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SUMARIO
Los siguientes Decretos y Edictos conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
Decretos: 029/2.026, 030/2.026, 031/2.026, 032/2.026, 038/2.026 039/2.026 y 041/2.026.
Los siguientes Decretos y Edictos conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
Decretos: 029/2.026, 030/2.026, 031/2.026, 032/2.026, 038/2.026 039/2.026 y 041/2.026.
DECRETO N° 029/2.026
Concordia, 13 de enero de 2.025
VISTO, las actuaciones obrantes en Expediente Interno N°3419 "D"/2025, y;
CONSIDERANDO:
Que a fojas 1, el Agente Contratado con Aportes CESAR GABRIEL DOBLER D.N.I N° 26.173.268, Legajo N° 3621, presentó la renuncia al cargo a partir del día 29 de Noviembre de 2025, por motivos personales.
Que a fojas 2 ampliado a fojas 5, obra informe de la Dirección de Recursos Humanos, mediante el cual informa situación de revista y comunica que dicho Agente tendría pendiente 13 (seis) días proporcionales de la licencia del corriente año y aguinaldo proporcional 2° semestre.
Que a fojas 6, mediante Dictamen N°2200/25 de fecha 19/12/25, la Dirección de Asuntos Jurídicos comunica: “...esta Dirección de Asuntos jurídicos no tiene objeción legal que formular a la aceptación de la renuncia.
Asimismo entiende que corresponde hacer lugar el pago de las licencias pendientes; 13 (trece) días proporcionales de la licencia del corriente alío y el aguinaldo proporcional al segundo semestre año 2025.-
Que este Departamento Ejecutivo agradece el desempeño y dedicación puesta de manifiesto por el Señor CESAR GABRIEL DOBLER D.N.I N°26.173.268, Legajo N° 3621, en esta Gestión de Gobierno en las funciones que le fueran asignadas.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Articulo 107° de la Ley N° 10.027/11 y su modificatoria Ley N°10.082 - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos. Según T.O. Decreto N°4706/12 del Poder Ejecutivo Provincial.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Acéptese la renuncia presentada por el Señor CESAR GABRIEL DOBLER D.N.I N° 26.173.268, Legajo N°3621, a partir del día 29 de Noviembre de 2025, por motivos personales.
ARTICULO 2°.- Agradécele su desempeño y dedicación puesta de manifiesto en esta Gestión de Gobierno, en las funciones que le fueron asignadas.
ARTICULO 3°.- Dispónese el pago de 13 (trece) días proporcionales de la licencia del corriente año y aguinaldo proporcional segundo semestre-25, a favor del Señor CESAR GABRIEL DOBLER D.N.I N° 26.173.268, Legajo N° 3621.
ARTICULO 4°.- Notifíquese, tome nota la Dirección de Recursos Humanos, luego pase a la Dirección de Liquidación de Haberes, a sus efectos.
ARTICULO 5°.- Comuníquese, ese, regístrese y, oportunamente, archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA
Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda
Arq. ALEJANDRO E. LOPEZ
Secretario de Servicios Públicos.
---------DECRETO N° 030/2.026.
Concordia, 13 de enero de 2.026
VISTO el traslado solicitado por el Agente Mensual RENE FABIAN ALMIRON, Legajo N° 5800, en Expediente interno N° 54 "A"/2025, y;
CONSIDERANDO:
Que el Agente Mensual RENE FABIAN ALMIRON, Legajo N° 5800, D.N.I. N° 20.765.056, de la Dirección de Calles Pavimentadas dependiente de la Subsecretaria de Mantenimiento de Obras Viales, Secretaría de Obras Públicas, solicita su traslado a la Coordinación Centro Ambiental Concordia (CANC) Campo El Abasto, de la Subsecretaría de Ambiente, Secretaría de Servicios Públicos.
Que la Dirección de de Calles Pavimentadas y la Coordinación Centro Ambiental Concordia (CANC) Campo el Abasto, han expresado que no existen objeciones al traslado del interesado.
