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SUMARIO
Los siguientes Decretos y Edictos conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
Los siguientes Decretos y Edictos conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
Decretos: 070/2.026, 071/2.026 y 072/2.026.-
DECRETO N° 070/2.026Concordia, 27 de enero de 2.026
VISTO, las actuaciones obrantes en el Expediente interno N° 3831 “D”/2024, y;
CONSIDERANDO:
Que a fojas 18 y 18 vuelta, mediante Decreto Nº678/2025 de fecha 04/07/2025, rectificado mediante Decreto N° 919/2025 de fecha 24/07/2025 obrante a fojas 26, el Departamento Ejecutivo Municipal dispuso la Instrucción de un Sumario Administrativo, al Agente Mensual CHRISTIAN ARIEL BONAZZOLA, Legajo N° 6518, por encontrase su conducta “prima facie”, comprendida y/o incursa dentro de lo normado en los Artículos 16º incisos a) y d); 31º inciso a) y 39° incisos c), d) y e) de la Ordenanza de Escalafón N° 11.275/49; en merito a las atribuciones concedidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 40º del ordenamiento legal citado precedentemente. Designando a tal efecto como Instructora Sumariante a la Dra. Gisela Araceli Trentin, del Departamento Sumarios de la Subsecretaría Legal y Técnica.
Que a fojas 29, obra Avocamiento de la Instructora Sumariante.
Que a fojas 31 y 31 vuelta, obra Ratificación de Denuncia de la Señora Claudia Otegui, Legajo N° 3605, Directora de Cementerios de la Municipalidad de Concordia.
Que a fojas 32, mediante Cédula de Notificación de fecha 22/08/2025, se le informa al Agente Mensual CHRISTIAN ARIEL BONAZZOLA, Legajo N° 6518 de lo establecido en el art. 36° del Decreto N° 2/70. S. G. G.
Que a fojas 33 y 33 vuelta, obra Acta de Designación de Abogado al Dr. Godoy Jorge Rogelio, M.P. N° 7937, F° 216, T° I; quien acepta el cargo conferido y se procede a notificarlo de lo dispuesto mediante Decreto N° 678/2025 de fecha 04/07/2025, como también de lo dispuesto en Decreto N° 919/2025 de fecha 24/07/2025.
Que a fojas 34, obra Acta de Declaración Indagatoria del Agente Mensual CHRISTIAN ARIEL BONAZZOLA, Legajo N° 6518, manifestando en presencia de su abogado defensor que es su voluntad expresa, abstenerse de prestar Declaración Indagatoria.
Que a fojas 35, obra Dictamen de Apertura a Prueba, desde fecha de su notificación y durante diez (10) días hábiles posteriores.
Que a fojas 36 y 37, mediante Cédulas de Notificación de fecha 10/09/2025 y 11/09/2025 respectivamente, se les comunica al Agente CHRISTIAN ARIEL BONAZZOLA, Legajo N° 6518 y al Dr. Godoy Jorge Rogelio, la Apertura a Prueba.
Que a fojas 38, obra Dictamen de Clausura de la Etapa Probatoria y Actuaciones para Alegar.
Que a fojas 39 y 40, obran Cédulas de Notificación de fechas 30/09/2025; y 01/10/2025; donde se pone en conocimiento de la Clausura de la Etapa Probatoria, al Agente CHRISTIAN ARIEL BONAZZOLA, Legajo N° 6518 y a sus Defensor Dr. Godoy Jorge Rogelio.
Que de fojas 41 a 42, obra los alegatos del Agente Sumariado.
