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- Ordenanza 38932 Ampliacion Presupuesto General de la Adminsitraion Publica Municipipal 2026.pdf1,1 MB
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SUMARIO
La siguiente Ordenanza, Resoluciones y Edictos conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
La siguiente Ordenanza, Resoluciones y Edictos conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
Ordenanza: 38.932.- Resoluciones: 38.929, 35.930 y 38.931.-
Concordia, 01 de octubre de 2026.Expte. Nº 29.266 DE.
ORDENANZA AMPLIACIÓN PRESUPUESTO GENERAL DE LA ADM. PÚBLICA MUNICIPAL 2026.
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ARTÍCULO 1°.- Apruébese la ampliación al Presupuesto General de la Administración Municipal 2026 conforme se dispone en los Artículos siguientes y cuadros Anexos Nº 1, 2 y 3.
ARTÍCULO 2°.- Ampliase en la suma de PESOS OCHO MIL DOSCIENTOS TREINTA Y CINCO MILLONES ($ 8.235.000.000) el Presupuesto de Gastos de la Administración Municipal, para el Ejercicio 2026 con destino a las finalidades que se indican en el Cuadro 2 que se anexa y que pasa a formar parte de la presente Ordenanza.
ARTÍCULO 3°.- Ampliase en la suma de PESOS OCHO MIL DOSCIENTOS TREINTA Y CINCO MILLONES ($ 8.235.000.000) el Cálculo de Recursos de la Administración Municipal destinados a atender los gastos fijados por el artículo 2º de la presente Ordenanza, de acuerdo con el resumen que se indica a continuación y el detalle que figura en el Cuadro 1 anexo que pasa a formar parte de la presente Ordenanza.
RECURSOS CORRIENTES. $ 6.707.000.000-
SUPERAVIT PATRIMONIAL. $ 1.528.000.000-
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES “FEDERICO ZORRAQUÍN”, 01 Octubre de 2026.
Lic. MAGDALENA RETA DE URQUIZA
Presidente
Dra. VERÓNICA NATALIA DELGADO
Secretaria
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 2 de octubre de 2.026
ORDENANZA N° 38.932
Téngase por Ordenanza Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA
Secretario de Coord. de Gabinete y Hacienda.
Concordia, 24 de Septiembre de 2026.
Nº 10.499
VISTO:
La destacada trayectoria del programa de comunicación, promoción e integración regional "Paralelo Turístico", que este 25 de septiembre celebra su milésima edición (1.000 programas), y teniendo en cuenta la labor institucional desarrollada por la "Fundación Paralelo Turístico", con la realización ininterrumpida del "Premio Binacional Río de los Pájaros”, y;
CONSIDERANDO:
Que el proyecto tuvo sus inicios en el año 2003 bajo la denominación "Paralelo 31", haciendo alusión directa a la latitud geográfica que atraviesa a la ciudad de Concordia, consolidando desde su origen una marcada identidad local. Con el paso del tiempo la iniciativa expandió su alcance para integrar a diversas localidades de la provincia y la región, evolucionando hacia la marca "Paralelo Turístico" y manteniendo de manera ininterrumpida a Concordia como eje central, articulador y ciudad cabecera de la propuesta comunicacional;
Que la producción ha demostrado una capacidad constante de innovación y adaptación tecnológica, siendo pionera en el desarrollo de plataformas web propias, sumando su versión radial a través del Sistema Integrado de Radio de la Universidad Nacional de Entre Ríos (UNER) con retransmisión en emisoras de todo el país, y consolidando su presencia digital mediante transmisiones en vivo y contenidos audiovisuales en YouTube;
Que en la actualidad alcanza una cobertura masiva a través de más de 100 canales de televisión en la provincia de Entre Ríos, la región y la República Oriental del Uruguay, además de su emisión en señales de alcance nacional como TELEMAX, disponible en operadores como Directv, Flow y Telecentro, posicionando el patrimonio turístico de nuestra ciudad en las principales pantallas del país y del exterior;
Que al llegar a sus 24 temporadas ininterrumpidas en televisión y 15 en radio, el proyecto ratifica su compromiso con la difusión de la cultura, la geografía, la gastronomía y la identidad de nuestra comunidad;
Que en el marco de este crecimiento, se conformó la "Fundación Paralelo Turístico", integrada por un equipo de profesionales dedicados al desarrollo y la promoción turística regional. Su función ha sido organizar desde hace 14 años de forma ininterrumpida el "Premio Binacional Río de los Pájaros", certamen que reúne en nuestra ciudad a periodistas y profesionales de medios de comunicación de Argentina y Uruguay, generando un valioso intercambio cultural y un efecto multiplicador en la difusión de los atractivos locales a escala binacional;