Que a fojas 4, la Dirección de Recursos Humanos informa que el Agente RENE FABIAN ALMIRON, Legajo N° 5800, D.N.I. N° 20.765.056, presta servicios en este Municipio desde el 01 de Julio de 2014. Revista como personal mensual — categoría 14° Depende de la Secretaria de Obras Públicas, Dirección de Calles Pavimentadas.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107° de la Ley N° 10.027/11 y su modificatoria Ley N°10.082 - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos. Según T.O. Decreto N°4706/12 del Poder Ejecutivo Provincial.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Desaféctese de la Dirección de Calles Pavimentadas dependiente de la Subsecretaría de Mantenimiento de Obras Viales, Secretaría de Obras Públicas, al Agente Mensual RENE FABIAN ALMIRON, Legajo N° 5800, D.N.I. N° 20.765.056, por los motivos invocados en los considerandos del presente.
ARTICULO 2°- Aféctese al Agente indicado en el ARTICULO 1°, a la Coordinación Centro Ambiental Concordia (CANC) Campo El Abasto, de la Subsecretaría de Ambiente, Secretaría de Servicios Públicos.
ARTICULO 3°.- Impútese lo aprobado en el ARTÍCULO 2° en la partida presupuestaria: 3.3.20.01.01.01/ Secretaría de Servidos Públicos - (04).
ARTICULO 4°.- Remítase a la Dirección de Recursos Humanos, a los fines de su conocimiento, toma de razón y notificación, cumplimentado, dar conocimiento a la Dirección de Liquidación de Haberes, Secretaría de Obras Públicas y Secretaría de Servicios Públicos. Oportunamente archívese como antecedente en el legajo personal del agente en cuestión.
ARTICULO 5°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y oportunamente archívese.-
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA
Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda
Arq. FERNANDO S. ESQUIBEL
Secretario de Obras Públicas
Arq. ALEJANDRO E. LOPEZ
Secretario de Servicios Públicos.
----------DECRETO N°031/2.026
Concordia, 13 de enero de 2.026.
VISTO el traslado solicitado por el Agente Mensual MIGUEL JOAQUIN TORRES, Legajo N°5742, en Expediente interno N° 144 "T'/2025, y;
CONSIDERANDO:
Que el Agente Mensual MIGUEL JOAQUIN TORRES, Legajo N° 5742, D.N.I. N° 14.687.448, dependiente de la División Puerto de la Dirección de Parques y Paseos dependiente de la Subsecretaría de Ambiente - Secretaria de Servicios Públicos, solicita su traslado a la Subsecretaría de Deportes — Secretaria de Desarrollo Humano.
Que la División Puerto de la Dirección de Parques y Paseos y la Subsecretaría de Deportes, han expresado que no existen objeciones al traslado del interesado.
Que a fojas 4, la Dirección de Recursos Humanos informa, que el Agente MIGUEL JOAQUIN TORRES, Legajo N°5742, D.N.I. N°14.687.448, presta servicios en este Municipio desde el 01 de Julio de 2014. Revista como personal Mensual, categoría 14°. Depende de la Secretaría de Servicios Públicos.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107° de la Ley N° 10.027/11 y su modificatoria Ley N°10.082 - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos. Según T.O. Decreto N°4706/12 del Poder Ejecutivo Provincial.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Desaféctese de la División Puerto de la Dirección de Parques y Paseos dependiente de la Subsecretaría de Ambiente — Secretaria de Servicios Públicos, al Agente Mensual MIGUEL JOAQUIN TORRES, Legajo N°5742, D.N.I. N°14.687.448, por los motivos invocados en los considerandos del presente.
ARTICULO 2°- Aféctese al Agente indicado en el ARTÍCULO 1°, a la Subsecretaría de Deportes, dependiente de la Secretaría de Desarrollo Humano.
ARTICULO 3°.- Impútese lo aprobado en el ARTÍCULO 2° en la partida presupuestaria: 3.4.40.01.01.01. Subsecretaría Desarrollo Humano — (24).
ARTICULO 4°.- Remítase a la Dirección de Recursos Humanos, a los fines de su conocimiento, toma de razón y notificación, cumplimentado, dar conocimiento a la Dirección de Liquidaciones de Haberes, Secretaría de Servicios Públicos y Secretaría de Desarrollo Humano. Oportunamente archívese como antecedente en el legajo personal del agente en cuestión.
