Boletim original
- Anexo Decreto 1415-2025 Contratacion de servicio de transporte de pasajeros.pdf512 KB
Este documento é extenso demais para traduzir automaticamente. O texto original em espanhol é exibido abaixo.
SUMARIO
Los siguientes Decretos conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
Decretos: 1.343/2.025, 1.400/2.025, 1.404/2.025, 1.405/2.025, 1.411/2.025, 1.415/2.025 y 1.416/2.025.-
DECRETO N° 1.343/2.025Los siguientes Decretos conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
Decretos: 1.343/2.025, 1.400/2.025, 1.404/2.025, 1.405/2.025, 1.411/2.025, 1.415/2.025 y 1.416/2.025.-
Concordia, 5 de diciembre de 2.025
VISTO, el contenido del Expediente Digital Nº 1065 del año 2025, que surge de la Solicitud de Compra Digital Nº 1259 del año 2025; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto N° 1168/2025 se aprueba la documentación y se dispone el Llamado a Licitación Pública N° 25/2025 “ADQUISICIÓN DE INDUMENTARIA DE TRABAJO PARA PERSONAL OPERARIO DE LA SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PÚBLICOS”, conforme ANEXO I – PLANILLA NOMENCLADORA.
Que obra intervención de la Dirección de Compras y Suministros.
Que obra Acta de Apertura donde consta que la Dirección de Compras y Suministros procedió a la apertura de las ofertas de la mencionada licitación.
Que obra documentación presentada por los oferentes.
Que obra Dictamen de la Comisión Evaluadora, donde consta que se presentaron 6 (seis) ofertas.
- NICOLAS AGUSTIN VARGAS, cotizando parcialmente lo solicitado a un importe total de PESOS TREINTA TRES MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA MIL NOVECIENTOS SESENTA CON 00/100 ($ 33.830.960,00). No cotiza ítem 7, 9, 10, 11, 12 y 13. Presenta muestras de la mercadería cotizada, excepto del ítems 6) – traje para lluvia de PVC 32 micrones.
- MERCOTEX S.A., cotizando parcialmente lo solicitado a un importe total de PESOS SETENTA Y SEIS MILLONES DOSCIENTOS MIL DOSCIENTOS CON 00/100 ($ 76.200.200,00). No cotiza ítems 8, 12 y 13. Presenta muestras de la mercadería cotizada, excepto de los ítems 6, 7 y 11.
- NICOLAS AGUSTIN VARGAS, cotizando parcialmente lo solicitado a un importe total de PESOS VEINTIOCHO MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS CON 00/100 ($ 28.743.200,00). No cotiza ítem 6, 7, 9, 10, 11, 12 y 13. Presenta muestras de la mercadería cotizada, excepto de los ítems 2, 4, 6, 7.
- WARMA S.A., cotizando parcialmente lo solicitado a un importe total de PESOS SESENTA Y CINCO MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS NOVENTA CON 00/100 ($65.254.690,00). Presenta muestras de la mercadería cotizada.
- Ítems 1: $15.440,00
- ítems 2: $15.900,00
- ítems 3: $15.840,00
- ítems 4: $16.820,00
- ítems 5: $ 9.640,00
- IGNACIO DANIEL TROVATO ANITELLO, No presenta la contraseña para abrir la oferta.
- COOPERATIVA DE TRABAJO DEL CENTRO LTDA. cotizando parcialmente lo solicitado a un importe total de PESOS SESENTA Y SIETE MILLONES OCHENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y DOS CON 40/100 ($67.084.892,40). No cotiza ítems 7 y 13. Presenta muestras de la mercadería cotizada, excepto del ítems 11.
- NICOLAS AGUSTIN VARGAS, corresponde DESESTIMAR la oferta.
- MERCOTEX S.A., no cumple con la presentación de la siguiente documentación solicitada en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares:
- Comprobante de pago de la Póliza de Caución de ALLIANZ ARGENTINA CIA DE SEGUROS N° 250240390951.
- El oferente deberá presentar declaración jurada por la cual se compromete a dirimir cualquier tipo de controversia con la Municipalidad de Concordia, sea en la interpretación, ejecución o cumplimiento del presente, a la jurisdicción de los tribunales Ordinarios de la ciudad de Concordia, renunciando a cualquier otro fuero y/o jurisdicción que le pudiera corresponder, inclusive la Federal Suscriptapor el oferente al pie de la página.
- Constitución expresa de domicilioen la Ciudad de Concordia.
- Constitución de domicilioelectrónico.
- En caso de sociedades comerciales, se deberá adjuntar:
- Constancia actualizada de inscripción en D.G.R. y Municipalidad.
- NICOLAS AGUSTIN VARGAS, no cumple con la presentación de la siguiente documentación solicitada en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares:
- Comprobante de pago de la póliza de Caución de SEGUROS BERNARDINO RIVADAVA COOP LTDA. SA N° 6000692000
- WARMA S.A., cumple con la presentación de la totalidad de la documentación solicitada en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
- IGNACIO DANIEL TROVATO ANITELLO, no presenta la contraseña de la oferta por los canales indicados en el pliego por lo que no puede procesarse la misma. Además no presenta muestras de mercadería. De acuerdo a lo dispuesto en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, corresponde declarar la INADMISIBILIDAD de la oferta.
- COOPERATIVA DE TRABAJO DEL CENTRO LTDA. cumple con la presentación de la totalidad de la documentación solicitada en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
Que la misma Comisión decide DESESTIMAR la primera oferta de NICOLAS AGUSTIN VARGAS y declarar INADMISIBLE la oferta de IGNACIO DANIEL TROVATO ANITELLO.
Que a la fecha se verifica que las firmas intimadas cumplen con la documentación solicitada.
