Boletim original
- Anexo Decreto 216-2026 Repavimentacion calle Ricardo Rojas entre C Veiga y Diamante.pdf765 KB
- Anexo Decreto 218-2026 Pavimentacion Distintas Arterias de la Ciudad de Concordia.pdf774 KB
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SUMARIO
Los siguientes Decretos conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
Decretos: 209/2.026, 213/2.026, 216/2.026, 218/2.026, 223/2.026, 224/2.026 y 225/2.026.-
DECRETO N° 209/2.026Los siguientes Decretos conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
Decretos: 209/2.026, 213/2.026, 216/2.026, 218/2.026, 223/2.026, 224/2.026 y 225/2.026.-
Concordia, 10 de marzo de 2.026
VISTO el proceso de Licitación Privada N° 01/2026 “INSTALACIÓN DE TECHO DE ZINC SOBRE AZOTEA DEL EDIFICIO DE DESARROLLO SOCIAL (EX POLICLÍNICO)” la cual se tramita en Expediente de Compra Digital N° 1399/2025 y,
CONSIDERANDO:
Que la licitación antes mencionada, se refiere a la instalación de techo de zinc en edificio público en donde funcionan además de la Subsecretaría de Desarrollo Social, otras dependencias de la Municipalidad de Concordia.
Que el presente trámite fue autorizado mediante Decreto N° 072/2026 de fecha 28 de enero del 2026.
Que la Dirección de Presupuesto, ha tomado la intervención de su competencia.
Que la Secretaría de Coordinación de Gabinete y Hacienda, ha autorizado el presente gasto.
Que obra intervención de la Dirección de Compras y Suministros.
Que obra Acta de Apertura de fecha 11 de febrero del 2026 que expresa que abierta la primera oferta resulta ser del proveedor JOSE ANTONIO AVA, la segunda oferta de la firma JORGE EDUARDO PREISLER, la tercera cotización de la empresa CYALCO S.R.L., la cuarta oferta pertenece al proveedor COCCO CONSTRUCCIONES S.R.L., la quinta pertenece a EDUARDO MARCELO CHEZZI y la sexta y última propuesta pertenece a JORGE FABRICIO ALTAMIRANO.
Que en Sistema Digital de Compras obra documental elevada por los oferentes.
Que obra Planilla Comparativa con recomendación del área solicitante.
Que la Dirección de Arquitectura realiza una revisión de las ofertas y eleva informe Técnico.
Que obra Dictamen de la Comisión Evaluadora de fecha 12 de febrero del 2026, que informa que en acto de apertura se presentaron seis ofertas correspondientes a:
- JOSE ANTONIO AVA cotizando lo solicitado a un importe total de PESOS TREINTA Y OCHO MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL QUINIENTOS SESENTA Y CINCO CON 62/100 ($38.450.565,62).
- JORGE EDUARDO PREISLER, los archivos no pudieron procesarse por lo que corresponde declarar la INADMISIBILIDAD de la oferta.
- CYALCO S.R.L. cotizando lo solicitado a un importe total de PESOS TREINTA Y SIETE MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS DIECIOCHO CON 24/100 ($37.989.518,24).
- COCCO CONSTRUCCIONES S.R.L. cotizando lo solicitado a un importe total de PESOS CUARENTA Y SEIS MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y SEIS MIL SETECIENTOS TREINTA Y DOS CON 50/100 ($46.736.732,50).
- EDUARDO MARCELO CHEZZI cotizando lo solicitado a un importe total de PESOS VEINTIOCHO MILLONES OCHOCIENTOS UN MIL CIENTO SESENTA CON 99/100 ($28.801.160,99).
- JORGE FABRICIO ALTAMIRANO cotizando lo solicitado a un importe total de PESOS TREINTA Y UN MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA MIL ($31.840.000,00).
Que se procede a intimar a los proveedores a la presentación de la documentación faltante en el plazo establecido en la normativa vigente. En fojas digitales obran las pertinentes intimaciones enviadas a cada oferente.
Que en nuevo Dictamen de fecha 27 de febrero del corriente año, la Comisión Evaluadora informa que luego de intimadas las empresas a la presentación de las documentaciones faltantes, se advierte que:
- JOSE ANTONIO AVA cumple con la documentación.