ARTICULO 5°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y oportunamente, archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA
Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda
Arq. ALEJANDRO E. LOPEZ
Secretario de Servicios Públicos.
----------DECRETO N° 032/2.026.
Concordia, 14 de enero de 2026
VISTO: El Expediente Interno N° 626 "D"/2025; y
CONSIDERANDO:
Que mediante las actuaciones obrantes en el expediente de referencia se dispuso la instrucción de Sumario Administrativo a la agente mensual GUARDIA, Mayda Cristina, DNI N° 33.068.882, Legajo N° 6439, dependiente de la Dirección de Prevención y Seguridad Municipal, ello en virtud de reiteradas inasistencias injustificadas verificadas en el cumplimiento de sus funciones.
Que el procedimiento sumarial fue ordenado mediante Decreto N° 583/2025, garantizándose en todo momento el debido proceso adjetivo, el derecho de defensa y el principio de legalidad, conforme la normativa vigente.
Que de las constancias agregadas a las actuaciones surge que la agente imputada fue debidamente notificada de los cargos formulados, de las distintas etapas del procedimiento y de las citaciones pertinentes, no habiendo efectuado descargo alguno ni comparecido a ejercer su defensa, razón por la cual fue declarada en estado de rebeldía, conforme lo resuelto por el Departamento de Sumarios a fs. 30/31.
Que analizada la prueba producida en autos, se tuvo por acreditada la materialidad de las faltas imputadas, consistentes en reiteradas inasistencias sin causa justificada, configurando ello un incumplimiento grave de los deberes funcionales que rigen la relación de empleo público municipal.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos, a fs. 33 emitió Dictamen N° 2029/25, aconseja dar formal aprobación al Sumario Administrativo instruido a la agente municipal Guardia Mayda Cristina, Legajo N° 6439, quien fue debidamente notificada a ejercer su derecho de defensa —cftar. Fs. 26, 27, 28- por lo que se aconseja dar formal aprobación, quedando a consideración y aplicación del DEM de la sanción recomendada por la Instructora Sumarial.
Que el Tribunal de Disciplina, mediante dictamen obrante a fs. 34/35, evaluó la gravedad de la falta, la reiteración de la conducta y la ausencia de justificación por parte de la agente, recomendando la imposición de la sanción de veinte (20) días hábiles de suspensión sin goce de haberes, por considerarla proporcional, razonable y adecuada a los antecedentes del caso.
Que el artículo 39 de la Ordenanza N° 11.275 establece, en lo pertinente: "PENAS ADMINISTRATIVAS. ARTÍCULO 39°.- Sin perjuicio de la responsabilidad emergente de las leyes comunes, la violación de sus deberes hará pasible al agente de las siguientes sanciones disciplinarias: … c) Suspensión mayor de seis (6) a treinta (30) días."
Que, en consecuencia, resulta procedente disponer la sanción disciplinaria propuesta, en resguardo del orden administrativo, la regularidad del servicio público y el adecuado cumplimiento de los deberes funcionales.
Que corresponde al Departamento Ejecutivo Municipal el dictado del presente acto administrativo, en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley Provincial N° 10.027 —Régimen Municipal—, modificada por la Ley N° 10.082 y su Texto Ordenado aprobado por Decreto N° 4.706/12 del Poder Ejecutivo Provincial.
Por ello,
El PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTÍCULO 1°: Aplicar a la agente GUARDIA Mayda Cristina, DNI N° 33.068.882, Legajo N° 6439, dependiente de la Dirección de Prevención y Seguridad Municipal, bajo la órbita de la Subsecretaría de Seguridad Municipal y de la Secretaría de Gobierno, la sanción disciplinaria de veinte (20) días hábiles de suspensión sin goce de haberes, prevista en el artículo 39 inciso c) de la Ordenanza N° 11.275 —Escalafón de Empleados y Obreros Municipales--.
ARTÍCULO 2°.- Remitir las presentes actuaciones a la Dirección de Recursos Humanos a fin de fijar fecha de cumplimiento de la sanción establecida en el artículo que antecede y procede a dejar asentado lo dispuesto en el legajo personal de la agente Guardia Mayda Cristina, Legajo N° 6439.
