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SUMARIO
Los siguientes Decretos y Edictos conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
Decretos: 010/2.026, 012/2.026, 017/2.026 y 019/2.026.
Los siguientes Decretos y Edictos conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
Decretos: 010/2.026, 012/2.026, 017/2.026 y 019/2.026.
DECRETO Nº 010/2.026.
Concordia, 07 de Enero de 2.026.
Visto, el Decreto N°1233/2025 mediante el cual se produce una vacante en la Dirección de Inspección dependiente de la Secretaría de Gobierno.
CONSIDERANDO:
Que el Sr. Franco, Pedro Sebastián, DNI N° 33.510.129, reúne las aptitudes necesarias para desempeñar dicho cargo.
Que por tal motivo el Departamento Ejecutivo considera necesario el dictado de la presente medida.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Articulo 107°, de la Ley Provincial N° 10.027 y su modificatoria Ley N° 10.082 — Régimen de Municipales de Entre Ríos — según T.O. Decreto N° 4706/12 del Poder Ejecutivo Provincial.
Por ello;
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA.
ARTICULO 1°.- Déjese sin efecto el Artículo 18° del Decreto 1150/25.
ARTÍCULO 2°.- Manténgase firme el resto del contenido del Decreto 1150/25.
ARTICULO 3°.- Desígnese Director de Inspección Sr. Franco, Pedro Sebastián, DNI N° 33.510.129, para el desempeño de las funciones asignadas en el titulo III, Capitulo II, Articulo 34° de la Ordenanza N° 38.703/25. Tendrá Rango de Director Nivel 1.
ARTICULO 4°.- Gírese copia a la Dirección de Recursos Humanos y la Dirección de Liquidaciones a sus efectos.
ARTICULO 5º.- Comuniques, publíquese, regístrese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Dr. LUCIANO DELL`OLIO
Secretario de Gobierno.
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DECRETO Nº 012/2.026.
Concordia, 07 de Enero de 2.026.
VISTO, el horario fijado para el personal municipal con prestación de servicios en la Subsecretaría de Mantenimiento Obras Viales, dispuesto mediante Decreto N°191/25 de fecha 05/03/2025, y
CONSIDERANDO:
Que los Directores de Calles sin Pavimentar y Calles Pavimentadas, avalados por el Subsecretario de Mantenimiento de Obras Viales, mediante nota solicitan a partir de fecha 05/01/2026, que el personal a su cargo ingrese a las 06:00 hs. y egrese a las 12:00 hs., adjuntando de fojas 2 a 4 listado del personal.
Que el horario establecido para el personal municipal se encuentra previsto normativamente, resulta necesario emitir el presente acto administrativo fijando para los agentes municipales, con prestación de servicios en la Subsecretaría de Mantenimiento de Obras Viales; cuya nomina obra en ANEXO I del presente, siendo el horario de ingreso y egreso de 6:00hs. a 12:00hs., de lunes a viernes a partir del 05/01/2026.
Que, las horas trabajadas y debidamente registradas mediante el sistema de control horario dispuesto para tal fin, que excedan al horario establecido precedentemente, serán reconocidas y abonadas según lo previsto en el convenio vigente del sector.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Articulo 107° de la Ley N° 10.027/11 y su modificatoria Ley N°10.082 - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos. Según T.O. Decreto N°4706/12 del Poder Ejecutivo Provincial.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Establécese que el horario de ingreso y egreso para el personal municipal, con prestación de servicios en la Dirección de Calles sin Pavimentar y Dirección Calles Pavimentadas, dependiente de la Subsecretaría de Mantenimiento de Obras Viales, Secretaría de Obras Públicas, que obra en ANEXO I del presente, a partir del 05/01/2.026, será de lunes a viernes de 06:00hs. a 12:00hs., en virtud de lo expresado en los considerandos precedentes.
ARTICULO 2º.- Deróguese todo horario distinto al establecido en el ARTICULO 1º, para los agentes que forman parte del ANEXO I del presente y lo establecido mediante Decreto Nº191/25.
