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SUMARIO
Los siguientes Decretos y Edictos conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
Los siguientes Decretos y Edictos conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
Decretos: 556/2.026, 557/2.026 y 559/2.026.
DECRETO N° 556/2.026.Concordia, 16 de Junio de 2.026.
VISTO, el contenido del Expediente Compra Digital Nº 3065, Año 2.026; y,
CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Ingeniería de la Secretaría de Obras Públicas, eleva documentación para el Primer Llamado a Licitación Pública Nº 36/2.026, para la “PROVISIÓN DE MATERIALES Y MANO DE OBRA PARA LA CONSTRUCCIÓN DE UNA ALCANTARILLA EN BVARD. AYUÍ “O” Y NOGOYÁ – CIUDAD DE CONCORDIA”.
Que el Presupuesto Oficial de la presente contratación asciende, de acuerdo a la documentación adjunta, a la suma total de PESOS DOSCIENTOS DOS MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS SESENTA Y OCHO CON 98/100 ($ 202.579.768,98), por lo que de acuerdo con las disposiciones vigentes, corresponde efectuar llamado a Licitación Pública.
Que la Dirección de Presupuesto efectúa la Imputación Preventiva en la Partida Presupuestaria:
Nº 3.3.20.02.05.08.61.01 O.P. (Ent., Puentes y Alcantarillas) $ 202.579.768,98.
Que la Subsecretaría de Hacienda y Modernización toma la intervención de su competencia, autorizando el presente gasto.
Que obra intervención de la Dirección de Compras y Suministros, adjuntando el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Pliego de Especificaciones Técnicas; asimismo, Memoria Descriptiva, Planilla Nomencladora y Planos de la mencionada Licitación.
Que, asimismo, esa Dirección sugiere, para evitar demoras, que en caso que el Primer Llamado resultare desierto se realice un Segundo Llamado.
Que la apertura de la presente debe preverse en la Dirección de Compras y Suministros, la que deberá proponer fecha de apertura disponible y realizar las publicaciones de Ley.
Que teniendo en cuenta la urgencia que tiene el Municipio de realizar la presente adquisición, se deberá hacer uso de lo dispuesto en el Artículo 25º de la Ordenanza Nº 34.698/11 sobre Contrataciones vigente.
Que, por lo expuesto, este Departamento Ejecutivo Municipal estima conveniente aprobar la documentación; y, en consecuencia, hacer lugar al Primer Llamado a Licitación Pública Nº 36/2.026, para la “PROVISIÓN DE MATERIALES Y MANO DE OBRA PARA LA CONSTRUCCIÓN DE UNA ALCANTARILLA EN BVARD. AYUÍ “O” Y NOGOYÁ – CIUDAD DE CONCORDIA”, cuyo Anexo forma parte del presente Decreto. Y como asimismo, en el caso de que el mismo resultare desierto, disponer la aprobación del Segundo Llamado de la presente Licitación, conforme a lo considerado precedentemente.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107°, Incisos ñ), q) y u) de la Ley Nº 10.027 y su Modificatoria Ley Nº 10.082 – Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Apruébese la documentación y dispónese se efectúe el Primer Llamado de la Licitación Pública Nº 36/2.026, para la Obra: “PROVISIÓN DE MATERIALES Y MANO DE OBRA PARA LA CONSTRUCCIÓN DE UNA ALCANTARILLA EN BVARD. AYUÍ “O” Y NOGOYÁ – CIUDAD DE CONCORDIA”, conforme el Anexo, que forma parte del presente Decreto, cuyos antecedentes obran en la Solicitud de Compra Nº 3983, Expediente Digital Nº 3065, Año 2.026.
ARTÍCULO 2°.- Apruébese el Presupuesto Oficial de PESOS DOSCIENTOS DOS MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS SESENTA Y OCHO CON 98/100 ($ 202.579.768,98).
ARTÍCULO 3°.- Impútese el presente gasto en la Partida Presupuestaria: Nº 3.3.20.02.05.08.61.01 O.P. (Ent., Puentes y Alcantarillas) $ 202.579.768,98.
ARTÍCULO 4°.- Dispónese que la Dirección de Compras y Suministros efectúe el Llamado de la presente Licitación y fije la fecha de apertura de las propuestas, dado lo establecido en el Artículo 25° de la Ordenanza Nº 34.698/11 de Contrataciones del Estado Municipal y los considerados precedentes.