Que analizada la oferta en su aspecto económico se observa que:
| Ítem | Título | Proveedor | Marca | Precio Estimado | Precio Cotizado | Cantidad | % DIF |
| 1 | Camisas de Grafa, 100% algodón (tipo Ombú o Pampero) color Beige con LOGO OFICIAL bordado... | VARGAS NICOLAS AGUSTIN | Seguridad Blanco | 38000 | 20000 | 328 | -47.37% |
| 1 | Camisas de Grafa, 100% algodón (tipo Ombú o Pampero) color Beige con LOGO OFICIAL bordado... | MERCOTEX S.A. | Ombu | 38000 | 33500 | 328 | -11.84% |
| 1 | Camisas de Grafa, 100% algodón (tipo Ombú o Pampero) color Beige con LOGO OFICIAL bordado... | WARMA S.A. (Marca Pampero) | Pampero | 38000 | 25780 | 328 | -32.16% |
| 1 | Camisas de Grafa, 100% algodón (tipo Ombú o Pampero) color Beige con LOGO OFICIAL bordado... | WARMA S.A. (Primera Marca Tejano) | Tejano | 38000 | 15440 | 328 | -59.37% |
| 1 | Camisas de Grafa, 100% algodón (tipo Ombú o Pampero) color Beige con LOGO OFICIAL bordado... | COOPERATIVA DE TRABAJO DEL CENTRO | Ombu | 38000 | 30652.65 | 328 | -19.34% |
| 2 | Camisas de Grafa, 100% algodón (tipo Ombú o Pampero) color Verde con cinta reflectiva... | VARGAS NICOLAS AGUSTIN | No presenta | 38000 | 23000 | 174 | -39.47% |
| 2 | Camisas de Grafa, 100% algodón (tipo Ombú o Pampero) color Verde con cinta reflectiva... | MERCOTEX S.A. | Ombu | 38000 | 39400 | 174 | 3.68% |
| 2 | Camisas de Grafa, 100% algodón (tipo Ombú o Pampero) color Verde con cinta reflectiva... | WARMA S.A. (Marca Pampero) | Pampero | 38000 | 26820 | 174 | -29.42% |
| 2 | Camisas de Grafa, 100% algodón (tipo Ombú o Pampero) color Verde con cinta reflectiva... | WARMA S.A. (Primera Marca Tejano) | Tejano | 38000 | 15900 | 174 | -58.16% |
| 2 | Camisas de Grafa, 100% algodón (tipo Ombú o Pampero) color Verde con cinta reflectiva... | COOPERATIVA DE TRABAJO DEL CENTRO | Ombu | 38000 | 32591.45 | 174 | -14.23% |
| Ítem | Título | Proveedor | Marca | Precio Estimado | Precio Cotizado | Cantidad | % DIF |
| 3 | Pantalón de Grafa, 100% algodón... color Beige con LOGO... | VARGAS NICOLAS AGUSTIN | Seguridad Blanco | 40000 | 20000 | 328 | -50.00% |
| 3 | Pantalón de Grafa, 100% algodón... color Beige con LOGO... | MERCOTEX S.A. | Ombu | 40000 | 35300 | 328 | -11.75% |
| 3 | Pantalón de Grafa, 100% algodón... color Beige con LOGO... | WARMA S.A. (Marca Pampero) | Pampero | 40000 | 23640 | 328 | -40.90% |
| 3 | Pantalón de Grafa, 100% algodón... color Beige con LOGO... | WARMA S.A. (Primera Marca Tejano) | Tejano | 40000 | 15840 | 328 | -60.40% |
| 3 | Pantalón de Grafa, 100% algodón... color Beige con LOGO... | COOPERATIVA DE TRABAJO DEL CENTRO | Ombu | 40000 | 32593.3 | 328 | -18.52% |
| 4 | Pantalón de Grafa, 100% algodón... color Verde con cinta... | VARGAS NICOLAS AGUSTIN | No presenta | 40000 | 23000 | 174 | -42.50% |
| 4 | Pantalón de Grafa, 100% algodón... color Verde con cinta... | MERCOTEX S.A. | Ombu | 40000 | 41600 | 174 | 4.00% |
| 4 | Pantalón de Grafa, 100% algodón... color Verde con cinta... | WARMA S.A. (Marca Pampero) | Pampero | 40000 | 24570 | 174 | -38.58% |
| 4 | Pantalón de Grafa, 100% algodón... color Verde con cinta... | WARMA S.A. (Primera Marca Tejano) | Tejano | 40000 | 16820 | 174 | -57.95% |
| 4 | Pantalón de Grafa, 100% algodón... color Verde con cinta... | COOPERATIVA DE TRABAJO DEL CENTRO | Ombu | 40000 | 35125.95 | 174 | -12.19% |
| 5 | Remera de algodón manga corta color azul con LOGO OFICIAL... | VARGAS NICOLAS AGUSTIN | Seguridad Blanco | 32000 | 11400 | 48 | -64.38% |
| 5 | Remera de algodón manga corta color azul con LOGO OFICIAL... | MERCOTEX S.A. | Record | 32000 | 11900 | 48 | -62.81% |
| 5 | Remera de algodón manga corta color azul con LOGO OFICIAL... | WARMA S.A. (Baron Kristof) | Baron Kristof | 32000 | 11480 | 48 | -64.13% |
| 5 | Remera de algodón manga corta color azul con LOGO OFICIAL... | WARMA S.A. (Primera Marca ASH) | ASH | 32000 | 9640 | 48 | -69.88% |
| 5 | Remera de algodón manga corta color azul con LOGO OFICIAL... | COOPERATIVA DE TRABAJO DEL CENTRO | CTC | 32000 | 16446.5 | 48 | -48.60% |
| 6 | Traje para lluvia de PVC 32 micrones. Tipo Pampero u Ombú. | VARGAS NICOLAS AGUSTIN | NO PRESENTA | 39000 | 21930 | 232 | -43.77% |
