Original bulletin
- Anexo Ordenanza 38746 Presupuesto Ente Descentralizado Obras Sanitarias 2026.pdf2,6 MB
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SUMARIO
La siguiente Ordenanza, Resoluciones y Resolución Edos, conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
Ordenanza: 38.746.- Resoluciones: 38.741, 38.742, 38.743, 38.744 y 38.745.- Resolución Edos: 1.501/2.025
La siguiente Ordenanza, Resoluciones y Resolución Edos, conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
Ordenanza: 38.746.- Resoluciones: 38.741, 38.742, 38.743, 38.744 y 38.745.- Resolución Edos: 1.501/2.025
Concordia, 13 de Noviembre de 2025.
Expte. Nº 28.861 –OO
ORDENANZA PRESUPUESTO DE GASTOS Y CÁLCULO DE RECURSOS DEL ENTE
DESCENTRALIZADO DE OBRAS SANITARIAS. EJERCICIO 2026.-
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º.- Apruébese el Presupuesto General del Ente Descentralizado de Obras Sanitarias para el Ejercicio 2026, conforme se dispone en los siguientes artículos.
ARTÍCULO 2º.- Fíjase en la suma de PESOS TRECE MIL CIEN MILLONES ($13.100.000.000.-) el Presupuesto de Gastos del Ente Descentralizado de Obras Sanitarias para el Ejercicio 2026, con destino a las finalidades que se indican en los Cuadros Anexos que pasan a formar parte de la presente Ordenanza.
ARTÍCULO 3º.- Estímase en la suma de PESOS TRECE MIL CIEN MILLONES ($ 13.100.000.000.-) el Cálculo de Recursos del Ente Descentralizado de Obras Sanitarias, destinado a atender los gastos fijados por el artículo 2º de la presente Ordenanza, de acuerdo al detalle que figura en los Cuadros Anexos que pasan a formar parte de la presente Ordenanza.
ARTÍCULO 4º.- Dispónese que el resultado financiero estimado, como consecuencia de lo establecido en los Artículos 2º y 3º de la presente Ordenanza, en la suma de PESOS CUATRO MIL OCHOCIENTOS MILLONES ($ 4.800.000.000.-) será atendido con Financiamiento, de acuerdo con el resumen que se indica a continuación, y el detalle que figura en el Cuadro I del anexo citado ut supra.
Recursos Corrientes $ 8.300.000.000.-
Financiamiento $ 4.800.000.000.-
ARTÍCULO 5º.- Facúltase al Ente Descentralizado de Obras Sanitarias a ampliar el Presupuesto de Gastos y el Cálculo de Recursos que conforman la ordenanza, por nuevos y mayores ingresos con afectación específica, incluidas los originados por Leyes, Ordenanzas, Decretos y Convenios con terceros, en el marco de legislaciones especiales, debiendo comunicar tal decisión al Concejo Deliberante.
ARTÍCULO 6º.- Facúltase al Ente Descentralizado de Obras Sanitarias a ampliar el Presupuesto de Gastos y el Cálculo de Recursos que conforman esta ordenanza, incorporando los saldos afectados al inicio del ejercicio.
ARTÍCULO 7º.- Autorizase al Ente Descentralizado de Obras Sanitarias a realizar transferencias de Partidas de Personal en casos excepcionales y cuando se considere necesario, a fines de poder registrar la imputación de sueldos cuando aquellas partidas tengan saldos insuficientes y siempre con créditos de otras partidas de personal e informando inmediatamente al Concejo Deliberante.
ARTÍCULO 8º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES “FEDERICO ZORRAQUÍN”, 13 de Noviembre de 2025.
LIC. MAGDALENA RETA DE URQUIZA
Presidente
DRA. VERÓNICA NATALIA DELGADO
Secretaria
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 17 de noviembre de 2025
ORDENANZA 38.746
Téngase por Ordenanza Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Cr. JAVIER DEL CERRO
Interventor Edos.
----------Concordia, 13 de Noviembre de 2025.
Nº 10.326
VISTO:
El “XIII Encuentro Latinoamericano de Poetas Y Narradores” en el marco de los 20 años de trayectoria cultural a realizarse los días 14, 15 y 16 de Noviembre en el Salón del Museo Provincial de la imagen sito en calle Buenos Aires N°179, y;
CONSIDERANDO:
Que en el marco de tan significativa conmemoración, se llevará a cabo los días 14, 15 y 16 de Noviembre de 2025, el “XIII Encuentro Latinoamericano de Poetas y Narradores”, bajo el lema “Por una cultura al alcance de todos”;
Que dicho encuentro contará con la participación de poetas, narradores, escritores y artistas de distintos puntos del país y del extranjero, promoviendo el intercambio literario, la integración regional y la valoración de las expresiones artísticas latinoamericanas;
Que el evento representará un valioso aporte a la difusión de la literatura y la cultura popular, fortaleciendo los lazos entre creadores y la comunidad, constituyéndose en un hecho de relevancia social, educativa y cultural para la ciudad de Concordia;
Que contará con el siguiente cronograma.
