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SUMARIO
Los siguientes Decretos, Resolución y Edictos conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
Los siguientes Decretos, Resolución y Edictos conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
Decretos: 088/2.026, 092/2.026, 100/2.026, 101/2.026, 103/2.026.- Resolución Edos: 101/2026
DECRETO Nº 088/2.026.Concordia, 02 de Febrero de 2.026.
VISTO, las actuaciones obrantes en el Expediente Digital Nº 1412/2025 iniciadas por la Dirección de Electrotecnia y Comunicaciones de la Secretaría de Servicios Públicos; y,
CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Electrotecnia y Comunicaciones ha realizado la Solicitud de Compra N° 1915/2025, para la contratación del servicio de camión hidroelevador para trabajos de mantenimiento en alumbrado público con chofer.
Que la Secretaria de Obras Públicas, ha tomado intervención de su competencia.
Que la Secretaria de Servicios Públicos, ha tomado intervención de su competencia.
Que la Dirección de Presupuesto indica que la presente erogación se debe imputar en la Partida Presupuestaria: N º 3.7.90.02.05.08.61.01 Obras Públicas $ 46.500.000,00.
Que la Subsecretaría de Hacienda y Modernización ha tomado intervención de su competencia autorizando la presente erogación.
Que obra Pliego de Bases y Condiciones Particulares, Detalle del Servicio a Contratar y Especificaciones Técnicas de la Licitación Pública Nº 33/2025 para la “CONTRATACION DEL SERVICIO DE CAMION HIDROELEVADOR PARA TRABAJOS DE MANTENIMIENTO EN ALUMBRADO PÚBLICO CON CHOFER”, cuyo presupuesto oficial asciende a la suma total de PESOS CUARENTA Y SEIS MILLONES QUINIENTOS MIL CON 00/100 ($ 46.500.000,00.-).
Que la Dirección de Compras y Suministros considera necesario, para evitar demoras en los tiempos administrativos, disponer un segundo llamado, para el caso de que el primer llamado sea considerado desierto.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por la Ley 10.027 y su modificatoria– régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTICULO 1º.- Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, Detalle del Servicio a Contratar y Especificaciones Técnicas de la Licitación Pública Nº 33/2025 para la “CONTRATACION DEL SERVICIO DE CAMION HIDROELEVADOR PARA TRABAJOS DE MANTENIMIENTO EN ALUMBRADO PÚBLICO CON CHOFER”, obrante en el Expediente Interno Nº 1412/2025.
ARTICULO 2º.- Dispóngase el PRIMER llamado a Licitación Pública Nº 33/2025 para la “CONTRATACION DEL SERVICIO DE CAMION HIDROELEVADOR PARA TRABAJOS DE MANTENIMIENTO EN ALUMBRADO PÚBLICO CON CHOFER”, conforme a lo considerado precedentemente.
ARTICULO 3°.- Dispóngase se realice un SEGUNDO llamado de la presente Licitación Pública 33/2025 “CONTRATACION DEL SERVICIO DE CAMION HIDROELEVADOR PARA TRABAJOS DE MANTENIMIENTO EN ALUMBRADO PÚBLICO CON CHOFER”, en caso de que el PRIMER llamado resulte desierto desestimado o inadmisible.
ARTICULO 4º.- Fíjese el Presupuesto Oficial de la presente Licitación Pública Nº 33/2025, en la suma total de PESOS CUARENTA Y SEIS MILLONES QUINIENTOS MIL CON 00/100 ($ 46.500.000,00.-).
ARTICULO 5º.- Autorícese a la Dirección de Compras y Suministros a realizar los trámites administrativos pertinentes para la realización del proceso licitatorio, dispuesto en el presente Decreto.
ARTICULO 6º.- Confórmese la Comisión Evaluadora de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 9º del Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
ARTICULO 7º.- Gírese a la Dirección de Compras y Suministros para que notifique a las áreas que conforman a la Comisión Evaluadora, y dé cumplimiento a lo dispuesto en el presente Decreto.
