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SUMARIO
Los siguientes Decretos y Edictos conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
Los siguientes Decretos y Edictos conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
Decretos: 890/2.026, 891/2.026, 892/2.026, 893/2.026, 894/2.026, 895/2.026, 86/2.026, 900/2.026, 901/2.026 y 902/2.026.-
DECRETO N° 890/2.026.Concordia, 30 de septiembre de 2.026.
VISTO la licencia otorgada al Contador Municipal a cargo, Cr. Diego Paolo Cutro, Legajo 8022, el día 01 de Octubre de 2026 y,
CONSIDERANDO:
Que a fin de no resentir el normal funcionamiento de la Oficina resulta necesario cubrir el cargo de Contador Municipal, mediante la designación del Cr. Maximiliano Andrés Tonina, Legajo 8174, y Sub-Contador Municipal mediante la designación del Cr. Ramón Raúl Ruiz, Legajo 3063, el día 01 de Octubre de 2026.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por la Ley Provincial N° 10.027 Régimen Municipal modificada por Ley Provincial N° 10.082, según T.O. Decreto N° 4706/2012 del Poder Ejecutivo Provincial.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTÍCULO 1º.- Encárgase la atención del cargo de Conntador Municipal, al Cr. Maximiliano Andrés Tonina, Legajo 8174, el día 01 de Octubre de 2026.
ARTÍCULO 2º.- Encárgase la atención del cargo de Sub-Contador Municipal, al Cr. Ramón Raúl Ruiz, Legajo 3063, el día 01 de Octubre de 2026.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Cr. PABLO S. FERREYRA
Secretario de Coord. de Gabinete y Hacienda.
DECRETO N° 891/2.026.
Concordia, 30 de septiembre de 2.026.
VISTO el Expediente Interno 2659 "D" 2025/ 152 "D" 2026/ 718 "D" 2026 y;
CONSIDERANDO:
Que a fs. 1 del expediente interno 2659 "D" 2025 obra nota de la Dirección de Tránsito y Transporte informando que el Agente Municipal ZUBILLAGA MAXIMILIANO MANUEL, Legajo N° 6688 no prestó servicios en el Área de Licencia estando afectados en el horario de 6:30 a 12:30 hs., no obstante el agente realizó la marcación dígito facial en el horario de tarde, a las 14hs. y registró la salida el mismo día a las 21:19 hs.
Que a fs. 4 vuelta del expediente interno N° 2659 "D" 2025 obra intervención del Departamento de Higiene y Seguridad Laboral informando que el Agente en cuestión no ha presentado en dicha oficina certificados médicos, ni constancia actualizadas de tratamiento médicos, que justifiquen inasistencias en su lugar de trabajo el día 18/09/2025.
Que a fs. 1 del expediente interno 152 "D" 2026 obra nota de la Dirección de Recursos Humanos solicitando las planillas de marcación correspondientes del Agente Municipal ZUBILLAGA MAXIMILIANO MANUEL, Legajo N° 6688, ya que presentó días de inasistencia injustificadas, a saber: cuatro (4) días ausente en agosto/25, tres (3) días ausentes y una (1) falta de registración en septiembre/25, cinco (5) días ausentes y una (1) falta de registración en el mes de octubre/25; tres (3) días ausentes en el mes de noviembre/25.
Que a fs. 1 del expediente interno 718 "D" 2026 obra nota de la Dirección de Recursos Humanos solicitando las planillas de marcación correspondientes del Agente Municipal ZUBILLAGA MAXIMILIANO MANUEL, Legajo N° 6688, ya que presentó días de inasistencia injustificadas, a saber: seis (6) días ausente en enero/26, doce (12) días ausentes en el mes de febrero/26; once (11) días ausentes en el mes de marzo/26.
Que a fs. 2 del expediente interno 718 "D" 2026 obra registros de marcación por el periodo de Enero, Febrero y Marzo/2026 del agente en cuestión donde se presentan anormalidades.
Que a fs. 6 del expediente interno 718 "D" 2026 obra intervención de la Dirección de Recursos Humanos informando que el Agente ZUBILLAGA MAXIMILIANO MANUEL, Legajo N° 6688, D.N.I. N° 37.211.994, presta servicios en este Municipio desde el 01/02/2023. Revista como personal Mensualizado, Categoría 7°, depende de la Dirección de Tránsito y Transporte dependiente de la Secretaría de Gobierno. En su foja de servicios no registra antecedentes disciplinarios.
Que a fs. 12 del expediente interno 718 "D" 2026 obra intervención del Tribunal de Disciplina aconsejando la instrucción de un Sumario Administrativo al agente mensual ZUBILLAGA MAXIMILIANO MANUEL, Legajo N° 6688, D.N.I. N° 37.211.994, por no haber concurrido presumiblemente a su lugar habitual de trabajo a prestar servicios en un lapso que excede los quince días de inasistencia en el año, sin haber justificado fehacientemente su accionar y violando presuntamente las obligaciones que todo personal de la Administración Municipal debe cumplir; conducta que se encontraría prima facie, incursa en el artículo 16° incisos a), d); y artículo 31° inciso a) de la Ordenanza N° 11.275/49 y sus modificaciones.
Que a fs. 14 del expediente interno 718 "D" 2026 obra dictamen N° 1151/2026 emitido por la Dirección de Asuntos Jurídicos de fecha 06 de Julio de 2026 compartiendo lo solicitado por el Tribunal de Disciplina y aconsejando que se designe para su instrucción a la Dra. González Celina Evelyn.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107°, de la Ley Provincial N° 10.027 y su modificatoria Ley N° 10.082 Régimen de Municipales de Entre Ríos - según T.O. Decreto N° 4706/12 del Poder Ejecutivo Provincial.
Por ello;
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTÍCULO 1º.- Dispóngase la Instrucción de un Sumario Administrativo al Agente ZUBILLAGA MAXIMILIANO MANUEL, Legajo N° 6688, D.N.I. N° 37.211.994, dependiente de la Dirección de Tránsito y Transporte de la Secretaría de Gobierno por no haber concurrido presumiblemente a su lugar habitual de trabajo a prestar servicios en un lapso que excede los quince días de inasistencia en el año, sin haber justificado fehacientemente su accionar y violando presuntamente las obligaciones que todo personal de la Administración Municipal debe cumplir; conducta que se encontraría prima facie, incursa en el artículo 16° incisos a), d); y artículo 31° inciso a) de la Ordenanza N° 11.275/49 y sus modificaciones que expresa textualmente "...Son causas para la separación del empleo a)- Inasistencia injustificada que excede de quince días hábiles en el año".
ARTÍCULO 2º.- Desígnese Instructora Sumariante a la Dra. González Celina Evelyn dependiente de la Subsecretaría Legal y Técnica.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, regístrese, publíquese, y posteriormente archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Cra. PATRICIA LAURA RODRÍGUEZ
Secretaria de Gobierno.
DECRETO N° 892/2.026.
Concordia, 30 de septiembre de 2.026.
VISTO la presentación efectuada por la Agente Vargas Ángela Amelia, Legajo N° 15033, obrante a fs. 1 del Expediente N° 20/"V"/26, por lo que se eleva su renuncia a efectos de acogerse a la Jubilación por Invalidez otorgada por la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos y,
CONSIDERANDO
Que por Resolución N° 003233 de fecha 21 de julio de 2026, de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos, se concedió el beneficio de la Jubilación por Invalidez.
Que la Dirección de Recursos Humanos informa que la agente mensual Vargas Ángela Amelia, Legajo N° 15033, presentó la renuncia al cargo desde el 1° de Octubre de 2026.