Que de fojas 43 a 44, la División Sumarios, aconseja: “…Que de las probanzas producidas, surge que el Agente Mensual CHRISTIAN ARIEL BONAZZOLA, Legajo 6518, D.N.I. N°37.564.254, dependiente de la Secretaria de Desarrollo Urbano- Subsecretaria de Servicios Públicos, Dirección de Cementerio, no concurrió a su lugar de trabajo a prestar servicios de acuerdo a las inasistencias injustificadas acreditadas por la Dirección de Recursos Humanos, considerando las ausencias de los registros de marcaciones de Ingresos y/o egresos del Sistema de Control de Asistencias habilitado a tal efecto, como presunción de ausencia saber: 11/11/2024, 12/11/2024, 13/11/2024 (constatación unidad de control-constatación), 14/11/2024, 15/11/2024, 20/11/2024 (constatación unidad de control), 22/11/2024, 25/11/2024, 28/11/2024, 29/11/2024, 05/12/2024, 06/12/2024, 09/12/2024, 10/12/2024. Que de su conducta se desprende un incumplimiento de las obligaciones laborales, quedando su conducta comprendida dentro de lo normado en el Articulo 16 inciso a) y d) Articulo 31° inciso a) y Articulo 39º inciso c) de la Ordenanza de Escalafón Nº 11.275/49. Este Departamento Sumarios aconseja, se le imponga al Agente Municipal BONAZZOLA CHRISTIAN ARIEL, 6518, D.N.I. N° 28.356.102, la sanción de SIETE DIAS DE SUSPENSION, sin goce de haberes, prevista en el articulo Nº 39 inciso c) de la Ordenanza de Escalafón…
2) Separarme del procedimiento…”.
Que a fojas 46, obra Dictamen Nº 1770/25 de fecha 13 de Octubre de 2025, de la Dirección de Asuntos Jurídicos, mediante el cual aconseja: “Vistas las presentes actuaciones y antecedentes obrantes en el expediente de referencia, venido a consulta y dictamen, que mediante Decreto N° 678/2025 el DEM dispuso la Instrucción de un Sumario Administrativo al agente CHRISTIAN ARIEL BONAZZOLA, LGAJO Nº 6518, dependiente de la Secretaria de Desarrollo Urbano, Subsecretaria de Servicios Públicos, Dirección de Cementerio, por no haber presumiblemente concurrido a su lugar de trabajo a prestar servicios.
Que el informe final de la Instructora Sumariante de donde surge que el agente ya filiado no concurrió a su lugar de trabajo a prestar servicios de acuerdo a las inasistencias injustificadas acreditadas por la Dirección de Recursos Humanos, quedando su conducta comprendida dentro de lo normado en el art. 16° inc. a) y d), art. 31º inc. a) y art. 39º inc. c) de la Ordenanza de Escalafón Nº 11.275/49, aconsejando se le imponga al agente BONAZZOLA, CHISTIAN ARIEL, LEGAJO № 6518, DNI Nº 28.356.102, la sanción de SIETE DIAS DE SUSPENSION, sin goce de haberes, prevista en el art. Nº 39º inc. c) de la Ordenanza Escalafón, esta Dirección de Asuntos Juridicos aconseja dar formal aprobación a las actuaciones, dictar el Acto Administrativo pertinente, quedando a criterio, consideración, y valoración del DEM la imposición de la sanción recomendada por la Dra. Trentin Gisela A…”.
Que a fojas 48 y 48 vuelta, obra informe del Tribunal de Disciplina, mediante el cual considera y aconseja: “…que atento a lo normado en el artículo 16º de la Ordenanza N° 11275/49 que dice: "Son obligaciones del personal de la Administración Municipal en cualquiera de las categorías: a) La prestación personal adecuada y eficaz del servicio con sujeción a las reglamentaciones vigentes...... d) Observar ", se aconseja aplicar al agente mensual Bonazzola buena conducta Christian Ariel, DNI N° 28.356.102, Legajo N° 6518, la sanción disciplinaria de siete (7) días hábiles de suspensión sin goce de haberes, prevista en el artículo 39° inciso c) de la Ordenanza de Escalafón Municipal; todo ello en base a los argumentos de hecho y de derecho obrantes en el presente Sumario Administrativo.”.
Que a fojas 49, obra intervención del Subsecretario Legal y Técnico de la Municipalidad de Concordia.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Articulo 107° de la Ley N° 10.027/11 y su modificatoria Ley N°10.082 - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos. Según T.O. Decreto N°4706/12 del Poder Ejecutivo Provincial.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTICULO 1º.- Apruébese el Sumario Administrativo, dispuesto mediante Nº678/2025 de fecha 04/07/2025, rectificado mediante Decreto N° 919/2025 de fecha 24/07/2025 y procédase a la clausura del mismo.