ARTÍCULO 8º.- Impútese los gastos que demande la presente licitación en la siguiente partida presupuestaria vigente: 3.7.90.02.05.08.61.01 Obras Públicas $ 46.500.000,00.
ARTÍCULO 9º.- Gírese a la Dirección de Compras y Suministros a los efectos dispuestos.
ARTÍCULO 10º.- Comuníquese, publíquese, oportunamente archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Arq. ALEJANDRO E. LOPEZ
Secretario de Servicios Públicos.
----------DECRETO N° 092/2.026.
Concordia, 2 de febrero de 2.026
VISTO el Decreto N° 08/2026 obrante en el Expediente N°3389/D/2025, relacionados con las planillas complementarias N° 02/11/2025, 03/11/2025 y 04/11/2025 correspondientes a los ex Agentes Municipales Héctor Javier Muñoz, Dante Nelson Piñeiro Giovanetti y Lidia Liliana Ruiz Díaz y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 70, la contaduría Municipal informa que se omitió contemplar el abono de las retenciones correspondientes.
Que por lo expuesto resulta pertinente rectificar la normativa mencionada.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107°, incisos ñ), q) y u) de la Ley N° 10.027 y modificatorias -Régimen Municipal-.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°: Rectificase el artículo 2° del Decreto N° 08/2026 el que quedará redactado de la siguiente manera:
"ARTICULO 2°.- Apruebase la liquidación final practicada por la Dirección de Liquidación de Haberes, correspondiente a las Planillas Complementarias N° 02/11/2025, 03/11/2025 y 04/11/2025 correspondientes a los ex Agentes Municipales Héctor Javier Muñoz, Dante Nelson Piñeiro Giovanetti y Lidia Liliana Ruiz Díaz, como así también de las retenciones pertinentes, que como Anexos I, II y III forman parte integral del presente Decreto."
ARTICULO 2°.- Manténgase firme el resto del Contenido del Decreto N° 08/2026.
ARTICULO 3°.- Gírese a CONTADURÍA MUNICIPAL y a TESORERÍA a sus efectos.
ARTICULO 4°.- Comuníquese, Publíquese, regístrese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
JUAN C. IMOBERDOFF
Dir. De Adm. Y Despacho
a/c Secretaria de Salud.
----------DECRETO N° 100/2.026.
Concordia, 5 de Febrero de 2.026
VISTO el Convenio suscripto, entre el IPRODI (Instituto Provincial de Discapacidad) y la Municipalidad de Concordia con fecha 26 de Agosto del año 2025 y.
CONSIDERANDO
Que el IPRODI es el organismo de la provincia de Entre Ríos que trabaja en la generación de políticas públicas y en la promoción del desarrollo integral y autónomo de las personas con discapacidad.
Que la Dirección de Discapacidad perteneciente a la Secretaria de Salud de la Municipalidad de Concordia trabaja como ente organizador que gestiona, informa y evalúa nuevos programas, optimiza recursos existentes y brinda diferentes tipos de prestaciones y servicios a las personas con discapacidad.
Que asimismo, la Dirección de Discapacidad se encarga del transporte de personas con movilidad reducida y/o impedidas en su traslado.
Que dicho servicio se realiza diariamente, trasladando a personas con discapacidad, desde el domicilio particular hasta la Institución que lo solicite (Consejo Municipal de Discapacidad, Pro.M.A.R, etc.) para la realización de diferentes actividades: rehabilitación, educación, deportivas recreación, etc.
Que el Consejo Municipal de Discapacidad se conforma con catorce (14) Instituciones cuyo objetivo principal es el trabajo con y para las personas con discapacidad: Escuela de Educación integral N° 1, Escuela de Educación Integral N° 2. Escuela de Educación Integral N° 25, ACICON ACOPAD, ADISMOC, A.I.AD.R.E.S. ARID, ATAPROC. CEREM, CRECER, Fundación Manos a la Obra, Asociación Programa Concordia Trasplante.