ARTICULO 3°.- Notifíquese de lo dispuesto en los ARTICULOS 1º y 2º del presente, tome debida nota la Dirección de Recursos Humanos, Division de Control del Personal Municipal, Area de Control Horario y la Dirección de Calles sin Pavimentar y Dirección Calles Pavimentadas, dependiente de la Subsecretaría de Mantenimiento de Obras Viales, Secretaría de Obras Públicas.
ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y, oportunamente, archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Arq. FERNANDO S. ESQUIBEL
Secretario de Obras Públicas.
ANEXO I
Secretaría de Obras Públicas
Subsecretaría de Mantenimiento de Obras Viales – Direccion Calles Sin Pavimentar
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ANEXO I
Secretaría de Obras Públicas
Subsecretaría de Mantenimiento de Obras Viales– Dirección Calles Pavimentadas
| N° | Legajo | Apellido y Nombre | Situación de Revista |
| 1 | 2434 | Gonzalez Daniel Óscar | Mensual |
| 2 | 2521 | Imbelloni Eduardo Horacio | Mensuaaalal |
| 3 | 2555 | Oviedo Jorge Oscar | Mensual |
| 4 | 2560 | Aguirre Ramón Alcides | Mensual |
| 5 | 2604 | Sotelo Ramon Alcidez | Mensual |
| 6 | 2618 | Conrrado Hector Dario | Mensual |
| 7 | 2699 | Chavez Luis Alberto | Mensual |
| 8 | 2805 | Chaves Jose Luis | Mensual |
| 9 | 2861 | Goy Edgardo Antonio | Mensual |
| 10 | 5005 | Salas José Ramón | Mensual |
| 11 | 5011 | Favre Juan Antonio | Mensual |
| 12 | 5012 | Gonzalez German Adrian | Mensual |
| 13 | 5013 | Oliva Alejandro | Mensual |
| 14 | 5016 | Lugrin Angel Ramón | Mensual |
| 15 | 5017 | Lopez Miguel Angel | Mensual |
| 16 | 5019 | Ayala Juan Ramón | Mensual |
| 17 | 5020 | Ramos Fernando Miguel | Mensual |
| 18 | 5021 | Loggio Daniel Alejandro | Mensual |
| 19 | 5023 | Leyes Miguel Andrés | Mensual |
| 20 | 5025 | Pereyra Jorge Mario | Mensual |
| 21 | 5026 | Zalazar Pedro Rodolfo | Mensual |
| 22 | 5027 | Galeano Emilio Florencio | Mensual |
| 23 | 5029 | Vargas Santiago Martin | Mensual |
| 24 | 5030 | Franco José María | Mensual |
| 25 | 5031 | Vilche Diego Armando | Mensual |
| 26 | 5032 | Dos Santos Carlos Dario | Mensual |
| 27 | 5034 | Martínez Jose María | Mensual |
| 28 | 5035 | Berdun Juan José | Mensual |
| 29 | 5036 | Vilche Juan Eduardo | Mensual |
| 30 | 5038 | Berdun Dionisio Marcos | Mensual |
| 31 | 5052 | Aguirre Omar Rene | Mensual |
| 32 | 5250 | Telis Tadeo | Contratado con Aportes |
ANEXO I
Secretaría de Desarrollo Urbano
Direccion de Obras Viales y Mantenimiento – Division Calles Pavimentadas
| N° | Legajo | Nombre y apellido | Situación de Revista |
| 33 | 5260 | Bordon Christian Gastón | Contratado con Aportes |
| 34 | 5339 | Leguizamo Luciano Darío | Contratado con Aportes |
| 35 | 5361 | Poison Lucas Gabriel | Contratado con Aportes |
| 36 | 5406 | Tarabini Pablo Fernando | Mensual |
| 37 | 5501 | Leguizamo Mauro Dario | Mensual |
| 38 | 5789 | Valenzuela Claudio | Mensual |
| 39 | 5799 | Galarza Eduardo Arturo | Mensual |
| 40 | 5800 | Almirón René Fabián | Mensual |
| 41 | 5801 | Benitez Gustavo Guillermo | Mensual |
| 42 | 5802 | Sotelo Matías Horacio | Mensual |
| 43 | 5803 | Britez Osvaldo Ricardo | Mensual |
| 44 | 5820 | Moreno Alonso Carlos Luis | Mensual |
| 45 | 5821 | Nicolas Sebastián Nahuel | Mensual |
| 46 | 5888 | Imbelloni Enzo Ariel | Mensual |