Que este extenso recorrido comunicacional y comunitario tiene como fundador, impulsor y director al periodista Marcelo Coutinho, quien con visión, constancia y liderazgo ha estado permanentemente al frente del equipo de trabajo de Paralelo Turístico y de la Fundación, impulsando la integración binacional y el desarrollo del turismo regional;
Por ello,
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN
ARTÍCULO 1º.- Declárese de Interés Cultural y Turístico de la ciudad de Concordia, la destacada trayectoria del programa de comunicación, promoción e integración regional "Paralelo Turístico" que este 25 de septiembre celebra su milésima edición (1.000 programas).
ARTÍCULO 2º.- Declárese de Interés Cultural y Turístico las acciones de promoción, integración regional y desarrollo socio-comunitario llevadas a cabo por la Fundación Paralelo Turístico.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES “FEDERICO ZORRAQUÍN”, 24 de Septiembre de 2026.
Lic. MAGDALENA RETA DE URQUIZA
Presidente
Dra. VERÓNICA NATALIA DELGADO
Secretaria
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 25 de Septiembre de 2.026
RESOLUCION N° 38.929
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
CARLOS H. GATTO
Secretario de Desarrollo Humano.
Concordia, 24 de Septiembre de 2026.
Nº 10.495
VISTO:
La sexta edición del concurso “Narrarte Cuentacuentos” destinado a alumnos de nivel primario y organizado por la Escuela Primaria Nº 81 “Jesús Nazareno”, a realizarse el día 9 de Octubre de 2026 en la institución, ubicada en calle Presidente Illía Nº 255, y;
CONSIDERANDO:
Que desde el año 2016, en la Escuela Santa Lucia comenzaron a gestarse actividades del área Lengua con la intención de fomentar el gusto por la Literatura a alumnos de la escuela primaria;
Que en 2018 alumnos de sexto grado iniciaron el proyecto “Vos lees, yo leo”, el cual los llevó a participar en la Feria de Educación de ese año;
Que en 2019 se continuó trabajando, pero esta vez, articulando con otras áreas bajo el título “Quien le dio poder a las palabras? La fuerza transformadora de la narración”;
Que luego surgió la propuesta de realizar un concurso de narradores cuentacuentos que incluyó a niños y adultos de la comunidad de la Escuela Santa Lucia;
Que en 2021 se abrió la propuesta a otras instituciones educativas obteniendo un resultado positivo con 4 escuelas participantes y 77 niños narradores en la instancia inter – escolar;
Que en 2022 y 2024 la propuesta creció obteniendo hasta 10 escuelas participantes;
Que la edición 2024 se realizó en el Gimnasio de la escuela Jesús Nazareno permitiendo consolidar los lazos educativos entre las instituciones;
Que en 2025 la propuesta siguió creciendo con inscriptos de escuelas de San Salvador, y escuelas locales públicas y de gestión privada. Comercios locales se sumaron con colaboración de presentes para los participantes;
Que en 2026 la Escuela “El Redentor” de San Salvador implementó la propuesta en su localidad, de allí surgirá una selección de narradores que participaran en nuestra ciudad;
Que el objetivo de este proyecto es que los niños y jóvenes adquieran saberes que le permitirán ejercer una ciudadanía responsable y su inserción en el mundo, la lectura y la escritura, son prácticas sociales fundamentales en la vida cultural, cívica y económica;
Que la Narración permite que desarrollen la imaginación, expresión, valores y emociones;
Por ello:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN
ARTÍCULO 1º.- Declárese de Interés Municipal, Cultural y Educativo el Concurso Inter-escolar “Narrarte… Cuentacuentos”, a realizarse el día 9 de Octubre en la Escuela Primaria Nº 81 “Jesús Nazareno”, ubicada en Calle Presidente Illía Nº 255, espacio donde niños, niñas y jóvenes de más de 15 escuelas de Concordia y la región desarrollan su capacidad lingüística, de lectura y expresión corporal, brindándose a sí mismos mediante el aprendizaje, la organización y la imaginación, las herramientas para desenvolverse de una mejor manera en la sociedad.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES, 24 de Septiembre de 2.026
Lic. MAGDALENA RETA DE URQUIZA
Presidente
Dra. VERÓNICA NATALIA DELGADO
Secretaria
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 30 de Septiembre de 2.026
RESOLUCION N° 38.930
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
CARLOS H. GATTO
Secretario de Desarrollo Humano.