Que a través del precitado Convenio de Comodato las partes asumen el compromiso de complementación y cooperación con el objetivo de garantizar la accesibilidad y el traslado de las personas con discapacidad de la localidad de Concordia.
Que el mismo consta de catorce (14) cláusulas, en donde se establecen las condiciones contractuales.
Que el vehículo, objeto del presente contrato de comodato, será destinado a trasladar personas con discapacidad a las diferentes instituciones mencionadas.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Articulo 107 de la Ley Provincial ° 10.027 y su modificatoria Ley N° 10.082 - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos -. Según T.O. Decreto N° 4706/25 del Poder Ejecutivo Provincial.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTICULO 1°.- Ratificase en todos sus términos, el Convenio de comodato de fecha 26 de Agosto del año 2025 suscripto, entre IPRODI y la Municipalidad de Concordia, el cual forma parte integrante del presente Decreto como Anexo.
ARTICULO 2°.- Dejase establecido que el presente gasto se encuadra en el marco de la Secretaría de Salud y Consejo Municipal de Discapacidad.
ARTICULO 3°.- Dispóngase a partir del 26 de Agosto del año 2025 todos los derechos y obligaciones asumidas por parte de la Municipalidad de Concordia en el convenio que aquí se ratifica.
ARTICULO 4°.- Notifíquese del presente Convenio para su conocimiento y toma de razón, a la Secretaria de Salud, Dirección de Discapacidad, al IPRODI y a la Contaduría Municipal.
ARTICULO 5°.- Comuníquese, Publíquese, regístrese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
JUAN C. IMOBERDOFF
Dir. De Adm. Y Despacho
Sec. De Salud
a/c Secretaria de Salud.
----------DECRETO N° 101/2.026.
Concordia, 5 de febrero de 2.026
VISTO la estructura orgánica y funcional municipal promulgada por Ordenanza N° 38.703/2025 en fecha 3 de Octubre del año 2025 y;
CONSIDERANDO:
Que la misma crea las Secretarías, Subsecretarías y Direcciones del Departamento Ejecutivo Municipal.
Que conforme las facultades establecidas en su Artículo 105° la Secretaría de Desarrollo Humano, establece su estructura orgánica y funcional, y procede a designar los cargos respectivos mediante Decretos N° 1.151/2.025 y Decreto N° 1.188/2.025.
Que este Departamento Ejecutivo estima necesario y conveniente realizar modificaciones en las designaciones efectuadas en esta Secretaría, en el marco de la reorganización y reestructuración llevadas a cabo, en el orden de la transparencia, efectividad y productividad de las actividades que se realizan en cada una de las Áreas.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo107°, de la ley N° 10.027 modificadas por la Ley N° 10.082- Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTICULO 1°.- Dejanse sin efecto las designaciones efectuadas en los Artículos 117° del Decreto N° 1.188/2.025 de fecha 20 de Octubre de 2.025 y N° 11° del Decreto N° 1.151/2025, en virtud de lo considerado precedentemente.
ARTICULO 2°.- Agradécese al Sr. Lobelos Norberto Enrique DNI N° 24.942.330 por el servicio prestado en el desempeño de su función y dedicación puesta de manifiesto a esta Gestión de Gobierno, en las funciones que le fueran asignadas.
ARTICULO 3°.- Designase Jefe del Departamento de Comisiones Vecinales de la Subsecretaría de Descentralización dependiente de la Secretaría de Desarrollo Humano de la Municipalidad de Concordia, a ALMADA EMANUEL MAXIMILIANO, DNI N° 27.413.261, para el cumplimiento y las funciones establecidas en el Artículo 51° del Decreto N° 1.188/2.025. Tendrá rango de Departamento Político Nivel 1, de acuerdo con la normativa vigente.