ARTÍCULO 5°.- Dispónese que la Dirección de Compras y Suministros realice las publicaciones de ley correspondientes para la presente licitación.
ARTÍCULO 6°.- Confórmese la Comisión Evaluadora de acuerdo con lo dispuesto en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares aprobado precedentemente.
ARTÍCULO 7°.- Dispónese que, en el caso de que el Primer Llamado de la Licitación Pública Nº 36/2.026 resultare desierto, se realice el Segundo Llamado de la presente Licitación, y en consecuencia, se efectúen las gestiones tendientes, conforme a lo establecido en el presente Decreto.
ARTÍCULO 8°.- Gírese a conocimiento de la Dirección de Ingeniería y de la Subsecretaría de Obras Públicas, ambas dependientes de la Secretaría de Obras Públicas, luego, pase a la Dirección de Compras y Suministros a los efectos dispuestos.
ARTÍCULO 9°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Secretaría de Gobierno; y oportunamente, archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Arq. FERNANDO S. ESQUIBEL
Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda.
---------- DECRETO N° 557/2.026.
Concordia, 16 de Junio de 2.026.
VISTO las actuaciones obrantes en los Expedientes N° 1345936, N° 1330854 y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Expediente N° 1345936 y Nº 1330854, la Señora Petrona Pabla BAEZ, D.N.I. Nº 12.126.215, y la Señora Claudia RUIZ DÍAZ, D.N.I. Nº 20.457.340, solicitan apertura de calle Próspero Bovino entre calles De Los Viñedos y J.J. Mega de nuestra ciudad, la cual se encuentra ocupada por intrusos.
Que mediante Resolución N° 1600/2026 de fecha 06/03/2026, se intima a través de Cédula a las familias que se encuentran ocupando el sector correspondiente al trazado y continuidad de calle Próspero Bovino, entre calles De Los Viñedos y J.J. Mega, conforme a croquis obrante a fojas 5 del Expediente Nº 1345936, cuyo inmueble se encuentra en gestión de donación con destino a calle pública, que en un plazo de 48 (cuarenta y ocho) horas deberán liberar el sector público – continuidad de calle Próspero Bovino entre De Los Viñedos y J.J. Mega – y consecuencia publicar la presente medida mediante edicto, dado lo considerado precedentemente y lo informado por las áreas técnicas intervinientes.
Que asimismo en su Artículo 2°, establece publicar mediante edicto a través del Boletín Oficial, a los efectos de que se den por notificados los vecinos involucrados de la presente medida.
Que habiéndose cumplido la instancia de citaciones a través de publicaciones de edictos, cuyas copias obras a fojas 34, 35 y 36 del Expte. N° 1330854.
Que a fojas 38 y 39 del Expte. N° 1330854, el Departamento Obras Privadas indica a través de una inspección realizada la situación real de la ocupación de los intrusos en el inmueble en cuestión.
Que la Subsecretaría de Obras Públicas toma la intervención de su competencia.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos a fojas 42 del Expte. N° 1330854, dictamina que se aconseja dictar el acto administrativo disponiendo instruir a la Asesora Legal de la Secretaría de Obras Públicas, para que inicie las acciones legales que considere pertinente a los fines de dar cumplimiento al requerimiento formulado.
Que, por lo tanto, la Municipalidad de Concordia, bien puede ejercer todas las acciones judiciales y/o extrajudiciales para repeler las construcciones irregulares ilegítimas, no autorizadas y clandestinas, conforme a las facultades e incumbencias nacidas de la Constitución de la Provincia de Entre Ríos, la Ley N° 10.027 – Modificatoria N° 10.082 - Régimen Municipal, la Ordenanza N° 38.104/23 - Código de Ordenamiento Urbano y Territorial y el Código Edificación de la Ciudad de Concordia – Ordenanza N° 17.303.
Que la Subsecretaría Legal y Técnica de la Secretaría de Gobierno toma la intervención de su competencia.