| 6 | Traje para lluvia de PVC 32 micrones. Tipo Pampero u Ombú. | MERCOTEX S.A. | NO PRESENTA | 39000 | 39400 | 232 | 1.03% |
| 6 | Traje para lluvia de PVC 32 micrones. Tipo Pampero u Ombú. | WARMA S.A. | BILL DEX | 39000 | 27740 | 232 | -28.87% |
| 6 | Traje para lluvia de PVC 32 micrones. Tipo Pampero u Ombú. | COOPERATIVA DE TRABAJO DEL CENTRO | OMBU | 39000 | 20535 | 232 | -47.35% |
| 7 | Traje para lluvia Premium ultra liviano con costura cocida. | MERCOTEX S.A. | NO PRESENTA | 84000 | 39400 | 62 | -53.10% |
| 7 | Traje para lluvia Premium ultra liviano con costura cocida. | WARMA S.A. | BILL DEX | 84000 | 37480 | 62 | -55.38% |
| 8 | Fajas lumbares (Normas IRAM) | VARGAS NICOLAS AGUSTIN (5 ballenas antideslizante). | - | 23000 | 10500 | 272 | -54.35% |
| 8 | Fajas lumbares (Normas IRAM) | VARGAS NICOLAS AGUSTIN (6 ballenas antideslizante). | - | 23000 | 15500 | 272 | -32.61% |
| 8 | Fajas lumbares (Normas IRAM) | WARMA S.A. | PAMPERO | 23000 | 19670 | 272 | -14.48% |
| 8 | Fajas lumbares (Normas IRAM) | COOP. TRABAJO DEL CENTRO | OMBU | 23000 | 14060 | 272 | -38.87% |
| 9 | Botines seguridad con punta de acero color marrón o negro. Bajo normas IRAM 3610.2012 | MERCOTEX S.A. | MACSI JADE | 85000 | 65000 | 171 | -23.53% |
| 9 | Botines seguridad con punta de acero color marrón o negro. Bajo normas IRAM 3610.2012 | WARMA S.A. | PAMPERO | 85000 | 52890 | 171 | -37.78% |
| 9 | Botines seguridad con punta de acero color marrón o negro. Bajo normas IRAM 3610.2012 | COOP. TRABAJO DEL CENTRO | CHARS | 85000 | 60125 | 171 | -29.26% |
| 10 | Botas para lluvia caña entera, suelta con goma antideslizante con taco. Bajo normas IRAM | MERCOTEX S.A. | TECNOBOOT | 26000 | 50000 | 211 | 92.31% |
| 10 | Botas para lluvia caña entera, suelta con goma antideslizante con taco. Bajo normas IRAM | WARMA S.A. | PAMPERO | 26000 | 26880 | 211 | 3.38% |
| 10 | Botas para lluvia caña entera, suelta con goma antideslizante con taco. Bajo normas IRAM | COOP. TRABAJO DEL CENTRO | CALFOR PAMPEANA | 26000 | 32064.2 | 211 | 23.32% |
| 11 | Botines seguridad con puntera de PVC color marrón o negro | MERCOTEX S.A. | NO PRESENTA | 85000 | 65000 | 88 | -23.53% |
| 11 | Botines seguridad con puntera de PVC color marrón o negro | WARMA S.A. | PAMPERO | 85000 | 58480 | 88 | -31.20% |
| 11 | Botines seguridad con puntera de PVC color marrón o negro | COOP. TRABAJO DEL CENTRO | NO PRESENTA | 85000 | 60125 | 88 | -29.26% |
| 12 | Zapatos seguridad con puntera de acero color marrón o negro. Bajo normas IRAM 2610.1012 | WARMA S.A. | PAMPERO | 85000 | 58480 | 48 | -31.20% |
| 12 | Zapatos seguridad con puntera de acero color marrón o negro. Bajo normas IRAM 3610.1012 | COOP. TRABAJO DEL CENTRO | CHARS | 85000 | 59200 | 48 | -30.35% |
| 13 | Zapatos tipo trekking reforzado sin puntera. | WARMA S.A. | PAMPERO | 99000 | 92440 | 30 | -6.63% |
Que el área solicitante realiza la evaluación de lo cotizado y emite el informe correspondiente en el GESCOM, resguardándose en el informe de la Dirección de Higiene y Seguridad Laboral.
Que la misma Comisión Evaluadora aconseja se adjudique de acuerdo al siguiente detalle:
COOPERATIVA DE TRABAJO DEL CENTRO LTDA. Ítems 6 a un importe total de PESOS CUATRO MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL CIENTO VEINTE CON 00/100 ($ 4.764.120,00).
| item | Titulo | Proveedor | Marca | Cantidad | Precio cotizado | Total |
| 6 | Traje para lluvia de PVC 32 micrones. Tipo Pampero u Ombú. | Cooperativa De Trabajo Del Centro | Ombu | 232 | $20.535,00 | $ 4.764.120,00 |
$ 4.764.120,00
NICOLAS AGUSTIN VARGAS ítems 8 a un importe total de PESOS DOS MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL CON 00/100 ($2.856.000,00).
| Ítems | Titulo | Proveedor | Marca | Cantidad | Precio Cotizado | Total |
| 8 | Fajas lumbares Majo normas Iram | Vargas Nicolás Agustín (5 Ballenas) | 272 | $ 1,500.00 | $ 2,858,000.00 |
| $ 2,858,000.00 |
WARMA S.A. ítems 1 a 5, 7 y 9 a 13 a un importe total de PESOS CINCUENTA Y TRES MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA CON 00/100 ($53.380.450,00).