ARTICULO 2º.- Dispónese aplicar, a partir del dictado del presente, al Agente Mensual CHRISTIAN ARIEL BONAZZOLA, Legajo N° 6518, dependiente de la Dirección de Cementerios, Subsecretaria de Servicios Públicos, Secretaria de Servicios Públicos, la sanción disciplinaria de SIETE (7) DÍAS HÁBILES DE SUSPENSIÓN SIN GOCE DE SUELDO, por encontrarse su conducta incursa en el incumplimiento a lo previsto por el articulo 16º incisos a) y d); como consecuencia de ello, la aplicación de lo previsto en el artículo 31º, inciso a) y artículo 39º inciso c), en consideración de lo establecido en el artículo 41º de la Ordenanza de Escalafón Municipal Nº 11.275/49; y en merito a las atribuciones concedidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 40° del ordenamiento legal citado precedentemente.
ARTICULO 2°.- Remítase las presentes actuaciones a la Dirección de Recursos Humanos a fin de fijar fecha de cumplimiento de la sanción establecida en el artículo que antecede y proceder a dejar asentado lo dispuesto en el legajo personal del agente Mensual CHRISTIAN ARIEL BONAZZOLA, Legajo N° 6518.
ARTICULO 3° - Notifíquese, al Agente ya filiado y a su Defensor Dr. Jorge Rogelio Godoy con domicilio legal en calle Asunción Nº 819, de nuestra Ciudad, tome nota la Dirección de Cementerios, dependiente de la Subsecretaria de Servicios Públicos, Secretaría de Servicios Públicos; luego vuelva a la Dirección de Recursos Humanos, a fin de ser reservado en su legajo personal.
ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y oportunamente, archívese.
Lic. MAGDALENA RETA DE URQUIZA
Vice Intendente
Presidente Concejo Deliberante
Arq. ALEJANDRO E. LOPEZ
Secretario de Servicios Públicos.
----------DECRETO N° 071/2.026
Concordia, 27 de enero de 2.026
VISTO las tramitaciones obrantes en el Expediente Interno N°1065/S/2025 y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Licitación Pública Nº 02/2025, la Subsecretaría de Ambiente a través de los procedimientos habituales de venta y mediante la aplicación de la normativa vigente y aplicable, procede a vender el material reciclable producido por el trabajo de recolección, separación, compactación y/o acopio efectuado en la Planta Recicladora del Municipio que funciona en el Campo el Abasto.
Que obra documental inherente a la Licitación.
Que según acto de apertura, se informa que abierto el primer y único sobre resulta ser de la firma FRANK MANUEL BENITEZ GIL.
Que obra Dictamen de la Comisión evaluadora de fecha 06 de noviembre de 2.025 a través de la cual se informa que se presentó una única oferta correspondiente a FRANK MANUEL BENITEZ GIL cotizando la totalidad de los ítems.
Que la mencionada comisión aconseja la adjudicación de los ítems 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 9, 10, 11, 12 y 13 y se desestime por precio y disponga un segundo llamado a Licitación Pública el ítem 8.
Que obra informe de la Subsecretaría de Ambiente.
Que teniendo en cuenta lo informado por la Subsecretaría de Ambiente, corresponde adjudicar los ítems 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 9, 10, 11, 12 y 13 a la firma FRANK MANUEL BENITEZ GIL y disponer un segundo llamado a licitación pública para el ítem 8.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107º, incisos ñ), q) y u), de la Ley 10.027 y modificatorias – Régimen Municipal.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Apruébese el procedimiento licitatorio obrante en el Expediente Interno N° 1065/S/2025, Licitación Pública Nº 02/2025 “2º Venta de Material Reciclable”, conforme a los considerados precedentes.
ARTICULO 2º.- Adjudíquese a la firma FRANK MANUEL BENITEZ GIL los ítems 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 9, 10, 11, 12 y 13 de acuerdo al detalle que como Anexo I forma parte del presente Decreto y en virtud de los considerados precedentemente.