- CYALCO S.R.L. cumple solamente con la presentación del Comprobante de pago de la Póliza de Caución. Por lo que corresponde declarar la INADMISIBILIDAD de la oferta.
- COCCO CONSTRUCIONES S.R.L. cumple con la documentación solicitada.
- EDUARDO MARCELO CHEZZI cumple con la documentación solicitada.
- JORGE FABRICIO ALTAMIRANO cumple con la documentación solicitada.
- JOSE ANTONIO AVA lo cotizado resulta ser un 3.39% INFERIOR a la Imputación Preventiva.
- COCCO CONSTRUCCIONES S.R.L. lo cotizado resulta ser un 17.43% SUPERIORa la Imputación Preventiva.
- EDUARDO MARCELO CHEZZI lo cotizado resulta ser un 27.63% INFERIORa la Imputación Preventiva.
- JORGE FABRICIO ALTAMIRANO lo cotizado resulta ser un 20% INFERIOR a la Imputación Preventiva.
| Nro. de Ítem | Ítem |
Proveedor | Importe |
|
|
Mano de Obra para el techado de Azotea en Desarrollo Social (Ex Policlínico Ferroviario. de Acuerdo a las Especificaciones del Pliego de Bases y Condiciones | Chezzi Eduardo Marcelo | $ 28.801.160,99 |
Que el importe total adjudicado en el presente proceso de contratación asciende al monto total de PESOS VEINTIOCHO MILLONES OCHOCIENTOS UN MIL CIENTO SESENTA CON 99/100 ($28.801.160.99).
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Ejecutivo Municipal por el Artículo 107° inciso q) y u) de la Ley 10.027.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTÍCULO 1º.- Apruébese el procedimiento de Licitación Privada N° 01/2026 “INSTALACIÓN DE TECHO DE ZINC SOBRE AZOTEA DEL EDIFICIO DE DESARROLLO SOCIAL (EX POLICLÍNICO) obrante en Expediente de Compra Digital N° 1399/2025 cuyo detalle obra como Anexo del presente, por un importe total de PESOS VEINTIOCHO MILLONES OCHOCIENTOS UN MIL CIENTO SESENTA CON 99/100 ($28.801.160,99).
ARTÍCULO 2°.- Adjudíquese a la firma EDUARDO MARCELO CHEZZI por un importe total de PESOS VEINTIOCHO MILLONES OCHOCIENTOS UN MIL CIENTO SESENTA CON 99/100 ($28.801.160,99).
ARTÍCULO 3°.- Declárese Inadmisible la oferta elevada por la firma JORGE EDUARDO PREISLER.
ARTÍCULO 4°.- Declárese Inadmisible la cotización presentada por la empresa CYALCO S.R.L..
ARTÍCULO 5°.- Desestímese la oferta presentada por el proveedor JOSE ANTONIO AVA.
ARTÍCULO 6°.- Desestímese la oferta elevada por el proveedor COCCO CONSTRUCCIONES S.R.L..
ARTÍCULO 7°.- Desestímese la propuesta efectuada por la firma JORGE ANTONIO ALTAMIRANO.
ARTÍCULO 8°.- Impútese el gasto aprobado en el Artículo 1°, a la partida presupuestaria preventiva N°:
3.1.90.02.05.08.61.01 Obras Públicas $ 28.801.160,99
ARTÍCULO 9°.- Dispóngase que a través de la Dirección de Compras y Suministros se de cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 64° de la Ordenanza N° 34.698, PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO NOTIFICACIÓN DE LA ORDEN DE COMPRA. Se notifique a la firma adjudicada y se proceda, oportunamente, a iniciar los trámites de Devolución del Depósito de Garantía correspondiente.
ARTÍCULO 10°.- Gírese a la Dirección de Compras y Suministros a sus efectos.
ARTICULO 11°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Ing. SEBASTIAN ARISTIDE
Secretario de Desarrollo Humano.