Que la Dirección de Liquidaciones informa que el Agente de referencia, registra embargos pendientes de cuota alimentaria y se adjunta documentación de la misma, no registra deuda de créditos especiales (adelanto de sueldo).
Que la presente medida se dicta de conformidad a las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107° inciso u) de la Ley N° 10.027 y su modificatoria - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.-
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Aceptar a partir del 01 de Octubre de 2.026, la renuncia presentada por la Agente Municipal Vargas Ángela Amelia, Legajo N° 15033, D.N.I 16.360.190, por motivo de haberse acogido a los beneficios de la Jubilación por Invalidez, otorgada por la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos.
ARTÍCULO 2º.- Disponer se liquide y abone al ex Agente Municipal Vargas Ángela Amelia Legajo N° 15033, 26 (veintiséis) días de licencia del año 2.025, 23 (veintitrés) días proporcionales de la licencia del corriente año, aguinaldo proporcional 2° semestre -26 y el subsidio establecido en el artículo 77° Bis de la Ordenanza N° 11.275-49 correspondiente a (3) tres sueldos básicos de la categoría 20°, retener el porcentaje establecido en el ex 1200441 de fs. 6 y 6 vta., solo de los conceptos remunerativos, en un todo de acuerdo a lo informado por la Dirección de Recursos Humanos y dictaminado a fs. 9 Dictamen N° 1.523/26, por la Dirección de Asuntos Jurídicos, cuyas constancias obran en el Expediente Interno N° 20 "V"/26.-
ARTÍCULO 3º.- Notificar por la Dirección de Recursos Humanos a la Ex Agente Municipal mencionada, de lo dispuesto en el Artículo 1° y 2° del presente Decreto, cumplimentado pase a la Dirección de Liquidaciones.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, Regístrese, Publíquese y Archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Cr. PABLO S. FERREYRA
Secretario de Coord. de Gabinete y Hacienda
Cra. PATRICIA LAURA RODRÍGUEZ
Secretaria de Gobierno.
DECRETO N° 893/2.026.
Concordia, 30 de septiembre de 2.026.
VISTO:
Los Decretos N° 1156/2025 y N° 1185/2025, correspondientes a la orgánica de la Secretaría de Gobierno.
CONSIDERANDO:
Que por motivos de reestructuración se debe contar con una estructura orgánica de la Dirección de Tránsito y Transporte más dinámica, eficiente y que pueda alcanzar los objetivos trazados y brindar así servicios de calidad a los vecinos.
Que a tal efecto se debe realizar una modificación en la Jefatura del Área Operativa Estacionamiento Medido, desafectando al Agente Alve, Carlos Marcelo, D.N.I 23.144.921 legajo N° 3578 según designación en el Artículo N° 39 del Decreto N° 1185/2025, en el cual agradecemos su compromiso y labor brindado frente al área.
Que, a los fines de garantizar la continuidad y normal funcionamiento operativo correspondiente a las funciones establecidas a la mencionada Área, resulta indispensable cubrir la vacante de forma inmediata.
Que, el Agente Municipal, Inspector Fernández Gustavo Germán, D.N.I. N° 22.660.523 legajo N° 2468, reúne las aptitudes necesarias para asumir la conducción de la Jefatura del Área Operativa Estacionamiento Medido.
Que en ese sentido, para garantizar el normal funcionamiento de la Coordinación de la Dirección de Tránsito y Transporte, se hace necesario designar a la Agente Municipal, Inspectora Boggia Evelyn, DNI N° 34.805.395, Legajo N° 8103, jefa del área mencionada.
Que conforme a lo expresado y en virtud de la necesidad de contar con el personal idóneo a cargo, se estima pertinente dictar la presente disposición.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107°, de la Ley Provincial N° 10.027 y su modificatoria Ley N° 10.082 - Régimen de Municipales de Entre Ríos - según T.O. Decreto N° 4706/12 del Poder Ejecutivo Provincial.
Por ello;
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTICULO 1º.- Déjese sin efecto el Artículo 39° del Decreto 1185/25, por lo expuesto en los considerandos precedentes.
ARTICULO 2º.- Agradecerse al Agente Alve, Carlos Marcelo, D.N.I 23.144.921 legajo N° 3578, por el desempeño y dedicación a las funciones asignadas oportunamente.
ARTÍCULO 3º.- Déjese sin efecto el Artículo 28° del Decreto 1185/25, por lo expuesto en los considerandos precedentes.
ARTÍCULO 4º.- Desígnese Jefe Área Operativa Estacionamiento Medido de la Dirección de Tránsito y Transporte al Agente Municipal, Inspector Fernández Gustavo Germán, D.N.I. N° 22.660.523, Legajo N° 2468, para el desempeño de las funciones y competencias establecidas en el Artículo 50° del Decreto N° 1.156/2025. Tendrá rango de área nivel 1.
ARTICULO 5º.- Desígnese jefa de la Coordinación de la Dirección de Tránsito y Transporte a la Agente Municipal, Inspectora Boggia Evelyn, DNI N° 34.805.395, Legajo N° 8103, para el desempeño de las funciones y competencias establecidas en el Artículo 39° del Decreto N° 1.156/2025. Tendrá rango de Departamento Nivel 1.
ARTÍCULO 6º.- Manténgase firme el resto del contenido del Decreto 1185/25.
ARTÍCULO 7º.- Disponerse que las medidas dispuestas en el presente Decreto comiencen a regir a partir del 01 de octubre del presente año.
ARTÍCULO 8º.- A los efectos de su toma de razón pase a la Dirección de Recursos Humanos, cumplido pase a la Dirección de Liquidación de Haberes a los efectos dispuesto en el presente Decreto.-
ARTÍCULO 9º.- Comuníquese, publíquese, regístrese, notifíquese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Cr. PABLO S. FERREYRA
Secretario de Coord. de Gabinete y Hacienda
Cra. PATRICIA LAURA RODRÍGUEZ
Secretaria de Gobierno.
DECRETO N° 894/2.026.
Concordia, 1° de octubre de 2.026.
VISTO las actuaciones obrantes en el Expediente 3059 "D" 2025; y
CONSIDERANDO:
Que a fs. 1 obra nota suscripta por el Jefe de Serv. De Recolección de Residuos, mediante la cual eleva la denuncia de la falta de prestación de servicios por parte de la agente Rubén Oscar Oviedo, Legajo Nº 4417, durante los días 29 y 30 de octubre de 2025.
Que a fs. 2 la Dirección de Recursos humanos, solicita al equipo de Control Horario informe la registración correspondiente al periodo noviembre/25 de la agente Rubén Oscar Oviedo, Legajo Nº 4417.
Que a fs. 3, la Dirección de Recursos Humanos, eleva marcación del agente Rubén Oscar Oviedo, Legajo Nº 4417, manifestando la presencia de anomalías.
Que a fs. 5, la Dirección de Recursos humanos, informa que el agente Rubén Oscar OVIEDO, legajo N° 4417 DNI N° 30.213.286, presta servicios en la municipalidad desde 01/06/2003 revista como personal mensualizado categoría 17°, dependiendo de la Dirección de Recolección de Residuos SSP, en su foja de servicios presenta los siguientes antecedentes disciplinarios: Dto. N° 081. Fecha 25/01/2017. Motivo: Inasistencias Injustificadas. Sanción: 2 días de suspensión sin goce de sueldo desde 01/02/2017 hasta 02/02/2017.