ARTÍCULO 3°.- Notificar a la agente Guardia Mayda Cristina, Legajo N° 6439, tome nota a la Dirección de Prevención y Seguridad Municipal, Secretaria de Gobierno, luego vuelva a la Dirección de Recursos Humanos, a fin de ser reservado en su legajo personal.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Dr. LUCIANO DELL`OLIO
Secretario de Gobierno.
-----------DECRETO N° 038/2.026.
Concordia, 15 de enero de 2.026.
VISTO la presentación efectuada por el Agente RAPUZZI, Carlos Héctor Legajo N° 1.913 obrante a fs. 1 del Expediente N° 47 "R" /25, elevando su renuncia a efectos de acogerse al beneficio de Jubilación Ordinaria Común de Oficio y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución N° 006247 de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos se pone en conocimiento que el Agente RAPUZZI, Carlos Héctor D.N.I N° 14.189.853 se le ha otorgado el beneficio de la Jubilación Ordinaria Común de Oficio cuya alta se operara a partir de Enero del año 2.026.
Que la Dirección de Recursos Humanos informa que el agente mensual RAPUZZI, Carlos Héctor Legajo N° 1.913, presento la renuncia al cargo desde el 1° de Enero de 2.026.
Que la Dirección de Liquidaciones informa que el Agente de referencia, NO posee embargos activos ni en espera.
Que el Dpto. Administración Recursos Humanos informa que el agente no registra deuda de Créditos Especiales (adelanto de Sueldo).
Que a Fs. 07 según Dictamen N° 2.171/25 de la Dirección de Asuntos Jurídicos entiende que corresponde abonar licencias correspondientes a: treinta (30) días pendiente del año 2023, treinta (30) días pendiente del año 2024 y treinta (30) días de licencia del año 2.025 y el subsidio establecido en el Articulo 77°, Bis de la Ordenanza N° 11.275/49 correspondiente a (3) tres sueldos básicos de la categoría 20°
Que la presente medida se dicta de conformidad a las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107° inciso u) de la Ley N° 10.027 y su modificatoria - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.-
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°.- ACEPTAR a partir del 1° de Enero de 2026 la renuncia presentada por el Agente RAPUZZI, Carlos Néctar Legajo N° 1.913 D.N.I 14.189.853, por motivo de haberse acogido a los beneficios de la Jubilación Ordinaria Común de Oficio, otorgada por la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos.
ARTICULO 2°.- Disponer se liquide y abone a al Ex Agente Municipal RAPUZZI Carlos Héctor Legajo N° 1.913, treinta (30) días de licencia pendiente del año 2023, treinta (30) días de licencia pendiente del año 2.024 y treinta (30) días de licencia del año 2.025 y el subsidio establecido en el Articulo 77°, Bis de la Ordenanza N°11.275/49 correspondiente a (3) tres sueldos básicos de la categoría 20° en un todo de acuerdo a lo dictaminado a fs.07 Dictamen N° 2.171/25,por la Dirección de Asuntos Jurídicos y la Dirección de Recursos humanos, cuyas constancias obran en el Expediente Interno N° 47"R"/25.-
ARTICULO 3°.- Notificar por la Dirección de Recursos Humanos al Ex Agente Municipal mencionado de lo dispuesto en el Articulo 1° y 2° del presente Decreto, cumplimentado pase a la dirección de Liquidaciones.
ARTICULO 4°.- Comuníquese, regístrese Publíquese y Archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA
Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda.
----------DECRETO N° 039/2.026
Concordia, 15 de enero de 2.026.
VISTO la renuncia presentada por el Señor Alejandro Javier FRUNCIERI, DNI N°25.872.212 y;
CONSIDERANDO:
Que el mencionado Señor se encontraba cumpliendo funciones a cargo del Departamento Coordinación de Museos y Gestión Patrimonial, dependiente la Secretaría de Desarrollo Productivo, habiendo sido designado por el Artículo 44° del Decreto N° 1175/2025.
Que en consecuencia, corresponde cubrir este cargo a fin de no entorpecer el normal funcionamiento de las tareas cotidianas que se llevan a cabo en la dependencia.