ARTICULO 3º.- Desestímese el ítem 8, por no resultar la oferta conveniente para la Municipalidad de Concordia y dispónese la realización de un segundo llamado a Licitación Pública para la 2º Venta de Material Reciclable del ítem mencionado en el presente Artículo de acuerdo al detalle que como Anexo II forma parte de la presente norma.
ARTICULO 4º.- Gírese a la Dirección de Compras y Suministros a sus efectos.
ARTICULO 5°.- Comuníquese, Publíquese, Regístrese y Archívese.
Lic. MAGDALENA RETA DE URQUIZA
Vice Intendente
Presidente Concejo Deliberante
a/c Presidencia Municipal
Arq. ALEJANDRO E. LOPEZ
Secretario de Servicios Públicos.
ANEXO I
| Ítem | Material | Precio aproximado por kg (ARS) |
| 1 | Cartón (2.ª calidad) | $60,00 |
| 2 | PET cristal | $350,00 |
| 3 | PET verde | $200,00 |
| 4 | PET celeste | $200,00 |
| 5 | PET aceite | $160,00 |
| 6 | Soplado (PEAD) blanco/natural | $300,00 |
| 7 | Soplado Tutti (PEAD) | $150,00 |
| 9 | Aluminio (latas, 2ª) | $1300,00 |
| 10 | Chatarra (mixta) | $60,00 |
| 11 | Tetra pack | $ 30,00 |
| 12 | Leche | $ 30,00 |
| 13 | Bazar | $ 30,00 |
ANEXO II
| Item | Material | Precio aproximado por kg (ARS) |
| 8 | vidrio | $180,00 en promedio |
Lic. MAGDALENA RETA DE URQUIZA
Vice Intendente
Presidente Concejo Deliberante
a/c Presidencia Municipal
Arq. ALEJANDRO E. LOPEZ
Secretario de Servicios Públicos.
----------DECRETO Nº 072/2.026
Concordia, 28 de enero de 2.026
VISTO el contenido de las actuaciones obrantes en Expediente de Compra digital N° 1399/2025 y,
CONSIDERANDO:
Que en las mismas se lleva a cabo el proceso licitatorio para la Adquisición provisión de mano de obra para la instalación de techo en el edificio de la subsecretaría de Desarrollo Social.
Que la Dirección de Presupuesto ha procedido a imputar el presente gasto.
Que la Subsecretaría de Haciendas y Modernización, toma intervención de su competencia autorizando el presente gasto.
Que la Dirección de Compras y Suministros acompaña proyecto Pliego de Bases y Condiciones Particulares, para el llamado a Licitación Privada Nº 1/2026 “PROVISION DE MANO DE OBRA PARA LA INSTALACION DE TECHO EN EL EDIFICIO DE LA SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL”.
Que la presente Licitación Privada estima un presupuesto oficial de PESOS TREINTA Y NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS MIL con 00/100 ($ 39.800.000,00.-).
Que la apertura de la Licitación deberá realizarse en la Dirección de Compras y Suministros, la que deberá proponer fecha de apertura disponible.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por la Ley Provincial N° 10027- Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos – modificada por la Ley Provincial N° 10082; según T.O. Decreto 4706/12 del Poder Ejecutivo Provincial.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTÍCULO 1º.- Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, referido al llamado a Licitación Privada Nº 1/2026 “PROVISION DE MANO DE OBRA PARA LA INSTALACION DE TECHO EN EL EDIFICIO DE LA SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL”, cuyos antecedentes obran en Expediente de Compra Digital N° 1399/2025, de acuerdo a las consideraciones expresadas precedentemente.
ARTÍCULO 2°.- Dispóngase que la Dirección de Compras y Suministros efectúe el llamado de la presente Licitación y fije fecha de apertura de la propuesta, según lo establecido en el Art. 25° de la Ordenanza N° 34.698 Contrataciones del Estado Municipal y Considerando procedente.
ARTÍCULO 3°.- Procédase en caso de resultar desierto el Primer Llamado que desde la Dirección de Compras y Suministros se efectúe un Segundo Llamado y se fije fecha de la apertura de ofertas.