| Ítem | Título | Proveedor | Marca | Cantidad | Precio Cotizado | Total |
| 1 | Camisas de Grafa, 100% algodón (tipo Ombú o Pampero) color Beige con LOGO OFICIAL bordado... | Warma S.A. (Marca Pampero) | Pampero | 328 | $25,780.00 | $ 8,455,840.00 |
| 2 | Camisas de Grafa, 100% algodón (tipo Ombú o Pampero) color Verde con cinta reflectiva... | Warma S.A. (Marca Pampero) | Pampero | 174 | $26,820.00 | $ 4,666,680.00 |
| 3 | Pantalón de Grafa, 100% algodón (tipo Ombú o Pampero) color Beige con LOGO OFICIAL bordado... | Warma S.A. (Marca Pampero) | Pampero | 328 | $23,640.00 | $ 7,753,920.00 |
| 4 | Pantalón de Grafa, 100% algodón (tipo Ombú o Pampero) color Verde con cinta reflectiva... | Warma S.A. (Marca Pampero) | Pampero | 174 | $24,570.00 | $ 4,275,180.00 |
| 5 | Remera de algodón manga corta color azul con LOGO OFICIAL bordado... | Warma S.A. (Primera Marca Ash) | Ash | 48 | $9,640.00 | $ 462,720.00 |
| 7 | Traje para lluvia Premium ultra liviano con costura cocida. | Warma S.A. | Bill Dex | 62 | $37,480.00 | $ 2,323,760.00 |
| 9 | Botines de seguridad con puntera de acero color marrón o negro. Bajo normas IRAM 3610:2012... | Warma S.A. | Pampero | 171 | $52,890.00 | $ 9,044,190.00 |
| 10 | Botas para lluvia caña entera, suela con goma antideslizante con taco. Bajo normas IRAM. | Warma S.A. | Pampero | 211 | $26,880.00 | $ 5,671,680.00 |
| 11 | Botines de seguridad con puntera de PVC color marrón o negro. | Warma S.A. | Pampero | 88 | $58,480.00 | $ 5,146,240.00 |
| 12 | Zapatos de seguridad con puntera de acero color marrón o negro. Bajo normas IRAM 3610:2012... | Warma S.A. | Pampero | 48 | $58,480.00 | $ 2,807,040.00 |
| 13 | Zapatos tipo trekking reforzado sin puntera. | Warma S.A. | Pampero | 30 | $92,440.00 | $ 2,773,200.00 |
| TOTAL | $ 53,380,450.00 |
Que el importe total adjudicado es de PESOS SESENTA Y UN MILLONES QUINIENTOS SETENTA MIL CON 00/100 ($61.570.000,00), lo que resulta ser un 36,30% inferior a la Imputación Preventiva.
Que obra intervención de la Dirección de Presupuesto.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por la Ley 10.027–Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Apruébese el procedimiento licitatorio obrante en el Expediente Digital Nº 1065 del año 2025, correspondiente al llamado a Licitación Pública N° 25/2025 “ADQUISICIÓN DE INDUMENTARIA DE TRABAJO PARA PERSONAL OPERARIO DE LA SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PÚBLICOS”, conforme ANEXO I – PLANILLA NOMENCLADORA, dispuesto mediante Decreto N° 1168/2025 de fecha 09/10/2025.
ARTÍCULO 2º.- Adjudíquese el ítems 6 a la firma COOPERATIVA DE TRABAJO DEL CENTRO LTDA., por un importe total de PESOS CUATRO MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL CIENTO VEINTE CON 00/100 ($ 4.764.120,00).
ARTÍCULO 3º.- Adjudíquese el ítems 8 a la firma NICOLAS AGUSTIN VARGAS, por un importe total de PESOS DOS MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL CON 00/100 ($2.856.000,00).
ARTÍCULO 4º.- Adjudíquese los ítems 1 a 5, 7 y 9 a 13 a la firma WARMA S.A. por un importe total de PESOS CINCUENTA Y TRES MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA CON 00/100 ($53.380.450,00).
ARTÍCULO 5º.- Impútese la presente erogación en las partidas:
3.1.90.01.01.02.20.02.02 de Servicios Públicos $ 25.614.340,00.-
3.1.90.01.01.02.20.02.04 de Servicios Públicos $ 35.386.230,00.- Del presupuesto de gastos vigente, debiendo remitirse a la Dirección de Presupuesto a los efectos de que se realicen los ajustes necesarios, y acordes al presente gasto.
ARTÍCULO 5º.- Dispóngase que a través de la Dirección de Compras y Suministros se dé cumplimiento a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones, comunicando la Adjudicación.
ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese y oportunamente archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Arq. ALEJANDRO E LOPEZ
Secretario de Servicios Públicos.
----------------------------------------
DECRETO N° 1.400/2.025
Concordia, 23 de diciembre de 2.025
VISTO La necesidad de designar nuevas autoridades de la Caja Municipal de Préstamos, Sociedad de Economía Mixta (SEM), de acuerdo con lo establecido en los Estatutos de la citada entidad; y;
SONSIDERANDO:
Que el artículo 9° del Estatuto de la Caja Municipal de Préstamos, Sociedadde Economía Mixta /SEM), establece que la administración estará a cargo de un Directorio compuesto por cinco miembros, de los cuales corresponde a la Municipalidad de Concordia designar al Presidente y dos vocales Titulares, y que duran dos (2) años en el cargo, por lo que corresponde designar dichas autoridades.
Que el Departamento Ejecutivo Municipal implementa constantemente medidas tendientes a la austeridad fiscal y al cuidado de los recursos de los ciudadanos, por tal motivo motivo, los vocales ejercerán su rol de forma ad honorem.
Que el presente se realiza ad referéndum del Concejo Deliberante en cumplimiento del Artículo 72° Bis. De la Constitución Provincial.