ARTICULO 4°.- Designase Director de Abordaje Territorial al Sr. MATTIO FELIPE, DNI N° 37.922.599, para el cumplimiento de funciones asignadas en el Titulo III Capítulo II Articulo 59° de la Ordenanza N° 38.703/2.025. Tendrá Rango de Director Político Nivel 1.
ARTICULO 5°.- Los alcances de los artículos precedentes comenzarán a regir a partir del día 01 de Febrero de 2026.
ARTICULO 6°.- Remítase copia a la Dirección de Recursos Humanos y a la Dirección de Liquidaciones de Haberes, a sus efectos.
ARTICULO 7°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA
Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda
Ing. SEBASTIAN ARISTIDE
Secretario de Desarrollo Humano.
----------DECRETO N° 103/2.026.
Concordia, 5 de febrero de 2.026
VISTO los Decretos N° 340/2024 y N° 548/2024 y;
CONSIDERANDO:
Que en los mismos se establecen los plazos para que las distintas Secretarías y el Concejo Deliberante remitan la entrega de los adicionales variables a la Dirección de Liquidación de Haberes, como también la información por parte de la Dirección de Recursos Humanos, de los empleados a descontar días y presentismo, accidentados, enfermos crónicos y prolongados del mes.
Que en virtud de los feriados del mes de Febrero resulta imprescindible adelantar estos plazos, a fin de asegurar el pago de los haberes de los empleados municipales en tiempo y forma, por aplicación de lo establecido en el Artículo 3° del Decreto N° 340/2024, modificado por Decreto N° 548/2024.
Que por tanto, este Departamento Ejecutivo entiende necesario establecer los siguientes plazos:
* Período para el cómputo de días que corresponden a la liquidación de haberes del mes de Febrero: desde el 11 de enero al 9 de Febrero 2026.
* Plazo MAXIMO para presentar los adicionales variables por parte de las distintas Secretarías y Concejo Deliberante: 18 de Febrero 2026.
• Plazo para presentar la información por parte de la Dirección de Recursos Humanos, de los empleados a descontar días y presentismo, accidentados, enfermos crónicos y prolongados: 20 de Febrero 2026.
Que en caso de corresponder, las situaciones planteadas en el Artículo 4° del Decreto N°548/2024, serán gestionadas posteriormente en pagos complementarios.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal, por el Artículo 107°, inciso q) y u) de la Ley N° 10.027/11 y modificatoria N° 10.082/11 - Régimen de la Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Establecese de manera excepcional para el cómputo de días que corresponde tomar en cuenta para la liquidación de haberes del mes de Febrero, el período que comprende desde el 11 de enero al 9 de Febrero 2026, en virtud de lo expresado en el considerando precedente.
ARTICULO 2°.- Determínanse los siguientes plazos para la presentación ante la Dirección de Liquidación de Haberes:
* Plazo MAXIMO para presentar los adicionales variables por parte de las distintas Secretarías y Concejo Deliberante: 18 de Febrero 2026.
* Plazo para presentar la información por parte de la Dirección de Recursos Humanos, de los empleados a descontar días y presentismo, accidentados, enfermos crónicos y prolongados: 20 de Febrero 2026.
ARTICULO 3°.- Facúltase a la Dirección de Liquidación de Haberes a realizar pagos complementarios en los casos que pudieran surgir con posterioridad a los plazos citados en el Artículo 2° y que se encuadren en el Artículo 4° del Decreto N°548/2024.
ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése conocimiento a las Secretarías, Concejo Deliberante, Dirección de Liquidación de Haberes, y Dirección de Recursos Humanos, y oportunamente, Archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA
Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda.