Concordia, 24 de Septiembre de 2026.
Nº 10.494
VISTO:
La nota presentada por la Asociación Civil Gral. San Martín, mediante la cual solicita se declare de Interés Municipal el cierre anual de los “Encuentros Recreativos y Gratuitos de Newcom, zona centro sur de Entre Ríos”, y;
CONSIDERANDO:
Que los “Encuentros Recreativos y Gratuitos de Newcom, zona centro sur de Entre Ríos” constituyen una iniciativa de carácter deportivo, recreativo y social que reúne a personas adultas de distintas localidades de la región, promoviendo la práctica del newcom como espacio de actividad física, encuentro y participación comunitaria;
Que dichos encuentros son impulsados y coordinados por referentes de la disciplina, contando con la participación de equipos independientes y de instituciones de distintas localidades de la provincia de Entre Ríos;
Que conforme surge de la documentación acompañada, esta propuesta ha logrado convocar a numerosos equipos, consolidándose como un espacio destinado no solamente a la práctica deportiva, sino también al fortalecimiento de los vínculos sociales, el compañerismo y la integración entre sus participantes;
Que la iniciativa tiene como finalidad favorecer la práctica de una actividad física adaptada a personas adultas, contribuyendo al bienestar físico y mental, al mantenimiento de hábitos saludables y a la generación de espacios de recreación y socialización;
Que según se informa en la documentación presentada, los Encuentros Recreativos y Gratuitos de Newcom han sido declarados de interés provincial por la Cámara de Diputados de la Provincia de Entre Ríos, circunstancia que constituye un antecedente relevante respecto de la trayectoria y alcance de la iniciativa;
Que el cierre anual de los encuentros tendrá lugar en la ciudad de Concordia, constituyendo una oportunidad significativa para que la ciudad sea sede y anfitriona de delegaciones provenientes de distintas localidades;
Que en particular, el equipo de Newcom Víctor Oppel de Concordia tendrá la posibilidad de oficiar de anfitrión en esta jornada, previéndose la participación de más de treinta equipos de distintas localidades;
Que se contemplan categorías de Femenino Libre, Masculino Libre y Mixto Libre, con equipos conformados por un mínimo de ocho jugadores, previéndose asimismo la participación de equipos invitados de distintos lugares;
Que la realización de esta jornada en nuestra ciudad representa un aporte al desarrollo y promoción del deporte recreativo, favoreciendo la participación activa de las personas adultas y generando espacios de integración que trascienden la competencia deportiva.
Por ello:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN
ARTÍCULO 1°.- Declárese de Interés Municipal y Deportiva el cierre anual de los “Encuentros Recreativos y Gratuitos de Newcom, zona centro sur de Entre Ríos”, que se llevará a cabo en el Predio Víctor Oppel, de la ciudad de Concordia, provincia de Entre Ríos, el día domingo 13 de diciembre de 2026.