Que en base a ello, este Departamento Ejecutivo Municipal considera atinente actuar en consecuencia y autorizar a la Asesora Legal de la Secretaría de Obras Públicas, Dra. María Magdalena PONTI, Matrícula Nº 5124 Fº 140 T I, en representación de ésta Municipalidad de Concordia a iniciar ante los Tribunales de Concordia las acciones judiciales y/o extrajudiciales para repeler las construcciones irregulares ilegítimas, no autorizadas y clandestinas que se encuentran ocupando el sector correspondiente al trazado y continuidad de calle Próspero Bovino, entre calles De Los Viñedos y J.J. Mega, conforme a croquis obrante a fojas 5 del Expediente Nº 1345936, cuyo inmueble se encuentra en gestión de donación con destino a calle pública, conforme a las facultades e incumbencias nacidas de la Constitución de la Provincia de Entre Ríos, la Ley N° 10.027 – Modificatoria N° 10.082 - Régimen Municipal, la Ordenanza N° 38.104/23 - Código de Ordenamiento Urbano y Territorial y el Código Edificación de la Ciudad de Concordia – Ordenanza N° 17.303/70, conforme al considerando precedente.
Que el dictado de esta medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107º, inciso u) de la Ley 10.027 y su Modificatoria – Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTÍCULO 1°.- Autorizase a la Asesora Legal de la Secretaría de Obras Públicas, Dra. María Magdalena PONTI, Matrícula Nº 5124 Fº 140 T I, en representación de ésta Municipalidad de Concordia a iniciar ante los Tribunales de Concordia las acciones judiciales y/o extrajudiciales para repeler las construcciones irregulares ilegítimas, no autorizadas y clandestinas que se encuentran ocupando el sector correspondiente al trazado y continuidad de calle Próspero Bovino, entre calles De Los Viñedos y J.J. Mega, conforme a croquis obrante a fojas 5 del Expediente Nº 1345936, cuyo inmueble se encuentra en gestión de donación con destino a calle pública, conforme a las facultades e incumbencias nacidas de la Constitución de la Provincia de Entre Ríos, la Ley N° 10.027 – Modificatoria N° 10.082 - Régimen Municipal, la Ordenanza N° 38.104/23 - Código de Ordenamiento Urbano y Territorial y el Código Edificación de la Ciudad de Concordia – Ordenanza N° 17.303/70, conforme al considerando precedente.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, regístrese, dese a la Secretaría de Gobierno y a la Secretaría de Coordinación de Gabinete y Hacienda y oportunamente, archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Arq. FERNANDO S. ESQUIBEL
Secretario de Obras Públicas.
---------- DECRETO N° 559/2.026.
Concordia, 17 de junio de 2.026
VISTO, el contenido del Expediente Compra Digital Nº 2648 del año 2.026; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N° 474/2.026 de fecha 21 de Mayo de 2.026, se aprueba la documentación para el Primer Llamado a Licitación Privada Nº 08/2.026, para la “CONTRATACIÓN DEL ALQUILER DE RETROPALA Y CAMIÓN CON CAJA VOLCADORA MANUAL”.
Que obran actuaciones de la Dirección de Compras y Suministros referidas a las invitaciones y entrega de los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, Pliego de Especificaciones Técnicas y Anexo de Especificaciones Técnicas.
Que obra Acta de Apertura de fecha 29 de Mayo de 2.026, donde consta que la Dirección de Compras y Suministros procedió a la apertura de la mencionada licitación, informando que se presentaron cinco (5) ofertas, correspondientes a:
- CYALCO S.R.L.: cotizando parcialmente lo solicitado a un importe total de PESOS TREINTA Y NUEVE MILLONES SEISCIENTOS MIL CON 00/100 ($ 39.600.000,00). Cotiza ítem 2.
- CRISTIAN LEANDRO PRETTE: cotizando parcialmente lo solicitado a un importe total de PESOS TREINTA Y SIETE MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA MIL CON 00/100 ($ 37.680.000,00). Cotiza ítem 2.
- JOSE ANTONIO AVA: cotizando lo solicitado a un importe total de PESOS NOVENTA Y CUATRO MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS CON 00/100 ($ 94.999.800,00).
- GRINAC MOVIMIENTO DE SUELOS S.R.L.: cotizando parcialmente lo solicitado a un importe total de PESOS TREINTA Y NUEVE MILLONES CON 00/100 ($ 39.000.000,00). Cotiza ítem 2.
- VECCHIO S.R.L.: cotizando lo solicitado a un importe total de PESOS OCHENTA Y SIETE MILLONES CIENTO VEINTE MIL CON 00/100 ($ 87.120.000,00).