Que a fs. 6 la Dirección de Asuntos Jurídicos, aconseja intimar al agente Rubén Oscar Oviedo, Legajo Nº 4417, para que en el plazo de 5 (cinco) días presente el descargo pertinente bajo apercibimiento de ley, (Ord. N° 11.275/49 Estatuto y Escalafón de Empleados y Obreros Municipales), y Decreto N° 335/2004.
Que a fs. 7 obra Cédula notificada en fecha 11/12/2025, al agente Rubén Oscar Oviedo, Legajo N.º 4417.
Que a fs. 9 la Dirección de Asuntos Jurídicos, solicita a la Dirección de Liquidaciones, informe si se le han realizados descuentos en sus haberes en los últimos seis meses.
Que a fs. 11 la Dirección de Liquidaciones, informa que los descuentos realizados en el periodo del mes de Junio/25 a Diciembre/25 al agente municipal Rubén Oscar OVIEDO Legajo 4417: Agosto/25: 2 días y la bonificación por asistencia y puntualidad. Septiembre/25: 1 día y la bonificación por asistencia y puntualidad. Octubre/25: la bonificación por asistencia y puntualidad. Noviembre/25: 10 días y la bonificación por asistencia y puntualidad.
Que a fs. 12 la Dirección de Asuntos Jurídicos, mediante Dictamen Nº 0106/26 aconsejó disponer la INSTRUCCIÓN DE INFORMACIÓN SUMARIA, a efectos de establecer la posible responsabilidad e inconducta del agente en relación con la debida prestación de servicios, proponiendo asimismo la designación de la Dra. CELINA E. GONZÁLEZ para llevar adelante su instrucción.
Que los antecedentes reunidos permiten advertir la posible existencia de conductas susceptibles de configurar incumplimientos a los deberes y obligaciones inherentes a la función pública, circunstancias que requieren una investigación exhaustiva mediante el procedimiento disciplinario correspondiente.
Que corresponde, en consecuencia, disponer la instrucción de Sumario Administrativo a fin de determinar con precisión la materialidad de los hechos denunciados, deslindar responsabilidades, garantizar el debido proceso y el derecho de defensa de los agentes involucrados.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo por el Art. 107°, incisos ll) y u) de la Ley Provincial N° 10.027 - Régimen Municipal;
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Dispónese la instrucción de SUMARIO ADMINISTRATIVO respecto del agente Rubén Oscar Oviedo, Legajo N.º 4417, a fin de investigar los hechos denunciados y las circunstancias emergentes de los informes obrantes en las actuaciones administrativas.
ARTICULO 2º.- Designase como Instructora Sumariante a la Dra. Celina E. Gonzalez, de la División Sumarios dependiente de la Subsecretaría Legal y Técnica.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y oportunamente, archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
ROBERTO OSCAR RAMIREZ
Secretario de Servicios Públicos.
DECRETO N° 896/2.026.
Concordia, 1° de octubre de 2.026.
VISTO la licencia otorgada al Contador Municipal a cargo, Cr. Diego Paolo Cutro, Legajo 8022, el día 02 de Octubre de 2026 y,
CONSIDERANDO:
Que a fin de no resentir el normal funcionamiento de la Oficina resulta necesario cubrir el cargo de Contador Municipal, mediante la designación del Cr. Maximiliano Andrés Tonina, Legajo 8174, y Sub-Contador Municipal mediante la designación del Cr. Ramón Raúl Ruiz, Legajo 3063, el día 02 de Octubre de 2026.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por la Ley Provincial N° 10.027 Régimen Municipal modificada por Ley Provincial N° 10.082, según T.O. Decreto N° 4706/2012 del Poder Ejecutivo Provincial.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTÍCULO 1º.- Encargase la atención del cargo de Contador Municipal, al Cr. Maximiliano Andrés Tonina, Legajo 8174, el día 02 de Octubre de 2026.
ARTÍCULO 2º.- Encargase la atención del cargo de Sub-Contador Municipal, al Cr. Ramón Raúl Ruiz, Legajo 3063, el día 02 de Octubre de 2026.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Cr. PABLO S. FERREYRA
Secretario de Coord. de Gabinete y Hacienda.
DECRETO N° 895/2.026
Concordia, 1° de octubre de 2.026
VISTO, el contenido del Expediente Compra Digital Nº 3834 del Año 2.026; y,
CONSIDERANDO:
Que la Subsecretaría de Mantenimiento de Obras Viales de la Secretaría de Obras Públicas, eleva documentación para el Primer Llamado a Licitación Pública Nº 57/2.026, para la “CONTRATACIÓN DE ALQUILER HORAS MÁQUINAS”; según Solicitud de Compra N° 4941/2.026, obrante en el mencionado expediente.
Que el Presupuesto Oficial de la presente contratación asciende, de acuerdo a la documentación adjunta, a la suma total de PESOS NOVENTA Y DOS MILLONES CUATROCIENTOS MIL CON 00/100 ($ 92.400.000,00); por lo que, de acuerdo con las disposiciones vigentes, corresponde efectuar llamado a Licitación Pública.
Que por lo expuesto, obra nueva intervención de la Dirección de Presupuesto, efectuando la Imputación Preventiva en la Partida Presupuestaria:
Nº 3.7.90.02.05.08.61.05 O. P. (FONDO DE OBRA PÚBLICA) $ 92.400.000,00.
Que la Subsecretaría de Hacienda y Modernización toma la intervención de su competencia, autorizando el presente gasto.
Que obra intervención de la Dirección de Compras y Suministros, adjuntando el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y su Anexo 1 (Características Técnicas y Condiciones Generales por ítems), de la mencionada Licitación.
Que obra informe de la Subsecretaría de Mantenimiento de Obras Viales de la Secretaría de Obras Públicas, solicitando “…la rectificación de la carátula a efectos de consignar: “CONTRATACIÓN DE ALQUILER HORAS MÁQUINAS”…”, en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares de la presente Licitación.
Que por lo expuesto precedentemente, la Dirección de Compras y Suministros adjunta nuevo Pliego de Bases y Condiciones Particulares de la presente Licitación, con las modificaciones solicitadas.
Que, asimismo, esa Dirección sugiere, para evitar demoras, que en caso que el Primer Llamado de la presente Licitación resultare desierto, se realice un Segundo Llamado.
Que la apertura de la presente debe preverse en la Dirección de Compras y Suministros, la que deberá proponer fecha de apertura disponible y realizar las publicaciones de Ley.
Que teniendo en cuenta la urgencia que tiene el Municipio de realizar la presente adquisición, se deberá hacer uso de lo dispuesto en el Artículo 25º de la Ordenanza Nº 34.698/11 sobre Contrataciones vigente.
Que por lo expuesto, este Departamento Ejecutivo Municipal estima conveniente aprobar la documentación obrante en el Expediente de referencia; y, en consecuencia, hacer lugar al Primer Llamado a Licitación Pública Nº 57/2.026, para la “CONTRATACIÓN DE ALQUILER HORAS MÁQUINAS”; conforme el Anexo 1 (Características Técnicas y Condiciones Generales por ítems), que forma parte del presente Decreto. Como asimismo, en el caso de que el mismo resultare desierto, disponer la aprobación del Segundo Llamado de la Licitación de marras, en virtud a lo considerado precedentemente.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107°, Incisos ñ), q) y u) de la Ley Nº 10.027 y su Modificatoria Ley Nº 10.082 – Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Apruébese la documentación y dispónese se efectúe el Primer Llamado de la Licitación Pública Nº 57/2.026, para la “CONTRATACIÓN DE ALQUILER HORAS MÁQUINAS”, conforme el Anexo 1 (Características Técnicas y Condiciones Generales por ítems), que forma parte del presente Decreto, cuyos antecedentes obran en el Expediente Compra Digital Nº 3834 del Año 2.026.