----------RESOLUCIÓN EDOS N° 101/2026
Concordia, 25 de febrero de 2026
VISTO:
El Expediente EDOS- INTERNO N° 01 "U"12026 por el llamado a Licitación Pública N° 02/2026 para la Adquisición de Hormigón H 30, y
CONSIDERANDO:
Que en dicho Expediente la el Departamento de Fiscalización y Relevamiento, solicita la adquisición del hormigón H30 según detalle a fs. 2- 3, a fin de llevar a cabo las reparaciones y habilitación rápida de las principales arterias en distintos puntos de la ciudad, donde se realizaron reparaciones de caños.
Que la División de Compras y Suministros ha confeccionado el pliego de bases y condiciones particulares para la adquisición mencionada en el considerando anterior.
Que dicho gasto ha sido imputado por la Oficina de Presupuesto en la partida 61.01.
Que esta intervención ha autorizado el presente gasto.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanza de Autarquía N°31762 y su Decreto Reglamentario N 1046/24.
Por ello,
EL INTERVENTOR DEL E.D.O.S.
RESUELVE:
ARTICULO 1°.- Dispónese aprobar la documentación correspondiente al llamado a Licitación Pública N° 02/2026 y al pliego que como anexo integra la presente y que se identifica como "LICITACIÓN PUBLICA N° 02/2026 - "PROVISION DE MANO DE OBRA, HORMIGON ELABORADO (H-30) PARA TRABAJOS DE BACHEO EN DISTINTOS PUNTOS DE LA CIUDAD DE CONCORDIA, ENTRE RIOS" - y cuyos antecedentes obran en Expediente EDOS- INTERNO N° 01 "U" 2026.
ARTICULO 2°.- La División de Compras y Suministros realice el llamado a Licitación Pública, cuya fecha para la apertura de las propuestas fue fijada para el 16 de marzo de 2026.
ARTICULO 3°.- Apruébese el Presupuesto Oficial de PESOS: CIENTO VEINTE MILLONES CON 00/100 ($120.000.000,00).
ARTICULO 4°.- Confórmese la Comisión Evaluadora de acuerdo a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones particulares.
ARTICULO 5°.- Girar a la División de Compras y Suministros a los efectos dispuestos, y, posteriormente, Regístrese, Notifíquese y oportunamente Archívese.
Cr. JAVER DEL CERRO
Interventor EDOS.
LICITACIÓN PÚBLICA N° 02/2026
OBJETO: "PROVISION DE MANO DE OBRA, HORMIGON ELABORADO H30 PARA TRABAJOS DE BACHEO EN DISTINTOS PUNTOS DE LA CIUDAD DE CONCORDIA ENTRE RIOS".
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES: Retirar de la División de Compras y Suministros, Ente Descentralizado Obras Sanitarias, Concordia, Entre Ríos N° 1300, en días hábiles de 7 a 12 horas. Teléfono: 421-0021 Int. 329. e-mail: comras.edos@gmail.com
APERTURA DE LAS PROPUESTAS: 16 de Marzo de 2026, a las 10:00 horas.
PRESUUESTO OFICIAL: $ 120.000.000,00.
VALOR DEL PLIEGO: PESOS CIENTO VEINTE MIL con 00/100 ($ 120.000,00).
Div. de Compras y Suministros, 25 de febrero de 2026.
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OBJETO: "PROVISION DE MANO DE OBRA, HORMIGON ELABORADO H30 PARA TRABAJOS DE BACHEO EN DISTINTOS PUNTOS DE LA CIUDAD DE CONCORDIA ENTRE RIOS".
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES: Retirar de la División de Compras y Suministros, Ente Descentralizado Obras Sanitarias, Concordia, Entre Ríos N° 1300, en días hábiles de 7 a 12 horas. Teléfono: 421-0021 Int. 329. e-mail: comras.edos@gmail.com
APERTURA DE LAS PROPUESTAS: 16 de Marzo de 2026, a las 10:00 horas.
PRESUUESTO OFICIAL: $ 120.000.000,00.
VALOR DEL PLIEGO: PESOS CIENTO VEINTE MIL con 00/100 ($ 120.000,00).