Que asimismo el Artículo 14° prescribe que la fiscalización de la sociedad estará a cargo de un Síndico titular, que deberá ser designado también por la Municipalidad de Concordia y que dura un (1) años en el cargo, por lo que corresponde designar dicha autoridad.
Que han expirado los plazos de las designaciones establecidas en el Decreto N° 1.843/23 y 332/25.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107°, de la Ley Provincial 10.027 y su modificatoria - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Dispónese, que, a partir del 27 de diciembre de 2025, integraran el Directorio de la Caja Municipal de Préstamos, Sociedad de Economía Mixta (SEM), las siguientes personas:
• Presidente: C.P.N. Juan Miguel DOBLER, D.N.I. N° 20.713.960
• Sindico Titular: C.P.N. Ignacio Luis MORANTE, D.N.I. N° 18.550.838
• Vocal Titular: Eliana Camila LAGRAÑA, D.N.I. N° 39.028.292
• Vocal Titular: Felipe SASTRE, D.N.I. N° 37.152.534.
ARTÍCULO 2º.- Dispónese que los vocales mencionados en el artículo anterior ejercerán su función de forma ad honorem.
ARTÍCULO 3º.- Disponése que las designaciones del Artículo 1° lo serán por el término establecido por el Estatuto de la Caja Municipal de Préstamos, Sociedad de Economía Mixta /SEM) Artículos 9 ° y 12°.
ARTICULO 4°.- Gírese ad referéndum del Concejo Deliberante.
ARTICULO 5°.- Comuníquese, publíquese, regístrese, y oportunamente archívese.
Dr. LUCIANO DELL´OLIO
Secretario de Gobierno
a/c Presidencia Municipal
Arq. ALEJANDRO E LOPEZ
Secretario de Servicios Públicos
a/c Secretaria de Gobierno.
----------
DECRETO Nº 1.404/2.025.
Concordia, 29 de Diciembre de 2.025.
VISTO, el traslado solicitado por el Agente Mensual LUCAS NICOLAS BENITEZ, Legajo N°9547, D.N.I. N°37.564.050, en Expediente interno Nº41 “B”/2025, y;
CONSIDERANDO:
Que el Agente mencionado en el VISTO del presente, dependiente de la Subsecretaría de Obras Públicas - Secretaría de Obras Públicas, solicita su traslado al Instituto de Viviendas y Tierras Autárquico Municipal (InVyTAM).
Que la Subsecretaría de Obras Públicas y el Instituto de Viviendas y Tierras Autárquico Municipal (InVyTAM), han expresado que no existen objeciones al traslado del interesado.
Que a fojas 4, la Dirección de Recursos Humanos informa que el Agente Mensual LUCAS NICOLAS BENITEZ, Legajo N°9547, presta servicios en este Municipio desde el 01 de Agosto de 2023. Revista como personal Mensual – categoría 9°. Depende del Departamento Gestión Comunitaria de la Secretaría de Obras Públicas.
Que a fojas 5, el Presidente del Instituto de Viviendas y Tierras Autárquico Municipal (InVyTAM), solicita incluir al Agente LUCAS NICOLAS BENITEZ, Legajo N°9547, en el convenio vigente del sector, ratificado mediante Decreto N°1.055/23, a partir de la liquidación de Enero/2026.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Articulo 107° de la Ley N° 10.027/11 y su modificatoria Ley N°10.082 - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos. Según T.O. Decreto N°4706/12 del Poder Ejecutivo Provincial.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Desaféctese de la Subsecretaría de Obras Públicas - Secretaría de Obras Públicas y aféctese al Instituto de Viviendas y Tierras Autárquico Municipal (InVyTAM), al Agente Mensual LUCAS NICOLAS BENITEZ, Legajo N°9547, D.N.I. N°37.564.050, por los motivos invocados en los considerandos del presente.
ARTICULO 2°- Dispónese incluir al Agente Mensual LUCAS NICOLAS BENITEZ, Legajo N°9547, D.N.I. N°37.564.050, en el Convenio del Instituto de Viviendas y Tierras Autárquico Municipal (InVyTAM), ratificado mediante Decreto N°1.055/2023, que a partir de la liquidación del mes de Enero/2026.
ARTICULO 3°- Impútese lo aprobado en los ARTICULOS 1° y 2° en la partida presupuestaria:
3.4.20.01.01.01/ Secretaría de Obras Públicas - (03).
ARTICULO 4°- Remítase a la Dirección de Recursos Humanos, a los fines de su conocimiento, toma de razón y notificación, cumplimentado, dar conocimiento a la Dirección de Liquidación de Haberes, Secretaría de Obras Públicas e Instituto de Tierras y Viviendas Autárquico Municipal (InVyTAM). Oportunamente archívese como antecedente en el legajo personal del agente en cuestión.
ARTICULO 5°- Comuníquese, publíquese, regístrese y oportunamente, archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA
Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda
Arq. FERNANDO S. ESQUIBEL
Secretario de Obras Públicas.
----------DECRETO Nº 1.405/2.025.
Concordia, 29 de Diciembre de 2.025.
VISTO, el traslado solicitado por la Agente Mensual MICAELA ELIZABETH URRUZOLA, Legajo N° 6284, D.N.I. N°36.547.036, en Expediente interno Nº34 “U”/2025, y;
CONSIDERANDO:
Que la Agente mencionada en el VISTO del presente, dependiente de la Subsecretaría de Obras Públicas - Secretaría de Obras Públicas, solicita su traslado al Instituto de Viviendas y Tierras Autárquico Municipal (InVyTAM).
Que la Subsecretaría de Obras Públicas y el Instituto de Viviendas y Tierras Autárquico Municipal (InVyTAM), han expresado que no existen objeciones al traslado de la interesada.