ARTÍCULO 2°.- Hágase entrega de la presente resolución a la Asociación Civil Gral. San Martín, en reconocimiento y constancia de la declaración efectuada.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES, 24 de Septiembre de 2.026
Lic. MAGDALENA RETA DE URQUIZA
Presidente
Dra. VERÓNICA NATALIA DELGADO
Secretaria
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 30 de Septiembre de 2.026
RESOLUCION N° 38.931
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
CARLOS H. GATTO
Secretario de Desarrollo Humano.
EDICTO.-
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica al Sr. CARLOS MARCELO GONZALEZ, D.N.I. N° 24.469.228, Legajo N° 2824, que en los EXPT: 1264 "S" 2025 y 1361348/2025, se ha dispuesto la presente notificación tendiente a hacerle saber que mediante Decreto N° 803/2026 de fecha 3 de septiembre del año 2026, se ha dispuesto lo siguiente: ARTICULO 1°.- Apruébese el Sumario Administrativo, dispuesto mediante Decreto N° 1316/2025 de fecha 27 de Noviembre de 2025 y procédase a la clausura del mismo. ARTICULO 2°.- Dispónese aplicar al Agente Mensual CARLOS MARCELO GONZALEZ, Legajo N° 2824, D.N.I. N° 24.469.228, la sanción de CESANTIA, prevista en el artículo 39° inciso f) de la Ordenanza de Escalafón N°11.275/49 y sus modificatorias, a partir del dictado del presente, por encuadrarse su conducta personal en los Artículos 16° incisos a) y d) y 31° incisos c), f) y h) de la misma Ordenanza. ARTICULO 3°.- Notifíquese al Agente Sumariado, ya filiado en el artículo que antecede, como así también a su Defensora Dra. Ángeles Petit M.P. N° 7366, T I, F° 200, con domicilio en Calle Sarmiento N° 1271 de la Ciudad de Concordia Entre Ríos, de lo dispuesto mediante el presente Acto Administrativo.
ARTICULO 4°.- Comuníquese, regístrese y oportunamente, archívese. Fdo. Francisco Azcue Presidente Municipal de Concordia. Cra. Patricia Laura Rodríguez Secretaria de Gobierno Municipalidad de Concordia.
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO
CONCORDIA……..DE SEPTIEMBRE 2026.
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica al Sr. CARLOS MARCELO GONZALEZ, D.N.I. N° 24.469.228, Legajo N° 2824, que en los EXPT: 1264 "S" 2025 y 1361348/2025, se ha dispuesto la presente notificación tendiente a hacerle saber que mediante Decreto N° 803/2026 de fecha 3 de septiembre del año 2026, se ha dispuesto lo siguiente: ARTICULO 1°.- Apruébese el Sumario Administrativo, dispuesto mediante Decreto N° 1316/2025 de fecha 27 de Noviembre de 2025 y procédase a la clausura del mismo. ARTICULO 2°.- Dispónese aplicar al Agente Mensual CARLOS MARCELO GONZALEZ, Legajo N° 2824, D.N.I. N° 24.469.228, la sanción de CESANTIA, prevista en el artículo 39° inciso f) de la Ordenanza de Escalafón N°11.275/49 y sus modificatorias, a partir del dictado del presente, por encuadrarse su conducta personal en los Artículos 16° incisos a) y d) y 31° incisos c), f) y h) de la misma Ordenanza. ARTICULO 3°.- Notifíquese al Agente Sumariado, ya filiado en el artículo que antecede, como así también a su Defensora Dra. Ángeles Petit M.P. N° 7366, T I, F° 200, con domicilio en Calle Sarmiento N° 1271 de la Ciudad de Concordia Entre Ríos, de lo dispuesto mediante el presente Acto Administrativo.
ARTICULO 4°.- Comuníquese, regístrese y oportunamente, archívese. Fdo. Francisco Azcue Presidente Municipal de Concordia. Cra. Patricia Laura Rodríguez Secretaria de Gobierno Municipalidad de Concordia.
