DecretoPublished: December 18, 2025

Decreto N° 1307/2025

COLLABORATION AND ASSISTANCE AGREEMENT BETWEEN THE MUNICIPALITY OF Concordia AND THE PENITENTIARY SERVICE OF THE PROVINCE OF Entre Ríos

ARTICULO 1°.- Ratifíquese en todos sus términos el Convenio suscripto entre la Municipalidad de Concordia, con domicilio en calle Mitre N° 76 de la ciudad de Concordia, representada por su Presidente Municipal, Dr. FRANCISCO AZCUÉ, por una parte y por la otra la Unidad Penal N° 3, representada por Prefecto Jorge Damián Vera, en su carácter de Director, DNI N° 28.360.138. Que consta de diez Clausulas y que como anexo forma parte integrante del presente Decreto.

ARTICULO 2°.- Comuníquese, regístrese y archívese.

Dr. FRANCISCO AZCUE Presidente Municipal Dr. LUCIANO DELL`OLIO Secretario de Gobierno.

CONVENIO DE COLABORACIÓN Y ASISTENCIA ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE CONCORDIA Y EL SERVICIO PENITENCIARIO DE LA PROVINCIA DE ENTRE RÍOS

Entre la MUNICIPALIDAD DE CONCORDIA, representada en este acto por su Presidente, Dr. Francisco Azcué, asistido por el Secretario de Gobierno, Dr. Luciano Dell'Olio, con domicilio en calle Mitre N° 76 de la ciudad de Concordia, Entre Ríos, por una parte; y la UNIDAD PENAL N° 3 "Teniente Coronel José Boglich" de Concordia, representada en este acto por su Director, Prefecto Jorge Damián Vera, D.N.I. N° 28.360.138, con domicilio en calle Rivadavia N° 1581 de la ciudad de Concordia, Entre Ríos, por la otra; convienen en celebrar el presente Convenio de Colaboración y Asistencia, conforme a las cláusulas que a continuación se detallan:----

PRIMERA: OBJETO El SERVICIO PENITENCIARIO, a través de internos colaboradores voluntarios designados y del personal que considere competente, asistirá a la MUNICIPALIDAD DE CONCORDIA en el desarrollo de diferentes tipos de tareas, proporcionando la mano de obra y el apoyo logístico necesario. Las actividades se determinarán según las necesidades de la Municipalidad y tendrán por finalidad el aprendizaje, la expansión y la distracción de los internos, constituyendo una actividad formativa y de reinserción social, conforme a la Ley Nacional N° 24.660 y normas concordantes.----

SEGUNDA: PLAZO, VIGENCIA Y RENOVACIÓN El presente Convenio tendrá vigencia de Tres meses a partir de la fecha en que se firme el mismo, Las actividades se desarrollarán de lunes a viernes, en el horario de 7:00 a 12:00 horas, pudiendo renovarse por acuerdo expreso de las partes.

TERCERA: DESIGNACÍÓN DE INTERNOS COLABORADORES VOLUNTARIOS El SERVICIO PENITENCIARIO afectará a un total de cinco (5) internos colaboradores voluntarios, seleccionados de una nómina de diez (10), de los cuales cinco (5) serán titulares y cinco (5) suplentes. Los internos deberán contar con autorización judicial expresa conforme lo establecido en la Ley N° 24.660, a fin de desempeñar tareas de colaboración voluntaria a favor de la Municipalidad. La modalidad de selección y afectación se realizará según la normativa vigente en materia de ejecución y progresividad de la pena.---------

CUARTA: DESIGNACIÓN DE AGENTES PENITENCIARIOS El SERVICIO PENITENCIARIO designará un (1) agente penitenciario por cada cinco (5) internos afectados, quien será responsable de la custodia, control y supervisión durante el traslado, ejecución de tareas y retorno a la Unidad Penal. La MUNICIPALIDAD DE CONCORDIA organizará las cuadrillas de trabajo bajo la supervisión del funcionario o empleado municipal designado por el Secretario de Gobierno, quien controlará el cumplimiento de las tareas asignadas. Asimismo, la Municipalidad contratará un seguro de riesgos personales para cada interno participante durante la vigencia del presente Convenio. La Unidad Penal N° 3 deberá remitir la información necesaria para mantener actualizada la nómina cubierta por dicho seguro.

QUINTA: MOVILIDAD, HERRAMIENTAS Y REINTEGRO DE GASTOS El traslado de los internos será realizado por los agentes penitenciarios designados, utilizando un vehículo dispuesto por el SERVICIO PENITENCIARIO. La MUNICIPALIDAD DE CONCORDIA aportará los elementos, herramientas y materiales necesarios para el desarrollo de las tareas encomendadas. El personal de custodia será responsable del uso y cuidado de dichos bienes, debiendo informar cualquier irregularidad a la Secretaría de Gobierno. Cuando la UNIDAD PENAL N° 3 utilice vehículos o recursos propios, podrá facturar los gastos incurridos a efectos de su reintegro por parte de la Municipalidad, siguiendo el mismo procedimiento para otros gastos estrictamente necesarios y debidamente acreditados.

SEXTA: GRATIFICACIONES A INTERNOS Y AGENTES PENITENCIARIOS La MUNICIPALIDAD DE CONCORDIA otorgará a la UNIDAD PENAL N° 3, en forma mensual y por todos los internos afectados, una gratificación total de PESOS UN MILLÓN ($1.000.000,00).

SÉPTIMA: FORMA Y PLAZO DE PAGO El SERVICIO PENITENCIARIO emitirá mensualmente una factura entre los días 1 y 5 de cada mes, indicando los montos correspondientes a la gratificación y los reintegros de gastos. La MUNICIPALIDAD DE CONCORDIA abonará las sumas correspondientes dentro de un plazo máximo de treinta (30) días hábiles desde la recepción de la factura, mediante transferencia bancaria a la cuenta de titularidad de la UNIDAD PENAL N°3 — CBU N°3860137201000070832786.

OCTAVA: EJECUCIÓN DEL CONVENIO Y ASIGNACIÓN DE TAREAS El Secretario de Gobierno de la Municipalidad de Concordia será el responsable de coordinar las tareas y actividades a realizar, debiendo comunicar por escrito las instrucciones con la anticipación suficiente para la organización de las cuadrillas.

NOVENA: DISOLUCIÓN DEL CONVENIO Cualquiera de las partes podrá rescindir unilateralmente el presente Convenio, notificando fehacientemente a la otra con una antelación mínima de treinta (30) días corridos, sin perjuicio de concluir las tareas en curso y cumplir con los pagos comprometidos.

DÉCIMA: JURISDICCIÓN Para toda controversia judicial o extrajudicial derivada del presente Convenio, las partes se someten a la jurisdicción de la Cámara en lo Contencioso Administrativo de la Provincia de Entre Ríos, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción. A tales efectos, constituyen domicilio legal en los indicados en el encabezamiento, donde serán válidas todas las notificaciones hasta tanto no se comunique fehacientemente su cambio. En prueba de conformidad, se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de Concordia, Provincia de Entre Ríos, a los 11 días del mes de noviembre de 2025.

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