Que a fojas 4, la Dirección de Recursos Humanos informa que la Agente Mensual MICAELA ELIZABETH URRUZOLA, Legajo N°6284, presta servicios en este Municipio desde el 01 de Diciembre de 2020. Revista como personal Mensual – categoría 8°. Depende del Departamento Gestión Comunitaria de la Secretaría de Obras Públicas.
Que a fojas 5, el Presidente del Instituto de Viviendas y Tierras Autárquico Municipal (InVyTAM), solicita incluir a la Agente MICAELA ELIZABETH URRUZOLA, Legajo N°6284, en el convenio vigente del sector, ratificado mediante Decreto N°1.055/23, a partir de la liquidación de Enero/2026.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Articulo 107° de la Ley N° 10.027/11 y su modificatoria Ley N°10.082 - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos. Según T.O. Decreto N°4706/12 del Poder Ejecutivo Provincial.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Desaféctese de la Subsecretaría de Obras Públicas - Secretaría de Obras Públicas y aféctese al Instituto de Viviendas y Tierras Autárquico Municipal (InVyTAM), a la Agente Mensual MICAELA ELIZABETH URRUZOLA, Legajo N°6284, D.N.I. N°36.547.036, por los motivos invocados en los considerandos del presente.
ARTICULO 2°- Dispónese incluir a la Agente Mensual MICAELA ELIZABETH URRUZOLA, Legajo N°6284, D.N.I. N°36.547.036, en el Convenio del Instituto de Viviendas y Tierras Autárquico Municipal (InVyTAM), ratificado mediante Decreto N°1.055/2023, a partir de la liquidación del mes de Enero/2026.
ARTICULO 3°.- Impútese lo aprobado en los ARTICULOS 1° y 2° en la partida presupuestaria:
3.4.20.01.01.01/ Secretaría de Obras Públicas - (03).
ARTICULO 4°.- Remítase a la Dirección de Recursos Humanos, a los fines de su conocimiento, toma de razón y notificación, cumplimentado, dar conocimiento a la Dirección de Liquidación de Haberes, Secretaría de Obras Públicas e Instituto de Tierras y Viviendas Autárquico Municipal (InVyTAM). Oportunamente archívese como antecedente en el legajo personal de la agente en cuestión.
ARTICULO 5°. - Comuníquese, publíquese, regístrese y oportunamente, archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA
Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda
Arq. FERNANDO S. ESQUIBEL
Secretario de Obras Públicas.
----------DECRETO Nº 1.411/2.025.
Concordia, 29 de Diciembre de 2.025.
VISTO, las actuaciones obrantes en Expediente Interno N°36 Letra “B”/2025, y;
CONSIDERANDO:
Que a fojas 1, el Agente Mensual MANFREDO BECKMANN, D.N.I. Nº11.559.074, Legajo N°2420, presenta la renuncia al cargo a partir del 1º de Diciembre de 2025, para acogerse a los beneficios de la Jubilación Ordinaria Común, otorgada por la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos.
Que de fojas 2 y 2 vuelta, obra copia de la Resolución Nº005338, de fecha 03/09/2025, de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos, otorgando el beneficio de la Jubilación Ordinaria Común, al Agente MANFREDO BECKMANN, D.N.I. Nº11.559.074, Legajo N°2420.
Que a fojas 4, la Dirección de Liquidación de Haberes comunica que el mencionado Agente, no tiene embargo activo ni en espera.
Que a fojas 5, la Encargada de Control de Deudas de Créditos Especiales comunica que el Agente en cuestión, no registra, a la fecha, deudas en concepto de Créditos Especiales (adelanto de sueldo).
Que a fojas 6, la Dirección de Recursos Humanos informa que el Agente MANFREDO BECKMANN, D.N.I. Nº11.559.074, Legajo N°2420, presta servicios en este Municipio desde el 01 de Julio de 1997. Revista como personal mensual en la categoría 24º del Escalafón Municipal. Dependiente de la Secretaría de Obras Públicas, Dirección de Calles Sin Pavimentar. Dicho agente tendría pendiente 28 (veintiocho) días proporcionales de la licencia del corriente año y aguinaldo proporcional 2° semestre-25. Además comunica que:
“-El Artículo 77° Bis de la Ordenanza N°11.275/49, establece: “En caso de jubilación, los empleados que acrediten el efectivo otorgamiento de la misma, dentro de un plazo de 90 (noventa) días de concedida, tendrán derecho a un subsidio equivalente a tres sueldos básicos correspondientes a la categoría 20°.”
Que a fojas 7, mediante Dictamen Nº2066/25 de fecha 03/12/25, la Dirección de Asuntos Jurídicos comunica: “…esta Dirección de Asuntos Jurídicos no tiene objeción legal que formular a la aceptación de la renuncia.
Asimismo entiende que corresponde hacer lugar al pago de la licencia pendiente; 28 (veintiocho) días proporcionales de la licencia del corriente año, aguinaldo proporcional 2° semestre 2025, y el subsidio por jubilación establecido por el art.77 Bis de la Ordenanza N°11.275-49, correspondiente a 3 (tres) sueldos básicos de la categoria20.-”.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Articulo 107° de la Ley N° 10.027/11 y su modificatoria Ley N°10.082 - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos. Según T.O. Decreto N°4706/12 del Poder Ejecutivo Provincial.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Acéptese a partir del 1º de Diciembre de 2025, la renuncia presentada por el Agente Mensual Agente MANFREDO BECKMANN, D.N.I. Nº11.559.074, Legajo N°2420, para acogerse a los beneficios de la Jubilación Ordinaria Común, otorgada por la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos.