ARTÍCULO 2°.- Apruébese el Presupuesto Oficial de PESOS NOVENTA Y DOS MILLONES CUATROCIENTOS MIL CON 00/100 ($ 92.400.000,00).
ARTÍCULO 3°.- Impútese el presente gasto en la Partida Presupuestaria:
Nº 3.7.90.02.05.08.61.05 O. P. (FONDO DE OBRA PÚBLICA) $ 92.400.000,00.
ARTÍCULO 4°.- Dispónese que la Dirección de Compras y Suministros efectúe el Llamado de la presente Licitación y fije la fecha de apertura de las propuestas, dado lo establecido en el Artículo 25° de la Ordenanza Nº 34.698/11 de Contrataciones del Estado Municipal y los considerados precedentes.
ARTÍCULO 5°.- Dispónese que la Dirección de Compras y Suministros realice las publicaciones de ley correspondientes para la presente licitación.
ARTÍCULO 6°.- Confórmese la Comisión Evaluadora de acuerdo con lo dispuesto en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares aprobado precedentemente.
ARTÍCULO 7°.- Dispónese que, en el caso de que el Primer Llamado de la Licitación Pública Nº 57/2.026 resultare desierto, se realice el Segundo Llamado de la presente Licitación; y en consecuencia, se efectúen las gestiones tendientes, conforme a lo establecido en el presente Decreto.
ARTÍCULO 8°.- Gírese a conocimiento de la Subsecretaría de Mantenimiento de Obras Viales de la Secretaría de Obras Públicas; luego, pase a la Dirección de Compras y Suministros, a los efectos dispuestos.
ARTÍCULO 9°.- Comuníquese, publíquese, regístrese, dese a la Secretaría de Gobierno; y oportunamente, archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Arq. FERNANDO S. ESQUIBEL
Secretario de Obras Públicas.
ANEXO 1
Detalles de Características y Condiciones Generales por ítem
| Ítem | Descripción | Cantidad | Medida |
| 1 | Alquiler de retropala cargadora, potencia mínima 80 cv. Lugar donde prestará servicio: A coordinar con la Subsecretaría de Mantenimiento de Obras Viales – Ejido urbano de Concordia. Inicio del servicio: En forma inmediata luego de la notificación de adjudicación. Forma de Pago: Pagos parciales, según horas trabajadas. Plazo de entrega: 90 días. El chofer y el combustible a cargo del oferente. Para trabajos de bacheo de pavimentos de hormigón y asfalto. Disponibilidad de lunes a viernes de 7 hs a 15 hs. |
440 | Horas |
| 2 | Alquiler de retropala cargadora, potencia mínima 80 cv. Lugar donde prestará servicio: A coordinar con la Subsecretaría de Mantenimiento de Obras Viales – Ejido urbano de Concordia. Inicio del servicio: En forma inmediata luego de la notificación de adjudicación. Forma de Pago: Pagos parciales, según horas trabajadas. Plazo de entrega: 90 días. El chofer y el combustible a cargo del oferente. Para trabajos de movimiento de suelo, carga de escallas y nivelación de cordones cunetas. Disponibilidad de lunes a viernes de 7 hs a 15 hs. |
440 | Horas |
| Ítem | Descripción | Cantidad | Medida |
| 3 | Alquiler de retropala cargadora, potencia mínima 80 cv. Lugar donde prestará servicio: A coordinar con la Subsecretaría de Mantenimiento de Obras Viales – Ejido urbano de Concordia. Inicio del servicio: En forma inmediata luego de la notificación de adjudicación. Forma de Pago: Pagos parciales, según horas trabajadas. Plazo de entrega: 90 días. El chofer y el combustible a cargo del oferente. Para carga de limpieza del suelo que se retira de los trabajos de cordón cuneta. Disponibilidad de lunes a viernes de 7 hs a 15 hs. |
440 | Horas |
| SE DEBERÁ CUMPLIR CONFORME EL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES, COMO ASIMISMO, LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y CONDICIONES GENERALES INDICADAS EN EL ANEXO 1. |
|||
DECRETO N° 900/2.026.
VISTO que el saldo de ciertas partidas del Presupuesto General de la Administración Pública Municipal del Ejercicio Económico 2.026, es insuficiente para atender distintas erogaciones y,
CONSIDERANDO:
Que a fin de dar solución a la situación descripta, la Dirección de Presupuesto ha aconsejado transferir de otras partidas a los fines de efectuar el refuerzo de las partidas a las que se hace mención en el Visto.
Que la presente transferencia se efectúa de conformidad a lo previsto en el Artículo 7 de la Ordenanza Nº 38.756.
Que la Secretaría de Coordinación de Gabinete y Hacienda ha tomado la intervención de su competencia.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por los Artículos 107° incisos q) y u) y 155° de la Ley N° 10.027- Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Refuércense los créditos presupuestarios de las partidas del Presupuesto General de Gastos de la Administración Pública Municipal correspondiente al Ejercicio Económico 2.026 en los importes que se detallan en el Anexo I, que forma parte integrante del presente Decreto, de acuerdo a lo expresado en el considerando precedente.
ARTÍCULO 2º.- Transfiéranse los créditos presupuestarios de la partida del Presupuesto General de Gastos de la Administración Pública Municipal correspondiente al Ejercicio Económico 2.026 en el importe detallado en el Anexo II que forma parte integrante del presente Decreto, para cubrir el refuerzo a que se refiere el Artículo 1°.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, por medio de la Secretaría de Gobierno al Concejo Deliberante.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Cr. PABLO S. FERREYRA
Secretario de Coord. de Gabinete y Hacienda
ANEXO I
3.1.90.02.05.07.57.12 Salud 65.000.000
3.1.90.02.05.07.57.17 Obras Pcas 33.000.000
TOTAL 98.000.000
ANEXO II
3.1.90.01.02.03.25.16 Gobierno 42.000.000
5.8.10.04.10.14.96.16 Gobierno 56.000.000
TOTAL 98.000.000
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Cr. PABLO S. FERREYRA
Secretario de Coord. de Gabinete y Hacienda.
DECRETO N° 901/2.026.
Concordia, 1° de octubre de 2.026.
VISTO que mediante Ordenanza Nº 38.756 se promulgó el Presupuesto General de la Administración Municipal para el Ejercicio Económico 2.026 y,
CONSIDERANDO:
Que en su artículo 8° se establece "Facúltase al Departamento Ejecutivo Municipal para ampliar el Presupuesto de Gastos y el Cálculo de Recursos que conforman esta Ordenanza por nuevos y mayores ingresos con afectación específica".
Que este Departamento Ejecutivo Municipal a los fines de una correcta registración de la información presupuestaria debe efectuar la distribución administrativa pertinente de dichos créditos.
Que la Dirección de Presupuesto y la Secretaría de Coordinación de Gabinete y Hacienda han tomado conocimiento y la intervención de su competencia.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por los Artículos 107°, Incisos q) y u) y 155° de la Ley N° 10.027-Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Apruébese la modificación al Presupuesto de Gastos de la Administración Pública Municipal para el Ejercicio Económico 2.026, de acuerdo a la planilla que forma parte integrante del presente Decreto.
