DecretoPublished: October 20, 2026

Decreto N° 931/2026

Public Tender No. 60/2026, for the “PROVISION OF MATERIALS AND LABOR FOR THE PAVING OF VARIOUS ARTERIES OF THE CITY OF Concordia – FOURTH STAGE”

ARTÍCULO 1º.- Apruébese la documentación y dispónese se efectúe el Primer Llamado de la Licitación Pública Nº 60/2.026, para la “PROVISIÓN DE MATERIALES Y MANO DE OBRA PARA LA PAVIMENTACIÓN DE DISTINTAS ARTERIAS DE LA CIUDAD DE CONCORDIA – CUARTA ETAPA”, conforme el Anexo que forma parte del presente Decreto, cuyos antecedentes obran en la Solicitud de Compra Nº 5144, Expediente Digital Nº 3995 del Año 2.026.

ARTÍCULO 2º.- Apruébese el Presupuesto Oficial de PESOS DOS MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y TRES MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA MIL QUINCE CON 52/100 ($ 2.443.750.015,52).

ARTÍCULO 3º.- Impútese el presente gasto en la Partida Presupuestaria: Nº 3.7.90.02.05.08.61.01 O. P. (Obras Varias e Imprevistas) $ 1.443.750.015,52.

ARTÍCULO 4º.- Dispónese que el saldo restante se deberá imputar en el Ejercicio Económico 2.027.

ARTÍCULO 5º.- Dispónese que la Dirección de Compras y Suministros efectúe el Llamado de la presente Licitación y fije la fecha de apertura de las propuestas, dado lo establecido en el Artículo 25º de la Ordenanza Nº 34.698/11 de Contrataciones del Estado Municipal y los considerandos precedentes.

ARTÍCULO 6º.- Dispónese que la Dirección de Compras y Suministros realice las publicaciones de ley correspondientes para la presente licitación.

ARTÍCULO 7º.- Confórmese la Comisión Evaluadora de acuerdo con lo dispuesto en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares aprobado precedentemente.

ARTÍCULO 8º.- Dispónese que, en el caso de que el Primer Llamado de la Licitación Pública Nº 60/2.026 resultare desierto, se realice el Segundo Llamado de la presente Licitación, y en consecuencia, se efectúen las gestiones tendientes, conforme a lo establecido en el presente Decreto.

ARTÍCULO 9°.- Gírese a conocimiento de la Dirección de Ingeniería y de la Subsecretaría de Obras Públicas, ambas dependientes de la Secretaría de Obras Públicas; luego, pase a la Dirección de Compras y Suministros a los efectos dispuestos.

ARTÍCULO 10°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y dese a la Secretaría de Gobierno; y, oportunamente, archívese.

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