Que el Señor Paulo David TISOCCO DNI N° 23.493.544 reúne los requisitos de capacidad e idoneidad para la cobertura de dicho cargo.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal, por el Artículo 107°, inciso q) y u) de la Ley N° 10.027/11 y modificatoria N° 10.082/11 - Régimen de la Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Déjase sin efecto la designación efectuada al Señor Alejandro Javier FRUNCIERI, DNI N° 25.872.212 dispuesta en el Artículo 44° del Decreto N° 1175/2025, a partir del 1 de enero del año 2026, en virtud de lo expresado en el considerando precedente.
ARTICULO 2°.- Agradécese al Señor Alejandro Javier FRUNCIERI, los servicios prestados al Municipio, en el período de vigencia de su gestión.
ARTICULO 3°.- Desígnase al Señor Paulo David TISOCCO DNI N° 23.493.544 Jefe del Departamento Coordinación de Museos y Gestión Patrimonial, a fin de cumplir con las tareas establecidas en el Artículo 14° del Decreto N° 1175/2025, a partir del 1 de enero del presente año. Tendrá rango de Departamento Político — nivel 1
ARTICULO 4°.- Establécese que la designación efectuada en el Artículo anterior será sin perjuicio de las funciones que actualmente se encuentra cumpliendo en el Departamento Centro de Interpretación Ambiental y Naranjal de Pereda.
ARTICULO 5°.- Comuníquese, publíquese, tome conocimiento la Dirección de Liquidación de Haberes,
Dirección de Recursos Humanos y oportunamente, Archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA
Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda
Mg. Ing. FEDERICO SCHATTENHOFER
Secretario de Desarrollo Productivo.
----------DECRETO Nº 041/2.026.
Concordia, 15 de Enero de 2.026.
VISTO, que mediante Expedientes Nº620 “D”/2025, 1264 “D”/2025, 1846 “D”/2025 y 2457”D”/2025 la Dirección de Recursos Humanos solicito informe de las inasistencias injustificadas del agente Bordagaray Andrés Sebastián, legajo N° 5641 y,
CONSIDERANDO
Que a fojas 1 del Expediente 620 “D”/2025, se solicita se adjunte planilla de marcación correspondientes al mes de Enero y Febrero de 2025 del agente Municipal Bordagaray Andrés Sebastián, legajo N° 5641, ya que se procedió a no liquidar los haberes en ese periodo por presentar inasistencias injustificadas
Que a fojas 2 el Área Control de Horario, informa que el agente en cuestión no registra marcación por reloj ni firma planilla de asistencia en la unidad de control Horario, durante el periodo solicitado.
Que a fojas 3 la Dirección de Recursos Humanos informa que el agente Bordagaray Andrés Sebastián, legajo 5641 presta servicio en este municipio desde el 01/03/2014, revista como personal mensualizado categoría 12. Depende de la Subsecretaria de Comunicación y Prensa. No registra antecedentes disciplinarios.
Que fojas 4 se aclara que previo a remitir al Tribunal de Disciplina se solicito al agente en cuestión que en el término de 48 hs, emita el descargo correspondiente, se notifico al agente en su domicilio declarado, donde se informo que se desconoce su nuevo paradero.
Que a fojas 5 se solicitó a el Departamento de Notificaciones masivas cumplimente lo requerido.
Que a fojas 7 se remitió las actuaciones al Tribunal de Disciplina.
Que a fojas 1 del Expediente 1264 “D”/2025, se solicita se adjunte planilla de marcación correspondientes al mes de Marzo y Abril de 2025 del agente Municipal Bordagaray Andrés Sebastián, legajo N° 5641, ya que se procedió a no liquidar los haberes en ese periodo por presentar inasistencias injustificadas a fojas 2 el Área Control de Horario, informa que el agente en cuestión no registra marcación por reloj ni firma planilla de asistencia en la unidad de control Horario, durante el periodo solicitado.
Que a fojas 3 la Dirección de recursos humanos emitió informe correspondiente.
Que previo a remitir las actuaciones al Tribunal de Disciplina se lo intime a efectuar en el término de 48 hs el descargo correspondiente.
Que se notifico al agente en su domicilio declarado, donde se rechazo la notificación y se reitero que se desconoce su nuevo paradero.