• Viernes 14:
Acreditación 8.30 hs.
Acto de apertura 9.30 hs.
• Actividades: viernes 14 y sábado 15
Rondas de lectura, poesía y narrativa.
Ponencias.
Presentaciones de libros publicados desde el año 2023 hasta la fecha.
Mesa para exposición y venta de libros a cargo de los autores.
• Domingo 16:
9.30 hs. paseo turístico por nuestra ciudad.
Despedida con brindis de honor.
Por ello:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN
ARTÍCULO 1°.- Declárese de Interés Municipal, Cultural y Educativo el “XIII Encuentro Latinoamericano de Poetas Y Narradores” a realizarse los días 14, 15 y 16 de Noviembre en el Salón del Museo Provincial de la Imagen sito en calle Buenos Aires N°179.
ARTÍCULO 2°.- Entréguese copia de la presente resolución al Centro Cultural “Arreando estrellas”.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES “FEDERICO ZORRAQUÍN”, 13 de Noviembre de 2025.
Lic. MAGDALENA RETA DE URQUIZA
Presidente
Dra. VERONICA NATALIA DELGADO
Secretaria.
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 14 de Noviembre de 2.025.
RESOLUCION Nº 38.741.
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Ing. SEBASTIAN ARISTIDE
Secretario de Desarrollo Humano.
----------Concordia, 13 de Noviembre de 2025.
Nº 10.327
VISTO:
La Marcha del Orgullo LGBTIQNB+ que constituye la manifestación pública más importante de la comunidad de lesbianas, gays, bisexuales, trans, intersex, queer y otras identidades y expresiones de género de la Ciudad de Concordia, reuniendo cada año a cientos de personas en un espacio de expresión, celebración y reivindicación de derechos, y;
CONSIDERANDO:
Que la Comisión Organizadora de la Marcha del Orgullo de Concordia (C.O.M.O.C.) es la entidad encargada de coordinar las actividades en el marco de esta celebración, siendo referente local de la Federación Argentina de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Trans (F.A.L.G.B.T.) y parte de la Línea Histórica de la organización nacional;
Que la 5ª Marcha del Orgullo LGBTIQNB+ se realizará el día 15 de noviembre de 2025, partiendo desde la Plaza 25 de Mayo hasta el Anfiteatro de la Costanera, donde tendrá lugar el acto central y el Festival del Orgullo;
Que en el marco de esta conmemoración, se desarrollará la “Semana del Orgullo de la Ciudad de Concordia”, del 9 al 15 de noviembre de 2025, con actividades culturales, deportivas y de sensibilización que promueven la inclusión, la igualdad y el respeto a la diversidad;
Que la Marcha del Orgullo representa un acto cultural, político y social de gran relevancia para la ciudad, promoviendo la visibilidad del colectivo LGBTIQNB+, el fortalecimiento de los lazos comunitarios y el reconocimiento del valor de la diversidad como pilar de una sociedad democrática y justa;
Que por todo lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 10.027 modificada por la Ley N° 10.082 y la Ordenanza N° 35.649.
Por ello:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN
ARTÍCULO 1°.- Declárese de Interés Cultural la 5ª Marcha del Orgullo de la Ciudad de Concordia, que se llevará a cabo el 15 de noviembre de 2025, partiendo desde la Plaza 25 de Mayo hasta el Anfiteatro de la Costanera.
ARTÍCULO 2°.- Declárese de Interés la Semana del Orgullo de la Ciudad de Concordia, que se desarrollará del 9 al 15 de noviembre de 2025.
ARTÍCULO 3º.- Reconózcase como antecedente histórico el trabajo y los esfuerzos realizados por las distintas organizaciones y personas que han contribuido, a lo largo de los años, a la consolidación de esta manifestación en nuestra ciudad.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES “FEDERICO ZORRAQUÍN”, 13 de Noviembre de 2025.
Lic. MAGDALENA RETA DE URQUIZA
Presidente
Dra. VERONICA NATALIA DELGADO
Secretaria.
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 14 de Noviembre de 2.025.
RESOLUCION Nº 38.742.