Div. de Compras y Suministros, 25 de febrero de 2026.
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EDICTO.-
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica al Sr. Bordagaray Andrés Sebastián D.N.I N° 25.597.801, se ha dispuesto la presente notificación tendiente a hacerle saber que mediante Decreto N° 041/2026 de fecha 15 de Enero del año 2026, se ha dispuesto lo siguiente: ARTÍCULO 1°.- Dispónese la instrucción del Sumario Administrativo al Agente Municipal Bordagaray Sebastián Andrés, Legajo N° 5641, D.N.I. N° 25.597.801, con prestación de servicio en este Municipio desde el 1° de Marzo de 2014, dependiente de la Subsecretaria de Comunicación y Prensa, revista como personal mensualizado Categoría 12°, ante la gravedad de los hechos denunciados consistentes en no haberse presentado a prestar servicios durante los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio y agosto de 2025 y la existencia de incumplimientos de las obligaciones que le compete como personal de la Administración Pública Municipal en cualquiera de sus categorías de acuerdo a lo previsto en el artículo 16° incisos a) — efectuar una prestación personal adecuada y eficaz de servicio con sujeción a las reglamentaciones vigentes y b) observar buena conducta.- Correspondería encuadrar "prima facie" el accionar del agente prenombrado dentro de las previsiones establecidas en el 31° de la Ordenanza de Escalafón N° 11.275/49 expresa textualmente "Son causas para la separación del empleo: a) Inasistencia injustificada que excede de quince días hábiles en el año", en un todo de acuerdo a lo expresado en los considerandos precedentes.- ARTICULO 2°.- Desígnese Instructor Sumariante a la Dra. Celina Evelyn González.- ARTICULO 3°.- Comuníquese, Publíquese, Regístrese y archívese.- Fdo. Dr. FRANCISCO AZCUE Presidente Municipal de Concordia. Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda Municipalidad de Concordia.
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADA.-
Concordia, 23 de FEBRERO del 2.026.-
----------QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADA.-
Concordia, 23 de FEBRERO del 2.026.-
EDICTO.-
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica al Sr. TORRES RUBEN NESTOR MAXIMILIANO D.N.I N° 37.564.254, Legajo N° 6514, se ha dispuesto la presente notificación tendiente a hacerle saber que mediante Decreto N° 129/2026 de fecha 19 de Febrero del año 2026, se ha dispuesto lo siguiente:
ARTÍCULO 1º.- Dispónese la Instrucción de un Sumario Administrativo al Agente Mensual RUBEN NESTOR MAXIMILIANO TORRES, Legajo 6514, dependiente de la Dirección de Cementerios Municipales dependiente de la Subsecretaria de Servicios Públicos de la Secretaría de Servicios Públicos, por no haber presumiblemente concurrido a su lugar de trabajo a prestar servicios de acuerdo a las inasistencias acreditadas por la Dirección de Recursos Humanos, el Área de Control Horario, División Control del Personal Municipal y la División de Higiene y Seguridad Laboral, según informes de registro de Entradas y Salidas, obrantes en los Expedientes mencionados en el visto del presente, como presunción de ausencia a saber:
27/06/2025 30/06/2025 01/07/2025 03/07/2025 10/07/2025 11/07/2025 14/07/2025 15/07/2025 16/07/2025 17/07/2025 18/07/2025 21/07/2025 22/07/2025 23/07/2025 24/07/2025 25/07/2025 28/07/2025 29/07/2025 30/07/2025 31/07/2025 01/08/2025 04/08/2025 05/08/2025 06/08/2025 07/08/2025 08/08/2025 11/08/2025 12/08/2025 13/08/2025 14/08/2025 18/08/2025 19/08/2025 20/08/2025 21/08/2025 22/08/2025 25/08/2025 26/08/2025 27/08/2025 28/08/2025 29/08/2025 01/09/2025 02/09/2025 03/09/2025 04/09/2025 05/09/2025 08/09/2025 09/09/2025 10/09/2025 11/09/2025 12/09/2025 14/09/2025 15/09/2025 16/09/2025 17/09/2025 18/09/2025 19/09/2025 22/09/2025 23/09/2025 24/09/2025 25/09/2025 26/09/2025 30/09/2025 01/10/2025 02/10/2025 03/10/2025 06/10/2025 07/10/2025 08/10/2025 09/10/2025. Que su conducta "prima facie" podría quedar comprendida y/o incursa dentro de lo normado en el Artículo 16° incisos a) y d); 31° inciso a) y 39° incisos c), d), e), f) y g) de la Ordenanza de Escalafón N° 11.275/49, y sus modificatorias.