| 47 | 5889 | Oviedo Nicolás Oscar | Mensual |
| 48 | 5958 | Da Silva Luis Gustavo | Mensual |
| 49 | 5981 | Sanchez Mario Alberto | Mensual |
| 50 | 6092 | Armúa Julio Cesár | Mensual |
| 51 | 6121 | Acosta Federico | Mensual |
| 52 | 6297 | Garcilazo Sebastián Nahuel | Mensual |
| 53 | 6302 | Albornoz Jonathan Nahuel | Mensual |
| 54 | 6371 | Veron Facundo Emanuel | Contratado con Aportes |
| 55 | 6466 | Vargas Enzo Reinaldo | Mensual |
| 56 | 9546 | Preisler Elba | Mensual |
| 57 | 9596 | Sosa Jonathan | Mensual |
| 58 | 9740 | Berdun Gabriel Alejandro | Contratado sin Aportes |
| 59 | 9750 | Britez Elbio Daniel | Contratado sin Aportes |
| 60 | 9783 | Fleita Luciano Nahuel | Contratado sin Aportes |
| 61 | 9801 | Goy Lucas Elian | Contratado sin Aportes |
| 62 | 9849 | Riffel Isaac Emanuel | Contratado sin Aportes |
| 63 | 9922 | Gimenez Iván | Contratado sin Aportes |
| 64 | 9959 | Galeano Fernando Iván | Contratado sin Aportes |
| 65 | 9960 | Oviedo Francisco E. | Contratado sin Aportes |
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Arq. FERNANDO S. ESQUIBEL
Secretario de Obras Públicas.
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DECRETO Nº 017/2.026.
Concordia, 08 de Enero de 2.026.
VISTO, el contenido del Expediente Compra Digital N° 1115, del Año 2.025, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto N° 1.223/2.025, de fecha 28 de Octubre de 2.025, se aprueba la documentación para efectuar el Primer Llamado a Licitación Pública Nº 27/2.025, para la “PROVISIÓN DE MATERIALES Y MANO DE OBRA PARA RECONSTRUCCIÓN DE LOS TABLEROS DE POTENCIA PARA CUATRO BOMBAS DE 75 HP”.
Que a través del Decreto N° 1.295/2.025, de fecha 19 de Noviembre de 2.025, se desestima el Primer Llamado de la Licitación Pública Nº 27/2.025, para la “PROVISIÓN DE MATERIALES Y MANO DE OBRA PARA RECONSTRUCCIÓN DE LOS TABLEROS DE POTENCIA PARA CUATRO BOMBAS DE 75 HP”; y en consecuencia, se aprueba la documentación para efectuar el Segundo Llamado de la presente Licitación.
Que constan actuaciones referidas a las notificaciones, publicaciones y entrega de Pliegos efectuada por la Dirección de Compras y Suministros de la Licitación antes mencionada.
Que obra Acta de Apertura de fecha 04 de Diciembre de 2.025, informando que en el acto de apertura se presentan tres (3) ofertas correspondientes a:
- ELECTROTECH S.R.L.: cotizando lo solicitado a un importe total de PESOS CIENTO VEINTICINCO MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA MIL CON 00/100 ($ 125.940.000,00).
- JORGE FABRICIO ALTAMIRANO: cotizando lo solicitado a un importe total de PESOS CIENTO OCHO MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE CON 33/100 ($ 108.299.997,33).
- COCCO CONSTRUCCIONES S.R.L.: cotizando lo solicitado a un importe total de PESOS CIENTO DIECINUEVE MILLONES QUINIENTOS MIL CON 00/100 ($ 119.500.000,00).
Que obra Dictamen de la Comisión Evaluadora, de fecha 09 de Diciembre de 2.025, manifestando que analizadas las ofertas en su aspecto formal, se verifica que:
- ELECTROTECH S.R.L.: no cumple con la presentación de la siguiente documentación solicitada en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares:
- Documentos PDF con características técnicas, aclaraciones, folletos, catálogos, etc.
