presente notificación tendiente a hacerle saber que mediante Decreto N° 1241/2025 de fecha 03 de Noviembre del año 2025 se ha dispuesto lo siguiente: ARTICULO 1°: Dispóngase la instrucción de un sumario Administrativo a la agente RIFFEL FLORENCIA AGUSTINA, D.N.I. N° 37565.533, Legajo N° 6093, dependiente de la Unidad Operativa Terminal de Ómnibus de la Dirección de Tránsito y Transporte de la Secretaría de Gobierno por no haber concurrido presumiblemente a su lugar de trabajo a prestar servicios durante seis (6) días ausente en junio 2025, todo el periodo de julio y agosto del corriente año, sin haber justificado fehacientemente su accionar y violando presuntamente las obligaciones que todo personal de la Administración Municipal debe cumplir; conducta que se encontraría prima facie, incursa en el artículo 16° incisos a), d) y artículo 31° inciso a) de la Ordenanza N° 11.275/49 y sus modificaciones que expresa textualmente" ... Son causas para la separación del empleo a) - inasistencia injustificada que exceda de quince días hábiles en el año". ARTICULO 2°- Designase Instructora Sumariante a la Dra. Gisela Trentin dependiente de la Subsecretaría Legal y Técnica.- Articulo 3° - Comuníquese, regístrese, publíquese y, posteriormente, archívese.- Fdo. Dr. FRANCISCO AZCUE Presidente Municipal de Concordia. Dr. LUCIANO DELL´OLIO Secretario de Gobierno Municipalidad de Concordia.
QUEDA UD DEBIDAMENTE NOTIFICADA.-
Concordia, 26 de NOVIEMBRE del 2.025.-
-----------
EDICTO.-
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica al Sr. RUBEN NESTOR MAXIMILIANO TORRES, D.N.I. N° 37.564.254, LEGAJO 6514, que en los autos caratulados: REF.: ELEV. INASISTENCIA DEL AG. TORRES RUBEN MAXIMILIANO LEG. N° 6514 - EXPTE. 1090 "D" 2025, se ha dispuesto la presente notificación tendiente a hacerle saber que mediante Resolución N° 6878/2025 de fecha 30 de Septiembre del año 2025 se ha dispuesto lo siguiente: ARTICULO 1°: Disponer la aplicación de una sanción disciplinaria consistente en un APERCIBIMIENTO, al agente Mensual RUBEN NESTOR MAXIMILIANO TORRES, Legajo N° 6514, dependiente de la Dirección de Cementerio Municipal de la Subsecretaria de Servicios Públicos — Secretaria de Desarrollo Urbano, por presentar ausencia injustificada el día 22/04/2025, por encontrarse su conducta incursa en el artículo 16° inciso a) de la Ordenanza de Escalafón y conforme a las sanciones disciplinarias previstas en el artículo 39°, inciso a) de la Ordenanza N° 11.275/49, y en mérito a las atribuciones concedidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el artículo 40° del ordenamiento legal citado precedentemente.- ARTICULO 2°.- Remitir las presentes actuaciones a la Dirección de Recursos Humanos a fin de dejar asentado lo dispuesto en el artículo 1° en el legajo personal del agente RUBEN NESTOR MAXIMILIANO TORRES, Legajo N° 6514. ARTICULO 3°.- Notificar al agente Mensual RUBEN NESTOR MAXIMILIANO TORRES, Legajo 6514, tome nota en la Dirección de Cementerio Municipal, dependiente de la Subsecretaria de Servicios Públicos — Secretaria de Desarrollo Urbano, luego vuelva a la Dirección de Recursos Humanos a fin de ser reservado en su Legajo Personal.- Fdo. Dr. FRANCISCO AZCUE Presidente Municipal de Concordia. Arq. ALEJANDRO E. LOPEZ Secretario de Servicios Publicos Municipalidad de Concordia.
QUEDA UD DEBIDAMENTE NOTIFICADO.-
Concordia, 27 de NOVIEMBRE del 2.025.-
EDICTO.-
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica al Sr. RUBEN NESTOR MAXIMILIANO TORRES, D.N.I. N° 37.564.254, LEGAJO 6514, que en los autos caratulados: REF.: ELEV. INASISTENCIA DEL AG. TORRES RUBEN MAXIMILIANO LEG. N° 6514 - EXPTE. 1090 "D" 2025, se ha dispuesto la presente notificación tendiente a hacerle saber que mediante Resolución N° 6878/2025 de fecha 30 de Septiembre del año 2025 se ha dispuesto lo siguiente: ARTICULO 1°: Disponer la aplicación de una sanción disciplinaria consistente en un APERCIBIMIENTO, al agente Mensual RUBEN NESTOR MAXIMILIANO TORRES, Legajo N° 6514, dependiente de la Dirección de Cementerio Municipal de la Subsecretaria de Servicios Públicos — Secretaria de Desarrollo Urbano, por presentar ausencia injustificada el día 22/04/2025, por encontrarse su conducta incursa en el artículo 16° inciso a) de la Ordenanza de Escalafón y conforme a las sanciones disciplinarias previstas en el artículo 39°, inciso a) de la Ordenanza N° 11.275/49, y en mérito a las atribuciones concedidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el artículo 40° del ordenamiento legal citado precedentemente.- ARTICULO 2°.- Remitir las presentes actuaciones a la Dirección de Recursos Humanos a fin de dejar asentado lo dispuesto en el artículo 1° en el legajo personal del agente RUBEN NESTOR MAXIMILIANO TORRES, Legajo N° 6514. ARTICULO 3°.- Notificar al agente Mensual RUBEN NESTOR MAXIMILIANO TORRES, Legajo 6514, tome nota en la Dirección de Cementerio Municipal, dependiente de la Subsecretaria de Servicios Públicos — Secretaria de Desarrollo Urbano, luego vuelva a la Dirección de Recursos Humanos a fin de ser reservado en su Legajo Personal.- Fdo. Dr. FRANCISCO AZCUE Presidente Municipal de Concordia. Arq. ALEJANDRO E. LOPEZ Secretario de Servicios Publicos Municipalidad de Concordia.
QUEDA UD DEBIDAMENTE NOTIFICADO.-
Concordia, 27 de NOVIEMBRE del 2.025.-