Que a fojas 7 se remitieron las actuaciones al Tribunal de Disciplina a los efectos correspondientes.
Que el titular del Tribunal de Disciplina solicito que la Dirección de Asuntos Jurídicos tome razón y emita dictamen de competencia.
Que mediante Dictamen 805/25 de la Dirección de Asuntos jurídicos informo que dado los antecedentes antes mencionados y por encontrarse a “prima face” su conducta incursa en las prescripciones normativas señaladas en la Ordenanza de Escalafón N° 11.275: en su Artículo 16 ° establece: son obligaciones del personal de la Administración Municipal en cualquiera de las categoría: a) “ la prestación personal adecuada y eficaz del servicio con prestación de las reglamentaciones vigentes, según su criterio correspondería la Instrucción de un Sumario Administrativo designando como instructora sumariante a la Dra. Celina Evelyn González, dejando expresando que la opinión vertida no resulta vinculante.
Que a fojas 10 se solicito la intervención del Departamento de Higiene y Seguridad Laboral.
Que a fojas 11 el Departamento de Higiene y Seguridad Laboral informa que el agente Bordagaray Sebastián Andrés no presento certificado médicos como tampoco constancias de tratamientos médicos actualizadas que justifiquen su inasistencias.
Que a fojas 1 del Expediente 1846 “D”/2025, se solicita se adjunte planilla de marcación correspondientes al mes de Mayo y Junio de 2025 del agente Municipal Bordagaray Andrés Sebastián, legajo N° 5641, ya que se procedió a no liquidar los haberes en ese periodo por presentar inasistencias injustificadas
Que a fojas 2 obra informe de la Jefa de Control Horario comunicando que el agente no registra marcación ni facial ni planilla.
Que la Dirección de Recursos Humanos informo respecto a la foja de servicio del agente Bordagaray Andrés Sebastián.
Que a fojas 4 se solicito se notifique al agente en cuestión que realice el descargo correspondiente.
Que a fojas 5 y 6 obra acta de notificación donde se aclara que en el domicilio declarado donde se rechaza la notificación informando que posiblemente este viviendo en la ciudad de Paraná.
Que se remiten las actuaciones para que tome conocimiento el Tribunal de disciplina.
Que el Tribunal de Disciplina solicito al Área Legal y Técnica que emita dictamen correspondiente.
Que mediante Dictamen 1206/25 la Dirección de Asuntos Jurídicos solicita que previo a emitir opinión se informe si el agente prestó servicio durante el año 2024 y si percibió su salario de forma regular.
Que de fojas 11 a 14 la Dirección de Recursos Humanos emitió informe y procedió a adjuntar documentación aclarando que a pedido del entonces Senador Edgardo Kueider se otorgo al agente la adscripción otorgada mediante Decreto 904/2024, asimismo se dio de baja a la adscripción solicitada por medio del Decreto 1593/2024.
Que la Dirección de Liquidaciones aclara que hasta el mes de Mayo de 2024 el agente percibió su sueldo de forma regular, y a partir del mes de Junio sus haberes se encuentran retenidos.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos mediante Dictamen 1306/25 informa que dado todos los informes adjuntos se deberían dar continuidad al procedimiento del Sumario Administrativo aconsejado en Dictamen 805/25.
Que se remitió al Tribunal de disciplina para que tome intervención correspondiente.
Que mediante expediente 2457 D/2025 se solicita se adjunte planilla de marcación ya que presento inasistencias injustificadas durante el periodo de los meses de Julio y Agosto de 2025 y no se realizó la liquidación de haberes correspondientes del agente en cuestión.
Que a fojas 2 obra informe de la Jefa de Control Horario comunicando que el agente no registra marcación ni facial ni planilla.
Que la Dirección de Recursos Humanos informo respecto a la foja de servicio del agente Bordagaray Andrés Sebastián.
Que a fojas 4 a 6 se solicitó se notifique al agente en cuestión que realice el descargo correspondiente, obra acta de notificación donde se aclara que en el domicilio declarado se rechaza la notificación informando que posiblemente esté viviendo en la ciudad de Paraná.
Que se remiten las actuaciones al Tribunal de disciplina.