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Ing. SEBASTIAN ARISTIDE
Secretario de Desarrollo Humano.
----------Concordia, 13 de Noviembre de 2025
Nº 10.328
VISTO:
La nota presentada por La Rectoría de la E.E.T. Nº2 “Independencia” solicitando la declaración de interés municipal cultural educativo de la 6ta edición del Desfile “Tecni Moda”, que se llevará a cabo el día 14 de Noviembre de 2025 en instalaciones de dicha institución, y;
CONSIDERANDO:
Que la Escuela de Educación Técnica Nº2 Independencia es una institución que cuenta con una rica historia de compromiso para el desarrollo y promoción de jóvenes y adultos, ofreciendo en la actualidad tres especialidades técnicas, como son Administración de Empresas, Computación y Gastronomía a demás de ocho trayectos formativos reconocidos por el Consejo General de Educación, entre ellos: Confeccionista a medida;
Que el desfile “Tecni Moda” tiene como objetivo, mostrar diseños confeccionados por los participantes de los Trayectos Formativos Confección a medida: Modista, Tejedor en Telar y bijouterie de Vitrofusion. A su vez, los Trayectos de Productor de Objetos Decorativos e Imprenta se ocupan de la ornamentación y cartelería -flyers, banners, invitaciones, etc.-. Además los Trayectos Formativos del Área de Gastronomía: Panadería y Pastelería, diseñan y elaboran el menú a servirse durante el evento;
Que el mismo contará con la participación del Nivel Secundario, los futuros Técnicos en Administración de Empresas, quienes serán los encargados de la logística del evento, como atención de cantina, ventas y registro; así mismo los estudiantes de Computación serán los encargados de la filmación mediante drones y la difusión del evento a través de la pagina Web;
Que los estudiantes de Gastronomía y de los Trayectos Formativos Gastronómicos serán los encargados del menú, asistiendo a los grupos de cocina y oficiando de mozos; en tanto los estudiantes del Ciclo Básico colaborarán con el armado y muchos de ellos ofician de modelos;
Que el Desfile tendrá lugar en las instalaciones de la Institución el día 14 de noviembre del corriente año, donde se hará tangible la vinculación con el sector socio productivo, puesto que muchos comercios locales de diferentes rubros como indumentaria y alimentación, colaboran y auspician este evento;
Que se puede agregar que este evento es de carácter gratuito, y que el mismo ha crecido sostenidamente, habiéndose declarado de interés municipal en ediciones anteriores. Asimismo, que se realiza en el marco de las celebraciones por el Día de la Educación Técnica que se celebra el 15 de noviembre en la Argentina,
Que tanto la presente como su solicitud cumplimentan lo exigido por la Ordenanza N° 38.537 (Nuevo Régimen de Honores), arts. 5 y 6;
Que la presente resolución se dicta en uso de las facultades que son propias de este Concejo Deliberante, conforme lo dispuesto por la Ley N° 10.027 (modif. por Ley N° 10.082).
Por ello:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN
ARTÍCULO 1°.- Declárese de Interés Municipal Cultural y Educativo la 6ª Edición del Desfile “Tecni - Moda”, organizado por la Escuela de Educación Técnica Nº 2 “Independencia”, a realizarse el día viernes 14 de Noviembre del corriente año a las 20.00 hs., en las instalaciones de dicha institución, en virtud de los considerandos precedentes.
ARTÍCULO 2°.- Entréguese copia de la presente resolución a la institución organizadora del evento.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES “FEDERICO ZORRAQUÍN”, 13 de Noviembre de 2025.
Lic. MAGDALENA RETA DE URQUIZA
Presidente
Dra. VERÓNICA NATALIA DELGADO
Secretaria
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 14 de noviembre de 2025
RESOLUCION N° 38.743
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Ing. SEBASTIAN ARISTIDE
Secretario de Desarrollo Humano.
-----------Concordia, 13 de Noviembre de 2025.