ANEXO
- EDUARDO MARCELO CHEZZI
| Nro. de Ítem | Ítem | Proveedor |
Importe
|
|
|
Mano de Obra para el Techado de Azotea en Desarrollo Social (Ex Policlínico Ferroviario. de Acuerdo a las Especificaciones del Pliego de Bases y Condiciones | Chezzi Eduardo Marcelo | $ 28.801.160,99 |
DECRETO Nº 213/2.026
Concordia, 10 de marzo de 2.026
VISTO el contenido de las actuaciones obrantes en Expediente Compra Digital N° 2129/2026 y,
CONSIDERANDO:
Que en las mismas se lleva a cabo el proceso licitatorio para la “ADQUISICIÓN DE POLLO”, destinada a las personas que requieren de la asistencia del Estado Municipal a través de la Dirección de Asistencia Social de la Subsecretaría de Desarrollo Social.
Que la Dirección de Presupuesto ha procedido a imputar el presente gasto.
Que la Secretaría de Coordinación de Gabinete y Hacienda toma intervención de su competencia autorizando el presente gasto.
Que la Dirección de Compras y Suministros acompaña proyecto Pliego de Bases y Condiciones Particulares para el Llamado a Licitación Pública Nº 12/2026 “ADQUISICIÓN DE POLLO”.
Que la presente Licitación Pública estima un presupuesto oficial de PESOS SETENTA Y SIETE MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA MIL ($77.350.000,00.-).
Que la apertura de la Licitación deberá realizarse en la Dirección de Compras y Suministros, la que deberá proponer fecha de apertura disponible.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por la Ley Provincial N° 10027- Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos – modificada por la Ley Provincial N° 10082; según T.O. Decreto 4706/12 del Poder Ejecutivo Provincial.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTÍCULO 1º.- Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, referido al Llamado a Licitación Pública Nº 12/2026 “ADQUISICIÓN DE POLLO”, cuyos antecedentes obran en Expediente Compra Digital N° 2129/2026, de acuerdo a las consideraciones expresadas precedentemente.
ARTÍCULO 2°.- Dispóngase que la Dirección de Compras y Suministros efectúe el Llamado de la presente Licitación y fije fecha de apertura de la propuesta, según lo establecido en el Art. 25° de la Ordenanza N° 34.698 Contrataciones del Estado Municipal y Considerando procedente.
ARTÍCULO 3°.- Procédase en caso de resultar desierto el Primer Llamado que desde la Dirección de Compras y Suministros se efectúe un Segundo Llamado y se fije fecha de la apertura de ofertas.
ARTÍCULO 4°.- Impútese el presente gasto aprobado a la Partida Presupuestaria Preventiva N°: 3.4.30.01.03.04.34.01 Desarrollo Social $ 77.350.000,00.
ARTÍCULO 5º.- Dispóngase que el pago se efectúe de acuerdo a lo establecido en el Artículo N° 12° del Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
ARTÍCULO 6°.- Confórmese la Comisión Evaluadora de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo N° 9° del Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
ARTÍCULO 7°.- Efectúense las publicaciones de Ley.
ARTICULO 8°.- Gírese a la Dirección de Compras y Suministros a sus efectos.
ARTÍCULO 9°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Ing. SEBASTIAN ARISTIDE
Secretario de Desarrollo Humano.
-----------DECRETO N° 216/2.026
Concordia, 11 de marzo de 2.026
VISTO, el contenido del Expediente Digital Nº 1977 del año 2.026, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N° 126/2.026 de fecha 19 de Febrero de 2.026, obrante en el mencionado Expediente, se aprueba la documentación para el Primer Llamado a Licitación Pública Nº 09/2.026, para la “PROVISIÓN DE MATERIALES Y MANO DE OBRA PARA LA REPAVIMENTACIÓN DE CALLE RICARDO ROJAS ENTRE CONCEJAL VEIGA Y DIAMANTE”.
Que, obran actuaciones de la Dirección de Compras y Suministros referidas a las publicaciones y entrega de Pliegos de Bases y Condiciones Particulares.
Que, obra Acta de Apertura, de fecha 06 de Marzo de 2.026, donde consta que la Dirección de Compras y Suministros procedió a la apertura de la mencionada licitación, informando que se presentó una única oferta correspondiente a:
- LUIS LOSI S.A.: cotizando lo solicitado a un importe total de PESOS MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL CIENTO TRES CON 42/100 ($ 1.299.759.103,42).
- LUIS LOSI S.A.: cumple con la presentación de la totalidad de la documentación solicitada en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
- LUIS LOSI S.A.: lo cotizado resulta ser un 66,21% superior a la Imputación Preventiva.