ARTÍCULO 2º.- Remítase copia del presente al Concejo Deliberante a los fines de su conocimiento y demás efectos.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Cr. PABLO S. FERREYRA
Secretario de Coord. de Gabinete y Hacienda
ANEXO I
3.1.90.01.01.02.21.54.01 Gobierno 8.680.000
3.1.90.01.01.02.21.54 Juzgado de Faltas 3.720.000
3.1.90.01.01.02.21.54 Gobierno 34.360.000
3.7.40.01.01.02.21.54 Gobierno 20.616.000
3.5.90.01.01.02.21.54 D. Humano 10.308.000
3.3.50.01.01.02.21.54 Salud 10.308.000
3.4.30.01.03.04.34.54 Salud 5.154.000
3.1.90.01.01.02.21.54 Salud 5.154.000
TOTAL 98.300.000
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Cr. PABLO S. FERREYRA
Secretario de Coord. de Gabinete y Hacienda.
DECRETO N° 902/2.026.
Concordia, 1° de octubre de 2.026.
VISTO la Ley Provincial Nº 5.323 de Defensa Civil; su Decreto Reglamentario Nº 1.724/73 la Ordenanza Nº 38.703/2025; y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Provincial N.º 5.323 establece el régimen de Defensa Civil de la Provincia de Entre Ríos, asignando a los Intendentes Municipales, dentro de sus respectivas jurisdicciones, responsabilidades vinculadas con la planificación, organización, coordinación y dirección de las acciones destinadas a prevenir y afrontar situaciones de emergencia;
Que el Decreto Provincial N.º 1.724/73, reglamentario de la citada Ley, contempla expresamente el escalón municipal dentro del sistema de Defensa Civil y establece mecanismos destinados a asegurar la planificación, organización, coordinación y conducción de las acciones correspondientes en el ámbito local;
Que las situaciones de emergencia, por su naturaleza, requieren mecanismos ágiles de coordinación que permitan articular la actuación de las distintas áreas municipales, centralizar la información necesaria para la toma de decisiones y coordinar la intervención de los organismos e instituciones que deban participar según la naturaleza de cada situación;
Que mediante Ordenanza N.º 38.703/2025 se aprobó la estructura orgánica de la Municipalidad de Concordia, encontrándose comprendidas dentro de la Secretaría de Salud funciones vinculadas con la protección civil y las emergencias;
Que el Dr. DIEGO ENRIQUE SAURE, DNI N.º 21.697.296, se desempeña como Secretario de Salud de la Municipalidad de Concordia, resultando conveniente encomendarle, adicionalmente y bajo las directivas del Presidente Municipal, la coordinación operativa de las acciones municipales frente a situaciones de emergencia;
Que la asignación de dicha función no implica la creación de una nueva estructura administrativa, ni importa modificar o transferir las competencias atribuidas por la normativa vigente a las Secretarías, Subsecretarías, Direcciones, organismos municipales o demás instituciones intervinientes;
Que, cuando participen organismos o instituciones ajenos a la estructura municipal, la coordinación deberá desarrollarse respetando sus respectivas competencias, dependencias funcionales y mandos operativos;
Que la función de Coordinador Operativo de Emergencias será ejercida con carácter ad honorem, en forma adicional a las funciones propias del cargo de Secretario de Salud, sin generar remuneración, adicional, bonificación ni compensación alguna;
Que, en consecuencia, corresponde formalizar mediante el presente acto la designación del Coordinador Operativo de Emergencias de la Municipalidad de Concordia;
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal, por el Artículo 107 de la Ley N° 10.027/11 y modificatoria N° 10.082/11 - Régimen de la Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello:
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Designase al Secretario de Salud de la Municipalidad de Concordia, Dr. DIEGO ENRIQUE SAURE, DNI N.º 21.697.296, como Coordinador Operativo de Emergencias de la Municipalidad de Concordia, sin perjuicio de las funciones inherentes a su cargo, con carácter ad honorem.
ARTICULO 2º.- El Coordinador Operativo de Emergencias tendrá a su cargo, bajo las directivas del Presidente Municipal, la articulación y coordinación de las distintas áreas municipales y de los organismos e instituciones que intervengan en acciones de prevención, preparación, respuesta y recuperación frente a situaciones de emergencia, pudiendo convocar reuniones operativas, centralizar la información necesaria, efectuar el seguimiento de las medidas dispuestas y proponer protocolos y acciones para mejorar la capacidad de respuesta municipal.
ARTÍCULO 3º.- Remítase copia a la Dirección de Recursos Humanos, a sus efectos.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y oportunamente archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Cr. PABLO S. FERREYRA
Secretario de Coord. de Gabinete y Hacienda.
EDICTO.-
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica al Sr. ZABALLO RAMON CIPRIANO D.N.I N° 17.050.222 que en el EXPEDIENTE N° 1364488 se ha dictado La resolución N° 6610/2026 de fecha 21 de Septiembre del 2026, que en su parte pertinente ha dispuesto lo siguiente. VISTO: ... CONSIDERANDO: ... RESUELVE: ARTÍCULO 1°.- RECHAZAR en todos sus términos y en todas sus partes las peticiones, intimaciones e impugnaciones formuladas mediante telegramas Ley N.° 23.789 por los agentes municipales MEZA Maximiliano Gabriel (DNI 32.695.774), FERNÁNDEZ René Gabriel (DNI 21.613.228), MARTÍNEZ Julio César (DNI 36.599.361), RACCIOPPO Ramón Aníbal (DNI 21.513.461), SUÁREZ Eloy Facundo (DNI 37.466.471), SUÁREZ Carlos Emilio (DNI 29.766.387), MEDINA Diego Luis (DNI 25.806.537), BRIOZZO Sergio Orlando (DNI 28.356.378), ZABALLO Ramón Cipriano (DNI 17.050.222), VILLARREAL Eduardo Vicente (DNI 17.690.241), PERALTA José Luis (DNI 23.907.384) y ROMERO Roberto Javier (DNI 23.143.909), en virtud de los fundamentos de hecho y de derecho expuestos en los considerandos de la presente resolución. ARTÍCULO 2°.- Notifíquese al interesado con entrega de copia de la presente por parte de la Oficina de Notificaciones Masivas.- Fdo. Dr. Francisco Azcue Presidente Municipal de Concordia. Cra. Patricia Laura Rodríguez, Secretaria de Gobierno Municipalidad de Concordia.
QUEDAN UDS. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS.-
Concordia, OCTUBRE de del 2.026.-
EDICTO.-
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica al Sr. SUAREZ ELOY FACUNDO D.N.I N° 37.466.471 que en el EXPEDIENTE N° 1364484 se ha dictado La resolución N° 6610/2026 de fecha 21 de Septiembre del 2026, que en su parte pertinente ha dispuesto lo siguiente. VISTO: ... CONSIDERANDO: ... RESUELVE: ARTÍCULO 1°.- RECHAZAR en todos sus términos y en todas sus partes las peticiones, intimaciones e impugnaciones formuladas mediante telegramas Ley N.° 23.789 por los agentes municipales MEZA Maximiliano Gabriel (DNI 32.695.774), FERNÁNDEZ René Gabriel (DNI 21.613.228), MARTÍNEZ Julio César (DNI 36.599.361), RACCIOPPO Ramón Aníbal (DNI 21.513.461), SUÁREZ Eloy Facundo (DNI 37.466.471), SUÁREZ Carlos Emilio (DNI 29.766.387), MEDINA Diego Luis (DNI 25.806.537), BRIOZZO Sergio Orlando (DNI 28.356.378), ZABALLO Ramón Cipriano (DNI 17.050.222), VILLARREAL Eduardo Vicente (DNI 17.690.241), PERALTA José Luis (DNI 23.907.384) y ROMERO Roberto Javier (DNI 23.143.909), en virtud de los fundamentos de hecho y de derecho expuestos en los considerandos de la presente resolución. ARTÍCULO 2°.- Notifíquese al interesado con entrega de copia de la presente por parte de la Oficina de Notificaciones Masivas.- Fdo. Dr. Francisco Azcue Presidente Municipal de Concordia. Cra. Patricia Laura Rodriguez, Secretaria de Gobierno Municipalidad de Concordia.