ARTÍCULO 4°.- Impútese el presente gasto aprobado a la partida presupuestaria preventiva N°:
3.1.90.02.05.08.61.01 Obras Públicas $ 39.800.000,00.
ARTÍCULO 5º.- Dispóngase que el pago se efectúe de acuerdo a lo establecido en el Artículo N° 30° del Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
ARTÍCULO 6°.- Confórmese la Comisión Evaluadora de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 8° del Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
ARTÍCULO 7°.- Efectúense las publicaciones de Ley.
ARTICULO 8°.- Gírese a la Dirección de Compras y Suministros a sus efectos.
ARTÍCULO 9°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Lic. MAGDALENA RETA DE URQUIZA
Vice Intendente
Presidente Concejo Deliberante
a/c Presidencia Municipal
Ing. SEBASTIAN ARISTIDE
Secretario de Desarrollo Humano.
----------EDICTO
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica a la Sra. CAZATTI JESSICA ANALIA D.N.I N° 40.693.081, que se ha dispuesto la presente notificación tendiente a hacerle saber que mediante Resolución N° 634/2026 de fecha 04 de Febrero del año 2026, se ha dispuesto lo siguiente: ARTICULO 1°.- NEGAR y RECHAZAR las presentaciones realizada por los Sres., Pérez Mercedes Alicia, Cazatti Jessica Analia, Bordón Sandra Gabriela, Villalba Cecilia Agustina, Cáceres Rita Analia, García Claudia Carolina, mediante Telegramas Laborales de fechas, 09, 12, 14, 16 de Enero del 2026 en todas sus , partes, atento los argumentos expuestos en los considerandos del presente.- ARTICULO 2°.- NOTIFÍQUESE a la interesada en forma personal o por cédula mediante la Oficina de Notificaciones Masivas.- Fdo. Dr. FRANCISCO AZCUE Presidente Municipal de Concordia. JUAN C. IMOBERDOFF Director de Administración y Despacho a/c Secretaría de Salud Municipalidad de Concordia.
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADA.-
Concordia, 11 de FEBRERO del 2.026.-
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica a la Sra. CAZATTI JESSICA ANALIA D.N.I N° 40.693.081, que se ha dispuesto la presente notificación tendiente a hacerle saber que mediante Resolución N° 634/2026 de fecha 04 de Febrero del año 2026, se ha dispuesto lo siguiente: ARTICULO 1°.- NEGAR y RECHAZAR las presentaciones realizada por los Sres., Pérez Mercedes Alicia, Cazatti Jessica Analia, Bordón Sandra Gabriela, Villalba Cecilia Agustina, Cáceres Rita Analia, García Claudia Carolina, mediante Telegramas Laborales de fechas, 09, 12, 14, 16 de Enero del 2026 en todas sus , partes, atento los argumentos expuestos en los considerandos del presente.- ARTICULO 2°.- NOTIFÍQUESE a la interesada en forma personal o por cédula mediante la Oficina de Notificaciones Masivas.- Fdo. Dr. FRANCISCO AZCUE Presidente Municipal de Concordia. JUAN C. IMOBERDOFF Director de Administración y Despacho a/c Secretaría de Salud Municipalidad de Concordia.
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADA.-
Concordia, 11 de FEBRERO del 2.026.-
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EDICTO.-
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica al Sr. VALENZUELA VICTOR FACUNDO D.N.I N° 42.477.068, que se ha dispuesto la presente notificación tendiente a hacerle saber que mediante Resolución N° 611/2026 de fecha 02 de Febrero del año 2026, se ha dispuesto lo siguiente: ARTICULO 1°.- NEGAR y RECHAZAR las presentaciones realizada por los Sres., Gomez Margarita Soledad y Valenzuela Víctor Facundo, mediante Telegramas Laborales de fechas, 22 de Enero del 2026 en todas sus partes, atento los argumentos expuestos en los considerandos del presente.- ARTICULO 2°.- NOTIFÍQUESE a la interesada en forma personal o por cédula mediante la Oficina de Notificaciones Masivas.- Fdo. Dr. FRANCISCO AZCUE Presidente Municipal de Concordia. Arq. ALEJANDRO E. LOPEZ Secretario de Servicios Públicos Municipalidad de Concordia.