Que, por lo expuesto la Comisión Evaluadora aconseja desestimar la oferta por superar ampliamente la Imputación Preventiva.
Que, ante ello, obra nota de la Dirección de Compras y Suministros solicitando se dicte el acto administrativo que desestime la única oferta del Primer Llamado a Licitación Pública N° 09/2.026, y en consecuencia, que disponga un nuevo llamado de la presente Licitación.
Que el Presupuesto Oficial de la presente contratación asciende, de acuerdo a la documentación adjunta, a la suma total de PESOS SETECIENTOS OCHENTA Y UN MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE CON 02/100 ($ 781.979.999,02), por lo que de acuerdo con las disposiciones vigentes, corresponde efectuar el Segundo Llamado a Licitación Pública.
Que la Dirección de Presupuesto efectúa la Imputación Preventiva en la Partida Presupuestaria:
Nº 3.7.40.02.05.08.61.02 O.PÚBLICAS (Mant. Vial de Calles Pav.) $ 781.979.999,02.
Que la Subsecretaría de Hacienda y Modernización toma la intervención de su competencia, autorizando el presente gasto.
Que obra intervención de la Dirección de Compras y Suministros, adjuntando el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Pliego de Especificaciones Técnicas; asimismo, Memoria Descriptiva, Planos y Planilla Nomencladora de la mencionada Licitación.
Que la apertura de la presente debe preverse en la Dirección de Compras y Suministros, la que deberá proponer fecha de apertura disponible y realizar las publicaciones de Ley.
Que teniendo en cuenta la urgencia que tiene el Municipio de realizar la presente obra, se deberá hacer uso de lo dispuesto en el Artículo 25º de la Ordenanza N° 34.698 sobre Contrataciones vigente.
Que por las razones invocadas este Departamento Ejecutivo Municipal considera atinente aprobar la documentación obrante en el Expediente de referencia, desestimar la única oferta del Primer Llamado a Licitación Pública Nº 09/2.026, para la “PROVISIÓN DE MATERIALES Y MANO DE OBRA PARA LA REPAVIMENTACIÓN DE CALLE RICARDO ROJAS ENTRE CONCEJAL VEIGA Y DIAMANTE”; y en consecuencia, efectuar el Segundo Llamado de la presente Licitación, en virtud de lo considerado precedentemente.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107º, incisos ñ), q) y u), de la Ley Nº 10.027 y su Modificatoria Ley N° 10.082 – Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Desestímese la única oferta del Primer Llamado a Licitación Pública Nº 09/2.026, para la “PROVISIÓN DE MATERIALES Y MANO DE OBRA PARA LA REPAVIMENTACIÓN DE CALLE RICARDO ROJAS ENTRE CONCEJAL VEIGA Y DIAMANTE”, presentada por la empresa LUIS LOSI S.A., dado que lo cotizado resulta ser un 66,21% superior a la imputación preventiva, en virtud de lo expresado en los considerandos precedentes.
ARTÍCULO 2°.- Apruébese la documentación y dispónese se efectúe el Segundo Llamado a Licitación Pública Nº 09/2.026, para la obra: “PROVISIÓN DE MATERIALES Y MANO DE OBRA PARA LA REPAVIMENTACIÓN DE CALLE RICARDO ROJAS ENTRE CONCEJAL VEIGA Y DIAMANTE”, conforme el Anexo, que forma parte del presente Decreto, cuyos antecedentes obran en la Solicitud de Compra Nº 2891, Expediente Compra Digital Nº 1977, Año 2.026.
ARTÍCULO 3°.- Apruébese el Presupuesto Oficial de PESOS SETECIENTOS OCHENTA Y UN MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE CON 02/100 ($ 781.979.999,02).
ARTÍCULO 4°.- Impútese el presente gasto en la Partida Presupuestaria:
Nº 3.7.40.02.05.08.61.02 O.PÚBLICAS (Mant. Vial de Calles Pav.) $ 781.979.999,02.
ARTÍCULO 5°.- Dispónese que la Dirección de Compras y Suministros efectúe el Segundo Llamado de la presente Licitación y fije la fecha de apertura de las propuestas, dado lo establecido en el Artículo 25° de la Ordenanza Nº 34.698/11 de Contrataciones del Estado Municipal y los considerados precedentes.