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO
CONCORDIA……..DE SEPTIEMBRE 2026.
EDICTO.-
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica al Sr. SILVA LEONARDO ALAN, D.N.I. N°41.250.321, que en el EXPT: 123 "S" 2026, se ha dispuesto la presente notificación tendiente a hacerle saber que mediante Resolución N° 6780/2026 de fecha 22 de septiembre del año 2026, se ha dispuesto lo siguiente: ARTÍCULO 1°.- RECHAZAR en todos sus términos el Recurso de Apelación Jerárquica con fecha 6 de febrero de 2026 por el Sr. Silva Leonardo Alan (DNI N° 41.250.321), por las razones fácticas y de derecho expuestas en los considerandos de la presente Resolución. ARTÍCULO 2°.- RATIFICAR la legitimidad de la desvinculación del Sr. Silva Leonardo Alan (DNI N° 41.250.321), operada a partir del mes
de Enero de 2026. ARTÍCULO 3°.- Notifíquese al interesado con entrega de copia de la presente por parte de la Oficina de Notificaciones Masivas.
ARTÍCULO 4°.- Publíquese, regístrese y oportunamente archívese. Fdo. Francisco Azcue Presidente Municipal de Concordia. Cra. Patricia Laura Rodríguez Secretaria de Gobierno Municipalidad de Concordia.
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO.
CONCORDIA DE OCTUBRE DE 2026.
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica al Sr. SILVA LEONARDO ALAN, D.N.I. N°41.250.321, que en el EXPT: 123 "S" 2026, se ha dispuesto la presente notificación tendiente a hacerle saber que mediante Resolución N° 6780/2026 de fecha 22 de septiembre del año 2026, se ha dispuesto lo siguiente: ARTÍCULO 1°.- RECHAZAR en todos sus términos el Recurso de Apelación Jerárquica con fecha 6 de febrero de 2026 por el Sr. Silva Leonardo Alan (DNI N° 41.250.321), por las razones fácticas y de derecho expuestas en los considerandos de la presente Resolución. ARTÍCULO 2°.- RATIFICAR la legitimidad de la desvinculación del Sr. Silva Leonardo Alan (DNI N° 41.250.321), operada a partir del mes
de Enero de 2026. ARTÍCULO 3°.- Notifíquese al interesado con entrega de copia de la presente por parte de la Oficina de Notificaciones Masivas.
ARTÍCULO 4°.- Publíquese, regístrese y oportunamente archívese. Fdo. Francisco Azcue Presidente Municipal de Concordia. Cra. Patricia Laura Rodríguez Secretaria de Gobierno Municipalidad de Concordia.
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO.
CONCORDIA DE OCTUBRE DE 2026.
EDICTO.-
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica a la Sra. BARBARA AYELEN IRUTTA, D.N.I. N° 33.510.202, que en el EXPT: 1362557/2026, se ha dispuesto la presente notificación tendiente a hacerle saber que mediante Resolución N° 6785/2026 de fecha 22 de septiembre del año 2026, se ha dispuesto lo siguiente: ARTICULO 1°.- RECHAZAR en todos sus términos el Recurso de Apelación Jerárquica con fecha 9 de febrero de 2026 por la Sra. Bárbara Ayelen lrutta (DNI N° 33.510.202), por las razones fácticas y de derecho expuestas en los considerandos de la presente Resolución. ARTICULO 2°.- RATIFICAR la legitimidad de la desvinculación de la Sra. Bárbara Ayelen Irutta (DNI N° 33.510.202), operada a partir del mes de Enero de 2026. ARTÍCULO 3°.- Notifíquese al interesado con entrega de copia de la presente por parte de la Oficina de Notificaciones Masivas.
ARTICULO 4°.- Publíquese, regístrese y oportunamente archívese. Fdo. Dr. Francisco Azcue Presidente Municipal de Concordia. Cra. Patricia Laura Rodríguez Secretaria de Gobierno Municipalidad de Concordia.