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADA.-
Concordia, 11 de FEBRERO del 2.026.-
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La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica al Sr. VALENZUELA VICTOR FACUNDO D.N.I N° 42.477.068, que se ha dispuesto la presente notificación tendiente a hacerle saber que mediante Resolución N° 611/2026 de fecha 02 de Febrero del año 2026, se ha dispuesto lo siguiente: ARTICULO 1°.- NEGAR y RECHAZAR las presentaciones realizada por los Sres., Gomez Margarita Soledad y Valenzuela Víctor Facundo, mediante Telegramas Laborales de fechas, 22 de Enero del 2026 en todas sus partes, atento los argumentos expuestos en los considerandos del presente.- ARTICULO 2°.- NOTIFÍQUESE a la interesada en forma personal o por cédula mediante la Oficina de Notificaciones Masivas.- Fdo. Dr. FRANCISCO AZCUE Presidente Municipal de Concordia. Arq. ALEJANDRO E. LOPEZ Secretario de Servicios Públicos Municipalidad de Concordia.
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADA.-
Concordia, 11 de FEBRERO del 2.026.-
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EDICTO.-
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica al Sr. Zalazar Cossia Matías D.N.I N° 34.436.790, se ha dispuesto la presente notificación tendiente a hacerle saber que mediante Resolución N° 628/2026 de fecha 04 de Febrero del año 2026, se ha dispuesto lo siguiente: ARTICULO 1°.- NEGAR y RECHAZAR las presentaciones realizadas por los Sres. Ullmann Luis Germán, Zalazar Cossia Matías y Suarez Mariela Ana Inés, mediante Telegramas Laborales de fechas, 9 y 12 de Enero del 2026 en todas sus partes, atento los argumentos expuestos en los considerandos del presente.- ARTICULO 2°.- NOTIFÍQUESE a los interesados en forma personal o por cédula mediante la Oficina de Notificaciones Masivas.- Fdo. Dr. FRANCISCO AZCUE Presidente Municipal de Concordia. Dr. LUCIANO DELL´OLIO Secretario de Gobierno Municipalidad de Concordia.
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADA.-
Concordia, 11 de FEBRERO del 2.026.-
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica al Sr. Zalazar Cossia Matías D.N.I N° 34.436.790, se ha dispuesto la presente notificación tendiente a hacerle saber que mediante Resolución N° 628/2026 de fecha 04 de Febrero del año 2026, se ha dispuesto lo siguiente: ARTICULO 1°.- NEGAR y RECHAZAR las presentaciones realizadas por los Sres. Ullmann Luis Germán, Zalazar Cossia Matías y Suarez Mariela Ana Inés, mediante Telegramas Laborales de fechas, 9 y 12 de Enero del 2026 en todas sus partes, atento los argumentos expuestos en los considerandos del presente.- ARTICULO 2°.- NOTIFÍQUESE a los interesados en forma personal o por cédula mediante la Oficina de Notificaciones Masivas.- Fdo. Dr. FRANCISCO AZCUE Presidente Municipal de Concordia. Dr. LUCIANO DELL´OLIO Secretario de Gobierno Municipalidad de Concordia.
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADA.-
Concordia, 11 de FEBRERO del 2.026.-
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EDICTO.-
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica a la Sra. RETAMAR SOL ESTEFANIA D.N.I N° 45.756.521, que se ha dispuesto la presente notificación tendiente a hacerle saber que mediante Resolución N° 657/2026 de fecha 05 de Febrero del año 2026, se ha dispuesto lo siguiente: ARTICULO 1°.- NEGAR y RECHAZAR las presentaciones realizadas por los Sres. Sres. Noir, Daniela Belén, Vargas Noelia Cecilia y Retamar Sol Estefanía, en todas sus partes, atento los argumentos expuestos en los considerandos del presente.-. ARTÍCULO 2°.- NOTIFIQUESE a los interesados en forma personal o por cédula mediante la Oficina de Notificaciones Masivas.- Fdo. Dr. FRANCISCO AZCUE Presidente Municipal de Concordia. Ing. SEBASTIAN ARISTIDE Secretario de Desarrollo Humano Municipalidad de Concordia.