- CYALCO S.R.L.: no cumple con la siguiente documentación solicitada en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares:
- En caso de sociedades comerciales, se deberá adjuntar:
- Estados Contables del último ejercicio económico.
- Constancia actualizada de Inscripción en A.F.I.P., D.G.R. y Municipalidad.
- CRISTIAN LEANDRO PRETTE: cumple con la totalidad de la documentación solicitada en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
- JOSE ANTONIO AVA: cumple con la totalidad de la documentación solicitada en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
- GRINAC MOVIMIENTO DE SUELOS S.R.L.: cumple con la totalidad de la documentación solicitada en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
- VECCHIO S.R.L.: cumple con la totalidad de la documentación solicitada en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
| Preventiva | |||||||
| IT | ITEM | CANT. | PU | TOTAL | CYALCO SRL | ||
| PU | TOTAL | % | |||||
| 1 | Alquiler de camiones con caja volcadora | 4 | $ 5.000.000 | $ 20.000.000 | |||
| 2 | Alquiler de retropala cargadora por hora | 600 | $ 55.000 | $ 33.000.000 | $ 66.000 | $ 39.600.000 | 20.00% |
| TOTAL: | $ 53.000.000 | $ 39.600.000 | |||||
| IT | ITEM | CANT. | PU | TOTAL | PRETTE CRISTIAN LEANDRO | ||
| PU | TOTAL | % | |||||
| 1 | Alquiler de camiones con caja volcadora | 4 | $ 5.000.000 | $ 20.000.000 | |||
| 2 | Alquiler de retropala cargadora por hora | 600 | $ 55.000 | $ 33.000.000 | $ 62.800 | $ 37.680.000 | 14,18% |
| TOTAL: | $ 53.000.000 | $ 37.680.000 | |||||
| IT | ITEM | CANT. | PU | TOTAL | AVA JOSE ANTONIO | ||
| PU | TOTAL | % | |||||
| 1 | Alquiler de camiones con caja volcadora | 4 | $ 5.000.000 | $ 20.000.000 | $ 11.250.000,00 | $ 45.000.000 | 125.00% |
| 2 | Alquiler de retropala cargadora por hora | 600 | $ 55.000 | $ 33.000.000 | $ 83.333 | $ 49.999.800 | 51,51% |
| TOTAL: | $ 53.000.000 | $ 94.999.800 | |||||
| IT | ITEM | CANT. | PU | TOTAL | GRINAC MOVIMIENTOS DE SUELOS | ||
| PU | TOTAL | % | |||||
| 1 | Alquiler de camiones con caja volcadora | 4 | $ 5.000.000 | $ 20.000.000 | |||
| 2 | Alquiler de retropala cargadora por hora | 600 | $ 55.000 | $ 33.000.000 | $ 65.000 | $ 39.000.000 | 18,18% |
| TOTAL: | $ 53.000.000 | $ 39.000.000 | |||||
| T | ITEM | CANT. | PU | TOTAL | VECCHIO SRL | ||
| PU | TOTAL | % | |||||
| 1 | Alquiler de camiones con caja volcadora | 4 | $ 5.000.000 | $ 20.000.000 | $ 10.890.000,00 | $ 43.560.000 | 117,80% |
| 2 | Alquiler de retropala cargadora por hora | 600 | $ 55.000 | $ 33.000.000 | $ 72.600.00 | $ 43.560.000 | 32,00% |
| TOTAL: | $ 53.000.000 | $ 87.120.000 | |||||
Que el área solicitante realiza la evaluación de lo cotizado y emite el informe correspondiente en el GESCOM.
Que asimismo, la Comisión Evaluadora expresa que: “…Respecto al ítem 1, se solicita un segundo llamado debido a que las ofertas superan ampliamente lo presupuestado.
Respecto al ítem 2, se aconseja la oferta económicamente más conveniente, informando que la diferencia con respecto al precio oficial se debe a un error de estimación, y que lo cotizado corresponde a los valores de mercado.
En atención a la inconveniencia económica de la oferta presentada por la firma CYALCO S.R.L., se prescinde de la facultad de subsanación otorgada por el Art. 49° de la Ordenanza N° 34.698. Al ser propuestas desestimables por precio, el requerimiento de documentación faltante se considera un acto administrativo inconducente que postergaría innecesariamente la resolución del proceso sin variar su desenlace…”.