- Plan de Trabajo.
- Análisis de Precios.
- JORGE FABRICIO ALTAMIRANO: no cumple con la presentación de la siguiente documentación solicitada en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares:
- Declaración jurada de antecedentes del proponente en licitaciones de naturaleza similar, si existieran.
- COCCO CONSTRUCCIONES S.R.L.: no cumple con la presentación de la siguiente documentación solicitada en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares:
- Plan de Trabajo.
- Análisis de Precios.
Que por lo expuesto, la Comisión Evaluadora decide intimar a las firmas proveedoras a la presentación de la documentación faltante en el plazo establecido por la normativa vigente.
Que obra nuevo Dictamen de la Comisión Evaluadora, de fecha 22 de Diciembre de 2.025, donde manifiesta que a la fecha se advierte que las firmas oferentes, ELECTROTECH S.R.L., JORGE FABRICIO ALTAMIRANO y COCCO CONSTRUCCIONES S.R.L., cumplen con lo solicitado mediante dictamen de fecha 09 de Diciembre de 2.025.
Que analizadas las ofertas, en su aspecto económico se observa que:
Que el área solicitante realiza la evaluación de lo cotizado y emite informe correspondiente en el GESCOM.
Qué además, la Dirección de Ingeniería presenta la correspondiente justificación técnica.
Que por lo expuesto, la Comisión Evaluadora aconseja se adjudique a la firma ELECTROTECH S.R.L. por un importe total de PESOS CIENTO VEINTICINCO MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA MIL CON 00/100 ($ 125.940.000,00), de acuerdo al Anexo que forma parte del presente Decreto.
Que en cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 118° inciso a) de la Ordenanza N° 34.698, se consultó en el SIPAM y se constata que el oferente no posee deuda exigible en la Tasa Comercial.
Que la Dirección de Presupuesto ha efectuado la Imputación Preventiva correspondiente y la Subsecretaría de Hacienda y Modernización, tomó la intervención de su competencia autorizando el gasto.
Que por las razones invocadas, es decisión de este Departamento Ejecutivo adjudicar la totalidad de la Licitación Pública Nº 27/2.025, para la “PROVISIÓN DE MATERIALES Y MANO DE OBRA PARA RECONSTRUCCIÓN DE LOS TABLEROS DE POTENCIA PARA CUATRO BOMBAS DE 75 HP” – 2° LLAMADO, conforme a lo descripto en el Anexo adjunto, el cual forma parte del presente Decreto, a la firma ELECTROTECH S.R.L. por ser la oferta más conveniente, por un importe total de PESOS CIENTO VEINTICINCO MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA MIL CON 00/100 ($ 125.940.000,00), en virtud de lo expresado en los considerandos precedentes.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107º, incisos ñ), q) y u), de la Ley N° 10.027 y su modificatoria Ley N° 10.082 – Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Apruébese el procedimiento licitatorio obrante en el Expediente Compra Digital N° 1115 del año 2.025, correspondiente a la Licitación Pública Nº 27/2.025, para la “PROVISIÓN DE MATERIALES Y MANO DE OBRA PARA RECONSTRUCCIÓN DE LOS TABLEROS DE POTENCIA PARA CUATRO BOMBAS DE 75 HP” – 2° LLAMADO, dispuesto mediante Decreto N° 1.223/2.025, de fecha 28 de Octubre de 2.025 y Decreto Nº 1.295/2.025, de fecha 19 de Noviembre de 2.025.
ARTICULO 2º.- Adjudíquese a la firma ELECTROTECH S.R.L., la totalidad de la Licitación Pública Nº 27/2.025, para la “PROVISIÓN DE MATERIALES Y MANO DE OBRA PARA RECONSTRUCCIÓN DE LOS TABLEROS DE POTENCIA PARA CUATRO BOMBAS DE 75 HP” – 2° LLAMADO, por ser la oferta más conveniente, por un importe total de PESOS CIENTO VEINTICINCO MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA MIL CON 00/100 ($ 125.940.000,00), conforme al Anexo que forma parte del presente Decreto; y en virtud de lo considerado precedentemente.