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO
CONCORDIA, OCTUBRE DE 2026.
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica a la Sra. BARBARA AYELEN IRUTTA, D.N.I. N° 33.510.202, que en el EXPT: 1362557/2026, se ha dispuesto la presente notificación tendiente a hacerle saber que mediante Resolución N° 6785/2026 de fecha 22 de septiembre del año 2026, se ha dispuesto lo siguiente: ARTICULO 1°.- RECHAZAR en todos sus términos el Recurso de Apelación Jerárquica con fecha 9 de febrero de 2026 por la Sra. Bárbara Ayelen lrutta (DNI N° 33.510.202), por las razones fácticas y de derecho expuestas en los considerandos de la presente Resolución. ARTICULO 2°.- RATIFICAR la legitimidad de la desvinculación de la Sra. Bárbara Ayelen Irutta (DNI N° 33.510.202), operada a partir del mes de Enero de 2026. ARTÍCULO 3°.- Notifíquese al interesado con entrega de copia de la presente por parte de la Oficina de Notificaciones Masivas.
ARTICULO 4°.- Publíquese, regístrese y oportunamente archívese. Fdo. Dr. Francisco Azcue Presidente Municipal de Concordia. Cra. Patricia Laura Rodríguez Secretaria de Gobierno Municipalidad de Concordia.
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO
CONCORDIA, OCTUBRE DE 2026.
EDICTO.-
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica a la Sra. LUNA FIORELLA SOLANGE, D.N.I. N° 32.296.060, que en el EXPT: 7 "L" 2026, se ha dispuesto la presente notificación tendiente a hacerle saber que mediante Resolución N° 6781/2026 de fecha 22 de septiembre del año 2026, se ha dispuesto lo siguiente: ARTICULO 1°.- RECHAZAR en todos sus términos el Recurso de Apelación Jerárquica con fecha 6 de febrero de 2026 por la Sra. Luna Fiorella Solange (DNI N° 32.296.060), por las razones fácticas y de derecho expuestas en los considerandos de la presente Resolución. ARTÍCULO 2°.- RATIFICAR la legitimidad de la desvinculación de la Sra. Luna Fiorella Solange (DNI N° 32.296.060), operada a partir del mes de Enero de 2026. ARTÍCULO 3°.- Notifíquese al interesado con entrega de copia de la presente por parte de la Oficina de Notificaciones Masivas. ARTÍCULO 4°.- Publíquese, regístrese y oportunamente archívese. Fdo. Francisco Azcue Presidente Municipal de Concordia. Cra. Patricia Laura Rodríguez Secretaria de Gobierno Municipalidad de Concordia.
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO
CONCORDIA OCTUBRE DE 2026.
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica a la Sra. LUNA FIORELLA SOLANGE, D.N.I. N° 32.296.060, que en el EXPT: 7 "L" 2026, se ha dispuesto la presente notificación tendiente a hacerle saber que mediante Resolución N° 6781/2026 de fecha 22 de septiembre del año 2026, se ha dispuesto lo siguiente: ARTICULO 1°.- RECHAZAR en todos sus términos el Recurso de Apelación Jerárquica con fecha 6 de febrero de 2026 por la Sra. Luna Fiorella Solange (DNI N° 32.296.060), por las razones fácticas y de derecho expuestas en los considerandos de la presente Resolución. ARTÍCULO 2°.- RATIFICAR la legitimidad de la desvinculación de la Sra. Luna Fiorella Solange (DNI N° 32.296.060), operada a partir del mes de Enero de 2026. ARTÍCULO 3°.- Notifíquese al interesado con entrega de copia de la presente por parte de la Oficina de Notificaciones Masivas. ARTÍCULO 4°.- Publíquese, regístrese y oportunamente archívese. Fdo. Francisco Azcue Presidente Municipal de Concordia. Cra. Patricia Laura Rodríguez Secretaria de Gobierno Municipalidad de Concordia.
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO
CONCORDIA OCTUBRE DE 2026.