Que por lo expuesto, la Comisión Evaluadora aconseja adjudicar a CRISTIAN LEANDRO PRETTE por un importe total de PESOS TREINTA Y SIETE MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA MIL CON 00/100 ($ 37.680.000,00) y de acuerdo con el siguiente detalle:
| IT | Ítem | Características | CANT | PU | TOTAL |
| 2 | Alquiler de retropala cargadora por horas | DOMINIO CFD91 | 600 | $62,800.00 | $37,680,000.00 |
| TOTAL | $37,680,000.00 | ||||
Que, asimismo, aconseja DECLARAR DESESTIMADO de acuerdo al siguiente detalle:
| IT | Ítem | CANT |
| 1 | Alquiler de Camiones con caja volcadora | 4 |
Que en cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 118° inciso a) de la Ordenanza N° 34.698, se consultó en el SIPAM y se constata que el oferente no posee deuda exigible en la Tasa Comercial.
Que el Presupuesto Oficial de la presente contratación (ítem 1), de acuerdo a la documentación adjunta, asciende a la suma total de PESOS VEINTE MILLONES CON 00/100 ($ 20.000.000,00), por lo que de acuerdo con las disposiciones vigentes, corresponde efectuar llamado a Licitación Privada.
Que la Dirección de Presupuesto efectúa la Imputación Preventiva en la Partida Presupuestaria: Nº 3.1.90.01.01.02.21.02.02 OBRAS PÚBLICAS $ 20.000.000,00.
Que la Subsecretaría de Hacienda y Modernización toma la intervención de su competencia, autorizando el presente gasto.
Que la apertura de la presente debe preverse en la Dirección de Compras y Suministros, la que deberá proponer fecha de apertura disponible y realizar las invitaciones correspondientes.
Que teniendo en cuenta la urgencia que tiene el Municipio de realizar la presente adquisición, se deberá hacer uso de lo dispuesto en el Artículo 28º de la Ordenanza Nº 34.698/11 sobre Contrataciones vigente.
Que por las razones invocadas, es decisión de este Departamento Ejecutivo Municipal aprobar el procedimiento licitatorio obrante en el Expediente de referencia, desestimar la oferta presentada por el ítem 2 de la firma CYALCO S.R.L., por la inconveniencia económica de la misma; y en consecuencia, adjudicar parcialmente la Licitación Privada Nº 08/2.026, para la “CONTRATACIÓN DEL ALQUILER DE RETROPALA Y CAMIÓN CON CAJA VOLCADORA MANUAL”, por el ítem 2, a la firma CRISTIAN LEANDRO PRETTE, conforme a lo descripto en el Anexo I adjunto, el cual forma parte del presente Decreto, por un importe total de PESOS TREINTA Y SIETE MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA MIL CON 00/100 ($ 37.680.000,00). Además, proceder a efectuar, el Segundo Llamado por el ítem 1 de la presente Licitación, conforme el Anexo II que forma parte del presente Decreto, y en virtud de los considerandos precedentes.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107°, Incisos ñ), q) y u) de la Ley Nº 10.027 y su modificatoria Ley N° 10.082 – Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Apruébese el procedimiento licitatorio obrante en el Expediente Compra Digital N° 2648 del año 2.026, correspondiente a la Licitación Privada Nº 08/2.026, para la “CONTRATACIÓN DEL ALQUILER DE RETROPALA Y CAMIÓN CON CAJA VOLCADORA MANUAL”, dispuesto mediante el Decreto N° 474/2.026, de fecha 21 de Mayo de 2.026.
ARTÍCULO 2°.- Desestímese la oferta presentada por el ítem 2 de la firma CYALCO S.R.L., por la inconveniencia económica de la misma y en virtud de lo expresado en los considerandos precedentes; asimismo, que a través de la Dirección de Compras y Suministros se notifique a la mencionada empresa, del contenido del presente Decreto.
ARTÍCULO 3°.- Adjudíquese parcialmente la Licitación Privada Nº 08/2.026, para la “CONTRATACIÓN DEL ALQUILER DE RETROPALA Y CAMIÓN CON CAJA VOLCADORA MANUAL”, por el ítem 2, a la firma CRISTIAN LEANDRO PRETTE, conforme a lo detallado en el Anexo I adjunto, el cual forma parte del presente Decreto, por un importe total de PESOS TREINTA Y SIETE MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA MIL CON 00/100 ($ 37.680.000,00); y en virtud de lo expresado en los considerandos precedentes.