Nº 10.330
VISTO:
El Expediente N°1.359.835 del Correo Oficial de la República Argentina S.A, a través de Sandra Scardillo, en su carácter de apoderada, referente a la Tasa General Inmobiliaria, y;
CONSIDERANDO:
Que el Correo Oficial de la República Argentina S.A., solicita dejar sin efecto la Tasa General Inmobiliaria del inmueble ubicado en calle Hipólito Yrigoyen N°577, identificado con la Partida Municipal N°22.416;
Que en el expediente se adjunta copia del correspondiente poder para gestiones administrativas otorgado a la Sra. Sandra Noemí Scardillo;
Que a FOJAS 20 el Departamento Tasa General Inmobiliaria, opina que es conveniente dar tratamiento conforme a lo dispuesto en el Art.122, Inciso. A del Código Tributario Municipal y otorgar la exención de la Tasa General Inmobiliaria por ser un inmueble propiedad del Estado Nacional;
Que la Asesoría Legal de la Dirección General de Rentas ha tomado intervención de su competencia concordando en el mismo sentido del Departamento Tasa General Inmobiliaria;
Que la Dirección General de Rentas Municipal ha resuelto otorgar al Correo Oficial de la República Argentina S.A, la exención del 100% de la Tasa General Inmobiliaria correspondiente al inmueble registrado bajo Partida Municipal N°22.416, inscripta a nombre Gobierno de la Nación C.T.C, a partir del anticipo 10/2025.
Que existe una deuda por periodo no prescripto de Tasa General Inmobiliaria, que asciende a un monto de $ 530.764,51;
Que es competencia del Concejo Deliberante considerar y resolver respecto de la condonación de la deuda existente.
Por ello:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN
ARTÍCULO 1°.- Otórguese al Correo Oficial de la República Argentina S.A, representado por Sandra Noemí Scardillo, en su carácter de apoderada, la exención del 100% de la Tasa General Inmobiliaria correspondiente al inmueble sito en calle Hipólito Yrigoyen N°577, Partida Municipal N°22.416, inscripta a nombre del Gobierno de La Nación C.T.C, conforme a los considerandos de la presente y a partir del anticipo 10/2025.
ARTÍCULO 2°.- Otórguese al Correo Oficial de la República Argentina S.A, representado por Sandra Scardillo, en su carácter de apoderada, la condonación de la deuda en concepto de Tasa General Inmobiliaria correspondiente al inmueble sito en calle Hipólito Yrigoyen N°577, Partida Municipal N°22.416, inscripta a nombre del Gobierno de La Nación C.T.C, por los períodos no prescriptos desde el 1/2025 al 9/2025 inclusive, en virtud de los considerandos expuestos en la presente.
ARTÍCULO 3°.- Dese conocimiento a la Dirección General de Rentas de la Secretaría de Coordinación de Gabinete y Hacienda de la Municipalidad de Concordia a los fines pertinentes.
ARTÍCULO 4°.- Remítase copia de la presente a la Sra. Sandra Scardillo, en su carácter de apoderada.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES “FEDERICO ZORRAQUÍN”, 13 de Noviembre de 2025.
Lic. MAGDALENA RETA DE URQUIZA
Presidente
Dra. VERONICA NATALIA DELGADO
Secretaria.
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 14 de Noviembre de 2.025.
RESOLUCION Nº 38.744.
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA
Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda.
----------Concordia, 13 de Noviembre de 2025.
Nº 10.329
VISTO:
La nota presentada por integrantes de la Red Inmobiliaria Concordia, solicitando la Declaración de Interés Municipal del evento a realizarse el día 19 de noviembre de 2025, a las 19 horas en el Centro de Convenciones de Concordia, en el que disertará el reconocido médico Conrado Estol, y;
CONSIDERANDO:
Que la Red Inmobiliaria Concordia es una asociación sin fines de lucro, inscripta en la DIPJ, que agrupa a corredores inmobiliarios de la ciudad y que dentro de los objetivos estatutarios se encuentra el de generar conocimientos y jerarquizar la profesión inmobiliaria;
Que año a año viene organizando diferentes encuentros que aportan valor a la comunidad profesional pero también al público en general, ya que son instancias de capacitación a la que asisten personas de la ciudad y de toda la provincia;
Que este año la misma está organizando el 8º Evento Red Inmobiliaria Concordia en el Centro de Convenciones de esta ciudad, para el día miércoles 19 de Noviembre del corriente año a partir de las 19 horas, evento abierto para todo público y en cuya oportunidad disertará el reconocido médico Conrado Estol, con la temática “La Nueva Longevidad es con calidad de vida”;
Que el Dr. Estol es un referente internacional en salud y bienestar, fundador del Centro de Salud Breyna (CABA), especializado en Neurología, Cardiología y Prevención de la Enfermedad Vascular, dirige además la primera unidad de ACV de la Argentina en el Sanatorio Güemes, participó en más de 170 publicaciones, fue conferencista 5 veces en la Academia de Ciencias del Vaticano, presidente de 6 Congresos médicos y ganador de 4 premios internacionales;
Que la asistencia al evento requiere de inscripción previa y es arancelada, y es de destacar que en ediciones anteriores se contó con una concurrencia promedio de 400 personas;
Que tanto la presente como su solicitud cumplimentan lo exigido por la Ordenanza N°38.537 (Nuevo Régimen de Honores), arts. 5 y 6;
Que la presente resolución se dicta en uso de las facultades que son propias de este Concejo Deliberante, conforme lo dispuesto por la Ley N° 10.027 (modif. por Ley N° 10.082).