ARTICULO 3º.- Impútese el presente gasto en las Partidas Presupuestarias:
Nº 3.7.90.02.05.08.61.18 O. P. (CONVENIO CTM – ZONA NOROESTE) $ 24.205.000,00.
Nº 3.7.90.02.05.08.61.05 O.P. (FONDO DE OBRA PÚBLICA) $ 101.735.000,00.
ARTICULO 4º.- Dispónese que a través de la Dirección de Compras y Suministros se realicen las gestiones tendientes para el cumplimiento de la presente disposición.
ARTICULO 5º.- Dispónese que a través de la Dirección de Compras y Suministros se notifique a la firma ELECTROTECH S.R.L., que resultó adjudicataria, del contenido del presente acto administrativo y a los demás oferentes; y proceda oportunamente a realizar los trámites correspondientes a la presente adjudicación.
ARTICULO 6º.- Gírese a conocimiento de la Dirección de Ingeniería, dependiente de la Secretaría de Obras Públicas.
ARTICULO 7º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Secretaría de Gobierno; y oportunamente, archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Arq. FERNANDO S. ESQUIBEL
Secretario de Obras Públicas.
ANEXO
PLANILLA NOMECLADORA
| Ítem | Descripción | Cant. | P. Unitario | P. Total |
| 1 | Provisión, montaje y conexión de tableros de potencia para cuatro (4) bombas de 75 HP | 1 | $ 111.470.000,00 | $ 111.470.000,00 |
| 2 | Iluminación y ventilación de la estación de bombeo | 1 | $ 9.630.000,00 | $ 9.630.000,00 |
| 3 | Materiales para el sistema de alarma y cámaras | 1 | $ 4.840.000,00 | $ 4.840.000,00 |
| TOTAL | $ 125.940.000,00 | |||
| Detalles de los ítems conforme a especificaciones técnicas obrantes en los Pliegos correspondientes. | ||||
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Arq. FERNANDO S. ESQUIBEL
Secretario de Obras Públicas.
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DECRETO Nº 019/2.026.
Concordia, 09 de Enero de 2.026.
VISTO, las actuaciones obrantes en Expediente Interno N°7 Letra “N”/2025 y;
CONSIDERANDO:
Que a fojas 1, el Agente Mensual HECTOR ANTONIO NAVARRO, Legajo N°3018, D.N.I. Nº12.781.975, presenta la renuncia al cargo a partir del 1º de Enero de 2026, para acogerse a los beneficios de la Jubilación, otorgada por la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos.
Que a fojas 2 y 2 vuelta, obra copia de la Resolución Nº006229, de fecha 20/10/2025, de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos, otorgando el beneficio de la Jubilación por Edad Avanzada, al Agente HECTOR ANTONIO NAVARRO.
Que a fojas 4, la Dirección de Liquidación de Haberes comunica que el mencionado Agente, no tiene embargo activo ni en espera.
Que a fojas 5, la Encargada de Control de Deudas de Créditos Especiales comunica que el agente en cuestión, no registra, a la fecha, deudas en concepto de Créditos Especiales (adelanto de sueldo).
Que a fojas 6, la Dirección de Recursos Humanos informa que el Agente HECTOR ANTONIO NAVARRO, Legajo N°3018, D.N.I. Nº12.781.975, presta servicios en este Municipio desde el 01 de Junio de 1999. Revista como personal mensual en la categoría 23º del Escalafón Municipal. Dependiente de la Secretaría de Servicios Públicos, Dirección de Talleres y Depósitos. Dicho agente tendría pendiente, 30 (treinta) días de la licencia del año 2023, 30 (treinta) días de la licencia del año 2024 y 30 (treinta) días de la licencia del año 2025. Además comunica que:
“-El Artículo 77° Bis de la Ordenanza N°11.275/49, establece: “En caso de jubilación, los empleados que acrediten el efectivo otorgamiento de la misma, dentro de un plazo de 90 (noventa) días de concedida, tendrán derecho a un subsidio equivalente a tres sueldos básicos correspondientes a la categoría 20°.”
Que a fojas 7, mediante Dictamen Nº2176/25 de fecha 17/12/2025, la Dirección de Asuntos Jurídicos comunica: “… esta Dirección de Asuntos Jurídicos no tiene objeción legal que formular a lo aceptación de la renuncia a partir del 01/01/2026.