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADA.-
Concordia, 11 de FEBRERO del 2.026.-
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica a la Sra. RETAMAR SOL ESTEFANIA D.N.I N° 45.756.521, que se ha dispuesto la presente notificación tendiente a hacerle saber que mediante Resolución N° 657/2026 de fecha 05 de Febrero del año 2026, se ha dispuesto lo siguiente: ARTICULO 1°.- NEGAR y RECHAZAR las presentaciones realizadas por los Sres. Sres. Noir, Daniela Belén, Vargas Noelia Cecilia y Retamar Sol Estefanía, en todas sus partes, atento los argumentos expuestos en los considerandos del presente.-. ARTÍCULO 2°.- NOTIFIQUESE a los interesados en forma personal o por cédula mediante la Oficina de Notificaciones Masivas.- Fdo. Dr. FRANCISCO AZCUE Presidente Municipal de Concordia. Ing. SEBASTIAN ARISTIDE Secretario de Desarrollo Humano Municipalidad de Concordia.
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADA.-
Concordia, 11 de FEBRERO del 2.026.-
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EDICTO.-
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica a la Sra. NOIR DANIELA BELEN D.N.I N° 36.101.399, que se ha dispuesto la presente notificación tendiente a hacerle saber que mediante Resolución N° 657/2026 de fecha 05 de Febrero del año 2026, se ha dispuesto lo siguiente: ARTÍCULO 1°.- NEGAR y RECHAZAR las presentaciones realizadas por los Sres. Sres. Noir, Daniela Belén, Vargas Noelia Cecilia y Retamar Sol Estefanía, en todas sus partes, atento los argumentos expuestos en los considerandos del presente.-. ARTICULO 2°.- NOTIFÍQUESE a los interesados en forma personal o por cédula mediante la Oficina de Notificaciones Masivas.- Fdo. Dr. FRANCISCO AZCUE Presidente Municipal de Concordia. Ing. SEBASTIAN ARISTIDE Secretario de Desarrollo Humano Municipalidad de Concordia.
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADA.-
Concordia, 11 de FEBRERO del 2.026.-
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica a la Sra. NOIR DANIELA BELEN D.N.I N° 36.101.399, que se ha dispuesto la presente notificación tendiente a hacerle saber que mediante Resolución N° 657/2026 de fecha 05 de Febrero del año 2026, se ha dispuesto lo siguiente: ARTÍCULO 1°.- NEGAR y RECHAZAR las presentaciones realizadas por los Sres. Sres. Noir, Daniela Belén, Vargas Noelia Cecilia y Retamar Sol Estefanía, en todas sus partes, atento los argumentos expuestos en los considerandos del presente.-. ARTICULO 2°.- NOTIFÍQUESE a los interesados en forma personal o por cédula mediante la Oficina de Notificaciones Masivas.- Fdo. Dr. FRANCISCO AZCUE Presidente Municipal de Concordia. Ing. SEBASTIAN ARISTIDE Secretario de Desarrollo Humano Municipalidad de Concordia.
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADA.-
Concordia, 11 de FEBRERO del 2.026.-
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EDICTO.-
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica a los Srs. VARGAS NOELIA CECILIA D.N.I N° 34.370.812, se ha dispuesto la presente notificación tendiente a hacerle saber que mediante Resolución N° 657/2026 de fecha 05 de Febrero del año 2026, se ha dispuesto lo siguiente: ARTICULO 1°.- NEGAR y RECHAZAR las presentaciones realizadas por los Sres. Noir Daniela Belén, Vargas Noelia Cecilia y Retamar Sol Estefanía, en todas sus partes, atento los argumentos expuestos en los considerandos del presente.- ARTICULO 2°.- NOTIFÍQUESE a los interesados en forma personal o por cédula mediante la Oficina de Notificaciones Masivas.- Fdo. Dr. FRANCISCO AZCUE Presidente Municipal de Concordia. Lic. MAGDALENA RETA URQUIZA Vice Intendente Presidente Concejo Deliberante Municipalidad de Concordia.