ARTÍCULO 4°.- Impútese el presente gasto en la Partida Presupuestaria:
Nº 3.1.90.01.01.02.21.02.02 OBRAS PÚBLICAS $ 37.680.000,00.
ARTÍCULO 5°.- Dispónese que a través de la Dirección de Compras y Suministros se realicen las gestiones tendientes para el cumplimiento de la presente disposición.
ARTÍCULO 6°.- Dispónese que a través de la Dirección de Compras y Suministros se notifique del contenido del presente acto administrativo a la firma CRISTIAN LEANDRO PRETTE que resultó adjudicataria por el ítem 2 de la presente Licitación, y como asimismo, a los demás oferentes; y proceda oportunamente a realizar los trámites correspondientes a la presente adjudicación.
ARTÍCULO 7°.- Apruébese la documentación para efectuar el Segundo Llamado por el ítem 1 de la presente Licitación, conforme Anexo II, que forma parte del presente Decreto y fije la fecha de apertura de las propuestas, dado lo establecido en el Artículo 28° de la Ordenanza Nº 34.698/11 de Contrataciones del Estado Municipal y lo considerado precedentemente.
ARTÍCULO 8°.- Apruébese el Presupuesto Oficial de PESOS VEINTE MILLONES CON 00/100 ($ 20.000.000,00).
ARTÍCULO 9°.- Impútese el presente gasto en la Partida Presupuestaria:
Nº 3.1.90.01.01.02.21.02.02 OBRAS PÚBLICAS $ 20.000.000,00.
ARTÍCULO 10°.- Dispónese que a través de la Dirección de Compras y Suministros se realicen gestiones tendientes para el cumplimiento de la presente disposición, como asimismo, las invitaciones correspondientes.
ARTÍCULO 11°.- Confórmese la Comisión Evaluadora de acuerdo con lo dispuesto en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares aprobado precedentemente.
ARTÍCULO 12°.- Gírese a la Dirección de Compras y Suministros a los efectos dispuestos, tome nota la Contaduría Municipal; cumplimentado, remitir a conocimiento de la Secretaría de Obras Públicas.
ARTÍCULO 13°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Secretaría de Gobierno; y oportunamente, archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Arq. FERNANDO S ESQUIBEL
Secretario de Obras Públicas
ANEXO I
PLANILLA NOMENCLADORA
- CRISTIAN LEANDRO PRETTE: por el ÍTEM 2, por un importe total de PESOS TREINTA Y SIETE MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA MIL CON 00/100 ($ 37.680.000,00) y de acuerdo con el siguiente detalle:
| IT | Ítem | Características | CANT | PRECIO UNITARIO | PRECIO TOTAL |
| 2 | Alquiler de retropala cargadora por horas | DOMINIO CFD91 | 600 | $62,800.00 | $37,680,000.00 |
| TOTAL | $37,680,000.00 | ||||
ANEXO II
PLANILLA NOMENCLADORA
| Ítem | Características | Cant. | Medida | Destino |
| 1 | Alquiler de Camión con Caja Volcadora. Tipo: Caja Volcadora. Capacidad mínima: 6 m3 Destino: Traslado de herramientas. |
4 | Mensual | Dirección de Calles Pavimentadas de la Subsecretaría de Mantenimiento de Obras Viales. |
|
||||
| SE DEBERÁ CUMPLIR CONFORME EL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES Y LAS CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS INDICADAS EN ANEXO. | ||||
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Arq. FERNANDO S. ESQUIBEL
Secretario de Obras Públicas.
---------- Presidente Municipal
Arq. FERNANDO S. ESQUIBEL
Secretario de Obras Públicas.