ARTÍCULO 2°.- Desígnese Instructora Sumariante a la Dra. Celina E. González, del Departamento Sumarios dependiente de la Subsecretaría Legal y Técnica.
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y oportunamente, archívese.-
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO.-
Concordia, 24 de FEBRERO del 2.026.
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica al Sr. TORRES RUBEN NESTOR MAXIMILIANO D.N.I N° 37.564.254, Legajo N° 6514, se ha dispuesto la presente notificación tendiente a hacerle saber que mediante Decreto N° 129/2026 de fecha 19 de Febrero del año 2026, se ha dispuesto lo siguiente:
ARTÍCULO 1º.- Dispónese la Instrucción de un Sumario Administrativo al Agente Mensual RUBEN NESTOR MAXIMILIANO TORRES, Legajo 6514, dependiente de la Dirección de Cementerios Municipales dependiente de la Subsecretaria de Servicios Públicos de la Secretaría de Servicios Públicos, por no haber presumiblemente concurrido a su lugar de trabajo a prestar servicios de acuerdo a las inasistencias acreditadas por la Dirección de Recursos Humanos, el Área de Control Horario, División Control del Personal Municipal y la División de Higiene y Seguridad Laboral, según informes de registro de Entradas y Salidas, obrantes en los Expedientes mencionados en el visto del presente, como presunción de ausencia a saber:
27/06/2025 30/06/2025 01/07/2025 03/07/2025 10/07/2025 11/07/2025 14/07/2025 15/07/2025 16/07/2025 17/07/2025 18/07/2025 21/07/2025 22/07/2025 23/07/2025 24/07/2025 25/07/2025 28/07/2025 29/07/2025 30/07/2025 31/07/2025 01/08/2025 04/08/2025 05/08/2025 06/08/2025 07/08/2025 08/08/2025 11/08/2025 12/08/2025 13/08/2025 14/08/2025 18/08/2025 19/08/2025 20/08/2025 21/08/2025 22/08/2025 25/08/2025 26/08/2025 27/08/2025 28/08/2025 29/08/2025 01/09/2025 02/09/2025 03/09/2025 04/09/2025 05/09/2025 08/09/2025 09/09/2025 10/09/2025 11/09/2025 12/09/2025 14/09/2025 15/09/2025 16/09/2025 17/09/2025 18/09/2025 19/09/2025 22/09/2025 23/09/2025 24/09/2025 25/09/2025 26/09/2025 30/09/2025 01/10/2025 02/10/2025 03/10/2025 06/10/2025 07/10/2025 08/10/2025 09/10/2025. Que su conducta "prima facie" podría quedar comprendida y/o incursa dentro de lo normado en el Artículo 16° incisos a) y d); 31° inciso a) y 39° incisos c), d), e), f) y g) de la Ordenanza de Escalafón N° 11.275/49, y sus modificatorias.
ARTÍCULO 2°.- Desígnese Instructora Sumariante a la Dra. Celina E. González, del Departamento Sumarios dependiente de la Subsecretaría Legal y Técnica.
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y oportunamente, archívese.-
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO.-
Concordia, 24 de FEBRERO del 2.026.