Asimismo entiende que corresponde hacer lugar al pago de las licencias pendientes; 30 (treinta) días de licencia del año 2023, 30 (treinta) días de licencia del año 2024, 30 (treinta) días de licencia del año 2025, y el subsidio por jubilación establecido por el art. 77°Bis de la Ordenanza 11275/49 correspondiente a 3 (tres) sueldos básicos de la categoría 20.-”.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Articulo 107° de la Ley N° 10.027/11 y su modificatoria Ley N°10.082 - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos. Según T.O. Decreto N°4706/12 del Poder Ejecutivo Provincial.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Acéptese a partir del 1º de Enero de 2026, la renuncia presentada por el Agente Mensual HECTOR ANTONIO NAVARRO, Legajo N°3018, D.N.I. Nº12.781.975, para acogerse a los beneficios de la Jubilación por Edad Avanzada, otorgada por la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos.
ARTICULO 2º.- Dispónese el pago de 30 (treinta) días de la licencia del año 2023, 30 (treinta) días de la licencia del año 2024, 30 (treinta) días de la licencia del año 2025 y el subsidio por jubilación establecido en el Artículo 77º Bis de la Ordenanza Nº11.275/49, correspondiente a tres sueldos básicos de la categoría 20º, a favor del Agente 30 (treinta) días de la licencia del año 2023.
ARTICULO 3º.- Notifíquese, tome nota la Dirección de Recursos Humanos, luego pase a la Dirección de Liquidación de Haberes, a sus efectos.
ARTICULO 4º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y, oportunamente, archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA
Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda
Arq. ALEJANDRO E. LOPEZ
Secretario de Servicios Públicos.
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EDICTO
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica al Sr. GUTIERREZ GUSTAVO ALEJANDRO, D.N.I. Nº 18.490.339, LEGAJO 2733, que en los autos caratulados: REF: EXPEDIENTE Nº 1360350, ELEV. RECURSO DE REVOCATORIA DEL ACTA DE JUNTA MEDICA se ha dispuesto la presente notificación tendiente a hacerle saber que mediante Resolución Nº 8461/2025 de fecha 11 de Diciembre del año 2025 se ha dispuesto lo siguiente: ARTICULO 1º.- Rechazando en todos sus términos el Recurso de Revocatoria planteado por el agente Gutierrez Gustavo Alejandro, Legajo Nº 2.733, D.N.I. Nº 18.490.339, conforme lo expresado en los considerandos precedentes y las actuaciones obrantes en el Expediente Administrativo Nº 1360350. ARTICULO 2º.- Remítase el presente a la Oficina de Notificaciones Masivas de esta Municipalidad a los fines de la notificación de lo aquí dispuesto al interesado y en el domicilio de calle Espino Nº 84, Concordia, E. Ríos haciendo entrega de una copia del presente, oportunamente archívese.-
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO.-
Concordia, 20 de Enero de 2.026.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Arq. ALEJANDRO E. LOPEZ
Secretario de Servicios Públicos.
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La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica al Sr. GUTIERREZ GUSTAVO ALEJANDRO, D.N.I. Nº 18.490.339, LEGAJO 2733, que en los autos caratulados: REF: EXPEDIENTE Nº 1360350, ELEV. RECURSO DE REVOCATORIA DEL ACTA DE JUNTA MEDICA se ha dispuesto la presente notificación tendiente a hacerle saber que mediante Resolución Nº 8461/2025 de fecha 11 de Diciembre del año 2025 se ha dispuesto lo siguiente: ARTICULO 1º.- Rechazando en todos sus términos el Recurso de Revocatoria planteado por el agente Gutierrez Gustavo Alejandro, Legajo Nº 2.733, D.N.I. Nº 18.490.339, conforme lo expresado en los considerandos precedentes y las actuaciones obrantes en el Expediente Administrativo Nº 1360350. ARTICULO 2º.- Remítase el presente a la Oficina de Notificaciones Masivas de esta Municipalidad a los fines de la notificación de lo aquí dispuesto al interesado y en el domicilio de calle Espino Nº 84, Concordia, E. Ríos haciendo entrega de una copia del presente, oportunamente archívese.-
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO.-
Concordia, 20 de Enero de 2.026.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Arq. ALEJANDRO E. LOPEZ
Secretario de Servicios Públicos.