ARTICULO 2º.- Dispónese el pago de 28 (veintiocho) días proporcionales de la licencia del corriente año, aguinaldo proporcional segundo semestre-25 y el subsidio por jubilación establecido en el Artículo 77º Bis de la Ordenanza Nº11.275/49, correspondiente a tres sueldos básicos de la categoría 20º, a favor del Agente MANFREDO BECKMANN, D.N.I. Nº11.559.074, Legajo N°2420.
ARTICULO 3º.- Notifíquese, tome nota la Dirección de Recursos Humanos, luego pase a la Dirección de Liquidación de Haberes, a sus efectos.
ARTICULO 4º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y, oportunamente, archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Arq. FERNANDO S. ESQUIBEL
Secretario de Obras Públicas.
----------DECRETO Nº1.415/2.025.
Concordia, 29 de Diciembre de 2.025.
VISTO el contenido del Expediente Compra Digital N° 1540, y,
CONSIDERANDO:
Que, por medio de citado expediente se tramita la Licitación Privada N°32 del año 2025, para la “CONTRATACION DEL SERVICIO DE TRANSPORTE DE PASAJEROS”.
Que, obra el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
Que, a fs. 9 obra Decreto del Departamento Ejecutivo Municipal N° 1.355/2.025, de fecha 10 de Diciembre de 2025, de aprobación del procedimiento licitatorio del primer llamado de Licitación Privada N° 32/2025, para la “CONTRATACION DEL SERVICIO DE TRANSPORTE DE PASAJEROS”.
Que, de fs. 10 a 34, obra Documentación de las firmas oferentes.
Que, a fs. 38 obra Acta de Apertura de fecha 16 de Diciembre de 2025, donde consta que la Dirección de Compras y Suministros procedió a la apertura de la mencionada Licitación, informando que se presentaron dos oferentes:
- LA MARTINA BUS S.R.L.: Cotizando lo solicitado a un importe total de PESOS TREINTA Y SEIS MILLONES CON 00/100 ($36.000.000,00).
- PLAYMO BUS S.R.L: cotizando la totalidad de lo solicitado a un importe total de PESOS TREINTA Y CUATRO MILLONES DOSCIENTOS CON 00/100 ($34.200.000,00).
Que, a fs. 42 Obra Dictamen de la Comisión Evaluadora de fecha 17 de Diciembre de 2025, donde analizando el aspecto formal, se verifica que: LA MARTINA BUS S.R.L.: Cumple con la presentación de la totalidad de la documentación solicitada en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, y PLAYMO BUS S.R.L: No cumple con la presentación de la totalidad de la documentación solicitada en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
Que atendiendo lo expresado en dicho dictamen la firma PLAYMO BUS S.R.L, no cumple con lo solicitado en la documentación requerida en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares por lo que motiva la inadmisibilidad de la oferta.
Que, analizada la oferta admisible en su aspecto económico se observa que lo cotizado resulta ser un 10% inferior a la Imputación Preventiva. De las recomendaciones del área solicitante confirmadas por el área técnica, la comisión evaluadora aconseja le adjudicación al proveedor LA MARTINA BUS S.R.L por un
importe total de PESOS TREINTA Y SEIS MILLONES CON 00/100 ($36.000.000,00).
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107°, incisos ñ), q) y u), de la Ley N° 10.027 y su modificatoria - Régimen de las Municipalidades modificada por la ley provincial 10.082, según T.O Decreto N° 4706/2012 del Poder Ejecutivo Provincial.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar el procedimiento licitatorio obrante en el Expediente Compra Digital N° 1540, Licitación Privada N°32 del año 2025, correspondiente al Primer Llamado, para la “CONTRATACION DEL SERVICIO DE TRANSPORTE DE PASAJEROS”, dispuesto mediante Decreto del Departamento Ejecutivo Municipal N° 1.355/2.025
ARTICULO 2°.- Adjudíquese a la firma LA MARTINA BUS S.R.L, la Licitación privada N° 32/2025, para la “CONTRATACIÓN DE SERVICIO DE TRASPORTE DE PASAJEROS”, de acuerdo a lo descripto en el Anexo I que forma parte del presente Decreto, en virtud del considerando precedentemente.
ARTICULO 3°.- Notificar al proveedor PLAYMO BUS S.R.L., que se declara inadmisibilidad de la oferta por no presentar Declaración Jurada de oferta firmada por el oferente y/o su representante legal o mandatario.
ARTICULO 4°.- Disponer que a través de la Dirección de Compras y Suministros se realicen gestiones tendientes para el cumplimiento de la presente disposición.
ARTICULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese copia a la Secretaría de Gobierno y oportunamente, archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Ing. FEDERICO SCHATTENHOFER
Secretario de Desarrollo Productivo.
---------
Concordia, 29 de Diciembre de 2.025.
VISTO el contenido del Expediente Compra Digital N°1.185/2.025, Licitación Privada N°30/2025, para la “PROVISIÓN DE MATERIALES Y MANO DE OBRA PARA GARITAS DE ÓMNIBUS EN DIFERENTES LUGARES DE CONCORDIA” - 1° LLAMADO; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Decreto N°1.262/2.025, se aprueba el procedimiento licitatorio y se dispone el primer llamado de la Licitación mencionada.
Que, a fs. 37 obra Acta de Apertura de fecha 19 de Noviembre de 2025, de la Dirección de Compras y Suministros procediendo a la apertura de la mencionada Licitación, informando que se presentaron tres ofertas correspondientes a:
- COCCO CONSTRUCCIONES S.R.L: cotizando lo solicitado a un importe total de PESOS VEINTITRES MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y TRES MIL ($23.933.000,00).
- GUERRERO ELECTRICIDAD S.R.L.: cotizando lo solicitado a un importe total de PESOS VEINTICINCO MILLONES SETECIENTOS MIL ($25.700.000,00).