ARTÍCULO 6°.- Dispónese que la Dirección de Compras y Suministros realice las publicaciones de ley correspondientes para la presente licitación.
ARTÍCULO 7°.- Confórmese la Comisión Evaluadora de acuerdo con lo dispuesto en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares aprobado precedentemente.
ARTÍCULO 8°.- Dispónese que, a través de la Dirección de Compras y Suministros, se notifique a la firma oferente del contenido del presente acto administrativo, y se proceda a iniciar las gestiones tendientes, conforme la normativa vigente y lo establecido en el presente Decreto.
ARTÍCULO 9°.- Gírese a conocimiento de la Dirección de Ingeniería y de la Subsecretaría de Obras Públicas, ambas dependientes de la Secretaría de Obras Públicas; luego, pase a la Dirección de Compras y Suministros a los efectos dispuestos.
ARTÍCULO 10°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Secretaría de Gobierno; y oportunamente, archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Arq. FERNANDO S. ESQUIBEL
Secretario de Obras Públicas.
----------DECRETO N° 218/2.026
Concordia, 11 de marzo de 2.026
VISTO, el contenido del Expediente Digital Nº 2162, Año 2.026; y,
CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Ingeniería de la Secretaría de Obras Públicas, eleva documentación para el Primer Llamado a Licitación Pública Nº 13/2.026, para la “PROVISION DE MATERIALES Y MANO DE OBRA PARA LA PAVIMENTACIÓN DE DISTINTAS ARTERIAS DE LA CIUDAD DE CONCORDIA – PRIMERA ETAPA”.
Que el Presupuesto Oficial de la presente contratación asciende, de acuerdo a la documentación adjunta, a la suma total de PESOS DOS MIL CIENTO SESENTA Y SIETE MILLONES OCHOCIENTOS TRES MIL SEISCIENTOS VEINTISIETE CON 98/100 ($ 2.167.803.627,98), por lo que de acuerdo con las disposiciones vigentes, corresponde efectuar llamado a Licitación Pública.
Que la Dirección de Presupuesto efectúa la Imputación Preventiva en la Partida Presupuestaria:
Nº 3.7.40.02.05.08.61.02 O.PÚBLICAS (Mant. Vial de Calles Pav.) $ 2.167.803.627,98.
Que la Subsecretaría de Hacienda y Modernización toma la intervención de su competencia, autorizando el presente gasto.
Que obra intervención de la Dirección de Compras y Suministros, adjuntando el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Pliego de Especificaciones Técnicas; asimismo, Memoria Descriptiva, Planos y Planilla Nomencladora de la mencionada Licitación.
Que obra informe de la Dirección de Ingeniería realizando correcciones al Pliego de Bases y Condiciones Particulares de la presente Licitación.
Que conforme lo observado por la Dirección de Ingeniería, la Dirección de Compras y Suministros adjunta nuevo Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
Que, asimismo, esa Dirección sugiere, para evitar demoras, que en caso que el Primer Llamado resultare desierto se realice un Segundo Llamado.
Que la apertura de la presente debe preverse en la Dirección de Compras y Suministros, la que deberá proponer fecha de apertura disponible y realizar las publicaciones de Ley.
Que teniendo en cuenta la urgencia que tiene el Municipio de realizar la presente adquisición, se deberá hacer uso de lo dispuesto en el Artículo 25º de la Ordenanza Nº 34.698/11 sobre Contrataciones vigente.
Que, por lo expuesto, este Departamento Ejecutivo Municipal estima conveniente aprobar la documentación; y, en consecuencia, hacer lugar al Primer Llamado a Licitación Pública Nº 13/2.026, para la “PROVISION DE MATERIALES Y MANO DE OBRA PARA LA PAVIMENTACIÓN DE DISTINTAS ARTERIAS DE LA CIUDAD DE CONCORDIA – PRIMERA ETAPA”, cuyo Anexo forma parte del presente Decreto. Y como asimismo, en el caso de que el mismo resultara desierto, disponer la aprobación del Segundo Llamado de la presente Licitación, conforme a lo considerado precedentemente.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107°, Incisos ñ), q) y u) de la Ley Nº 10.027 y su Modificatoria Ley Nº 10.082 – Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Apruébese la documentación y dispónese se efectúe el Primer Llamado de la Licitación Pública Nº 13/2.026, para la Obra: “PROVISION DE MATERIALES Y MANO DE OBRA PARA LA PAVIMENTACIÓN DE DISTINTAS ARTERIAS DE LA CIUDAD DE CONCORDIA – PRIMERA ETAPA”, conforme el Anexo, que forma parte del presente Decreto, cuyos antecedentes obran en la Solicitud de Compra Nº 3044, Expediente Digital Nº 2162, Año 2.026.