QUEDAN UDS. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS.-
Concordia, OCTUBRE de del 2.026.-
EDICTO.-
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica al Sr. SUAREZ CARLOS EMILIO D.N.I N° 29.766.387 que en el EXPEDIENTE N° 1364485 se ha dictado La resolución N° 6610/2026 de fecha 21 de Septiembre del 2026, que en su parte pertinente ha dispuesto lo siguiente. VISTO: ... CONSIDERANDO: ... RESUELVE: ARTÍCULO 1°.- RECHAZAR en todos sus términos y en todas sus partes las peticiones, intimaciones e impugnaciones formuladas mediante telegramas Ley N.° 23.789 por los agentes municipales MEZA Maximiliano Gabriel (DNI 32.695.774), FERNÁNDEZ René Gabriel (DNI 21.613.228), MARTÍNEZ Julio César (DNI 36.599.361), RACCIOPPO Ramón Aníbal (DNI 21.513.461), SUÁREZ Eloy Facundo (DNI 37.466.471), SUÁREZ Carlos Emilio (DNI 29.766.387), MEDINA Diego Luis (DNI 25.806.537), BRIOZZO Sergio Orlando (DNI 28.356.378), ZABALLO Ramón Cipriano (DNI 17.050.222), VILLARREAL Eduardo Vicente (DNI 17.690.241), PERALTA José Luis (DNI 23.907.384) y ROMERO Roberto Javier (DNI 23.143.909), en virtud de los fundamentos de hecho y de derecho expuestos en los considerandos de la presente resolución. ARTÍCULO 2°.- Notifíquese al interesado con entrega de copia de la presente por parte de la Oficina de Notificaciones Masivas.- Fdo. Dr. Francisco Azcue Presidente Municipal de Concordia. Cra. Patricia Laura Rodriguez, Secretaria de Gobierno Municipalidad de Concordia.
QUEDAN UDS. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS.-
Concordia, OCTUBRE de del 2.026.-
EDICTO.-
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica al Sr. FERNANDEZ RENE GABRIEL D.N.I N° 21.613.228 que en el EXPEDIENTE N° 1364481 se ha dictado La resolución N° 6610/2026 de fecha 21 de Septiembre del 2026, que en su parte pertinente ha dispuesto lo siguiente. VISTO: ... CONSIDERANDO: ... RESUELVE: ARTICULO 1°.- RECHAZAR en todos sus términos y en todas sus partes las peticiones, intimaciones e impugnaciones formuladas mediante telegramas Ley N.° 23.789 por los agentes municipales MEZA Maximiliano Gabriel (DNI 32.695.774), FERNÁNDEZ René Gabriel (DNI 21.613.228), MARTÍNEZ Julio César (DNI 36.599.361), RACCIOPPO Ramón Aníbal (DNI 21.513.461), SUÁREZ Eloy Facundo (DNI 37.466.471), SUÁREZ Carlos Emilio (DNI 29.766.387), MEDINA Diego Luis (DNI 25.806.537), BRIOZZO Sergio Orlando (DNI 28.356.378), ZABALLO Ramón Cipriano (DNI 17.050.222), VILLARREAL Eduardo Vicente (DNI 17.690.241), PERALTA José Luis (DNI 23.907.384) y ROMERO Roberto Javier (DNI 23.143.909), en virtud de los fundamentos de hecho y de derecho expuestos en los considerandos de la presente resolución. ARTÍCULO 2°.- Notifíquese al interesado con entrega de copia de la presente por parte de la Oficina de Notificaciones Masivas. Fdo. Francisco Azcue Presidente Municipal de Concordia. Cra. Patricia Laura Rodríguez Secretaria de Gobierno Municipalidad de Concordia.
QUEDAN UDS. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS.-
Concordia, de OCTUBRE del 2.026.-
EDICTO.-
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica al Sr. MEDINA DIEGO LUIS D.N.I N° 25.806.537 que en el EXPEDIENTE N° 1364486 se ha dictado La resolución N° 6610/2026 de fecha 21 de Septiembre del 2026, que en su parte pertinente ha dispuesto lo siguiente. VISTO: ... CONSIDERANDO: ... RESUELVE: ARTÍCULO 1°.- RECHAZAR en todos sus términos y en todas sus partes las peticiones, intimaciones e impugnaciones formuladas mediante telegramas Ley N° 23.789 por los agentes municipales MEZA Maximiliano Gabriel (DNI 32.695.774), FERNÁNDEZ René Gabriel (DNI 21.613.228), MARTÍNEZ Julio César (DNI 36.599.361), RACCIOPPO Ramón Aníbal (DNI 21.513.461), SUÁREZ Eloy Facundo (DNI 37.466.471), SUÁREZ Carlos Emilio (DNI 29.766.387), MEDINA Diego Luis (DNI 25.806.537), BRIOZZO Sergio Orlando (DNI 28.356.378), ZABALLO Ramón Cipriano (DNI 17.050.222), VILLARREAL Eduardo Vicente (DNI 17.690.241), PERALTA José Luis (DNI 23.907.384) y ROMERO Roberto Javier (DNI 23.143.909), en virtud de los fundamentos de hecho y de derecho expuestos en los considerandos de la presente resolución. ARTÍCULO 2°.- Notifíquese al interesado con entrega de copia de la presente por parte de la Oficina de Notificaciones Masivas. Fdo. Francisco Azcue Presidente Municipal de Concordia. Cra. Patricia Laura Rodríguez Secretaria de Gobierno Municipalidad de Concordia.
QUEDAN UDS. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS.-
Concordia, de OCTUBRE del 2.026.-
EDICTO
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica al Sr. RACCIOPPO RAMON CIPRIANO D.N.I N° 21.513.461 que en el EXPEDIENTE N° 1364483 se ha dictado La resolución N° 6610/2026 de fecha 21 de Septiembre del 2026, que en su parte pertinente ha dispuesto lo siguiente. VISTO: ... CONSIDERANDO: ... RESUELVE: ARTÍCULO 1°.- RECHAZAR en todos sus términos y en todas sus partes las peticiones, intimaciones e impugnaciones formuladas mediante telegramas Ley N° 23.789 por los agentes municipales MEZA Maximiliano Gabriel (DNI 32.695.774), FERNÁNDEZ René Gabriel (DNI 21.613.228), MARTÍNEZ Julio César (DNI 36.599.361), RACCIOPPO Ramón Aníbal (DNI 21.513.461), SUÁREZ Eloy Facundo (DNI 37.466.471), SUÁREZ Carlos Emilio (DNI 29.766.387), MEDINA Diego Luis (DNI 25.806.537), BRIOZZO Sergio Orlando (DNI 28.356.378), ZABALLO Ramón Cipriano (DNI 17.050.222), VILLARREAL Eduardo Vicente (DNI 17.690.241), PERALTA José Luis (DNI 23.907.384) y ROMERO Roberto Javier (DNI 23.143.909), en virtud de los fundamentos de hecho y de derecho expuestos en los considerandos de la presente resolución. ARTÍCULO 2°.- Notifíquese al interesado con entrega de copia de la presente por parte de la Oficina de Notificaciones Masivas. Fdo. Francisco Azcue Presidente Municipal de Concordia. Cra. Patricia Laura Rodríguez Secretaria de Gobierno Municipalidad de Concordia.