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADA.-
Concordia, 11 de FEBRERO del 2.026.-
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica a los Srs. VARGAS NOELIA CECILIA D.N.I N° 34.370.812, se ha dispuesto la presente notificación tendiente a hacerle saber que mediante Resolución N° 657/2026 de fecha 05 de Febrero del año 2026, se ha dispuesto lo siguiente: ARTICULO 1°.- NEGAR y RECHAZAR las presentaciones realizadas por los Sres. Noir Daniela Belén, Vargas Noelia Cecilia y Retamar Sol Estefanía, en todas sus partes, atento los argumentos expuestos en los considerandos del presente.- ARTICULO 2°.- NOTIFÍQUESE a los interesados en forma personal o por cédula mediante la Oficina de Notificaciones Masivas.- Fdo. Dr. FRANCISCO AZCUE Presidente Municipal de Concordia. Lic. MAGDALENA RETA URQUIZA Vice Intendente Presidente Concejo Deliberante Municipalidad de Concordia.
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADA.-
Concordia, 11 de FEBRERO del 2.026.-
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EDICTO.-
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica al Sr. Ullmann Luis Germán D.N.I N° 30183.978, se ha dispuesto la presente notificación tendiente a hacerle saber que mediante Resolución N° 628/2026 de fecha 04 de Febrero del año 2026, se ha dispuesto lo siguiente: ARTÍCULO 1°.- NEGAR y RECHAZAR las presentaciones realizadas por los Sres. Ullmann Luis Germán, Zalazar Cossia Matías y Suarez Mariela Ana Inés, mediante Telegramas Laborales de fechas, 9 y 12 de Enero del 2026 en todas sus partes, atento los argumentos expuestos en los considerandos del presente.- ARTICULO 2°.- NOTIFÍQUESE a los interesados en forma personal o por cédula mediante la Oficina de Notificaciones Masivas.- Fdo. Dr. FRANCISCO AZCUE Presidente Municipal de Concordia. Arq. ALEJANDRO E. LOPEZ Secretario de Servicios Públicos Municipalidad de Concordia.
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADA.-
Concordia, 13 de FEBRERO del 2.026.-
----------QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADA.-
Concordia, 13 de FEBRERO del 2.026.-
EDICTO.-
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica a la Sra. GOMEZ MARGARITA SOLEDAD D.N.I N° 32.217.618, que atento al intento de notificación en fecha 06 de Febrero de 2026, de que se ha dispuesto la presente notificación tendiente a hacerle saber que mediante Resolución N° 611/2026 de fecha 02 de Febrero del año 2026, se ha dispuesto lo siguiente: ARTÍCULO 1°.- NEGAR y RECHAZAR las presentaciones realizadas por los Sres. Gómez Margarita Soledad y Valenzuela Víctor Facundo, mediante telegramas laborales de fecha 22 de Enero de 2026, en todas sus partes, atento los argumentos expuestos en los considerandos del presente.-.
ARTICULO 2°.- NOTIFÍQUESE a los interesados en forma personal o por cédula mediante la Oficina de Notificaciones Masivas.-
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADA.-
Concordia, 18 de FEBRERO del 2.026.-La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica a la Sra. GOMEZ MARGARITA SOLEDAD D.N.I N° 32.217.618, que atento al intento de notificación en fecha 06 de Febrero de 2026, de que se ha dispuesto la presente notificación tendiente a hacerle saber que mediante Resolución N° 611/2026 de fecha 02 de Febrero del año 2026, se ha dispuesto lo siguiente: ARTÍCULO 1°.- NEGAR y RECHAZAR las presentaciones realizadas por los Sres. Gómez Margarita Soledad y Valenzuela Víctor Facundo, mediante telegramas laborales de fecha 22 de Enero de 2026, en todas sus partes, atento los argumentos expuestos en los considerandos del presente.-.
ARTICULO 2°.- NOTIFÍQUESE a los interesados en forma personal o por cédula mediante la Oficina de Notificaciones Masivas.-
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADA.-