Que el Tribunal de Disciplina considera que atento a lo informado por la Dirección de Recursos Humanos, Dirección de Liquidaciones y Equipo de Control Horario, se desprende un posible incumplimiento de las obligaciones laborales por parte del mismo y atento a lo normado en Articulo 16° de la Ordenanza N°11.275/49 que expresamente dispone “ Son obligaciones del personal de la Administración Municipal en cualquier de las categorías: a) La prestación personal adecuada y eficaz del Servicio con ejecución a las reglamentaciones vigentes y d) Observar buena conducta…” y Articulo 31 inciso a) “Son causas para la separación del empleo a) Inasistencias injustificadas que exceda los 15 días hábiles en el año”. Por lo que se aconseja disponer la instrucción de Sumario Administrativo.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por la Ley Provincial Nº 10.027- Régimen de las Municipalidades – modificada por la Ley Provincial N° 10.082, según T.O Decreto N° 4706/12 del Poder Ejecutivo Provincial.-
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTÍCULO 1º:- Disponese la instrucción del Sumario Administrativo al Agente Municipal Bordagaray Sebastián Andrés, legajo 5641, DN.I. N° 25.597.801, con prestación de servicio en este municipio desde el 1º de Marzo de 2014, dependiente de la Subsecretaria de Comunicación y Prensa, revista como personal mensualizado Categoría 12°, ante la gravedad de los hechos denunciados consistentes no haberse presentado a prestar servicio durante los meses de Enero, Febrero , Marzo, Abril, Mayo, Junio, Julio y Agosto de 2025 y la existencia de incumplimientos de las obligaciones que le compete como personal de la Administración Pública Municipal en cualquiera de sus categorías de acuerdo a lo previsto en el Articulo 16º incisos a)- efectuar una prestación personal adecuada y eficaz de servicio con sujeción a las reglamentaciones vigentes y b) observar buena conducta.-“ Correspondería encuadrar “prima facie” el accionar del agente prenombrado dentro de las previsiones establecidas en el 31º de la Ordenanza de Escalafón Nº 11.275/49 expresa textualmente ” Son causas para la separación del empleo: a)-Inasistencia injustificada que excede de quince días hábiles en el año”, en un todo de acuerdo a lo expresado en los considerandos precedentes.
ARTICULO 2º.- Designese Instructor Sumariante a la Dra. Celina Evelyn González.
ARTICULO 3º- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Dr. LUCIANO DELL`OLIO
Secretario de Gobierno.
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EDICTO.-
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica a la Sra. AVALLONE DAIANA MARIA LUZ, D.N.I. N° 40.262.492, LEGAJO 6745, que se ha dispuesto la presente notificación tendiente a hacerle saber que mediante Resolución N° 008/2026 de fecha 15 de Enero del año 2026, se ha dispuesto lo siguiente: ARTICULO 1°.- Afectar a la agente municipal AVALLONE DAIANA MARIA LUZ, Legajo N° 6745, D.N.I. N° 40.262.492 a prestar funciones en el Departamento de Tasa Comercial y/u Otras Tasas de la Dirección General de Rentas, a partir de su notificación, debiendo presentarse a realizar tareas en el horario de atención de las oficinas del Centro Cívico Concordia, planta baja (de 7 a 13 horas), en virtud de la reestructuración organizativa y reasignación de funciones establecida por el Departamento Ejecutivo Municipal.
ARTICULO 2°.- Notifíquese a la Dirección de Recursos Humanos a fin de tomar conocimiento y notifique a la agente de la presente disposición.
ARTICULO 3°.- Regístrese, comuníquese, y oportunamente, archívese.- Fdo. Dr. FRANCISCO AZCUE Presidente Municipal de Concordia. Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda Municipalidad de Concordia.-
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADA.-
Concordia, de ENERO del 2.026.-
----------La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica a la Sra. AVALLONE DAIANA MARIA LUZ, D.N.I. N° 40.262.492, LEGAJO 6745, que se ha dispuesto la presente notificación tendiente a hacerle saber que mediante Resolución N° 008/2026 de fecha 15 de Enero del año 2026, se ha dispuesto lo siguiente: ARTICULO 1°.- Afectar a la agente municipal AVALLONE DAIANA MARIA LUZ, Legajo N° 6745, D.N.I. N° 40.262.492 a prestar funciones en el Departamento de Tasa Comercial y/u Otras Tasas de la Dirección General de Rentas, a partir de su notificación, debiendo presentarse a realizar tareas en el horario de atención de las oficinas del Centro Cívico Concordia, planta baja (de 7 a 13 horas), en virtud de la reestructuración organizativa y reasignación de funciones establecida por el Departamento Ejecutivo Municipal.