- GALAGRO S.A: cotizando lo solicitado a un importe total de PESOS VEINTICINCO MILLONES CUATROCIENTOS VEINTICINCO MIL ($25.425.000,00).
Que, de citado Dictamen obrante a fs. 40 resulta la intimación al proveedor COCCO CONSTRUCCIONES S.R.L. para la presentación de documentación faltante.
Que, a fs. 45 obra Dictamen 2, de la Comisión Evaluadora de fecha 2 de Diciembre de 2025, donde se verifica que la firma COCCO CONSTRUCCIONES S.R.L. cumple, en el aspecto formal, con la presentación de la totalidad de la documentación solicitada en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
Que, analizada la oferta en su aspecto económico se observa que lo cotizado resulta ser: en un 11.35% inferior a la imputación preventiva.
Que, por lo expuesto, la Comisión Evaluadora aconseja se adjudique a la firma COCCO CONSTRUCCIONES S.R.L. por un importe total de PESOS VEINTITRES MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y TRES MIL CON 00/100 ($23.933.000,00), de acuerdo al siguiente detalle:
| Item N° | Descripción | Cant. | Precio Unit. | Sub Total |
| 1 | Provision De Materiales Y Mano De Obra Para La Instalacion De Garitas De Omnibus De Chapa N°14 Plegada con respaldo chapa calado (corte CNC laser) N°16, techo de chapa galvanizada plegada, banco gen. | 5 | $3.829.280,00 | $19.146.400,00 |
| 2 | Colocación, instalación y materiales, empotramiento 30cm de profundidad de los pilares principales de la garita, los cuales se le deberían soldar hierros nervurados del 10 para mayor adherencia, bas. | 5 | $957.320,00 | $4.786.600,00 |
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107°, incisos ñ), q) y u), de la Ley N° 10.027 y su modificatoria - Régimen de las Municipalidades modificada por la ley provincial 10.082, según T.O Decreto N° 4706/2012 del Poder Ejecutivo Provincial.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Aprobar el procedimiento licitatorio obrante en el Expediente de Compra Digital N° 1185, Licitación Privada N° 30/2025, correspondiente al 1° Llamado de Licitación Privada N° 30/2025, para “PROVISIÓN DE MATERIALES Y MANO DE OBRA PARA GARITAS DE ÓMNIBUS EN DIFERENTES LUGARES DE CONCORDIA”, dispuesto mediante Decreto N° 1.262/2.025.
ARTÍCULO 2°.- Adjudicar el 1° Llamado de la Licitación Privada N° 30/2025 mencionada precedentemente a COCCO CONSTRUCCIONES S.R.L por un importe total de PESOS VEINTITRES MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y TRES MIL CON 00/100 ($23.933.000,00), de acuerdo al siguiente detalle:
| Item N° | Descripción | Cant. | Precio Unit. | Sub Total |
| 1 | Provision De Materiales Y Mano De Obra Para La Instalacion De Garitas De Omnibus De Chapa N°14 Plegada Con Respaldo Chapa Calado (Corte Cnc Laser) N°16, Techo De Chapa Galvanizada Plegada, Banco Gen. | 5 | $3.829.280,00 | $19.146.400,00 |
| 2 | Colocación, instalación y materiales, empotramiento 30cm de profundidad de los pilares principales de la garita, los cuales se le deberían soldar hierros nervurados del 10 para mayor adherencia, bas. | 5 | $957.320,00 | $4.786.600,00 |
Dada la oferta según Acta de Apertura obrante a fs. 37, de la Compra Digital N° 1185/2.025, conforme al Anexo que forma parte del presente Decreto, en virtud del considerando precedentemente.
ARTICULO 3°.- Impútese el presente gastos en la Partida Presupuestaria:
N° 3.4.90.01.05.07.40 DESARROLLO PRODUCTIVO $23.933.000,00.
ARTÍCULO 4°.- Notifiquese a los proveedores: GUERRERO ELECTRICIDAD S.R.L. y GALAGRO S.A., que se declara inadmisibilidad de la oferta por no cumplir con el inciso f) del Pliego de Bases y Condiciones.
ARTICULO 5°.- Dispónese que a través de la Dirección de Compras y Suministros se realicen gestiones tendientes para el cumplimiento de la presente disposición.
ARTICULO 6°.- Dispónese que a través de la Dirección de Compras y Suministros se notifique a COCCO CONSTRUCCIONES S.R.L, del contenido del presente acto administrativo y proceda oportunamente a iniciar los trámites de Devolución de los depósitos de garantía correspondientes.
ARTICULO 7°.- Comuníquese, publíquese, dese copia a la Secretaría de Gobierno y oportunamente, archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Ing. FEDERICO SCHATTENHOFER
Secretario de Desarrollo Productivo.
ANEXO I
PLANILLA NOMENCLADORA
| item | Designación De Artículos | Proveedor | cant. | precio unitario | total |
| 1 | Provision De Materiales Y Mano De Obra Para La Instalacion De Garitas De Omnibus De Chapa N°14 Plegada Con Respaldo Chapa Calado (Corte Cnc Laser) N°16, Techo De Chapa Galvanizada Plegada, Banco Gen. | Cocco Construcciones S.R.L | 5 | $3.829.280,00 | $19.146.400,00 |
| 2 | Colocación, Instalación Y Materiales, Empotramiento 30cm De Profundidad De Los Pilares Principales De La Garita, Los Cuales Se Le Deberían Soldar Hierros Nervurados Del 10 Para Mayor Adherencia, Bas.) | Cocco Construcciones S.R.L | 5 | $957.320,00 | $4.786.600,00 |
| Importe Total | $23.933.000,00 | ||||
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Ing. FEDERICO SCHATTENHOFER
Secretario de Desarrollo Productivo.