ARTÍCULO 2°.- Apruébese el Presupuesto Oficial de PESOS DOS MIL CIENTO SESENTA Y SIETE MILLONES OCHOCIENTOS TRES MIL SEISCIENTOS VEINTISIETE CON 98/100 ($ 2.167.803.627,98).
ARTÍCULO 3°.- Impútese el presente gasto en la Partida Presupuestaria:
Nº 3.7.40.02.05.08.61.02 O.PÚBLICAS (Mant. Vial de Calles Pav.) $ 2.167.803.627,98.
ARTÍCULO 4°.- Dispónese que la Dirección de Compras y Suministros efectúe el Llamado de la presente Licitación y fije la fecha de apertura de las propuestas, dado lo establecido en el Artículo 25° de la Ordenanza Nº 34.698/11 de Contrataciones del Estado Municipal y los considerandos precedentes.
ARTÍCULO 5°.- Dispónese que la Dirección de Compras y Suministros realice las publicaciones de ley correspondientes para la presente licitación.
ARTÍCULO 6°.- Confórmese la Comisión Evaluadora de acuerdo con lo dispuesto en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares aprobado precedentemente.
ARTÍCULO 7°.- Dispónese que, en el caso de que el Primer Llamado de la Licitación Pública Nº 13/2.026 resultara desierto, se realice el Segundo Llamado de la presente Licitación, y en consecuencia, se efectúen las gestiones tendientes, conforme a lo establecido en el presente Decreto.
ARTÍCULO 8°.- Gírese a conocimiento de la Dirección de Ingeniería y de la Subsecretaría de Obras Públicas, ambas dependientes de la Secretaría de Obras Públicas, luego, pase a la Dirección de Compras y Suministros a los efectos dispuestos.
ARTÍCULO 9°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Secretaría de Gobierno; y oportunamente, archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Arq. FERNANDO S. ESQUIBEL
Secretario de Obras Públicas.
-----------DECRETO N° 223/2.026
Concordia, 12 de marzo de 2.026
VISTO, el contenido del Expediente Digital Nº 1058 del año 2025, que surge de la Solicitud de Compra Digital Nº 1207 del año 2025, el Decreto de Adjudicación 002/2026 del 05/01/2026 y el Expediente de pago 2690, Burna Adriana Araceli, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N° 1323/2025 del 28/11/2025, se autoriza el llamado a Licitación Privada N° 29/2025, para la "ADQUISICIÓN DE MATERIALES PARA INSTALACION DE FIBRA OPTICA", solicitado por la Dirección de Electrotecnia y Comunicaciones de la Subsecretaría de Servicios Públicos – Sec. de Servicios Públicos
Que mediante el mismo Decreto se aprueba el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Características Técnicas que regirán el presente llamado a Licitación Privada N° 29/2025.
Que la Contaduría Municipal a fojas 15 del Expediente N° 2690 observa que entre los Considerandos del Decreto de Adjudicación se consigna erróneamente los ítems adjudicados.
Que el texto a rectificar es el siguiente: “Que la Comisión Evaluadora aconseja adjudicar a la firma Adriana Araceli Burna los siguientes ítems (según el detalle técnico): 1, 3, 13 al 29, 31, 33 y 34 (incluye Fibra Óptica ADSS, tensores, cajas de paso, etc.) y el Ítem 4: Manguera PEBD Bicolor 25 mm (2100 metros)”.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por la Ley 10.027–Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Rectifíquese párrafo 13 del Considerando del Decreto N° 002/2026 del 05/01/2026, que quedará redactado de la siguiente forma: “Que la Comisión Evaluadora aconseja adjudicar a la firma Adriana Araceli Burna los siguientes ítems (según el detalle técnico): 1, 3, 13 al 15, 17 al 19, 21, 23, 25, al 27 y 29.”