ARTICULO 2°.- Notifíquese a la Dirección de Recursos Humanos a fin de tomar conocimiento y notifique a la agente de la presente disposición.
ARTICULO 3°.- Regístrese, comuníquese, y oportunamente, archívese.- Fdo. Dr. FRANCISCO AZCUE Presidente Municipal de Concordia. Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda Municipalidad de Concordia.-
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADA.-
Concordia, de ENERO del 2.026.-
EDICTO.-
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica a la Sra. PEZZARINI NATALIA BEATRIZ. D.N.I. N° 37.152.826., que en los autos caratulados: REF.: ELEV SOLICITUD DE RESTITUCION DE HABERES Y DEFINICION DE PUESTOS Y TAREAS POR LA AGENTE PEZZARINI NATALIA BEATRIZ. LEG N° 6315 EXPTE EXTERNO N° 1361439, se ha dispuesto la presente notificación tendiente a hacerle saber que mediante Resolución N° 390/2026 de fecha 22 de Enero del año 2026, se ha dispuesto lo siguiente: ARTICULO 1°: No hacer lugar a la presentación efectuada por la Sra. PEZZARINI NATALIA BEATRIZ. D.N.I. N° 37.152.826., atento su improcedencia, considerando el hecho de que la misma ha quedado cesante como dependiente de esta Municipalidad de Concordia conforme ha sido debidamente y oportunamente notificada del contenido del decreto N° 498/2025 de fecha 06 de Mayo del año 2025.-.
ARTICULO 2°-Remítase el presente a la Oficina de Notificaciones Masivas de la Municipalidad a los fines de la notificación de lo aquí dispuesto a la interesada y el domicilio legal de calle Santísima Trinidad s/n°, Villa Adela, Concordia, E. Ríos haciendo entrega de una copia del presente, oportunamente archívese.- Fdo. Dr. FRANCISCO AZCUE Presidente Municipal de Concordia. Arq. ALEJANDRO E. LOPEZ Secretario de Servicios Públicos Municipalidad de Concordia.
QUEDA UD DEBIDAMENTE NOTIFICADO
Concordia, dé FEBRERO del 2.026.-La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica a la Sra. PEZZARINI NATALIA BEATRIZ. D.N.I. N° 37.152.826., que en los autos caratulados: REF.: ELEV SOLICITUD DE RESTITUCION DE HABERES Y DEFINICION DE PUESTOS Y TAREAS POR LA AGENTE PEZZARINI NATALIA BEATRIZ. LEG N° 6315 EXPTE EXTERNO N° 1361439, se ha dispuesto la presente notificación tendiente a hacerle saber que mediante Resolución N° 390/2026 de fecha 22 de Enero del año 2026, se ha dispuesto lo siguiente: ARTICULO 1°: No hacer lugar a la presentación efectuada por la Sra. PEZZARINI NATALIA BEATRIZ. D.N.I. N° 37.152.826., atento su improcedencia, considerando el hecho de que la misma ha quedado cesante como dependiente de esta Municipalidad de Concordia conforme ha sido debidamente y oportunamente notificada del contenido del decreto N° 498/2025 de fecha 06 de Mayo del año 2025.-.
ARTICULO 2°-Remítase el presente a la Oficina de Notificaciones Masivas de la Municipalidad a los fines de la notificación de lo aquí dispuesto a la interesada y el domicilio legal de calle Santísima Trinidad s/n°, Villa Adela, Concordia, E. Ríos haciendo entrega de una copia del presente, oportunamente archívese.- Fdo. Dr. FRANCISCO AZCUE Presidente Municipal de Concordia. Arq. ALEJANDRO E. LOPEZ Secretario de Servicios Públicos Municipalidad de Concordia.
QUEDA UD DEBIDAMENTE NOTIFICADO