EDICTO
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica al Sr. ESCALANTE JONATHAN EDUARDO, Legajo 6837, D.N.I. N° 39.263.907, que en los autos: Elev. INFORME SITUACION DEL AGENTE JONATHAN EDUARDO ESCALANTE LEGA 6837, EXPT: 450 "S" 2026, se ha dispuesto la presente notificación tendiente a hacerle saber que mediante Resolución N° 3728/2026 de fecha 04 de Junio del año 2026, se ha dispuesto lo siguiente: ARTICULO 1°.- RESCINDIR el contrato de Locación de Servicios de fecha 05/01/2026 celebrado entre la Municipalidad de Concordia y el agente ESCALANTE JONATHAN EDUARDO, D.N.I. N° 39.263.907, Legajo N° 6837 por pura y exclusiva culpa del trabajador conforme su incumplimiento a las obligaciones asumidas en el contrato celebrado y en atención a los motivos expuesto en los considerandos del presente.-ARTICULO 2°.- Notifíquese al interesado en el domicilio legal denunciado, a la Dirección de Recursos Humanos, a la Dirección de Liquidaciones Municipal, regístrese y archívese. Fdo. Dr. FRANCISCO AZCUE Presidente Municipal de la Municipalidad de Concordia. ROBERTO OSCAR RAMIREZ Secretario de Servicios Públicos de la Municipalidad de Concordia.
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO.-
Concordia, de JUNIO del 2.026.-
----------- La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica al Sr. ESCALANTE JONATHAN EDUARDO, Legajo 6837, D.N.I. N° 39.263.907, que en los autos: Elev. INFORME SITUACION DEL AGENTE JONATHAN EDUARDO ESCALANTE LEGA 6837, EXPT: 450 "S" 2026, se ha dispuesto la presente notificación tendiente a hacerle saber que mediante Resolución N° 3728/2026 de fecha 04 de Junio del año 2026, se ha dispuesto lo siguiente: ARTICULO 1°.- RESCINDIR el contrato de Locación de Servicios de fecha 05/01/2026 celebrado entre la Municipalidad de Concordia y el agente ESCALANTE JONATHAN EDUARDO, D.N.I. N° 39.263.907, Legajo N° 6837 por pura y exclusiva culpa del trabajador conforme su incumplimiento a las obligaciones asumidas en el contrato celebrado y en atención a los motivos expuesto en los considerandos del presente.-ARTICULO 2°.- Notifíquese al interesado en el domicilio legal denunciado, a la Dirección de Recursos Humanos, a la Dirección de Liquidaciones Municipal, regístrese y archívese. Fdo. Dr. FRANCISCO AZCUE Presidente Municipal de la Municipalidad de Concordia. ROBERTO OSCAR RAMIREZ Secretario de Servicios Públicos de la Municipalidad de Concordia.
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO.-
Concordia, de JUNIO del 2.026.-
EDICTO.-
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica a los Sres. Maximiliano Ruiz, D.N.I. N° 36.600.095 en su carácter de solicitante, a la Sra. Camila Rodriguez como firma responsable de la mencionada notificación y a la Sra. Alicia Esther Paiz D.N.I. N° 5.061.697 y/o herederos en su carácter de titular del inmueble ubicado en Av. Pte. Illia N° 302 de nuestra ciudad a que en el término de 48 (cuarenta y ocho) horas deberá retirar los postes con base de hormigón de la vía pública, que infringen con las Ordenanzas N° 28960/1996 y N° 37565/2022 en virtud del considerando precedente.- Fdo. Dr. FRANCISCO AZCUE Presidente Municipal de la Municipalidad de Concordia. Arq. FERNANDO S. ESQUIBEL Secretario de Obras Públicas Municipalidad de Concordia.
QUEDAN UDS. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS.-
Concordia, de Junio del 2.026.-La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica a los Sres. Maximiliano Ruiz, D.N.I. N° 36.600.095 en su carácter de solicitante, a la Sra. Camila Rodriguez como firma responsable de la mencionada notificación y a la Sra. Alicia Esther Paiz D.N.I. N° 5.061.697 y/o herederos en su carácter de titular del inmueble ubicado en Av. Pte. Illia N° 302 de nuestra ciudad a que en el término de 48 (cuarenta y ocho) horas deberá retirar los postes con base de hormigón de la vía pública, que infringen con las Ordenanzas N° 28960/1996 y N° 37565/2022 en virtud del considerando precedente.- Fdo. Dr. FRANCISCO AZCUE Presidente Municipal de la Municipalidad de Concordia. Arq. FERNANDO S. ESQUIBEL Secretario de Obras Públicas Municipalidad de Concordia.
QUEDAN UDS. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS.-