ARTÍCULO 2º.- Ratificase el resto del contenido del Decreto N° 002/2026.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese lo Decretado en el Articulo 1° a la Dirección de Compras y Suministros y la Contaduría Municipal.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese y oportunamente archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Arq. ALEJANDRO E. LOPEZ
Secretario de Servicios Públicos.
-----------DECRETO N° 224/2.026
Concordia, 12 de marzo de 2.026
VISTO, el acta de apertura de Licitación Pública Nº 04/2021 “CONCESION DE PANTEONES, SEPULTURAS Y BOVEDAS EN EL CEMENTERIO NUEVO MUNICIPAL”, obrante en el presente Expediente Interno N º 365 Letra “D”/2026, y;
CONSIDERANDO
Que a fojas 1 obra nota de elevación de la Dirección de Compras y Suministros.
Que a fojas 2 obra Acta de Apertura de fecha 20 de febrero de 2026, donde consta que se presentó una única oferta.
Que a fojas 3 y 4 obran las propuestas del oferente: Fernando Gabriel Maschio, D.N.I.N°23.433.368, con domicilio en Urquiza 972 de la ciudad de Concordia, teléfono N° 3454190648, e-mail: fmaschio@gmail.com.
Que a fojas 5 obra fotocopia del DNI del oferente.
Que de fojas 6 a 10, obran comprobantes de pago de: Deposito de Garantía, Derecho Ofic. y Sellado y Diversos Impuestos.
Que a fojas 11 obra Dictamen de la Comisión Evaluadora de fecha 23 de febrero de 2026 en la que se informa que se recibió una oferta correspondiente a:
Fernando Gabriel Maschio, quien solicita concesionar dos panteones:
Que analizada la oferta presentada en su aspecto formal se verifica que cumple con la presentación de la documentación solicitada en el Artículo 5º del Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
Que analizadas la oferta en su aspecto económico se observa que cumplen con el precio de base aprobado según Decreto N° 739/2021.
Que la Comisión Evaluadora aconseja se adjudique de acuerdo al siguiente detalle:
Fernando Gabriel Maschio
- Panteón a concesionar – propuesta 1:
| SECTOR | PANTEON | PRECIO OFRECIDO |
| 4 | 108 | $180.000,00 |
- Panteón a concesionar – propuesta 2:
| SECTOR | PANTEON | PRECIO OFRECIDO |
| 4 | 100 | $371.000,00 |
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Ejecutivo Municipal por la Ley Provincial Nº 10.027/11- Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Apruébese el procedimiento llevado a cabo para la Licitación Pública Nº 04/2021 “CONCESION DE PANTEONES, SEPULTURAS Y BOVEDAS EN EL CEMENTERIO NUEVO MUNICIPAL”, cuyos antecedentes obran en el expediente Nº 382 “U”/2017.
ARTÍCULO 2°.- Adjudíquese a Fernando Gabriel Maschio, D.N.I.N° 23.433.368, el Panteón 108, Sector 4, por la suma de PESOS CIENTO OCHENTA MIL 00/100 ($ 180.000,00), pagaderos en 10 cuotas mensuales, iguales y consecutivas, según el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
ARTÍCULO 3°.- Adjudíquese a Fernando Gabriel Maschio, D.N.I.N° 23.433.368, el Panteón 100, Sector 4, por la suma de PESOS TRESCIENTOS SETENTA Y UN MIL CON 00/100 ($ 371.000,00), pagaderos en 10 cuotas mensuales, iguales y consecutivas, según el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
ARTICULO 4°.- Dispóngase que el pago del mismo se realice en las instalaciones del Cementerio Nuevo Municipal.
ARTICULO 5º.- Dispóngase que a través de la Contaduría Municipal se proceda a la devolución del depósitos de garantía respectivo, conforme lo dispuesto en los Pliegos de la Licitación en cuestión.
ARTICULO 6º.- Notifíquese a Fernando Gabriel Maschio, D.N.I.N°23.433.368, con domicilio en Urquiza 972, Concordia, Entre Ríos, teléfono N° 3454190648, e-mail: fmaschio@gmail.com, a través de la Dirección de Compras y Suministros de lo dispuesto en el presente Decreto.
ARTICULO 7°.- Comuníquese, publíquese y oportunamente archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Arq. ALEJANDRO E. LOPEZ
Secretario de Servicios Públicos.