Por ello:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN
ARTÍCULO 1°.- Declárese de Interés Municipal Cultural y Educativo el 8º Evento Red Inmobiliaria Concordia, a desarrollarse el día 19 de Noviembre de 2025 en el Centro de Convenciones de Concordia a partir de las 19 horas, en el cual disertará el reconocido médico Conrado Estol, con la temática “La Nueva Longevidad es con calidad de vida”, en virtud de los considerandos precedentes.
ARTÍCULO 2°.- Entréguese al Dr. Conrado Estol un certificado por su disertación en el evento mencionado en el art. 1°, conforme lo establecido en la Ordenanza Nº38.537 (Nuevo Régimen de Honores).
ARTÍCULO 3º.- Entréguese copia de la presente resolución a la institución organizadora del evento.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES “FEDERICO ZORRAQUÍN”, 13 de Noviembre de 2025.
Lic. MAGDALENA RETA DE URQUIZA
Presidente
Dra. VERÓNICA NATALIA DELGADO
Secretaria
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 17 de noviembre de 2025
RESOLUCION N° 38.745
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Ing. SEBASTIAN ARISTIDE
Secretario de Desarrollo Humano.
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RESOLUCIÓN EDOS N° 1501/2025
Concordia, 25 de noviembre de 2025
VISTO:
El Expediente N° 96"Q"/2025 correspondiente al llamado a Licitación Pública N° 10/2025 "ADQUISICION DE VEHICULOS PARA EL PARQUE AUTOMOTOR DEL EDOS", y
CONSIDERANDO:
Que en dicho Expediente, el Director Administrativo del E.D.O.S, solicita la adquisición de dos (2) camionetas utilitarias de doble cabina para el parque automotor del EDOS.
Que la División de Compras y Suministros ha confeccionado el pliego de bases y condiciones particulares y especificaciones técnicas para la adquisición mencionada en el considerando anterior.
Que dicho gasto ha sido imputado por la Oficina de Presupuesto en la partida 07.57- BIENES DE CAPITAL.
Que la fecha de apertura de las ofertas fijada por la División de Compras y Suministros del E.D.O.S. es el día 10 de diciembre de 2025.
Que esta intervención ha autorizado el presente gasto.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanza de Autarquía N° 31762 y su Decreto Reglamentario N° 1046/24.
Por ello,
EL INTERVENTOR DEL E.D.O.S.
RESUELVE:
ARTICULO 1°.- Dispónese aprobar la documentación correspondiente al llamado a Licitación Pública N° 10/2025 para la adquisición de dos (2) camionetas utilitarias de doble cabina para el parque automotor del EDOS y al pliego que como anexo Integra la presente y que se identifica como "LICITACIÓN PUBLICA N° 10/2025 — "ADQUISICION DE VEHÍCULOS PARA EL PARQUE AUTOMOTOR DEL EDOS', y cuyos antecedentes obran en Expediente N° 96"Q"/2025.
ARTICULO 2°.- Apruébese el Presupuesto Oficial de pesos: ciento nueve millones cuarenta mil ($109.040.000,00).
ARTICULO 3°.- Confórmese la Comisión Evaluadora de acuerdo a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones particulares.
ARTICULO 4°.- Girar a la División de Compras y Suministros a los efectos dispuestos, y, posteriormente, Regístrese, Notifíquese y oportunamente Archívese.
Ing. WILLIAM SOSA
Gerente de Operaciones Edos
a/c Interventor.
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LICITACIÓN PÚBLICA N° 10/2025
OBJETO: "ADQUISICIÓN DE VEHICULOS PARA EL PARQUE AUTOMOTOR DEL EDOS".
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES: Retirar de la División de Compras y Suministros, Ente Descentralizado Obras Sanitarias, Concordia, Entre Ríos N° 1300, en días hábiles de 7 a 12 horas. Teléfono: 421-0021 Int 329 e-mail: compras.edos@gmail.com
APERTURA DE LAS PROPUESTAS: 10 de Diciembre de 2025, a las 10:00 horas.
PRESUPUESTO OFICIAL: $ 109.040.000,00.
VALOR DEL PLIEGO: PESOS CIENTO DIEZ MIL con 00/100 ($ 110.000,00).
Div. de Compras y Suministros 25 de Noviembre de 2025.