QUEDAN UDS. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS.-
Concordia, de OCTUBRE del 2.026.-
EDICTO.-
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica al Sr. MEZA MAXIMILIANO GABRIEL D.N.I N° 32.695.774 que en el EXPEDIENTE N° 1364480 se ha dictado La resolución N° 6610/2026 de fecha 21 de Septiembre del 2026, que en su parte pertinente ha dispuesto lo siguiente. VISTO: ... CONSIDERANDO: ... RESUELVE: ARTICULO 1°.- RECHAZAR en todos sus términos y en todas sus partes las peticiones, intimaciones e impugnaciones formuladas mediante telegramas Ley N° 23.789 por los agentes municipales MEZA Maximiliano Gabriel (DNI 32.695.774), FERNÁNDEZ René Gabriel (DNI 21.613.228), MARTÍNEZ Julio César (DNI 36.599.361), RACCIOPPO Ramón Aníbal (DNI 21.513.461), SUÁREZ Eloy Facundo (DNI 37.466.471), SUÁREZ Carlos Emilio (DNI 29.766.387), MEDINA Diego Luis (DNI 25.806.537), BRIOZZO Sergio Orlando (DNI 28.356.378), ZABALLO Ramón Cipriano (DNI 17.050.222), VILLARREAL Eduardo Vicente (DNI 17.690.241), PERALTA José Luis (DNI 23.907.384) y ROMERO Roberto Javier (DNI 23.143.909), en virtud de los fundamentos de hecho y de derecho expuestos en los considerandos de la presente resolución. ARTÍCULO 2°.- Notifíquese al interesado con entrega de copia de la presente por parte de la Oficina de Notificaciones Masivas. Fdo. Francisco Azcue Presidente Municipal de Concordia. Cra. Patricia Laura Rodríguez Secretaria de Gobierno Municipalidad de Concordia.
QUEDAN UDS. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS.-
Concordia, de OCTUBRE del 2.026.-
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica al Sr. ZABALLO RAMON CIPRIANO D.N.I N° 17.050.222 que en el EXPEDIENTE N° 1364488 se ha dictado La resolución N° 6610/2026 de fecha 21 de Septiembre del 2026, que en su parte pertinente ha dispuesto lo siguiente. VISTO: ... CONSIDERANDO: ... RESUELVE: ARTÍCULO 1°.- RECHAZAR en todos sus términos y en todas sus partes las peticiones, intimaciones e impugnaciones formuladas mediante telegramas Ley N.° 23.789 por los agentes municipales MEZA Maximiliano Gabriel (DNI 32.695.774), FERNÁNDEZ René Gabriel (DNI 21.613.228), MARTÍNEZ Julio César (DNI 36.599.361), RACCIOPPO Ramón Aníbal (DNI 21.513.461), SUÁREZ Eloy Facundo (DNI 37.466.471), SUÁREZ Carlos Emilio (DNI 29.766.387), MEDINA Diego Luis (DNI 25.806.537), BRIOZZO Sergio Orlando (DNI 28.356.378), ZABALLO Ramón Cipriano (DNI 17.050.222), VILLARREAL Eduardo Vicente (DNI 17.690.241), PERALTA José Luis (DNI 23.907.384) y ROMERO Roberto Javier (DNI 23.143.909), en virtud de los fundamentos de hecho y de derecho expuestos en los considerandos de la presente resolución. ARTÍCULO 2°.- Notifíquese al interesado con entrega de copia de la presente por parte de la Oficina de Notificaciones Masivas.- Fdo. Dr. Francisco Azcue Presidente Municipal de Concordia. Cra. Patricia Laura Rodríguez, Secretaria de Gobierno Municipalidad de Concordia.
QUEDAN UDS. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS.-
Concordia, OCTUBRE de del 2.026.-
EDICTO.-
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica al Sr. SUAREZ ELOY FACUNDO D.N.I N° 37.466.471 que en el EXPEDIENTE N° 1364484 se ha dictado La resolución N° 6610/2026 de fecha 21 de Septiembre del 2026, que en su parte pertinente ha dispuesto lo siguiente. VISTO: ... CONSIDERANDO: ... RESUELVE: ARTÍCULO 1°.- RECHAZAR en todos sus términos y en todas sus partes las peticiones, intimaciones e impugnaciones formuladas mediante telegramas Ley N.° 23.789 por los agentes municipales MEZA Maximiliano Gabriel (DNI 32.695.774), FERNÁNDEZ René Gabriel (DNI 21.613.228), MARTÍNEZ Julio César (DNI 36.599.361), RACCIOPPO Ramón Aníbal (DNI 21.513.461), SUÁREZ Eloy Facundo (DNI 37.466.471), SUÁREZ Carlos Emilio (DNI 29.766.387), MEDINA Diego Luis (DNI 25.806.537), BRIOZZO Sergio Orlando (DNI 28.356.378), ZABALLO Ramón Cipriano (DNI 17.050.222), VILLARREAL Eduardo Vicente (DNI 17.690.241), PERALTA José Luis (DNI 23.907.384) y ROMERO Roberto Javier (DNI 23.143.909), en virtud de los fundamentos de hecho y de derecho expuestos en los considerandos de la presente resolución. ARTÍCULO 2°.- Notifíquese al interesado con entrega de copia de la presente por parte de la Oficina de Notificaciones Masivas.- Fdo. Dr. Francisco Azcue Presidente Municipal de Concordia. Cra. Patricia Laura Rodriguez, Secretaria de Gobierno Municipalidad de Concordia.
QUEDAN UDS. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS.-
Concordia, OCTUBRE de del 2.026.-
EDICTO.-
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica al Sr. SUAREZ CARLOS EMILIO D.N.I N° 29.766.387 que en el EXPEDIENTE N° 1364485 se ha dictado La resolución N° 6610/2026 de fecha 21 de Septiembre del 2026, que en su parte pertinente ha dispuesto lo siguiente. VISTO: ... CONSIDERANDO: ... RESUELVE: ARTÍCULO 1°.- RECHAZAR en todos sus términos y en todas sus partes las peticiones, intimaciones e impugnaciones formuladas mediante telegramas Ley N.° 23.789 por los agentes municipales MEZA Maximiliano Gabriel (DNI 32.695.774), FERNÁNDEZ René Gabriel (DNI 21.613.228), MARTÍNEZ Julio César (DNI 36.599.361), RACCIOPPO Ramón Aníbal (DNI 21.513.461), SUÁREZ Eloy Facundo (DNI 37.466.471), SUÁREZ Carlos Emilio (DNI 29.766.387), MEDINA Diego Luis (DNI 25.806.537), BRIOZZO Sergio Orlando (DNI 28.356.378), ZABALLO Ramón Cipriano (DNI 17.050.222), VILLARREAL Eduardo Vicente (DNI 17.690.241), PERALTA José Luis (DNI 23.907.384) y ROMERO Roberto Javier (DNI 23.143.909), en virtud de los fundamentos de hecho y de derecho expuestos en los considerandos de la presente resolución. ARTÍCULO 2°.- Notifíquese al interesado con entrega de copia de la presente por parte de la Oficina de Notificaciones Masivas.- Fdo. Dr. Francisco Azcue Presidente Municipal de Concordia. Cra. Patricia Laura Rodriguez, Secretaria de Gobierno Municipalidad de Concordia.