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EDICTO.-
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica a la Sra. GUARDIA MAYDA CRISTINA, D.N.I. N° 33.068.882, LEGAJO 6439, que en los autos caratulados: REF.: EXPEDIENTE N°1280 "D" 2025, INASISTENCIA DEL AGTE. GUARDIA MAYDA CRISTINA, LEG. N°6439 se ha dispuesto la presente notificación tendiente a hacerle saber que mediante Resolución N° 039/2026 de fecha 07 de Enero del año 2026 se ha dispuesto lo siguiente: ARTICULO 1°.- Disponer la aplicación de una sanción disciplinaria consistente en (30) días de suspensión sin goce de haberes, a la Agente Mensual Guardia Mayda Cristina, Legajo N°6439, con prestación de servicios en la Dirección de Prevención y Seguridad Municipal dependiente de la Secretaria de Gobierno, ha incurrido en faltas sucesivas a la prestación de servicio, por encontrarse su conducta incursa en el artículo 16° inciso a) ... d) y Art. 39 c) de la Ordenanza de Escalafón.-. ARTICULO 2º.- Remitir las presentes actuaciones a la Dirección de Recursos Humanos a fin de fijar fecha de cumplimiento de la sanción establecida en el artículo que antecede y proceder a dejar asentado lo dispuesto en el legajo personal del agente Guardia Mayda Cristina, Legajo N° 6439.- ARTICULO 3º.- Notificar, a la Agente Guardia Mayda Cristina, Legajo N° 6439, tome nota la Dirección de Prevención y Seguridad Municipal — Secretaria de Gobierno, luego vuelva a la Dirección de Recursos Humanos a fin de ser reservado en su legajo personal.-
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO.-
Concordia, 20 de Enero de 2.026.
Dr. LUCIANO DELL`OLIO
Secretario de Gobierno
a/c Presidencia Municipal
Arq. ALEJANDRO E. LOPEZ
Secretario de Servicios Públicos.
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica a la Sra. GUARDIA MAYDA CRISTINA, D.N.I. N° 33.068.882, LEGAJO 6439, que en los autos caratulados: REF.: EXPEDIENTE N°1280 "D" 2025, INASISTENCIA DEL AGTE. GUARDIA MAYDA CRISTINA, LEG. N°6439 se ha dispuesto la presente notificación tendiente a hacerle saber que mediante Resolución N° 039/2026 de fecha 07 de Enero del año 2026 se ha dispuesto lo siguiente: ARTICULO 1°.- Disponer la aplicación de una sanción disciplinaria consistente en (30) días de suspensión sin goce de haberes, a la Agente Mensual Guardia Mayda Cristina, Legajo N°6439, con prestación de servicios en la Dirección de Prevención y Seguridad Municipal dependiente de la Secretaria de Gobierno, ha incurrido en faltas sucesivas a la prestación de servicio, por encontrarse su conducta incursa en el artículo 16° inciso a) ... d) y Art. 39 c) de la Ordenanza de Escalafón.-. ARTICULO 2º.- Remitir las presentes actuaciones a la Dirección de Recursos Humanos a fin de fijar fecha de cumplimiento de la sanción establecida en el artículo que antecede y proceder a dejar asentado lo dispuesto en el legajo personal del agente Guardia Mayda Cristina, Legajo N° 6439.- ARTICULO 3º.- Notificar, a la Agente Guardia Mayda Cristina, Legajo N° 6439, tome nota la Dirección de Prevención y Seguridad Municipal — Secretaria de Gobierno, luego vuelva a la Dirección de Recursos Humanos a fin de ser reservado en su legajo personal.-
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO.-
Concordia, 20 de Enero de 2.026.
Dr. LUCIANO DELL`OLIO
Secretario de Gobierno
a/c Presidencia Municipal
Arq. ALEJANDRO E. LOPEZ
Secretario de Servicios Públicos.