----------DECRETO N° 225/2.026
Concordia, 12 de marzo de 2.026
VISTO las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 424 D 2022 y,
CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Catastro eleva Plano de Mensura Nº 87502 y Ficha para Transferencia, donde requiere la regularización de la situación dominial de un inmueble propiedad de la Municipalidad de Concordia, Manzana Nº 23 Norte y 25 Oeste (1344) sobre calle Paula A. de Sarmiento, entre Gregoria Pérez y Cnel. Guarumba, a fin de cumplimentar con lo dispuesto por la Ley Nº 9741/06.
Que de fojas 11 a 12 vta., obra ficha para la transferencia del Plano de Mensura Nº 87502 del Departamento Concordia – Municipio de Concordia – Planta Urbana – Sección 0 – Grupo 10 – Manzana Nº 1344 (23 Norte – 25 Oeste), con domicilio parcelario en calle Paula Albarracín de Sarmiento S/N, dista 18,50 m. de calle Gregoria Pérez al Norte, propiedad de la Municipalidad de Concordia, con una superficie total de Dos Mil Treinta y Cinco Metros Cuadrados con Sesenta y Cinco Decímetros Cuadrados (2.035,65 m2), cuyas medidas, límites y linderos son las siguientes:
- Al Norte: Recta (1-2) al rumbo S 77º 22’ E de 33,10 m. lindando con Municipalidad de Concordia (Plano Nº 47848).
- Al Este: Recta (2-3) al rumbo S 12º 38’ O de 61,50 m. lindando con calle Paula A. de Sarmiento.
- Al Sur: Recta (3-4) al rumbo N 77º 22’ O de 33,10 m. lindando con Municipalidad de Concordia (Plano Nº 47848).
- Al Oeste: Recta (4-1) al rumbo N 12º 38’ E de 61,50 m. lindando con Municipalidad de Concordia (Plano Nº 47848).
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107° inciso u), de la Ley 10.027 y su modificatoria, régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTÍCULO 1º.- Dispónese la escrituración a través de dominio eminente, a favor de la MUNICIPALIDAD DE CONCORDIA, de los inmuebles que se detallan a continuación:
INMUEBLE: Plano de Mensura Nº 69674 del Departamento Concordia – Municipio de Concordia – Planta Urbana – Sección 0 – Grupo 10 – Manzana Nº 1344 (23 Norte – 25 Oeste), con domicilio parcelario en calle Paula Albarracín de Sarmiento S/N, dista 18,50 m. de calle Gregoria Pérez al Norte, propiedad de la Municipalidad de Concordia, con una superficie total de Dos Mil Treinta y Cinco Metros Cuadrados con Sesenta y Cinco Decímetros Cuadrados (2.035,65 m2), cuyas medidas, límites y linderos son las siguientes:
- Al Norte: Recta (1-2) al rumbo S 77º 22’ E de 33,10 m. lindando con Municipalidad de Concordia (Plano Nº 47848).
- Al Este: Recta (2-3) al rumbo S 12º 38’ O de 61,50 m. lindando con calle Paula A. de Sarmiento.
- Al Sur: Recta (3-4) al rumbo N 77º 22’ O de 33,10 m. lindando con Municipalidad de Concordia (Plano Nº 47848).
- Al Oeste: Recta (4-1) al rumbo N 12º 38’ E de 61,50 m. lindando con Municipalidad de Concordia (Plano Nº 47848).
ARTÍCULO 2º.- Establécese que los gastos resultantes de la presente tramitación sean a cargo de la Municipalidad de Concordia.
ARTÍCULO 3º.- Desígnese a la Escribano Cecilia CHALLIOL, Matrícula N° 867, para efectuar las gestiones administrativas y/o judiciales, tendientes a cumplimentar la inscripción a través de dominio eminente del inmueble en cuestión.
ARTÍCULO 4º.- Gírese a intervención de la Dirección de Catastro y al Departamento Tasa General Inmobiliaria y Otras dependiente de la Secretaría de Coordinación de Gabinete y Hacienda, cumplido tome conocimiento del Departamento Asesoría Legal de la Secretaría de Obras Públicas.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dese a la Secretaría de Gobierno, y oportunamente, archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Arq. FERNANDO S. ESQUIBEL
Secretario de Obras Públicas.