QUEDAN UDS. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS.-
Concordia, OCTUBRE de del 2.026.-
EDICTO.-
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica al Sr. FERNANDEZ RENE GABRIEL D.N.I N° 21.613.228 que en el EXPEDIENTE N° 1364481 se ha dictado La resolución N° 6610/2026 de fecha 21 de Septiembre del 2026, que en su parte pertinente ha dispuesto lo siguiente. VISTO: ... CONSIDERANDO: ... RESUELVE: ARTICULO 1°.- RECHAZAR en todos sus términos y en todas sus partes las peticiones, intimaciones e impugnaciones formuladas mediante telegramas Ley N.° 23.789 por los agentes municipales MEZA Maximiliano Gabriel (DNI 32.695.774), FERNÁNDEZ René Gabriel (DNI 21.613.228), MARTÍNEZ Julio César (DNI 36.599.361), RACCIOPPO Ramón Aníbal (DNI 21.513.461), SUÁREZ Eloy Facundo (DNI 37.466.471), SUÁREZ Carlos Emilio (DNI 29.766.387), MEDINA Diego Luis (DNI 25.806.537), BRIOZZO Sergio Orlando (DNI 28.356.378), ZABALLO Ramón Cipriano (DNI 17.050.222), VILLARREAL Eduardo Vicente (DNI 17.690.241), PERALTA José Luis (DNI 23.907.384) y ROMERO Roberto Javier (DNI 23.143.909), en virtud de los fundamentos de hecho y de derecho expuestos en los considerandos de la presente resolución. ARTÍCULO 2°.- Notifíquese al interesado con entrega de copia de la presente por parte de la Oficina de Notificaciones Masivas. Fdo. Francisco Azcue Presidente Municipal de Concordia. Cra. Patricia Laura Rodríguez Secretaria de Gobierno Municipalidad de Concordia.
QUEDAN UDS. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS.-
Concordia, de OCTUBRE del 2.026.-
EDICTO.-
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica al Sr. MEDINA DIEGO LUIS D.N.I N° 25.806.537 que en el EXPEDIENTE N° 1364486 se ha dictado La resolución N° 6610/2026 de fecha 21 de Septiembre del 2026, que en su parte pertinente ha dispuesto lo siguiente. VISTO: ... CONSIDERANDO: ... RESUELVE: ARTÍCULO 1°.- RECHAZAR en todos sus términos y en todas sus partes las peticiones, intimaciones e impugnaciones formuladas mediante telegramas Ley N° 23.789 por los agentes municipales MEZA Maximiliano Gabriel (DNI 32.695.774), FERNÁNDEZ René Gabriel (DNI 21.613.228), MARTÍNEZ Julio César (DNI 36.599.361), RACCIOPPO Ramón Aníbal (DNI 21.513.461), SUÁREZ Eloy Facundo (DNI 37.466.471), SUÁREZ Carlos Emilio (DNI 29.766.387), MEDINA Diego Luis (DNI 25.806.537), BRIOZZO Sergio Orlando (DNI 28.356.378), ZABALLO Ramón Cipriano (DNI 17.050.222), VILLARREAL Eduardo Vicente (DNI 17.690.241), PERALTA José Luis (DNI 23.907.384) y ROMERO Roberto Javier (DNI 23.143.909), en virtud de los fundamentos de hecho y de derecho expuestos en los considerandos de la presente resolución. ARTÍCULO 2°.- Notifíquese al interesado con entrega de copia de la presente por parte de la Oficina de Notificaciones Masivas. Fdo. Francisco Azcue Presidente Municipal de Concordia. Cra. Patricia Laura Rodríguez Secretaria de Gobierno Municipalidad de Concordia.
QUEDAN UDS. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS.-
Concordia, de OCTUBRE del 2.026.-
EDICTO
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica al Sr. RACCIOPPO RAMON CIPRIANO D.N.I N° 21.513.461 que en el EXPEDIENTE N° 1364483 se ha dictado La resolución N° 6610/2026 de fecha 21 de Septiembre del 2026, que en su parte pertinente ha dispuesto lo siguiente. VISTO: ... CONSIDERANDO: ... RESUELVE: ARTÍCULO 1°.- RECHAZAR en todos sus términos y en todas sus partes las peticiones, intimaciones e impugnaciones formuladas mediante telegramas Ley N° 23.789 por los agentes municipales MEZA Maximiliano Gabriel (DNI 32.695.774), FERNÁNDEZ René Gabriel (DNI 21.613.228), MARTÍNEZ Julio César (DNI 36.599.361), RACCIOPPO Ramón Aníbal (DNI 21.513.461), SUÁREZ Eloy Facundo (DNI 37.466.471), SUÁREZ Carlos Emilio (DNI 29.766.387), MEDINA Diego Luis (DNI 25.806.537), BRIOZZO Sergio Orlando (DNI 28.356.378), ZABALLO Ramón Cipriano (DNI 17.050.222), VILLARREAL Eduardo Vicente (DNI 17.690.241), PERALTA José Luis (DNI 23.907.384) y ROMERO Roberto Javier (DNI 23.143.909), en virtud de los fundamentos de hecho y de derecho expuestos en los considerandos de la presente resolución. ARTÍCULO 2°.- Notifíquese al interesado con entrega de copia de la presente por parte de la Oficina de Notificaciones Masivas. Fdo. Francisco Azcue Presidente Municipal de Concordia. Cra. Patricia Laura Rodríguez Secretaria de Gobierno Municipalidad de Concordia.
QUEDAN UDS. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS.-
Concordia, de OCTUBRE del 2.026.-
EDICTO.-
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica al Sr. MEZA MAXIMILIANO GABRIEL D.N.I N° 32.695.774 que en el EXPEDIENTE N° 1364480 se ha dictado La resolución N° 6610/2026 de fecha 21 de Septiembre del 2026, que en su parte pertinente ha dispuesto lo siguiente. VISTO: ... CONSIDERANDO: ... RESUELVE: ARTICULO 1°.- RECHAZAR en todos sus términos y en todas sus partes las peticiones, intimaciones e impugnaciones formuladas mediante telegramas Ley N° 23.789 por los agentes municipales MEZA Maximiliano Gabriel (DNI 32.695.774), FERNÁNDEZ René Gabriel (DNI 21.613.228), MARTÍNEZ Julio César (DNI 36.599.361), RACCIOPPO Ramón Aníbal (DNI 21.513.461), SUÁREZ Eloy Facundo (DNI 37.466.471), SUÁREZ Carlos Emilio (DNI 29.766.387), MEDINA Diego Luis (DNI 25.806.537), BRIOZZO Sergio Orlando (DNI 28.356.378), ZABALLO Ramón Cipriano (DNI 17.050.222), VILLARREAL Eduardo Vicente (DNI 17.690.241), PERALTA José Luis (DNI 23.907.384) y ROMERO Roberto Javier (DNI 23.143.909), en virtud de los fundamentos de hecho y de derecho expuestos en los considerandos de la presente resolución. ARTÍCULO 2°.- Notifíquese al interesado con entrega de copia de la presente por parte de la Oficina de Notificaciones Masivas. Fdo. Francisco Azcue Presidente Municipal de Concordia. Cra. Patricia Laura Rodríguez Secretaria de Gobierno Municipalidad de Concordia.
QUEDAN UDS. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS.-
Concordia, de OCTUBRE del 2.026.-
